CONTABILIDAD II - resumen.pdf
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UNIDAD 1: MODELOS CONTABLES
1) Estructura del modelo contable El modelo contable es la estructura básica que concentra los alcances generales de los criterios y normas de valuación y medición del patrimonio y resultados. Un modelo contable, consta de tres definiciones básicas: a)
El capital a mantener : existe dos posturas, el mantenimiento del capital financiero y el mantenimiento del capital físico.
b)
La unidad de medida : se pueden elegir como unidad de medida, las unidades físicas y las unidades monetarias (dentro de estas la unidad de medida monetaria heterogénea y homogénea).
c)
Los criterios de valuación : se pueden utilizar los valores originales de incorporación en el patrimonio, o sea los valores históricos o aplicar los valores del presente, los llamados valores corrientes. Para la formulación de este cuerpo de normas, el modelo adoptado queda encarado de la siguiente manera:
a)
capital a mantener: el financiero, vale decir, aquel representado por el total de los pesos invertidos por los socios, dueños o accionistas, según el tipo de ente.
b)
unidad de medida: se ha optado por la monetaria y en ella el concepto de moneda homogénea o moneda constante (expresión esta última proveniente de su enunciación legal).
c)
criterios de valuación: valores corrientes del momento a que se refiere cada medición. Este concepto se aplica tanto para los activos y pasivos como para los ingresos y los costos. Existen cuatro modelos básicos:
1)
Contabilidad Tradicional: Costo histórico – Moneda heterogénea – Capital financiero
2)
Ajuste Integral : Costo histórico – Moneda homogénea – Capital financiero
3)
Valores Corrientes : Valor corriente – Moneda heterogénea – Capital financiero
4)
Modelo Combinado : Valor corriente – Moneda homogénea – Capital financiero
2) Unidad de medida a emplear: alternativas Los bienes que integran el patrimonio de cada empresa deben ser reducidos a un común denominador. Para ello se utiliza la moneda, suponiendo que la misma constituye un patrón estable de valor. La moneda posee en un momento determinado cierto poder adquisitivo expresado en término de bienes, pero dicho poder adquisitivo es decreciente en épocas de
inflación. La moneda no se mantiene estable, esta expuesta a efectos inflacionarios que la desvalorizan y frente a este problema existen tres alternativas. a)
Desentenderse de la cuestión como si la moneda mantuviese su valor a lo largo del tiempo. Esto implica aceptar estados contables con ciertas distorsiones. Moneda nominal o heterogénea.
b)
Efectuar uno o mas ajustes parciales, cuya característica básica es corregir una o pocas cifras de los estados contables pero no la totalidad de los problemas que la inflación produce.
c)
Reexpresar todos los datos contables, de modo que quede en una unidad de medida homogénea. Esto es practicar el ajuste integral por inflación, que puede combinarse con cualquier criterio de valuación. Moneda constante u homogénea.
3) Capital a mantener: alternativas y análisis Consiste en preservar el capital en resguardo de la propia subsistencia del ente y a fin de salvaguardar el interés de los acreedores, de los inversores y de los demás interesados de la empresa. Existen dos posiciones doctrinarias que se identifican como: a)
Mantenimiento del capital financiero: es el que se ha aplicado en la práctica contable y sostenido en forma casi unánime hasta el presente. El capital esta dado por cifras efectivamente invertidas por los propietarios en la medida que provengan de incrementos patrimoniales genuinos. En períodos de estabilidad, el capital nominal invertido responde al concepto anterior, en cambio en períodos de inflación puede resultar necesario reexpresar los aportes en función del aumento del nivel general de precios. El monto del capital así actualizado es el adecuado para su mantenimiento en términos del concepto de capital financiero. Ganancia es todo incremento patrimonial que provenga de nuevos aportes de los propietarios.
b)
Mantenimiento del capital físico : se trata de mantener el valor de los bienes que determinan la capacidad operativa o productiva de la empresa. Es decir que el capital se identifica no con el dinero aportado, sino con el valor de los bienes físicos necesarios para mantener la capacidad operativa. De acuerdo con este concepto existirá ganancia solamente si la capacidad productiva física o la capacidad operativa de la empresa exceden al final de un período de la capacidad productiva física que existía al comienzo del mismo. La utilidad se determina por el excedente monetario que se obtiene una vez que se reponen los activos consumidos en la producción de los bienes o servicios. Para llevarlo a cabo es necesario emplear los valores corrientes.
4) Criterios de valuación a aplicar Existen dos posturas extremas para valuar los activos al cierre del ejercicio: 1)
Criterio tradicional: consiste en utilizar los costos de adquisición o producción originales, es decir basarse en valores históricos. Dentro de el costo de adquisición se incluyen : el precio de compra y los gastos directos de compra y recepción. Por gastos directos se entiende aquellos que se adquieren en particular solo si se efectúa la compra . Ejemplo: fletes, seguros, transporte, derechos de importación, honorarios, gastos de montaje y puesta en marcha, etc. Dentro del costo de producción se incluyen los costos de las materias primas consumidas, la mano de obra empleada en el proceso y los gastos ordinarios referidos a la producción. En un período de inflación intensa, el costo original queda mas desactualizado, pues esta expresado en una moneda cuyo poder adquisitivo es muy superior al actual. El ajuste por inflación solo busca solucionar el problema de la unidad de medida, por lo tanto el costo original reexpresado por
inflación sigue siendo un valor del pasado en el que se ha homogeneizado la unidad de medida, pero necesariamente es el valor mas adecuado para el bien. 2)
Criterio a valores corrientes: consiste en aplicar valores del presente (corrientes). No hay un único valor corriente para todos los elementos del patrimonio sino que hay que tomar las características para todos los elementos. Se pueden distinguir los siguientes :
a)
Valor neto de realización: es el precio de venta menos los gastos para su enajenación. Este valor resulta apropiado para aquellos activos que no requieren esfuerzo de comercialización, que pueden ser colocados con facilidad.
b)
Valor de reposición (valor de recompra o valor de reproducción): es valor que costará volver a adquirir o fabricar el bien, sobre la base de los precios vigentes al momento en que se hace la medición. Deberán utilizarse precios de contado correspondiente a los volúmenes similares a los adquiridos. Los precios que estén medidos en moneda extranjera deben convertirse a moneda argentina utilizando el tipo de cambio del momento de la medición. Este valor se utiliza para aquellos activos que su comercialización requiere esfuerzo.
c)
Valor actual: es el valor hoy de un importe a percibir en el futuro. Se llega a este valor deduciendo de la suma a recibir en el futuro los intereses por el período que media hasta su liquidación. Es utilizado para créditos y deudas.
d)
Valor patrimonial proporcional: es la parte del patrimonio neto de las empresa emisora que corresponde a la tenencia accionaria. Se aplica para valuar participaciones permanentes en empresas en las que se tiene control significativo.
5) La definición del modelo en las distintas etapas de la evolución de la doctrina y las prácticas contables Contabilidad Tradicional: Este modelo fue el que se uso en nuestro país hasta principios de la década del 70 cuando empezaron a aplicarse en forma mas o menos generalizada algunos revalúos establecidos por normas contables emanadas del estado para considerar los efectos de la inflación pero solamente de las partidas mas distorsionadas de los estados contables. Utiliza la unidad de medida heterogénea, los valores históricos y el capital a mantener financiero. Contabilidad Tradicional Avanzada: La diferencia entre este modelo y el anterior es que además de las ganancias realizadas se consideran las fácilmente realizables, de modo que los bienes de fácil comercialización se computan a sus valores netos de realización. En Argentina así deben hacerlo las sociedades con cotización bursátil. Incorporación de ajustes parciales por inflación: Cuando se incorporan ajustes parciales se obtienen estados contables que no encajan en ninguno de los seis modelos puros. En Argentina antes de la adopción del ajuste integral por inflación como norma contable profesional y norma contable legal, la realización de los ajustes parciales estaba muy difundida. En particular muchos entes estaban obligados a aplicar regímenes de actualización monetaria de los bienes de uso y otros activos establecidos por disposiciones legales (Ley 19742) Contabilidad a Valores Corrientes sin Ajuste: Utiliza la unidad de medida heterogénea, los valores corrientes y el capital a mantener financiero. Para aplicar este modelo es necesario: contar con normas contables específicas para medir valores corrientes en los activos y pasivos, computar las salidas de bienes a los valores corrientes de las fechas correspondientes, computar los resultados por tenencia.
Contabilidad del Costo de Reposición: Esta posición fue impulsada ante la necesidad de adecuar los estados e informes contables a cifras mas fácilmente comprensibles en el momento de análisis en un proceso inflacionario. Las existencias de bienes tangibles y sus consumos se valúan sobre la base de sus costos de reposición. Las diferencias entre los costos y los valores contables anteriores no ajustados no son parte del resultado del ejercicio sino que se consideran una reserva de reevaluación. Contabilidad Tradicional Ajustada: Este modelo tuvo aplicación en Argentina hasta la entrada en vigencia de la Resolución Tecnica 10 (año 1992) que privilegió el uso de los valores corrientes en vez de los costos históricos. La unidad de medida era la homogénea, se utilizaban valores históricos y el capital a mantener era el financiero. Contabilidad a Valores Corrientes Ajustados: Los lineamientos del modelo tuvieron aplicación en Argentina entre 1984-1995 . En este lapso había obligación legal de aplicar moneda homogénea. A partir de la Resolución Técnica 10 (hoy Resolución Técnica 17) se estableció la unidad de medida homogénea, los valores corrientes y el capital a mantener financiero.
6) Relación del modelo con la determinación de los resultados
La medición del resultado del período es uno de los objetivos básicos del sistema de información contable. Es evidente entonces que las técnicas a adoptar para la valuación del activo, pasivo y capital esta relacionado con el criterio de reconocimiento del resultado. En los modelos con moneda homogénea existirá el REI, y en los modelos con valores corrientes aparecerán resultados por tenencia para las ganancias porque las pérdidas se reconocen en todos los modelos.
Contabilidad Tradicional: no se reconoce ni el REI ni los resultados por tenencia, salvo los negativos. Ajuste Integral: se reconoce el REI pero no los resultados por tenencia, salvo los negativos. Valores Corrientes: no se reconoce el REI pero se reconocen los resultados por tenencia. Modelo Combinado: se reconoce el REI y los resultados por tenencia.
7) Criterios y normas contables para el ajuste y la valuación de la información contable Las normas contables son reglas para la tarea de preparar información contable, son: 1)
Normas de valuación: las que reglan la medición del patrimonio y su evolución.
2)
Normas de exposición: las que fijan el contenido y la forma de los estados contables.
3)
Normas Contables Profesionales: las que constituyen el punto de referencia que emplean los auditores para elaborar sus opiniones sobre la forma en que han sido preparados los estados contables que han sido sometidos a su examen profesional.
4)
Normas Contables Legales: las que obligan a los entes emisores de los estados contables.
Para el ajuste por inflación se utiliza la Resolución Técnica 6 (Estados Contables en Moneda Homogénea) En períodos inflacionarios los estados contables no ajustados presentan información que puede considerarse distorsionada. Este informe fue elaborado con el objetivo de la unificación definitiva en normas contables en el tema de estados contables reexpresados en moneda constante. También se refirió a otros temas a)
La valuación y exposición de los créditos y deudas en operaciones de compraventa a plazo en las que existen cargos financieros implícitos.
b)
El concepto del valor recuperable.
c)
El concepto de capital a los fines contables.
d)
Normas sobre exposición vinculadas con la información ajustada.
e)
Normas de valuación supuestamente vigentes a la fecha de la emisión de la resolución técnica Para la valuación se utiliza la Resolución Técnica 17 que reemplazo la 10 y la 12.
UNIDAD 2: LA GANANCIA Y SU APROPIACIÓN EN EL TIEMPO
1) Concepto económico y contable del beneficio La ganancia o beneficio es la diferencia entre el ingreso que obtiene el ente por la venta de su producto (bien o servicio) y el costo corriente de los insumos empleados en su producción y comercialización (medidos en términos del mismo momento de la venta). Según este concepto, el costo es un valor del momento a que se refiere su medición y no de un momento anterior o posterior. Además de los resultados de las operaciones de intercambio así calculado, se considera adecuado reconocer los resultados de los acontecimientos internos o externos a la empresa o circunstancias del mercado que originen acrecentamientos, revalorizaciones y desvalorizaciones en términos reales, o sea, netos del efecto de los cambios en el nivel general de precios. El concepto económico de beneficio se determina como una diferencia entre el ingreso económico y el costo de oportunidad.
2) Enfoques para determinar la ganancia del ejercicio La ganancia del ejercicio se determina a través del estado de resultados. Hay tres alternativas: a)
Alternativa de segregar los componentes financieros implícitos contenidos en las cuentas de resultado e informar los resultados financieros y por tenencia en detalle.
b)
Alternativa de segregar los componentes financieros implícitos contenidos en las cuentas de resultado e informar los resultados financieros y por tenencia con grado variable de detalle.
c)
Alternativa de no segregar los componentes financieros implícitos contenidos en las cuentas de resultados. Existen dos formas para llegar al resultado del ejercicio:
1)
Se basa en que el objetivo de la contabilidad debe ser la determinación del resultado y de las causas que lo producen.
2)
Otros asignan preeminencia al patrimonio y a la riqueza actual que el mismo representa concentrándose principalmente en la adecuada obtención de valores de cada uno de los activos y pasivos que lo componen.
3) La generación de los resultados en las distintas etapas de la evolución de la doctrina y las prácticas contables La determinación del resultado de un período depende de los criterios aplicados para medir los activos y pasivos al comienzo y al final del período contable y los aportes y retiros de los propietarios, la unidad de medida empleada para aplicar los criterios de medición y el concepto del capital a mantener. Las tres cuestiones son independientes en el sentido que podrían mezclarse alternativas en materia de criterios de valuación, unidad de medida y concepto de capital a mantener, con una sola restricción, cuando se considera que el capital a mantener es el físico, los activos que definen la capacidad operativa deben computarse a sus valores corrientes. Hay distintos etapas de la evolución de la doctrina en la generación de los resultados: 1)
Modelo de lo percibido: reconoce las variaciones patrimoniales solo en la medida en que se hayan cobrado o pagado
2)
Modelo Tradicional: reconoce las variaciones patrimoniales sin interesar si se han cobrado o pagado. Se rige por el principio de realización, valuación al costo y prudencia.
3)
Modelo de Valores Corrientes: al modelo tradicional se le suman los resultados por tenencia.
4)
Modelo Tradicional con ajuste: al modelo tradicional se le suma el REI
5)
Modelo de Valores Corriente para ciertos rubros con ajuste: al modelo tradicional se le suman los resultados por tenencia para algunos rubros y el REI.
7) Ajustes de ejercicios anteriores Estas modificaciones pueden tener origen en: a) correcciones de errores en la medición de resultados de períodos contables anteriores (puede ser un error de computo o un error de juicio) b) cambios retroactivos o adecuaciones en el valor de partidas patrimoniales como consecuencia de la aplicación de una norma particular diferente para la medición de resultados.
Los efectos de las referidas modificaciones se computarán como ajuste de saldo acumulado de resultados al inicio del período contable. Se expone en el Estado de Evolución del Patrimonio Neto. No se computarán modificaciones a resultados de ejercicios contables anteriores cuando: a)
Cambien las estimaciones contables originados en la obtención de nuevos elementos de juicio no disponibles en dichos ejercicios al momento de emisión de los correspondientes estados contables.
b)
Cambien las condiciones preexistentes u ocurran situaciones que en sustancia son claramente diferentes de lo acaecido anteriormente. En caso de computarse ajustes de ejercicios anteriores:
a)
Deben corregirse los saldos iniciales de los estados que muestren variaciones.
b)
Deben modificarse los datos comparativos incluidos en los estados básicos o en la información complementaria Además en nota a los estados contables debería informarse los siguiente:
a)
Si el AREA obedece a una corrección de error, sus motivos
b)
Si se origina en un cambio contable : el criterio adoptado, el abandonado, las razones del cambio, su efecto sobre los principales componentes de los estados contables.
8) Hechos posteriores al cierre del ejercicio Deberán considerarse los efectos de los hechos y circunstancias que, producidos con posterioridad al cierre del período contable y hasta la fecha de emisión de los informes contables, proporcionen evidencias confirmatorias de situaciones existentes a la primera de las fechas mencionadas o permitan perfeccionar las estimaciones correspondientes a la información en ellos contenida. Deberían informarse los hechos posteriores a la fecha de los estados contables que sean nuevos, tales como: 1)
Una combinación o una escisión.
2)
La adquisición o venta de una participación permanente en otro ente.
3)
La apertura o discontinuación de un nuevo segmento de operaciones.
4)
Haber entrado el ente en una convocatoria de acreedores.
5)
Una emisión de títulos de capital o de deuda.
6)
Una compra de bienes de uso o asimilables.
7)
Una modificación de tipos de cambio
8)
Un golpe inflacionario
9)
Un siniestro que afecte bienes de propiedad del ente.
10) Una declinación de los valores recuperables de los activos. Por supuesto debe tratarse de hechos que afecten significativamente la estructura patrimonial de la empresa o introduzcan incertidumbres sobre las valuaciones y resultados futuros. La información a suministrar debería indicar la incidencia del hecho sobre el patrimonio y destacar que ella será reconocida en el período contable siguiente.
UNIDAD 3: APROPIACIÓN DE INGRESOS
1) Concepto de ingreso Los ingresos son incrementos del patrimonio no atribuibles a aportes de capital, o sea aumento del activo, disminución del pasivo o una combinación de ambos casos. Tal incremento debe ser ajeno a operaciones que de por si no pueden arrojar pérdidas o ganancias, como ser un aporte de capital, compra de bienes, cobro de una cuenta, obtención de un préstamo. Es independiente de los costos que lo producen porque en el caso de las ventas estas se reconocen como ingreso, en cambio la utilidad bruta no se reconoce. Es independiente de las relaciones que hay entre el ente y los propietarios porque los aportes y retiros no se consideran ingresos porque no surgen de transacciones con terceros.
2) Alternativas para la apropiación de los ingresos Los ingresos se pueden apropiar en función de los principios de devengado y realización. En el principio de devengado los recursos y obligaciones se imputan a periodos de tiempo no coincidentes con el período de tiempo en que se recibe o se paga el dinero. La utilidad se considera realizada con el transcurso del tiempo. En el principio de realización los resultados económicos solo deben computarse cuando son realizados, o sea cuando la operación que perfeccionada y se hayan ponderado fundadamente todos los riesgos inherentes a tal operación. Para un bien mueble se considera realizado con la entrega del bien. Para un bien inmueble se considera realizado con la escritura traslativa del dominio, la firma del boleto de compra o cuando por excepción el vendedor otorga la posesión del bien al comprador y este pago entre el 25% y 50% del valor total. Para asignar los ingresos al período que corresponde deben cumplirse las siguientes condiciones: 1)
El hecho sustancial que genera el resultado debe haberse producido en el período
2)
El ingreso debe ser medible con la mayor objetividad posible
3)
Deben haberse ponderado los riesgos inherentes a la operación para proceder a su registro contable.
3) Momentos para reconocer contablemente los ingresos Hay 3 momentos: 1)
Incremento en el valor de un activo invertido para la obtención de un ingreso sin que medie transacción con terceros (resultados por tenencia).
2)
Cuando se produce la venta de mercaderías o se presta un servicio.
3)
Se da cuando se cobra la venta o el servicio.
4) Criterios para la apropiación de los ingresos en la contabilidad tradicional y en la moderna
Contabilidad Tradicional: se apropiaban los ingresos en el momento 2, la venta se perfeccionaba con la entrega de la cosa. Hay excepciones en el caso de los bienes fungibles que no requieren un esfuerzo significativo de venta, con mercado transparente, el ingreso se reconoce en el momento 1. Para la venta a largo plazo por ejemplo inmuebles, el ingreso se reconoce en el momento 3. Contabilidad Moderna: el incremento patrimonial se atribuye al período en que se haya producido los hechos sustanciales que lo genera, siempre y cuando exista un cierto grado de objetividad en la medición y seguridad de su concreción.
5) Ventas de bienes En la contabilidad tradicional basada en la aplicación del concepto de realización, el momento de la venta ha sido considerado como el fundamental para el reconocimiento de todo el resultado del proceso ganancial. Para que la asignación de un ingreso a un período sea procedente debería cumplirse con las siguientes condiciones: a)
el hecho sustancial que genera el ingreso debe haberse producido en el período
b)
el ingreso debe ser medible con la mayor objetividad posible
c)
deben haberse ponderado los riesgos inherentes a la operación para proceder a su registro contable. La asignación de resultados al período comprende dos pasos:
a)
la apropiación del ingreso
b)
la imputación de los respectivos costos Los ingresos deben ser imputados a los períodos en que se produce la transferencia de su propiedad. En general ello ocurre simultáneamente con la entrega de los bienes al comprador. Menos frecuente es que las ventas se realicen con la entrega en el depósito del vendedor.
El ajuste por inflación de la cifra de ventas no ofrece problemas cuando el precio esta fijado en moneda de la fecha en el cual se registra el ingreso, caso en el cual se aplica la norma general. Si el precio incluye sobreprecios de inflación e intereses implícitos y estos no son segregados antes de computar el ingreso se presenta el problema de que el ingreso esta medido en moneda del momento esperado de cobro y no en moneda de la fecha de la contabilización. Hay dos alternativas: 1)
Ignorar el hecho y aplicar la norma general sobre el precio facturado.
2)
Segregar los cargos financieros implícitos y practicar el ajuste sobre la cifra depurada. En el caso en que se reciban anticipos que fijan precio de los bienes o servicios a entregar, la fecha de origen que se debe considerar es la del cobro anticipado. Las devoluciones deben ser imputadas a los resultados de los ejercicios en que se vendieron las mercaderías. Las bonificaciones deben ser agregadas a los períodos en que se computaron las ventas que las generaron. Las ventas en consignación solo deben considerarse como tales una vez que han quedado firmes.
6) Prestación de Servicios Los ingresos por servicios deberían reconocerse en los períodos de su prestación. El reconocimiento de los ingresos por servicios profesionales y técnicos no ofrece dificultades cuando el período de facturación coincide con el de prestación del servicio. Mas complicado es el caso en que se contrata una tarea específica de cierta duración pero la facturación no depende del avance del trabajo. En casos así lo razonable sería reconocer los ingresos sobre la base del avance del trabajo, tal como se hace con las construcciones a largo plazo. Concordantemente al cierre de cada mes debería reconocerse: a)
un activo si hay trabajos efectuados y no facturados
b)
un pasivo si hay trabajos facturados y no efectuados (es una obligación de hacer) Es necesario que los ingresos obtenidos por la prestación de servicios no incluyan los impuestos facturados que deban ser entregados al fisco. Además no deben incluir los componentes financieros implícitos.
7) Ventas a largo plazo Suelen venderse bajo esta modalidad inmuebles y bienes durables como automotores artefactos domésticos y máquinas de oficina. A menudo el comprador otorga garantía real (hipoteca o prenda) sobre los bienes que adquiere. Cuando no se vende a corto sino a largo plazo aumentan: a)
los costos necesarios para el registro y seguimiento de los saldos de los compradores
b)
los costos de cobranzas
c)
la dificultad en estimar los saldos incobrables, atenuada por la existencia de las garantías reales diferidas.
Ninguna de estas circunstancias tiene por qué afectar el momento de reconocimiento contable de la venta: a)
los costos de registro y seguimiento de saldos no son significativos
b)
los de cobranzas deberían considerarse en los períodos en que se producen
c)
las dificultades relativas a la estimación de saldos incobrables raramente son tan importantes como para impedir mediciones razonablemente objetivas La realización de estimaciones es inherente al proceso contable. Es preferible estimaciones con algún margen de error que ignorar el problema por completo. En consecuencia, los resultados de las ventas a largo plazo deben tratarse del mismo modo que las generadas por otras ventas, debiéndose prestar un mayor cuidado en la estimación de las cuentas incobrables.
8) Ventas no entregadas Las ventas no entregadas no quedan perfeccionadas, por lo tanto no hay que imputar nada. Lo que sí origina es un pasivo y se apropia el ingreso al entregar el bien. 9) Venta de unidades a construirse (Contratos de Construcción) Un contrato de construcción podría dar lugar a la facturación de: a)
los costos realmente incurridos mas un porcentaje destinado a cubrir los costos indirectos del contratista y su ganancia.
b)
un precio determinado en moneda nacional o extranjera fijo o sujeto a ajustes mediante la aplicación de uno o mas índices de precios. En los contratos del primer tipo, el ingreso del contratista esta dado por sus honorarios o porcentajes y se considera razonable reconocerlos en los períodos por los cuales se facturan en los que también se cargan los costos al adquiriente. Cuando el contrato tiene precio debería emplearse un método que permita ir reconociendo los resultados de la actividad a lo largo del período de construcción, ya que otro paso importante del proceso de generación de resultados (venta) ya ha sido cumplido. Para lograr lo expuesto, se aplica el método del porcentaje de completamiento o de avance de obra, según el cual se va reconociendo la ganancia a través de la valuación contable de los bienes en construcción, que se hace sobre la base del VNR a obtener y del grado de progreso de obra. Bajo este método, el resultado que se contabiliza en cada período no depende de la facturación sino del avance de obra. Otro método desarrollado por la doctrina es el del contrato terminado según el cual:
a)
el ingreso recién se reconoce cuando la obra ha sido completada o faltan detalles sin importancia que implican costos no significativos.
b)
Hasta que el ingreso se reconoce, la obra se valúa al costo y no se registra resultado alguno, excepto cuando sea evidente la futura existencia de pérdidas finales, en cuyo caso se las contabiliza de inmediato. Sobre este esquema básico hay variantes como estas:
a)
incluir en el costo de la obra los costos generales y de administración, para no hacerlos incidir en los resultados de períodos en que no se reconoce ingreso alguno.
b)
reconocer los resultados de las unidades del proyecto a medida que van siendo entregadas (derivación denominada método de la entrega de unidades.
UNIDAD 4: APROPIACIÓN DE COSTOS Y GASTOS
1) Concepto de costos y gastos Los costos son las erogaciones directas e indirectas originadas en la adquisición de bienes y servicios. El costo no permanece como costo sino como un activo hasta que se produce el ingreso. Debe apropiarse con este. Los gastos son elementos que se consumen antes de la fecha de cierre del ejercicio y son irrecuperables pero existe una contraprestación a favor del ente a diferencia de las pérdidas. No se apropian con los ingresos, ya que son independientes y se apropian cuando se consumen.
2) y 3) Imputación de costos y gastos contra ingresos y al período En cuanto a la imputación de costos a período, esta seguirá las siguientes reglas: a) si el costo se relaciona con un ingreso determinado, debe ser cargado al resultado del mismo período al que e imputa el ingreso: b) si el costo no puede ser vinculado con un ingreso determinado pero sí con un período, debe ser cargado al resultado de ese período; c) si no se da ninguna de las dos situaciones anteriores, el costo debe ser cargado al resultado en forma inmediata.
4) y 5) Costo de bienes vendidos y Costo de servicios prestados El costo de un bien es el necesario para ponerlo en condiciones de ser vendido o utilizado, lo que corresponda en función de su destino. Por lo tanto, incluye la porción asignable de los costos de los servicios externos e internos necesarios para ello (por ejemplo: fletes, seguros, costos de la función de compras, costos del sector de producción), además de los materiales o insumos directos e indirectos requeridos para su elaboración, preparación o montaje. Las asignaciones de los costos indirectos deben practicarse sobre bases razonables que consideren la naturaleza del servicio adquirido o producido y la forma en que sus costos se han generado. Costo de adquisición: El costo de un bien o servicio adquirido es la suma del precio que debe pagarse por su adquisición al contado y de la pertinente porción asignable de los costos de compras y control de calidad. Si no se conociere el precio de contado o no existieren operaciones efectivamente basadas en él, se lo reemplazará por una estimación basada en el
valor descontado —a la fecha de adquisición— del pago futuro a efectuar al proveedor (excluyendo los conceptos que sean recuperables, tales como ciertos impuestos). A este efecto, se utilizará una tasa de interés que refleje las evaluaciones que el mercado hace del valor tiempo del dinero y de los riesgos específicos de la operación, correspondiente al momento de la medición. Los componentes financieros implícitos que, con motivo de la aplicación de las normas anteriores, se segreguen de los precios correspondientes a operaciones a plazo son costos financieros Bienes incorporados por aportes y donaciones: la medición original de estos bienes se efectuará a sus valores corrientes a la fecha de incorporación. Bienes producidos: El costo de un bien producido es la suma de: a) los costos de los materiales e insumos necesarios para su producción; b) sus costos de conversión (mano de obra, servicios y otras cargas), tanto variables como fijos; c) los costos financieros que puedan asignárseles. El costo de los bienes producidos no debe incluir la porción de los costos ocasionados por: a) improductividades físicas o ineficiencias en el uso de los factores en general; b) la ociosidad producida por la falta de aprovechamiento de los factores fijos originada en la no utilización de la capacidad de planta a su “nivel de actividad normal”. Activación de costos financieros: Podrán activarse costos financieros en el costo de un activo cuando se cumplan estas condiciones: a) el activo se encuentra en producción, construcción, montaje o terminación y tales procesos, en razón de su naturaleza, son de duración prolongada; b) tales procesos no se encuentran interrumpidos o sólo se encuentran interrumpidos por demoras temporarias necesarias para preparar el activo para su uso o venta; c) el período de producción, construcción, montaje o terminación no excede del técnicamente requerido; d) las actividades necesarias para dejar el activo en condiciones de uso o venta no se encuentran sustancialmente completas; y e) el activo no está en condiciones de ser vendido, usado en la producción de otros bienes o puesto en marcha, lo que correspondiere al propósito de su producción, construcción, montaje o terminación. En caso de ser aplicado el tratamiento alternativo debe hacerse consistentemente para todos los costos financieros definidos por esta norma y con todos los activos que cumplan con las condiciones indicadas previamente. Las situaciones referidas en el inciso e) deben evaluarse para cada activo en particular, aunque la producción, construcción, montaje o terminación forme parte de la de un grupo mayor de
activos. En este supuesto, la activación de los costos financieros debe limitarse a cada parte, al ser terminada. La imputación de los costos financieros se hará mensualmente, siguiendo las reglas que se explican en los párrafos siguientes. Se admitirá el empleo de períodos más largos mientras esto no produzca distorsiones significativas. Del total de los costos financieros, primero se activarán los que se hayan incurrido para financiar total o parcialmente y en forma específica a los activos que cumplen con las condiciones señaladas en los incisos a) a e) precedentes, siempre que tal financiación específica sea demostrable. Para determinar el importe a activar, previamente se detraerán los ingresos financieros generados por las colocaciones transitorias de fondos provenientes de préstamos destinados a la financiación específica. Para la asignación de costos financieros a los activos que cumplan con las condiciones señaladas en los incisos a) a e) precedentes, pero no hayan sido financiados específicamente, se procederá de la siguiente manera: a) del total de deudas se excluirán las que guarden una identificación específica con los activos financiados específicamente y cuyos costos financieros ya hayan sido asignados por dicho motivo; b) se calculará una tasa promedio mensual de los costos financieros correspondientes a las deudas indicadas en el inciso precedente; c) se determinarán los montos promedios mensuales de los activos que se encuentren en producción, construcción, montaje o terminación, excluidos aquellos que hayan recibido costos financieros por haber contado con financiación específica; y d) se aplicará a las mediciones contables de los activos determinados en el inciso c) la tasa de capitalización indicada en el inciso b). Si existieran activos parcialmente financiados en forma específica, la activación de costos financieros referida en el párrafo precedente se calculará sobre la porción no financiada específicamente. Los costos financieros que resulten activados (o, en su caso, deducidos) por la aplicación de los procedimientos descriptos en esta sección no deben exceder a los incurridos durante el período. Componentes financieros implícitos: a)
Deberán segregarse las diferencias entre los precios de operaciones de contado y los de operaciones de plazo, contenidas en saldos de activos, pasivos o resultados, cuando sean significativas y siempre que pueden estimarse razonablemente.
b)
En un contexto de estabilidad monetaria se admitirá que la segregación referida se efectúe únicamente sobre los saldos de los activos y pasivos a la fecha de los estados contables, en los activos fijos se recomienda al momento de incorporación.
6) Gastos de comercialización
Son los realizados por el ente en relación directa con la venta y distribución de sus productos o de los servicios que presta. Ejemplo : publicidad.
7) Gastos de financiación Son gastos de financiación toda suma adicional, sobre el precio de contado del bien o servicio, pagada en compensación de una espera del proveedor. Son aquellos que surgen ante la necesidad del ente de obtener fondos destinados a financiar su operatoria o para la adquisición de determinados activos. Se imputan directamente al ejercicio en que se usufructuaron los fondos y no son cargados al costo de los bienes adquiridos con los mismos. Los gastos de administración comprenden los gastos realizados por el ente en razón de sus actividades, pero que no son atribuibles a las funciones de compra, producción, comercialización y financiación de bienes de servicios. Por ejemplo: gastos de papelería y sueldos de producción.
8) Gastos y costos no operativos y extraordinarios Gastos no operativos son aquellos ajenos a la actividad principal del ente. Gastos operativos son aquellos que están vinculados con la actividad principal del ente. Gastos ordinarios son aquellos que acontecen en forma periódica, es decir, son de carácter repetitivo. Gastos extraordinarios son aquellos que ocurren ocasionalmente, comprende los resultados atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado para el futuro. Ejemplo: siniestros.
UNIDAD 5: LA INFORMACIÓN CONTABLE Y LA INFLACIÓN
1) Conceptualización de la inflación La inflación es el incremento constante en el nivel general de precios en una economía en un período determinado, este es continuo y permanente y se tiene que dar en el conjunto de bienes y servicios de una economía. La medición general de precios se da por medio del nivel general de precios de una canasta de bienes que sea representativa. La inflación es el aumento sostenido en el nivel general de los precios caracterizado por la persistencia del mismo a lo largo del tiempo y por la generalidad del aumento que abarca a todos los bienes de una economía aunque no todos se incrementen a la misma tasa. La inflación provoca la pérdida del poder adquisitivo.
2) Análisis y características del proceso inflacionario La incidencia de la inflación no actúa con igual intensidad sobre todos los rubros del patrimonio. Ciertos bienes del activo entran y salen mucho mas rápido que otros y su valor monetario quedara mas actualizado. En su sentido inverso, los bienes de lenta rotación contendrán un valor de plaza superior al de los libros. La inflación descripta mediante índices de nivel general de
precios no es otra cosa que un promedio ponderado de la evolución de los precios de un conjunto dado de bienes durante un período determinado. Los índices constituyen indicadores de tipo estadístico, cuyo objeto es describir la evolución del valor absoluto de una variable a través del tiempo. Los índices de los niveles generales de precios podrán variar en función de: a)
la metodología usada (Laspeyres, Paasche, etc.)
b)
la canasta de bienes considerada. El índice de precios a aplicar resulta de combinar el índice de precios al mayorista (IPM) y el índice de precios internos al por mayor (IPIM) publicados por el INDEC por ser de fácil acceso, de actualización regular y frecuente y de base amplia. El proceso inflacionario se caracteriza por:
a)
Desvalorización de la moneda
b)
Imposibilidad de planificar y presupuestar
c)
Licuación de la deudas
d)
Inestabilidad de la economía
e)
Imposibilidad de ahorrar
f)
Pérdida de poder adquisitivo
3) Efectos sobre la información contable La inflación atenta contra la homogeneidad de la unidad de medida utilizada, y esto produce distorsiones en las cifras surgidas de los estados contables. Las distorsiones son: 1)
Carece de validez la comparación de partidas, aunque sean de un mismo juego de estados contables o de distintos períodos.
2)
El criterio de medición de valores del capital en función de los aportes en moneda de la fecha de suscripción no asegura un adecuado mantenimiento y protección del mismo. Tiende a sobrevaluarse el resultado final del ejercicio generando utilidades ficticias, que cuando se distribuyen en realidad se esta distribuyendo el capital.
3)
La medición de los resultados no refleja la evolución económica del patrimonio por estar valuado en monedas de distinto poder adquisitivo.
4)
La medición del resultado del ejercicio no es correcta por no computar el REI.
5)
Los ingresos están reexpresados en moneda de poder adquisitivo mas reciente que los costos, por lo que se sobrevalúa el resultado bruto de las operaciones.
6)
Los informes contables internos y los estados contables no pueden ser utilizados como herramientas para la toma de decisiones.
7)
Se suma pesos no homogéneos, es decir de distinto poder adquisitivo.
8)
Provoca grandes distorsiones en los rubros no monetarios que quedan valuados a un valor no representativo de la realidad.
9)
No se analizan los resultados financieros en términos reales, no son netos de inflación.
4) Consecuencias y distorsiones generadas por el uso de la unidad de medida tradicional El uso del modelo de costo histórico en moneda nominal produce distorsiones sobre la información contable por no reflejar los efectos de la inflación. Algunos de los problemas son: a)
si no se ajusta la información por inflación, esta pierde utilidad tanto para la toa de decisiones y para la gestión.
b)
Desde el punto de vista patrimonial, cuando hay inflación quien tiene activos monetarios tiene perdida por exposición a la inflación y quien tiene pasivos monetarios tiene ganancia.
c)
Generalmente suele computarse utilidades brutas con relación a las ventas y costos de ventas ficticias por no utilizar los ajustes por inflación y los valores corrientes.
UNIDAD 6: SOLUCIONES PARCIALES
1) Objetivos, alcances y limitaciones de las soluciones parciales Las soluciones parciales surgen para resolver las distorsiones que genera la inflación en la información contable que resulta de aplicar el modelo de costo histórico en moneda nominal. Las principales soluciones parciales son: a)
Ajustes parciales por inflación (soluciones legales)
1)
Ajuste de amortizaciones con contrapartida en una reserva o previsión.
2)
Actualización contable de bienes de uso (Ley 19742).
3)
Fondos de protección al capital en giro.
4)
Ajuste global del REI.
b)
Revaluaciones parciales (soluciones técnicas)
1)
Valuación de bienes de cambio bajo el método UEPS.
2)
Utilización de costos de reposición.
3)
Previsiones para reposición de bienes.
c)
Reemplazo de la Moneda local como unidad de medida (soluciones monetarias)
1) Contabilidad bimonetaria. Estas soluciones presentan limitaciones que hicieron que fuera abandonando a favor del ajuste integral. La falla principal es que la suma de soluciones parciales no constituye un ajuste integral (no posee la coherencia y sistematicidad de ellos). Ninguna fue capaz de ajustar la totalidad de partidas del estado de situación patrimonial y del estado de resultados.
2) Soluciones legales: antecedentes, análisis y consecuencias Las soluciones legales tuvieron un efecto muy limitado, sirviendo únicamente para señalar y corregir un desequilibrio parcial y temporario. La ley 19742 sancionada en 1972 tenía en cuenta aquellos rubros que estaban expuestos a la desvalorización. Los bienes actualizables eran: a)
Los bienes de uso en general
b)
Los inmuebles mantenidos como inversión, no así los adquiridos por quien se dedique habitualmente a su compra – venta
c)
Las cuentas en moneda extranjera sin cambio asegurado
d)
Ciertas inversiones en títulos ajustables. La ley 19742 prevé mecanismos de corrección parcial de los efectos de la inflación sobre los estados contables. Para que se proceda el ajuste de los valores de estos bienes los mismos deben encontrarse en existencia tanto al comienzo como al cierre del ejercicio y no llevar en la empresa mas tiempo que el considerado a los fines de su depreciación contable. Como excepción a esta regla, las obras en curso no necesitan estar en existencia al inicio del período. Hay bienes que no son actualizables como :
a)
Los bienes incorporados durante el ejercicio (excepto las obras en curso).
b)
Los bienes vendidos durante el ejercicio.
c)
Los bienes cuyo período de depreciación contable ya ha concluido. El procedimiento general consiste en:
1)
Calcular un valor residual actualizable al comienzo del ejercicio, sobre la base de : un valor original computable y la depreciación acumulada al cierre del ejercicio anterior.
2)
Se aplica un coeficiente de actualización
3)
Como resultado de la multiplicación del valor residual actualizable por el coeficiente correspondiente se establece el valor residual actualizado.
4)
Se comparan los valores residuales actualizados con los corrientes en plaza, que actúan como límites de aquellos.
Los mayores valores nominales por actualización deben ser acreditados a: 1)
La cuenta Saldo por Actualización Contable Ley 19742 (no capitalizable hasta alcanzar el cincuenta por ciento del capital). No es distribuible ni capitalizable pudiendo solo ser disminuido para absorber pérdidas.
2)
La cuenta Saldo Ley 19742 (capitalizable) en el importe que exceda al anterior. Es capitalizable sin limitaciones salvo en el caso de las sociedades cuyos títulos tengan cotización pública, circunstancia en que la parte capitalizable en cada ejercicio no podrá superar el 25% del PN resultante del respectivo balance general. Los montos no capitalizados en un ejercicio, podrán serlo en el o los siguientes. Si el estado de resultados de la empresa a partir del primer ejercicio de actualización demostrara pérdidas finales, es posible reducir los saldos de actualización en el siguiente orden:
1)
Saldo Ley 19742
2)
Saldo por Actualización Contable, participaciones en otras sociedades
3)
Saldo por Actualización Contable 19742
3) Soluciones técnicas: análisis, alcances y consecuencias Las soluciones técnicas son cambios en los valores de valuación o reevaluación parciales aplicando principalmente ciertas técnicas de valores corrientes en forma particular para algún rubro. 1)
Valuación de bienes de cambio bajo el método UEPS. Valúa las ventas y los costos de ventas en la moneda mas cercana.
2)
Utilización de costos de reposición.
3)
Previsiones para reposición de bienes.
4)
Métodos de protección al capital, consiste en creaciones de ciertos reservas especiales, de resultados a fin de evitar la distribución de resultados irreales y la descapitalización del ente.
5)
Valuación de bienes de cambio, inversiones a valores corrientes sin afectar los ajustes por inflación. Se basa en variaciones de precios específicos y no en la aplicación de un índice de precios. Pero se cargan contra resultados y puede ocultar verdaderas pérdidas. Además no da la verdadera ganancia.
6)
Revalúo del activo fijo. Es principalmente de bienes de uso y puede hacerse sobre la base de una tasación técnica o a un índice de precios.
4) Soluciones monetarias: validez, vigencia y consecuencias
Consiste en confeccionar un balance en dos monedas (uno de ellos en moneda fuerte como por ejemplo el dólar). El sistema de contabilidad bimonetario reemplaza la moneda local por otra. La desventaja es que no tiene en cuenta la inflación del país de origen. Presenta dos problemas: 1)
Puede eliminarse la inflación nacional pero no la extranjera
2)
La moneda extranjera no siempre sigue la evolución de la inflación nacional.
UNIDAD 7: SOLUCIONES INTEGRALES
1) Objetivos del ajuste integral de los estados contables El ajuste integral es un mecanismo que corrige los desajustes de los distintos componentes del esquema contable expresados en poder adquisitivo de diversos momentos, llevándolos a una misma fecha por la aplicación de un coeficiente corrector surgido de la relación entre la variación del momento al cual se quiere ajustar y el de origen. Es un procedimiento técnico cuyos objetivos son: a)
Expresar los valores patrimoniales y resultados en una unidad monetaria homogénea adaptándose para ello el poder adquisitivo de la moneda a la fecha de cierre.
b)
Determinar los resultados por exposición a la inflación. Las características principales del ajuste integral son:
a)
La técnica se desarrollo en el modelo del costo histórico
b)
La adopción del método es independiente del criterio de valuación a emplear.
c)
Pone énfasis en el criterio de mantenimiento del capital financiero.
d)
Utiliza un índice que refleje las variaciones del poder adquisitivo de la moneda
e)
Se reflejan los resultados provenientes de la desvalorización de activos y pasivos expuestos a la inflación (REI)
f)
Existe un proceso secuencial de ajuste
g)
Se debe identificar, segregar y contabilizar adecuadamente los sobreprecios de inflación.
2) Alcance, obligatoriedad y vigencia de la norma en vigor La Resolución Técnica 6 surge a través de la ley 22903 donde introduce en el artículo 63 el concepto de moneda constante. La ley 22903 establece en forma obligatoria la necesidad de expresar los estados contables en moneda constante para las sociedades comprendidas en la
Ley 19550. La RT6 establece que todos los estados contables que se presenten a terceros debe expresarse en moneda constante a partir del 23/9/1983.
3) Efectos y consecuencias de la reexpresión de los estados contables La técnica del ajuste integral en moneda constante se desarrollo en el modelo del costo histórico. Los efectos y consecuencias son: a)
La adopción del método permite determinar mas adecuadamente los resultados de la gestión financiera.
b)
Puede traer como consecuencia que a veces por tener en cuenta solo los índices de reexpresión hace que algunos bienes no sean del todo representativos de la realidad porque el precio específico del bien no aumenta de la misma proporción que la inflación.
c)
Homogeneidad en la moneda de cuenta. Se corrigen las distorsiones provocadas por la unidad monetaria.
d)
Facilita la comparabilidad de los estados contables
e)
Se reconoce el REI y se mejora así la información sobre los resultados financieros.
4) Discriminación de los activos y pasivos Las principales categorías o clasificaciones de los rubros con las siguientes: 1)
En función de su relación intrínseca con la moneda de curso legal del país: monetarios y no monetarios.
2)
En términos del poder adquisitivo de la moneda en la cual están expresados a una fecha determinada: actualizados y no actualizados.
3)
Sobre la base del impacto que sobre los mismos genera la pérdida del poder adquisitivo de la moneda: expuestos y no expuestos. Rubros monetarios: son aquellos que en el transcurso del tiempo pierden valor por el hecho de estar expresados en suma fijas de moneda corriente, es decir que generan resultados por exposición a la inflación. Rubros no monetarios: son aquellos que poseen un valor intrínseco y no generan resultados por exposición a la inflación. Cuando no se encuentran expresados en moneda constante, deberán ser reexpresados. Rubros actualizados: son aquellos que están expresados en moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre. No requieren ajuste monetario. Son los rubros monetarios. Rubros no actualizados: son aquellos que están expresados en moneda de poder adquisitivo distinta a la fecha de cierre. Deben ser ajustados. Son los rubros no monetarios.
Rubros expuestos: son aquellos que se desvalorizan en función del impacto del proceso inflacionario. Pierden el valor en función de la desvalorización monetaria. Son los rubros monetarios, son la fuente generadora del REI. Rubros no expuestos: son aquellos que poseen un valor intrínseco propio y que no se desvalorizan en función de la desvalorización monetaria, sino que se valorizan o desvalorizan por cambio en los índices específicos. Son los generadores de los resultados por tenencia. Son los rubros no monetarios y los monetarios con sobreprecio.
5) Índices aplicables Los índices de precios constituyen indicadores de tipo estadístico cuyo objetivo es describir la evolución de los precios a través del tiempo. Según la RT6 actualizada indica que el índice a emplear seré el Índice de Precios al por Mayor (IPM) y los Indices de Precios Internos al por Mayor (IPIM). Los coeficientes aplicables a las distintas partidas resultan de dividir el valor del índice correspondiente a la fecha de cierre por el valor del índice correspondiente a la fecha de origen de la partida.
6) Metodología de los ajustes El mecanismo de homogeneización monetaria consiste en expresar la totalidad de las partidas en moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre de los estados contables Generalmente, el proceso de reexpresión de estados contables en moneda constante consiste en:
a) Determinación del activo y el pasivo al inicio del período objeto de ajuste, en moneda constante de dicha fecha, reexpresando las partidas que los componen: 1) Segregar los componentes financieros implícitos contenidos en los saldos de las cuentas patrimoniales o de resultados. 2) Las partidas expresadas en moneda de cierre no deben reexpresarse. 3) Las partidas expresadas en moneda de fecha anterior al cierre, deberán reexpresarse en moneda de cierre del siguiente modo: 3.1) Eliminación de los ajustes parciales contabilizados para reflejar el efecto de la inflación, a fin de evitar su duplicación. 3.2) Determinación del momento o período de origen de las partidas (anticuación). 3.3) Cálculo de los coeficientes de reexpresión aplicables. 3.4) Aplicación de los coeficientes de reexpresión a los importes de las partidas anticuadas, a efectos de reexpresarlas en moneda de cierre.
4) En ningún caso los valores determinados para los diversos activos -por aplicación de las normas precedentes- podrá exceder a su valor recuperable, individualmente o en conjunto, según lo indiquen las normas contables.
b) Determinación del patrimonio neto al inicio del período objeto del ajuste, en moneda constante de dicha fecha, por diferencia entre el activo y el pasivo.
c) Determinación en moneda de cierre del activo y el pasivo al final del período objeto del ajuste, reexpresando las partidas que los componen: 1) Segregar los componentes financieros implícitos contenidos en los saldos de las cuentas patrimoniales o de resultados. 2) Las partidas expresadas en moneda de cierre no deben reexpresarse. 3) Las partidas expresadas en moneda de fecha anterior al cierre, deberán reexpresarse en moneda de cierre del siguiente modo: 3.1) Eliminación de los ajustes parciales contabilizados para reflejar el efecto de la inflación, a fin de evitar su duplicación. 3.2) Determinación del momento o período de origen de las partidas (anticuación). 3.3) Cálculo de los coeficientes de reexpresión aplicables. 3.4) Aplicación de los coeficientes de reexpresión a los importes de las partidas anticuadas, a efectos de reexpresarlas en moneda de cierre. 4) En ningún caso los valores determinados para los diversos activos -por aplicación de las normas precedentes- podrá exceder a su valor recuperable, individualmente o en conjunto, según lo indiquen las normas contables.
d) Determinación en moneda de cierre del patrimonio neto al final del período objeto del ajuste, por diferencia entre el activo y el pasivo.
e) Determinación en moneda de cierre del patrimonio neto al final del período objeto del ajuste, excluido el resultado de dicho período, reexpresando el importe obtenido en moneda de cierre del período, agregando o deduciendo las variaciones experimentadas por el patrimonio neto durante el transcurso de éste -excepto el resultado del períodoreexpresadas en moneda de cierre.
f) Determinación en moneda de cierre del resultado final del período por diferencia entre los importe obtenidos por aplicación de las normas d) y e).
g) Determinación del resultado final del período, excluido el resultado por exposición a la inflación (o el resultado financiero y por tenencia -incluido el resultado por exposición a la inflación- según el caso), mediante la reexpresión de las partidas que componen el estado de resultados del período: 1) Segregar los componentes financieros implícitos contenidos en los saldos de las cuentas patrimoniales o de resultados. 2) Las partidas expresadas en moneda de cierre no deben reexpresarse. 3) Las partidas expresadas en moneda de fecha anterior al cierre, deberán reexpresarse en moneda de cierre del siguiente modo: 3.1) Eliminación de los ajustes parciales contabilizados para reflejar el efecto de la inflación, a fin de evitar su duplicación.
3.2) Determinación del momento o período de origen de las partidas (anticuación). 3.3) Cálculo de los coeficientes de reexpresión aplicables. 3.4) Aplicación de los coeficientes de reexpresión a los importes de las partidas anticuadas, a efectos de reexpresarlas en moneda de cierre. 4) En ningún caso los valores determinados para los diversos activos -por aplicación de las normas precedentes- podrá exceder a su valor recuperable, individualmente o en conjunto, según lo indiquen las normas contables.
h) Determinación del resultado por exposición a la inflación (o del resultado financiero y por tenencia -incluyendo el resultado por exposición a la inflación- según el caso) del período por diferencia entre los importes obtenidos por aplicación de las normas f) y g).
Esta metodología corresponde al requerimiento mínimo propuesto por la RT6 cuando se emplee un mecanismo de ajuste integral: 1)
Ajustar el Estado de Situación Patrimonial al inicio del primer ejercicio en que se aplica el ajuste en moneda de poder adquisitivo de inicio.
2)
Reexpresar el patrimonio inicial en moneda de cierre del período mediante el coeficiente del año.
3)
Computar las variaciones efectivas de las cuentas del PN operados durante el período excepto el resultado del período
4)
Determinar por diferencia el PN al cierre del período (excepto el resultado ajustado del período)
5)
Por diferencia entre activos y pasivos ajustados en moneda de cierre se obtiene el PN ajustado expresado en moneda de cierre (el cual incluye el resultado ajustado del período).
6)
Por diferencia se obtiene el saldo del resultado del período expresado en moneda de ciere.
7)
Se ajustan cada una de las cuentas que integran el estado de resultados, excepto los rubros REI y resultados por tenencia de rubros no monetarios.
8)
Por diferencia se obtiene el saldo de moneda de cierre del rubro, neto de resultados por exposición a la inflación y resultados por tenencia.
7) Determinación del resultado por exposición a la inflación Existen dos mecanismos básicos para la determinación de los resultados por exposición a la inflación, a través de las modificaciones del valor que sufren los rubros expuestos (método directo); y a través de los rubros no expuestos (método indirecto). El primer método es de muy difícil calculo. 1)
Mediante el análisis de los rubros que lo generan: Si consideramos a un cierre determinado los ajustes de los rubros no actualizados , el total de los ajustes que hagamos en el activo y en el pasivo genera una diferencia y esa diferencia equivale exactamente a la utilidad o pérdida que determinaríamos ajustando los rubro monetarios. El ajuste de los rubros monetarios conduce a los mismos resultados que si se hiciera el análisis de la ganancia o pérdida por inflación generada por los rubros monetarios. Las ventajas de medir el resultado por exposición a la inflación de los rubros expuestos son que se obtiene el resultado directamente de los rubros que lo originan. Las desventajas con la falta de comparabilidad con magnitudes macroeconómicas.
2)
Homogeneizando los distintos rubros a moneda de igual poder adquisitivo: puede analizarse expresando los distintos rubros en función del poder adquisitivo de la moneda base a ser elegido o expresando los distintos rubros en función del poder adquisitivo de la moneda a la fecha de cierre del período en el cual se practique el ajuste. El método mas apropiado para determinar el resultado por exposición a la inflación es a partir de la reexpresión de los rubros no monetarios, surge en la necesidad de trabajar con moneda de cierre para permitir que los estados contables están medidos en moneda de poder adquisitivo mas actual, lo que facilita la interpretación.
8) Incorporación de las partidas reservadas a los registros contables Debido a la naturaleza de las cuentas, el REI irá a la derecha o izquierda. Sin son activos ira a la derecha y si son pasivos a la izquierda, al igual que con el patrimonio neto. Cuando el REI es contrapartida de una cuenta de resultados ira debitado si el resultado es positivo y acreditado si es negativo. Ningún activo reexpresado puede superar a su valor recuperable. El capital es ajustado a partir de su integración. Las reservas de ganancias se reexpresan en la medida que provengan de utilidades en moneda constante. Los revalúos contables o legales no se reexpresan.
9) Problemas especiales de ciertos rubros
La metodología general del ajuste es para todos los rubros igual, y es hacer la reexpresión e imputar la contrapartida de la misma a la cuenta REI. Hay rubros que tiene ciertos problemas: 1)
Bienes de Cambio: un problema específico del rubro radica en la anticuación de las partidas. Esto va a depender del método aplicado si es el PEPS, UEPS, PPP o identificación específica.
2)
Bienes de Uso: hay que considerar las amortizaciones y los revalúos técnicos. Se valúan al costo original de los bienes reexpresados en moneda constante neto de las amortizaciones acumuladas hasta el cierre del período.
3)
Resultados: un primer momento es el de anticuación de la partida. En el caso de partidas cuyo devengamiento coincide con su reconocimiento como resultado, dicho momento es la base para su anticuación (ventas, sueldos, alquileres). En el caso de no estar reexpresados hasta que se los reconoce como resultados, se debe computar la fecha de incorporación al activo o al pasivo y no la del reconocimiento como resultado (CMV y anticipo de clientes)
4)
Resultados Financieros: provienen de la conjugación de activos financieros y pasivos financieros, en donde ambos pueden dar pérdidas o ganancias debido a las variaciones en el poder adquisitivo.
UNIDAD 8: CUESTIONES BÁSICAS DE VALUACIÓN
1) Criterios para la determinación de valor en los distintos movimientos de la vida de la empresa Las empresas tienen por lo menos tres momentos perfectamente definidos entre si: a) Nacimiento de la empresa: coincide con la consecuencia de la voluntad de un grupo o de una persona individual que decide constituirla para la concreción de un objetivo particular. En todos los casos el mismo perseguirá un fin lucrativo. En ese primer momento se dará cumplimiento a todos los requerimientos formales y será necesario determinar y ordenar los recursos necesarios para comenzar con su operatoria. Estos recursos con los que dan origen a una representación contable de los mismos, que se traduce en el balance inicial que va a ser reflejo de los aportes de los socios. La autenticidad de los valores reconocidos sobre los aportes realizados por los socios a la sociedad debe ser perfectamente controlada por parte del contador certificante. En el balance inicial los bienes se incorporan a través de un valor de mercado, o través de un revalúo especial si es que son bienes aportados por los socios con uso. Los bienes que sean adquiridos tendrán el valor de la factura. b) Desarrollo de la empresa: la empresa a través de su vida obtendrá beneficios o quebrantos, resultantes de las variaciones que se producen en la situación primitiva de la empresa. Para determinar las nuevas posiciones patrimoniales deben realizarse balances periódicamente y por plazos no muy prolongados (balance de ejercicio) en donde se aplicaran criterios de valuación atendiendo a la característica primordial de empresa en marcha. La norma general de valuación es la utilización de valores corrientes, en la modalidad que satisfaga mejor los objetivos de los estados contables, atendiendo a las circunstancias y a los elementos a valuar y con el límite del valor recuperable. La selección del valor corriente adecuado se hace fundamentalmente en base al grado de avance del proceso de generación de resultados en cada caso, procurando que el valor corriente aplicado sea verdaderamente representativo de la riqueza poseída. El valor corriente de salida (valor neto de realización o valor actual del flujo de fondos futuros esperados) se aplica cuando para convertir un activo en líquido sólo resta cobrar en moneda o
cuando la comercialización no demanda esfuerzos significativos. Para los restantes activos se utiliza el valor corriente de entrada o costo de reposición (costo de recompra o de reproducción, según el caso). Cuando el valor corriente no estuviere disponible o no fuera apropiada su utilización, se usa como sucedáneo el costo original reexpresado. c)
Fin de la empresa : el mismo se puede dar como consecuencia de:
1)
cumplimiento del plazo estipulado por el contrato
2)
cumplimiento del objeto social
3)
imposibilidad de su objetivo
4)
disposiciones legales
5)
hechos o decisiones voluntarias o involuntarias de sus integrantes
En estos casos, en que la empresa entra en liquidación, se necesita conocer la cuantía de los bienes y derechos que posee la empresa para afrontar los compromisos emergentes de la liquidación denominado balance de liquidación. Para esto se deben actualizar todos los valores con el objeto de establecer la real situación de la empresa. Los bienes se valúan a su valor probable de realización, que mostraran la situación real de la venta de la empresa. Si existiera un incremento neto de valores, va a constituir una reserva de capital y si existiera una disminución neta, será necesario afectar los resultados positivos acumulados.
2) Análisis de la incidencia en la adopción de los distintos criterios de valuación Las técnicas de valuación contable tienen como objetivo el de reflejar la expresión cuantitativa de los recursos, compromisos y de la participación de los propietarios. Este es un objetivo que consiguen en mayor o menor medida los distintos modelos contables. En la Contabilidad Tradicional la técnica de valuación es el de valuación al costo que entiende como tal el sacrificio económico necesario para obtener y disponer de un recurso medido en unidades monetarias. En épocas de estabilidad monetaria se podría suponer que los costos históricos son representativos de su valor actual; sin embargo esto no es así porque se verifican cambios en los precios específicos de los bienes. Estos se deben a la estacionalidad, escasez, cambios de preferencias en los consumidores, cambios de preferencias en los consumidores, etc. En la contabilidad del Costo Histórico en Moneda Constante el criterio utilizado es el costo histórico reexpresado en moneda constante que se puede definir como el monto en efectivo desembolsado para adquirir un bien ajustado por un índice descriptivo del nivel general de precios a fin de reexpresarlo en moneda constante de poder adquisitivo vigente en el momento de la valuación. Este criterio apunta al reconocimiento de la variaciones patrimoniales experimentadas durante el período de tenencia de los bienes, pero solamente en lo relativo a las provenientes de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda. O sea no se computan a través de este método las variaciones que se produzcan en el valor específico de los bienes como consecuencia de la vigencia de las reglas de la oferta y la demanda de bienes. En la Contabilidad a Valores Corrientes se valúa al costo de reposición que es aquel monto en efectivo que habría que desembolsar en el presente para obtener el mismo bien u otro de naturaleza y características similares. El valor de los bienes puede variar por razones de ofertas y demanda, otras de índole económicas, independientemente de la variación de los precios experimentada como consecuencia de la inflación. Si no se combina con la inflación se producen resultados que no son reales, son aquellos resultados por tenencia que no tienen deducido el efecto inflacionario, entonces
generan ganancias aparentes. En el Modelo Combinado la norma general de valuación es la utilización de valores corrientes, tomando como unidad de medida la moneda constante, reconociendo los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda, estableciendo como límite el valor recuperable, que es el mayor entre el valor neto de realización y el valor de utilidad económica.
3) Criterio generalmente aceptado: análisis, alcance e incidencia Se refiere al principio de valuación al costo, que dice que los activos hay que darles entrada al costo, o sea, el sacrificio económico que demandó adquirirlos. Cuando los bienes se incorporan lo hacen a su costo y cuando hay que valuarlos al cierre se hace al valor corriente. El valor de costo constituye el criterio principal y básico de valuación que condiciona la formulación de los estados financieros. En caso de no existir una circunstancia especial que justifique la aplicación de otro criterio, debe prevalecer el de costo como criterio básico de valuación de incorporación de activos.
4) Evolución de las doctrinas contables Al inicio la contabilidad utilizaba un modelo de Contabilidad Tradicional, basado principalmente en valores históricos y sin ajuste monetario. Cuando el proceso inflacionario era insostenible se utilizo el modelo de Contabilidad Tradicional con Ajuste que se basa en los valores históricos y la moneda constante. Luego, como la contabilidad necesitaba valuar su patrimonio en forma actual, utilizo el modelo de Valores Corrientes, que ve al patrimonio como representación de la riqueza actual y prefiere emplear valores de mercado o de utilización económica. La contabilidad moderna utiliza el Modelo Combinado que se basa en el criterio de valuación a valores corrientes con una unidad de medida constante u homogénea. 5) Evolución de las prácticas contables en materia de valuación En la contabilidad tradicional se valuaba a costo histórico. Existían distorsiones porque este criterio no reflejaba la inflación. Para solucionar esto se ensayaron soluciones parciales, pero como ello no fue suficiente, se encaminaron los estudios hacia soluciones integrales y surgió la corrección total de las cifras representativas del valor de los bienes en los estados contables, o sea el ajuste a moneda homogénea. No se altero el criterio de valuación. Se siguió investigando y ese valor corregido no fue suficiente, ya que no todos los bienes sufren un comportamiento similar al de la inflación y se revalorizan por otras causas. Se sugiere tomar su valor corriente en ese momento. El valor corriente es diferente al valor de costo de ingreso de los bienes independientemente de la inflación.
6) Sobrevaluación: generación y consecuencias Es cuando se determina un valor contable superior al real, se puede generar por: a)
Desconocer las características técnicas del bien a valuar
b)
Con conocimiento que se esta sobrevaluando, para poder conseguir una mayor fuente de financiación. Se le da un mayor valor a los bienes del activo para aumentar el patrimonio neto y crear una sensación de mayor solvencia y respaldo.
La consecuencia de sobrevaluar representa un aguamiento del capital, porque si los activos los taso a un valor mayor, aumento el patrimonio neto y tendría que distribuir utilidades que no son reales. La sobrevaluación con conocimiento esta penado por la ley.
7) Subvaluación : generación y consecuencias Es cuando se valúa un bien menos de lo que realmente vale, o sea, se determina un valor contable inferior al real, determinando un patrimonio neto inferior al real. Se puede producir por: a)
Desconocer la especificidad del bien
b)
Con conocimiento a los efectos de pagar menos impuestos
La consecuencia de subvaluar un bien es que contablemente existe un registro con un valor menor al real, y como se distribuye en proporción al resultado obtenido se retienen utilidades y se produce una reserva oculta. Si bien la Resolución Técnica 17 pone en vigencia los valores corrientes, no ha abandonado por completo los costos históricos, por ejemplo: a)
Se utilizan como sustitutos en el caso de los bienes de cambio
b)
Como alternativa en el caso de los bienes de uso
c)
Como regla básica en el caso de los bienes intangibles.
UNIDAD 9: DISPONIBILIDADES
1) Existencia en caja de moneda nacional : procedimientos técnicos y determinación del valor El rubro caja y banco tiene las siguientes características: a)
Liquidez inmediata, representa el rubro mas líquido de la estructura patrimonial y que además debe poder utilizarse como medio de cancelación de deudas.
b)
Medio de pago, poder cancelatorio. Incluye el dinero en efectivo en caja y bancos del país y del exterior y otros valores de poder cancelatorio similar.
Los elementos patrimoniales del rubro son: a)
Efectivo en pesos y en moneda extranjera
b)
Saldos en cuentas corrientes en pesos y en moneda extranjera
c)
Saldos en cajas de ahorros en pesos o en moneda extranjera
d)
Otros elementos como valores a depositar, fondos fijos, valores al cobro y giros bancarios. Dada la naturaleza de estos activos, su valuación no ofrece mayores dificultades por cuanto los estados contables se presentan en moneda de curso legal del país. Se determinan por su valor nominal. Sin embargo se efectúan algunas consideraciones a efectos de permitir una adecuada valuación y exposición de los elementos patrimoniales del rubro expresado en moneda legal:
a)
No deben considerarse como cobranzas los cheques de terceros emitidos por clientes antes de la fecha de cierre de ejercicio pero aún no recibidos por el ente, de lo contrario seria una sobrevaluación del rubro y un menor saldo de créditos por ventas.
b)
No deben ser computadas como pagos los cheques emitidos por el ente y no recibidos en forma fehaciente por el respectivo acreedor, de lo contrario representaría una distorsión en la valuación de las disponibilidades y de las deudas. Asimismo no deben considerarse como cancelación de pasivos los cheques entregados y vencidos a la fecha del cierre del ejercicio, representando pasivos pendientes de cancelación.
c)
La existencia de caja en dinero y de otros valores al cierre del período debe ser verificada a través de un procedimiento de recuento físico que se ha llama arqueo. La valuación es el resultante de ese arqueo. El arqueo de caja se lo realiza para obtener los siguientes puntos:
Verificar la identidad de los registros contables Constatar que los valores monetarios que están en poder del encargado, estén en la cantidad exacta.
El arqueo se puede realizar a la cuenta caja, bancos, caja chica, fondos rotativos, siempre dentro de las normas y procedimientos utilizados en la práctica de auditoria por lo tanto debe ser realizado por un funcionario del departamento contable o auditoria, con suficientes conocimientos de la materia. Cualquier diferencia encontrada debe ser justificada de inmediato, sin perjuicio de aplicar sanciones administrativas o civiles. Condiciones para que el arqueo sea objetivo:
Se debe hacer en cualquier momento y sin previo aviso
El delegado debe tener la suficiente capacidad profesional y moral.
El delegado debe estar desprovisto de prejuicios y poseer suficiente independencia. Procedimientos para efectuar el arqueo de caja:
1.
Recibir delegación de la autoridad competente para efectuar el arqueo respectivo.
2.
Solicitar la presencia del custodio de la caja y el delegado contable o de auditoria.
3.
Clasificar el dinero en monedas, billetes y cheques.
4.
Desglosar los comprobantes de pago si hubieren, incluyendo fecha de pago, el concepto, la autorización y el valor correspondiente.
5.
Realizar la suma de valores en efectivo y comprobantes.
6.
Comparar los saldos verificados y registrados por contabilidad, establecer diferencias en más o menos si los hubiere.
7.
Preparar el acta de arqueo, donde se dejara constancia de las monedas presentadas. Esta acta será de conocimiento de las autoridades de la empresa, que dispondrán de las medidas correctivas en caso de no haber manejado y utilizado convenientemente los recursos monetarios. El acta debe contener los siguientes datos :
Fecha en la que se realiza el arqueo
Determinación del alcance del examen
Detalle de los documentos y valores encontrados o presentados
Establecimiento de cualquier diferencia
Declaración de conformidad y firmas de legalización.
2) Cuentas bancarias en moneda nacional : procedimientos técnicos y determinación del valor
Es una cuenta de Activo Corriente, que controla el movimiento de los valores monetarios que se depositan y se retiran del banco en donde la empresa tiene su cuenta corriente. Al igual que la existencia en caja en moneda nacional, las cuentas bancarias están automáticamente valuadas ya que están expresadas en moneda de curso legal. Pero en este componente también hay que efectuar algunas consideraciones: a)
No se deben incluir los saldos de cuentas correspondientes a instituciones bancarias cuya operatoria se halle suspendida por el organismo de control correspondiente. Estos saldos constituirán créditos y en caso de dudas sobre su recuperabilidad deberán ser debidamente previsionados.
b)
Los saldos de las cuentas corrientes bancarias que deberán ser expuestos al cierre del ejercicio surgirán como resultados final luego de haberse practicado el procedimiento de control entre los registros del ente y los de cada uno de las instituciones bancarias con las cuales opera. Una conciliación bancaria debería partir del saldo demostrado por el resumen de cuenta y arribar al contabilizado. Para esto:
a)
deben sumarse los depósitos contabilizados pendientes de acreditación por parte del banco
b)
deben sumarse las notas de crédito contabilizadas pero que el banco hubiera omitido computar
c)
deben sumarse los débitos bancarios no contabilizados
d)
deben sumarse otros errores de la empresa que hayan incrementado el saldo contable
e)
deben sumarse otros errores del banco que hayan reducido el saldo bancario
f)
deben restarse los cheques emitidos y contabilizados pero no debitados por el banco
g)
deben restarse las notas de crédito computadas por el banco pero no por la empresa
h)
deben restarse las notas de débitos contabilizadas pero que el banco hubiera omitido computar
i)
deben restarse otros errores de la empresa que hayan disminuido el saldo contable
j)
deben restarse otros errores del banco que hayan incrementado el saldo bancario Para prepararse la conciliación bancaria deben cotejarse todos los débitos y créditos que durante el período cubierto aparecen en el resumen bancario y créditos que durante el período cubierto aparecen en el resumen bancario y en la contabilidad. La comparación debe hacerse partida por partida. La conciliación solo que constituida por partidas pendientes a la fecha de la conciliación anterior que no se limpiaron durante el período y las partidas pendientes que se originaron durante el período. Mantener las conciliaciones bancarias es imprescindible para asegurarse de la calidad de la información básica para el manejo de las disponibilidades financieras. Por otra parte toda conciliación debe concluir antes que venza el plazo para efectuar reclamos a los bancos ya que de lo contrario se presumiría que el cuentacorrientista nada tiene que objetar.
3) Moneda Extranjera
El ingreso de divisas en el patrimonio plantea la necesidad de conocer el tipo de cambio vigente en dicho momento, para convertirlas a moneda de curso legal del país, así como también surge la necesidad de conocer el cambio aplicable al cierre de cada período y el tipo de cambio a la fecha de su venta o de su utilización para cancelar deudas. Para la valuación de las disponibilidades en moneda extranjera se debe convertir al tipo de cambio vigente al cierre del período aplicable a la transacción o a la liquidación de estas operaciones, de manera que resulte un valor representativo, a la paridad efectiva, del monto en moneda nacional de la suma disponible a cobrar o a pagar. Las partidas en moneda extranjera no generan resultado por exposición a la inflación, lo que se determine son las diferencias reales de cambio despojadas del efecto de la inflación. Para ello debe compararse el saldo al inicio al cual se le adicionan los distintos movimientos, todo ello en moneda de poder adquisitivo al cierre del período. Por diferencia se obtiene el resultado financiero de términos reales.
4) Fondo Fijo La caja chica o fondo fijo es una cuenta de activo corriente destinado para realizar gastos pequeños, ya que no justifica la elaboración de un cheque. Esta cuenta se debita por la emisión de un cheque, con el fin de crear y aumentar el fondo y se acredita por su disminución parcial o total. Al igual que los saldos en moneda de curso legal, el fondo fijo queda valuado a su valor nominal, pero no deben ser incluidos en el saldo del o de los fondos fijos los gastos ya efectuados no rendidos. Si el mencionado fondo no hubiese sido repuesto al final del período contable, debe ajustarse el saldo del fondo fijo en cuestión, con el objeto de determinar su naturaleza. Para toda empresa resulta vital importancia implantar normas de control que evite el riesgo de desfalcos o sobrepagas, por lo cual es conveniente que todo egreso se haga mediante cheque y que los ingresos sean depositados inmediatamente. Como parte de esta norma se debe crear un mecanismo que posibilite satisfacer pagos de valores significativos Ej.: copias, pasajes etc. Este mecanismos se llama Fondo Fijo o Caja Chica. Para garantizar el buen uso de este fondo, se puede realizar comprobaciones físicas de los bienes comprados o indagar sobre los servicios adquiridos, y ejecutar el arqueo.
UNIDAD 10 : CRÉDITOS
Los créditos son derechos que el ente posee contra terceros para percibir sumas de dinero u otros bienes o servicios. Los créditos por venta de los bienes y servicios correspondientes a las actividades habituales de ente deben discriminarse de los que no tengan ese origen. Los elementos del rubro son: 1)
Saldos a cobrar sumas de dinero en cuenta corriente netos de intereses no devengados en pesos y en moneda extranjera.
2)
Saldos a cobrar sumas de dinero documentados netos de intereses no devengados en pesos y en moneda extranjera.
3)
Saldos a cobrar sumas de dinero con sociedades del grupo en pesos y en moneda extranjera.
4)
Previsiones para devoluciones, bonificaciones y posibles incobrables
5)
Créditos diversos. Los créditos se pueden clasificar:
1)
Por su exigibilidad: hasta un año de plazo y a mas de un año de plazo.
2)
Por su origen: créditos por ventas vinculados con la actividad principal y otros créditos ajenos a la actividad principal del ente.
3)
Por su naturaleza: con garantía real (a través de una prenda de los muebles o a través de hipotecas en caso de inmuebles) o garantía personal (a través de un pagaré) o sin garantía.
Valuación Inicial Hay dos aspectos a considerar en la valuación al inicio: a)
Tasa de interés de devengan: como la empresa deberá recurrir a capitales para reemplazar la falta de liquidez inmediata producida por los créditos que se aportan debemos comparar la tasa de interés que devengan los créditos con la tasa de interés normal de plaza (tasa de interés que se paga en el mercado de capitales para conseguirlos).
b)
Analizar la solvencia de los deudores: los créditos deben analizarse uno por uno separándose aquellos que evidentemente no fueran cobrables. En tal caso calcular la respectiva previsión.
Los créditos en moneda originados en la venta de bienes y servicios se los medirá con base en los correspondientes precios de venta para operaciones de contado, si existieran operaciones efectivamente basadas en ellos. Si no se presentase esta última condición, el precio de contado será reemplazado por una estimación basada en el valor descontado —a la fecha de la operación— del importe futuro a percibir. A este efecto, se utilizará una tasa de interés que refleje las evaluaciones que el mercado hace del valor tiempo del dinero y de los riesgos específicos de la operación, correspondiente al momento de la medición. En los casos de cuentas a ser cobradas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de la transacción. En un contexto de estabilidad monetaria, se admitirá que la segregación de los componentes financieros implícitos se efectúe únicamente sobre los saldos de los activos y pasivos a la fecha de los estados contables. No obstante lo expuesto, en el caso de los activos fijos, se recomienda efectuar la segregación desde el momento de su incorporación.
Valuación Final
1) Analizar la legitimidad de los créditos Implica comprobar que surgen de operaciones, verificar que realmente existan.
2) Segregación de los componentes financieros implícitos
Los componentes financieros pueden ser explícitos o implícitos. Los explícitos son los que están aclarados y expuestos en las condiciones pactadas en la operación. Los implícitos no se manifiestan en la operación porque esta se realiza por un monto global. • Deberán segregarse las diferencias entre precios de operaciones de contado, y los de operaciones a plazo, contenidas en saldos de activos, pasivos o resultados, cuando sean significativas y siempre que puedan estimarse razonablemente. Esta segregación se efectuará de manera directa cuando el precio de contado sea conocido y la empresa también realiza operaciones a plazo y por diferencia determina el monto de una partida cuya cancelación se hace con posterioridad a la fecha de realización de la operación. También puede calcularse mediante el método indirecto en el cual al monto de la partida se le aplica una tasa de interés relevante en el mercado a condición de que pueda ser considerada razonable y estable. • Tales diferencias se considerarán totalmente como sobreprecios de inflación o como intereses implícitos salvo cuando se llegue a la conclusión de que la separación entre sobreprecios de inflación e intereses reales implícitos brinde una mejor exposición.
3) Considerar las tasas de interés vigentes a la fecha de medición La tasa a emplear para calcular los valores actuales de los créditos debía ser razonable y estable para las condiciones del mercado lo que podría ser interpretado en el sentido de no ser consecuente de fluctuaciones bruscas y coyunturales. La idea de no considerar los cambios coyunturales implica el peligro de que se manipule la información contable argumentando que determinados cambios en las tasas de interés tienen carácter transitorio. Seria razonable utilizar : para los créditos cuya enajenación se planea y es posible, la tasa vigente de descuento y para otros créditos en moneda, una tasa vigente para operaciones del mismo tipo que la que generó el activo.
4) Considerar los ajustes por inflación Los créditos en general son activos monetarios por lo tanto no se ajustan por inflación. Pero puede ocurrir que contengan cláusulas por indexación, de tal manera es preciso su ajuste. Para los ajustes por inflación de créditos debe tenerse en cuenta que:
a)
Las mediciones originales de los anticipos de fijan precio están expresados en moneda de su momento.
b)
Los saldos que incluyen los resultados financieros nominales devengados hasta la fecha de la medición están expresados en moneda de ésta.
5) Considerar las variaciones de las cotizaciones de las monedas extranjeras En el caso de créditos en moneda extranjera que representan un derecho a cobrar una suma de dinero deberá ser convertido en moneda de curso legal del país. A partir de entonces y al cierre de cada período mientras este pendiente de cobro el crédito, la diferencia entre la cotización al inicio y aquella vigente al cierre del nuevo ejercicio debe ser considerada resultado financiero devengado. Tratándose de partidas en moneda extranjera, el valor en divisas será convertido a moneda de curso legal utilizándose una paridad efectiva, es decir, el cambio comprador del mercado oficial al cierre de cada período, en virtud de ser dicha cotización la que permite reflejar adecuadamente la realidad económica.
6) Considerar los riesgos de incobrabilidad y calcular las previsiones
No siempre las empresas logran cobrar todos sus créditos. Algunos de ellos van generando dudas para su cobrabilidad a medida que pasa el tiempo, en tanto que otros resultan manifestarse incobrables. Entonces surge la necesidad de controlar los saldos y de registrar las estimaciones de cuentas que se presumen incobrables. Al final de cada período corresponde realizar una estimación de las cuentas que se presume que no han de ser definitivamente cobradas. Hay tres criterios para calcular la incobrabilidad: a)
Método Objetivo: se considera estadísticamente el porcentaje de incobrables de los últimos años y se saca un promedio. El problema es que se estima el mismo porcentaje para todos, sin tener en cuenta el grado de incobrabilidad de cada uno.
b)
Método Subjetivo: es mas efectivo cuando se trata de pocos clientes, porque implica analizar las características de cada cliente y efectuar el cálculo del riesgo en forma individual. Es muy costosa su aplicación.
c)
Aplicando reglas matemáticas como las de previsionar: un porcentaje de las ventas de cada período, un porcentaje sobre el total de los créditos, o un porcentaje diferenciado sobre las cuentas a cobrar, según su antigüedad. Lo mejor sería aplicar el método subjetivo pero podría aceptarse el método objetivo si la tarea de analizar todas las cuentas fuese costosa. El método subjetivo requiere:
a)
la antigüedad de las facturas y notas de débito componentes de la deuda
b)
los antecedentes del cliente
c)
la existencia de garantías reales
d)
la posibilidad de compensar los saldos a cobrar con cuentas a pagar
e)
los estados contables de los clientes y los informes de los auditores sobre tales informes Si las cuentas a cobrar fuesen muchas sería admisible un criterio mixto como:
a)
analizar las cuentas mas importantes para cubrir un porcentaje alto del saldo total y calcular la previsión sobre ellas considerando el resultado de su análisis individual
b)
aplicar el porcentaje de previsión que resulte del paso anterior a las restantes cuentas. Las previsiones son cargos inciertos del ejercicio, son un cálculo estimado y deben incidir en el ejercicio. Se pueden distinguir tres tipos de previsiones para el rubro créditos: previsión para devoluciones, previsión para bonificaciones y previsión para incobrables.
1)
Previsiones para devoluciones: se reconoce una previsión para devoluciones para aquellos ingresos con alta posibilidad de no ser definitivos, luego de la fecha de cierre y para los cuales existe objetividad en su medición, que se expone compensada del total de los créditos por ventas. (Por ejemplo: debitar ventas y acreditar CMV y la previsión).
2)
Previsiones para bonificaciones: tiene por efecto absorber el descuento que corresponde al ejercicio. Al cierre del ejercicio puede ocurrir que no haya transcurrido el período que puede otorgarse a los clientes para descuentos por pago anticipado, entonces es necesario crear una previsión. (Por ejemplo: debitar descuentos y acreditar previsión para descuentos).
3)
Previsiones para Incobrables: este tipo de previsiones se utilizan para estimar el valor que representarán las incobrabilidades de los créditos. (Por ejemplo: debitar deudores incobrables a previsión para deudores incobrables). Los objetivos de las previsiones son reflejar hechos contingentes que pueden o no suceder y hacer una buena apropiación del resultado negativo en el período en que se generaron las ventas. Para crear una previsión se tienen que dar los siguientes elementos:
1)
Probabilidad de que el hecho ocurra
2)
Que el monto sea cuantificable Las previsiones se crean generalmente al cierre del ejercicio con cargo a cuenta de resultado negativo. La cuenta de resultado negativo representa la presunta incobrabilidad que se puede generar si no llega a cobrar alguna de las ventas a crédito. La cuenta previsiones es patrimonial del activo con saldo acreedor, cuenta regularizadora del activo que deja al rubro créditos a su valor probable de cobro, ya que por un principio de prudencia entre dos valores del activo se debe optar por el mas bajo. Si un cliente no paga y ya se agotaron todos los recursos para su cobro, recién ahí se crea la previsión. Doy de baja los deudores en gestión judicial.
1)
Deudores por ventas
2)
Deudores morosos
3)
Deudores en gestión judicial
4)
Deudores incobrables Utilizo la previsión debitando previsión para deudores incobrables y acreditando deudores en gestión judicial.
7) Considerar las contingencias en el caso de documentos descontados o endosados Los saldos a cobrar documentados corresponden a promesas escritas y con fecha cierta de pago de un tercero al ente por una suma de dinero, que incluirá intereses. Debe individualizarse la existencia de alguna garantía. Su valuación es similar a los deudores por ventas. Documentos a Cobrar Descontados: son aquellos documentos a cobrar que han sido entregados por el ente a un banco u otra entidad financiera para que dicha entidad lo cobre a cambio de percibir con anticipación al vencimiento del documento en cuestión, una suma de dinero, obviamente inferior del monto del documento en sí. Documentos a Cobrar Endosados: son aquellos que la empresa entrega a un proveedor como parte de pago de una deuda que mantiene con él. La diferencia entre ambos es que con la entrega del primero se recibe a cambio dinero en efectivo y con el segundo disminuye el monto de sus pasivos. En ambos casos debe reflejarse la disminución de documentos a cobrar y la contingencia asumida por la empresa en caso de falta de pago por parte del firmante del documento. En este tipo de operaciones los intereses se liquidan por adelantado, dado que el importe de los documentos se encuentra ya fijados y no puede ser modificado. Hay dos manera de registrarlos: 1) Por el sistema de cuentas de orden: se reduce el saldo del documento a cobrar y se reflejan las contingencias en cuentas de orden.
DOCUMENTO ENDOSADO Proveedores (PP)
DOCUMENTO DESCONTADO Banco Cuenta Corriente (PA)
Intereses Pagados por Adelantado (PA)
Intereses Pagados por Adelantado (PA)
a Documentos a Cobrar (PA)
Gastos Bancarios (R-) a Documentos a Cobrar (PA)
Documentos a Cobrar Endosado (CO)
Documentos a Cobrar Descontado (CO)
a Terceros Documentos a Cobrar a Banco Documento a Cobrar Descontado Endosado (CO) (CO)
Intereses Cedidos (R-) a Intereses Pagados por adelantado(PA)
Intereses Cedidos (R-) a Intereses Pagados por adelantado(PA)
2) Por el sistema de cuentas patrimoniales: se emplea una cuenta de documento a cobrar descontado o endosado que regularice la del activo (documentos a cobrar) y que será cancelada al vencimiento del documento.
DOCUMENTO ENDOSADO Proveedores (PP)
DOCUMENTO DESCONTADO Banco Cuenta Corriente (PA)
Intereses Pagados por Adelantado (PA)
Intereses Pagados por Adelantado (PA)
a Documentos Cobrar Endosado(PASA) Gastos Bancarios (R-) a Documentos a Cobrar Descontado(PASA)
Si Paga Documentos a Cobrar Endosado (PASA) a Documentos a Cobrar (PA)
Si No Paga Documentos a Cobrar Endosado a Documentos a Cobrar
Intereses Cedidos (R-) a Intereses Pagados por adelantado (PA)
Documentos a Cobrar Descontado (PASA) a Documento a Cobrar (PA)
Documentos a Cobrar Descontado a Documento a Cobrar
Intereses Cedidos (R-) a Intereses Pagados por adelantado (PA)
Documentos a Cobrar Vencidos e Impagos (PA) Documentos a Cobrar Vencidos e Impagos (PA) A Proveedores (PP)
A Banco Cuenta Corriente (PA)
8) Valuación Recuperable de los Créditos Hay consenso en que ningún activo se valúe por encima de su valor recuperable. En el caso de los créditos, la medición del valor recuperable depende de la óptica que se vea a tales activos. Si se los considerase como bienes susceptibles de venta, debería tomarse su valor neto de realización, que surgiría de calcular el valor actual usando la tasa de interés que posibilitaría su descuento. Pero si se lo conceptuase como un activo que presta servicios de tipo financiero podría concluirse que su valor recuperable es su valor de utilidad económica, dado por el valor actual de los futuros ingresos de fondos, descontados sobre la base de las tasas de interés cargadas a los deudores. En cualquiera de los dos casos, el valor recuperable de los créditos sería igual a la valuación primaria que ellos tendrían en una contabilidad a valores corrientes.
9) Créditos eventuales o contingentes Se considerarán en la medición del patrimonio y la determinación de resultados los efectos de todas las contingencias favorables o desfavorables que deriven de una situación o circunstancia existente a la fecha de cierre de los estados contables y que reúnan los siguientes requisitos: a) un grado elevado de probabilidad de ocurrencia o materialización del efecto de la situación contingente
b) cuantificación apropiada de sus efectos. La existencia de un grado elevado de probabilidad de ocurrencias debe quedar apropiadamente fundada en las cualidades generales de la información contable. De dicha fundamentación se dejará detallada constancia en notas aclaratorias o complementarias a los informes contables, así como de las bases sobre las que se efectuó la cuantificación de los efectos derivados de las referidas contingencias. Las contingencias remotas no deben ser contabilizadas ni requieren ser expuestas en notas a los estados contables. Las contingencias probables no cuantificables obviamente no pueden contabilizarse, pero sí deben ser expuestas en notas a los estados contables. También deben exponerse en notas las contingencias que no son ni probables ni remotas.
Cuentas a cobrar en moneda Para estos activos se considerará su destino probable. Cuando existieren la intención y la factibilidad de negociarlos, cederlos o transferirlos anticipadamente, se computarán a su valor neto de realización. La aplicación de este criterio requiere: la existencia de un mercado al cual el ente pueda acceder para la realización anticipada del activo; y que hechos anteriores o posteriores a la fecha de los estados contables revelen su conducta o modalidad operativa en ese sentido. En la determinación de los valores netos de realización se considerarán: a)
los precios de contado correspondientes a transacciones independientes en las condiciones habituales de negociación;
no
b)
los ingresos adicionales, no atribuibles a la financiación, que la venta generare por sí (por ejemplo: un reembolso de exportación);
c)
los costos que serán ocasionados por la venta (comisiones, impuesto a los ingresos brutos y similares); En los restantes casos, su medición contable se efectuará considerando:
a)
la medición original del activo;
forzadas
entre
partes
b)
c)
la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas; las cobranzas efectuadas.
Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originará el activo, utilizando la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial. En caso de existir cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de la tasa de interés, se considerará su efecto. En los casos de cuentas a ser cobradas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, los cálculos indicados deben ser efectuadas en ella y los importes así obtenidos deben ser convertidos a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.
Otros créditos en moneda Para estos activos se considerará su destino probable. Cuando existieren la intención y la factibilidad de negociarlos, cederlos o transferirlos anticipadamente, se computarán a su valor neto de realización. En la medición de los activos por impuestos diferidos se realiza una nueva medición, en cada fecha de cierre de los estados contables, por lo que corresponde aplicar la tasa del momento de la medición. En los restantes casos, su medición contable se efectuará sobre la base de la mejor estimación posible de la suma a cobrar, descontada usando: a)
la tasa aplicada en la medición inicial; o
b)
la tasa que hubiera correspondido usar, si el descuento de las sumas a cobrar, se efectúe únicamente sobre los saldos de estos créditos a la fecha de los estados contables. En un contexto de estabilidad monetaria, las sumas a cobrar cuyo vencimiento se produzca dentro de los doce meses de la fecha de los estados contables, podrán no descontarse. Al estimar la suma a cobrar deben considerarse los hechos futuros que puedan afectarla, en tanto exista evidencia objetiva de que ellos ocurrirán. Cuando no pueda determinarse objetivamente el momento en que se cobrarán, se considerará el plazo más probable, y si ninguna estimación de plazo es la más probable, se tomará la de mayor plazo. En los casos de cuentas a ser cobradas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.
UNIDAD 11: BIENES DE CAMBIO
Constituye el rubro mas operativo del balance, ya que son los que hacen posible el cumplimiento del objetivo social de la empresa. Ellos forman el pilar básico del circuito operativo: comprar, producir y vender. Los bienes de cambio son aquellos bienes destinados a la venta en el curso ordinario de la actividad del ente o que se encuentran en proceso de producción para dicha venta o que resultan generalmente consumidos en la producción de los bienes o servicios que se destinan a la venta, así como los anticipos a proveedores por las compras de estos bienes.
1) Distintos tipos de existencias La diversidad de actividades (comerciales, industriales, agropecuarias, extractivas, sociales, deportivas, etc.) que puede desarrollar cada ente, da lugar a la variedad de bienes que pueden incluirse en este rubro. Si se trata de una empresa industrial: materias primas, productos semielaborados, productos intermedios, productos elaborados, materiales. Si se trata de una empresa comercial: productos de reventa. Si se trata de una empresa agrícola – ganadera: hacienda (porcinos, ovinos, vacunos, etc.) y cereales (soja, trigo, maíz, etc.). Materias primas: son los bienes adquiridos por la empresa para ser transformados mediante un proceso industrial, no son destinados a su venta en las mismas condiciones en que se encuentran. Se valúan a valores corrientes, a su costo de reposición con el límite dado por el valor neto de realización. Productos semielaborados: son aquellos productos en curso de elaboración, consecuencia de la transformación de las materias primas mas ciertos insumos, pero que no están totalmente terminados como productos a la fecha de cierre de los estados contables. Se valúan a su costo de reposición con el límite dado por el valor neto de realización o valor de utilización económica. Productos intermedios: son aquellos bienes producidos por la empresa totalmente terminados, pero su destino principal no es ser destinados a condiciones, sino ser incorporados posteriormente a un producto final valuación va a ser diferente según si se lo trate como producto intermedio repuesto.
que se encuentran la venta en dichas mas complejo. Su o si se vende como
Productos elaborados: son el producto final obtenido luego del proceso industrial. Los elementos constituyentes del costo de estos bienes son los materiales, la mano de obra y los costos indirectos de fabricación. Deben cargarse los costos devengados de un período a las unidades producidas en el mismo. Materiales: son aquellos elementos que no son materias primas ya que no sufrieron transformaciones, sino que se sumaran al producto elaborado en las mismas condiciones en que se encuentran. Anticipos a proveedores: adelantos efectuados a proveedores de la empresa para recibir dentro de un plazo estipulado elementos integrantes del proceso o productos de reventa. Se valúan de acuerdo al bien de que se trate.
Productos de reventa: son bienes adquiridos por la empresa para ser vendidos en las mismas condiciones en que se encuentran. Se valúan a su costo de reposición con el límite del VNR.
2) Bienes de cambio en general Para los restantes bienes de cambio se tomará su costo de reposición a la fecha de los estados contables. Si la obtención de éste fuera imposible o impracticable, se usará el costo original. Si los costos estuvieran expresados en moneda extranjera sus importes se convertirán a moneda argentina utilizando el tipo de cambio del momento de la medición.
3) Bienes de cambio fungibles, con mercado transparente y que puedan ser comercializados sin esfuerzo significativo y bienes de cambio sobre los que se hayan recibido anticipos que fijan precio y las condiciones contractuales de la operación aseguren la efectiva concreción de la venta y de la ganancia. Se los medirá al valor neto de realización.
4) Bienes de cambio en producción o construcción mediante un proceso prolongado La medición contable de estos activos se efectuará a su valor neto de realización proporcionado de acuerdo con el grado de avance de la producción o construcción y del correspondiente proceso de generación de resultados, cuando a) se hayan recibido anticipos que fijan precio; b) las condiciones contractuales de la operación aseguren la efectiva concreción de la venta; c) el ente tenga la capacidad financiera para finalizar la obra; y d) exista certidumbre respecto de la concreción de la ganancia. En los restantes casos, se utilizará el costo de reposición de los bienes con similar grado de avance de la producción o construcción, tomado de un mercado activo o, si esto no fuera posible, su costo de reproducción, para cuya determinación se considerarán: a) las normas enunciadas en la sección 4.2.6 (Bienes producidos) y b) los métodos habitualmente seguidos por el ente para aplicarlas. Si la obtención del costo de reproducción fuera imposible o impracticable, se usará el costo original.
5) Método de valuación de salidas
El método de valuación de salidas es aquel que va a utilizarse para dar de baja las mercaderías a través del costo; este valor depende del método de costeo que se utilice. Por el principio de uniformidad se debe utilizar un mismo método durante el período, es decir, no se puede cambiar el método por el que mas convenga. Inventario Periódico: el registro del costo de las mercaderías vendidas es diferido, a medida que se hacen las ventas se van contabilizando, pero se va a determinar el costo al finalizar cada período y no después de cada venta. El costo se determina sobre la base de inventarios físicos y través de la siguiente fórmula:
Costo de Mercaderías Vendidas : Existencia Inicial + Compras Netas – Existencia Final
Inventario Permanente: consiste en fichas en las que se registran los costos a medida que van sucediendo las operaciones. Esta ficha contiene datos acerca de movimientos, cantidad, fecha de las mencionados en existencia. Existen cuatro métodos para determinar los costos: 1)
Identificación Específica: si los artículos en existencia pueden identificarse como pertenecientes a compras u órdenes de producción específicas, pueden inventariarse a los costos que muestran las facturas o los registros de costos. La identificación específica exige que se lleven registros que identifiquen los artículos con precisión. Este método tiene dificultades de implementación, principalmente cuando existen muchos artículos.
2)
Precio Promedio Ponderado: la suma del costo de las compras y el inventario inicial se divide entre el total de las unidades compradas mas el inventario inicial, determinándose un costo unitario medio ponderado.
3)
Primero Entrado Primero Salido (PEPS): se considera que las existencias quedan valuadas al valor de las últimas compras, ya que los bienes vendidos tienen asignados sus costos a las primeras compras.
4)
Ultimo Entrado Primero Salido (UEPS): este método supone que los bienes recibidos al final son los que se venden primero. El inventario final se valúa tomando los costos de las unidades mas antiguas.
6) Efectos sobre la valuación debido al estado, cantidad, moda u otros similares La valuación de inventarios tiene características propias para cada rama de actividad que plantean tratamiento especial. Entre los casos de tratamiento particulares podemos mencionar: consignaciones, mercaderías deterioradas o pasadas de moda, subproductos. En el caso de mercaderías entregadas en consignación estas no se encuentran físicamente en poder de la empresa, pero integran sus bienes de cambio, por lo que deben incluirse en el inventario. El consignatario deberá informar cuando las haya vendido o si dispuso de los bienes en otra forma permitida por el acuerdo. Deben valuarse al costo. Para el caso de las mercaderías recibidas en consignación estas no forman parte de los bienes de cambio de la empresa, por lo que debe no incluirlos en el inventario. En el caso de que existan mercaderías deterioradas o anticuadas estas deberán valuarse a su VNR. A veces existen productos que se recuperan de los materiales de un
proceso productivo, como el aserrín de la madera, los recortes de cuero, etc.. Estos con subproductos deben valuarse a su VNR.
7) Previsiones computables a los bienes de cambio En la contabilidad tradicional las previsiones se utilizaban para afrontar las pérdidas que surgían de aplicar el criterio de valuación costo o mercado el menor. Cuando el valor de mercado era inferior al costo, se utilizaba la previsión para desvalorización de bienes de cambio. En la actualidad, se puede llegar a crear previsiones cuando se prevé que en el próximo período pueden operar alguna desvalorización en el producto que se comercializa, por ejemplo en las computadoras.
8) Análisis de problemas especiales Existen dentro del concepto del rubro bienes de cambio una serie de productos que aparecen en los inventarios de algunos entes y cuya valuación se halla sujeta a ciertos problemas propios y que se rige por algunos criterios especiales. Productos Mineros: Su valuación sigue diferentes reglas según el mineral se halle separado o no del suelo. En los casos en que el mineral se halle aún en depósito (formando parte de la mina o cantera) la doctrina contable suele asimilarlo a un bien de uso, por considerar que todavía no representa un producto separado de dicha explotación. Si el ente que la posee le ha adquirido cuando ya había sido descubierta y estimado su valor, el costo de la mina no es otro que el valor de compra mas los gastos asociados a la misma menos las amortizaciones por agotamiento de la explotación. Si el ente ha tenido que efectuar trabajos de exploración y búsqueda del mineral, al valor de compra deberá agregársele los gastos incurridos por tales trabajos. Estos costos no siempre son cargados al costo de las explotaciones, los costos de desarrollo acumulados deberán ser enviados directamente al cuadro de resultados ya que no habrán contribuido, ni contribuirán, a producir ningún tipo de ingreso. Al valor corrientes de las minas y canteras se conoce como valuaciones o tasaciones técnicas efectuadas por peritos en la materia que actúan en forma independiente del ente y su objetivo consiste en estimar el valor de utilización económica de la mina, medido sobre la base del valor actual de los futuros ingresos de fondos que la misma sea capaz de producir. Otra alternativa de medición del valor corriente sería utilizando el valor neto de realización de la misma tomada globalmente, que es dificultoso debido a la inexistencia de un mercado amplio de compraventa de minas. Otra alternativa paralela al empleo de las tasaciones técnicas, es utilizar el valor de utilización económica de un período anterior y ajustarlo según el índice de variación del precio del mineral que contiene la mina. Este método es considerado como razonable para valuar este tipo de explotaciones en períodos intermedios entre dos tasaciones. Los minerales extraídos que ya han sido extraídos y se encuentran en inventarios integran el rubro bienes de cambio. Las reglas para su valuación son diferentes en lo que hace a su costo como a su valor corriente. El costo del mineral extraído esta representado básicamente por la suma de dos conceptos: la amortización de la mina de la que se lo extrajo y los costos de extracción y traslado al depósito de minerales. Estos involucran tanto las erogaciones en mano de obra como amortización de los equipos utilizados para la extracción y otros gastos. En el caso de que la empresa extractora someta ella misma a sus minerales a algún tipo de proceso de elaboración, el costo de las mismas se incrementará, debiendo por ende incluirse también las erogaciones que la mencionada transformación traiga aparejada. No deben sumarse los costos de almacenamiento del mineral que ya esta listo para la venta, pues representan gastos de comercialización y no de elaboración. En lo que hace al valor corriente, las alternativas son dos:
el costo de reproducción y el valor neto de realización. Debido a que la mayoría de los productos objeto de explotación minera presentan en general un mercado transparente y son de carácter fungible se utiliza el VNR. Plantaciones Forestales y Aserraderos: La valuación es semejante a la de los productos mineros, pero presentan algunos problemas particulares. El primero es el incremento natural, que hace que el proceso ganancial de este tipo de explotaciones no dependa fundamentalmente de la venta de la madera sino del crecimiento de los árboles que componen la plantación. Debido a esta característica, la opción mas usada es el empleo de tasaciones técnicas, método que propone la Ley 21695. Esta ley no admite que los mayores valores por incrementos naturales de la madera respecto de su costo o del valor de años anteriores sean considerados como resultados por tenencia, sino que sean acreditados a una cuenta de ganancias diferidas denominado “fondo de reserva forestal”. En cuanto a la valuación de la madera una vez cortada, las alternativas con las de cualquier producto destinado a la venta, surgiendo su costo del valor de la plantación proporcionalmente aserrada mas los gastos incurridos en el corte, transporte y tratamiento de la madera y su valor corriente basado fundamentalmente en el VNR de la madera en cuestión. Productos Agropecuarios: Su valuación debe ser tratada en forma separada según se trate de productos agrícolas o ganaderos. En ambos casos el proceso de producción agropecuario se asemeja mas a un proceso industrial que a uno de recurso natural, por lo que sigue reglas de valuación mas semejantes a las de los bienes elaborados. En el caso de los cultivos anuales, la contabilidad interpreta que los mismos representan verdaderos productos en proceso mientras se hallan en el período de crecimiento, para transformarse en productos terminados una vez que han sido cosechados. Distinto es el caso de los cultivos de tipo plurianual (como la vid y los arboles frutales) en los que las plantas producen su fruto durante numerosos períodos consecutivos. Dichas plantaciones son consideradas como bienes de uso y por ende se hallan sujetas a un régimen de depreciación. La depreciación formará parte del costo de producción de los frutos obtenidos anualmente, tomado el lugar que tienen dentro de dicho costo las semillas plantadas en el caso de los cultivos anuales. Podemos afirmar que el costo de producción de los productos agrícolas esta representado básicamente por el valor de una cierta materia prima a la cual se suman una serie de costos de conversión que abarcan la mano de obra empleada en la plantación y el cuidado del cultivo, la depreciación de la maquinaria utilizada, los gastos de fertilizantes y acondicionamiento anual del suelo plantado y también la amortización de dicho suelo, si es que se considera que el mismo se halla sujeto a algún tipo de agotamiento. A estos debe agregársele los gastos de levantamiento de la cosecha y de acarreo de lo cosechado hasta el depósito de productos agrícolas, todo lo cual integra el costo de los productos agrícolas cosechados. En cuanto al valor corriente de dichos productos, puede medirse por su VNR, en virtud de que el mercado presenta características de transparencia y fungibilidad de los productos. Este tipo de productos ha sido uno de los primeros en la historia de la contabilidad para el que se admitió una valuación a su precio de mercado, debido a las dificultades para determinar su costo. Los productos ganaderos presentan también particularidades que toman dificultosa su valuación. La primera es establecer la diferencia entre la parte del ganado que debe considerarse como bienes de cambio y la parte que debe conceptuarse como bienes de uso. Son bienes de cambio todos aquellos animales que serán destinados a la venta; son bienes de uso aquellos animales cuyo destino es servir a la explotación de una manera diferente y en este grupo se incluyen los animales destinados a la producción de algún bien comerciable en forma separada del animal en sí (lana, huevos, leche) el ganado destinado a la procreación y los animales que brindan algún servicio adicional a la explotación en si (caballos, perros guardianes). Pueden existir además algunos animales que han sido adquiridos con el objeto de especular sobre su posible variación de precio y de obtener algún beneficio al margen del objeto principal de la empresa. Otra cuestión es la determinación de su valor de costo. La distinción debe hacerse entre los animales adquiridos a otros productores y los que han nacido dentro de la propia explotación. En el primer caso el costo del animal surge de adicionar al precio de compra todos aquellos costos
incurridos en el animal en cuestión durante su período de crecimiento. En el caso de los animales autogenerados el precio de compra es reemplazado como elemento del costo por la parte proporcional de la depreciación de la hacienda que le dio origen, tanto del lado materno como paterno, al que deben sumarse los costos adicionales tales como gastos de inseminación artificial y del parto. Una vez completado el período de crecimiento del animal, todos los gastos que ocasione su manutención entran dentro de la categoría gastos de mantenimiento. Su concreción no será ya considerada como un costo activable, sino que se imputará directamente como un resultado del período en el que se haya incurrido. El valor corriente difiere según el animal en cuestión, sea un bien de cambio o un bien de uso. En el primero, el valor corriente representa usualmente un VNR que en la mayoría de los productos ganaderos importantes se halla regido por un mercado transparente. En el caso de los bienes de uso puede estimarse un cierto valor de utilización económica, surgido de una tasación técnica y comparable con el VNR para hallar el valor recuperable. Otro tipo de valor corriente frecuentemente utilizado en la valuación de stocks ganaderos es el que se conoce como precio fijo, que es un costo predeterminado. Se destaca como norma especial de valuación en nuestro país la contenida en la Ley 19742 para la hacienda hembra destinada a procreo no considerada bien amortizable, que prevé el empleo de un promedio anual de los precios de mercado vigentes para tal ganado al que se lo multiplica por un coeficiente del 60 por ciento.
Valor Recuperable de los Bienes de Cambio Dado su destino económico previsible sería razonable considerar como valor recuperable 1)
de los bienes de cambio listos para su venta su VNR
2)
de las existencias (materias primas, materiales, etc.) su VUE que surge de considerar los ingresos futuros que provocará el empleo futuro de los bienes y los costos adicionales necesarios para obtener tales ingresos. Las normas contables, sin embargo, suelen aceptar el empleo indiscriminado del mayor importe entre el VUE y el VNR, lo que corresponde al criterio del empleo alternativo mas rentable, que pocas veces se concreta en la práctica. Podría ocurrir que a la fecha del informe contable, los precios de los productos a vender estén afectados por fluctuaciones temporarias. Si la empresa tiene la intención y la capacidad de retener tales productos para venderlos cuando los precios mejoren sería razonable proceder así:
1)
estimar fundadamente los precios que se obtendrán cuando se produzca la venta de los bienes
2)
descontar sus importes para considerar los efectos de la inflación entre fecha de los estados contables y la considerada para la estimación.
3)
Utilizar los precios descontados obtenidos en el paso anterior para calcular el valor recuperable.
UNIDAD 12: BIENES DE USO
Son aquellos bienes tangibles de naturaleza relativamente permanente, que se utilizan para desarrollar la actividad de la empresa; deben tener una vida útil estimada
superior a un año y no estar destinados a la venta, también se consideran bienes de uso aquellos en construcción, tránsito o montaje y a los anticipos a proveedores por compras de estos bienes. Los bienes de uso que integran el rubro se pueden clasificar en: 1)
Bienes no sujetos a depreciación ni agotamientos, como terrenos para la explotación industrial y comercial.
2)
Bienes sujetos a depreciación, como edificios, maquinarias y equipos, herramientas, muebles, rodados, etc..
3)
Bienes sujetos a agotamiento, como minas, yacimientos petrolíferos, canteras y bosques.
1) Tratamiento de los distintos bienes incorporados por compra o construcción: alternativas y criterios aplicables en materia de valuación El costo de adquisición es la suma del precio que debe pagarse por su adquisición al contado y de la pertinente porción asignable de los costos de compras y control de calidad.
Para determinar la razonabilidad del precio, en el caso de los terrenos debe tenerse en cuenta la ubicación, pavimento, desagües, etc. y en el caso de los edificios el valor esta dado por el tipo de construcción. En el caso de maquinarias, aparatos e instalaciones móviles además de lo anteriormente mencionado también debe tenerse en cuenta la instalación, pruebas, ensayos hasta su puesta en funcionamiento. El costo de producción es la suma de: a) los costos de los materiales e insumos necesarios para su producción; b) sus costos de conversión (mano de obra, servicios y otras cargas), tanto variables como fijos; c) los costos financieros que puedan asignárseles de acuerdo con las normas de la sección 4.2.7 (Costos financieros).
El costo de los bienes producidos no debe incluir la porción de los costos ocasionados por: a) improductividades físicas o ineficiencias en el uso de los factores en general; b) la ociosidad producida por la falta de aprovechamiento de los factores fijos originada en la no utilización de la capacidad de planta a su “nivel de actividad normal”. Los importes correspondientes a cantidades anormales de materiales, mano de obra u otros costos de conversión desperdiciados, razonablemente determinables y que distorsionen el costo de los bienes producidos, no participarán en su determinación y deben ser reconocidas como resultados del período.
Los bienes de uso construidos, normalmente estarán terminados cuando el proceso físico de construcción haya concluido. Sin embargo, en algunos casos, para que el activo pueda ser utilizado de acuerdo con el uso planeado, se debe cumplir además un proceso de puesta en marcha de duración variable, durante el cual se lo somete a pruebas hasta que las mismas indican que se encuentra en condiciones de operar dentro de los parámetros de consumo y producción especificados en el proyecto inicial de construcción y considerados necesarios para lograr su viabilidad económica. En esta situación: a) los costos normales directamente asociados con dicho proceso, incluyendo los de las pruebas efectuadas, deben agregarse al costo del bien; b) cualquier ganancia que se obtuviere por la venta de producciones que tengan valor comercial deberá tratarse como una reducción de los costos referidos en el inciso anterior. La activación de estos costos cesará cuando el bien alcance las condiciones de operación antes mencionadas y no se prolongará si con posterioridad a ese momento el bien fuera utilizado por debajo de su capacidad normal o generara pérdidas operativas.
Valuación General: Su medición contable se efectuará al costo original menos la depreciación acumulada. Las erogaciones posteriores al reconocimiento inicial de un activo se incorporarán como un componente de éste cuando: a) el desembolso constituya una mejora y sea probable que el activo genere ingresos netos de fondos en exceso de los originalmente previstos, ya sea por: 1) un aumento en la vida útil estimada del activo (respecto de la original) 2) un aumento en su capacidad de servicio 3) una mejora en la calidad de la producción 4) una reducción en los costos de operación; o cuando:
b) las erogaciones se originen en tareas de mantenimiento o reacondicionamiento mayores que solo permitan recuperar la capacidad de servicio del activo para lograr su uso continuo, pero: 1) una medición confiable indique que toda la erogación o parte de ella es atribuible al reemplazo o reacondicionamiento de uno o más componentes del activo que el ente ha identificado; 2) la depreciación inmediatamente anterior de dichos componentes no haya sido calculada en función de la vida útil del activo del cual ellos forman parte, sino de su propio desgaste o agotamiento y a efectos de reflejar el consumo de su capacidad para generar beneficios que se restablece con las mencionadas tareas de mantenimiento; y 3) es probable que como consecuencia de la erogación fluyan hacia el ente beneficios económicos futuros. Las restantes erogaciones posteriores a la incorporación del bien se considerarán reparaciones imputables al período en que éstas se lleven a cabo.
Para los bienes destinados a su venta su medición contable se efectuará a su valor neto de realización. Si el valor neto de realización es mayor que la medición contable anterior, se reconocerá la ganancia resultante, siempre que: a) exista un mercado efectivo para la negociación de los bienes y su valor neto de realización pueda determinarse sobre la base de transacciones de mercado cercanas a la fecha de cierre para bienes similares b) el precio de venta esté asegurado por contrato. Si no se cumplen las condiciones señaladas, la medición contable se efectuará al costo original (o al último valor corriente) que se hubiere contabilizado, menos su depreciación acumulada.
Distintos Tipos de Valores Corrientes:
Valor de reposición (de recompra o reproducción)
Valor de la última compra o producción ajustada al cierre por índices específicos
Valuaciones técnicas
Valor Neto de Realización
Valor de Utilización Económica
2) Bienes adquiridos en moneda nacional o extranjera con pago diferido: intereses de financiación y posibilidades de incorporación al activo En el caso de bienes adquiridos en moneda extranjera, la registración del valor a asignar al bien se registra al tipo de cambio vigente en el momento en el que se efectiviza la transferencia de la propiedad del bien. En el caso de compras a plazo de bienes en moneda extranjera, los principios de contabilidad permiten activar dentro del costo de los bienes de uso parte de las diferencias de cambio originadas por esas deudas, con la limitación de tomar solamente la porción atribuible hasta que el bien este en condiciones de ser utilizado. Con respecto a ello las NIC 21 dice: las diferencias de cambio generadas por una fuerte devaluación de la moneda extranjera contra la que no es posible cubrirse y que afecta a pasivos originados directamente por la adquisición de activos facturados en moneda extranjera, pueden cargarse a su costo, en tanto este no supere el menor valor entre el costo de reposición de los activos y su valor recuperable a través del uso o la venta. La imputación de pérdidas de cambio al costo de activos adquiridos no es mas que un parche para considerar los efectos de la inflación. La NIC 23 brinda como alternativa activar los costos financieros, para empresas que incurren en inversiones en activos cuya puesta en uso o venta requiera de un período de tiempo importante. Se admite la activación de intereses reconociéndolos como mayores costos de los bienes de uso, siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
El préstamo que genera intereses debe estar estrechamente vinculado con la compra del activo.
Solo se reconocerán los existentes entre el momento en que se obtiene el crédito y el momento en el que el bien este en condiciones de ser utilizado.
El importe total activado no pude exceder al importe global de los costos financieros incurridos.
Deben informarse el total de los costos financieros capitalizados en el período.
3) Bienes adquiridos en moneda extranjera con o sin cambio asegurado Cuando se adquiere un bien de uso en moneda extranjera sin cambio asegurado se valuara a la cotización vigente en el mercado al momento de la compra. Cuando se adquiere un bien de uso en moneda extranjera con cambio asegurado se valuara a la respectiva cotización, en este caso, deben compararse estos valores con la inflación (resultado por exposición a la inflación) y los valores corrientes (valores de cotización) y de esta manera puede surgir un resultado por seguro de cambio.
4) Valuaciones técnicas: realización y tratamiento de los resultados La valuación técnica es una nueva valuación de los bienes atendiendo al criterio de valores corrientes mediante la aplicación de determinada técnicas. Las valuaciones técnicas deberán ser preparadas por profesionales independientes o equipos interdisciplinarios de profesionales independientes, en ambos casos con la correspondiente habilitación profesional y de reconocida idoneidad en este tipo de revalúos. En todos los casos se requerirá la participación con dictamen apropiado de un contador público. Deberá analizarse si los bienes pueden ser valuados individualmente o si sólo considerando el conjunto puede llegarse a valores adecuados. Las valuaciones técnicas se basarán, como punto de partida, en el valor de reemplazo de la capacidad de servicio de los bienes, entendiendo como tal el monto necesario para adquirir o producir bienes que, a los fines de la actividad del ente, tengan una significación económica equivalente y resulten reemplazos lógicos de los existentes. Si la tasación incluye un procedimiento de reexpresión por índices, los que se utilicen deberán ser índices específicos. Se podrá tomar la última valuación técnica como base para su reexpresión posterior en base a índices específicos para el tipo de bienes de que se trate. Este procedimiento sólo podrá ser aplicado en tanto no se hayan producido cambios que generen dudas sobre la validez de los resultados de aplicarlo. En el caso en que no existan índices específicos publicados por el INDEC que resulten aplicables, podrá utilizarse el índice de precios al por mayor nivel general, debiendo tenerse las mismas precauciones respecto de la validez de los resultados obtenidos. La diferencia de valuación contable surgida de una valuación técnica se imputará así:
la porción originada en correcciones de errores en el cómputo de amortizaciones acumuladas al inicio del ejercicio: como ajuste a los resultados acumulados a esa fecha;
la porción originada en las variaciones de valores (respecto del nivel general del índice de precios al por mayor nivel general) hasta el inicio del ejercicio: como ajuste a los resultados acumulados a esa fecha:
la porción originada en las variaciones de valores (respecto del nivel general del índice de precios al por mayor nivel general) ocurridas durante el ejercicio: como resultado por tenencia del período.
Sin embargo la RT10 dispone que el mayor valor proveniente de valuaciones técnicas se incluye en una reserva que formara parte del patrimonio neto. La reserva de revalúo técnico no puede tener saldo deudor, por lo tanto, si se produce una disminución del valor, la diferencia debe ser imputada al resultado del ejercicio. Los saldos de revalúos que deban mantenerse por aplicación de esta norma de transición serán reducidos a medida que los bienes cuyos revalúos le dieron origen se consuman, vendan, retiren de servicio o desvaloricen. En general, la desafectación se efectuará por la diferencia entre: a) los importes contabilizados en concepto de depreciación, valor residual de los bienes vendidos, valor residual de los bienes retirados de servicio o desvalorización; y b) los importes que se habrían contabilizado por los mismos conceptos si los bienes no hubiesen sido revaluados. Si el saldo de revalúo hubiere sido parcialmente capitalizado, la desafectación se hará considerando la proporción no capitalizada del saldo de revalúo original. Si hubieren existido dos o más revalúos de los mismos bienes, esta norma se aplicará separadamente para cada uno de ellos.
5) Tratamiento de las mejoras y gastos de mantenimiento Cuando estos bienes demanden nuevas erogaciones, será necesario determinar si se trata de gasto para mantener o restituir la capacidad de uso del bien o si, por el contrario, son mejoras que aumentan el valor del bien. Las mejoras son inversiones que aumentan la capacidad del servicio de los bienes, ya sea extendiendo la vida útil o aumentando su productividad. Como consecuencia de ello, al beneficiarse períodos futuros, el costo de la mejora se carga al activo. Los gastos de mantenimiento son erogaciones que se realizan con el objetivo de permitir el normal funcionamiento de los bienes de uso. Estas erogaciones son habituales, esperadas y además son necesarias, indispensables por definición técnica de bienes de uso. Constituyen resultados ordinarios del ejercicio en el que se presta el servicio de mantenimiento. En el caso de los bienes de uso aplicados a la producción, el gasto de mantenimiento deberá formar parte del costo de los bienes producidos, en la proporción que corresponda. Las reparaciones son las erogaciones que se producen con el objeto de reparar o reponer la capacidad de uso de un bien. La reparación es necesaria en los casos que se producen daños a los bienes por algún accidente o hecho fortuito. Se carga al resultado del ejercicio en el que se produce el hecho que origina la reparación.
6) Depreciaciones: causas e incidencias La depreciación es la disminución del valor como consecuencia de determinadas causas. Los bienes de uso presentan la característica de estar expuestos al deterioro, agotamiento, desgaste u obsolescencia por efectos del tiempo, nueva tecnología, uso continuo. Así, sufren procesos de disminución de valor, que deben considerarse en la valuación de los bienes y en su incidencia en el costo activado. La distribución de ese valor de costo entre distintos períodos de la vida de la empresa, será consecuencia del sistema de amortización a aplicar que tendrá relación directa
con las características del tipo de bien que se trate. Las causas de depreciación se pueden clasificar en:
Duración Física del bien a)
Agotamiento: se produce en el caso de activos materiales adquiridos para ser sometidos a actividades extractivas (canteras, minas, pozos petrolíferos, etc.)
b)
Desgaste: lo sufren todos los bienes de uso tangibles al ser utilizados normalmente excepto aquellos que tienen la característica de auto renovarse.
c)
Envejecimiento: los bienes de uso tangibles que se utilizan en el proceso productivo sufrirán una disminución de valor por envejecimiento que puede ser paliada, en cierto grado, al proteger adecuadamente el bien.
Duración Económica del bien a)
Explotación por tiempo limitado: el uso limitado se relaciona con ciertos activos intangibles. Tal limitación tendrá importancia para los bienes de uso tangibles en los casos en que dichos activos fueran adquiridos con el fin de explotar, un activo intangible como por ejemplo las concesiones.
b)
Envejecimiento técnico: se produce cuando las innovaciones tecnológicas y mejoras en los métodos de producción experimentan una reducción en el valor porque los productos resultan antieconómicos en relación con otros mas modernos.
c)
Envejecimiento económico: cuando la demanda de los productos de la empresa disminuye porque han sido lanzados al mercado otros mejores y de menor precio o bien porque el producto en cuestión no es mas que el sustituto de otro que vuelve a ser ofrecido a la venta y los bienes de uso que lo producían no pueden ser adaptados a la otra producción, dejaran de tener valor para la empresa.
7) Amortizaciones: variables a considerar, métodos y efectos contables y financieros La amortización es la disminución del valor que experimenta un bien de uso por una causa determinada, ya sea física o económica. Abarca tanto a la amortización ordinaria o previsible como a la extraordinaria o imprevisible. Para el cómputo de las amortizaciones se considerará, para cada bien: a)
su medición contable
b)
su naturaleza
c)
su fecha de puesta en marcha, que es el momento a partir del cual deben computarse depreciaciones
d)
si existen evidencias de pérdida de valor anteriores a la puesta en marcha, caso en el cual debe reconocérselas
e)
su capacidad de servicio, a ser estimada considerando: el tipo de explotación en que se utiliza el bien; la política de mantenimiento seguida por el ente; la posible obsolescencia del bien debida,
por ejemplo, a cambios tecnológicos o en el mercado de los bienes producidos mediante su empleo f)
la posibilidad de que algunas partes importantes integrantes del bien sufran un desgaste o agotamiento distinto al del resto de sus componentes
g)
el valor neto de realización que se espera tendrá el bien cuando se agote su capacidad de servicio, lo que implica considerar, en su caso, los costos de desmantelamiento del activo y de la restauración del emplazamiento de los bienes.
h)
la capacidad de servicio del bien ya utilizada debido al desgaste o agotamiento normal
i)
los deterioros que pudiere haber sufrido el bien por averías u otras razones El valor a depreciar es básicamente el costo de adquisición. No se debe ignorar, sin embargo el valor que el bien pueda tener para la empresa, al dejar de ser útil en su actividad. Ello puede implicar la subvaluación del activo (valor de recupero). El valor a depreciar surge de la diferencia entre el costo de adquisición y el valor de recupero estimado al finalizar su uso. El valor de recupero surgirá de la diferencia entre el precio de venta estimado y todas las erogaciones necesarias para retirar el bien de servicio. La vida útil es la duración que se le asigna a un bien como elemento de provecho para la empresa. Las bases utilizadas para la determinación de la vida útil son: tiempo en años y capacidad de producción en producción total. La elección de la base dependerá de la característica del bien y del uso que se le dará. La base temporal es la mas aplicada porque resulta mas sencillo de establecer. En la estimación de capacidad productiva se hace mas notoria la necesidad de conocimiento y experiencia de personas especializadas.
Existe distintos métodos de depreciación entre ellos pueden identificarse: Método de Depreciación en Línea Recta: este método admite que la depreciación es una función constante del tiempo y que las causas que la provocan tienen efectos continuos y homogéneos. Es el método mas utilizado, pues no ofrece dificultades de cálculo ni de aplicación. El cálculo que debe efectuarse es un cociente entre el valor a depreciar y la vida útil estimada. Esto nos da la cuota de amortización. Método de Depreciación Creciente por suma de dígitos: este método supone que el desgaste que se produce es inferior en los primeros años y que aumenta progresivamente con el correr del tiempo. Esta modalidad establece que la cuota de un período es igual a la proporción del valor a depreciar que surge de relacionar la cantidad de los años que faltan depreciar con la suma de los números de 1 a n, siendo n el total de los años estimados de vida útil. Método de Depreciación Creciente por porcentajes anuales progresivos: este sistema consiste en la elevación creciente del porcentaje anual sobre el valor a depreciar. Por ejemplo: 18%, 19%, 20%, 21%, 22%. Método de Depreciación Decreciente por suma de dígitos: la técnica es la misma que la creciente por suma de dígitos, pero se aplica en sentido inverso. Método de Depreciación Decreciente a porcentaje fijo sobre saldo: para el cálculo de la cuota no se considera el valor de recupero y el porcentaje, se duplica el que se utiliza con el método de la línea recta, se aplica en cada ejercicio sobre el saldo inicial. El bien no llega a ser depreciado totalmente, si bien el saldo que permanece se va acercando a cero. Método de Depreciación sobre las horas de trabajo: se determina la cuota de amortización sobre la base de las horas efectivas de trabajo, que como vida útil se le asignara al bien. La cuota de amortización se obtiene dividiendo el valor del costo activado del bien menos el valor residual al fin de su vida útil, si lo tuviera, por las horas totales a ser utilizados. Eso da la cuota de amortización por hora y para obtener la amortización del período se multiplica esa hora unitaria por las horas utilizadas en el período. Método de Depreciación sobre las unidades producidas: es similar al de las horas de trabajo, difiere en que no toma las horas sino el monto total de lo producido (unidades) y se relaciona con el monto total de unidades
que producirá el bien durante su vida útil. Con respecto a los efectos contables, en el cuadro de resultados, la amortización puede aparecer incluida en varios sectores según si los bienes amortizados son utilizados en algún proceso de elaboración. Las amortizaciones van formando parte del costo de los bienes y servicios que ayudaron a producirlo. Si no ayudaron a producir, sus amortizaciones se cargan directamente al cuadro de resultados dentro de los gastos operativos. Los efectos financieros serían no crear fondos de reservas para compras de bienes de uso en el futuro. Para la contabilización existen dos alternativas: 1)
Abonar una cuenta del activo con cargo a una cuenta de pérdidas y ganancias (inaceptable)
2)
Con una cuenta compensadora del activo, en la que se acumularan las amortizaciones con cargo o una cuenta de pérdidas y ganancias. En el balance general, al valor del costo activado total del bien se le agrega una cuenta regularizadora (amortizaciones acumuladas) que ajusta el saldo de acuerdo a la desvalorización sufrida, mostrando la diferencia entre ambas cuentas, el valor residual.
8) Amortizaciones extraordinarias Puede ocurrir que los bienes de uso sufran algún deterioro o daño extraordinario. Esto incluye tanto las causas previsibles como otras donde la empresa no tiene influencia alguna, por ejemplo siniestro, inundación, incendio, etc.. El quebranto estará originado por la amortización extraordinaria que será necesaria practicar para que el valor residual del bien refleje la merma de su capacidad productiva. Aparecen dos tipos de quebrantos: 1)
Uno originado por el gasto de reparación del bien para que quede en iguales condiciones a la que tenía antes.
2)
El otro estará originado por la amortización extraordinaria que será necesaria practicar para que el valor residual del bien refleje la merma de su capacidad productiva. Si de las reparaciones surgieron mejoras que superen las condiciones en que se encontraba antes del daño, esos gastos deben activarse para ser amortizados justamente con el costo histórico anterior.
9) Revaluaciones Revaluar es volver a valuar, que es la tarea de asignar valor a algo, distinta de la de reexpresar monetariamente (ajustar por inflación) un importe. Un revalúo brinda una valor del presente mientras que el ajuste por inflación de un costo histórico suministra un valor del pasado medido en moneda del presente. Los revalúos deben ser preparados por profesionales independientes o equipos interdisciplinarios de ellos, idóneos en el tipo de avalúos y que cuenten con la correspondiente habilitación profesional. Los datos resultantes de revalúos solo deberían contabilizarse si surgieren de métodos que satisfagan: a)
La utilización de valores de entrada
b)
El límite del valor recuperable
c)
La verificación por parte de terceros independientes. Para la aplicación del método deberían tenerse en cuenta la posibilidad de valuar los individualmente o en conjunto. También puede ocurrir que una tasación incluya procedimiento de reexpresión por índices, para esto deberían reconocer la evolución precios de los bienes bajo estudio o de algunos bienes similares y ser publicados INDEC.
bienes algún de los por el
Es usual que los valores de tasación de los bienes de uso en servicio resulten de la diferencia entre el costo de reposición de los bienes en estado nuevo y la depreciación acumulada a la fecha del revalúo.
10) Reemplazos Los reemplazos se producen cuando se compra un bien nuevo y como parte de pago se entrega el bien usado. En esta operación va a aparecer un resultado por la venta que surge como diferencia entre el valor reconocido por el comprador y el valor residual de nuestra contabilidad. Se registra:
Rodado Nuevo a Venta de Rodado
25000 13000
a Caja
Depreciación Acumulada en Rodado Costo de Venta de Rodado
12000
6000 14000
a Rodado
20000
11) Bajas Las bajas de los bienes se producen cuando el bien carece de utilidad económica o porque termino su vida útil. Se registra: Depreciación Acumulada en Rodado Pérdida por Obsolescencia (Resultado Extraordinario) a Rodado
6000 14000 2000
12) Bienes de uso en la industria extractiva: agotamiento y acrecentamiento
Agotamiento: se produce en industrias extractivas o recursos naturales del suelo, cuando a medida que se extrae material se va agotando la explotación. Para calcular su vida útil, deberá hacerse un estudio de suelo y en el caso de esta industria se aplicará un método de depreciación en función de la producción, es decir, primero se deberá hacer un estudio para determinar la cantidad a extraer, a lo largo del tiempo, pero puede ocurrir que un bien se agote antes de lo normal. En una industria extractiva se puede haber calculado mal lo futuro que generara el bien, entonces en el activo va a quedar un saldo que deberá aplicarle una amortización extraordinaria. Acrecentamiento: se produce cuando un bien de uso se valoriza, por ejemplo un terreno y mediante excavaciones se descubre algún mineral lo que hace que se valorice dicho bien. El valor de origen se incrementará y habrá que calcular una nueva depreciación.
13) Problemas especiales Para el caso de los terrenos el costo de estos además del precio de la compra comprende los desembolsos relacionados con: 1)
Su adquisición como por ejemplo las comisiones a intermediarios, escrituración, importes de cualquier impuesto pendiente u obligaciones que puedan existir al tiempo de la compra, que hayan sido pagados por el comprador o que quedan a su cargo.
2)
Sus mejoras como el rellenamiento, los desagües, etc..
3)
La demolición de construcciones existentes netas del precio obtenido por la venta de material de demolición, cuando se haya adquirido el terreno con la intención de derribar la edificación. Para el caso de los edificios el costo comprende el precio de compra mas los desembolsos relacionados con su adquisición, tal como ocurre con los terrenos. En el caso de construcción de edificios deberán capitalizarse, durante la construcción, todos los desembolsos inherentes a la obra, incluso seguros, impuestos, indemnizaciones por accidentes.
Valor Recuperable de los Bienes de Uso Dado su destino económico previsible sería razonable considerar que el valor recuperable de un bien de uso es su VUE que surge de considerar: 1)
los ingresos futuros que provocará el empleo futuro de los bienes
2)
los costos adicionales necesarios para obtener tales ingresos Sin embargo las normas contables suelen aceptar el empleo del mayor importe entre el VUE y el VNR, lo que corresponde al criterio del empleo alternativo mas rentable, que pocas veces se concreta en la práctica. Cabe señalar que en el caso de las inversiones el cálculo del VR puede ser mas sencillo que en el de los bienes de uso porque:
1)
los bienes que se alquilan y los adquiridos con fines especulativos suelen tener algún mercado que permita calcular su VNR, cosa que no sucede con todos los bienes de uso.
2)
El cálculo de los flujos de fondos producidos por el alquiler de los bienes y por los gastos a cargo del propietario no debería ser demasiado complicado.
UNIDAD 13: INVERSIONES
Son las realizadas con el ánimo de obtener una renta u otro beneficio explícito o implícito y que no forman parte de los activos dedicados a la actividad principal del ente y las colocaciones efectuadas en otros entes. Se trata de colocaciones de capital realizadas al margen de las actividades habituales de la empresa (inversión temporaria) o con otros fines (inversiones permanentes). Es necesario considerar para su clasificación y exposición su comportamiento ante dos condiciones básicas. 1)
Intención de la empresa: la decisión de invertir en un negocio diferente del objeto que tiene la entidad; surge una posibilidad potencial de obtener una renta adicional que puede ser resultado de la explotación habitual o cuando la entidad pretende asegurarse el poder de control en otras entidades integrando un conjunto económico.
2)
Condiciones para su realización: su fácil e inmediata de realización constituye una de las claves para identificar las inversiones temporarias y esta condición exige que posea cotización pública conocida. Las inversiones que no tienen cotización o cuyas características no permiten determinar la posibilidad de su realización se deben clasificar como inversiones permanentes. Los elementos patrimoniales del rubro son:
1)
Colocaciones a plazo fijo en pesos
2)
Colocaciones a plazo fijo en moneda extranjera
3)
Colocaciones a plazo fijo con cláusula de ajuste
4)
Títulos Públicos (Títulos de deuda)
5)
Documentos emitidos por una entidad privada (Títulos de deuda)
6)
Acciones con cotización (Títulos de Capital)
7)
Acciones sin cotización (Títulos de Capital)
8)
Fondos comunes de inversión (Títulos de Capital)
1) Tipo de inversiones
Las inversiones pueden clasificarse teniendo en cuenta la intención de la entidad inversora y considerando las posibilidades de realización en:
Inversiones Temporarias El rubro se integra por aquellos activos que deben reunir dos condiciones básicas, la primera se refiere a la intención de la empresa y cuya finalidad es realizada dentro de los doce meses y la segunda condición se refiere a que existen evidencias suficientes que permiten determinar que existe un mercado para poder concretar su realización. Las partidas que integran el rubro son: Plazos Fijos: son colocaciones en entidades financieras, durante un tiempo determinado según el contrato que se formaliza. Al vencimiento, los fondos podrán ser nuevamente reinvertidos en una operatoria similar o aplicados a la actividad habitual de la empresa. En moneda de curso legal se registra contablemente a su valor nominal fijado al vencimiento que incluye el interés pactado en la operación, debiendo exponerse como cuenta regularizadora el interés a devengar por el plazo que corresponde hasta su vencimiento. En moneda extranjera generalmente devengan un interés inferior a los pactados en moneda de curso legal. Se exponen en los estados contables tomando el valor nominal fijado al vencimiento convertido al tipo de cambio vigente al cierre y regularizando los intereses a devengar. Títulos de Deuda con Cotización: esta formado por los títulos públicos que son emitidos por el estado nacional, provincial o municipal y por los documentos emitidos por una entidad privada que pueden ser obligaciones negociables, instrumentos de deudas respaldados por activos, etc. Títulos de Capital con Cotización: esta formado por acciones emitidas por una sociedad de capital autorizada a cotizar en el mercado de valores o mercado de capitales y por los fondos comunes de inversión que consisten en una cartera de valores mobiliarios con una cotización bursátil en la cual los inversores son cuotapartistas. La administración de este fondo esta a cargo de una sociedad constituida para esa actividad, que se denomina socio gerente. Para la valuación de los títulos de deuda y los títulos de capital se establece que se los tomara a su VNR. En la determinación de este se considerará: a) los precios de contado correspondientes a transacciones no forzadas entre partes independientes en las condiciones habituales de negociación; b) los ingresos adicionales, no atribuibles a la financiación, que la venta generare por sí (por ejemplo: un reembolso de exportación); c) los costos que serán ocasionados por la venta (comisiones, impuesto a los ingresos brutos y similares);
Inversiones Permanentes Son colocaciones de capital a largo plazo mayor de doce meses, se clasifican dentro de este rubro: 1)
Las inversiones que, aunque puedan efectuarse en el corto plazo, la entidad inversora no tiene intención de realizar, por ejemplo, títulos en cotización
2)
Las colocaciones para cuya realización no puede determinarse un grado adecuado de probabilidad, aunque el objetivo final que una entidad pretende alcanzar cuando realiza una inversión es una retribución.
El sustituto de la retribución que pueda recibir un inversor, en el caso de tratarse de inversiones permanentes puede consistir en: a)
El control de otras sociedades dentro de una combinación de negocios. Las inversiones realizadas en entidades vinculadas o controladas exigen un tratamiento particular.
b)
La obtención de una prestación de servicio, por ejemplo, acciones de entidades cooperativas de servicio. Estas inversiones tienen un bajo valor de costo.
c)
Una ganancia por la venta de un activo, expuesto como inversión, por ejemplo un inmueble que se adquirió para ser aplicado a la actividad y que se desafecto como un bien de uso por no ser necesario, clasificándolo como inversión permanente, hasta el momento de su enajenación.
2) Objetivos En el caso de las inversiones temporarias el objeto fundamental es absorber los costos de oportunidad y el beneficio no solo podrá resultar de la renta, sino también de la diferencia de precio entre la compra y la venta por un lapso mas o menos breve. En el caso de las inversiones permanentes suelen tener una finalidad mucho mas compleja y si bien se persigue el logro de una renta directa a través de un dividendo, la mayoría de los casos demuestra que se busca alguna forma de integración a través de un dividendo que facilite el desarrollo de las operaciones principales de la empresa.
3) y 4) Inversiones corrientes y no corrientes con cotización Una entidad podrá tener inversiones permanentes en títulos de capital que por no reunir los requisitos para aplicar el método del valor patrimonial proporcional utilizan otros criterios de valuación. Entre ellos puede mencionarse.
a) Inversiones en Plazos Fijos (Inversión Corriente) Su medición contable se efectuará considerando: a)
la medición original del activo;
b)
la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas;
c)
las cobranzas efectuadas.
Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originará el activo, utilizando la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial.
En caso de existir cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de la tasa de interés, se considerará su efecto. En los casos de cuentas a ser cobradas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, los cálculos indicados deben ser efectuadas en ella y los importes así obtenidos deben ser convertidos a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.
b) Inversiones en bienes de fácil comercialización con cotización en uno o mas mercados activos (Inversión Corriente o No Corriente) Se los valuará a su valor neto de realización. En la determinación de los valores netos de realización se considerarán: a) los precios de contado correspondientes a transacciones no forzadas entre partes independientes en las condiciones habituales de negociación; b) los ingresos adicionales, no atribuibles a la financiación, que la venta generare por sí (por ejemplo: un reembolso de exportación); c) los costos que serán ocasionados por la venta (comisiones, impuesto a los ingresos brutos y similares); Si las cotizaciones estuviesen expresadas en moneda extranjera sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.
c) Inversiones en bienes asimilables a los bienes de uso (Inversión No Corriente) La existencia de activos de características similares a los bienes de uso que no se encuentra afectado a la actividad que realiza la entidad, son clasificados dentro de rubro: 1)
Inmuebles que no son utilizados en la explotación.
2)
Bienes destinados para alquiler. Las normas contables para este tipo de inversiones, tienen características similares en cuanto a la medición y depreciación a las que se aplican a los bienes de uso. Estos bienes deben valuarse al costo original reexpresado menos la depreciación acumulada.
d) Inversiones en títulos de deuda a ser mantenidos hasta su vencimiento (Inversión No Corriente) Las condiciones que deben cumplir los activos de esta sección son: que el emisor de los títulos tenidos no tenga el derecho de cancelarlos por un importe significativamente inferior a la medición inicial del activo por parte de su tenedor menos los pagos de capital más la porción imputada a resultados de cualquier diferencia entre la medición inicial del activo y el importe a ser cancelado al vencimiento menos cualquier desvalorización ya contabilizada y que el tenedor de los títulos haya decidido conservarlos hasta su vencimiento, aunque antes de él se presentaren coyunturas favorables para la venta y tenga la capacidad financiera para hacerlo.
Se considerará que la intención de mantener los títulos hasta su vencimiento no existe si el ente, durante el ejercicio corriente o alguno de los dos anteriores efectuó ventas o transferencias de una parte significativa de la cartera de títulos previamente categorizados salvo cuando las enajenaciones: a) hayan sido hechas en fechas tan cercanas a las de vencimiento que los cambios en las tasas de interés de mercado no hayan tenido un efecto significativo en el valor corriente de los títulos; o b) hayan sido causadas por hechos aislados, no controlables por el ente, no repetitivos y que éste no pudo prever razonablemente, tales como: 1) un deterioro en la calificación crediticia del emisor, 2) un cambio en la legislación fiscal que elimine beneficios impositivos, 3) un cambio en la legislación o regulaciones que modifiquen significativamente lo que se considera como inversión permitida, o 4) un aumento significativo de los requisitos de capital del sector al cual pertenece el ente, decidido por su organismo regulador. Si se cumplen estas condiciones la medición contable de estos activos se efectuará considerando: a) la medición original del activo; b) la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a cobrar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas; c) las cobranzas efectuadas. En caso de existir cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de la tasa de interés, se considerará su efecto. Si los títulos estuvieren nominados en moneda extranjera, los cálculos indicados serán efectuados en ella y los importes así obtenidos se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables.
Participaciones permanentes en otras sociedades sobre las que se ejerce control, control conjunto o influencia significativa (Método del VPP) Un ente puede participar en otros con propósitos como éstos: 1)
diversificar riesgos
2)
dar a terceros participación en algunos de su negocio pero no en todos
3)
participar en negocios que no podrían encararse sin asociarse con especialistas en ellos asegurarse el abastecimiento de determinadas materias primas
4)
mantener administraciones separadas sobre ciertas actividades ya sea como parte de una estrategia gerencial o por exigencias legales
5)
obtener determinados servicios. Hay control sobre un ente cuando existe poder de decisión sobre sus actos. En el caso de una sociedad hay control cuando se posee el número de votos suficientes para su manejo. Según la RT5 se ejerce el control cuando se posee participación que por cualquier título otorgue los votos necesarios para formar la voluntad social en las reuniones sociales o asambleas A los fines de estas normas, se considera que contar con los votos necesarios para formar la voluntad social implica poseer más del 50 % de los votos posibles, en forma directa o indirecta, a la fecha de cierre del ejercicio de la sociedad controlante. Existe control conjunto cuando los socios de un ente han resuelto compartir las decisiones sobre las políticas operativas y financieras. Se entiende que un socio ejerce control conjunto en un ente, cuando las decisiones mencionadas requieren de su expreso acuerdo. Un ente posee influencia significativa sobre otro cuando tiene el poder de participar en sus decisiones pero no tiene el control sobre ellas. A efectos de evaluar la influencia significativa en las decisiones de la sociedad emisora de las acciones mantenidas como inversión deberán considerarse las siguientes pautas:
a)
la posesión por parte de la empresa inversora de una porción tal del capital de la sociedad emisora que le otorgue los votos necesarios para influir en la aprobación de sus estados contables y la distribución de ganancias;
b)
la representación de la empresa inversora en el directorio u órganos administrativos superiores de la sociedad emisora;
c)
la participación de la empresa inversora en la fijación de políticas de la sociedad emisora;
d)
la existencia de operaciones importantes entre la empresa inversora y la sociedad emisora (por ejemplo, ser el único proveedor o cliente o el más importante con una diferencia significativa sobre el resto);
e)
el intercambio de personal directivo entre la empresa inversora y la sociedad emisora;
f)
la dependencia técnica de una de las sociedades con respecto a la otra. Al practicar la mencionada evaluación debe también tenerse en cuenta:
a)
la forma en que está distribuido el resto del capital de la sociedad emisora (mayor o menor concentración en manos de otros inversores);
b)
la existencia de acuerdos o situaciones (sociedades intervenidas, en convocatoria de acreedores u otras) que pudieran otorgar la dirección a algún grupo minoritario.
El valor patrimonial proporcional (VPP) es el resultante de aplicar al patrimonio neto de la sociedad emisora la proporción de la tenencia en acciones que le corresponde a la empresa inversora. El VPP de un conjunto de acciones de propiedad de una sociedad es la proporción del patrimonio de la emisora que le corresponde en virtud de su tenencia. Hay consenso en calcular el VPP de este modo: a)
Del patrimonio de la sociedad emisora se restan los derechos del capital preferido si los hubiere.
b)
Sobre el importe obtenido en el paso anterior se aplica el porcentaje de acciones ordinarias en poder de la inversora Lo que surge de este cómputo es el VPP de una inversión en acciones ordinarias. El cálculo del VPP de una inversión en acciones preferidas se obtendría de este modo:
a)
Considerar los derechos del capital preferido (los calculados para determinar el VPP de las acciones ordinarias)
b)
Aplicar al importe obtenido el porcentaje de tenencia de acciones preferidas. Pueden haber situaciones en las que el cálculo del VPP tenga algunos inconvenientes:
a)
hay aportes irrevocables que otorgan a quienes los efectuaron el derecho de recibir acciones
b)
el capital podría modificarse como consecuencia del ejercicio de opciones para suscribir nuevas acciones que ya han sido otorgadas pero no ejercitadas.
El VPP cuando hay aportes irrevocables Es posible que el patrimonio de la emisora incluya aportes irrevocables de los accionistas. En tal caso, el VPP de cada acción podría verse afectado por lo siguiente: a)
Si los aportes no fueron integrados en proporción a la tenencia de acciones, la futura entrega de títulos a los aportantes modificará la tenencia relativa de cada accionista.
b)
Podría ser posible y probable que parte del patrimonio se distribuyera a los accionistas preexistentes antes de la entrega de las nuevas acciones en cuyo caso:
1)
el patrimonio de la emisora debería dividirse en dos partes: la atribuible a las acciones persistentes y la que corresponde a las nuevas.
2)
Los VPP de ambos grupos de acciones deberían calcularse separadamente.
c)
Si es posible y probable que los accionistas preexistentes ejerzan su derecho de preferencia y efectúen aportes que l es permitan mantener sus porcentajes de tenencia accionaria, en cuyo caso aumentarían tanto el patrimonio de la emisora como el número de acciones que fijan los derechos sobre él.
Si los aportes irrevocables fueran proporcionales a la tenencia previa de acciones, el VPP sería igual al calculado considerando directamente la proporción de la tenencia sobre el patrimonio de la emisora.
El VPP cuando hay opciones que puedan modificar el patrimonio Otro caso que debería ser considerado especialmente se presenta cuando el número de acciones emitidas puede modificarse con motivo de : a) el ejercicio de opciones ya otorgadas para: 1)
la suscripción de nuevas acciones
2)
la conversión de títulos de deuda en acciones
3)
la conversión de acciones preferidas en ordinarias b) la conversión de acciones preferidas ya emitidas en acciones ordinarias cuando la decisión está en manos de la empresa emisora. Suponiendo la conversión de títulos de deuda en acciones, el VPP sería igual al PN + deudas por obligaciones dividido por las acciones emitidas + las acciones a emitir.
Requisitos referidos a los estados contables de la emisora Es obvio que para aplicar el método del VPP, hay que disponer de estados contables de la emisora. Hay tres requisitos básicos: fecha, los criterios contables utilizados en su preparación y la auditoría. Con respecto a la fecha los mas adecuado es que los estados contables de la inversora y de la emisora coincidan. Si la fecha de los estados contables oficiales de la emisora fuese distinta a la fecha de los estados de la inversora, lo mas razonable sería obtener de la primera estados contables especiales. Esto no podría ofrecer problemas cuando existe control, control conjunto o influencia significativa. De hecho, la imposibilidad de conseguir tales estados especiales sería una evidencia de que la referida influencia no existe. Por otra parte, la obtención de dichos estados especiales no debe verse como una carga administrativa significativa para la emisora, por estas razones: a)
es un requerimiento que se plantearía pocas veces por un ejercicio económico
b)
la preparación de estados contables a fechas intermedias es de todos modos necesaria para la gestión empresaria.
Según la RT5 cuando el ejercicio económico de la sociedad emisora finalice en fecha distinta al de la empresa inversora, el método se aplicará sobre estados contables especiales de la sociedad emisora a la fecha de cierre de la empresa inversora. Sin embargo, podrá optarse por la utilización de los estados contables de la sociedad emisora a su fecha de cierre cuando la diferencia entre ambos cierres no supere los tres meses. En este caso se considerarán los ajustes correspondientes, para reflejar los efectos de cualquier evento significativo o transacciones entre la sociedad emisora y la empresa inversora que hayan ocurrido entre la fecha de los estados contables de la sociedad emisora y la fecha de los estados contables de la empresa inversora. Asimismo, se considerarán los cambios en el poder adquisitivo de la moneda argentina Con respecto a los criterios contables utilizados en su preparación para que exista homogeneidad entre la valuación de la inversión y de los restantes activos de la inversora y también de sus pasivos los estados contables de la emisora deberían haber sido:
1)
Preparados de acuerdo con normas contables similares a las empleadas por la inversora o
2)
Adaptados (a los efectos de la aplicación del método) a lo dispuesto por dichas normas. La adaptación incluye la corrección de los errores contables que pueda haber cometido la emisora o la aplicación de criterios contables distintos.
Esto puede ocurrir cuando la inversora y la emisora están domiciliadas en jurisdicciones distintas y apliquen criterios de medición contables diferentes a los utilizados por la inversora para los mismos rubros ya sea porque las normas contables profesionales en su jurisdicción así lo exigen o porque admiten alternativas y la emisora aplicó una distinta a la elegida por la inversora. La auditoría de los estados contables de la emisora no tiene por qué constituir un requisito para la aplicación del método. La obtención de satisfacción sobre la calidad de la información a utilizar para aplicar cualquier criterio contable es una cuestión que hace al control interno del ente que los emite, cuyo establecimiento, mantenimiento y evaluación permanente atañe a los administradores. Sin embargo la RT5 requiere el dictamen de un contador público independiente sobre los estados contables de las sociedades sobre las que se ejerce control, control conjunto o influencia significativa, utilizados para aplicar el método del valor patrimonial proporcional.
Valuación del VPP en el momento de la adquisición a) se establecerá el costo de la adquisición, teniendo en cuenta lo siguiente: 1)
los bienes que el adquiriente deba entregar se computarán a sus valores corrientes
2) los pagos monetarios que el adquiriente deba efectuar en fecha posterior serán descontados para llevarlos a la suma que debería erogarse si su cancelación se hiciera al contado; 3) las acciones que el adquiriente deba emitir se computarán a su valor de mercado, si éste existiese y fuere representativo; de no darse estas condiciones, se lo estimará sobre la base de la participación que dichas acciones otorguen en el valor corriente del patrimonio del adquiriente o del adquirido, lo que fuere más representativo; 4) los ajustes del precio de adquisición que dependan de la concreción de uno o más hechos futuros se incluirán en el costo de adquisición cuando, a la fecha de ésta, se los considere probables y su importe pueda medirse sobre bases confiables; b) se asignarán las mediciones que a la fecha de adquisición correspondan a: 1) los activos identificables de la sociedad emisora, que se computarán a sus valores corrientes (con el límite de sus correspondientes valores recuperables); 2) sus pasivos, que se computarán a su costo estimado de cancelación; c) se establecerá la proporción que le corresponde al adquiriente sobre el neto de las mediciones obtenidas en el paso anterior.
d) si el costo de la adquisición es superior al importe determinado en el paso c), el exceso se considerará como un valor llave positivo. e) si el costo de la adquisición es inferior al importe determinado en el paso c), el defecto se tratará como un valor llave negativo, así:
1) la parte relacionada con expectativas de gastos o pérdidas futuros esperados de la sociedad emisora, que no haya correspondido considerar como pasivos a la fecha de la adquisición, y que pueda ser determinada de manera confiable a dicho momento, se reconocerá en resultados en los mismos períodos a los que se imputen tales gastos o pérdidas. Si estos no se produjesen en el período esperado, se aplicará el paso siguiente; 2) la parte no relacionada con expectativas de gastos o pérdidas futuros esperados de la sociedad emisora, que puedan ser determinados de manera confiable a la fecha de la adquisición, se tratará: i) el monto que no exceda a la participación de la empresa inversora sobre los valores corrientes de los activos no monetarios identificables de la sociedad emisora, se reconocerá en resultados de forma sistemática, a lo largo de un período igual al promedio ponderado de la vida útil remanente de los activos de la sociedad emisora que estén sujetos a depreciación;
ii) el monto que exceda a los valores corrientes de los activos no monetarios identificables de la sociedad emisora, se reconocerá como resultados del ejercicio En el supuesto que una entidad inversora decida incrementar su participación, los pasos que deben adoptarse son los siguientes: a)
Calculo del VPP de la tenencia inicial al momento en que se compra: el mayor o el menor valor de la inversión, originados por los resultados obtenidos y reconocidos por la emisora en sus estados contables, desde la primera compra de acciones, deben ser imputadas por la tenedora como AREA.
b)
Calculo del VPP de la tenencia de acciones de la inversora al momento en que el método comienza a ser aplicado: el mayor o menor valor de la inversión, originados por los resultados obtenidos y reflejados en los estados contables de la emisora, generados en el ejercicio en el que se produjo la nueva adquisición que permitió la aplicación del método de VPP, deben ser reconocidos por la tenedora como un resultado del ejercicio.
c)
Determinación del valor llave: al fijarse el valor de costo de la inversión y al ajustarse el precio por la inversión, la diferencia deberá considerarse como llave positiva o negativa, según el valor de costo sea mayor o menor que el VPP.
Valuación del VPP durante la tenencia Para la aplicación del método durante la tenencia deberán considerarse las siguientes normas: a) La empresa tenedora imputará a sus resultados la proporción que le corresponda sobre las ganancias o pérdidas de la empresa emisora, previa eliminación de los resultados originados en operaciones con la tenedora que no hubieran trascendido a terceros, netos de su efecto impositivo. Además, será necesario eliminar también de los resultados de la empresa tenedora aquellos provenientes de operaciones con la emisora que no hubiesen trascendido a terceros, netos de su efecto impositivo. Estas últimas eliminaciones deben efectuarse en la proporción correspondiente a la participación de la empresa tenedora en la emisora.
b) Adicionalmente, debe considerarse si procede la imputación total o parcial a resultados de la diferencia entre el valor patrimonial a la fecha de compra y el valor patrimonial calculado a la misma fecha sobre el patrimonio neto contable de la sociedad emisora. c) En los casos en que se prevean transferencias de ganancias de la sociedad emisora a la inversora deberá computarse el efecto impositivo que pudiera corresponderle; del mismo modo deberá procederse con cualquier impuesto sobre los beneficios impositivos no distribuidos en caso que existiere. d) Las operaciones de la sociedad emisora u otros hechos que afectaren el total de su patrimonio neto sin incidir en resultados, deben considerarse en los estados contables de la inversora con igual sentido. e) Los dividendos en efectivo o en especie no implican resultados para la empresa inversora, toda vez que ellos reducen el valor patrimonial proporcional de la inversión. f) Las capitalizaciones de ganancias y de otros saldos integrantes del patrimonio neto de la sociedad emisora, no lo modifican cuantitativamente y, en consecuencia, no requieren registro contable alguno en la empresa inversora. g) El valor llave positivo o negativo que se hubiere reconocido con motivo de la inversión será tratado de acuerdo con la RT18.
Valuación del VPP en el momento de la venta Puede ocurrir que la controlante decida la venta parcial o total de la inversión. 1)
Frente a la liquidación parcial de la inversión puede suceder:
a)
Que se continúe manteniendo el control o la influencia significativa. En estos casos la inversión continuará valuándose a su VPP, dándose de baja la parte de acciones vendidas. El resultado de la venta de una inversión valuada por el método del valor patrimonial proporcional se determinará deduciendo del precio de venta el valor en libros de la inversión, corregido en su caso por el valor llave y los saldos de las cuentas de patrimonio neto vinculadas a la inversión.
b)
La pérdida de control o influencia significativa, será necesario discontinuar la aplicación del método VPP, valuándose el saldo de la tenencia al método de costo más dividendos. También será necesario eliminar el saldo que pudiera existir imputado como valor llave positivo.
2)
De producirse la venta total, se deberá dar de baja la inversión permanente que se vende y cancelar el valor llave positivo, si existiera.
Participaciones permanentes en otras sociedades, donde no se posee control, control conjunto ni influencia significativa Cuando no se ejerza control, control conjunto o influencia significativa la participación permanente en otros entes se valuará teniendo en cuenta: a)
la medición contable de la participación se hará a su costo;
b)
los dividendos en efectivo o especie se reconocerán en el período de su declaración y se asignarán así:
1)
2) c)
la porción originada en resultados devengados por la sociedad emisora antes de la adquisición de las participaciones se deducirá del costo de la inversión; el resto se imputará al resultado del período; la recepción de acciones con motivo de capitalizaciones de ganancias (“dividendos en acciones”) o de cualquier rubro del patrimonio no dará lugar a cambio alguno en la medición contable de la participación. A efectos de determinar si los dividendos declarados con posterioridad a la fecha de la adquisición corresponden a resultados devengados antes de dicha fecha, se presume admitiendo prueba en contrario (por ejemplo: una decisión de la asamblea de accionistas de la sociedad emisora basada en la política habitual de distribución de dividendos), que si los resultados no asignados incluyen ganancias netas devengadas a partir de la fecha de adquisición, son estas ganancias las que se distribuyen en primer término.
Método del costo mas dividendos Se basa en valuar la tenencia de acciones a su valor de costo, este valor se mantiene sin modificación en el patrimonio del ente inversor salvo que se produzcan pérdidas importantes y permanentes en los resultados del ente emisor, lo que obligaría a ajustar el valor de costo que fuera reconocido en el momento de la compra de la inversión. Las utilidades realizadas no modifican la valuación de la tenencia de acciones de la inversora. Recién se refleja en los resultados de la inversora una ganancia del período cuando la emisora resuelve declarar y pagar dividendos. La valuación con este método conlleva el reconocimiento de resultados en los períodos en que se toman determinadas decisiones societarias, lo que lo acerca al criterio de lo percibido.
8) Tratamiento del valor llave Las llaves de negocio (positivas o negativas) que resulten de la adquisición de acciones en otras sociedades, se incluyen en este rubro, formando parte de la inversión. Ver Punto 14.2
9) Previsiones aplicables al rubro inversiones Se pueden crear cuando se prevén desvalorizaciones en las acciones. Se denomina previsión para fluctuaciones y desvalorizaciones de acciones, su naturaleza es patrimonial del activo con saldo acreedor. Si se producen pérdidas, estas son absorbidas por la previsión creada. Se registra: Previsión Valor Llave Acciones a Acciones
Si se produce una pérdida que no puede ser absorbida totalmente por la previsión se registra:
Previsión Valor Llave Acciones Resultado por Inversión a Acciones
10) Análisis de casos especiales Cuando ya existan inversiones anteriores y mediante nuevas adquisiciones o por otras razones se presente una situación tal que justifique la utilización del método VPP, este deberá ser aplicado no solo a la nueva inversión sino también a las anteriores para lo cual se deberá: 1)
Calcular su VPP al momento en que el método debe comenzar a ser aplicado
2)
Determinar la diferencia entre el importe anterior y el que aparece en los registros contables
3)
Analizar la naturaleza de dicha diferencia y ajustar el monto de las inversiones siguiendo las siguientes pautas:
a)
El mayor o menor valor de la inversión originado en los resultados de la empresa emisora generados desde la fecha de adquisición original debe tener como contrapartida un resultado del ejercicio o un ajuste de resultados anteriores, según corresponda.
b)
Si parte de la diferencia se originase en las situaciones previstas, deberán tenerse en cuenta las pautas allí establecidas. Si como consecuencia de una venta parcial o por otra circunstancia desaparecieran los factores que justifican la aplicación del método, deberá discontinuarse su aplicación. La medición contable a la fecha de la discontinuación pasará a considerarse como una medición que emplea valores históricos. Utilizar el criterio cuando no se ejerza control, control conjunto o influencia significativa.
Valor Recuperable de las Inversiones en otros entes Es de muy difícil cálculo. Quizá por esto, suele aceptarse el criterio de considerar que la mayor expresión de dicho VR es su VPP. Sin embargo no debe descartarse la posibilidad de que la inversión sea total o parcialmente irrecuperable y que su VR este por debajo de su VPP. En este caso como VR debería tomarse lo que se espere recuperar a través de la venta de la inversión o como consecuencia de la liquidación del ente en el cual se participa.
Para evaluar la necesidad de computar una desvalorización que lleve la inversión por debajo del VPP debían tenerse en cuenta estas pautas: 1)
la imposibilidad por parte de la emisora para mantener su capacidad de generación de ingresos
2)
la existencia de pérdidas ordinarias recurrentes
3)
la baja significativa de la cotización de sus acciones en los mercados de valores
UNIDAD 14: ACTIVOS INTANGIBLES
Son aquellos representativos de franquicias, privilegios u otros similares, incluyendo los anticipos por su adquisición; que no son tangibles ni derechos contra terceros, y que expresan un valor cuya existencia depende de la posibilidad futura de producir ingresos, incluyen derechos de propiedad intelectual, patentes, marcas, licencia, gastos de organización preoperativos, gastos de desarrollo, etc. Se caracterizan por: a)
se emplean continua o repetidamente en la actividad principal del ente
b)
tiene una capacidad de servicio que no se agota ni consume con el primer empleo
c)
mientras están en uso no se transforman en otros bienes ni están destinados a la venta. Los activos intangibles están formados por: 1) Cargos diferidos: son activos creados por la empresa a modo de regularizadoras de los resultados del ejercicio o período. Son gastos ya erogados, pero que se los activará y amortizará en períodos futuros en los que se espera que serán capaces de producir beneficios. Está compuesto por:
a)
Costos de organización y reorganización: son gastos incurridos por la empresa para constituirse, pero que servirán para el desarrollo de sus actividades futuras; los de reorganización son los que surgen debido a una reestructuración total o parcial del ente.
b)
Costos preoperativos: con ciertos gastos incurridos hasta la puesta en marcha de la actividad de la empresa.
c)
Gastos de desarrollo: son gastos que se generan al elaborar nuevos productos o por la utilización de nuevos productos o por la utilización de nuevos procesos industriales. 2) Bienes inmateriales: son aquellos bienes no corpóreos, invisibles cuya vida es mas o menos prolongada, pero que se transforman en gastos en el transcurso de un número determinado de años. Son privilegios que los entes o las personas individuales poseen sobre algún hecho o actividad respecto de su uso o ejercicio exclusivo. Esta compuesto por: patentes, marcas y nombres, franquicias, concesiones o licencias, derechos de autor y propiedad literaria, llave de negocio.
1) Clasificación de los distintos activos intangibles A los fines contables resultan útiles las clasificaciones de los intangibles que se basan en: a)
la posibilidad de comercializarlos separadamente del resto de los activos.
b)
las restricciones temporales a la exclusividad de su utilización.
c)
su forma de incorporación al activo. Según la posibilidad de venderlos separadamente: son vendibles y tienen valor de cambio individual las patentes , procesos secretos, marcas, nombres asimilables, concesiones o franquicias, derechos al uso del software, derechos de edición, derechos de autor e investigaciones y desarrollos de procesos. Y dada su naturaleza no los tienen los costos vinculados con ingresos futuros y el valor que solo puede enajenarse junto con la empresa. Según las restricciones a su utilización puede diferenciarse entre: a) bienes de utilización restringida por ley o contrato (una patente, el derecho de edición, una franquicia por tiempo determinado) o b) bienes de utilización no restringida por ley o contrato (un proceso secreto, el derecho perpetuo a la utilización del software, el valor llave). Según su forma de incorporación pueden clasificarse en: adquiridos o desarrollados por el ente.
2) Llave de negocio Es el valor actual de las superutilidades futuras mas probables. La llave representa un conjunto de recursos intangibles y la capacidad del ente de obtener ganancias superiores a las normales. Esos recursos intangibles dan al ente ventajas comparativas, pero no es imprescindible que las mismas lo sean respecto de otros de similares características. Podría tratarse de una empresa que sea única que actúe en el ramo, con una estructura industrial, comercial y financiera no similar a otras compañías y que no obstante haya generado llave. Se reconoce contablemente la llave de negocio cuando existe una transacción comercial previa, y se pago por ella. Esto ocurre al adquirirse la totalidad de un fondo de comercio o al momento de adquirirse todo o parte del paquete accionario de un ente, valuándose a su VPP. Hay acuerdo en considerar que una empresa posee un valor llave cuando tiene alguna ventaja comparativa sobre otras en cuyo caso: a)
se espera que la rentabilidad ordinaria de su patrimonio este por encima de lo que podría considerarse como normal.
b)
Debería haber interesados en pagar por la empresa una suma superior a la resultante de la suma algebraica de las valuaciones de: los activos identificables, los costos imputables contra ingresos futuros, los pasivos, la participación de los accionistas minoritarios sobre el patrimonio de las sociedades controladas. Las ventajas comparativas podrían resultar de factores como este:
a)
su reputación
b)
su localización estratégica
c)
la exclusividad en la utilización de algunos intangibles
d)
la clientela
e)
la eficacia de su organización
f)
la inteligencia y capacidad de sus gerentes
g)
las buenas relaciones con el personal
La llave de negocio (positiva o negativa) sólo se reconocerá en los casos de adquisiciones. No se reconocerán la llave autogenerada ni los cambios en el valor de la llave adquirida que fueren causados por el accionar de la administración del ente o por hechos del contexto. La medición contable de la llave de negocio positiva se efectuará a su costo original menos su depreciación acumulada y menos las desvalorizaciones que correspondiere reconocer por aplicación de las comparaciones con valores recuperables. Tanto dicha medición original como su depreciación acumulada deberán ser: a) revisadas si con posterioridad a la fecha de una adquisición se efectuasen ajustes al costo de adquisición contabilizado por la adquiriente o a las mediciones originales de los activos y pasivos incorporados.
b) reducidas si con posterioridad a la fecha de una adquisición se obtuviesen beneficios utilizando activos por impuestos diferidos provenientes del ente adquirido que no hubieran sido reconocidos como activos por la adquiriente. La depreciación de la llave positiva se calculará sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil, la cual debería representar la mejor estimación del período durante el cual se espera que el ente reciba beneficios económicos provenientes de la llave. Para la estimación de la vida útil se considerarán, entre otros factores: a)
la naturaleza y vida previsible del negocio adquirido;
b)
la estabilidad y vida previsible del correspondiente ramo de la industria;
c)
la información pública sobre las características de la llave en negocios o industrias similares y sobre los ciclos de vida de negocios similares;
d)
los efectos que sobre el negocio adquirido tengan la obsolescencia de productos, los cambios en la demanda y otros factores económicos;
e)
las expectativas que puedan existir acerca del manejo eficiente del negocio por parte de un grupo gerencial distinto al actual;
f)
la factibilidad de mantener el nivel de desembolsos necesario para la obtención de los futuros beneficios económicos por parte del negocio adquirido;
g)
las acciones esperadas por parte de competidores actuales o potenciales;
h)
el período de control sobre el negocio adquirido y las disposiciones legales o contractuales que afecten su vida útil.
Se presume, admitiendo prueba en contrario, que la vida útil de la llave no supera los veinte años a partir del momento de su reconocimiento inicial. En el caso de considerarse una vida útil superior a la indicada, la comparación anual con el valor recuperable de la llave deberá hacerse cada vez que se preparen estados contables. La depreciación se computará por el método de la línea recta, salvo que exista evidencia demostrativa de la existencia de otro método que sea más adecuado en las circunstancias. La medición contable de la llave de negocio negativa se efectuará a su medición original menos su depreciación acumulada. Tanto la medición original como su depreciación acumulada deberán ser revisadas si con posterioridad a la fecha de una adquisición se efectuasen ajustes al costo de adquisición contabilizado por la adquiriente o a las mediciones originales de los activos y pasivos incorporados. La porción de la llave negativa que se relacione con las expectativas de pérdidas o gastos futuros esperados de un ente adquirido, que no haya correspondido reconocer como pasivos a la fecha de la adquisición y que pueda ser determinada de manera confiable a dicho momento, se reconocerá en resultados en los mismos períodos a los que se imputen tales quebrantos o gastos. Si estos no se produjesen en el período esperado, se aplicará la norma del párrafo siguiente. El resto de la llave negativa se reconocerá en resultados de forma sistemática, a lo largo de un período igual al promedio ponderado de la vida útil remanente de los activos de la sociedad emisora que estén sujetos a depreciación.
3) Patentes Representan un derecho exclusivo otorgado a un inventor que patenta un descubrimiento, fórmulas, procedimientos, etc. a su nombre. La inscripción puede otorgar su uso en exclusividad al ente que la patentó o su cesión a terceros mediando el cobro de regalías o por su venta. El valor de la patente esta estrechamente asociado a su capacidad de producir ingresos y esa inscripción podrá ser por un plazo legal limitado o no. Finalizado el plazo de protección, los conocimientos patentados pueden ser empleados por cualquier persona. Tiene una vida limitada generalmente de 15 años y es renovable por otro período. Terminado dicho lapso cualquiera puede fabricar el producto patentado o aplicar el método patentado.
4) Marcas y Nombres Pueden estar representados por nombres de fantasía que identifican el o los productos comercializados por el ente. En la mayoría de los países, las marcas se inscriben en registros especiales, otorgando al ente el derecho a su uso exclusivo durante cierto lapso, generalmente renovable. En caso de que esta inscripción fuera sin límite, su vida legal sería indeterminada. Hay que destacar que poseer una fuerte imagen de marca no solo da prestigio y poder entre los consumidores, sino que es, a lo largo de los años, una de las variables que aportan mayor rentabilidad. Es por ello que debe considerarse a las marcas como activos rentables y duraderos de las empresas. Se contabilizan por el importe de sus gastos legales y de inscripción, dibujos y diseños.
5) Concesiones
Las concesiones o franquicias otorgan a sus adquiriente derechos de explotación durante un período limitado o ilimitado. Los precios de las concesiones pueden consistir en sumas fijas en porcentajes sobre ingresos o resultados o en combinaciones de las variantes anteriores. Integran su costo los gastos legales y la inscripción y otros que hubiera en la obtención de los mismos.
6) Propiedad intelectual Un contrato de edición otorga a una persona la exclusividad de editar una obra, exigiendo como contraprestación al editor el pago de derechos de autor. Dichos derechos pueden consistir en sumas fijas de dinero u otras relacionadas con el número de unidades editadas o vendidas. En el caso de derechos de autor, la propiedad de estos es adquirida y se autoriza al adquiriente su edición en el futuro sin limitación alguna y hasta en algunas oportunidades a revender dichos derechos.
7) Gastos de organización y reorganización Los gastos de organización consisten en egresos incurridos que no volverán a repetirse. Luego, al cierre del ejercicio, solo se reexpresan a moneda de ese momento. Ejemplo: una campaña de publicidad., derechos de patentes, etc. Son los costos para lograr la constitución de un nuevo ente y darle existencia legal. Los gastos de reorganización son aquellos en que incurre una empresa cuando decide reorganizar un sector de la misma o una línea de actividades. Ejemplo: el sistema contable administrativo que se llevaba en forma manual, ahora pasa a llevarse por medio de computadoras. Estas erogaciones en que se ha incurrido, como los honorarios del o de los profesionales que intervinieron en el contrato de constitución de la sociedad y su inscripción en registros legales. Y costos preoperativos, poseen la característica de beneficiar ejercicios futuros. Es por ello que son considerados activos y clasificados dentro de los bienes no identificables por cuanto no poseen valor de cambio y su utilidad económica depende de la continuidad del ente como empresa en marcha.
8) Gastos preoperativos Son los gastos incurridos hasta que la empresa ente en marcha y que por su naturaleza sean capaces de prestar algún servicio futuro al ente en cuestión siempre que sean costos directos de la nueva sociedad y no se incorporen en el costo de los bienes de uso.
9) Amortizaciones Para el cómputo de depreciaciones se considerarán, respecto de cada bien: a)
su costo;
b)
su naturaleza y forma de explotación;
c)
la fecha de comienzo de su utilización o la que evidencie su pérdida de valor, que es el momento a partir del cual deben computarse depreciaciones;
d)
si existen evidencias de pérdida de valor anteriores a su utilización, caso en el cual debe reconocérselas;
e)
la capacidad de servicio estimada del bien, dada por:
1)
las unidades de producción a ser obtenidas empleando el activo; o
2)
el período durante el cual se espera utilizarlo;
f)
la existencia de algún plazo legal para la utilización del bien, que marcará el límite de su capacidad de servicio, excepto cuando el plazo fuera renovable y la renovación fuese virtualmente cierta;
g)
el valor neto de realización final estimado del bien, que sólo se considerará cuando:
1)
un tercero se haya comprometido a adquirir el bien a la finalización de su vida útil; o
2)
pueda fijárselo por referencia a precios de un mercado activo y transparente para el tipo de bien y sea probable que ese mercado siga existiendo a la finalización de la vida útil del bien;
h)
la capacidad de servicio ya utilizada. La depreciación se asignará a los períodos de la vida útil del bien sobre una base sistemática que considere la forma en que se consumen los beneficios producidos por el activo. Si esto no fuese posible, se aplicará el método de la línea recta. Se presume, admitiendo prueba en contrario, que la vida útil de un intangible no supera los veinte años. La consideración de una vida útil estimada superior a la indicada conlleva la obligación de estimar el valor recuperable del intangible al cierre de cada ejercicio económico, aunque no exista ningún indicio de su desvalorización. A los fines del cálculo de las depreciaciones, se presume sin admitir prueba en contrario que la vida económica de los costos de organización y costos preoperativos no es superior a los cinco años. Si apareciesen nuevas estimaciones debidamente fundadas de la capacidad de servicio de los bienes, de su valor recuperable final o de cualquier otro elemento considerado para el cálculo de las depreciaciones, las posteriores a la fecha de exteriorización de tales elementos deberán ser adecuadas a la nueva evidencia. Deben computarse amortizaciones para reflejar las pérdidas de valor que sufren los intangibles activados. Por supuesto no todo intangible pierde valor. Existen guías específicas para amortizar diversos intangibles: Procesos secretos y patentes: distribuir su costo entre las unidades que se espera producir antes de su reemplazo u obsolescencia. En el caso de los procesos patentados cuidar que el plazo de depreciación no supere la protección legal. Marcas, nombres comerciales, concesiones y franquicias perpetuas: mientras la posibilidad de utilización exclusiva sea perpetua, la única razón para su desvalorización es la eventual pérdida de su capacidad de generación de ingresos.
Concesiones y franquicias por tiempo determinado: amortizar su costo dentro de su vida legal o en un plazo mas corto, lo que resulte mas representativo de su utilidad económica. Derecho al uso de software: considerar el período de uso esperado antes de su reemplazo. Dado el continuo avance tecnológico deberían considerarse lapsos de depreciación cortos. Derechos de edición: los pagaderos sobre la base de las unidades producidas deberían incorporarse directamente al costo de producción del número de unidades convenido. Los pagaderos sobre las ventas deberían imputarse en los períodos en que se las reconoce como ingresos. Derechos de autor: es razonable que su amortización se compute sobre la base de la cantidad de ejemplares que se espera producir y vender. Investigaciones y desarrollos en procesos: tal como sucede con las obras en curso, normalmente no debería computarse depreciación alguna. Sin embargo, deberían darse de baja los costos de las investigaciones y desarrollos con poca probabilidad de éxito. Costos de organización, otros preoperativos y d reorganización: no pudiéndoselos relacionar con ingresos específicos, el plazo de depreciación debe necesariamente ser arbitrario. En la Argentina existe la costumbre de hacerlo linealmente en cinco años. Campañas publicitarias: Parece razonable una cuota de depreciación decreciente. 10) Gastos adelantados y cargos diferidos
Los gastos adelantados son aquellos que contablemente todavía no se han consumido, se reflejan como un activo pero que corresponde al rubro créditos. Por ejemplo los seguros pagados por adelantado. Los cargos diferidos son gastos cuya incidencia van a abarcar mas de un período, son gastos abonados por adelantado. Por ejemplo los anticipos de impuestos, los quebrantos extraordinarios, etc. Los gastos imputables contra ingresos futuros forman parte de los que algunos denominan cargos diferidos. Incluyen costos como los incurridos: a)
durante la etapa preoperativa de una empresa incluyendo los costos de organización
b)
para desarrollar o adquirir sistemas administrativos utilizables durante varios períodos
c)
con motivo de reorganización conducente al incremento de los ingresos futuros
d)
en el lanzamientos de campañas de publicidad, siempre que ellas tengan capacidad para generar ventas. Estos costos no pueden venderse separadamente y solo pueden tener valor mientras el ente funcione. En general se considera que la etapa preoperativa de una empresa o de un segmento de ella finaliza con su puesta en marcha. No deberían considerarse activos los costos en publicidad que no puedan vincularse claramente con ingresos futuros, como la institucional o la dirigida al mero mantenimiento de la demanda de los productos vendidos.
Valuación de Activos Intangibles Su medición contable se efectuará al costo original menos la depreciación acumulada.
Los activos intangibles adquiridos y los producidos sólo se reconocerán como tales cuando: a) pueda demostrarse su capacidad para generar beneficios económicos futuros; b) su costo pueda determinarse sobre bases confiables; c) no se trate de: 1)
costos de investigaciones efectuadas con el propósito de obtener nuevos conocimientos científicos y técnicos o inteligencia;
2)
costos erogados en el desarrollo interno del valor llave, marcas, listas de clientes y otros que, en sustancia, no puedan ser distinguidos del costo de desarrollar un negocio tomado en su conjunto (o un segmento de dicho negocio);
3)
costos de publicidad, promoción y reubicación o reorganización de una empresa.
4)
costos de entrenamiento (excepto aquellos que por sus características deben activarse en gastos preoperativos). En tanto se cumplan las condiciones indicadas en a) y b), podrán considerarse intangibles a las erogaciones que respondan a:
activos
a) costos para lograr la constitución de un nuevo ente y darle existencia legal (costos de organización) b) costos que un nuevo ente o un ente existente deban incurrir en forma previa al inicio de una nueva actividad u operación (costos preoperativos), siempre que: 1)
sean costos directos atribuibles a la nueva actividad u operación y claramente incrementales respecto de los costos del ente si la nueva actividad u operación no se hubiera desarrollado; y
2)
no corresponda incluir las erogaciones efectuadas como un componente del costo de los bienes de uso. En el caso de los costos erogados por la aplicación de conocimientos a un plan o diseño para la producción de materiales, dispositivos, productos, procesos, sistemas o servicios nuevos o sustancialmente mejorados, la demostración de la capacidad de generar beneficios económicos futuros incluye la probanza de la intención, factibilidad y capacidad de completar el desarrollo del intangible. Los costos cargados al resultado de un ejercicio o período intermedio por no darse las condiciones indicadas no podrán agregarse posteriormente al costo de un intangible. Los costos posteriores relacionados con un intangible ya reconocido sólo se activarán sí: a) puede probarse que mejorarán el flujo de beneficios económicos futuros; y b) pueden ser medidos sobre bases fiables.
Valores recuperables de los activos intangibles Dado su destino económico previsible, sería razonable considerar que el valor recuperable de un intangible es su valor de utilidad económica, que surge de considerar:
a)
los ingresos futuros que provocará el empleo futuro de los bienes
b)
los costos adicionales necesarios para obtener tales ingresos Sin embargo se suelen aceptar el empleo del mayor importe entre el valor de utilidad económica y el valor neto de realización, lo que responde al criterio del empleo alternativo mas rentable, que muy raramente se concreta en la práctica. Como valor recuperable de los intangibles no afectados a las operaciones y con valor de cambio debería tomarse su valor neto de realización. El valor recuperable de un valor llave depende de la capacidad de obtener superganancias futuras en relación con el negocio al cual la llave se refiere.
UNIDAD 15: FINANCIACIÓN AJENA
Los compromisos ciertos son aquellos obligaciones contraídas por el ente a favor de un tercero, dicho pasivo se representa jurídicamente como consecuencia del compromiso que se contrae de entregar una suma de dinero, bienes o de prestar servicios. Por otra parte no se debe desconocer la existencia de obligaciones a favor de terceros respecto de la entrega de algún bien en el futuro, a cambio del adelanto de dinero afectuado, en el presente por un cliente. Esos compromisos serán liquidados en el futuro, pero pueden llegar a realizarse bajo otra modalidad, en forma de suministro de bienes o prestaciones de servicios, incluyendo la posibilidad de permitir la utilización de bienes (alquileres cobrados por adelantado). Los elementos patrimoniales que integran el rubro son: 1)
Saldos a pagar sumas de dinero en cuenta corriente neto de intereses no devengados en pesos y en moneda extranjera.
2)
Saldos a pagar sumas de dinero documentados neto de intereses devengados en pesos y en moneda extranjera.
3)
Saldos a pagar a instituciones financieras u otros entes originados en préstamos otorgados por aquellos.
4)
Remuneraciones a los directores y síndicos del ente y otros profesionales, pendientes de cancelación.
5)
Adelantos recibidos de clientes por bienes o servicios pendientes de entrega.
6)
Conceptos que representan utilidades futuras aun no devengados a la fecha de cierre del ejercicio.
7)
Saldos a pagar como contraprestación de servicios recibidos y los importes correspondientes a saldos por deudas del ente con organismos recaudadores fiscales, previsionales y de obras sociales.
8)
Utilidades cuya distribución en efectivo o en especie excepto acciones propias aprobara la asamblea de accionistas del ente y que se encuentran pendientes de cancelación.
9)
Todo otro concepto que signifique importes devengados a la fecha de cierre del ejercicio Los pasivos pueden clasificarse según:
1)
Su exigibilidad: hasta un año de plazo o a mas de un año.
2)
Su origen: comerciales, bancarias, financieras, otras.
3)
Su naturaleza: con garantía y sin garantía. Además puede ser: Ciertos: son aquellos registrados a través de un comprobante (revelación explícita). Inciertos: son aquellos que están latentes y que se pueden manifestar en cualquier momento, es por ello que se crean a través de las previsiones. Corrientes: son las deudas que vencen dentro del término de un año. Incluye a proveedores, efectos a pagar y otras cuentas. Las deudas con proveedores esta formada por facturas y notas de débito cuyos importes se adeudan por mercancías o servicios. Los efectos a pagar son las letras aceptadas por compra de mercaderías y en pagares otorgados por igual compra. También incluyen otras cuentas como jornales retenidos, dividendos a pagar, giros en descubierto, etc. No Corrientes: son las deudas cuya fecha de vencimiento es a mas de un año del cierre del balance y cuyo término exigible es mayor que el de las obligaciones corrientes. Tratándose de obligaciones a mediano o largo plazo es común que los acreedores exijan cierto tipo de garantía. Es habitual que se adopten figuras jurídicas casi exclusivas para este tipo de pasivo.
Valuación Inicial Se los medirá con base en los correspondientes precios de compra para operaciones de contado, si existieran operaciones efectivamente basadas en ellos. Si no se presentase esta última condición, el precio de contado será reemplazado por una estimación basada en el valor descontado —a la fecha de la operación—del importe futuro a entregar. A este efecto, se utilizará una tasa de interés que refleje las evaluaciones que el mercado hace del valor tiempo del dinero y de los riesgos específicos de la operación, correspondiente al momento de la medición. En los casos de cuentas a ser pagadas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de la transacción. Optativamente, podrá aplicarse el segundo párrafo de la sección 4.6 (Componentes financieros implícitos).
Pasivos en moneda
Para estos pasivos se considerará la posibilidad e intención de cancelación anticipada.
Si el ente no estuviera en condiciones de cancelar el pasivo con anticipación o no tuviera la intención de hacerlo, su medición contable se efectuará considerando: a) la medición original del pasivo; b) la porción devengada de cualquier diferencia entre ella y la suma de los importes a pagar a sus vencimientos, calculada exponencialmente con la tasa determinada al momento de la medición inicial sobre la base de ésta y de las condiciones oportunamente pactadas; c) los pagos efectuados. Esta medición podrá obtenerse mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originará el pasivo, utilizando la tasa determinada al momento de la medición inicial.
En caso de existir cláusulas de actualización monetaria o de modificaciones de la tasa de interés, se considerará su efecto. En los casos de cuentas a ser pagadas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, los cálculos indicados deben ser efectuadas en ella y los importes así obtenidos deben ser convertidos a moneda argentina al tipo de cambio de la fecha de los estados contables. Si el ente estuviera en condiciones financieras de cancelar anticipadamente la deuda y hechos anteriores o posteriores a la fecha de cierre de los estados contables revelaran su conducta o modalidad operativa en ese sentido, la medición contable del pasivo se efectuará al valor descontado de la deuda, calculado con la tasa que el acreedor aceptaría para recibir su pago anticipado.
Otros pasivos en moneda Si el ente estuviera en condiciones financieras de cancelar anticipadamente la deuda y hechos anteriores o posteriores a la fecha de cierre de los estados contables revelaran su conducta o modalidad operativa en ese sentido, la medición contable del pasivo se efectuará al valor descontado de la deuda, calculado con la tasa que el acreedor aceptaría para recibir su pago anticipado. En la medición de las contingencias y de los pasivos por impuestos diferidos y por planes de pensiones, en cada fecha de cierre de los estados contables, se está realizando una nueva medición, por lo que corresponde aplicar la tasa del momento de la medición. En los restantes casos, su medición contable se efectuará sobre la base de la mejor estimación posible de la suma a pagar, descontada usando: a) la tasa aplicada en la medición inicial; o b) la tasa que hubiera correspondido usar, si el descuento inicial no se hubiera efectuado por haberse seguido el criterio alternativo admitido en el último párrafo de la sección 4.5.9 (Otros pasivos en moneda). En un contexto de estabilidad monetaria, en los términos de la sección 3.1 (Expresión en moneda homogénea), las sumas a pagar cuyo vencimiento se produzca dentro de los doce meses de la fecha de los estados contables, podrán no descontarse, en cuyo caso deberá
optarse por el mismo criterio en la medición de los créditos tratados en la sección 5.3 (Otros créditos en moneda). Debe practicarse una nueva evaluación de los hechos futuros que inciden sobre su medición, en tanto exista evidencia suficiente y objetiva de que ellos ocurrirán. Cuando no pueda determinarse objetivamente el momento en que se cancelarán los pasivos, se considerará el plazo más probable, y si ninguna estimación de plazo es la más probable, se tomará la de menor plazo. En los casos de cuentas a ser pagadas en moneda extranjera o en su equivalente en moneda argentina, sus importes se convertirán a moneda argentina al tipo de cambio de los estados contables.
Obligaciones no cancelables en moneda Cuando la obligación consista en entregar bienes que se encuentren en existencia o puedan ser adquiridos, se computarán al costo de cancelación de la obligación.
El costo de cancelación de una obligación de entregar bienes existentes es la suma de la medición contable asignada a dichos bienes y de los costos adicionales necesarios para poner los bienes a disposición del acreedor. El costo de cancelación de una obligación de entregar bienes adquiribles en el mercado es la suma de su costo de adquisición a la fecha de la medición y de los costos adicionales necesarios para poner los bienes a disposición del acreedor. Para las obligaciones de entregar bienes que deban ser producidos o de prestar servicios, se tomará el importe mayor entre las sumas recibidas y el costo de cancelación de la obligación. El costo de cancelación de una obligación de entregar bienes a producir es la suma de su costo de producción a la fecha de la medición y de los costos adicionales necesarios para poner los bienes a disposición del acreedor. El costo de cancelación de una obligación de prestar servicios es su costo de producción a la fecha de la medición.
Deudas por monto indeterminado Si el monto es indeterminado, lo correcto sería no registrarlas, sino exponerlas en notas a los estados contables cuando son probables pero su monto no se puede cuantificar.
Pasivo eventual o contingente Una previsión es la expresión contable de una contingencia negativa, de un hecho incierto al momento de la confección del informe contable , que en caso de ocurrir en el futuro, originaria
una variación patrimonial modificativa negativa y su comportamiento en este caso un aumento del pasivo. Al confeccionar los informes contables estos deben considerar dichos hechos eventuales y de verificarse las siguientes condiciones en forma conjunta: 1)
Existencia de un alto grado de posibilidad de ocurrencia en el futuro de un hecho que se tipifico como incierto en el presente.
2)
Cuantificación objetiva del impacto que ese hecho puede generar en el futuro.
3)
Ocurrencia del hecho sustancial que origina tal incertidumbre, con anterioridad a la fecha de cierre del ejercicio. Se deberá proceder a su reconocimiento patrimonial con incidencia sobre los resultados. Entre los tipos de previsiones encontramos:
1)
Pérdida por fuego, explosión, etc.: medir la ocurrencia de tal posibilidad es remota, ya que no se sabe su ocurrencia. Solo es posible conocer los daños una vez que los mismos se han producido y se ha convertido en una pérdida.
2)
Litigios pendientes o posibles: para proceder a la medición de la misma habrá que ponderar adecuadamente los riesgos vinculados con la misma, la posibilidad de concreción y determinar el valor a asignar. Habría que consultar con el asesor legal si el cree conveniente crear una previsión.
3)
Garantía o defecto de los productos: es le caso de las empresas que venden bienes y otorgan ciertas garantías futuras. Para medirla adecuadamente es necesario recurrir a la experiencia anterior de la empresa a efectos de tener una adecuada base de medición. Esta contingencia debe ser expuesta en el pasivo integrando el rubro previsiones.
4)
Catástrofes: la posibilidad de ocurrencia es remota y la posibilidad de conocer cuando ocurrirá lo es mas aún. Proceder a la medición objetiva sería absurdo.
5)
Indemnización por despidos: la previsión para despidos debe ser tratada como cualquier otra contingencia. Para medirla debe b asarse en su experiencia.
6)
Indemnización por accidente de trabajo: proceder a su cuantificación sería algo sumamente subjetivo, es recomendable no constituir previsión para este tipo de riesgo. Se considerarán en la medición del patrimonio y la determinación de resultados los efectos de todas las contingencias favorables o desfavorables que deriven de una situación o circunstancia existente a la fecha de cierre de los estados contables y que reúnan los siguientes requisitos: a) un grado elevado de probabilidad de ocurrencia o materialización del efecto de la situación contingente
b) cuantificación apropiada de sus efectos. La existencia de un grado elevado de probabilidad de ocurrencias debe quedar apropiadamente fundada en las cualidades generales de la información contable. De dicha fundamentación se dejará detallada constancia en notas aclaratorias o complementarias a los informes contables, así como de las bases sobre las que se efectuó la cuantificación de los efectos derivados de las referidas contingencias.
Las contingencias remotas no deben ser contabilizadas ni requieren ser expuestas en notas a los estados contables. Las contingencias probables no cuantificables obviamente no pueden contabilizarse, pero sí deben ser expuestas en notas a los estados contables. También deben exponerse en notas las contingencias que no son ni probables ni remotas.
UNIDAD 16: FINANCIACIÓN PROPIA
El patrimonio neto es igual al activo menos el pasivo y en los estados consolidados menos la participación minoritaria. Incluye a los aportes de los propietarios y los resultados acumulados. Se expone en una línea y se hace referencia al estado de evolución del patrimonio neto. El patrimonio neto representa la fuente de financiación propia de la entidad y refleja los compromisos de aportes, los aportes efectivamente realizados y los aportes irrevocables de los propietarios, la capitalización, los resultados asignados, saldos reservados y los resultados no asignados provenientes de ejercicios anteriores y del ejercicio. Los socios pueden resolver que los resultados no asignados se repartan o bien que se reinviertan en la empresa, manteniéndolos bajo la forma de reservas. Las reservas son beneficios retenidos en la compañía con un destino específico. En algunos casos la constitución de reservas surge de disposiciones de la ley o del contrato o estatuto social. Estas reservas son llamadas obligatorias; la creación de otras reservas y su destino dependen en cambio, exclusivamente, de la voluntad de los socios o dueños. Estas reservas son denominadas facultativas o libres.
1) Externa o interna La financiación interna se produce cuando la empresa se puede financiar sin la generación de nuevos aportes genuinos, sino que lo hace a través de las ganancias reservadas y resultados no asignados. La financiación externa es aquella que surge cuando el ente recurre para financiarse a una suscripción de acciones o a un aporte irrevocable para futuras suscripciones. Cuando estamos ante una emisión de acciones existen tres pasos: 1)
Emisión: no merece ningún registro y es el paso en el cual se están confeccionando las acciones.
2)
Suscripción: representa el compromiso que suscriben los accionistas con el ente. Aquí surge el derecho que tiene a cobrar dichos aportes la empresa. Se contabiliza con la cuenta accionistas en el debe y con la cuenta acciones en circulación en el haber.
3)
Integración: en este paso los socios hacen su aporte en efectivo o en especie. Se contabiliza con la respectiva cuenta de caja o de bienes en el debe y la cuenta accionistas en el haber. Los aportes irrevocables para futuras suscripciones representan suscripciones por adelantado que hacen los accionistas cuando la empresa esta ante dificultades económicas, es decir, como el trámite de la emisión lleva su tiempo y la empresa necesita los fondos, se suscribe un convenio entre el ente y los accionistas que tendrá el carácter de irrevocable y por el cual la empresa devolverá dicho aporte con una emisión de acciones. Cuando los socios realizan los aportes se registra la cuanta caja en el debe y la cuenta aportes irrevocables para futuras suscripciones en el haber. Cuando se emiten y se entregan las acciones, es el momento en que el aporte pasa a ser parte del capital se registrará con la cuenta aportes irrevocables para futuras suscripciones en el debe y con la cuenta acciones en circulación en el haber.
La contabilización de los aportes irrevocables para futuras suscripciones de acciones debe basarse en la realidad económica. Por lo tanto, sólo deben considerarse como parte del patrimonio los aportes que: a)
hayan sido efectivamente integrados;
b)
surjan de un acuerdo escrito entre el aportante y el órgano de administración del ente que estipule:
1)
que el aportante mantendrá su aporte, salvo cuando su devolución sea decidida por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del ente mediante un procedimiento similar al de reducción del capital social;
2)
que el destino del aporte es su futura conversión en acciones;
3)
las condiciones para dicha conversión;
c)
hayan sido aprobados por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del ente o por su órgano de administración ad-referéndum de ella. Los aportes que no cumplan las condiciones mencionadas integran el pasivo. Los aportes efectivamente integrados, destinados a absorber perdidas, serán registrados en el patrimonio neto modificando los resultados acumulados, siempre que hayan sido aprobados por la asamblea de accionistas (u órgano equivalente) del ente o por su órgano de administración ad-referéndum de ella.
2) Capital, acciones en circulación y acciones en cartera El capital social es el valor legal del capital emitido por la empresa, de acuerdo con su tipificación jurídica. Según el tipo societario de que se trate, el capital esta constituido por: 1)
Si se trata de una sociedad anónima: por acciones en circulación, las cuales pueden ser ordinarias que poseen voz y voto en las asambleas o preferidas que poseen un dividendo fijo o plurales con mas de un voto.
2)
Si se trata de una sociedad con responsabilidad limitada: por cuotas partes; primero responde con los bienes de la empresa y después con los particulares.
3)
Si se trata de una sociedad en comandita: por capital en comandito Las sociedades pueden ser divididas en dos grandes grupos:
a)
Sociedades de Personas: en estas es necesario individualizar el nombre de los socios para que en el caso de una disolución o liquidación quede establecido en el compromiso inicial que porcentaje aportó cada uno de los socios.
b)
Sociedades de Capital: no es necesario individualizar el nombre de los socios, primero porque sería engorroso registrar todos los accionistas de una sociedad anónima y segundo porque basta con la tenencia de la acción para demostrar que parte del capital tiene cada uno de ellos.
Acciones en Circulación: son las que están suscritas y que circulan entre los accionistas. Son las que están en poder de los socios. El capital de una sociedad anónima se representa en acciones. Por lo tanto, cuando alguien realiza un aporte a una sociedad de capital, recibe títulos que representan un número determinado de acciones, cuya tenencia le da carácter jurídico al socio. Acciones en Cartera: es una opción de compra de las propias acciones de la empresa que esta contemplada en el artículo 220 de la Ley 19550 que dice que una sociedad podrá comprar acciones propias en las siguientes condiciones: 1)
Para cancelarlas y previo acuerdo de reducción de capital.
2)
Excepcionalmente con ganancias realizadas y liquidadas o reservas libres, cuando estuvieron completamente integradas y para evitar un daño grave, lo que será justificado en la próxima asamblea ordinaria.
3)
Por integrar el haber de un establecimiento que adquiere o de una sociedad que incorpora. El primer supuesto corresponde a la reducción de capital con disminución de las acciones en circulación y reembolso a los accionistas. Los otros dos incisos tratan de adquisición de acciones propias pero no a fin de cancelarlas, sino con la intención de mantenerlas transitoriamente en poder de la sociedad para después volver a ponerla en circulación. Adquisición de acciones propias para evitar un daño grave: El inciso 2 del artículo 220 de la ley de sociedades comerciales establece una serie de requisitos con el fin de restringir los casos en que puede procederse a la adquisición de acciones propias:
1)
Que la operación tenga carácter excepcional
2)
Que la compra se efectúe para evitar un daño grave
3)
Que se lleve a cabo con ganancias liquidadas y realizadas o reservas libres
4)
Que las acciones se encuentren totalmente integradas
5)
Que todo lo anterior sea justificado por el directorio ante la siguiente asamblea ordinaria de accionistas. Existen dos alternativas sobre la naturaleza de las acciones propias adquiridas:
1)
Incluirlas entre los activos de la sociedad: no se produce una disminución del patrimonio neto del ente, ya que la registración sería con la cuenta acciones propias del activo en el debe y la cuenta bancos en el haber.
2)
Considerar las acciones propias como una disminución de patrimonio neto: es el criterio ampliamente mayoritario en la doctrina. Los aspectos que influyen en los distintos tratamientos contables son:
a)
En lo que se refiere a la cuenta representativa del capital social, existiendo dos alternativas: imputarlas por el precio efectivamente pagado o hacerlo por su valor nominal.
b)
Con relación a la magnitud del capital en circulación, considerar que la misma no se modifica o bien que el total del capital quedara igual pero a costa de reducir el capital
en circulación e incluir, dentro del capital social, una cuenta representativa de las acciones en cartera. c)
Con respecto a la afectación de las ganancias liquidadas y realizadas existen varias opciones: debitar la cuenta representativa de las mismas, constituir una reserva, desglosar la utilidad no asignada en dos cuentas. Alternativa 1: consiste en debitar la cuenta utilidades no asignadas por el total erogado, simultáneamente, reclasificar el capital social, disminuyendo el importe de las acciones en circulación y aumentando el de las acciones en cartera. La reclasificación del capital en circulación se debe hacer sobre su importe reexpresado.
Utilidades no asignadas a Bancos
Acciones en Circulación Ajuste Integral de Capital a Acciones en Cartera a Ajuste Integral de Acciones en Cartera
Alternativa 2: consiste en disminuir el capital social por el valor nominal de las acciones adquiridas, reexpresando por inflación. Además, corresponde debitar las primas de emisión, si existieran. Si el precio pagado por la acciones propias adquiridas fuera superior a la sumatoria del valor nominal mas el ajuste de capital mas la parte de las primas de emisión, el exceso se debitará a resultados no asignados (o reservas libres). En cambio, si hubiera sido inferior, la diferencia se acreditará a una cuenta que se expondrá en los aportes no capitalizados.
Acciones en Circulación Ajuste Integral del Capital Primas de Emisión Resultados no Asignados a Bancos
Alternativa 3: consiste en debitar una cuenta regularizadora del patrimonio neto por el total abonado por la adquisición de acciones propias. Esto requiere además exponer la restricción a la distribución de ganancias retenidas. Para ello débito la cuenta acciones propias del activo y acredito la cuenta bancos. Adquisición de acciones propias que integran el activo de una sociedad que se incorpora: El inciso 3 del artículo 220 de la Ley 19550 prevé que la sociedad puede adquirir acciones que emitió por integrar el haber de un establecimiento que adquiere o de una sociedad que incorpora. Se trataría por ejemplo del supuesto de que una empresa adquiera un fondo de comercio entre cuyos activos se encuentran las acciones emitidas por la empresa adquiriente.
3) Ajustes de capital En contextos inflacionarios resulta necesario practicar la reexpresión de los aportes. La misma responde al mecanismo general de ajuste, multiplicar las cifras contabilizadas por cada uno de los coeficientes correspondientes a sus respectivas fechas de origen. No representan aportes genuinos, lo que hace es tratar de reflejar. El capital debe presentarse a su valor nominal. Los ajustes de capital se presentan en una cuenta especial denominada ajuste al valor nominal del capital.
4) Aportes no capitalizados Constituyen aportes realizados por los propietarios que se encuentran en un paso intermedio y que todavía no han pasado a formar parte del capital (dividendos en acciones) y aportes irrevocables para futuras suscripciones. Cuando se decide distribuir dividendos en acciones, luego de aprobar la asamblea dicha distribución, habrá que cumplimentar un trámite legal para la emisión que demora un tiempo. En el momento de la aprobación se registra la cuenta resultados no asignados en el debe y dividendos en acciones a distribuir en el haber. Cuando se ha cumplimentado el trámite legal y las acciones se emiten y son entregadas a los accionistas (ya están en circulación) se registra la cuenta dividendos en acciones a distribuir en el debe y acciones en circulación en el haber. Esto de conoce con el nombre de capitalización de utilidades, es decir, que las que en algún momento fueron utilidades (resultados no asignados) pasan a formar parte del capital.
5) Primas de emisión Son aquellas emisiones en las cuales quienes suscriben las acciones que se emiten se comprometen abonar por ellas un precio superior a su valor nominal. Es el exceso del precio de colocación de las nuevas acciones que se admiten respecto de su valor nominal. Las primas de emisión tienen por finalidad mantener la equidad entre los aportes de igual valor nominal pero efectuadas en distintos momentos. Las primas de emisión se establecen para equilibrar los derechos derivados del aporte con el sacrificio económico que el mismo implica. Constituyen una manera de que los nuevos socios paguen, por lo menos, por la corrección monetaria del capital legal que se ha producido como consecuencia de la inflación, aporte de que, entre una y otra emisión, pueden haberse producido una acumulación de beneficios retenidos en la empresa.
6) Descuento de emisión Es la diferencia en menos entre el precio de colocación de una nueva emisión de acciones y el valor nominal de las mismas. La principal función de los descuentos de emisión es permitir a las sociedades obtener fondos emanados de aportes de los accionistas, aún en períodos en que la cotización de sus acciones se encuentra por debajo de su valor nominal. La principal función de los descuentos de emisión es permitir a las sociedades obtener fondos emanados de aportes de los accionistas, aún en períodos en que la cotización de sus acciones se encuentra por debajo de su valor nominal.
7) Ganancias reservadas Los destinatarios naturales de los beneficios de una sociedad son sus socios o sus accionistas, pero por diversos motivos pueden llevar a sus administradores a no distribuir los beneficios en su totalidad. En consecuencia, la asamblea de accionistas puede decidir la separación de ciertos importes de las ganancias no asignadas y afectarlas a un destino específico. Esto se conoce con la denominación de constitución de reservas y puede derivar de la ley, del estatuto o contrato social, o emanar de la libre voluntad de la asamblea. Las reservas constituyen ganancias retenidas con un destino específico y pueden clasificarse en: 1)
Obligatorias: cuando su constitución esta por encima de la voluntad de la asamblea, por emanar de la ley o contrato social.
2)
Facultativas: cuando su creación responde a la voluntad de la asamblea. Reserva Legal: surge de la ley de sociedades comerciales (art. 70). Establece que de las ganancias de cada ejercicio deberá destinarse por lo menos un 5% a la constitución de una reserva legal hasta llegar al 20% del capital. Esta reserva legal constituye una extensión del capital y no puede ser usada salvo para el caso de absorber pérdidas. Si posteriormente se utilizara este fin, la registración consistiría en debitar la cuenta reserva legal y acreditar resultados no asignados. Reserva Facultativa: son aquellas cuya creación responde a la exclusiva decisión de la asamblea. Esta puede decidir reinvertir determinados importes, por ejemplo, para la renovación de maquinarias. Para ello en la registración corresponde utilizar resultados no asignados en el debe y reserva para renovación de maquinarias en el haber. Otros ejemplos de reservas facultativas serían: reserva para adquisición de edificios; reservas para dividendos futuros; reservas para ampliación de la planta industrial, etc. Este tipo de reservas pueden desafectarse en cualquier momento por decisión de la asamblea. Dicha desafectación se registraría la cuenta reserva para renovación de maquinarias en el debe y resultados no asignados en el haber.
8) Resultados no asignados Son aquellas ganancias o pérdidas acumuladas sin asignación específica. Cuando se cierra un ejercicio, los resultados correspondientes al mismo contabilizan, dentro del patrimonio neto, como resultados no asignados. Esto quiere decir que se trata de resultados que no tienen destino específico. La cuenta de resultados no asignados surge como cancelación de la cuentas de resultados. Las cuentas patrimoniales trasladan su saldo de ejercicio en ejercicio; en cambio, las cuentas de resultado se saldan al final de un ejercicio y el primer día del nuevo período
contable arrancan con saldo cero. Las ganancias permanecerán sin destino específico hasta que se reúna la asamblea de accionistas la cual, además de considerar los estados contables preparados por el órgano de administración de la sociedad, tiene como función tratar el destino de los resultados, la asamblea puede decidir distribuir los beneficios entre los socios o accionistas o bien reinvertirlo en la empresa.
9) Dividendos en efectivo y en especie La asamblea puede decidir repartir las ganancias en forma de dividendos, en efectivo o en especie, entre los socios o accionistas. Es usual sin embargo que una parte de los beneficios se destine a los directores. Ambas decisiones de la asamblea implican una reducción del patrimonio neto. La decisión de repartir dividendos es modificativa del patrimonio neto, pues reduce su importe. Aún cuando al momento de la decisión no hay egreso de efectivo, el efecto es la disminución de la ganancia no asignada contra cuentas de pasivo que, en su momento, deberán ser canceladas. Si bien no es usual, la asamblea podría haber decidido un reparto de dividendo en especie, por ejemplo entregando títulos públicos que la empresa posea en su activo. El tratamiento contable será similar con la salvedad que el importe de la distribución dependerá del valor a que se encuentren contabilizados los bienes que se van a repartir.
10) Cómputo del interés de la financiación propia Se podrá presentar como información complementaria el efecto que en el estado de resultados tendría el cómputo de un interés sobre el capital propio invertido, como parte del costo de las operaciones. Para el cómputo de este interés se aplicará una tasa representativa de la vigente en el mercado en cada mes del período o ejercicio, al monto del patrimonio neto al inicio de cada mes. En todos los casos, se aplicará la tasa real, es decir neta de la inflación. Este costo, excepto en los casos en que integre el valor de un activo, se considerará un costo financiero. Su contrapartida será un rubro específico de resultados, que se denominará "Interés del capital propio". En los casos en que el costo del capital propio invertido integre el valor de un activo (bienes en los que su producción, construcción, montaje o terminación se prolongue en el tiempo) su contrapartida también será el referido rubro específico de "Interés de capital propio", para lo cual, en su caso, deberá segregarse del respectivo resultado por tenencia. De este modo, en la información complementaria presentada podrá identificarse por un lado el resultado atribuible a los administradores, que incluirá como un costo más el interés del capital propio, por otro lado el interés del capital propio, o sea la ganancia atribuible a los propietarios por poner a disposición de los administradores el capital invertido y por último el resultado final, que es la suma algebraica de los dos anteriores y que representa el resultado total que le corresponde en definitiva a los propietarios.
UNIDAD 17: RESULTADOS
1) Concepto Los resultados son incrementos y disminuciones que se van produciendo en la riqueza patrimonial a lo largo del tiempo, excepto las derivadas de operarse entre entes y propietarios, pero siempre tienen una contrapartida patrimonial real en algún elemento del activo y del pasivo. Pueden ser positivos, denominados ganancias o negativos denominados pérdidas. El estado de resultados debe permitir no solo conocer la utilidad o pérdida financiera, sino también las causas generadoras de dicho resultado, y al procurarlo para un período anual o intermedio, advertimos la necesidad de su determinación sobre bases homogéneas, permitiendo enfrentar los distintos conceptos, todos en moneda de cierre del período. Los resultados se pueden diferenciar en ordinarios y extraordinarios, considerando para tal diferenciación el grado de posibilidad de ocurrencia en el futuro. Los resultados ordinarios son los de suceso frecuente y de comportamiento similar esperado para el futuro. Comprenden: 1)
Los ingresos provenientes de las actividades principales del ente.
2)
El costo incurrido para lograrlos.
3)
Los gastos operativos, clasificados por función.
4)
Los resultados de inversiones permanentes en otros entes.
5)
Los resultados de actividades secundarias. Dentro de estos pueden identificarse los resultados operativos y no operativos, de acuerdo con su relación con la actividad principal del ente. Los resultados operativos son los que surgen de la operación principal del ente que hacen al objeto social. Generalmente están indicados en el estatuto social. Los resultados no operativos derivan de actos accesorios que no hacen al objeto principal del ente. Por ejemplo las rentas y gastos relacionados serán tipificados como no operativos, por cuanto el ente no se dedica primordialmente a realizar inversiones, sino que se trata de excedentes de fondos que constituyen una actividad secundaria. Los resultados extraordinarios comprenden los resultados atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado para el futuro. Se puede exponer en un renglón del estado de resultados netos del efecto de impuesto a las ganancias, discriminando en la información complementaria a las principales partidas o detallar las principales partidas incluyendo el impuesto a las ganancias en dicho estado.
2) Generación y cuantificación de los distintos tipos de resultados Los resultados se generan a través de tres sectores: 1)
Operativa: aquella correspondiente a los recursos asignados a la actividad principal de la empresa y comprende los ingresos por transacciones y por la valorización y desvalorización de los recursos indicados.
2)
Financiera: son los que se generan por conceder y obtener financiación. Es decir comprende a los resultados con los cuales se solventa la inversión en la actividad productiva, en la estructura operativa y los demás recursos empleados en la gestión.
3)
Costos de estructura: corresponde a los recursos asignados para solventar la infraestructura a partir de la cual se desarrolla la actividad operativa, usualmente se incluyen en el rubro los costos de estructura administrativa y de comercialización.
3) Resultados provenientes de intercambio El ingreso representa una variación patrimonial modificativa positiva, no relacionada con movimientos de capital, pero si con la actividad principal del ente. El costo representa una variación patrimonial modificativa negativa, no relacionada con movimientos de capital, pero si con ingresos operativos. Los ingresos se determinarán a su valor de contado del mes de realización de las operaciones que los generaron. Los costos se computarán por su valor corriente de contado del mes en que se reconocen. El objetivo perseguido es la determinación de un resultado que sea la diferencia entre un ingreso proveniente de una venta y un costo representativo del valor corriente del bien vendido o el servicio prestado. Los valores así computados en cada mes se reexpresarán en moneda constante (unidad de medida homogénea) para integrarlo con los de los restantes meses que conforman el período contable.
4) Resultados provenientes de la exposición a la inflación Son las ganancias o pérdidas que a lo largo de un período dado se originan como consecuencia del mantenimiento, en épocas en que varía significativamente el nivel de precios, de ciertos activos y pasivos denominados monetarios o expuestos. El efecto que causa la inflación sobre los activos monetarios es el de generar pérdidas, mientras que los pasivos monetarios generan ganancias. Para la aparición del resultado por exposición a la inflación deben darse tres factores: 1)
Mantenimiento de activos y pasivos expuestos.
2)
Existencia de inflación.
3)
Uso de la moneda constante como unidad de medida.
5) Resultados por tenencias Son generados durante la permanencia de los activos y pasivos en el patrimonio de los entes. Son aquellos resultados que surgen por aumentos o disminuciones del valor de los rubros patrimoniales poseídos por la empresa. De acuerdo con esto los activos y pasivos generan en caso de ser valuados a valores corrientes un resultado por su simple tenencia que podrá ser una variación positiva o negativa. Con respecto a los resultados por tenencia negativos, hay que destacar que seria necesario su reconocimiento aun para el caso de aplicarse el criterio de valuación al costo. Esto tiene su fundamento en la doctrina contable, por aplicación del concepto valor recuperable de los activos. Los resultados financieros y de tenencia se exponen de dos manera: 1)
Cuando los componentes financieros implícitos contenidos en las partidas de resultados hayan sido debidamente segregados o no sean significativos se recomienda:
a)
Su exposición en términos reales.
b)
La presentación separada de los generados por el activo y los causados por el pasivo.
c)
La identificación de sus rubros de origen.
d)
La enunciación de su naturaleza (intereses, diferencias de cambio, resultados por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda, etc.).
2)
Cuando los componentes financieros implícitos contenidos en las partidas de resultados no hayan sido debidamente segregados y sean significativos, se los presentara sin desagregación alguna.
6) Resultado contable y resultado impositivo El resultado contable es el que surge a través del estado de resultados por una suma y resta algebraica de resultados positivos y negativos, cuyo resultante nos da la variación que experimenta el patrimonio neto a través de los resultados. El resultado impositivo difiere del contable debido a que la ganancia que se computa para el tributo del impuesto a las ganancias tiene algunas exenciones y deducciones que hace que el impuesto se aplique sobre un resultado mucho menor que el contable. Las diferencias entre las cifras contables y las impositivas se producen principalmente porque la legislación fiscal establece criterios de medición del patrimonio y sus variaciones que son distintos a los empleados con fines contables. También se producen diferencias con motivo de tratamientos especiales dados por las leyes a determinados hechos económicos. Así, la ley del impuesto a las ganancias podría prever: a)
que determinadas ganancias no tributen
b)
que ciertos gastos no sean deducibles
c)
medidas promotoras de determinadas conductas, tales como la reducción del impuesto a pagar con motivo de la realización de inversiones en determinados bienes, actividades o zonas geográficas. Existen diferencias temporarias y permanentes. Las diferencias temporarias son las originadas en partidas que se computan contablemente en un período e impositivamente en otro. Las diferencias permanentes son todas las demás. En los impuestos que gravan activos o patrimonios, todas las diferencias son permanentes. Esto obedece a la naturaleza de tales gravámenes, que se calculan siempre a una fecha. Se producen diferencias temporarias cuando un ingreso, un gasto, una ganancia o una pérdida se computa contablemente en un período e impositivamente en otro, anterior o posterior como por ejemplo en el impuesto a las ganancias, los consumos y los ingresos, una pérdida por incobrabilidad se contabiliza cuando se la estima probable y se la deduce impositivamente cuando se dan ciertas circunstancias. A los efectos de una más razonable determinación de los resultados contables de cada período, se podrá registrar por el método de lo diferido el efecto fiscal de las diferencias temporarias entre el resultado contable e impositivo, incluso las surgidas de la aplicación de la reexpresión de estados contables o del uso de valores corrientes.
Preguntas y Soluciones
Soluciones Parciales
1)
El empleo del método UEPS de asignación de salidas soluciona el problema de que los ingresos por ventas se comparen con costos desactualizados.
2)
El ajuste de la depreciación de bienes de uso permite computarla sobre sus valores de reposición.
3)
Dicho ajuste permite regularizar parcialmente el estado de resultados.
4)
El revalúo de las existencias finales de bienes de cambio a su costo de reposición permite la determinación de resultados brutos mas reales que los establece por la contabilidad tradicional.
5)
Si cada patrimonio final esta correctamente valuado en moneda de cierre, el cómputo de reservas para mantenimiento de capital actúa como un ajuste del resultado neto de cada período.
6)
Combinado adecuadamente dos o mas ajustes parciales se obtiene información contable similar a la que proporciona el método de ajuste integral.
7)
Para solucionar los problemas contables que plantea la inflación debe optarse entre el ajuste integral y el empleo de los valores corrientes.
8)
¿Cuáles son las principales críticas que merece el procedimiento de depreciar aceleradamente los bienes de uso?
9)
¿Cuál es la diferencia entre una actualización y una reevaluación de un bien de uso?
10) ¿Qué significado tiene el saldo por actualización de bienes de uso? 11) ¿Por qué apropiar mayores costos con el método UEPS es una solución parcial?
1)
Incorrecto. Si bien los ingresos por ventas se comparan con valores menos desactualizados, estos siguen siendo importes del pasado.
2)
Incorrecto. Normalmente, la depreciación ajustada no se calcula sobre los costos de reposición sin sobre los costos originales actualizados sobre la base de algún índice de precios o de la evolución de alguna moneda extranjera.
3)
Correcto. Se actualizan aunque sea imperfectamente los renglones que incluyen depreciaciones.
4)
Incorrecto. Cuando el revalúo se reserva al comienzo del período siguiente no afecta el cómputo del costo de lo vendido, que se sigue determinando sobre la base de importes históricos no ajustados por inflación.
5)
Correcto.
6)
Incorrecto. Siempre quedarán partidas no reexpresadas en moneda de cierre.
7)
Incorrecto. Los términos de la disyuntiva son respuestas a distintas preguntas: ¿qué unidad de medida? ¿qué criterio de medición?.
8)
Las críticas son:
se pretende solucionar un problema de unidad de medida operando sobre los criterios de medición (crítica a todos los parches)
el procedimiento no se basa en la realidad económica y deja de lado el concepto de devengamiento.
Se subvalúa el activo.
Se sobrevalúan los resultados futuros, que reciben menores cargos por depreciación pudiendo ocurrir que en algunos períodos no se compute la depreciación de bienes que permanecen en servicio.
9)
La revaluación se basa en valores corrientes. La actualización se basa en el ajuste por inflación de datos históricos.
10) No tiene ningún significado concreto. 11) El método UEPS es una solución parcial debido a tres razones:
No soluciona totalmente el problema pues, salvo en raras excepciones, los costos de lo vendido siguen correspondiendo a momentos anteriores a la venta.
Tampoco corrige la falta de homogeneidad de las acumulaciones de importes de ventas y costo de lo vendido, que siguen siendo de guarismos expresados en monedas de distintos poderes adquisitivos.
Empeora la valuación del activo y del patrimonio, ya que las existencias que quedan en el activo son computadas empleando los costos mas antiguos (los mas nuevos se asignan a las salidas).
Soluciones Integrales 1)
El objetivo del ajuste integral es permitir que todos los rubros de los estados contables queden expresados en términos de similar poder adquisitivo.
2)
La moneda de la fecha de los estados contables es la que representa el poder adquisitivo promedio del mes que contiene a dicha fecha.
3)
Para preparar estados en moneda homogénea, los rubros de los estados contables deben ser clasificados en dos grupos: los monetarios (que no se ajustan) y los no monetarios (que deben ajustarse).
4)
En realidad, el IPM es un promedio ponderado de una multitud de índices específicos.
5)
Si el IPM de un mes dado es un 10% superior al IPM del mes anterior, el crecimiento de los precios mayoristas a lo largo del mes es del 10%.
6)
A los fines del ajuste integral, los efectos contables de los ajustes parciales deberían considerarse como inexistentes.
7)
Para un adecuado ajuste de resultados financieros producidos por operaciones en moneda nacional sin cláusula de ajuste, es imprescindible el cómputo separado del ajuste monetario o REI imputable contra los intereses nominales pertinentes.
8)
El REI neto del período es generado por el ajuste de los rubros no expuestos.
9)
Los estados de variaciones en el capital monetario permiten detectar algunos (pero no todos) de los errores cometidos al calcular el REI.
10) ¿Cuáles son los requisitos que debería satisfacer un índice de precios para ser empleado como base para los ajustes contables por inflación? 11) ¿Por qué motivo en la Argentina es normalmente aceptable emplear el IPM provisorio sin esperar al definitivo? 12) ¿Por qué la suma de los REI de un período equivale a la suma algebraica de los ajustes a los demás rubros de los estados contables? 13) ¿Para que se utiliza el índice de precios? 14) ¿Cómo se hace para determinar el resultado por exposición a la inflación y exponerlo? 15) ¿Qué problemas presentan los índices publicados por el INDEC? 16) Una vez mayorizado el REI ¿qué significan globalmente los saldos deudores y acreedores del mismo? 17) ¿Cuál es el índice mas aceptado y por qué?
1)
Correcto.
2)
Incorrecto. Que este supuesto se aplique en la práctica no implica que refleje la realidad.
3)
Incorrecto. Hay rubros no monetarios que no necesitan ser ajustados porque están expresados en moneda de cierre.
4)
Correcto.
5)
Incorrecto. El IPM surge de relevamientos efectuados a lo largo del mes y no a su cierre.
6)
Correcto.
7)
Incorrecto. Es conveniente pero no es imprescindible, ya que el resultado ajustado neto podría calcularse por diferencia.
8)
Incorrecto. Es generado por los efectos de la inflación sobre los rubros expuestos. Hay una coincidencia matemática con la suma algebraica de los ajustes a los demás rubros, pero esto no implica causalidad.
9)
Correcto.
10) Son 4:
Ser representativo de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda, para lo cual es necesario que en su preparación se haya considerado una canasta de bienes y servicios lo suficientemente diversificada como para limitar, en la mayor medida posible, los efectos de las fluctuaciones de precios individuales o de grupos de bienes o servicios atribuibles a situaciones extraordinarias o a causas estacionales y las variaciones entre distintas zonas geográficas o los hábitos de consumo de distintos estratos de la población.
Referirse a períodos razonablemente cortos, lo que permite ajustes mas precisos
Ser preparado por un organismo de seriedad reconocida
Ser publicado regular y prontamente.
11) Es aceptable porque las diferencias no suelen ser significativas, dado que alcanzan al 12,6% de las diferencias entre los índices agropecuarios nacionales provisorio y definitivo. 12) La razón es puramente matemática. Como se emplea un método contable balanceante:
Deben ser nulas las sumas algebraicas de los saldos no ajustados, los ajustados y las diferencias entre ellos.
Por lo tanto, el ajuste de cualquier rubro es igual a la suma algebraica de los ajustes de los restantes rubros con el signo cambiado.
Los importes no ajustados de los REI son nulos, así que sus importes ajustados igualan a sus ajustes.
Por ende, el saldo ajustado del conjunto de los REI es igual a la suma algebraica de los ajustes de los demás rubros de los estados contables, con el signo cambiado.
13) ¿Para que se utiliza el índice de precios? 14) ¿Cómo se hace para determinar el resultado por exposición a la inflación y exponerlo? 15) Son básicamente dos problemas. El primero se debe a que no se refieren a fechas sino a períodos. El segundo es que no existen índices de precios por períodos inferiores al mes, lo que es importante cuando la inflación es o ha sido alta.
16) Una vez mayorizado el REI ¿qué significan globalmente los saldos deudores y acreedores del mismo? 17) En general existe consenso en considerar que el mas apto para los ajustes contables por inflación es el índice de precios mayoristas por cuanto:
Resulta de la combinación de numerosos índices específicos que en su conjunto cubren una canasta mas completa que los restantes indicadores de precios publicados por el mismo organismo (precios al consumidor, costos de la construcción, salarios industriales, etc.) Considera precios relevados en distintas zonas del país. Esta menos sujeto a distorsiones que sobre los índices de precios minoristas suelen provocar mas medidas estatales de control directo de precios. Se publica rápidamente (dentro de los 10 días cerrado el mes al que se refiere).
Créditos y Deudas 1)
La separación de los componentes financieros implícitos entre intereses reales y sobreprecios de inflación no ayuda a una mejor medición de los resultados y provoca trabajo administrativo.
2)
La valuación inicial de una deuda por la importación de mercaderías facturadas en moneda extranjera debería convertirse a moneda nacional de acuerdo con el tipo de cambio vigente a la fecha de su despacho a plazo y aplicable al pago de esa importación.
3)
El interés total contenido en un documento a cobrar debería imputarse a los sucesivos períodos en forma proporcional a su duración.
4)
Todo activo o pasivo en moneda extranjera debe ser valuado de acuerdo con el tipo de cambio de la fecha de la medición, excepto en el caso de deudas a largo plazo.
5)
La acreditación a resultados de ganancias de cambio sobre operaciones no liquidables no contraría las reglas básicas de imputación de resultados a períodos.
6)
Las pérdidas de cambio por importaciones de bienes en existencia deben ser cargadas a su costo para así solucionar los efectos de la inflación sobre su valuación.
7)
¿Cómo afecta la valuación de las cuentas en moneda extranjera una modificación de los tipos de cambio ocurrida entre la fecha de los estados contables y la de su aprobación por parte de los administradores?
8)
¿Qué aspectos hay que tener en cuenta para definir el tipo de cambio utilizable para convertir saldos en moneda extranjera a moneda nacional?
9)
¿Qué pautas básicas deberían considerarse para practicar la valuación primaria de los créditos en moneda extranjera?
10) ¿Qué tratamiento reciben los efectos de los cambios en las tasas de interés de mercado? 11) ¿Qué aspectos propios de cada crédito deberían considerarse para evaluar su riesgo de incobrabilidad? 12) ¿Cómo deberían valuarse los anticipos a proveedores cuando se fijan el precio de los bienes a recibir?
13) ¿Cómo debería valuarse los anticipos de clientes cuando fijan el precio de los bienes a recibir y éstos no han sido producidos?
1)
Correcto.
2)
Incorrecto. Debe considerarse la fecha de origen de la deuda, que es la de transferencia de propiedad de las mercaderías.
3)
Incorrecto. Debe considerarse que la capitalización de intereses no es lineal sino exponencial.
4)
Incorrecto. No hay razones para excluir a las deudas a largo plazo. Sin embargo, la NIC 21 lo admite bajo la condición de que no se esperen pérdidas de cambio futuras y recurrentes.
5)
Correcto.
6)
Incorrecto. La solución a los problemas contables que plantea la inflación no se logra con parches sino a través del ajuste integral.
7)
Es un hecho posterior que no afecta dicha valuación. Si sus efectos fueran importantes podría requerirse su exposición en nota a los estados contables.
8)
En general hay que determinar:
Si la posterior cancelación de la cuenta se hará en la propia moneda extranjera o en moneda nacional
En caso de existir tipos de cambio diferenciales, cual es el aplicable para la cancelación del saldo emergente de la operación.
Si debe considerarse un tipo de cambio comprador o uno vendedor.
Si existe la obligación de liquidar la operación por medio de alguna entidad financiera en particular.
9)
Son las siguientes:
Incluir los resultados devengados hasta la fecha de la medición
Considerar el riesgo de incobrabilidad
Tener en cuenta que la capitalización de intereses es un proceso continuo
Considerar las variaciones de los tipos de cambio aplicables para la valuación contable.
10) En la contabilidad histórica no se toman en cuenta, salvo para calcular la valuación límite de créditos y deudas. En un modelo amplio de contabilidad a valores corrientes se consideran sus efectos, de modo que los créditos y deudas se computen a su valor presente. 11) Debería considerarse:
La antigüedad de las facturas y notas de débito componentes de la deuda.
Los antecedentes del cliente.
La existencia o no de garantías reales.
Si la documentación respaldatoria del crédito tuviese vicios formales que enervaren los derechos del ente o dificulten su ejercicio.
Si hay contratos de factoring que permiten transferir el riesgo de incobrabilidad.
La posibilidad de compensar los saldos a cobrar con cuentas a pagar.
Los estados contables de los clientes y los informes de los auditores sobre tales informes.
Si existen avales recibidos de terceros.
En tal caso, información sobre los avalistas, de sus antecedentes y de sus estados contables.
De existir cuantas en gestión judicial, informes de los letrados a cargo.
12) En la contabilidad histórica: a su importe original (en su caso ajustado por inflación) o al valor recuperable de los bienes a recibir, el importe menor. Cuando se emplean valores corrientes: al valor corriente de los bienes a recibir (que tampoco debería superar a su valor recuperable). 13) Si son fácilmente adquiribles, debería considerarse el costo de cancelar el pasivo. En el caso contrario, debería tomarse el importe recibido (en su caso, ajustado por inflación) o el costo de cancelación, lo que fuere mayor.
Bienes de Cambio
1)
Los bienes de cambio se reconocen como activos cuando son de propiedad del ente, lo que implica la necesidad de computar como activos a las mercaderías recibidas en consignación.
2)
El costo de las mercaderías de reventa debería incluir la parte proporcional de los costos de las actividades de compra, recepción y almacenamiento.
3)
Si los productos fabricados se valúan por el método del costeo variable se contabiliza un resultado del ejercicio inferior al que resultaría de aplicar el concepto de devengamiento.
4)
Los costos imputables a la parte no utilizada de la capacidad de planta normalmente empleada debería cargarse a costo de las mercaderías vendidas y no coincidir en la valuación contable de las existencias de bienes de cambio.
5)
En una contabilidad a valores corrientes, los consumos de materias primas deberían computarse a sus costos de reposición, reconociéndose además los resultados de tenencias de los cambios en sus precios.
6)
En una contabilidad a valores corrientes, el costo de mercaderías vendidas debe incluir los resultados de tenencia imputables al período.
7)
El hecho de que una empresa utilice el costo promedio ponderado como método de asignación de costos a existencias y salidas no impide la realización de ajustes contables por inflación.
8)
A los efectos del ajuste por inflación, la fecha de origen de una mercadería de reventa es la de su recepción.
9)
Para el ajuste por inflación debería darse valor nulo a los efectos de los ajustes parciales o parches que incidieron sobre los importes contables de productos terminados.
10) ¿En qué consiste el método de costeo variable y que críticas básicas se hacen a su posible utilización para la valuación contable de los bienes de cambio? 11) ¿Cómo se relacionan la contabilidad general y la de costos en el marco de la contabilidad histórica? 12) ¿Qué criterios son mas adecuados para la medición de los valores corrientes de las existencias? 13) ¿Cuáles son los métodos de valuación de salidas y que relación tienen con el valor del CMV y con la valuación de los bienes de cambio? 14) ¿Cuál de los métodos es el mas conveniente?
1)
Incorrecto. Las mercaderías recibidas en consignación no son de propiedad del ente.
2)
Incorrecto. No debería incluir costos de almacenamiento.
3)
Incorrecto. Depende del efecto de la aplicación del criterio sobre la valuación contable de las existencias al comienzo y al final del ejercicio.
4)
Incorrecto. Debería cargarse a una cuenta específica.
5)
Correcto.
6)
Incorrecto. Los resultados por tenencia deben imputarse a una cuenta separada.
7)
Correcto, pese a algunas opiniones en contrario.
8)
Incorrecto cuando hay anticipos que fijan total o parcialmente el precio de la mercadería.
9)
Correcto.
10) Consiste en la determinación de los costos de producción considerando únicamente los costos variables, cargando los fijos a resultados. Críticas básicas: no respeta las normas generalmente aceptadas de imputación de costos a períodos ni, por lo tanto, el concepto de devengamiento. 11) La contabilidad de costos debe ser un subsistema del sistema contable. 12) La medición de los valores corrientes de las existencias debería responder a estas reglas:
Bienes de fácil comercialización: a su VNR
Minerales no procesados (existencias comprobadas): al precio del mineral a vender menos los costos necesarios para su extracción y colocación en el mercado (o mejor, considerando el efecto financiero de descontar tales precios y costos).
Bienes de cambio con período de producción prolongado y venta virtualmente asegurada: proporcionalmente el VNR de los bienes a terminar según el grado de avance de la producción (preferiblemente computada sobre la base de costos de reposición).
Bienes producidos para consumo propio: al costo que requeriría su adquisición a terceros.
Otros bienes de cambio: a su costo de reposición.
13) ¿Cuáles son los métodos de valuación de salidas y que relación tienen con el valor del CMV y con la valuación de los bienes de cambio? 14) ¿Cuál de los métodos es el mas conveniente?
Bienes de Uso
1)
Los bienes recibidos por donación deberían incorporarse a su valor de mercado.
2)
En la contabilidad histórica, al cierre de cada ejercicio contable los bienes de uso deberían valuarse aplicando la regla costo o VNR el menor.
3)
Los costos incurridos en las actividades de montaje en instalación de un bien de uso deben añadirse a su costo.
4)
Las normas contables admiten que el costo de un bien de uso adquirido incluye diferencias de cambio originadas en los pasivos tomados para adquirir tales bienes.
5)
Los importes erogados en mejoras y mantenimiento deberían cargarse al costo de los bienes de uso sobre los que se efectuaron los trabajos.
6)
Para permitir una adecuada correlación de ingresos y costos, todo bien de uso debe ser depreciado.
7)
En caso de cambios de estimación de la vida útil de los bienes deben ajustarse la depreciación acumulada con débito o crédito a una cuenta de AREA.
8)
Las normas contables suelen requerir que los mayores valores surgidos de revalúos se acrediten a cuentas especiales de patrimonio.
9)
En el marco de una contabilidad ajustada por inflación los saldos por revalúos deberían ser desafectados con crédito a resultados cuando se dan de baja bienes revaluados.
10) ¿Qué características básicas tiene un bien de uso?
11) ¿Cómo debería reflejarse el hecho de que un bien de uso construido por la propia empresa tenga, a la fecha de su terminación, un costo distinto al valor corriente de un bien similar adquirible a terceros. 12) ¿Cómo debería tratarse el IVA facturado por un proveedor de una máquina de oficina? 13) ¿En qué caso sería adecuado constituir mensualmente una provisión para costos de mantenimiento? 14) ¿Cuáles son las causas de depreciación de los bienes de uso? 15) ¿Cuáles son los aspectos a considerar para computar la depreciación de cada período? 16) ¿Cuál es la diferencia entre un ajuste por inflación y una reevaluación de activos? 17) ¿Cuáles son las posibilidades de incorporación al activo de los intereses de financiación en el caso de bienes de uso en moneda nacional o extranjera con pago diferido?
1)
Correcto.
2)
Incorrecto. La comparación debe hacerse entre el costo y el valor recuperable.
3)
Correcto.
4)
Incorrecto en la Argentina. Hay países donde se lo acepta como parche para considerar los efectos de la inflación.
5)
Incorrecto. Los costos de mantenimiento no deben ser activados.
6)
Incorrecto. Algunos bienes no están sujetos a depreciación (la mayoría de los terrenos, obras en curso, bienes en tránsito).
7)
Incorrecto. Solo debería hacérselo en caso de corrección de error.
8)
Correcto.
9)
Correcto.
10) Reúnen estas características:
Se emplean continua o repetidamente en la actividad principal del ente.
Tienen una capacidad de servicio que no se agota ni consume con el primer empleo.
Mientras están en uso no se transforman en otros bienes ni están destinados a la venta.
11) En la contabilidad histórica, se mantendría el costo, salvo que a la fecha indicada el valor recuperable del bien fuese inferior. Si los bienes de uso se registran a sus valores corrientes debería reconocerse un resultado por la diferencia entre el bien en cuestión y su costo. 12) En el caso de la Argentina:
Si el adquiriente es un consumidor final o un responsable no inscripto, debe considerar al IVA como un mayor costo.
Si es un responsable inscripto y puede recuperar el impuesto facturado al determinar su obligación impositiva, este no debe considerarse integrante del costo del bien.
13) Sería adecuado hacerlo si los trabajos de mantenimiento se concentran en una época dad del año. 14) La mayoría de los bienes de uso está sujetos a depreciación por desgaste, deterioro físico, obsolescencia económica o agotamiento. 15) Deben considerarse para cada bien:
El criterio seguido para su medición contable
Su valor recuperable final esperado
La vida útil o capacidad de servicio esperada
Una curva o recta que refleje la forma en que realmente se deprecia.
16) El ajuste por inflación procura expresar los valores originales en moneda actualizada. Solo cambia la unidad de medida. La reevaluación surge de una nueva asignación de valor. 17) Ver punto 12.2 Inversiones
1)
La aplicación del concepto de devengamiento implica la adopción de la regla de costo o mercado el menor, el menor para toda inversión financiera.
2)
Si se llevan las inversiones a su VNR y se acredita el mayor valor a un saldo de revalúo se viola el concepto de ganancia basado en el mantenimiento del capital financiero.
3)
El costo de suscribir una acción incluye el del cupón necesario para ejercer ese derecho.
4)
Valuar el título de deuda a largo plazo con cotización a su VNR produce el mismo resultado que hacerlo de acuerdo con las reglas aplicables a los créditos en general.
5)
La valuación de las acciones ordinarias debería basarse siempre en su VNR.
6)
Existe influencia significativa sobre las decisiones de una sociedad cuando se posee el 10% o mas de su capital.
7)
Existe control no compartido sobre las decisiones de una sociedad cuando se posee mas del 50% de su capital y el poder de decisión sobre sus actos.
8)
Cuando se aplica el método de VPP, la recepción de dividendos en efectivo no tiene efecto sobre el estado de resultados.
9)
La aplicación del método del VPP no debe dar lugar a la contabilización de llaves negativas.
10) Si el método del VPP se aplica correctamente los estados individuales de la tenedora deben mostrar el mismo patrimonio y el mismo resultado que sus estados consolidados. 11) La auditoría de los estados contables de la emisora no debería ser un requisito para aplicar el método del VPP, siendo esta la razón por la cual la RT5 no la exige. 12) Si se presentan estados consolidados e individuales, el criterio seguido en los segundos para valuar las inversiones en las controladas consolidadas es irrelevante. 13) Al aplicar el método del VPP deberían considerarse los impuestos sobre las ganancias de probable transferencia desde la emisora a la inversora. 14) ¿Qué características deberían tener las inversiones para que su valuación contable al VNR sea razonable? 15) ¿En qué momentos se reconocen resultados cuando una inversión se valúa aplicando la regla de costo o mercado el menor? 16) ¿Cuál es el concepto de influencia significativa? 17) ¿Cuál de los métodos de contabilización sería el mejor par la valuación de una participación del 50% en una unión transitoria de empresas cuyas decisiones se toman de común acuerdo entre todos los participantes. 18) ¿Cuál es la principal crítica al método de costo para la valuación de inversiones en otras sociedades? 19) ¿Cómo se registraría un dividendo recibido en acciones bajo los diversos métodos? 20) ¿Cuáles son las principales causas de diferencias entre el costo de una de inversión y el VPP contable de ella a la misma fecha? 21) ¿Cómo podría procederse para aplicar el método del VPP cuando la fecha de cierre del ejercicio económico de la emisora no coincide con el de la inversora? 22) ¿Por qué los dividendos en acciones sin meros empapelamientos? 23) ¿Las inversiones en plazo fijo tienen cláusulas de ajuste por inflación? 24) ¿Qué hace la empresa inversora cuando al inicio el VPP es igual al precio que se paga al contado y al cierre hay ganancias?
1)
Incorrecto. El concepto de devengamiento requiere que los resultados se reconozcan en los períodos en que se producen. Y esto incluye a los resultados de tenencia. El concepto que se usa para justificar la regla de costo o mercado el menor es el de realización en su versión mas conservadora.
2)
Correcto.
3)
Correcto.
4)
Incorrecto cuando la contabilidad se basa en los importes históricos.
5)
Incorrecto. No es razonable hacerlo cuando la inversión es permanente.
6)
Incorrecto. No es adecuado tomar un porcentaje sin considerar otras pautas. En caso de utilizarse un criterio matemático, debería tenerse en cuenta la participación en los votos y no en el capital.
7)
Incorrecto. Basta con el poder de decisión sobre los actos del ente (no es imprescindible la mayoría del capital).
8)
Correcto.
9)
Correcto en nuestra opinión. Según la RT18 la llave negativa existe.
10) Correcto. 11) Incorrecto. La auditoría no debería ser un requisito pero la RT5 lo exige. 12) Incorrecto. Por el hecho de que también se presenten estados consolidados no debería descuidarse de los individuales. Sin embargo, este parece ser el criterio de la IASC. 13) Correcto. 14) Debería reunir estas características:
Ser fungibles
Tener un precio de mercado conocido
No requerir su venta un esfuerzo significativo, pudiendo el mercado absorber (al precio referido) la cantidad adquirida.
15) Se los reconoce cuando se venden los activos o cuando se computan desvalorizaciones debido a la aplicación de la regla indicada. 16) Es el poder de intervenir en las decisiones de otro ente sin tener su control. 17) El método de consolidación proporcional (línea por línea). 18) La inversora computa los resultados de su participación cuando se resuelve distribuirlos, lo que esta mas cerca del concepto de lo percibido que de lo devengado. 19) Bajo el método del costo mas dividendos se lo tomaría como ganancia cuando se declara, en la medida en que se origine en resultados posteriores a la fecha de inversión. Bajo los otros métodos no se computaría variación patrimonial alguna. 20) La no coincidencia entre el costo de adquisición y el VPP contable puede deberse a:
Diferencias en las valuaciones de los activos y de los pasivos de la emisora ocasionados por la aplicación de distintos criterios de medición o por la falta de ajuste por inflación. La existencia de algún valor llave no contabilizado por la emisora.
El resultado de un buen o mal negocio.
21) Lo ideal es obtener estados contables especiales a la misma fecha. Si no fuera posible:
Utilizar los últimos estados contables emitidos por la emisora antes de la finalización de las tareas de preparación de los estados contables de la inversora (límites a las diferencias de fecha de tres meses).
Dar consideración a los hechos importantes ocurridos entre ambos cierres y que afecten el patrimonio de la emisora.
Si se emplea una unidad de medida homogénea reexpresar a los datos anteriores en moneda de la fecha de cierre de la tenedora.
22) Porque después de recibirlos, cada accionista mantiene la misma participación sobre el patrimonio. 23) ¿Las inversiones en plazo fijo tienen cláusulas de ajuste por inflación? 24) ¿Qué hace la empresa inversora cuando al inicio el VPP es igual al precio que se paga al contado y al cierre hay ganancias?
Bienes Intangibles
1)
Los bienes intangibles incluyen a los seguros pagados por adelantado.
2)
Las patentes y procesos secretos tienen vida útil similar.
3)
El valor llave resulta de la combinación de varios intangibles.
4)
Solo deberían considerarse activos los bienes intangibles que posean un valor de cambio individual.
5)
Todo intangible debería ser amortizado en el mas breve plazo posible.
6)
La valuación contable de los intangibles debería ser reexaminada al cierre de cada período.
7)
El valor recuperable de los costos incurridos en un software diseñado para satisfacer necesidades particulares de una empresa es su valor neto de realización.
8)
¿Cuáles son los principales elementos que contribuyen a la formación de un valor llave?
9)
¿Cuál es la diferencia entre investigación y desarrollo?
10) ¿Qué importancia tiene la existencia de disposiciones legales o contractuales que limiten la vida de un intangible?
11) ¿Cuál es el tratamiento que habitualmente se da a los valores llave generados por el accionar de una empresa? 12) ¿Cuáles son los elementos que deberían considerarse para determinar el método y tasa de depreciación de cualquier activo intangible? 13) ¿Cómo tiene que cuantificarse el patrimonio neto cuando existe un valor llave? 14) Ejemplos de utilidad ordinaria y utilidad normal. 15) ¿Qué son y como se determinan las superutilidades de una empresa?
1)
Incorrecto. Es un crédito por un servicio a recibir.
2)
Incorrecto. Como la exclusividad para el uso de una patente tiene un límite temporal, su vida útil económica podría ser inferior a la de un proceso secreto.
3)
Correcto.
4)
Incorrecto. También son activos los recursos que tienen un valor de uso.
5)
Incorrecto. En cada caso debe analizarse si el cómputo de depreciaciones es procedente.
6)
Correcto.
7)
Incorrecto. Es su VUE. Un software diseñado para satisfacer necesidades particulares no tiene valor de cambio.
8)
Una lista incompleta incluiría:
La reputación de la empresa
Su localización estratégica
La exclusividad total o en determinada área geográfica en la utilización de algunos intangibles (marcas, patentes, procesos secretos, derechos, franquicias, concesiones, etc.)
La existencia de situaciones que reduzcan el impacto de la competencia
La clientela
La eficacia de su organización
La inteligencia y capacidad de sus gerentes
Las buenas relaciones con el personal
El aprovechamiento de normas impositivas ventajosas, como la exención de determinados impuestos durante ciertos lapsos.
9)
La investigación procura la obtención de nuevos conocimientos científicos o técnicos. El desarrollo es la convención de tales conocimientos en procesos a productos concretos.
10) Es un factor a considerar para definir los plazos de depreciación contable del bien. 11) No se los reconoce debido a las dificultades inherentes a su medición. 12) Deberían considerarse:
La naturaleza del activo
Los derechos que otorga y su relación con la producción de ingresos
Su vida útil económica total esperada
13) ¿Cómo tiene que cuantificarse el patrimonio neto cuando existe un valor llave? 14) Ejemplos de utilidad ordinaria y utilidad normal. 15) ¿Qué son y como se determinan las superutilidades de una empresa?
Financiación Ajena
1.
Si los componentes financieros implícitos se segregan cada vez que se registra una compra o una venta y se tratan del mismo modo que los intereses explícitos, no es necesaria su separación de los saldos de los activos y pasivos a la fecha del balance.
2.
Los descuentos y primas de emisión de títulos de deuda son, en esencia, ajustes de sus intereses nominales.
3.
Normalmente, los importes no ajustados de las deudas en moneda coinciden con los ajustados por inflación.
4.
Si la tasa de inflación de un período fuese superior al costo financiero nominal de un préstamo, su costo financiero ajustado sería negativo.
5.
Como todas las empresas de un país actúan en el mismo contexto económico, los valores corrientes de las deudas deberían calcularse empleando la misma tasa de interés.
6.
¿Cuáles son los dos enfoques básicos para la medición de una deuda?
7.
¿Cómo se calculan en general los valores corrientes de las deudas en moneda?
1)
Correcto.
2)
Correcto.
3)
Correcto.
4)
Correcto.
5)
Incorrecto. Mas razonable es considerar el costo usual de financiación de cada ente. Si no se reconocerían resultados por el mero hecho de tomar pasivos.
6)
Podrían computarse sobre la base de
Las cláusulas financieras oportunamente pactadas
Los valores descontados de los futuros pagos
7)
Se considera el valor actual del flujo de fondos necesario para pagar la deuda, calculado de acuerdo con una tasa de interés corriente a la fecha de la medición.
Financiación Propia
1)
Cuando la realidad económica indica que los aportes comprometidos van a ser integrados dentro de los plazos correspondientes debería reexpresárselos por inflación desde la fecha de compromiso.
2)
Los aportes en especie deberían valuarse siempre a su valor corriente de plaza.
3)
Las ganancias por emitir acciones sobre la par deben acreditarse a una cuenta específica como primas de emisión.
4)
En el caso de empresas que cotizan sus acciones en bolsas, las acciones propias adquiridas para su posterior venta deben figurar a su VNR.
5)
¿Qué condiciones deberían darse para que un aporte irrevocable pueda considerarse integrante del patrimonio?
6)
¿Qué diferencias existen entre una reducción de capital efectiva y una nominal y que explicaciones contables tienen ellas?
7)
¿Cómo se registran los dividendos acumulativos fijos de las acciones preferidas?
1)
Incorrecto, en cuanto se refiere a la RT6, que solo prevé el ajuste desde la fecha de suscripción para los aportes pendientes de integración a la fecha de inicio del primer ejercicio objeto de ajuste.
2)
Incorrecto. Si existiera un valor convencional aceptado por la sociedad y el aportante debería utilizarse este.
3)
Incorrecto. En las emisiones sobre la par no hay ganancias sino aportes en exceso del capital nominal.
4)
Incorrecto. La regla enunciada es para valuar los activos y las acciones del caso no lo son.
5)
Deberían considerarse integrantes del patrimonio los compromisos que:
En caso de ser aceptados solo pueden transformarse en capital, directa o indirectamente.
Definen claramente las condiciones de capitalización (incluyendo, en su caso, su forma de actualización monetaria).
Hayan sido aprobados por una asamblea de accionistas o se presuma que vayan a serlo inmediato.
6)
En la reducción efectiva de capital hay una disminución del patrimonio y en la nominal no. En la contabilización de la primera aparecen cuentas de pasivo y en la otra no.
7)
Los dividendos declarados se registran del mismo modo que los correspondientes a acciones ordinarias, aunque pueden emplearse cuentas separadas. Los dividendos acumulados pero de pago imposible se exponen en notas a los estados contables.
Otras preguntas
1)
¿Qué son los ajustes de resultados de ejercicios anteriores (AREA)?
2)
¿Qué son los hechos posteriores al cierre?
3)
¿Cómo se determina la ganancia en el capital físico?
4)
¿Qué características tiene que tener el valor que se toma cualquiera que sea?
Mediciones contables de los costos
Reglas generales En general, la medición original de los bienes incorporados y de los servicios adquiridos se practicará sobre la base de su costo. El costo de un bien es el necesario para ponerlo en condiciones de ser vendido o utilizado, lo que corresponda en función de su destino. Por lo tanto, incluye la porción asignable de los costos de los servicios externos e internos necesarios para ello (por ejemplo: fletes, seguros, costos de la función de compras, costos del sector de
producción), además de los materiales o insumos directos e indirectos requeridos para su elaboración, preparación o montaje. Las asignaciones de los costos indirectos deben practicarse sobre bases razonables que consideren la naturaleza del servicio adquirido o producido y la forma en que sus costos se han generado. En general, y con las particularidades indicadas más adelante, se adopta el modelo de “costeo completo”, que considera “costos necesarios” tanto a los provenientes de los factores de comportamiento variable como a los provenientes de los factores de comportamiento fijo que intervienen en la producción. Los componentes de los costos originalmente medidos en una moneda extranjera deben convertirse a moneda argentina aplicando lo establecido para las transacciones por las normas de la sección 3.2 (Mediciones en moneda extranjera).
Bienes o servicios adquiridos
Tratamiento preferible El costo de un bien o servicio adquirido es la suma del precio que debe pagarse por su adquisición al contado y de la pertinente porción asignable de los costos de compras y control de calidad. Si no se conociere el precio de contado o no existieren operaciones efectivamente basadas en él, se lo reemplazará por una estimación basada en el valor descontado —a la fecha de adquisición— del pago futuro a efectuar al proveedor (excluyendo los conceptos que sean recuperables, tales como ciertos impuestos). A este efecto, se utilizará una tasa de interés que refleje las evaluaciones que el mercado hace del valor tiempo del dinero y de los riesgos específicos de la operación, correspondiente al momento de la medición. Los componentes financieros implícitos que, con motivo de la aplicación de las normas anteriores, se segreguen de los precios correspondientes a operaciones a plazo son costos financieros que deben ser tratados de acuerdo con las normas de la sección 4.2.7 (Costos financieros).
Tratamiento alternativo permitido Optativamente, podrá aplicarse el segundo párrafo de la sección 4.6 (Componentes financieros implícitos).
Bienes incorporados por aportes y donaciones La medición original de estos bienes se efectuará a sus valores corrientes a la fecha de incorporación.
Bienes incorporados por trueques Salvo en el caso indicado en el párrafo siguiente, la medición original de estos bienes se efectuará a su costo de reposición a la fecha de incorporación, de acuerdo con la sección 4.3.3 (Determinación de costos de reposición), reconociendo el correspondiente resultado por tenencia del activo entregado. Cuando se truequen bienes de uso que tengan una utilización similar en una misma actividad y sus costos de reposición sean similares, no se reconocerán resultados y la medición original de los bienes incorporados se hará al importe de la medición contable del activo entregado.
Bienes incorporados por fusiones y escisiones Para los bienes incorporados por fusiones, se aplicarán las normas de la sección 6 (Combinaciones de negocios) de la segunda parte de la resolución técnica 18 (Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular). Para los bienes incorporados por escisiones, se aplicarán las normas de la sección 7 (Escisiones) de la segunda parte de la resolución técnica 18 (Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular).
Bienes producidos El costo de un bien producido es la suma de: a) los costos de los materiales e insumos necesarios para su producción; b) sus costos de conversión (mano de obra, servicios y otras cargas), tanto variables como fijos; c) los costos financieros que puedan asignárseles de acuerdo con las normas de la sección 4.2.7 (Costos financieros). El costo de los bienes producidos no debe incluir la porción de los costos ocasionados por: a) improductividades físicas o ineficiencias en el uso de los factores en general; b) la ociosidad producida por la falta de aprovechamiento de los factores fijos originada en la no utilización de la capacidad de planta a su “nivel de actividad normal”. Los importes correspondientes a cantidades anormales de materiales, mano de obra u otros costos de conversión desperdiciados, razonablemente determinables y que distorsionen el costo de los bienes producidos, no participarán en su determinación y deben ser reconocidas como resultados del período. El “nivel de actividad normal” es el que corresponde a la producción que se espera alcanzar como promedio de varios períodos bajo las circunstancias previstas, de modo que está por debajo de la capacidad total y debe considerarse como un indicador realista y no como un objetivo ideal. El número de períodos a considerar para el cálculo de dicho promedio debe
establecerse con base en el criterio profesional, teniendo en cuenta la naturaleza de los negocios del ente y otras circunstancias vinculadas, entre otros, con los efectos cíclicos de la actividad, los ciclos de vida de los productos elaborados y la precisión de los presupuestos. Los bienes de uso construidos, normalmente estarán terminados cuando el proceso físico de construcción haya concluido. Sin embargo, en algunos casos, para que el activo pueda ser utilizado de acuerdo con el uso planeado, se debe cumplir además un proceso de puesta en marcha de duración variable, durante el cual se lo somete a pruebas hasta que las mismas indican que se encuentra en condiciones de operar dentro de los parámetros de consumo y producción especificados en el proyecto inicial de construcción y considerados necesarios para lograr su viabilidad económica. En esta situación: a) los costos normales directamente asociados con dicho proceso, incluyendo los de las pruebas efectuadas, deben agregarse al costo del bien; b) cualquier ganancia que se obtuviere por la venta de producciones que tengan valor comercial deberá tratarse como una reducción de los costos referidos en el inciso anterior. La activación de estos costos cesará cuando el bien alcance las condiciones de operación antes mencionadas y no se prolongará si con posterioridad a ese momento el bien fuera utilizado por debajo de su capacidad normal o generara pérdidas operativas.
Costos financieros Se considerarán costos financieros los intereses (explícitos o implícitos), actualizaciones monetarias, diferencias de cambio, premios por seguros de cambio o similares derivados de la utilización de capital ajeno, netos, en su caso, de los correspondientes resultados por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
Tratamiento preferible Los costos financieros deben ser reconocidos como gastos del período en que se devengan.
Tratamiento alternativo permitido Podrán activarse costos financieros en el costo de un activo cuando se cumplan estas condiciones: a) el activo se encuentra en producción, construcción, montaje o terminación y tales procesos, en razón de su naturaleza, son de duración prolongada; b) tales procesos no se encuentran interrumpidos o sólo se encuentran interrumpidos por demoras temporarias necesarias para preparar el activo para su uso o venta; c) el período de producción, construcción, montaje o terminación no excede del técnicamente requerido;
d) las actividades necesarias para dejar el activo en condiciones de uso o venta no se encuentran sustancialmente completas; y e) el activo no está en condiciones de ser vendido, usado en la producción de otros bienes o puesto en marcha, lo que correspondiere al propósito de su producción, construcción, montaje o terminación. En caso de ser aplicado el tratamiento alternativo debe hacerse consistentemente para todos los costos financieros definidos por esta norma y con todos los activos que cumplan con las condiciones indicadas previamente. Las situaciones referidas en el inciso e) deben evaluarse para cada activo en particular, aunque la producción, construcción, montaje o terminación forme parte de la de un grupo mayor de activos. En este supuesto, la activación de los costos financieros debe limitarse a cada parte, al ser terminada. La imputación de los costos financieros se hará mensualmente, siguiendo las reglas que se explican en los párrafos siguientes. Se admitirá el empleo de períodos más largos mientras esto no produzca distorsiones significativas. Del total de los costos financieros, primero se activarán los que se hayan incurrido para financiar total o parcialmente y en forma específica a los activos que cumplen con las condiciones señaladas en los incisos a) a e) precedentes, siempre que tal financiación específica sea demostrable. Para determinar el importe a activar, previamente se detraerán los ingresos financieros generados por las colocaciones transitorias de fondos provenientes de préstamos destinados a la financiación específica. Para la asignación de costos financieros a los activos que cumplan con las condiciones señaladas en los incisos a) a e) precedentes, pero no hayan sido financiados específicamente, se procederá de la siguiente manera: a) del total de deudas se excluirán las que guarden una identificación específica con los activos financiados específicamente y cuyos costos financieros ya hayan sido asignados por dicho motivo; b) se calculará una tasa promedio mensual de los costos financieros correspondientes a las deudas indicadas en el inciso precedente; c) se determinarán los montos promedios mensuales de los activos que se encuentren en producción, construcción, montaje o terminación, excluidos aquellos que hayan recibido costos financieros por haber contado con financiación específica; y d) se aplicará a las mediciones contables de los activos determinados en el inciso c) la tasa de capitalización indicada en el inciso b). Si existieran activos parcialmente financiados en forma específica, la activación de costos financieros referida en el párrafo precedente se calculará sobre la porción no financiada específicamente. Los costos financieros que resulten activados (o, en su caso, deducidos) por la aplicación de los procedimientos descriptos en esta sección no deben exceder a los incurridos durante el período.
Costos de cancelación
El costo de cancelación de una obligación es la suma de todos los costos necesarios para liberarse de ella. El costo de cancelación de una obligación monetaria es la suma de dinero que el acreedor aceptaría, a la fecha de la medición, para liberar al ente de su obligación. Si este importe no fuera conocido o si se tratase de una obligación no vencida cuyo pago anticipado no dé lugar a la reducción de la suma de dinero a entregar al vencimiento, el costo de cancelación se estimará mediante el descuento de los pagos convenidos futuros, utilizando para ello una tasa de interés (vigente al momento de la medición) que refleje las evaluaciones que el mercado hace del valor tiempo del dinero y de los riesgos específicos de la operación. En los casos de obligaciones monetarias nominadas en moneda extranjera o en un equivalente de ésta, los criterios indicados se aplicarán sobre las mediciones efectuadas en la moneda extranjera y el resultado de su aplicación se convertirá a moneda argentina utilizando el tipo de cambio entre ambas a la fecha de la medición. El costo de cancelación de una obligación de entregar bienes existentes es la suma de la medición contable asignada a dichos bienes y de los costos adicionales necesarios para poner los bienes a disposición del acreedor. El costo de cancelación de una obligación de entregar bienes adquiribles en el mercado es la suma de su costo de adquisición -calculado de la manera indicada en la sección 4.2.2 (Bienes o servicios adquiridos)- a la fecha de la medición y de los costos adicionales necesarios para poner los bienes a disposición del acreedor. El costo de cancelación de una obligación de entregar bienes a producir es la suma de su costo de producción -calculado de la manera indicada en la 4.2.6 (Bienes producidos)- a la fecha de la medición y de los costos adicionales necesarios para poner los bienes a disposición del acreedor. El costo de cancelación de una obligación de prestar servicios es su costo de producción a la fecha de la medición.
Determinación de valores corrientes de los activos destinados a la venta o a ser consumidos en el proceso de obtención de bienes o servicios destinados a la venta
Pautas básicas Los valores corrientes referidos en el epígrafe se determinarán considerando, en cada caso, el grado de avance de los correspondientes procesos de generación de resultados y procurando que representen adecuadamente la riqueza poseída. Para las cuentas a cobrar se empleará un valor corriente de salida (valor neto de realización). En los casos de activos cuya venta no requiera esfuerzos significativos, se procederá así: a) cuando los bienes estén en condiciones de ser entregados, se empleará un valor corriente de salida;
b) en el caso contrario, se utilizará el valor neto de realización proporcionado según el grado de avance de la producción o construcción del bien y del correspondiente proceso de generación de resultados. Para los restantes activos se utilizará —en general— el valor corriente de entrada o costo de reposición, siguiendo los lineamientos descriptos en la sección 4.3.3 (Determinación de costos de reposición).
Determinación de valores netos de realización En la determinación de los valores netos de realización se considerarán: a) los precios de contado correspondientes a transacciones no forzadas entre partes independientes en las condiciones habituales de negociación; b) los ingresos adicionales, no atribuibles a la financiación, que la venta generare por sí (por ejemplo: un reembolso de exportación); c) los costos que serán ocasionados por la venta (comisiones, impuesto a los ingresos brutos y similares); d) los siguientes límites: 1) el valor neto de realización de los bienes sobre los cuales se hayan lanzado opciones de compra (“calls”) que no tengan cotización, no podrá ser superior al precio de ejercicio de la opción menos los costos que serán ocasionados por la venta más la medición contable de la opción lanzada que se hubiere contabilizado por aplicación de las normas de la sección 2 (Instrumentos derivados) de la segunda parte de la resolución técnica 18 (Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular); 2) el valor neto de realización de los bienes sobre los cuales se hayan adquirido opciones de venta (“puts”) que no tengan cotización, no podrá ser inferior al precio de ejercicio de la opción menos los costos ocasionados por la venta menos la medición contable de la opción adquirida que se hubiere contabilizado por aplicación de las normas de la sección 2 (Instrumentos derivados) de la segunda parte de la resolución técnica 18 (Normas contables profesionales: desarrollo de algunas cuestiones de aplicación particular). En los casos de bienes sobre los cuales se haya adquirido una opción de venta con cotización o lanzado una opción de compra con cotización, el precio de ejercicio de ella no será considerado para el cálculo del valor neto de realización.
Determinación de costos de reposición Los costos de reposición de un elemento deben establecerse acumulando todos los conceptos que integran su costo original, expresados cada uno de ellos en términos de su reposición, a la fecha de su medición. Deberán utilizarse precios de contado correspondientes a los volúmenes habituales de compra o, si éstas no fueran repetitivas, a volúmenes similares a los adquiridos.
Los precios que estén medidos en moneda extranjera, deben convertirse a moneda argentina utilizando el tipo de cambio del momento de la medición. Los precios deben ser cercanos al cierre del período. En lo posible, deben ser obtenidos de fuentes directas confiables, como las siguientes:
Cotizaciones o listas de precios de proveedores.
Costos de adquisición y producción reales.
Ordenes de compra colocadas y pendientes de recepción.
Cotizaciones que resulten de la oferta y la demanda en mercados públicos o privados, publicadas en boletines, periódicos o revistas. Cuando lo anterior no sea factible, podrán emplearse aproximaciones basadas en:
Reexpresiones basadas en la aplicación de índices específicos de los precios de los activos de que se trate o de los insumos que componen su costo. Presupuestos actualizados de costos. En casos especiales podrá recurrirse a tasaciones efectuadas por peritos independientes.
Empleo del costo original como sucedáneo Si la obtención del valor corriente fuera imposible o muy costosa se usará como sucedáneo el costo original.
Comparaciones con valores recuperables
Criterio general Ningún activo (o grupo homogéneo de activos) podrá presentarse en los estados contables por un importe superior a su valor recuperable, entendido como el mayor importe entre: a) su valor neto de realización, determinado de la manera indicada en la sección 4.3.2 (Determinación de valores netos de realización); b) su valor de uso, definido como el valor actual esperado de los flujos netos de fondos que deberían surgir del uso de los bienes y de su disposición al final de su vida útil (o de su venta anticipada, si ella hubiera sido resuelta) y determinado aplicando las normas de las secciones 4.4.4 y 4.4.5.
Frecuencia de las comparaciones Las comparaciones entre las mediciones contables primarias de los activos y sus correspondientes valores recuperables deben hacerse cada vez que se preparen estados contables, en los casos de: 1)
cuentas a cobrar (incluyendo a los depósitos a plazo fijo y las titulizadas);
2)
bienes de cambio;
3)
instrumentos derivados sin cotización;
4)
intangibles no utilizados en la producción o venta de bienes y servicios y que generan un flujo de fondos propio e identificable;
5)
bienes tangibles e intangibles que ya no estén disponibles para el uso;
6)
participaciones permanentes en otras sociedades, valuadas al costo; y
7)
bienes destinados a alquiler. En los casos de: a) bienes de uso; b) intangibles empleados en la producción o venta de bienes y servicios; c) otros intangibles que no generan un flujo de fondos propio; y d) participaciones permanentes en otras sociedades, valuadas al valor patrimonial proporcional; la comparación con el valor recuperable deberá hacerse cada vez que se preparen estados contables cuando: 1) el activo incluya cualquier intangible empleado en la producción o venta de bienes y servicios o un valor llave, en la medida que se deprecien a lo largo de más de veinte años desde la fecha de su incorporación al activo; o 2) existe algún indicio de que tales activos se hayan desvalorizado (o de que una desvalorización anterior se haya revertido). Los indicios a considerar con el propósito indicado en el párrafo anterior son, como mínimo, los siguientes (los indicados entre paréntesis corresponden a situaciones en que se podrían haber revertido desvalorizaciones anteriores): a) de origen externo:
1) declinaciones (o aumentos) en los valores de mercado de los bienes que sean superiores a las que debería esperarse con motivo del mero transcurso del tiempo;
2) cambios importantes ocurridos o que se espera ocurrirán próximamente en los mercados y en los contextos tecnológico, económico o legal en que opera el ente y que lo afectan adversamente (o favorablemente); 3) aumentos (o disminuciones) en las tasas de interés que afecten la tasa de descuento utilizada para calcular el valor de uso del activo, disminuyendo (o aumentando) su valor recuperable en forma significativa; 4) disminución (o aumento) del valor total de las acciones del ente no atribuibles a las variaciones de su patrimonio contable; b) de origen interno: 1) evidencias de obsolescencia o daño físico del activo; 2) cambios ocurridos o que se espera ocurrirán próximamente en la manera en que los bienes son o serán usados, como los motivados por planes de descontinuación o reestructuración de operaciones o por haberse decidido que la venta de los bienes se producirá antes de la fecha originalmente prevista (o por haberse efectuado mejoras que incrementan las prestaciones de los bienes); 3) evidencias de que las prestaciones de los bienes son peores (o mejores) que las anteriormente previstas; 4) expectativas (o desaparición de ellas) de pérdidas operativas futuras; c) las brechas observadas en anteriores comparaciones de las mediciones contables primarias con los valores recuperables de los bienes.
Niveles de comparación
Criterio general Las comparaciones con valores recuperables se harán al nivel de cada bien o, si correspondiera, grupo homogéneo de bienes.
Bienes de cambio La comparación con el valor recuperable se efectuará considerando la forma de utilización o comercialización de los bienes. Por ejemplo: bienes que se combinan para la producción de un nuevo bien, venta individual bien por bien, venta a granel, agrupación de productos complementarios en una única oferta, venta de algunos productos por debajo de su costo para generar la venta de otros productos.
Bienes de uso e intangibles que se utilizan en la producción o venta de bienes y servicios o que no generan un flujo de fondos propio Las comparaciones con el valor recuperable deben hacerse: a) al nivel de cada bien o, si esto no fuera posible, b) al nivel de cada “unidad generadora de efectivo”. La imposibilidad de realizar las comparaciones del inciso a), debe basarse en fundamentos objetivos. Se consideran “unidades generadoras de efectivo” a los grupos identificables más pequeños de bienes de uso e intangibles cuyo uso continuo genera entradas de fondos mayormente independientes de las producidas por el uso de otros activos o grupos de activos. En principio, se definirán unidades generadoras de efectivo que no incluyan a los activos generales y a la llave de negocio (si estuviere contabilizada). Se consideran “activos generales” a los que contribuyen a la obtención de flujos de efectivo futuros en todas las unidades generadoras de efectivo existentes y son distintos del valor llave (por ejemplo: los edificios de la administración general o del centro de cómputos). Luego, y por separado, se intentará la asignación de los activos generales y la llave de negocio a las unidades generadoras de efectivo definidas o a grupos de ellas. Si la asignación recién referida es posible, la comparación entre las mediciones contables previas y los valores recuperables se hará para cada unidad generadora de efectivo, incluyendo en la medición contable de ésta a la porción asignada de los activos generales y de la llave. Si dicha asignación no fuere posible, se harán dos comparaciones: a) la primera, para cada unidad generadora de efectivo, sin incluir en la medición contable de ésta ninguna porción asignada de los activos generales y de la llave; b) la segunda, al nivel de la unidad generadora de efectivo más pequeña a la cual puedan asignarse la llave de negocio y los activos generales sobre una base razonable y consistente. Cuando exista un mercado activo para el producto de la utilización de uno o más bienes, se considerará que éstos integran una unidad generadora de efectivo, incluso cuando dicho producto no sea vendido sino empleado internamente (aunque sea parcialmente). Las unidades generadoras de efectivo que se definan serán utilizadas consistentemente, salvo cuando pueda justificarse un cambio de agrupamientos.
Estimación de los flujos de fondos Las proyecciones de futuros flujos de fondos que se hagan para la determinación de valores recuperables deben: a) expresarse en moneda de la fecha de los estados contables, por lo cual se requiere que la tasa de descuento a utilizar excluya los efectos de los cambios futuros en el poder adquisitivo de la moneda;
b) cubrir un período que abarque la vida útil restante de los activos principales de cada unidad generadora de efectivo; c) basarse en premisas que representen la mejor estimación que la administración del ente pueda hacer de las condiciones económicas que existirán durante la vida útil de los activos; d) dar mayor peso a las evidencias externas; e) basarse en los presupuestos financieros más recientes que hayan sido aprobados por la administración del ente, que cubran como máximo un período de cinco años; f) para los períodos no cubiertos por dichos presupuestos, deberá basarse en extrapolaciones de las proyecciones contenidas en ellos, usando una tasa de crecimiento constante o declinante (incluso nula o menor a cero), a menos que pueda justificarse el empleo de una tasa creciente; g) no utilizar tasas de crecimiento que superen a la tasa promedio de crecimiento en el largo plazo para los productos, industrias o países en que el ente opera o para el mercado en el cual se emplean los activos, salvo que el uso de una tasa mayor pueda justificarse debidamente; h) considerar las condiciones actuales de los activos; i)
incluir: 1) las proyecciones de entradas de fondos atribuibles al uso de los activos;
2) las salidas de fondos necesarias para la obtención de tales entradas, que puedan ser atribuidas a esos activos sobre bases razonables y consistentes, incluyendo los pagos futuros necesarios para mantener o conservar el activo en su nivel de rendimiento originalmente previsto. 3) el valor neto de realización a ser obtenido por la disposición de los activos, calculado de acuerdo con las normas de la sección 4.3.2 (Determinación de valores netos de realización); j)
no incluir los flujos de fondos que se espera ocasionen: 1) las cancelaciones de pasivos ya reconocidos a la fecha de la estimación; 2) reestructuraciones futuras que no han sido comprometidas; 3) las futuras mejoras a la capacidad de servicio de los activos; 4) los resultados de actividades financieras; 5) los pagos o recuperos del impuesto a las ganancias.
En la estimación de los importes y momentos de los flujos de fondos que generarán las cuentas por cobrar (incluyendo a las titulizadas) deberán considerarse las incobrabilidades y moras que se consideren probables. A este fin, se tendrán en cuenta, como mínimo, los siguientes elementos de juicio: a) dificultades financieras significativas del emisor; b) alta probabilidad de que el deudor entre en quiebra o solicite una reestructuración de su deuda;
c) existencia de concesiones otorgadas al deudor debido a sus dificultades financieras (que no se habrían otorgado en condiciones normales); d) desaparición de un mercado activo para el activo en cuestión; e) incumplimientos ya ocurridos de las cláusulas contractuales, como la falta de pago de intereses o del capital o su pago con retraso; f) un patrón histórico de comportamiento que haga presumir la imposibilidad de cobrar el importe completo. Si las cuentas a cobrar contasen con garantías cuya probabilidad de ejecución sea alta, el flujo de fondos a computar será el que pueda provenir de tal ejecución, para cuya estimación se considerará el valor corriente de la garantía.
Tasas de descuento Para estimar los valores recuperables deben emplearse tasas de descuento que: a) reflejen las evaluaciones que el mercado hace del valor tiempo del dinero y de los riesgos específicos del activo que no hayan sido ya considerados al estimar los flujos de fondos; b) excluyan los efectos de los cambios futuros en el poder adquisitivo de la moneda; c) no consideren el efecto del impuesto a las ganancias. En los casos de las cuentas a cobrar alcanzadas por la sección 5.2 (Cuentas a cobrar en moneda), respecto de las cuales no existan la intención y la factibilidad de negociarlas, cederlas o transferirlas anticipadamente, y de los títulos de deuda para cuya medición contable deban aplicarse las reglas enunciadas en la sección 5.7 (Inversiones en títulos de deuda a ser mantenidos hasta su vencimiento y no afectados por coberturas), la tasa de interés para el cálculo de los valores recuperables será la misma tasa utilizada para determinar los intereses devengados hasta la fecha de los estados contables.
Imputación de las pérdidas por desvalorización Las pérdidas por desvalorización deben imputarse al resultado del período, salvo las que reversen valorizaciones incluidas en saldos de revalúos mantenidos por aplicación de las normas de transición de la sección 8.2.2 (Bienes de uso y asimilables y saldos de revalúos), que reducirán dichos saldos. Las pérdidas resultantes de las comparaciones entre mediciones contables recuperables correspondientes a bienes individuales reducirán las primeras.
y
valores
Las pérdidas resultantes de las comparaciones entre mediciones contables y recuperables de unidades generadoras de efectivo, se imputarán en el siguiente orden:
valores
a) a la llave de negocio asignada a ellos;
b) a los otros activos intangibles asignados a ellos, y si quedare un remanente; c) se lo prorrateará entre los restantes bienes incluidos en la medición contable que se compara, en proporción a sus mediciones (anteriores al cómputo de la desvalorización).
Reversiones de pérdidas por desvalorización Las pérdidas por desvalorización reconocidas en períodos anteriores sólo deben reversarse cuando, con posterioridad a la fecha de su determinación, se produzca un cambio en las estimaciones efectuadas para determinar los valores recuperables. En tal caso, la medición contable del activo o activos relacionados debe elevarse al menor importe entre: a) la medición contable que el activo o grupo de activos habría tenido si nunca se hubiese reconocido una pérdida por desvalorización; y b) su valor recuperable. Las reversiones de pérdidas por desvalorización se imputarán al resultado del período, excepto en la medida en que reversen desvalorizaciones de bienes revaluados previamente por aplicación de la sección 8.2.2 (Bienes de uso y asimilables y saldos de revalúo), en cuyo caso: a) el incremento de la medición contable del activo hasta el importe que habría tenido si nunca hubiese sido revaluado, se reconocerá como una ganancia; b) el resto aumentará el saldo de revalúo. Las reversiones de pérdidas resultantes de las comparaciones entre mediciones contables y valores recuperables correspondientes a bienes individuales se agregarán a las mediciones contables de estos. Las reversiones de pérdidas resultantes de las comparaciones entre la medición contable y el valor recuperable de una unidad generadora de efectivo se agregarán a las mediciones contables de los activos en el siguiente orden: a) primero, a los activos integrantes de la unidad que sean distintos a la llave de negocio, en proporción a sus mediciones contables (anteriores al cómputo de la desvalorización), con la siguiente limitación: ningún activo debe quedar por encima del menor importe entre: 1) su valor recuperable (si fuere determinable); y 2) la medición contable que el activo habría tenido si nunca se hubiese reconocido la desvalorización previa; b) si la asignación anterior fuera incompleta debido a la aplicación de los topes indicados, se efectuará un nuevo prorrateo entre los bienes individuales de la unidad que no haya alcanzado dichos límites; c) el remanente no asignado será agregado al valor llave que estuviere asignado a la unidad, siempre que se cumplan las condiciones expuestas en el párrafo siguiente. La desvalorización contabilizada para la llave de negocio sólo será reversada cuando:
a) haya sido causada por un hecho externo específico de carácter excepcional cuya recurrencia no se espera; y b) haya sido reversada por otro(s) hecho(s) externos. El hecho de que la pérdida de valor reconocida para un activo haya desaparecido total o parcialmente puede indicar que la vida útil restante, que el método de amortización o que el valor residual necesitan ser revisados, aunque el indicio no lleve a la reversión de la pérdida de valor del activo.
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