CONTABILIDAD BASICA 2010 miercoles

March 31, 2018 | Author: Lean Spinetta | Category: Accounting, Cheque, Liquidation, Limited Liability Company, Business
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CONTABILIDAD BASICA

Unidades econó económicas

LA FAMILIA

LAS EMPRESAS

CONTABILIDAD

EL ESTADO

LA NACION

FUNDAMENTOS DE LA TEORÍA CONTABLE 1.1. Visión Global de Empresa

Empresa

Unidad Económica

Logro de Objetivos

Recursos: Financieros Humanos y Materiales

Interrelación con elementos económicos, sociales, políticos y culturales

FUNDAMENTOS DE LA TEORÍA CONTABLE Empresa

Corto plazo: Metas

Dimensión en el tiempo

Largo Plazo: Logro de Objetivos

FUNDAMENTOS DE LA TEORÍA CONTABLE Empresa

Información

Histórica, Presente y Futura

Requiere para la planificación, organización, dirección y control

Cuantitativa o cualitativa

FUNDAMENTOS DE LA TEORÍA CONTABLE 1.2. Formas Jurídicas de la Organización Empresarial Empresa Individual Empresa Colectiva Sociedad de Responsabilidad Limitada Sociedad Anónima (S.A.) S.A. Abierta S.A. Cerrada E.I.R.L

Personas Naturales

De Responsabilidad Limitada

Propiedad De Personas

Comandita Simple Colectivas

Personas Jurídicas

Individual

Abierta Sociedad Anónima

Cerrada Abierta

De Capital

Comandita por Acciones

Cerrada

Cooperativas

I. Entidades con personalidad jurídica  Sociedades de personas • • •

Colectiva civil Colectiva comercial Responsabilidad limitada

 Sociedades de capital • • •

Sociedades en comandita: simple y por acciones Sociedades anónimas: abiertas y cerradas Sociedades por Acciones

 Empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL)

III. Legislación aplicable • Artículos 2.053 a 2.115 del Código Civil. • Artículos 348 a 423 y 470 a 511 del Código de Comercio. •

Ley N° 3.918 sobre sociedades de responsabilidad limitada (civiles y comerciales).



Ley N° 18.046 sobre sociedades anónimas.

• Ley N° 19.857 sobre responsabilidad limitada.

empresas

individuales

de

Sociedades (generalidades) i.

Definición (artículo 2.053 del Código Civil): “La sociedad es un contrato en que dos o más personas estipulan poner algo

en común con la mira de repartir entre sí los beneficios que de ello provengan. La sociedad forma una persona jurídica, distinta de los socios individualmente considerados”.

ii. Características • • • •

Es un contrato (elemento esencia: aporte y distribución de beneficios apreciables en dinero, no moral). Tienen personalidad jurídica. Pueden ser civiles o comerciales dependiendo del objeto social (artículo 3° del Código de Comercio). Pueden ser de personas, esto es, se pacta principalmente en razón de las personas, o de capital, en que la identidad de los socios no es importante.

Sociedades de personas (tipos) a.

Colectiva civil

b. Colectiva comercial (para negocios que la ley califica de actos de comercio) c.

Responsabilidad limitada

a. Sociedad colectiva civil 

Constitució Constitución: Consensual.



Aporte: Aporte Cualquier cosa material o inmaterial que tenga una apreciación monetaria.

Administració Administración: Lo que establezca en el pacto social. Si nada se señala, existe un mandato legal recíproco, esto es, todos administran.



b. Sociedad colectiva comercial 

Constitució Constitución: Es solemne. Se forma y prueba por escritura pública, y su extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial, dentro de los 60 días siguientes.



Administració Administración: Lo que establezca el pacto social. Si nada se señala, existe un mandato legal recíproco.



Razó Razón social: social Debe llevar el nombre de todos o algunos de los socios más

“y compañía”. 

Responsabilidad: Responsabilidad Solidaria de los socios.

c. Sociedad de Responsabilidad Limitada 

Constitución: Es solemne. Debe constar por escritura pública, y su extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial, dentro de los 60 días siguientes.



Razón social: Puede contener nombre de uno o más socios o referencia al objeto social más la palabra “limitada”. De lo contrario los socios serán solidariamente responsables.



Aporte: Supletoria civil o comercial.



Administración: Supletoria civil y comercial.



Modificaciones requieren acuerdo de todos los socios y formalidades.

Sociedades de capital (tipos) a) Sociedades en comandita • simple • por acciones b) Sociedades Anónimas • abiertas • cerradas c) Sociedades por Acciones

a. Sociedades en comandita  Los socios pueden ser de 2 tipos: los socios gestores, que son los únicos que tienen facultades de administración, y los socios comanditarios que son socios pasivos (sólo aportan capital).  Los socios comanditarios no pueden administrar. Tampoco deben incluir su nombre en la razón social, de lo contrario serán solidariamente responsables.  Sociedad en comandita simple: Los comanditarios tienen derechos en la sociedad como en las sociedades colectivas. Los socios gestores responden con todo su patrimonio, los comanditarios solo hasta sus aportes.  Sociedad en comandita por acciones: El capital aportado por los comanditarios se divide en acciones. Los socios gestores responden con todo su patrimonio, los comanditarios solo hasta sus aportes.

b. Sociedad Anónima (generalidades)  Concepto (artículo 2061 Código Civil): “Una persona jurídica formada por la reunión de un fondo común, suministrado

por accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables”.  Puede ser una sociedad anónima abierta, en cuyo caso queda sometida a la fiscalización de la SVS. Lo será por el solo ministerio de la ley, cuando:    

Tenga 500 accionistas o más. Tenga a lo menos un 10% de su capital suscrito en poder de un mínimo de 100 accionistas, excluidos los accionistas que individualmente excedan de ese porcentaje. Haga oferta pública de sus acciones. También podrá serlo cuando lo acuerde la junta extraordinaria de accionistas.

b. Sociedad Anónima  Constitució Constitución: Escritura pública, y su extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial, dentro de los 60 días siguientes.  Aportes: Aportes No existe el socio industrial. Existe un capital autorizado o nominal, que es el estatutario. El capital suscrito es el colocado entre los accionistas y que se encuentra prometido pagar. El capital pagado es el enterado en dinero o en otros bienes.

b. Sociedad Anónima (continuación)  Administració Administración: • Directorio: órgano de administración de la sociedad. Mínimo tres en las cerradas y cinco en las abiertas. Tienen la representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Los designa la Junta de Accionistas. • Gerente: puede haber un gerente o varios. Los designa el Directorio, y éste les delega poderes generales o especiales. • Junta de Accionistas: órgano máximo de la sociedad. Se pronuncia sobre modificaciones, disolución, sobre la vida normal de la sociedad y sus resultados anuales.

b. Sociedad Anónima (continuación)  Aspectos particulares: particulares  Los socios son los accionistas y responden sólo con sus aportes. Sus derechos están representados en acciones. • Las acciones son de libre cesibilidad. • Pactos de Accionistas. • Su administración está regulada por la ley. • Es siempre mercantil, aún cuando su objeto sea civil. • Modificaciones por mayoría. • Razó Razón social: social Debe incluir las palabras “Sociedad Anónima” o la abreviatura “S.A.”

c. Sociedad por Acciones  Aspectos particulares: particulares • Sencillez en la administración (con o sin directorio) • Capital dividido en acciones • Las acciones son de libre cesibilidad. • Similares formalidades de constitución.

Empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL)  Constitució Constitución: Es solemne. Debe constar por escritura pública, y su extracto se inscribe en el Registro de Comercio y se publica en el Diario Oficial, dentro de los 60 días siguientes.  Administració Administración: corresponde al titular de la empresa o a su mandatario debidamente facultado.  Aporte: Aporte Supletoria civil y comercial.

EIRL (continuación)  Caracterí Características: • La EIRL es una persona jurídica con patrimonio propio distinto al del titular. • La EIRL es siempre comercial y está sometida al Código de Comercio cualquiera que sea su objeto; podrá realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por la ley a las sociedades anónimas. • La razón social debe contener el nombre del constituyente y opcionalmente nombre de fantasía, giro y las palabras “empresa individual de responsabilidad limitada” o la abreviatura “EIRL”.

EIRL (continuación)  Responsabilidad Limitada: • La empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes. • El titular de la empresa responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte que se hubiere comprometido a realizar en conformidad al acto constitutivo y sus modificaciones (salvo excepciones).

FUNDAMENTOS DE LA TEORÍA CONTABLE La Contabilidad : Relación con la Economía, derecho y la administración

Contabilidad

Derecho

Administración

Economía

Definiciones y Campos de Aplicación de la Contabilidad “La doctrina contable" y "rama contable".

“La Contabilidad es el arte de registrar, clasificar y resumir en forma significativa y en términos de dinero, las operaciones y los hechos que son, cuando menos en parte, de carácter financiero, así como de interpretar sus resultados".

“A la Contabilidad se le ha llamado el lenguaje de los negocios y aunque algunos se oponen a esta definición, encontraremos que la tarea de aprender Contabilidad viene a ser esencialmente la misma que implica el estudio de un nuevo idioma".

"Contabilidad, la ciencia que trata de la información y control de hechos económicos y financieros procurando los medios de organización y administración más adecuados para llevar cuenta clara y exacta de las operaciones que se realizan y de sus resultados".

la "Contabilidad es proveer información cuantitativa forma estructurada y sistemática sobre las operaciones considerando los eventos económicos que la afecten ésta y a terceros la toma de decisiones sociales, políticas"

y oportuna en de una entidad, para permitir a económicas y

Expresiones: disciplina, doctrina, rama, lenguaje de negocio, técnica de administración, técnica de economía: ciencia o arte. 1. su función: registro de hechos económicos 2. su objetivo: información de esos hechos económicos, de lo cual se deriva un segundo objetivo que es el control.

CONTABILIDAD CONCEPTO Proceso de observar, medir, clasificar y resumir las actividades de una organización expresada en términos monetarios y de interpretar la información resultante.

USUARIOS DE LA CONTABILIDAD INTERNOS • DUEÑOS DE LA EMPRESA • ADMINISTRADORES • PERSONAL DE LA EMPRESA

EXTERNOS • INVERSIONISTAS • PRESTAMISTAS O INST. FINANCIERAS • PROVEEDORES Y ACREEDORES • CLIENTES • GOBIERNO

TEORÍA CONTABLE Tipos de Información Contable CONTABILIDAD FINANCIERA CONTABILIDAD DE GERENCIA CONTABILIDAD TRIBUTARIA CONTABILIDAD PÚBLICA O GUBERNAMENTAL CONTABILIDAD DE COSTOS

TEORÍA CONTABLE Determinación de las Necesidades de Información Diferentes factores: tamaño de la organización, filosofía de la gerencia, tipo de empresa, etc.

Depender

Dictaminadas por ley Necesidad Práctica Costo de obtenerla

TEORÍA CONTABLE Principales Reguladores de la Información Contable - Financiera Servicio de Impuestos Internos Colegio de Contadores de Chile Superintendencia de Valores y Seguros

Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras

SISTEMA DE INFORMACION EN LA EMPRESA SISTEMA DE INFORMACION • CONCEPTO: Conjunto de elementos interrelacionados que interactúan con el objetivo de proporcionar información útil para la toma de decisiones”. (TEORIA GENERAL DE SISTEMAS)

Registros Contables Sistema general de informació información de una organizació organización Fuentes

Proceso

Medios Entes Fiscalizadores

Alta Dirección Externo

Instituciones Financieras

Contabilidad Otros Usuario Producción

Ventas

Entrada

Proceso

Recursos Humanos

Altos Ejecutivos Mandos Medios

Otros

Interno

Operaciones

Unidades / Departamentos

Funciones

Otros Retroalimentación Entorno

Sistemas de informació información contable • Elementos: – Personas – Materiales – Normativos – Registros

Sistema de Informació Información ¿Por qué la empresa necesita información? R: Para poder tomar decisiones.

tener

¿Quiénes toman decisiones? R: Los Usuarios de la Contabilidad (Internos y Externos)

PRINCIPIOS CONTABLES

Principios contables •

Reglas Fundamentales de la Teoría Contable.



En Chile, el Boletín Técnico Nº 1 del Colegio de Contadores, establece los Principios y Normas Contables que deben adoptarse para confeccionar los Estados Financieros. 1. Principios Contables Generalmente Aceptados. 2. Normas Generales de Contabilidad.

ENTIDAD CONTABLE Los Estados Financieros se llevan y preparan para una organización económica precisa e identificable, excluyendo los datos contables de otras entidades e incluso de los intereses del o los dueños, es decir, este principio representa la frontera para la preparación de informes, separándolo de su propietario y de otras organizaciones.

DUALIDAD ECONOMICA Los recursos disponibles que posee la entidad comercial son iguales a las fuentes de financiamientos, es decir, todo lo que la empresa tiene es adeudado a alguien, ya sea en calidad de acreedor (Pasivos) o dueño (Patrimonio).

RECURSOS = FUENTES ACTIVOS = PASIVOS

BIENES ECONOMICOS Los bienes económicos deben cumplir con el requisito de tener la capacidad de someterse a un sistema de valorización, es decir, no constituye información contable lo que no se puede expresar en términos monetarios. Ejemplo de ellos sería la habilidad del recurso humano, huelgas, personas enfermas, etc.

MONEDA Debido a los diversos componentes que existen en una empresa, estos se pueden reducir a un común denominador para así poder agruparlos y compararlos fácilmente, como por ejemplo, el total de activos.

COSTO HISTORICO Registro del valor que estipula el documento legal o comercial. Es decir, en contabilidad, todo activo se registra inicialmente al precio pagado para su adquisición. Este principio tiene a su favor el hecho de ser algo definido, verificable y objetivo.

EMPRESA EN MARCHA La empresa como organismo económico tendrá una existencia proyectada en el futuro, lo que presume una permanencia continuada sin conocerse fecha de término, que no tiene la intención ni necesidad de liquidarse (venderse) o de reducir sustancialmente la escala de sus operaciones.

REALIZACION Este principio está relacionado con las operaciones de venta que realiza una empresa. Indica que sólo se deben registrar los hechos económicos cuando existe un contrato o documento (facturas, por ejemplo) de por medio (situación legal).

DEVENGADO Este principio señala que se deben registrar todos los recursos, sean en efectivo o no, como derechos a percibir; y en registrar todas las obligaciones, sean en efectivo o no, como obligaciones a pagar.

PERIODO DE TIEMPO Este principio nació por necesidades de la empresa, ya sea para comparar, medir o tomar decisiones futuras y no por requerimientos legales. Sin embargo, es obligatorio que toda empresa deba presentar anualmente los Estados Financieros para efecto de fiscalización y su posterior pago de impuestos.

CRITERIO PRUDENCIAL En la contabilidad, en algunas oportunidades, se deben realizar estimaciones, involucrar elementos de juicio o se carecen de datos objetivos al distribuir gastos e ingresos entre períodos y actividades, por lo tanto se requiere tener un criterio sano al registrarlo. Esto implica que debe subvaluarse la utilidad neta en vez de sobrevaluarlos. La doctrina conservadora descansa en la expresión: “Ignorar las utilidades no realizadas y considerar todas las posibles pérdidas”. Es decir, cuando existen dudas sobre la valuación de un activo o la realización de una ganancia, se debe optar por la situación que reporte un ingreso más bajo y menos favorable.

CONTENIDO DE FONDO SOBRE LA FORMA Al registrar contablemente debe prevalecer lo económico por sobre lo legal, para así poder tomar decisiones. Este principio asegura el enfoque financiero de los Estados Financieros requeridos por los usuarios, antes que los requerimientos tributarios que se necesitan para la declaración de impuestos. Para esto se deben efectuar ajustes extracontables.

EXPOSICION Para poder informar a todos los usuarios de los Estados Financieros (EE.FF.), se necesita además presentar información más completa. Esto se logra con las “Notas Explicativas” que se adjuntan a los EE.FF. Con esto se hace más transparente la información contenida en dichos estados y se evita que se malinterpreten.

EQUIDAD La Equidad o Imparcialidad implica que la persona encargada de registrar todos los hechos económicos ocurridos en la empresa deben ser confeccionados de forma “Imparcial”, es decir, que los EE.FF. deben ser preparados por alguien que sea objetivo, equitativo y ético. Estas características son exigidas al contador al confeccionar los EE.FF. Existe Equidad cuando no se beneficia a ningún usuario en especial (La Equidad implica ser Imparcial).

MODULO 2 COMPROBANTES Y DOUMENTACION MERCANTIL

La documentación mercantil es la base de la contabilidad, pues en ella quedan registrados los hechos económicos históricamente ocurridos en la empresa y es con ellos con los que se realizan las anotaciones en los libros contables.

FUNDAMENTOS DE LA TEORÍA CONTABLE Documentos de Uso Común en las Empresas 1. Comprobante de Contabilidad 2. Facturas 3. Boletas 4. Notas de Débito Tributarías 5. Notas de Créditos Tributarías 6. Guía de Despacho 7. Hoja de Entrada de Materiales 8. Hoja de Salida de Materiales (Vales de Consumo) 9. Solicitudes de cotización 10.Ordenes de Compras

Facturas La factura es un documento que especifica los detalles de una transacción de adquisición o venta y la cantidad de dinero. Esta es regulada en cuanto a su formato, monto mínimo que se puede emitir y cantidad autorizada de emisión y timbraje por el Servicio de Impuestos Internos (SII). Tiene como finalidad garantizar comprador la propiedad de lo adquirido. adquirido

al

Los datos que deben llevar una factura son: Nombre completo o razón social del contribuyente emisor. Número de RUT. Dirección del establecimiento, y de sus sucursales si las tuviere. Comuna o nombre del lugar, según corresponda. Giro del negocio Número de teléfono y casilla, cuando ello corresponda. Numeración correlativa. En el caso de contribuyentes que desarrollan actividades en más de un establecimiento o sucursal deberán emitir sus documentos con numeración única nacional.

Una factura debe constar de cuatro ejemplares: Original - Cliente. Se entrega al comprador. Duplicado - S.I.I. Queda en poder del vendedor. Triplicado - Control Tributario. Se entrega al comprador Cuadruplicado – Vendedor ( Cobro Ejecutivo) En caso de pérdida de facturas se debe dar aviso en la Unidad del Servicio correspondiente al domicilio del contribuyente, en los diez días siguientes, utilizando para ello el formulario 3238 “Aviso - Informe Pérdida de Documentos” Además debe realizar una publicación en un Diario de circulación nacional por tres días consecutivos.

¿Qué son las notas de crédito? Es un documento que indica una reducción en el monto a favor de un cliente debido a la devolución de bienes o un crédito otorgado. Con frecuencia toma la misma forma general de una factura de ventas, pero apoya reducciones en las cuentas por cobrar en lugar de aumentarlas. Requisitos para hacer una nota de crédito Exigidas en el artículo 57º del D.L. Nº825, de 1974, por los descuentos o bonificaciones otorgadas con posterioridad a la facturación. Se usa para arreglar errores de facturació facturación u omisió omisión, rebaja IVA cré crédito comprador .

¿Qué son las notas de débito? Es un documento que indica un aumento en el monto a favor de la empresa debido a un interés o un ajuste por mayor valor, cuando al facturar se cobro de menos, por error u omisió omisión Requisitos y características deben tener las notas de débito Exigidas en el artículo 57º del D.L. Nº 825, de 1974, por aumento del impuesto facturado. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 71º del Reglamento, las notas de débito deben cumplir los mismos requisitos para las facturas y solamente pueden ser emitidas al mismo comprador o beneficiario del servicio para modificar facturas otorgadas con anterioridad.

¿Qué son las boletas? Es un documento que en el cual se registra la cantidad de dinero por una venta. ¿Cuántos ejemplares lleva una boleta de compraventas y cual es su destino? Deben ser dos ejemplares: -Original vendedor -Copia comprador -Los ejemplares extras o voluntarios deberán llevar impresa la siguiente leyenda: "COPIA NO VALIDA PARA EFECTOS TRIBUTARIOS"

¿Cuál es el monto mínimo para emitir una boleta de compraventa? Monto mínimo exigido para la emisión de la boleta es de $ 190. Según lo normado por el Servicio de Impuestos Internos.

¿Qué es una guía de despacho? Es un documento que se emite para identificar la descripció descripción, cantidad e informació información relacionada con los bienes corporales muebles y servicios, por ventas de la empresa. Exigidas en el artículo Nº 55 del D.L. Nº 825, de 1974, de emisió optado emisión obligatoria cuando se hubiera en postergar el otorgamiento de la factura y cuando se trasladen bienes que valoren o no venta, sus requisitos y características, conforme a la disposición mencionada y artículo 70ª del Reglamento y de las instrucciones del Servicio impartidas por circular Nº103, de 14.11 1979, complementada por circular Nº 62, de 28.08.1980.

Sirve para enviar Su producto a un destino final, en caso de revisión de Carabineros

DOCUMENTACION BANCARIA

Cuentas Corrientes Bancarias La cuenta corriente bancaria es un contrato en virtud del cual un banco se obliga a cumplir las ordenes de pago de otras personas hasta concurrencia de las cantidades de dinero que hubiese depositado en ella, o del crédito que le haya concedido. El cheque debe expresar el nombre del librado (portador), el lugar y fecha de expedición, la cantidad girada, en letras y números. Cualquiera otra cláusula que se agregue al cheque, se tendrá por no escrita o inexistente. El cheque siempre pagadero a la vista y cualquier menció mención en contrario se tendrá tendrá por no escrita. escrita En consecuencia, para los bancos no existen los cheques a fecha

ES UN CONTRATO

UN BANCO SE OBLIGA A CUMPLIR LAS ORDENES DE PAGO

HASTA EL TOTAL DE LO DEPOSITADO EN ELLA

ART. 1 LEY SOBRE CUENTAS CORRIENTES Y CHEQUES LAS ORDENES DE PAGO ESTAN CONSTITUIDAS POR LOS CHEQUES

REQUISITOS Y TRÁMITES PARA ABRIR CUENTA CORRIENTE. •TENER CAPACIDAD PARA CONTRATAR. •SER COMERCIENTA, INDUSTRIAL, AGRICULTOR, PROFESIONAL, ARTESANO O TRABAJADOR DE CUYA ACTIVIDAD SE INFIERA LA NECESIDAD DE CONTRATAR CON UN CONTRATO DE ESTA NATURALEZA. •ROL ÚNICO TRIBUTARIO. •CÉDULA DE IDENTIDAD. •CERTIFICADO DE SUELDO EN EL CASO DE EMPLEADOS. •CERTIFICADO DE IMPUESTOS EN CASO DE COMERCIANTES. •DEPÓSITO INICIAL MÍNIMO SEGÚN INSTITUCIÓN BANCARIA. •PATROCINADO POR DOS CLIENTES DEL BANCO. •PRESENTAR SOLICITUD CORRESPONDIENTE PARA LA APERTURA DE CTA. CTE. •SI LA SOLICITUD ES ACEPTADA, ESTAMPA SU FIRMA EN LOS REGISTROS DEL BANCO Y HACE SU PRIMER DEPÓSITO, LLENANDO LA BOLETA DE DEPÓSITO. •EL BANCO PROCEDE A ENTREGARLE UN LIBRETO DE CHEQUES, QUE LLEVA IMPRESO N° DE CTA. CTRE. Y EL NOMBRE.

DEBE HACER EN EL MISMO BCO. EN LA SUCURSAL DONDE MANTIENE SU CTA. CTE.

1. DEBE LLENAR LA BOLETA DE DEPÓ DEPÓSITO. EXISTE EN LOS BNCOS DEL PAÍ PAÍS DONDE HAY SUCURSALES

PARA DEPOSITAR DEBE LLENARSE BOLETA DE DEPÓ DEPÓSITO

EN ELLAS SE PUEDEN DEPOSITAR, DINERO EN EFECTIVO, CHEQUES, O DEPÓ DEPÓSITOS DE AHORRO.

•PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UN GIRO DE UN CHEQUE: 1.- GIRADOR O LIBRADOR: ES LA PERSONA QUE GIRA EL CHEQUE CONTRA LA SUCURSAL DEL BANCO DONDE TIENE SU CTA. CTE., ORDENANDO EL PAGO AL FIRMAR EN EL ÁNGULO INFERIOR DERECHO. 2.- LIBRADO O GIRADO: ES LA PERSONA JURIDICA (BANCO) A QUIEN SE LE DA LA ORDEN PARA QUE PAGUE EL CHEQUE. TOMADOR, TENEDOR O BENEFICIARIO: ES LA PERSONA A CUYO NOMBRE SE EXTIENDE EL CHEQUE. LOS CHEQUES DE ACUERDO CON LA LEY DEBEN LLEVAR LAS SGTES. CLAUSULAS: NOMBRE DEL BENEFICIARIO. NOMBRE DEL LIBRADO. LUGAR Y FECHA DE EXPEDICIÓN. CANTIDAD GIRADA, EN LETRAS Y NÚMEROS FIRMA DEL GIRADOR.

60 DÍ DÍAS CONTADOS DESDE LA FECHA DE SU GIRO EN LA MISMA PLAZA.

90 DÍ DÍAS PARA ,OTRAS PLAZAS.

UN CHEQUE HA CADUCADO CUANDO EXPIRAN ESTAS FECHAS

SE DEBE RECURIR AL GIRADOR PARA QUE AUTORICE AL LIBRADOR SU PAGO.

ESTA AUTORIZACIÓ AUTORIZACIÓN RECIBE EL NOMBRE DE REVALIDACIÓ REVALIDACIÓN.

AL REVERSO DEL DOCUMENTO EL GIRADOR FIRMA, ORDENA AL BANCO, SU PAGO, A PESAR DE SU CADUCIDAD.

CONSISTE EN ESTAMPAR LA EXPRESIÓ EXPRESIÓN REVALIDADO, LA FECHA Y FIRMA DEL GIRADOR.

DÓNDE Y CÓMO SE COBRA PERSONALMENTE UN CHEQUE.

Para cobrar personalmente un cheque, el tenedor debe: 1. Dirigirse a la Caja pagadora del banco Librado, o cualesquiera otra sucursal del Banco si éste mantiene un servicio computarizado que haga posible su cobro inmediato. 2. Anotar en el reverso del cheque, lo que regularmente hace presentando su cédula de identidad. 3. Identificarse ante el cajero, con su cédula. 4. Firmar el cheque en su anverso, en forma atravesada. 5. Entregar el cheque al cajero, quien verifica el docto. Para su v°b°. 6. Por la cancelación de un cheque se entiende el escrito puesto sobre su anverso, por medio del cual el tenedor manifiesta haber recibido conforme el dinero de parte del Banco Librado. Consiste, en firmar sobre el anverso del cheque, en forma atravesada.

GIRADOS EN COMISIÓ COMISIÓN DE COBRANZA O EN PAGO DE OBLIGACIONES

EL CHEQUE GIRADO EN COMISIÓ COMISIÓN DE COBRANZA O MANDATO, ES AQUEL QUE LLEVA LAS PALABRAS “PARA MI” MI”, CASI NO SE USA..

CHEQUE GIRADO EN PAGO DE OBLIGACIONNES, ES AQUEL EN QUE EL GIRADOR EXTENDIÓ EXTENDIÓ EN PAGO DE UNA DEUDA,,PUEDE SER:

CHEQUE NOMINATIVO.

CHEQUE AL PORTADOR

CHEQUE A LA ORDEN. CRUZADO ESPECIAL.

CHEQUE CRUZADO.

OBSERVE E INDIQUE • CUALES SON LOS CAMBIOS QUE NECESITAN LOS DIFERENTES MODELOS DE CHEQUES QUE A CONTINUACIÓN SE EXPONEN, DE ACUERDO A LAS DEFINICIONES ENTREGADAS.

CHEQUE AL PORTADOR: Es Aquel que no lleva tarjada ninguna expresión. Por el motivo, este puede ser cobrado por cualquier persona.

MODELO DE CHEQUE AL PORTADOR:

SERIE A PUNTA ARENAS PUNTA ARENAS

1035079

0101-00331540033154-00 ANGEL RUIZ SALABERRY´ SALABERRY´

$__________________ 009009-032034

___________________DE____________________DE _________ PAGUESE A LA ORDEN DE____________________________________________________________________ DE____________________________________________________________________ o al portador LA CANTIDAD DE_________________________________________________________________ DE_________________________________________________________________ ________________________________________________PESOS M/L. Banco Santander Santiago 100330791

0090320100331500 01

____________________________________

CHEQUE A LA ORDEN: Es Aquel que lleva tarjada la expresión “o al portador” en este caso el cheque sólo puede ser cobrado por la persona a cuyo nombre se extendió..

MODELO DE CHEQUE A LA ORDEN: SERIE A PUNTA ARENAS PUNTA ARENAS

1035079

0101-00331540033154-00 ANGEL RUIZ SALABERRY´ SALABERRY´

$_10.000.$_10.000.-____________ 009009-032034

Punta Arenas 10_DE__Agosto

______DE _2007________

PAGUESE A LA ORDEN DE_____Angé DE_____Angélica Uyevich Barrientos_______________________________________ o al portador LA CANTIDAD DE__Diez ----------------------DE__Diez mil.---------------------------------------------------------------mil.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------________________________________________________PESOS M/L. Banco Santander Santiago 100330791

_____________XXXXX______________

0090320100331500 01

EL ENDOSO PUEDE SER:

TRANSLATICIO TRANSLATICIO DE DOMINIO DE DOMINIO

EN COMISIÓ COMISIÓN DE COBRANZA

DEJA DE SER SU LEGITIMO DUEÑ DUEÑO

ENDOSO EN BLANCO

SE CARACTERIZA POR LLEVAR LA EXPRESIÓ EXPRESIÓN “VALOR EN COBRO” COBRO” O “EN COMISIÓ COMISIÓN DE COBRANZA” COBRANZA”

ENDOSO REGULAR O A LA ORDEN

CHEQUES CON ENDOSO TRANSLATICIO DE DOMINIO:

Paguese a la orden De Diego de la Vega Firma de dueñ dueño del cheque firma

EL ENDOSO EN BLANCO CONVIERTE AL CHEQUE A LA ORDEN, EN UN CHEQUE AL PORTADOR, MIENTRAS QUE EL ENDOSO REGULAR NO ALTERA LA CONDICIÓ CONDICIÓN DEL DOCUMENTO, PUES CONTINUA SIENDO A LA ORDEN..

EN LA PRÁ PRÁCTICA EL ENDOSO QUE MÁ MÁS SE UTILIZA ES EL ENDOSO EN BLANCO, POR LA SIMPLICIDAD Y AGILIDAD QUE REPRESENTA SU TRANSFERENCIA.

ES AQUEL QUE SÓLO OTORGA MANDATO PARA COBRAR Y SE CARACTERIZA, PORQUE ADEMÁS DE LLEVAR LA FIRMA DEL ENDOSANTE, LLEVA LA EXPRESIÓN: “VALOR EN COBRO” O “EN CONISIÓN DE COBRANZA” U OTRA FRASE SIMILAR.

Páguese a la orden Del Banco Santander “Valor en Cobro” Cobro”

Firma.

CHEQUE NOMINATIVO: Es Aquel que lleva tarjada laS expresiones “la orden de” y “o al portador” circunstancia que lo hace intransferible y sólo puede ser cobrado po9r la persona a cuyo nombre fue extendido. MODELO DE CHEQUE A LA ORDEN: SERIE A PUNTA ARENAS PUNTA ARENAS

1035079

0101-00331540033154-00 ANGEL RUIZ SALABERRY´ SALABERRY´

$_10.000.$_10.000.-______ 009009-032034

Punta Arenas 10_DE__Agosto

______DE _2007______

PAGUESE A LA ORDEN DE_____Angé DE_____Angélica Uyevich Barrientos_______________________________________ o al portador LA CANTIDAD DE__Diez _ DE__Diez mil---------------------------------------------------------------mil----------------------------------------------------------------_ ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------________________________________________________PESOS M/L. Banco Santander Santiago 100330791

0090320100331500 01

______XXXXX________________________

CHEQUE CRUZADO: Es Aquel que lleva sobre su anverso dos líneas paralelas y transversales y por tal motivo sólo puede ser presentado al cobro por un banco, lo que significa que este tipo de cheque sólo puede depositarse. Un cheque puede cruzarse general o especialmente. MODELO DE CHEQUE CRUZADO GENERAL:

SERIE A PUNTA ARENAS PUNTA ARENAS

1035079

0101-00331540033154-00 ANGEL RUIZ SALABERRY´ SALABERRY´

$_10.000.$_10.000.-______ 009009-032034

Punta Arenas 10_DE__Agosto

______DE _2007________

PAGUESE A LA ORDEN DE_____Angé DE_____Angélica Uyevich Barrientos_______________________________________ o al portador LA CANTIDAD DE__Diez ----------------------------DE__Diez mil---------------------------------------------------------------mil--------------------------------------------------------------------------------------------________________________________________________PESOS M/L. Banco Santander Santiago 100330791

___________XXXXX___________________

0090320100331500 01

CHEQUE CRUZADO ESPECIALMENTE: Es Aquel que entre las líneas de cruce lleva el nombre del banco, por lo que únicamente puede depositarse en el banco mencionado entre las líneas de cruce. MODELO DE CHEQUE CRUZADO ESPECIALMENTE:

SERIE A PUNTA ARENAS

1035079

0101-00331540033154-00

ANGEL RUIZ SALABERRY´ SALABERRY´ PUNTA ARENAS

$_10.000.$_10.000.-_______ 009009-032034

Punta Arenas 10_DE__Agosto DE_2007____

PAGUESE A LA ORDEN DE_____Angé DE_____Angélica Uyevich Barrientos_______________________________________ o al portador LA CANTIDAD DE__Diez ------------------------------DE__Diez mil.---------------------------------------------------------------mil.----------------------------------------------------------------------------------------------________________________________________________PESOS M/L. Banco Santander Santiago 100330791

___________XXXXXXX________________

0090320100331500 01

CHEQUE NOMINATIVO: Es Aquel que lleva tarjada las expresiones “la orden de” y “o al portador” circunstancia que lo hace intransferible y sólo puede ser cobrado po9r la persona a cuyo nombre fue extendido. MODELO DE CHEQUE A LA ORDEN: SERIE A PUNTA ARENAS PUNTA ARENAS

1035079

0101-00331540033154-00 ANGEL RUIZ SALABERRY´ SALABERRY´

$_10.000.$_10.000.-_________ 009009-032034

Punta Arenas 10_DE__Agosto

______DE _2007________

PAGUESE A LA ORDEN DE_____Angé DE_____Angélica Uyevich Barrientos_______________________________________ o al portador LA CANTIDAD DE__Diez -------------------------------DE__Diez mil---------------------------------------------------------------mil-----------------------------------------------------------------------------------------------________________________________________________PESOS M/L. Banco Santander Santiago 100330791

0090320100331500 01

___________XXXXXX__________________

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