Constitucion en Actor Civil

January 27, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Expediente: 597-2015 Cuaderno: Escrito N° 01 Petición Legal: CONSTITUCIÓN DE ACTOR CIVIL.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA: ELIA MARLENE FASABI YAICATE, identificado con DNI N° 05382294, con domicilio Procesal Av. TACANA # 418, de Puerto Maldonado, a UD, con el debido respeto nos presentamos y decimos:

I.- PETITORIO: Que, en mi calidad de agraviado, a graviado, y considerando el plazo previsto en el artículo 101 del Código Adjetivo, recurro a su Despacho, Despac ho, a través del presente, prese nte, a fin de solicitar se nos conceda la constitución en Actor Civil, para lo cual acredito con requisitos de admisibilidad previstos en el artículo 100 Código Adjetivo anteslos citado.

DE LA TITULARIDAD:  Que, en virtud de lo previsto en el artículo 100, inciso 2, acápite a) del Código Procesal Penal, en cual dispone que la solicitud de actor civil debe contener  bajo sanción de inadmisibilidad: “Las generales de Ley de la persona física o la denominación de la persona jurídica con las generales de Ley de su representante legal”, en la que cumplo apersonándome como… ………….. , como agraviada, en la que solicito constituirme en Con DNI… Actor Civil,  Civil, Para tal efecto, cumplo con presentar: a) Documento Nacional de ………………

Identidad.

DEL IMPUTADO: En su oportunidad en el desarrollo de la presente denuncia, mediante: Formalización Directa del Ministerio Publico de fecha……………………. fecha…………………….,, se ha procedido a formalizar a FERNANDO ZENON ZEVALLOS ORTIZ Y ha UBALDINA RAMOS REAÑO  por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de Usurpación agravada prevista y sancionada en el Articulo 202 inc 3 del código penal con la agravante previsto del Articulo 204 inc. 2 del mismo cuerpo legal, en agravio de ella………………… ella…………………..

RELATO CIRCUNSTANCIADO

 

1.- Se tiene que el día 18 noviembre del año 201 2014, 4, a horas 8:20 los imputados se apersonaron a la vivienda ocupada por la denunciante y sin mediar palabra alguna empezaron a desarmar la edificación precaria que había construido la denunciante y cortaron los servicios y energía eléctrica con la finalidad de que se retiren del lugar. Posteriormente en fecha 25 de noviembre novie mbre del 2014, nuevamente los imputados fueron al lugar destruyendo el ambiente destinado para cocina que estaba hecha de madera y polietileno, sacando a la interperie una refrigeradora, botando los víveres de la mesa, sacando una mesa y llevando otros enseres a la calle, con la finalidad de que la agraviada desocupe el predio. De todo lo anterior, son las razones suficientes que justifican nuestra  pretensión.

PRUEBA DOCUMENTARIA Asimismo, en complimiento del inciso d) del artículo 100 del Código Procesal Penal, al presente procedemos en presentar los siguientes medios probatorios que se encuentran en la carpeta fiscal:  

3 FOTOGRAFIAS DE LOS DAÑOS CAUSADOS (FOJAS 04-05 de la carpeta fiscal), con esta fotografías demostramos la magnitud de los daños, al exterior e interior de la vivienda de la denunciante, ocasionados por los imputados.

 

LA DECLARACION DE LUIS ALFONSO TORRESCHASNAMOTA, (FOJAS 30-32 de la carpeta fiscal), con esta declaración demostramos que la denunciante se encontrada  posesionada y vivía en el predio de los imputados ya que había construido una casa rustica de madera con calaminas, en razón que el  propio imputado dio el consentimiento que habitaran en su predio.

 

ACTA DE CONSTATACION POLICIAL de fecha 18 de enero del 2015 en el inmueble ubicado en el Jr. Enrrique Collazos Mz-b Lt11 del Centro Poblado de Planchón; donde se entrevistaron con la denunciante quien manifestó que los imputados habrían echado orina en el interior del domicilio, y así mismo que habían sacado una tabla de la pared, con el cual lo habían lanzado, agrediéndola; en la que los efectivos ingresaron al lugar y pudieron constatar un hueco en la pared y también percibieron olor a orina en el lugar: por lo tanto con esta constatación policial se demuestra que efectivamente la denunciante se encontraba posesionada en el predio de los imputados y también se demuestra que los imputados agredieron a la denunciante.

 

 

CERTIFICADO MEDICO LEGAL N° 000339-L, con esto se demuestra que los imputados ocasionaron lesión a la denunciante.    ACTA DE CONSTATACION POLICIAL DE LOS DAÑOS (fojas 41-42).- con esto se demuestra que la denunciante se encontraba  posesionada en el predio de los imputados y había construido una vivienda rustica de tablas y calamina; y también se demuestra que los imputados denunciante.ocasionaron daños sobre los bienes muebles de la Con estos elementos probatorios pruebo que soy agraviada en el presente  proceso, ya que se ha demostrado mi posesión en el predio de los imputados en razón que había construido una vivienda rustica y también he demostrado que los imputados me agredieron físicamente.

DETERMINACIÓN DE LA REPARACIÓN CIVIL QUE SE SOLICITA: El monto de la reparación Civil que solicita la Agraviada, está en atención a los l os daños causados materiales, con la cantidad de 7,000.00 nuevos soles y daño físico, 5,000.00 nuevos soles y daño morales y otros, 5,000.00 nuevos soles,  

en tanto que la agraviada el monto de la reparación Civil debe ascender en forma total laconsidera suma de que S/. 17,000.00 (diecisiete mil con 00/100 nuevos soles) que pagaran los imputados a favor de la agraviada.  agraviada.  

SOLICITAMOS CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL. 1.- De todo lo esbozado en el presente caso se justifica, la procedencia de la la constitución en Actor Civil, asimismo, la calidad de Actor Civil, de conformidad con los artículos 104 y 105 del Código Procesal Procesa l Penal, comprende al Actor Civil en dos grandes extremos, los mismos que consisten en los siguiente: i. 

El Actor Civil, sin perjuicio a los derechos que se le confiere como agraviado está facultado para deducir nulidad de actuados, ofrecer medios de investigación y de prueba, participar en los actos de investigación y de prueba, intervenir en el juicio oral, interponer los recursos impugnatorios que la ley prevé, y formular solicitudes en salvaguarda de sus derechos e intereses legítimos. ii.  La actividad del Actor Civil comprenderá la colaboración con el esclarecimiento del hecho delictivo de la intervención en el de su autor o participe, así como acreditar la reparación civil, no le está permitido  pedir sanción. 2.- Nótese de lo descrito anteriormente, que los artículos antes citados regulan las facultades del Actor Civil en dos extremos (i) es su legitimidad para poder

 

intervenir en el proceso deduciendo nulidad interponiendo los medios impugnatorios correspondientes y emplear de los demás institutos legal que la ley prevé, para efectos de viabilizar la Reparación Civil y (ii) la legitimidad de la Parte Civil para ser acreedor de la Reparación Civil que se deriva del proceso  penal. 3.- En tal sentido, en el presente ítem íte m solicito constituir en Parte Civil, debiendo conceder nuestra legitimidad en ambos aspectos, de conformidad a lo antes mencionado, del mismo modo permitiendo ejercer nuestro derecho de defensa en todos los actos procesales.

ANEXOS Al presente procedo adjuntar:

  Copia de documento de Nacional de Identidad del



recurrente.

POR LO EXPUESTO: Solicito a Ud., señor Juez, proveer el presente escrito en el modo de ley y conceder nuestro pedido.

Puerto Maldonado, 21 de setiembre del 2015.

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