Constitucion de Empresa

August 2, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y EDUCACIÓN PROGRAMA ACADÉMICO DE TURISMO

Tema: ELABORACI ÓN DE MINUT ELABORACIÓN MINUTAS AS DE CONSTITUCIÓN CONSTITU CIÓN P PARA ARA AGENCIAS DE VIAJES Y HOTELES

DOCENTE ALUMNAS

: :

MGR LUCIO GALIANO INGRID MADUEÑO AEDO

CUSCO –PERU 2011

 

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA SIN MINUTA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 58 INCISO H DEL DECRETO LEY N° 26002 (LEY DEL NOTARIADO), MODIFICADO POR LA LEY N° 28580 Y CONCORDADO CON LA LEY N° 28015 (LEY DE PROMOCIÓN Y FORMALIZARON DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA). PACTO SOCIAL

PRIMERO.- LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR UNA SOCIEDAD SOCIE DAD ANÓN ANÓNIMA IMA CERR CERRADA, ADA, BAJO LA DEN DENOMINA OMINACIÓN CIÓN DE HOTE HOTEL L PACAH PA CAHCUT CUTEC EC INN ",

SIE SIENDO NDO

SU

NOM NOMBRE BRE

ABR ABREVI EVIADO ADO

PACHA PA CHACUT CUTEC EC INN S.A S.A.CO .COBL BLIG IGÁN ÁNDO DOSE SE A EF EFEC ECTU TUAR AR LOS LOS AP APOR ORTE TES S PARA LA FORMACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL A FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO.

SEGUNDO.-EL MONTO DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ES DE 100 000.00 (CIEN MIL SOLES 00/100 EN  SOLES) DIVIDIDO  EN 1.000 ACCIONES  NOMINATIVASDE UN VALOR NOMINAL DE S/. 100.00 CADA UNA SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTEMANERA: 1. INGRID INGRID JESS JESSICA ICA MADUEÑO MADUEÑO AEDO DE NACIONALID NACIONALIDAD AD PROF PR OFES ESIÓ IÓN N LI LICE CENC NCIA IADA DA E EN N TU TURI RISM SMO O CO CON N

D.N. D. N.II

PERUANA, PERUANA, 45 4506 0674 7424 24,,

ESTADO. CIVIL SOLTERA SUSCRIBE 600 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA PAGA S/. S/. 60 6000 000 0 (S (SES ESEN ENTA TA MIL MIL CO CON N 00 00/1 /100 00 NU NUEV EVOS OS SO SOLE LES) S) MEDIANTE APORTES EN BIENES DINERARIOS. 2. ALFR ALFRED EDO O REN RENE E MA MADU DUEÑ EÑO O HER HERRE RERA RA DE NACIONALIDAD  PERUANO, PROF PR OFES ESIÓ IÓN N GUIA GUIA OFIC OFICIA IAL L DE TURI TURISM SMO O CO CON N DN DNI. I. 23905 2390533 332, 2, ESTADO CIVIL SOLTERO SUSCRIBE 400 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA AGA

S/.4 S/.40 0  000

(CUARENTA

MIL

CON

00/100

NUEVOS

SSOLES)ME MED DIAN IANTE AP APO ORTES EN BIEN IENES DINERA RAR RIOS IOS Y NO DINERARIOS.

EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO.

TERCERO.- LA SOCIEDAD SE REGIRÁ POR EL ESTATUTO SIGUIENTE Y EN TODO LO NO PRE PREVIS VISTO TO POR ESTE, ESTE, SE ESTAR ESTARÁ Á A LO DIS DISPUE PUESTO STO

 

POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY 26887 - QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA LA "LEY".

ESTATUTO ARTÍCULO 1.-DENOMINACION-DURACION-DOMICILIO:

LA SOCIE SOCIEDAD DAD

SE DENOMINA: HOTEL PACHACUTEC INN SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA." SIENDO SU NOMBRE ABREVIADO PA PACH CHAC ACUT UTEC EC INN INN S.A.C."; TIENE UNA DURACIÓN INDETERMINADA, INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE PACTO; CON DOMICILIO PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO EN: CALLE AYACUCHO Nº 236l DISTRITO DE CUSCO PROVINCIA DE CUSCO DEPARTAMENTO DE CUSCO.

ARTICU ART ICULO LO 2.-  OB OBJE JETO TO SO SOCI CIAL AL:: LA SOCI SOCIED EDAD AD TIEN TIENE E POR POR OB OBJE JETO TO DEDICARSE A: BRINDAR SERVICIOS HOTELEROS. SE ENTI NTIEN ENDE DEN N INC INCLUI UIDO DOS S EN EL OBJETO SOCIAL IAL LOS ACTOS RELACIONADOS RELACION ADOS CON EL MISMO QUE COADY COADYUVEN UVEN A LA REALIZACI REALIZACIÓN ÓN DE SU SUS S FINE FINES. S. PA PARA RA CU CUMP MPLI LIR R DICH DICHO O OB OBJE JETO TO,, PO PODR DRA A RE REAL ALIZ IZAR AR TODO TO DOS S AQ AQUE UELL LLOS OS ACTO ACTOS S Y CO CONT NTRA RATO TOS S QU QUE E SE SEAN AN LÍCI LÍCITO TOS, S, SIN SIN RESTRICCIÓN ALGUNA.

ARTICU ART ICULO LO 3.-  CAPI CAPITA TAL/ L/SO SOCI CIAL AL:: EL MO MONT NTO O DE DEL L CA CAPI PITA TAL L DE LA SOCIEDAD ES DE S/.100000 (CIEN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) DIVIDIDO EN l, 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. 100.00 CADA UNA SUSCRITAS Y PAGADAS.

EL CAPITAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO. ÓRGA GANO NOS S DE LA SO SOCI CIED EDAD AD:: LA SO SOCI CIED EDAD AD QUE QUE SE ARTICU ART ICULO LO 4.-ÓR CONSTITUYE CONSTITU YE TIENE TIENE LOS SIG SIGUIEN UIENTES TES ÓRGANOS ÓRGANOS-: -: LA JUNTA JUNTA GEN GENERA ERAL L DE ACCIONISTAS; Y LA GERENCIA LA SOCIEDAD NO TENDRÁ DIRECTORIO

ARTICULO 5.-  LA JUNTA GENERAL ESTARÁ REGULADA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 111 AL 151, 243 AL 24S DE LA "LEY"

ARTICULO ARTI CULO 6.-GERENCI 6.-GERENCIA: A:  NO HA HABI BIEN ENDO DO DIRE DIRECT CTOR ORIO IO,, TO TODA DAS S LAS LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA "LEY" PARA ESTE ÓRGANO SOCIETARIO SERÁN EJERCIDAS POR EL GERENTE GENERAL.

 

SON ATRIBUCIONES DEL GERENTE GENERAL LAS SEÑALADAS EN EL  ARTÍCULO  ARTÍC ULO 188 DE LA "LEY", "LEY", PUDI PUDIENDO ENDO ASIM ASIMISMO ISMO REAL REALIZAR IZAR LOS SIGUIENTES ACTOS: ADMINISTRATIVAS. AS. A. DIRIGIR LAS OPERACIONES COMERCIALES Y ADMINISTRATIV

B. REPRESENTAR

A

LA

SOCIEDAD

ANTE

TODA

CLASE

DE

 AUTORIDADES.. EN LO JUDICIAL GOZARA DE LAS FACULTADES  AUTORIDADES FACULTADES SEÑA SE ÑALA LADA DAS S EN LO LOS S AR ARTÍ TÍCU CULO LOS S 74 74,, 75 75,, 77 Y 43 436 6 DE DEL L CÓDI CÓDIGO GO PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE REPRESENTACIÓN PREVISTA EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY 26636 Y DEMÁSNORMAS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS; TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACU FA CULT LTAD AD DE DE DELE LEGA GACIÓ CIÓN N O SU SUST STIT ITUC UCIÓ IÓN. N. AD ADEM EMAS AS,, PO PODR DRA A CELEBRAR CELEB RAR CONCILIAC CONCILIACIÓN IÓN EXTR EXTRAJUDI AJUDICIAL, CIAL, PUDIE PUDIENDO NDO SUSC SUSCRIBI RIBIR R EL

ACTA

CONCILIATORIA,G ,GO OZANDO

DE

LAS

FACULTADES

SEÑALADAS EN LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE LO REGULAN.  ADEMAS PODRA CONSTITUIR Y REPRESENTAR A LAS  ASOCIACIO  ASOC IACIONES NES QUE CREA CONVE CONVENIENT NIENTE E Y DEMÁ DEMÁS S NORM NORMAS AS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS.

C.  ABRIR  ABRIR,, TRANSF TRANSFERIR, ERIR, CERRAR CERRAR Y ENCAR ENCARGARSE GARSE DEL MOVIMI MOVIMIENTO ENTO DE TODO TIPO DE CUENTA BANCARIA; GIRAR, COBRAR, RENOVAR, ENDOSAR, ENDO SAR, DESC DESCONTA ONTAR R Y PROT PROTESTA ESTAR, R, ACEP ACEPTAR TAR Y REACEPTA REACEPTAR R CHEQ CH EQUE UES, S, LE LETR TRAS AS DE CA CAMB MBIO IO,, PAGA PAGARE RES, S,CO CONO NOCI CIMI MIEN ENTO TO DE EMBA EM BARQ RQUE UE,, CA CART RTA A DE PORT PORTE, E, PÓ PÓLI LIZA ZAS, S, CA CART RTAS AS FIAN FIANZA ZAS S Y CUA UALQ LQU UIER IER

CLA LAS SE

DE

TÍ TÍT TUL ULOS OS

VAL ALOR ORE ES,

DO DOCU CUME MENT NTO OS

MERCANTILES MERCANTIL ES Y CIV CIVILE ILES; S; OTO OTORGA RGAR R RE RECIB CIBOS OS CANCEL CANCELACI ACIONE ONES, S, SOBREG SOB REGIRA IRARSE RSE EN CUE CUENTA NTA CO CORRI RRIENT ENTE E CON GA GARAN RANTÍA TÍA O SIN ELLA EL LA,, SO SOLI LICI CITA TAR R TO TODA DA CL CLAS ASE E DE PR PRES ESTA TAMO MOSCO SCON N GARANT GARANTÍA ÍA HIPOTECARIA.

D.  ADQUIRIR Y TRANSFERIR BAJO CUALQUIER TITULO; COMPRAR, VENDER, ARRENDAR, DONAR, DAR EN COMODATO, ADJUDICAR Y GRAV RAVAR LO LOS S BIE BIENE NES S DE LA SO SOCI CIE EDA DAD D SEA SEAN MUE UEBL BLE ES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS YA SEAN SEA N PRIV PRIVADO ADOS S O PÚBL PÚBLICOS ICOS.. EN GEN GENERAL ERAL PODR PODRA A CONS CONSTITU TITUIR IR GARANTÍA HIPOTECARIA, PRENDARIA Y DE CUALQUIER FORMA. PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS NOMINADOS E

 

INNOMI INN OMINAD NADOS, OS, INC INCLUS LUSIVE IVE LOS DE LEA LEASIN SING G O ARR ARREND ENDAMI AMIENT ENTO O FIN INAN ANCI CIE ERO RO,,

LÉ LÉAS ASE E

BAC ACK, K,

FACT FACTOR ORY Y

Y/O

UND NDE ERWRI RWRITI TING NG,,

CONSORCIO, ASOCIACIÓN ENPARTICIPACIÓN Y CUALQUIER OTRO CONTRATO DE COLABORACIÓN EMPR EMPRESAR ESARIAL, IAL, VINCULA VINCULADOS DOS CON EL

OBJETO

SOCIAL

ADEMAS

PODRA

SOMETER

LAS

CONTROVE CONT ROVERSIAS RSIAS A ARBI ARBITRAJ TRAJE E Y SUSC SUSCRIBIR RIBIR LOS RESPECTIV RESPECTIVOS OS CONVENIOSARBITRALES.

E. SOL SOLICI ICITAR TAR,, ADQUIR ADQUIRIR, IR, TRANSF TRANSFERI ERIR R REG REGIST ISTROS ROS DE PATENT PATENTE, E, MARCAS,

NOMBRES

COMERCIALES

CONFORME

A

LEY,

SUSCRIBIENDO CUALQUIER CLASE DE DOCUMENTOS VINCULADOS  A LA PROPIED PROPIEDAD AD INDU INDUSTRIAL STRIAL O INTEL INTELECTUA ECTUAL. L.

F. PA PART RTIC ICIP IPAR AR EN LI LICI CITA TACI CION ONES ES,, CO CONC NCUR URSO SOS S PÚ PÚBL BLIC ICOS OS Y/O Y/O  ADJUDICACIO  ADJUD ICACIONES, NES,

SUSCRIBIENDO

LOS

RESPECTIVOS

DOCUM DO CUMENT ENTOS, OS, QUE CON CONLLE LLEVEA VEA LAR LAREAL EALIZA IZACIÓ CIÓN N DEL OBJET OBJETO O SOCIAL. GERE RENT NTE E GE GENE NERA RAL L PODRA PODRA RE REAL ALIZ IZAR AR TO TODO DOS S LO LOS S AC ACTO TOS S G. EL GE NECESARIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS LA S FAC ACUL ULT TADES ADES RE RESE SERV RVA ADA DAS S A LAJ AJU UNTA GENERAL DE  ACCIONIS  ACCI ONISTAS. TAS.

ARTÍCULO 7.-MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCIÓN DEL CAPITAL: LA MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL, SE RIGE POR LOS ARTÍCULOS, 198 Y 199 LA "LEY", ASI COMO EL AUMENTO Y REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL, SE SUJETA A LODISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 201 AL 206 Y 215 AL 220, RESPECTIVAMENTE DE LA "LEY".

ARTICULO 8.- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACIÓN DE UTILIDADES : SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 40, 221 AL 233 DE LA "LEY".

ARTICULO 9.- DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN:  EN CUANTO A LA DISO DISOLU LUCI CIÓN ÓN,, LI LIQU QUID IDAC ACIÓ IÓN N Y EX EXTI TINC NCIÓ IÓN N DE LA SO SOCI CIED EDAD AD,, SE SUJETA A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 407, 409, 410, 412, 413 A 422 DE LA "LEY".

ARTICULO10.- QUEDA DESIGNADO COMO GERENTE GENERAL: INGRID JESSICA MADUEÑO AEDO CON D.N.I. CON DOMICILIO EN: CALLE-

 

SAN MARTIN C-34, DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA DE CUSCO, DEPARTAMENTO DE CUSCO.

CLAUSULA CLAU SULA ADICI ADICIONAL ONAL I.-  SE DESIGNA COMO SUB-GERENTE DE LA SOCIEDAD A ALFREDO MADUEÑO HERRERA CON D.N.I. 23905332',"CON DOMI DO MICI CIL LIO EN: EN: QUI UIS SCA CAP PAT ATA A AL ALMU MUDE DENA NA 230 DEL DI DIST STRI RIT TO DE SANTIAGO DE CUSCO, PROVINCIA DE CUSCO, DEPARTAMENTO DEL CUSCO. , QUIEN TENDRÁ LAS SIGUIENTES FACULTADES: 

REEMPLAZAR AL GERENTE EN CASO DE AUSENCIA.



INTERV INT ERVEN ENIR IR EN FORMA FORMA (INDIV (INDIVIDU IDUAL AL O CON CONJUN JUNTA TA

CON EL

GERENTE GENERAL, EN LOS CASOS PREVISTOS EN LOS INCISOS C, D, E Y F DEL ARTICULO 6 DEL ESTATUTO.

ARTICULO 11.- LOS QUE OTORGAN: INGRID JESSICA MADUEÑO AEDO CCIO IONI NIS STAS DE LA EM EMPR PRE ESA ALFR AL FRED EDO O MA MADU DUEÑ EÑO O HERR HERRER ERA A  ACC DECLARAN JURATORIAMENTE JURATORIAMENTE HABER REAL REALIZADO IZADO EL APO APORTE RTE EN LOS MONTOS MONT OS IN INDI DICA CADO DOS S LA LAS S MI MISM SMAS AS QUE QUE CONS CONSTI TITU TUYE YEN N EL CA CAPI PITA TAL L EMPRESARIAL ASI MISMO YO INGRID JESSICA MADUEÑO AEDO EN MI CALIDAD DE TITULAR DE LA EMPRESA DECLARO JURATORIAMENTE RECIBIR EL APORTE HECHO A LA EMPRESA POR LOS ACCIONISTAS EL CUAL CONSTITUYE EL CAPITAL SOCIAL EMPRESARIAL.  AGREGUE USTED SEÑOR NOTARIO LA INTRODUCCIÓN Y CONCLUSION DE ESTILO ESTILO Y DEMAS DEMAS INSERT INSERTOS OS DE LEY LEY Y OPO OPORTUNA RTUNAMENTE MENTE CURSE LAS LA S PA PART RTES ES

AL R REG EGIS ISTR TRO O ME MERC RCAN ANTI TIL L RESP RESPEC ECTI TIVO VO

PA PARA RA S SU U

INSCRIPCIÓN. CUSCO19 DE SETIEMBRE DEL 2011.

 ______________________  __________ _______________________ _______________________ ________________________  ____________  INGRID JESSICA MADUEÑO AEDOALFREDO MADUEÑO HERRERA DNI. Nº 45067424

DNI. Nº 2399533

 

VENTAJAS DE SOCIEDAD ANÓNIMA 

La motivación de cada socio para dedicar su mejor esfuerzo es grande dado que participan directamente en los beneficios.



Son varias las experiencias que se dedican a imprimir dinamismo a la empresa





La empresa se mantiene aún después de la muerte de alguno de sus socios.  Acciones pueden pueden adquirirse por transferencia transferencia o herencia.



La responsabilidad de los socios estálimitada a sus aportaciones.



Se pueden transmitir las acciones mediante su venta.



Los acreedores tienen derecho sobre los activos de la corporación, no sobr so bre e lo loss bien bienes es de lo loss ac acci cion onis ista tas. s. El di dine nero ro que que lo loss ac acci cion onis ista tass arriesgan al invertir en una Soc. Anónima se limita al valor de su inversión.





Es relati relativam vament ente e fác fácilil con conse segui guirr capita capitall con consid sidera erable ble,, ya que pue puede de emitir acciones según sus necesidades. Le resulta relativamente fácil obtener crédito a largo plazo ofreciendo grandes activos como garantía.

DESVENTAJAS DE SOCIEDAD ANÓNIMA 

Requiere capital mínimo de 5000.00 para su constitución.



Requiere una forma más compleja de organización y una Junta de  Accionistas al año como mínimo.



Su constitución es costosa en relación a las otras formas de sociedad.



Mayor cantidad relativa de trámites, procedimientos y requisitos que la ley establece.

 

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA SIN MINUTA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 58 INCISO H DEL DECRETO LEY N° 26002 (LEY DEL NOTARIADO), MODIFICADO POR LA LEY N° 28580 Y CONCORDADO CON LA LEY N° 28015 (LEY DE PROMOCIÓN Y FORMALIZARON DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA)

PACTO SOCIAL PRIMERO.- LOS OTORGANTES MANIFIESTAN SU LIBRE VOLUNTAD DE CONSTITUIR

UNASOCIEDAD

ANÓNIMA

DENOMINACIÓN DE MUNAY INNANÓNIMA NOMBRE NOMB RE

CERRADA,

BAJO

LA

CERRADA.",

SIENDO

SU

ABREV ABREVIADO IADO MUNAY INN S.A.COB S.A.COBLIG LIGÁND ÁNDOSE OSE A E EFEC FECTUA TUAR R

LOS APORTES PARA LA FORMACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL A FORMULAR EL CORRESPONDIENTE ESTATUTO.

SEGUNDO.-EL MONTO DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD ES DE 100 000.00 (CIEN MIL SOLES 00/100 EN  SOLES) DIVIDIDO  EN 1.000 ACCIONES  NOMINATIVASDE UN VALOR NOMINAL DE S/. 100.00 CADA UNA SUSCRITAS Y PAGADAS DE LA SIGUIENTEMANERA: 1. INGRID INGRID JESS JESSICA ICA MAD MADUEÑ UEÑO O AE AEDO DO DE N NACI ACIONA ONALID LIDAD AD P PERU ERUANA ANA,, PROFESIÓN LICENCIADA EN TURIS TURISMO MO CON D.N.I, ESTADO ESTADO.. CIVIL SOLTE SOL TERA RA SUSCRI SUSCRIBE BE 50 500 0 ACC ACCION IONES ES NOM NOMINA INATIV TIVAS AS Y PAG PAGA A S/. 35000 MEDIANTE APORTES EN BIENES DINERARIOS. 2. ALFR ALFRED EDO O RE RENE NE MA MADU DUEÑ EÑO O HE HERR RRER ERA A DE NACIONALIDAD  PERUANO, PROF PR OFES ESIÓ IÓN N GU GUIA IA OFIC OFICIA IAL L DE TUR TURIS ISMO MO

CO CON N DN DNI. I. 23 2390 9053 5332 32,,

ESTADO CIVIL SOLTERO SUSCRIBE 500 ACCIONES NOMINATIVAS Y PAGA 35 000 MEDIANTE APORTES EN BIENES DINERARIOS Y NO DINERARIOS. EL CAPITAL SOCIAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO

TERCERO.- LA SOCIEDAD SE REGIRÁ POR EL ESTATUTO SIGUIENTE Y EN TODO LO NO PRE PREVIS VISTO TO POR ESTE, ESTE, SE ESTAR ESTARÁ Á A LO DIS DISPUE PUESTO STO

 

POR LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES - LEY 26887 - QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA LA "LEY".

ESTATUTO ARTÍCULO 1.-DENOMINACION-DURACION-DOMICILIO:

LA SOCIE SOCIEDAD DAD

SE DENOMINA:  ANÓN ÓNIM IMA A  CERRADA." SIENDO  SU  NOMBRE HOTEL HOT EL PAC PACHA HACUT CUTEC EC INN SOCIEDAD  AN  ABRE  AB REVI VIAD ADO O  PACHACUTEC INN S.A.C."; TIENE UNA DURACIÓN

INDETERMINADA, INICIA SUS OPERACIONES EN LA FECHA DE ESTE PACTO; CON DOMICILIO PARA EFECTOS DE ESTE INSTRUMENTO EN: CALLE AYACUCHO Nº 236l DISTRITO DE CUSCO PROVINCIA DE CUSCO DEPARTAMENTO DE CUSCO.

ARTICU ART ICULO LO 2.-  OB OBJE JETO TO SO SOCI CIAL AL:: LA SOCI SOCIED EDAD AD TIEN TIENE E POR POR OB OBJE JETO TO DEDICARSE A: BRINDAR SERVICIOS HOTELEROS. SE ENTI NTIEN ENDE DEN N INC INCLUI UIDO DOS S EN EL OBJETO SOCIAL IAL LOS ACTOS RELACIONADOS RELACION ADOS CON EL MISMO QUE COADY COADYUVEN UVEN A LA REALIZACI REALIZACIÓN ÓN DE SU SUS S FINE FINES. S. PA PARA RA CU CUMP MPLI LIR R DICH DICHO O OB OBJE JETO TO,, PO PODR DRA A RE REAL ALIZ IZAR AR TODO TO DOS S AQ AQUE UELL LLOS OS ACTO ACTOS S Y CO CONT NTRA RATO TOS S QU QUE E SE SEAN AN LÍCI LÍCITO TOS, S, SIN SIN RESTRICCIÓN ALGUNA.

ARTICU ART ICULO LO 3.-  CAPI CAPITA TAL/ L/SO SOCI CIAL AL:: EL MO MONT NTO O DE DEL L CA CAPI PITA TAL L DE LA SOCIEDAD ES DE S/.100000 (CIEN MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) DIVIDIDO EN l, 000 ACCIONES NOMINATIVAS DE UN VALOR NOMINAL DE S/. 100.00 CADA UNA SUSCRITAS Y PAGADAS.

EL CAPITAL SE ENCUENTRA TOTALMENTE SUSCRITO Y PAGADO. ÓRGA GANO NOS S DE LA SO SOCI CIED EDAD AD:: LA SO SOCI CIED EDAD AD QUE QUE SE ARTICU ART ICULO LO 4.-ÓR CONSTITUYE CONSTITU YE TIENE TIENE LOS SIG SIGUIEN UIENTES TES ÓRGANOS ÓRGANOS-: -: LA JUNTA JUNTA GEN GENERA ERAL L DE ACCIONISTAS; Y LA GERENCIA LA SOCIEDAD NO TENDRÁ DIRECTORIO

ARTICULO 5.-  LA JUNTA GENERAL ESTARÁ REGULADA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 111 AL 151, 243 AL 24S DE LA "LEY"

ARTICULO ARTI CULO 6.-GERENCI 6.-GERENCIA: A:  NO HA HABI BIEN ENDO DO DIRE DIRECT CTOR ORIO IO,, TO TODA DAS S LAS LAS FUNCIONES ESTABLECIDAS EN LA "LEY" PARA ESTE ÓRGANO SOCIETARIO SERÁN EJERCIDAS POR EL GERENTE GENERAL

 

SON ATRIBUCIONES DEL GERENTE GENERAL LAS SEÑALADAS EN EL  ARTÍCULO  ARTÍC ULO 188 DE LA "LEY", "LEY", PUDI PUDIENDO ENDO ASIM ASIMISMO ISMO REAL REALIZAR IZAR LOS SIGUIENTES ACTOS:  A. DIRIGIR DIRIGIR LA LAS S OPE OPERACIO RACIONES NES C COMERC OMERCIALE IALES S Y ADMINI ADMINISTRA STRATIVA TIVAS. S. B. REPRESENTAR

A

LA

SOCIEDAD

ANTE

TODA

CLASE

DE

 AUTORIDADES.. EN LO JUDICIAL GOZARA DE LAS FACULTADES  AUTORIDADES FACULTADES SEÑA SE ÑALA LADA DAS S EN LO LOS S AR ARTÍ TÍCU CULO LOS S 74 74,, 75 75,, 77 Y 43 436 6 DE DEL L CÓDI CÓDIGO GO PROCESAL CIVIL, ASI COMO LA FACULTAD DE REPRESENTACIÓN PREVISTA EN EL ARTICULO 10 DE LA LEY 26636 Y DEMÁSNORMAS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS; TENIENDO EN TODOS LOS CASOS FACU FA CULT LTAD AD DE DE DELE LEGA GACIÓ CIÓN N O SU SUST STIT ITUC UCIÓ IÓN. N. AD ADEM EMAS AS,, PO PODR DRA A CELEBRAR CELEB RAR CONCILIAC CONCILIACIÓN IÓN EXTR EXTRAJUDI AJUDICIAL, CIAL, PUDIE PUDIENDO NDO SUSC SUSCRIBI RIBIR R EL

ACTA

CONCILIATORIA,G ,GO OZANDO

DE

LAS

FACULTADES

SEÑALADAS EN LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE LO REGULAN.  ADEMAS PODRA CONSTITUIR Y REPRESENTAR A LAS  ASOCIACIO  ASOC IACIONES NES QUE CREA CONVE CONVENIENT NIENTE E Y DEMÁ DEMÁS S NORM NORMAS AS CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS. C. ABR ABRIR, IR, TRANSFER TRANSFERIR, IR, CERRA CERRAR R Y ENC ENCARG ARGARS ARSE E DEL MOVIM MOVIMIEN IENTO TO DE TODO TIPO DE CUENTA BANCARIA; GIRAR, COBRAR, RENOVAR, ENDOSAR, ENDO SAR, DESC DESCONTA ONTAR R Y PROT PROTESTA ESTAR, R, ACEP ACEPTAR TAR Y REACEPTA REACEPTAR R CHEQ CH EQUE UES, S, LETR LETRAS AS DE CA CAMB MBIO IO,P ,PAG AGAR ARES ES,C ,CON ONOC OCIM IMIE IENT NTO O DE EMBA EM BARQ RQUE UE,, CA CART RTA A DE PORT PORTE, E, PÓ PÓLI LIZA ZAS, S, CA CART RTAS AS FIAN FIANZA ZAS S Y CUA UALQ LQU UIER IER

CLA LAS SE

DE

TÍ TÍT TUL ULOS OS

VAL ALOR ORE ES,

DO DOCU CUME MENT NTO OS

MERCANTILES MERCANTIL ES Y CIV CIVILE ILES; S; OTO OTORGA RGAR R RE RECIB CIBOS OS CANCEL CANCELACI ACIONE ONES, S, SOBREG SOB REGIRA IRARSE RSE EN CUE CUENTA NTA CO CORRI RRIENT ENTE E CON GA GARAN RANTÍA TÍA O SIN ELLA EL LA,, SO SOLI LICI CITA TAR R TO TODA DA CL CLAS ASE E DE PR PRES ESTA TAMO MOSCO SCON N GARANT GARANTÍA ÍA HIPOTECARIA. D. ADQ ADQUIR UIRIR IR Y TRA TRANSF NSFERI ERIR R BAJ BAJO O CUA CUALQU LQUIER IER TITUL TITULO; O; COM COMPRA PRAR, R, VENDER, ARRENDAR, DONAR, DAR EN COMODATO, ADJUDICAR Y GRAV RAVAR LO LOS S BIE BIENE NES S DE LA SO SOCI CIE EDA DAD D SEA SEAN MUE UEBL BLE ES O INMUEBLES, SUSCRIBIENDO LOS RESPECTIVOS DOCUMENTOS YA SEAN SEA N PRIV PRIVADO ADOS S O PÚBL PÚBLICOS ICOS.. EN GEN GENERAL ERAL PODR PODRA A CONS CONSTITU TITUIR IR GARANTÍA HIPOTECARIA, PRENDARIA Y DE CUALQUIER FORMA. PODRA CELEBRAR TODA CLASE DE CONTRATOS NOMINADOS E

 

INNOMI INN OMINAD NADOS, OS, INC INCLUS LUSIVE IVE LOS DE LEA LEASIN SING G O ARR ARREND ENDAMI AMIENT ENTO O FIN INAN ANCI CIE ERO RO,,

LÉ LÉAS ASE E

BAC ACK, K,

FACT FACTOR ORY Y

Y/O

UND NDE ERWRI RWRITI TING NG,,

CONSORCIO, ASOCIACIÓN ENPARTICIPACIÓN Y CUALQUIER OTRO CONTRATO DE COLABORACIÓN EMPR EMPRESAR ESARIAL, IAL, VINCULA VINCULADOS DOS CON EL

OBJETO

SOCIAL

ADEMAS

PODRA

SOMETER

LAS

CONTROVE CONT ROVERSIAS RSIAS A ARBI ARBITRAJ TRAJE E Y SUSC SUSCRIBIR RIBIR LOS RESPECTIV RESPECTIVOS OS CONVENIOSARBITRALES. E. SO SOLI LICI CITA TAR, R, AD ADQU QUIR IRIR IR,, TR TRAN ANSF SFER ERIR IR RE REGI GIST STRO ROS S DE PATE PATENT NTE, E, MARCAS,

NOMBRES

COMERCIALES

CONFORME

A

LEY,

SUSCRIBIENDO CUALQUIER CLASE DE DOCUMENTOS VINCULADOS  A LA PROPIED PROPIEDAD AD INDU INDUSTRIAL STRIAL O INTEL INTELECTUA ECTUAL. L. F. PA PART RTIC ICIP IPAR AR EN LI LICI CITA TACI CION ONES ES,, CO CONC NCU URSOS RSOS PÚB ÚBLI LICO COS S Y/O  ADJUDICACIO  ADJUD ICACIONES, NES,

SUSCRIBIENDO

LOS

RESPECTIVOS

DOCUMENT DOCU MENTOS, OS, QUE CONL CONLLEVE LEVE A LAREA LAREALIZA LIZACIÓN CIÓN DEL OBJETO OBJETO SOCIAL. G. EL GE GERE RENT NTE E GE GENE NERA RAL L PODR PODRA A RE REAL ALIZ IZAR AR TO TODO DOS S LO LOS S AC ACTO TOS S NECESARIOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD, SALVO LAS LA S FAC ACUL ULT TADES ADES RE RESE SERV RVA ADA DAS S A LAJ AJU UNTA GENERAL DE  ACCIONIS  ACCI ONISTAS. TAS.

ARTÍCULO 7.-MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO, AUMENTO Y REDUCCIÓN DEL CAPITAL: LA MODIFICACIÓN DEL PACTO SOCIAL, SE RIGE POR LOS ARTÍCULOS, 198 Y 199 LA "LEY", ASI COMO EL AUMENTO Y REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL, SE SUJETA A LODISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 201 AL 206 Y 215 AL 220, RESPECTIVAMENTE DE LA "LEY".

ARTICULO 8.- ESTADOS FINANCIEROS Y APLICACIÓN DE UTILIDADES : SE RIGE POR LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 40, 221 AL 233 DE LA "LEY".

ARTICULO 9.- Disolución, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN:  EN CUANTO A LA DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD, SE SUJETA  A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 407, 409, 410, 412, 413 A 422 DE LA "LEY".

 

CUARTO.-  QUE QUEDA DA DES DESIGN IGNADO ADO COM COMO O GEREN GERENTE TE GENERA GENERAL: L: ING INGRID RID JESSICA MADUEÑO AEDO CON D.N.I. CON DOMICILIO EN: CALLE-SAN MARTIN C-34, DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA DE CUSCO, DEPARTAMENTO DE CUSCO.

CLAUSULA CLAU SULA ADICI ADICIONAL ONAL I.-  SE DESIGNA COMO SUB-GERENTE DE LA SOCIEDAD A ALFREDO MADUEÑO HERRERA CON D.N.I. 23905332',"CON DOMI DO MICI CIL LIO EN: EN: QUI UIS SCA CAP PAT ATA A AL ALMU MUDE DENA NA 230 DEL DI DIST STRI RIT TO DE SANTIAGO DE CUSCO, PROVINCIA DE CUSCO, DEPARTAMENTO DEL CUSCO. , QUIEN TENDRÁ LAS SIGUIENTES FACULTADES: 

REEMPLAZAR AL GERENTE EN CASO DE AUSENCIA.



INTERV INT ERVEN ENIR IR EN FORMA FORMA (INDIV (INDIVIDU IDUAL AL O CON CONJUN JUNTA TA

CON EL

GERENTE GENERAL, EN LOS CASOS PREVISTOS EN LOS INCISOS C, D, E Y F DEL ARTICULO 6 DEL ESTATUTO.

FECHA: CUSCÓ 19 DE SETIEMBRE DEL 2011 FIRMAS DE LOS ACCIONISTAS/CÓNYUGE: ACCIONISTAS/CÓNYUGE:

 ______________________  __________ _______________________ _______________________ ________________________  ____________  INGRID JESSICA MADUEÑO AEDO DNI. Nº 45067424

ALFREDO MADUEÑO HERRERA

DNI. Nº 2399533

 

VENTAJAS DE ESTA SOCIEDAD 

Los accionistas no tienen responsabilidad personal por las deudas o daños da ños a ter tercer ceros. os. Los acr acree eedor dores es de un una a so socie ciedad dad anó anónim nima a tie tienen nen derecho sobre los Bienes de la Sociedad anónima, no sobre los bienes de los accionistas. El dinero que los accionistas arriesgan o pueden perder perd er al in inve vert rtir ir en un una a soci socied edad ad an anón ónim ima a se lilimi mita ta a la cant cantid idad ad invertida.



Facilidad de acumulación de capital o riqueza. La propiedad de una sociedad anónima estárepresentada estárepresentada en acciones que son transferibles.



Negociabilidad de las acciones. Las acciones pueden ser vendidas de un accionista a otro sin disolver la organización empresarial, las grandes soc ocie ied dade dess anó nón nima imas pu pue eden den ser co com mprada radass o ve vend ndid idas as por  inversionistas en mercados, tales como la bolsa de valores de Lima. La vida de la Sociedad es por tiempo indefinido. Una sociedad anónima es



una persona jurídica con experiencia ilimitada.  Administración profesional. Los accionistas, eligen una junta directiva y gere ge renc ncia ia que que se en enca carg rga a de admi admini nist stra rarr todo todoss lo loss ne nego goci cios os de la compañía.

DESVENTAJAS DE ESTA SOCIEDAD 

 Altos impuestos.



Mayor regulación.



Separación entre el derecho de propiedad y control. La separación de funciones entre propiedad y la administración pueden ser ventajas en algunos casos pero en otros una desventaja.

 

MODELO 3.- MINUTA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.) Señor Notario público de esta Capital doctor Eduardo Alviz AyalaSírvase usted, extender en su registro de escrituras públicas una de CONSTITUCION DE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que celebran doña Ingrid Jessica Madueño Aedo Identificado con DNI Nº 45067424 de ocupación Licenciada de Turismo estado civil soltera, con domicilio en la calle  Almudena Nº 230 del Distrito de Santiago Provincia del Cusco y don Alfredo Madueño Herrera identificación con DNI Nº 23995332, estado civil soltero, ocupa oc upació ción n Guí Guía a de Tur Turism ismo o con domic domicilio ilio en Cal Calle le Aya Ayacuc cucho ho Nº 330 del Dist Distrit rito, o, Prov Provin inci cia a y De Depa parta rtame ment nto o de dell Cusc Cusco o de acue acuerd rdo o a lo loss térm términ inos os siguientes: Primero.- Las otorgantes se comprometen entre sí, a constituir una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, a efectuar aportes para la formación del capital social, con la denominación, domicilio, objeto capital y condiciones que se establecen en el Estatuto Social, la misma que se regirá por la Ley general de Sociedades, Ley Nº 26887 y por el siguiente Estatuto.Segundo.NOMB NO MBRA RAMI MIEN ENTO TO DE LO LOS S PR PRIM IMER EROS OS GE GERE RENT NTES ES Se nomb nombra ra co como mo:: GERENTE GENERAL a doña Ingrid Jessica Madueño Aedo Identificado con DNI Nº 45067424 de ocupación Licenciada de Turismo estado civil soltera, con domicilio en la calle Almudena Nº 230 del Distrito de Santiago Provincia del Cusco quien ejercerá el el cargo por tiempo tiempo indefinido, ejerciendo ejerciendo las facultad facultades es y obligaciones que se les señalan en el presente Estatuto. ESTATUTO Soci cied edad ad Artí Ar tícu culo lo Prim Primer ero. o.-- DENO DENOMI MINA NACI CION ON DE LA SO SOCI CIED EDAD ADLa So Come Co merc rcia iall de Resp Respon onsa sabi bililida dad d limi limita tada da,, que que se co cons nstititu tuye ye se de deno nomi mina na ".Agencia de Viajes Horizonte Tours S.R.L."

Articulo Segundo.- OBJETO SOCIAL Diseñar, organizar, comercializar, y distribuir los servicios turísticos y encontrar  una respuesta adecuada para las necesidades de los clientes y proponer unos servicios de mayor calidad, efectividad y flexibilidad, ofrecer paquetes turísticos con difer diferentes entes destinos locales, naci nacional onales es e inter internaci nacionale onales, s, trasla traslados dos de pasajeros a diferentes destinos, venta y comercialización de pasajes aéreos,

 

ferroviario ferrov iarioss entre otros, lanza lanzamient miento o de viaj viajes es combinad combinados os como paqu paquetes etes vacacionales y otros productos, endoses, reservas a otras agencias nacionales e internacionales entre otros servicios diversos propios del giro del negocio. El objeto de la sociedad es dedicarse a los servicios turísticos los que se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente a indicados en el presente Estatuto.

Articulo Tercero.- DOMICILIO SOCIAL El do domi mici cililio o de la so soci cied edad ad se fifija ja en la ci ciud udad ad de Cusc Cusco, o, Pr Prov ovin inci cia a y Departamento de Cusco, pudiendo abrir sucursales y agencias en cualquier  lugar del país o del extranjero.

Articulo Cuarto DURACION Y FECHA DE INICIO DE SUS ACTIVIDADES La sociedad que se constituye es de duración indefinida e inicia sus operaciones a partir de la fecha de su inscripción en el Registro. La validez de los actos celebrados en nombre de la sociedad antes de su inscripción en el Registro está condicionada a que sean rectificados por la sociedad dentro de los tres meses siguientes.

Articulo Quinto.- DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LAS PARTICIPACIONES El ca capi pita tall so soci cial al es de S/. S/. 20 20,0 ,000 00(V (Vei eint nte e mi mill co con n 00 00/1 /100 00 nu nuev evos os so sole les) s) íntegr ínt egrame amente nte sus suscri crito to y tot totalm alment ente e pagado pagado en dinero dinero en efecti efectivo, vo, seg según ún depósito bancario que se insertará en la escritura, dividido en Dos mil (2000.) participaciones iguales, acumulables e indivisibles de un valor nominal de S/ 100. 10 0.00 00.. (Cie (Cien n y 00 00/1 /100 00 nuev nuevos os so sole les) s) ca cada da un una, a, di dist strib ribui uido do en la form forma a siguiente: Doña Ingrid Madueño Aedo, suscribe 1000 participaciones y paga en efectivo la suma de S/. 10,000(Diez mil y 00/100 nuevos soles); y, Don Alfredo Madueño Herrera, suscribe una (1000) participaciones y paga en efectivo la suma de S/.10, 000 (Diez mil y 00/100 nuevos soles).

Articulo Sexto.- DISTRIBUCION DE UTILIDADES Y PERDIDAS La distribución de utilidades como de pérdidas se efectuará entre los socios en la proporción correspondiente a sus respectivas participaciones sociales. La dist distri ribu buci ción ón de ut utililid idad ades es sólo sólo pu pued ede e hace hacers rse e en mé mérit rito o de los esta estado doss financieros de acuerdo a lo señalado en el Artículo 40º de la Ley General de Sociedades.

 

Articulo Sétimo.- REGIMEN DE ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD 

La sociedad tendrá los siguientes órganos:



La junta General, y, Los Gerentes.

Articulo Octavo.- JUNTAGENERAL La Junta General, es el órgano supremo de la sociedad. Los participacioncitas constituidos en junta general deciden los asuntos de su competencia. Todos los socios incluso los disidentes y los que no hubieran participado en la reunión quedan sometidos a los acuerdos adoptados en ella.

Articulo Noveno.- JUNTA GENERAL OBLIGATORIA ANUAL Se celebrará junta general obligatoria anual cuando menos una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, con la finalidad de tratar lo siguiente: 1. Pronun Pronuncia ciarse rse sobre sobre la gestión gestión social social y los resu resulta ltados dos econ económi ómicos cos del ejercicio anterior, expresado en sus estados financieros, 2. Resolver Resolver ssobre obre la aplica aplicación ción d de e las utilida utilidades, des, si las las hub hubiere; iere; 3. Elegir Elegir cuando cuando correspon corresponda da a los Gerentes, Gerentes, 4. Designar Designar a los au autorida toridades des externo externos, s, cuando cuando corr correspon esponda; da; 5. Resolv Resolver er sobre sobre los demás asunto asuntoss que le sea sean n propi propios os conf conform orme e a la Ley General de Sociedades, y sobre cualquier otro consignado en la convocatoria

Articulo Décimo.- JUNTAS GENERALES PREVISTAS EN EL ESTATUTO  Adicionalmente se celebrará celebrará junta general, par para a tratar lo siguiente: 1. Separar Separar de dell cargo a llos os Gere Gerentes ntes y n nombra ombrarr sus ree reempla mplazante zantes; s; 2. modi modific ficar ar e ell Es Esta tatu tuto to,, 3. Aument Aumentar ar o reduci reducirr el capita capitall social social.. 4. Acordar Acordar la transformac transformación, ión, fusión, fusión, escisión, escisión, reorganiz reorganización ación y diso disolució lución n de la sociedad, así como resolver sobre su liquidación; 5. Acordar Acordar la enajenac enajenación, ión, en un solo solo acto, de activos activos cu cuyo yo valor co contab ntable le excede el 50% del capital de la sociedad; 6. Disponer Disponer iinves nvestigac tigaciones iones y auditoría auditoríass esp especia eciales; les; 7. Emiti Emitirr obl oblig igac acio ione nes, s, 8. Resolver Resolver en lo loss caso casoss en que la Ley genera generall de Socie Sociedade dadess dispo disponga nga su intervención y en cualquier otro que requiera el interés social.

 

Arti Ar ticu culo lo De Deci cimo mo Pr Prim imer ero o .- CONV CONVOC OCAT ATOR ORIA IA A JU JUNT NTA A GENE GENERA RAL L El Gerente convocará a junta general en los casos previstos en el presente Esta Es tatu tuto to,, cuan cuando do el in inte teré réss soci social al as asíí lo requ requie iera ra o cu cuan ando do so solilici cite ten n su realización los socios que represente cuando menos la quinta parte del capital social.

Articulo Decimo Segundo.- REQUISITO DE LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL El aviso de convocatoria de la junta general obligatoria anual y de las además  juntas previstas en el Estatuto debe ser publicado en el Diario oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulación de Lima, con una anticipación de la publicación dará no menor de tres días. El aviso de conv convocato ocatoria ria especifi especificará cará el lugar lugar,, día y hora de cele celebraci bración ón de la  junta general, así como los asuntos a tratar. Puede constar en el aviso el lugar, día y hora en que si así procediera, se reunirá la junta general en segunda convocatoria. La segunda reunión debe celebrarse no menos de tres días ni más de diez, después de la primera. La junta general no puede tratar asuntos distintos a los señalados en el aviso de convocatoria, salvo en los casos permitidos por la Ley.

Articulo Decimo Tercero.- SEGUNDA CONVOCATORIA Si la junt junta a ge gene nera rall debi debida dame ment nte e co conv nvoc ocad ada a no se ce cele lebr bra a en prim primer era a convocatoria y no se hubiera previsto en el aviso la fecha de una segunda conv co nvoc ocat ator oria ia,, ésta ésta debe debe ser ser an anun unci ciad ada a con con lo loss mi mism smos os requ requis isito itoss de la publicidad que la primera, indicando que se trata de segunda convocatoria, dentro de los diez días siguientes a la fecha de la junta no celebrada y por lo meno me noss co con n tr tres es dí días as de an ante tela laci ción ón a la fech fecha a de la se segu gund nda a reun reunió ión. n.

Articulo Décimo Cuarto.- JUNTA UNIVERSAL Sin perjuicio de los señalado en los artículos precedentes, la junta general en tiende tie nde con convoc vocada ada y vál válida idamen mente te con consti stitui tuida da o har hará á tra tratar tar sob sobre re cua cualqu lquier  ier  asunto y tomar a los acuerdos correspondientes, siempre que se encuentren presentes socios que representen la totalidad del capital suscrito ya acepten por unanimidad la celebración de la junta y los asuntos que en ella se proponga tratar.

 

Articulo Decimo Quinto.-REPRESENTACION EN LA JUNTA GENERAL Los socios socios puede pueden n hacers hacerse e rep repres resent entar ar en las juntas juntas ge gener nerale aless por otr otra a persona. La representación de constar por escrito y con carácter especial para cada junta general, salvo que se trate de poderes otorgados por escrituras públicas.

Articulo Decimo Sexto.- QUORUM SIMPLE Y ADOPCION DE ACUERDOS Salvo lo previsto para el artículo siguiente, la junta general queda válidamente const co nstitu ituida ida en pri primer mera a convoc convocato atoria ria cua cuando ndo se en encue cuentr ntre e rep repres resent entand ando, o, cuando menos, el cincuenta por ciento de las participaciones suscritas. En segunda convocatoria, será suficiente la concurrencia de cualquier número de participación suscrita. Los acuerdos se adoptan con el voto favorable de la mayoría absoluta de las participaciones suscritas. Los acuerdos se adoptan con co n el voto voto fa favo vora rabl ble e de la mayo mayorí ría a ab abssol olut uta a de la lass pa part rtic icip ipac acio ione ness concurrentes.

Articu Arti culo lo Déci Décimo mo Séti Sétimo mo..-QU QUOR ORUM UM CA CALI LIFI FICA CADO DO Y AD ADOP OPCI CION ON DE ACUERDOS Cuando la junta general trate sobre la modificación del Estatuto, el aumento o reducción del capital social, la emisión de obligaciones, acuerde la enajenación en un solo acto, de activos cuyo valor contable exceda el 50% del capital social, la transformación, fusión, escisión, reorganización y disolución de la sociedad y su liquidación, para que la junta general adopte válidamente dichos acuerdos, es necesario que en primera pri mera convocatoria, concurran cuando menos, los dos tercios de las participaciones suscritas. En segunda convocatoria basta la concurrencia de al menos las tres quintas partes de las participaciones sus usccrita ritass. Los ac acu uer erdo doss se ado dopt ptar arán án con el vo voto to fav favorab orablle de la lass participaciones que representen, cuando menos, la mayoría absoluta del capital social.

Articulo Decimo Octavo.- ACTAS Las juntas generales y los acuerdos adoptados en ellas, constatarán en actas, que se llevarán con las formalidades señaladas en el artículo 134º de la Ley General de Sociedades.

Articulo Decimo Noveno.- DE LOS GERENTES La so soci cied edad ad se será rá admi admini nist stra rada da po porr un Ge Gere rent nte e Ge Gene nera rall y un Ge Gere rent nte e de Relaciones Públicas, los que serán elegidos por la junta general. El cargo de

 

los Gerentes será de duración indefinido; la junta general fijará el montó de sus retribuciones. En caso de vacancia, renuncia o separación, la junta general acordará quienes deben sustituirlos en sus funciones. Los Gerentes pueden ser  separados de su cargo según acuerdo adoptado por mayoría simple del capital social.

Articulo Vigésimo.- El gerente General, se encargará de la administración, representación legal de la sociedad y de la gestión de todos sus negocios, te teni nien endo do la fa facu cultltad ad de ej ejec ecuc ució ión n de los los ac acto toss y co cont ntra rato toss ordi ordina nari rios os correspondientes al objeto social.

Arti Ar ticu culo lo Vigé Vigési simo mo Prim Primer ero. o.-- El gere gerent ntee de Re Rela laci cion ones es Pú Públ blic icas as, se encargará del manejo y responsabilidad de todo tipo de actividades dentro de la Empresa que tengan que ver con la imagen de la misma.

Articulo Vigésimo Segundo.- El gerente General y el gerente de relaciones Públicas, siempre dentro del objeto de la sociedad, dentro de las facultades de gestión y de administración, están facultados para abrir, cerrar y retirar cuentas corrientes y de ahorros en los Bancos, girar, cobrar y endosar cheques u otros instrumentos de créditos; sobregirar contra cuenta corrientes de la sociedad; girar, aceptar, avalar, renovar, endosar, descontar letras de cambio u otros documentos de créditos, solicitar préstamos y toda clase de créditos, constituir  prendas, fianzas hipotecas; otorgar cancelaciones y recibos, comprar o vender  toda clase de bienes muebles o inmuebles de la sociedad; abrir cajas de seguridad.

Articu Art iculo lo Vigési Vigésimo mo Ter Terce cero. ro.-El -El gerent gerentee Genera Generall, tend tendrá rá la pres presen enta taci ción ón  judicial de la sociedad, gozando para tal fin de las facultades generales y espe es peci cial ales es de dell ma mand ndat ato o cont conten enid idas as en lo Artí Artícu culo loss 74 74ºº y 75 75ºº de dell có códi digo go Procesal Civil, el Articulo 10º de la ley Nº 26636, así como las facultades que se fueron especiales; entendiéndose esta enumeración como enunciativa y de Gerente General, conforme a la Ley General de Sociedades.

Artículo Vigésimo Cuarto.-RESPONSABILIDAD DE LOS GERENTES Los Gerentes están incursos en las responsabilidades que señalan el artículo 288º de la Ley General de Sociedades.

 

Articulo Vigésimo Quinto.- MODIFICACION DEL ESTATUTO La modi modififica caci ción ón del del es esta tatu tuto to de acue acuerd rda a por por ju junt nta a ge gene nera ral,l, co conf nfor orme me se establece en el Articulo 198º y siguientes de la Ley General de Sociedades, en cuanto le sean aplicables.

Atícelos Vigésimo Sexto.- AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL El aumento y reducción del capital se acuerda por junta general, cumpliendo los requisitos establecidos para la modificación del Estatuto, consta en escritura Pública, y se inscribe en el Registro. En los casos de aumento de capital, los soc ocio ioss te ten ndrán drán el der ere echo cho de pr pref efe ere renc ncia ia pa parra su susc scri ribi birr la lass nu nuev evas as participaciones, a prorrata de su participación en el capital social, el capital no asumido por los socios podrá ser ofrecido a terceras personas. La devolución dell ca de capi pita tal,l, podr podrá á hace hacers rse e a pr pror orra rata ta de la lass resp respec ectitiva vass pa parti rtici cipa paci cion ones es sociales, salvo que con la aprobación de todos los socios se acuerde otro sistema. El aumento y reducción del capital se regirá por los Artículos 202º y siguientes de la Ley General de Sociedades en lo que le fuere aplicable. Articu Art iculo lo Vig Vigési ésimo mo Sét Sétimo imo..- FORMU FORMULAC LACION ION Y APR APROBA OBACIÓ CIÓN N DE LO LOS S

ESTADOS FINANCIEROS Finalizado el ejercicio económico los Gerentes deben formular la memoria, los estados financieros y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de haberlas. De estos documentos debe resultar, con claridad y precisión, la situación económica y financiera de la sociedad, el estado de su negocio y los resultados obtenidos en el ejercicio vencido. Los estados financieros deben ser  puestos a disposición de los socios con la antelación necesaria para ser  sometidos, conforme a Ley, a consideración de la junta obligatoria anual, los mismos que serán aprobados con el quórum señalado en el Articulo Decimo Sexto del presente Estatuto. Los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país.

Articulo Vigésimo Octavo.- NORMAS SOBRE LA TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES El socio que se proponga trasferir su participación o participaciones sociales a persona extraña a la sociedad, debe comunicarlo por escrito al Gerente, quien lo pondrá en conocimiento de los otros socios en el plazo de diez días. Los socios pueden expresar su voluntad de compra dentro de los treinta días

 

siguientes a la notificación, y si son varios los socios que deseen adquirir  dich dichas as pa parti rtici cipa paci cion ones es,, se dist distrib ribui uirá rá entr entre e todo todoss el ello loss a pror prorra rata ta de sus sus respectivas participaciones sociales. En el caso que ningún socio ejercite el derecho de preferencia, podrá adquirir la sociedad esas participaciones para ser amortizadas, con la siguiente reducción del capital social. Transcurrido el plazo, sin que se haya hecho uso de la preferencia, el socio quedará libre para transferir sus participaciones sociales en la forma y en el modo que tenga por  conv co nven enie ient nte, e, sa salv lvo o qu que e se hu hubi bies ese e conv convoc ocad ado o a ju junt nta a pa para ra de deci cidi dirr la adquisición de las participaciones por la sociedad. En este último caso si transcurrida la fecha fijada para la celebración de la junta ésta no ha decidido la adquisición de las participaciones, el socio podrá proceder a transferirlas. Para el ejercicio del derecho que se concede en el presente artículo, el precio de venta, en caso de discrepancia, será fijado por tres peritos, nombrados uno por  cada parte y un tercero nombrado por los otros dos, o si esto no se logra, por el Juez mediante demanda por proceso sumarísimo. Son nulas las transferencias a persona extraña a la sociedad que no se ajusten a lo establecido en este articulo. La transferencia de participaciones de formaliza es escritura pública y se inscribe en el Registro.

Articulo Vigésimo Noveno.- SEPARACION Y EXCLUSION DE LOS SOCIOS La separación y exclusión de los socios de regirá por lo dispuesto en el Articulo 293º de la Ley General de Sociedades.

Arti Ar ticu culo lo Trig Trigés ésim imo. o.-- MODI MODIFI FICA CACI CION ON DE DEL L PA PACT CTO O SO SOCI CIAL AL Y DE DEL L ESTATATUTO Para la modificación del pacto social y del Estatuto, acordar la transformación, fusión, escisión, disolución, liquidación, y extinción de la sociedad, regirán las disposiciones de los Artículos 333º a 422º de la Ley General de Sociedades en cuanto le sean aplicables. Usted Señor Notario agradará las demás formalidades de ley cuidando de insertar en el cuerpo de la escritura pública la resolución que autoriza la constitución de la Empresa, y pasará partes al Registro Personas Jurídicas de Lima, para su inscripción conforme a Ley. Cusco 19 de setiembre del 2011. .................................................... FIRMAS

 

MINUTA SIN BIENES DINERARIOS EN BIENES Y EQUIPOS. MODELO 3.- MINUTA DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.) Señor Notario público de esta Capital doctor Eduardo Alviz AyalaSírvase usted, extender en su registro de escrituras públicas una de CONSTITUCION DE SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que celebran doña Ingrid Jessica Madueño Aedo Identificado con DNI Nº 45067424 de ocupación Licenciada de Turismo estado civil soltera, con domicilio en la calle  Almudena Nº 230 del Distrito de Santiago Provincia del Cusco y don Alfredo Madueño Herrera identificación con DNI Nº 23995332, estado civil soltero, ocupa oc upació ción n Guí Guía a de Tur Turism ismo o con domic domicilio ilio en Cal Calle le Aya Ayacuc cucho ho Nº 330 del Dist Distrit rito, o, Prov Provin inci cia a y De Depa parta rtame ment nto o de dell Cusc Cusco o de acue acuerd rdo o a lo loss térm términ inos os siguientes:

Primero.- Las otorgantes se comprometen entre sí, a constituir una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, a efectuar aportes para la formación del capital social, con la denominación, domicilio, objeto capital y condiciones que se establecen en el Estatuto Social, la misma que se regirá por la Ley general de Sociedades, Ley Nº 26887 y por el siguiente Estatuto.,

Segundo.-NOMBRAMIENTO DE LOS PRIMEROS GERENTES Se nombra como: GERENTE GENERAL a doña Ingrid Jessica Madueño Aedo Identificado con DNI Nº 45067424 de ocupación Licenciada de Turismo estado civil soltera, con domicilio en la calle Almudena Nº 230 del Distrito de Santiago Provincia del Cusco Cusco quien ejercerá el cargo por tiem tiempo po indefinido, eje ejerciendo rciendo las facultades y obligaciones que se les señalan en el presente Estatuto.

ESTATUTO Artículo Primero.- DENOMINACION DE LA SOCIEDAD La Sociedad Comercial de Responsabilidad limitada, que se constituye se denomina ".Agencia de Viajes Horizonte Tours S.R.L."

Articulo Segundo.- OBJETO SOCIAL Diseñar, organizar, comercializar, y distribuir los servicios turísticos y encontrar  una respuesta adecuada para las necesidades de los clientes y proponer unos servicios de mayor calidad, efectividad y flexibilidad, ofrecer paquetes turísticos con difer diferentes entes destinos locales, naci nacional onales es e inter internaci nacionale onales, s, trasla traslados dos de

 

pasajeros a diferentes destinos, venta y comercialización de pasajes aéreos, ferroviario ferrov iarioss entre otros, lanza lanzamient miento o de viaj viajes es combinad combinados os como paqu paquetes etes vacacionales y otros productos, endoses, reservas a otras agencias nacionales e internacionales entre otros servicios diversos propios del giro del negocio. El objeto de la sociedad es dedicarse a los servicios turísticos los que se entienden incluidos en el objeto social los actos relacionados con el mismo que coadyuven a la realización de sus fines, aunque no estén expresamente a indicados en el presente Estatuto.

Articulo Tercero.- DOMICILIO SOCIAL El do domi mici cililio o de la so soci cied edad ad se fifija ja en la ci ciud udad ad de Cusc Cusco, o, Pr Prov ovin inci cia a y Departamento de Cusco, pudiendo abrir sucursales y agencias en cualquier  lugar del país o del extranjero.

Articulo Cuarto DURACION Y FECHA DE INICIO DE SUS ACTIVIDADES La soci socied edad ad que que se co cons nstititu tuyye es de dura duraci ción ón in inde defifini nida da e in inic icia ia su suss operaciones a partir de la fecha de su inscripción en el Registro. La validez de los actos celebrados en nombre de la sociedad antes de su inscripción en el Registro está condicionada a que sean rectificados por la sociedad dentro de los tres meses siguientes.

Articulo Quinto.- DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LAS PARTICIPACIONES El capi capita tall soc social ial es de S/. S/. 10 10,0 ,000 00(D (Die iezz mi mill con con 00 00/1 /100 00 nu nuev evos os so sole les) s) íntegramente suscrito y totalmente pagado en bienes muebles y equipos de acuerdo a los siguiente: 01 Laptop marca Toshiba nuevo con Serie LCD: 125KJ valo va loriz rizad ado o en S/, S/, 3, 3,50 500. 0.00 00,, un es escr crititor orio io de ma made dera ra talla tallada da en ci circ rcul ular  ar  valorizado en S/. 1000.00 y tres sillas giratorias modelo presidente valorizado cada uno en S/. 500 500.00 .00 haciendo un total total de S/. 6 6,000 ,000 en bie bienes nes y e equipos, quipos, según inventario detallado que se insertará en la escritura, dividido en Mil (1000.) participaciones iguales, acumulables e indivisibles de un valor nominal de S/ 100.00. (Cien y 00/100 nuevos soles) cada una, distribuido en la forma siguiente: Doña Ingrid Madueño Aedo, suscribe 600 participaciones y paga en bienes y equipos valorizados en S/. 6,000 (Seis mil y 00/100 nuevos soles); y, - Don Alfredo Alfredo Madueño Herrera, suscribe (400) participaciones participaciones en equipo equipo de comp co mput uto o ma marc rca a EL ELG G Se Seri rie e LGJ: LGJ:45 456 6 va valo loriz rizad ado o en S/. S/. 4,00 4,0000 00 lo loss cu cual ales es repr repres esen enta tan n en 400 400 pa part rtic icip ipac acio ione ness valo valori riza zado doss en S/. S/. 10 100. 0.00 00

ca cada da

 

partic par ticipa ipació ción n hac hacien iendo do en tot total al la su suma ma de S/. S/.4,0 4,0000 000 (Cua (Cuatro tro mil y 00 00/10 /100 0 nuevos soles).

Articulo

Sexto.-

DISTRIBUCION

DE

UTILIDADES

Y

PERDIDAS

La distribución de utilidades como de pérdidas se efectuará entre los socios en la proporción correspondiente a sus respectivas participaciones sociales. La dist distri ribu buci ción ón de ut utililid idad ades es sólo sólo pu pued ede e hace hacers rse e en mé mérit rito o de los esta estado doss financieros de acuerdo a lo señalado en el Artículo 40º de la Ley General de Sociedades.

Articu Art iculo lo Sét Sétimo imo..- REGIME REGIMEN N DE ADM ADMINI INISTR STRACI ACION ON DE LA SOCIED SOCIEDAD AD La sociedad tendrá los siguientes órganos: -

La junta General, yLos Gerentes.

Articulo Octavo.-JUNTAGE Octavo.-JUNTAGENERAL NERAL La Junta General, es el órgano supremo de la sociedad. Los participacioncitas constituidos en junta general deciden los asuntos de su competencia. Todos los socios incluso los disidentes y los que no hubieran participado en la reunión quedan sometidos a los acuerdos adoptados en ella.

Articulo Noveno.- JUNTA GENERAL OBLIGATORIA ANUAL Se celebrará junta general obligatoria anual cuando menos una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico, con la finalidad de tratar lo siguiente: 1. Pronun Pronuncia ciarse rse sobre sobre la gestión gestión social social y los resu resulta ltados dos econ económi ómicos cos del ejercicio anterior, expresado en sus estados financieros, 2. volver volver sobre sobre la aplicaci aplicación ón de la lass utilid utilidades ades,, si las hubiere hubiere;; 3. Elegir Elegir cuando cuando correspon corresponda da a los Gerentes, Gerentes, 4. Designar Designar a los au autorida toridades des externo externos, s, cuando cuando corr correspon esponda; da; 5. Resolv Resolver er sobre sobre los demás asunto asuntoss que le sea sean n propi propios os conf conform orme e a la Ley General de Sociedades, y sobre cualquier otro consignado en la convocatoria

Articulo Décimo.- JUNTAS GENERALES PREVISTAS EN EL ESTATUTO  Adicionalmente se celebrará celebrará junta general, par para a tratar lo siguiente: 1. Separar Separar de dell cargo a llos os Gere Gerentes ntes y n nombra ombrarr sus ree reempla mplazante zantes; s; 2. modi modific ficar ar e ell Es Esta tatu tuto to,, 3. Aument Aumentar ar o reduci reducirr el capita capitall social social..

 

4. Acordar Acordar la transformac transformación, ión, fusión, fusión, escisión, escisión, reorganiz reorganización ación y diso disolució lución n de la sociedad, así como resolver sobre su liquidación; 5. Acordar Acordar la enajenac enajenación, ión, en un solo solo acto, de activos activos cu cuyo yo valor co contab ntable le excede el 50% del capital de la sociedad; 6. Disponer Disponer iinves nvestigac tigaciones iones y auditoría auditoríass esp especia eciales; les; 7. Emiti Emitirr obl oblig igac acio ione nes, s, 8. Resolver Resolver en lo loss caso casoss en que la Ley genera generall de Socie Sociedade dadess dispo disponga nga su intervención y en cualquier otro que requiera el interés social.

Articulo Decimo Primero .- CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL El Gerente convocará a junta general en los casos previstos en el presente Esta Es tatu tuto to,, cuan cuando do el in inte teré réss soci social al as asíí lo requ requie iera ra o cu cuan ando do so solilici cite ten n su realización los socios que represente cuando menos la quinta parte del capital social.

Articulo Decimo Segundo.- REQUISITO DE LA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL El aviso de convocatoria de la junta general obligatoria anual y de las además  juntas previstas en el Estatuto debe ser publicado en el Diario oficial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulación de Lima, con una anticipación de la publicación dará no menor de tres días. El aviso de conv convocato ocatoria ria especifi especificará cará el lugar lugar,, día y hora de cele celebraci bración ón de la  junta general, así como los asuntos a tratar. Puede constar en el aviso el lugar, día y hora en que si así procediera, se reunirá la junta general en segunda convocatoria. La segunda reunión debe celebrarse no menos de tres días ni más de diez, después de la primera. La junta general no puede tratar asuntos distintos a los señalados en el aviso de convocatoria, salvo en los casos permitidos por la Ley.

Articulo Decimo Tercero.- SEGUNDA CONVOCATORIA Si la junt junta a ge gene nera rall debi debida dame ment nte e co conv nvoc ocad ada a no se ce cele lebr bra a en prim primer era a convocatoria y no se hubiera previsto en el aviso la fecha de una segunda conv co nvoc ocat ator oria ia,, ésta ésta debe debe ser ser an anun unci ciad ada a con con lo loss mi mism smos os requ requis isito itoss de la publicidad que la primera, indicando que se trata de segunda convocatoria, dentro de los diez días siguientes a la fecha de la junta no celebrada y por lo menos con tres días de antelación a la fecha de la segunda reunión. Articulo Décimo Cuarto.- JUNTA UNIVERSAL

 

Sin perjuicio de los señalado en los artículos precedentes, la junta general en tiende tie nde con convoc vocada ada y vál válida idamen mente te con consti stitui tuida da o har hará á tra tratar tar sob sobre re cua cualqu lquier  ier  asunto y tomar a los acuerdos correspondientes, siempre que se encuentren presentes socios que representen la totalidad del capital suscrito ya acepten por unanimidad la celebración de la junta y los asuntos que en ella se proponga tratar. Articulo Decimo Quinto.-REPRESENTACION EN LA JUNTA GENERAL Loss so Lo soci cios os pu pued eden en hace hacers rse e re repr pres esen enta tarr en la ju junt ntas as ge gene nera rale less po porr otra otra persona. La representación de constar por escrito y con carácter especial para cada junta general, salvo que se trate de poderes otorgados por escrituras públicas.

Articulo Decimo Sexto.- QUORUM SIMPLE Y ADOPCION DE ACUERDOS Salvo lo previsto para el articulo siguiente, la junta general queda válidamente const co nstitu ituida ida en pri primer mera a convoc convocato atoria ria cua cuando ndo se en encue cuentr ntre e rep repres resent entand ando, o, cuando menos, el cincuenta por ciento de las participaciones suscritas. En segunda convocatoria, será suficiente la concurrencia de cualquier número de participación suscrita. Los acuerdos se adoptan con el voto favorable de la mayoría absoluta de las participaciones suscritas. Los acuerdos se adoptan con co n el voto voto fa favo vora rabl ble e de la mayo mayorí ría a ab abssol olut uta a de la lass pa part rtic icip ipac acio ione ness concurrentes.

Arti Ar ticu culo lo Déci Décimo mo Séti Sétimo mo..-QU QUOR ORUM UM CA CALI LIFI FICA CADO DO Y AD ADOP OPCI CION ON DE ACUERDOS Cuando la junta general trate sobre la modificación del Estatuto, el aumento o reducción del capital social, la emisión de obligaciones, acuerde la enajenación en un solo acto, de activos cuyo valor contable exceda el 50% del capital social, la transformación, fusión, escisión, reorganización y disolución de la sociedad y su liquidación, para que la junta general adopte válidamente dichos acuerdos, es necesario que en primera pri mera convocatoria, concurran cuando menos, los dos tercios de las participaciones suscritas. En segunda convocatoria basta la concurrencia de al menos las tres quintas partes de las participaciones sus usccrita ritass. Los ac acu uer erdo doss se ado dopt ptar arán án con el vo voto to fav favorab orablle de la lass participaciones que representen, cuando menos, la mayoría absoluta del capital social.

 

Articulo Decimo Octavo.- ACTAS Las juntas generales y los acuerdos adoptados en ellas, constatarán en actas, que se llevarán con las formalidades señaladas en el artículo 134º de la Ley General de Sociedades.

Articulo Decimo Noveno.- DE LOS GERENTES La so soci cied edad ad se será rá admi admini nist stra rada da po porr un Ge Gere rent nte e Ge Gene nera rall y un Ge Gere rent nte e de Relaciones Públicas, los que serán elegidos por la junta general. El cargo de los Gerentes será de duración indefinido; la junta general fijará el montó de sus retribuciones. En caso de vacancia, renuncia o separación, la junta general acordará quienes deben sustituirlos en sus funciones. Los Gerentes pueden ser  separados de su cargo según acuerdo adoptado por mayoría simple del capital social.

Articulo Vigésimo.- El gerente General, se encargará de la administración, representación legal de la sociedad y de la gestión de todos sus negocios, te teni nien endo do la fa facu cultltad ad de ej ejec ecuc ució ión n de los los ac acto toss y co cont ntra rato toss ordi ordina nari rios os correspondientes al objeto social.

Arti Ar ticu culo lo Vigé Vigési simo mo Prim Primer ero. o.-- El gere gerent ntee de Re Rela laci cion ones es Pú Públ blic icas as, se encargará del manejo y responsabilidad de todo tipo de actividades dentro de la Empresa que tengan que ver con la imagen de la misma.

Articulo Vigésimo Segundo.- El gerente General y el gerente de relaciones Públicas, siempre dentro del objeto de la sociedad, dentro de las facultades de gestión y de administración, están facultados para abrir, cerrar y retirar cuentas corrientes y de ahorros en los Bancos, girar, cobrar y endosar cheques u otros instrumentos de créditos; sobregirar contra cuenta corrientes de la sociedad; girar, aceptar, avalar, renovar, endosar, descontar letras de cambio u otros documentos de créditos, solicitar préstamos y toda clase de créditos, constituir  prendas, fianzas hipotecas; otorgar cancelaciones y recibos, comprar o vender  toda clase de bienes muebles o inmuebles de la sociedad; abrir cajas de seguridad.

Articu Art iculo lo Vigési Vigésimo mo Ter Terce cero. ro.-El -El gerent gerentee Genera Generall, tend tendrá rá la pres presen enta taci ción ón  judicial de la sociedad, gozando para tal fin de las facultades generales y espe es peci cial ales es de dell ma mand ndat ato o cont conten enid idas as en lo Artí Artícu culo loss 74 74ºº y 75 75ºº de dell có códi digo go Procesal Civil, el Articulo 10º de la ley Nº 26636, así como las facultades que

 

se fueron especiales; entendiéndose esta enumeración como enunciativa y de Gerente General, conforme a la Ley General de Sociedades.

Artículo Vigésimo Cuarto.-RESPONSABILIDAD DE LOS GERENTES Los Gerentes están incursos en las responsabilidades que señalan el artículo 288º de la Ley General de Sociedades.

Articulo Vigésimo Quinto.- MODIFICACION DEL ESTATUTO La modi modififica caci ción ón del del es esta tatu tuto to de acue acuerd rda a por por ju junt nta a ge gene nera ral,l, co conf nfor orme me se establece en el Articulo 198º y siguientes de la Ley General de Sociedades, en cuanto le sean aplicables.

Atícelos Vigésimo Sexto.- AUMENTO Y REDUCCION DEL CAPITAL El aumento y reducción del capital se acuerda por junta general, cumpliendo los requisitos establecidos para la modificación del Estatuto, consta en escritura Pública, y se inscribe en el Registro. En los casos de aumento de capital, los soc ocio ioss te ten ndrán drán el der ere echo cho de pr pref efe ere renc ncia ia pa parra su susc scri ribi birr la lass nu nuev evas as participaciones, a prorrata de su participación en el capital social, el capital no asumido por los socios podrá ser ofrecido a terceras personas. La devolución dell ca de capi pita tal,l, podr podrá á hace hacers rse e a pr pror orra rata ta de la lass resp respec ectitiva vass pa parti rtici cipa paci cion ones es sociales, salvo que con la aprobación de todos los socios se acuerde otro sistema. El aumento y reducción del capital se regirá por los Artículos 202º y siguientes de la Ley General de Sociedades en lo que le fuere aplicable.

Articu Art iculo lo Vig Vigési ésimo mo Sét Sétimo imo..- FORMU FORMULAC LACION ION Y APR APROBA OBACIÓ CIÓN N DE LO LOS S ESTADOS FINANCIEROS Finalizado el ejercicio económico los Gerentes deben formular la memoria, los estados financieros y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de haberlas. De estos documentos debe resultar, con claridad y precisión, la situación económica y financiera de la sociedad, el estado de su negocio y los resultados obtenidos en el ejercicio vencido. Los estados financieros deben ser  puestos a disposición de los socios con la antelación necesaria para ser  sometidos, conforme a Ley, a consideración de la junta obligatoria anual, los mismos que serán aprobados con el quórum señalado en el Articulo Decimo Sexto del presente Estatuto. Los estados financieros se preparan y presentan de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país.

 

Articulo Vigésimo Octavo.- NORMAS SOBRE LA TRANSFERENCIA DE PARTICIPACIONES El socio que se proponga trasferir su participación o participaciones sociales a persona extraña a la sociedad, debe comunicarlo por escrito al Gerente, quien lo pondrá en conocimiento de los otros socios en el plazo de diez días. Los socios pueden expresar su voluntad de compra dentro de los treinta días siguientes a la notificación, y si son varios los socios que deseen adquirir  dich dichas as pa parti rtici cipa paci cion ones es,, se dist distrib ribui uirá rá entr entre e todo todoss el ello loss a pror prorra rata ta de sus sus respectivas participaciones sociales. En el caso que ningún socio ejercite el derecho de preferencia, podrá adquirir la sociedad esas participaciones para ser amortizadas, con la siguiente reducción del capital social. Transcurrido el plazo, sin que se haya hecho uso de la preferencia, el socio quedará libre para transferir sus participaciones sociales en la forma y en el modo que tenga por  conven conv enie ient nte, e, sa salv lvo o qu que e se hu hubi bies ese e conv convoc ocad ado o a ju junt nta a pa para ra de deci cidi dirr la adquisición de las participaciones por la sociedad. En este último caso si transcurrida la fecha fijada para la celebración de la junta ésta no ha decidido la adquisición de las participaciones, el socio podrá proceder a transferirlas. Para el ejercicio del derecho que se concede en el presente artículo, el precio de venta, en caso de discrepancia, será fijado por tres peritos, nombrados uno por  cada parte y un tercero nombrado por los otros dos, o si esto no se logra, por el Juez mediante demanda por proceso sumarísimo. Son nulas las transferencias a persona extraña a la sociedad que no se ajusten a lo establecido en este articulo. La transferencia de participaciones de formaliza es escritura pública y se inscribe en el Registro.

Articulo Vigésimo Noveno.- SEPARACION Y EXCLUSION DE LOS SOCIOS La separación y exclusión de los socios de regirá por lo dispuesto en el Articulo 293º de la Ley General de Sociedades.

Arti Ar ticu culo lo Trig Trigés ésim imo. o.-- MODI MODIFI FICA CACI CION ON DE DEL L PA PACT CTO O SO SOCI CIAL AL Y DE DEL L ESTATATUTO Para la modificación del pacto social y del Estatuto, acordar la transformación, fusión, escisión, disolución, liquidación, y extinción de la sociedad, regirán las disposiciones de los Artículos 333º a 422º de la Ley General de Sociedades en cuanto le sean aplicables.

 

Usted Señor Notario agradará las demás formalidades de ley cuidando de insertar en el cuerpo de la escritura pública la resolución que autoriza la constitución de la Empresa, y pasará partes al Registro Personas Jurídicas de Lima, para su inscripción conforme a Ley. Cusco 19 de setiembre del 2011.

.................................................... FIRMAS

 

MINUTA Y ESTATUTO DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA HOTELERA INTIPUNKU INN SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA SEÑO SE ÑOR R NO NOTA TARI RIO O PUBL PUBLIC ICO O PUBL PU BLIC ICAS AS

EN EL EL RE REGI GIST STRO RO

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CONSTITUCIÓN CONSTITU CIÓN DE EMPR EMPRESA ESA SOCIE SOCIEDAD DAD ANÓN ANÓNIMA IMA ABIER ABIERTA TA S.A.A S.A.A.. QUE OTORGA OTORGAN N WIL WILLIA LIAM M ERNEST ERNESTO O BE BELLO LLO CAL CALDER DERON ON CON D.N.I Nº 2500 25 0036 3694 94:: ES ESTA TADO DO CIVI CIVIL L SO SOLT LTER ERO O DE PR PROF OFES ESIÓ IÓN N BA BACH CHIL ILLE LER R EN CIEN CIENCI CIAS AS AGRA AGRARI RIAS AS CO CON N DO DOMI MICI CILI LIO O EN LA AV AV.. AM AMAU AUTA TA Nº 12 121 1 DISTRITO DISTR ITO TAMBOBAMB TAMBOBAMBA A PROVI PROVINCIA NCIA COTAB COTABAMBA AMBAS S DEPARTAME DEPARTAMENTO NTO  APURIMAC, RODOLFO ANIBAL CALDERON JARA CON D.N.I Nº 23910880 EST ES TAD ADO O

CI CIV VIL

CASA CASADO DO CON CON

GENA GENARA RA QUINT UINTAN ANIL ILLA LA

DOLMO OLMOS S,

 ABOGADO DE PROFESION; CON DOMICILIO EN LA AV. AMAUTA Nº 122 DISTRITO DISTR ITO TAMBOBAMB TAMBOBAMBA A PROVI PROVINCIA NCIA COTAB COTABAMBA AMBAS S DEPARTAME DEPARTAMENTO NTO  APURIMAC; LUIS ALFREDO CALDERON JARA CON D.N.I Nº 23914067 ESTADO CIVIL SOLTERO, ABOGADO DE PROFESIÓN; CON DOMICILIO EN LA CA CALL LLE E SAN SAN MA MART RTÍN ÍN Nº 11 116 6 DIST DISTRI RITO TO TA TAMB MBOB OBAM AMBA BA PR PROV OVIN INCI CIA A COTABAMB COTA BAMBAS AS DEPA DEPARTAME RTAMENTO NTO APU APURIMAC RIMAC Y CPC ANA MARIA MARIA AEDO FARFAN, CON DNI Nº 23904272 ESTADO CIVIL SOLTERA DOMICILIADA EN LA CALLE QUISCAPATA 230 ALMUDENA DISTRITO SANTIAGO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, INGRID JESSICA MADUEÑO AEDO CON DNI Nº 45067424 ESTADO CIVIL SOLTERA, DE PROFESION LICENCIADA DE TURISMO, DOMICILIADA EN CALLE UNION Nº 152 DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SOFIA ALVAREZ CRUZ CON DNII Nº 23 DN 2365 6569 6987 87 DO DOMI MICI CILI LIAD ADA A EN CA CALL LLE E AYAC AYACUC UCHO HO Nº 35 352 2 DE DEL L DISTRITO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO DE PROFESION PROFESORA, JOSE LUIS ABARCA ABARCA LAZO CON DNI Nº 56523621 56523621 ES ESTADO TADO CIVI CIVIL L SO SOLT LTER ERO O DE PR PROF OFES ESIO ION N CO COME MERC RCIA IANT NTE E DO DOLI LICI CILI LIAD ADO O EN  AVENIDA PEDRO RUIZ DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, AMADEO SANCHEZ DUEÑAS CON DNI Nº 45698756 ESTADO CIVIL SOLTERO DE PROFESION INGENIERO AGRONOMO DOMICILIADO EN CALLE HOSPITAL DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, ROSA BARRAZA PHARRY CON DNI Nº 23659874 ESTADO CIVIL SOLT SO LTER ERA A DO DOLI LICI CILI LIAD ADA A EN UR URBA BANI NIZA ZACI CION ON LO LOS S INCA INCAS S C-11 C-11 DEL DEL

 

DISTRITO DE WANCHAQ PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, LUZ ROJAS QUISPE CON DNI Nº 45698975 DE ESTADO CIVIL SOLTERA DE PR PROF OFES ESIO ION N GU GUIA IA DE TU TURI RISM SMO O DO DOMI MICI CILI LIAD ADA A EN AV AVEN ENID IDA A LO LOS S GERANIOS DEL DISTRITO DE WANCHAQ PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL DE L CUSC CUSCO, O, RO ROCI CIO O BE BENA NAVI VIDE DES S BR BRAV AVO O CO CON N DN DNII Nº 4256 425698 9863 63 DE ESTADO CIVIL SOLTERA DE PROFESION COMERCIANTE DOMICILIADA EN CALL CALLE E SANT SANTIA IAGO GO DE DEL L DI DIST STRI RITO TO DE SANT SANTIA IAGO GO,, PR PROV OVIN INCI CIA A Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, SAMANTA RÍOS VALENCIA CON DNI Nº 425639 425 639877 877 DE ESA ESATDO TDO CIV CIVIL IL SOL SOLTER TERA A DE PROFES PROFESION ION PRO PROFES FESORA ORA DOMI DO MICI CILI LIAD ADA A EN PA PASA SAJE JE LA ESPE ESPERA RANZ NZA A DE DEL L DIST DISTRI RITO TO DE SA SAN N SEBASTIAN PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, GIAN CARLO VÁSQUEZ SALAZAR CON DNI Nº 23968546 DE ESTADO CIVIL SOLTERO DE PROFES PROFESION ION ABOGAD ABOGADO O DOMICI DOMICILIA LIADO DO EN CALLE CALLE ALM ALMUDE UDENA NA DEL DEL DISTRITO DE SANTIAGO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, JENNY JENN Y SA SAAV AVED EDRA RA ASCU ASCUE E CO CON N DN DNII Nº 23 2396 9685 8546 46 DE ESTA ESTADO DO CI CIVI VIL L SOLTERA DE PROFESION COMERCIANTE DOMICILIADA EN CALLE LAS  ARTES DEL DISTRITO DE LINCE Y DEPARTAMENTO DE LIMA , MELISA MEDINA VELÁSQUEZ CON DNI Nº 23698542 DE ESTADO CIVIL SOLTERA DE PROFESION LICENCIADA DE TURISMO DOMICILIADA EN AVENIDA LOS ALAMOS DEL DISTRITO DE LOS OLIVOS Y PROVINCIA DEL CALLAO,  ALBERT LINARES ROJAS CON DNI Nº 23968564 DE ESTADO CIVIL SOLTERA DE PROFESION PROFESORA DOMICILIADA EN AVENIDA LOS SAUCES DEL DISTRITO DE SANTIAGO Y PROVINCIA Y DEPATTAMENTO DEL CUSCO, CARLOS SÁNCHEZ AGUIRRE CON DNI Nº 56989632 ESTADO CIVIL SOLTERO DE PROFESION COMERCIANTE DOMICILIADO EN CALLE RUIZ CARO DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO , LEIL LE ILA A FE FERN RNÁN ÁNDE DEZ Z DÁVA DÁVALO LOS S CO CON N DN DNII Nº 23 2394 9485 8576 76 ES ESTA TADO DO CI CIVI VIL L SOLT SO LTER ERA A DE PR PROF OFES ESIO ION N ARQU ARQUIT ITEC ECTO TO DO DOMI MICI CILI LIAD ADO O EN PASA PASAJE JE PRIMAVERA DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, JOSELYN VELÁZQUEZ DEL C CARPIO ARPIO CON DNI Nº 239 23968546 68546 ESTADO CIV CIVIL IL SOLTE SOL TERA RA DE PRO PROFES FESION ION COMERC COMERCIAN IANTE TE DOM DOMICI ICILIA LIADO DO EN AVENID AVENIDA A  ALMUDENA DEL DISTRITO DE SANTIAGO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CU DEL CUSC SCO, O, JUDI JUDITH TH MADU MADUEÑ EÑO O HE HERR RRER ERA A CON CON DN DNII Nº 2395 239587 8745 451 1 ESTADO CIVIL SOLTERA DE PROFESION COMERCIANTE DOMICILAIDA

 

EN CALLE HOSPITAL DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CARMEN ROSA AEDO FARFÁN CON D DNI NI Nº 23968545 ESTADO CIVIL SOLTERA DE PROFESION SECRETARIA EJECUTIVA DOMICILIADA EN URB URBAN ANIZA IZACIO CION N LOS AL ALAMO AMOS S DEL DIS DISTIR TIRTO TO DE SAN JE JERON RONIMO IMO PROV PR OVIN INCI CIA A Y DE DEPA PART RTAM AMEN ENTO TO DEL DEL CUS CUSCO CO,,

DA DANI NIEL EL

MI MIRA RAND NDA A

 AROTEGUI CON DNI Nº 23968564 ESTADO CIVIL SOLTERO DE PROFES PRO FESION ION ARQ ARQUIT UITECT ECTO O DOMICI DOMICILIA LIADO DO EN AVENID AVENIDA A LORENA LORENA DEL DISTRITO DE SANTIAGO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, JOSÉ MIGUEL VARGAS RAMOS CON DNI Nº 56326984 ESTADO CIVIL SOLTERO DE PROFESION SECRETARIO DE GERENCIA DOMICILIADA EN CALLE UNION 564 DEL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTYO DEL CUSCO, KATIA GARCÍA MACEDO CON DNI Nº 45987589 ESTADO CIVIL SOLTERA

DE

PROFESION

ECONOMISTA

DOMICILIADO

EN

URB RBA ANIZ NIZAC ACIO ION N SA SAN N CO COSM SME E DE LA PROV ROVIN INCI CIA A DE CAN ANC CHIS HIS Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, JUAN CARLOS MORALES ENRÍQUEZ CON DNI Nº 23968564 ESTADO CIVIL SOLTERO DE PROFESION VENDEDOR INDUSTRIAL DOMICILIADO EN CALLE LOS SAUCES DEL DISTRITO DE OROPESA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, RUTH PÉREZ VALE VA LENZ NZUE UELA LA CO CON N DN DNII Nº 23 2396 9685 8575 75 ES ESTA TADO DO CI CIVI VIL L SO SOLT LTER ERA A DE PROFES PRO FESION ION PRO PROFES FESORA ORA DOM DOMICI ICILIA LIADA DA EN CALLE CALLE LOS ALA ALAMOS MOS DEL DISTRITO DE SANTIAGO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO EN LOS TERMINOS Y CONDICIONES SIGUIENTES:===================

PRIMERO.PRIM ERO.- QUE LOS SEÑORES WILLIAM ERNESTO BELLO CALDERON, RODOLFO ANIBAL CALDERON JARA, LUIS ALFREDO CALDERON JARA,  ANA MARIA AEDO FARFAN, INGRID JESSICA MADUEÑO AEDO, SOFIA  ALVAREZ CRUZ,

JOSE LUIS ABARCA LAZO, AMADEO SANCHEZ

DUEÑ DU EÑAS AS,, ROSA ROSA BA BARR RRAZ AZA A PH PHAR ARRY RY,, LU LUZ Z RO ROJA JAS S QUIS QUISPE PE,, RO ROCI CIO O BENAVIDES BRAVO, SAMANTA RÍOS VALENCIA , GIAN CARLO VÁSQUEZ SALAZA SAL AZAR, R, JEN JENNY NY SAA SAAVED VEDRA RA ASC ASCUE, UE, MEL MELISA ISA MED MEDINA INA VEL VELÁSQ ÁSQUEZ UEZ,,  ALBERT LINARES ROJAS ,

CARLOS SÁNCHEZ AGUIRRE,

LEILA

FERNÁNDEZ FERN ÁNDEZ DÁVALOS, DÁVALOS, JOSE JOSELYN LYN VELÁ VELÁZQUE ZQUEZ Z DEL CARPI CARPIO, O, JUDI JUDITH TH MADU MA DUEÑ EÑO O HE HERR RRER ERA, A,

CARM CARMEN EN RO ROSA SA AEDO AEDO

FA FARF RFÁN ÁN,,

DA DANI NIEL EL

MIRANDA AROT MIRANDA AROTEGUI, EGUI, JOSÉ MIG MIGUEL UEL VARG VARGAS AS RAMO RAMOS, S, KATIA GA GARCÍA RCÍA MAC MA CED EDO O ,JUA ,JUAN N CARL RLO OS MOR ORA ALES LES EN ENRÍ RÍQ QUEZ UEZ, RUT UTH H PÉRE PÉREZ Z

 

VALE VA LENZ NZUE UELA LA PO POR R ACUE ACUERD RDO O UNAN UNANIM IME E CO CONV NVIE IENE NEN N Y DE DECI CIDE DEN N CONSTI CON STITUI TUIR R UNA EMP EMPRES RESA A SOCIE SOCIEDAD DAD ANÓ ANÓNIM NIMA A

ABI ABIERT ERTA A .S.A.A. .S.A.A.

DENO DE NOMI MINA NADO DO EMPRES EMPRESA A HO HOTE TELE LERA RA INTI INTIPU PUNK NKU U IN INN N  ANÓNIMA ABIERTA; PU PUDI DIEN ENDO DO EM EMPL PLEA EAR R

SOCI SOCIED EDAD AD

INDI INDIST STIN INTA TAME MENT NTE E LA

ABREVIATURA DE INTIPUNKU INN S.A.A..========================== SEGUNDO.-EL CA CAPI PITA TAL L EM EMPR PRES ESAR ARIA IAL L SUSC SUSCRI RITO TO Y PA PAGA GADO DO ES DE CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (194,000) REPRESENTADO Y DIVIDIDO EN 1940 ACCIONES ORDINARIAS DE UN VALO VA LOR R NOMI NOMINA NAL L DE CIEN CIEN NU NUEV EVOS OS SOLE SOLES S CA CADA DA UN UNA A IG IGUA UALE LES S E INDI INDIVI VISI SIBL BLES ES INTE INTEGR GRAM AMEN ENTE TE SU SUSC SCRI RITA TAS S Y PA PAGA GADA DAS S MEDI MEDIAN ANTE TE BIENES MUEBLES, VEHICULOS MAQUINARIAS, EQUIPOS Y MUEBLES DE OFICINA Y DINERO EN EFECTIVO EFECTUADO PO POR R LOS SOCIOS, EN LA SIGU SIGUIE IENT NTE E PR PROP OPOR ORCI CION ON WILL WILLIA IAM M ERNE ERNEST STO O BE BELL LLO O CA CALD LDER ERON ON;; SETENTA SETENT A Y CINCO CINCO ACCION ACCIONES, ES, ROD RODOLF OLFO O ANI ANIBAL BAL CA CALDE LDERON RON JAR JARA; A; CUAT CU ATRO ROCI CIEN ENTO TOS S NOVE NOVENT NTA A Y OC OCHO HO AC ACCI CION ONES ES,, LU LUIS IS AL ALFR FRED EDO O CALDERON JARA; CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS ACCIONES, ANA MARIA AEDO FARFAN SESENTA ACCIONES; INGRID JESSICA MADUEÑO  AEDO,

SETENTA Y

CINCO

CINC CINCUE UENT NTA A AC ACCI CION ONES ES,,

ACCIONES, SOFIA

ALVAREZ

CRUZ

JO JOSE SE LU LUIS IS AB ABAR ARCA CA LA LAZO ZO,, CI CINC NCUE UENT NTA A

 ACCIONES,AMADEO SANCHEZ DUEÑAS, CINCUENTA ACCIONES, ROSA BARR BA RRAZ AZA A PHAR PHARRY RY,, CINC CINCUE UENT NTA A AC ACCI CION ONES ES,, LU LUZ Z RO ROJA JAS S QUIS QUISPE PE,, CINC CINCUE UENT NTA A

ACCI ACCION ONES ES RO ROCI CIO O

BE BENA NAVI VIDE DES S

BR BRAV AVO, O, CI CINC NCUE UENT NTA A

 ACCIONES,SAMANTA RÍOS VALENCIA CINCUENTA ACCIONES , GIAN  ACCIONES,SAMANTA CARLO VÁSQUEZ SALAZAR CINCUENTA ACCIONES, JENNY SAAVEDRA  ASCU CINCUENTA ACCIONES, MELISA MEDINA VELÁSQUEZ CINCUENTA  ACCIONES, ALBERT LINARES ROJAS CINCUENTA ACCIONES , CARLOS SÁNC SÁ NCHE HEZ Z AG AGUI UIRR RRE E , CINC CINCUE UENT NTA A AC ACCI CION ONES ES,,

LE LEIL ILA A FE FERN RNÁN ÁNDE DEZ Z

DÁVALOS CINCUENTA ACCIONES, JOSELYN VELÁZQUEZ DEL CARPIO CINCUE CIN CUENTA NTA ACC ACCION IONES, ES,

JUD JUDITH ITH MADUE MADUEÑO ÑO HER HERRER RERA A

 ACCIONES, CARMEN ROSA AEDO DANIEL DANIE L MIRAN MIRANDA DA AROT AROTEGUI EGUI

FARFÁN

CINCUE CINCUENTA NTA

CINCUENTA ACCIONES,

CINCU CINCUENTA ENTA ACCIONES, ACCIONES, JOSÉ MIGUE MIGUEL L

VARGAS VARG AS RA RAMO MOS S CI CINC NCUE UENT NTA A AC ACCI CION ONES ES,, KA KATI TIA A GA GARC RCÍA ÍA MA MACE CEDO DO CINCUENTA ACCIONES, JUAN CARLOS MORALES ENRÍQUEZ

 

CINC CINCUE UENT NTA A AC ACCI CION ONES ES , RU RUTH TH PÉRE PÉREZ Z VA VALE LENZ NZUE UELA LA CINC CINCUE UENT NTA A  ACCIONES, CU CUYO YO IN INVE VENT NTAR ARIO IO VALO VALORI RIZA ZADO DO DE LO LOS S BI BIEN ENES ES SE

INSERTARA EN EL CUERPO DE LA PRESENTE ESCRITURA.=========== TERCERO.-LA SOCIEDAD TIENE COMO ORGANOS A LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS Y LA GERENCIA; DESIGNANDOSE COMO GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA AL SR. WILLIAM ERNESTO BELLO CALDERON, QUIEN EN EJERCICIO DE SU CARGO USARA LA DENOMINACION

DE

GERENTE

GENERALY

GOZARA

DE

LAS

FACULTADES QUE LE CONFIEREEL ESTATUTO CON SUGECION A LA LEY LE Y DE SOCI SOCIED EDAD ADES ES .AS .ASIM IMIS ISMO MO

PO POR R AC ACUE UERD RDO O DE LA JU JUNT NTA A SE

DESIGN DES IGNA A COMO COMO GER GERENT ENTE E ADM ADMINI INISTR STRATI ATIVO VO A LA SRA. SRA. CPC .ANA .ANA MARIA AEDO FARFAN ==========================================

CUAR CU ARTO TO..- LOS FINES DOMICILIO Y DEMAS CARACTERISTICAS DE LA SOCIEDAD SERAN ESPECIFICADOS EN CADA UNO DE LOS TITULOS DEL ESTATUTO QUE SE INSERTA A LA PRESENTE ESCRITURA DE CONFORMIDAD A LA LEY DE SOCIEDADES N’ 26887 Y DEMAS NORMAS COMPLEMENTARIAS Y/O CONEXAS, Y SE REGIRA POR EL SIGUIENTE ESTATUTO. ==================================================

ESTATUTO.CAPITULO

I.-

DENOMINACION,

OBJETO

SOCIAL,

DOMICILIO

Y

DURACION . ================================================== ARTICULO ARTI CULO -1.-  LA SOC SOCIED IEDAD AD TIE TIENE NE POR DEN DENOMI OMINAC NACION ION EMP EMPRES RESA A HOTELERA HOTE LERA INTIP INTIPUNKU UNKU INN SOCIE SOCIEDAD DAD ANON ANONIMA IMA ABIER ABIERTA TA PUDI PUDIENDO ENDO EMPLEAR LA ABREVIATURA DE PACHACUTEC INN S.A.A.======================================================= OBJE JETO TO SO SOCI CIAL AL:: LA SO SOCI CIED EDAD AD TIEN TIENE E POR POR OB OBJE JETO TO ARTICU ART ICULO LO 2.-OB DEDI DE DICA CARS RSE E A: BR BRIN INDA DAR R SE SERV RVIC ICIO IOS S HO HOTE TELE LERO ROS S A PA PASA SAJE JERO ROS S NACIONALES NACIO NALES E INTE INTERNACI RNACIONAL ONALES ES SE ENT ENTIEND IENDEN EN INCL INCLUIDO UIDOS S EN EL OBJE OB JETO TO SO SOCI CIAL AL LOS LOS AC ACTO TOS S RE RELA LACI CION ONAD ADOS OS CO CON N EL MISM MISMO O QU QUE E COADYUVEN A LA REALIZACIÓN DE SUS FINES. PARA CUMPLIR DICHO OBJET OBJ ETO, O, PO PODRA DRA REA REALIZ LIZAR AR TOD TODOS OS AQU AQUEL ELLOS LOS ACTOS ACTOS Y CO CONTR NTRATO ATOS S QUE SE SEA AN LÍCI CIT TOS, SIN SIN RE REST STRI RICC CCIÓ IÓN N AL ALGU GUNA NA.. AS ASII MI MISM SMO O LO LOS S SERVICIOS

 

ARTICULO -3.-EL DOMICILIO LEGAL DE LA SOCIEDAD SE FIJA EN LA CIUD CIUDAD AD DE CU CUSC SCO O AV AV.. AM AMAU AUTA TA Nº 12 122 2

DIST DI STRI RITO TO,, PR PROV OVIN INCI CIA A Y

REGION CUSCO, ESTABLECIENDO LA SEDE SUCURSAL EN LA CIUDAD DEL CUSCO EN URBANIZACIÓN SAN LUIS A-8 DISTRITO SAN SEBASTIAN PROV PR OVIN INCI CIA A Y DE DEPA PART RTAM AMEN ENTO TO DE DEL L CUSC CUSCO, O, Y AG AGEN ENCI CIAS AS A NI NIVE VEL L NACIONAL E INTERNACIONAL.=================================== ARTICU ART ICULO LO 4.-  LA EM EMPR PRES ESA A HO HOTE TELE LERA RA IN INTI TIPU PUNK NKU U IN INN N SO SOCI CIED EDAD AD  ANÓNIMA ABIERTA TENDRA UNA DURACIÓN INDEFINIDA. INICIANDO SUS ACTIVIDADES DESDE EL DIA DE SU INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE SOCIEDADES MERCANTILES.=================================

CAPI CA PITU TULO LO II II.-D .-DEL EL CA CAPI PITA TAL L SOCI SOCIAL AL,, AC ACCI CION ONES ES Y ORGA ORGANO NO DE LA SOCIEDAD

JUNTA

GENERAL

DE

ACCIONISTAS

Y

GERENCIA.=ARTICULO. 5.- EL CAPITAL CAPITAL SOCIA SOCIAL L DE L LA A EMPRESA ES DE CIENTO CIE NTO

NOVENT NOVENTA A Y CUA CUATRO TRO MI MIL L CON 00/1 00/100 00 NUE NUEVOS VOS SO SOLES LES (S/ (S/..

194,00 194, 000. 0.00 00)) RE REPR PRES ESEN ENTA TADO DO Y DI DIVI VIDI DIDO DO PO POR R MI MIL L NO NOVE VECI CIEN ENTO TOS S CUARENTANTA ACCIONES ORDINA ORDINARIAS RIAS DE U UN N VALOR NO NOMINAL MINAL CADA UNO, DE CIEN NUEVOS SOLES, PAGADOS EN EL SETENTA Y TRES PORCIE POR CIENTO NTO DEL CAP CAPITA ITAL L SOC SOCIAL IAL SUS SUSCRI CRITO TO Y PAG PAGADO ADO MED MEDIAN IANTE TE  APORTES DINERO EN EFECTIVO Y BIENES MUEBLES EFECTUADO POR LOS SOCIOS WILLIAM ERNESTO BELLO CALDERON; APORTA CON: UNA COMP CO MPUT UTAD ADOR ORA A LA LAP P TO TOP P PE PENT NTIU IUM M IV MO MODE DELO LO PR PRES ESAR ARIO IO 20 2000 00 VALORIZADO EN CUATRO MIL TRESCIENTOS NUEVOS SOLES Y UNA FOTOCOPIA FOTO COPIADORA DORA MINOL MINOLTA TA VALO VALORIZAD RIZADO O EN TRES MIL DOSC DOSCIENTO IENTOS S NUEVOS SOLES HACIENDO UN TOTAL DE APORTE EN BIENES LA SIETE MIL MI L QU QUIN INIE IENT NTOS OS NU NUEV EVOS OS;; LU LUIS IS AL ALFR FRED EDO O CA CALD LDER ERON ON JA JARA RA,, UN UNA A COMPUTAD COMP UTADORA ORA PENT PENTIUM IUM IV VALO VALORIZAD RIZADO O EN EN DOS DOS MI MIL L Q QUINIE UINIENTOS NTOS NUE UEV VOS S SO OLE LES S

CAM AMIO IONE NET TA

TOY OYOT OTA A AÑ AÑO O 98 PL PLAC ACA A PGW PGW-

604,VALORIZADO EN CUARENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA CINCUENTA NUEVOS SOLES; HACIENDO UN TOTAL DE APORTE EN BIENES LA SUMA DE CUARE CUA RENTA NTA Y TRE TRES S MIL SEI SEISCI SCIENT ENTOS OS CIN CINCUE CUENTA NTA NUEVOS NUEVOS SOL SOLES; ES; RODOLFO RODO LFO C CALDE ALDERON RON JJARA, ARA, UNA CAMIO CAMIONETA NETA TOYOTA TOYOTA AÑO 2002 DE PLACA PII-570 VALORIZADO VALORIZADO EN CUARENTA Y NU NUEVE EVE MIL SETECIENTO SETECIENTOS S CINC CINCUE UENT NTA A NU NUEV EVOS OS SOL SOLES ES Y UN UNA A CO COMP MPUT UTAD ADOR ORA A PE PENT NTIU IUM M IV VALORIZADO DOS MIL SEISCIENTOS NUEVOS SOLES; HACIENDO UN

 

TOTAL TOT AL DE A APOR PORTE TE EN EN BIE BIENES NES LA LA SUM SUMA A DE CIN CINCUE CUENTA NTA Y DOS MIL MIL TRES TR ESCI CIEN ENTO TOS S CI CINC NCUE UENT NTA A NUEV NUEVOS OS SOL SOLES ES

Y AN ANA A MA MARI RIA A AE AEDO DO

FARFA FAR FAN; N; APORTA APORTARA RA LOS BIENES BIENES SIG SIGUIE UIENTE NTES: S: UN ES ESCRI CRITOR TORIO IO DE FOR ORM MICA ICA MAD MADERA S/. S/. 650 50.0 .00 0 NUEVO UEVOS S SOL OLES ES,, UN MO MODU DULO LO DE COMPUTADORA

MADERA

S/.

300.00

NUEVOS

SOLES,

UNA

COMPUTADO COMPUT ADORA RA PENTI PENTIUM UM IV S/. 2.6 2.600, 00, UNA IMPRES IMPRESORA ORA CA CANON NON S/. 400.00 UNA IMPRESORA CANON IP 1700 S/. 150.00, UN ESCRITORIO DE MADERA S/. 350.00, UN ESTANTE DE MADERA GRANDE S/. 350.00, UN ESTANTE DE MADERA MEDIANO S/. 250.00, UNA SILLA GIRATORIA S/. 450.00, SEIS SILLAS DE MADERA S/. 300.00; HACIENDO UN TOTAL DE  APORTE EN BIENES DE CINCO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES, INGRID JESSICA MADUEÑO AEDO APORTARA S/. 7,300, SOFIA  ALVAREZ CRUZ APORTARA S/. 5,000, JOSE LUIS ABARCA LAZO  APORTARA S/. 5,000, AMADEO SANCHEZ DUEÑAS APORTARA S/.5,000, ROSA BA ROSA BARR RRAZ AZA A PH PHAR ARRY RY AP APOR ORTA TARA RA S/.5 S/.5,0 ,000 00,, LU LUZ Z RO ROJA JAS S QU QUIS ISPE PE  APORTARA S/. 5,000, Rocio Benavides bravo APORTARA S/.5, 000,Samanta Ríos valencia APORTARA S/.5, 000Gian Carlo Vásquez Salazar APORTARA S/.5 S/.5,0 ,000 00,, Jenn Jennyy Saav Saaved edra ra As Ascu cue e APOR APORTA TARA RA S/.5 S/.5,, 00 000 0 Me Melis lisa a Me Medi dina na Velásquez APORTARA S/.5, 000, Albert Linares Rojas APORTARAs/.5, 000, Carlos Car los Sá Sánch nchez ez Agu Aguirre irre APORTA APORTARA RA S/. S/.5, 5, 000 000,, Lei Leila la Fer Ferná nánde ndezz Dáv Dávalo aloss  APORTARA S/.5,000, Joselyn Velázquez del Carpio APORTARA S/. 5,000, Judith Judi th Mad Madueño ueño H Herrer errera a APORTARA APORTARA S/ S/.5, .5, 00 000, 0, Carm Carmen en Ros Rosa a Aedo Farfá Farfán n  APORTARA S/.5, 000, Daniel Miranda Arotegui APORTARA

S/.5,000, José

mig igue uell Varg argas Ramos amos APO PORT RTAR ARA A S/.5, /.5, 000 00,, Katia atia Garcí arcía a Ma Mace ced do  APORTARA S/.5,000 ,Juan Carlos Morales Enríquez APORTARA S/.5,000 ,Ru ,Ruth

Pére Pérezz

Vale Valenz nzue uela laA APO PORT RTAR ARA A

S/.5 S/.5,0 ,000 00,,

Ric ica ardo rdo

Va Vale len nzue zuela

ValenzuelaAPORTARA ValenzuelaAPORT ARA S/.5, 000

EN EL PORCENTAJE QUE SE ESPECIFICA EN LA SEGUNDA CLAUSULA DE LA PRESENTE ESCRITURA Y DETALLADAS EN EL ACTA DE FECHA DIEZ

Y

NUEVE

DE

SETIEMBRE

DEL

AÑ O

D OS

MIL

ONCE:=======================================================

ARTICULO 6.-EMPRESA HOTELERA INTIPUNKU INN SOCIEDAD ANÓNIMA  ABIERTA. DE CONFORMIDAD CON EL ART. 247 DE LA LEY DE SOCIEDADES. DEL DIRECTORIO FACULTATIVO. SE ESTABLECE QUE LA

 

SOCI SO CIE EDA DAD D NO TIENE IENE DI DIRE REC CTO TORI RIO O. PERO EN CA CAS SO DE QU QUE E SE NOMB NO MBRA RARA RA EN LO PO POST STER ERIO IOR. R. SER ERA A DE APLI APLICA CACI CIÓN ÓN DE SUS FUNCIONES

CONFORME

A

LEY.

Y

TODAS

LAS

FUNCIONES

ESTABLECIDAS POR LA LEY PARA ESTE ORGANO SOCIETARIO QUE SE SUSCRIBE, SERAN EJERCIDAS POR EL GERENTE GENERAL; COMO SE CUMPLE C ON NOMBRAR AL GERENTE GENERAL.====================================================

ARTICU ART ICULO LO 7.-  LA SO SOCI CIED EDAD AD TI TIEN ENE E CO COMO MO OR ORGA GANO NOS S A LA JU JUNT NTA A GENERAL DE ACCIONISTAS Y LA GERENCIA.=======================

ARTICULO 8.-  LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS, ES EL ORGANO SUPREMO DE LA SOCIEDAD. Y ESTA CONSTITUIDA POR LA REUNION DE LOS ACCIONISTAS DEBIDAMENTE CONVOCADOS. SE CELEBRA EN EL LUGAR DEL DOMICILIO PRINCIPAL DE LA EMPRESA.================ JUNT NTA A GE GENE NERA RAL L DE ACCI ACCION ONIS ISTA TAS S TIEN TIENE E LA LAS S ARTICU ART ICULO LO 9.-  LA JU SIGUIENTES CLASES; JUNTA OBLIGATORIA ANUAL.- JUNTA GENERAL.JUNTA UNIVERSAL. ============================================

ARTICULO 10.-  LA JUNTA OBLIGATORIA ANUAL. SÉ REUNIRA POR LO MENOS UNA VEZ AL AÑO DENTRO DE LOS NOVENTA DIAS SIGUIENTES  A LA TERMINACIÓN DE EJERCICIO EJERCICIO ECONOMICO. EN ELLA SE TRATA LOS LOS SI SIG GUI UIE ENTES NTES PU PUNT NTOS OS:: EXAM XAMEN DE LA GES ESTI TIÓ ÓN SO SOCI CIAL AL Y LO LOS S RES ESUL ULT TADOS ADOS DE DEL L EJE JERC RCIC ICIO IO ANT NTER ERIO IOR. R. APL PLIC ICAC ACIÓ IÓN N DE LAS UTILIDADES. RESOLVER SOBRE LOS DEMAS ASUNTOS QUE LES SEAN PROPIOS

DE

ACUERDO

AL

ESTATUTO

O

CUALQUIER

OTRO

CONSIGNADO EN LA CONVOCATORIA. ============================ ARTI AR TICU CULO LO 11. - LA JUNTA GENERAL PUEDE REALIZARSE EN CUALQUIER MOMENTO INCLUSO SIMULTAMEAMENTE CON LA JUNTA GENE GE NERA RAL L AN ANUA UAL L

LE CORRE CORRESP SPON ONDE DE TRAT TRATAR AR LOS SIGU SIGUIE IENT NTES ES

PUNTO UNTOS S MOD ODIF IFIC ICA AR EL EST STA ATU TUT TO AUME AUMEN NTAR TAR O REDUCI DUCIR R EL PATRIMONIO (CAPITAL) ACCIONES; EMITIR OBLIGACIONES.- ACORDAR LA ENA ENAGEN GENAC ACION ION DE ACT ACTIVO IVOS S CUY CUYO O VALOR VALOR CON CONTA TABLE BLE EXE EXEDA DA EL CIENTO

PORCIENTO

INV INVESTI ESTIG GACIO ACIONE NES S

Y

DEL

CAPITAL

AU AUDI DIT TORI RIAS AS

SOCIAL,

ESP SPEC ECIA IALE LES, S,

DISPONER

ACO CORD RDAR AR

LA

TRANSFORMACION, FUSION ESCICION, REORGANIZACION Y DISOLUCION DE LA SOCIEDAD Y RESOLVER SOBRE SU LIQUIDACION;

 

RESO RE SOLV LVER ER LO CO CONV NVEN ENIE IENT NTE E EN CA CASO SO DE SE SER R IN INTE TERV RVEN ENID IDA A LA SOCIEDAD O CUALQIER OTRO QUE LE ATAÑE.==================== JUNTA A UNIV UNIVER ERSA SAL L TIEN TIENE E LUGA LUGAR R CU CUAN ANDO DO SE ARTICU ART ICULO LO 12. 12.--  LA JUNT ENCUENTRAN PRESENTES LOS ACCIONISTAS QUE REPRESENTAN EL TOTA TO TAL L DE LA LAS S AC ACCI CION ONES ES SU SUSC SCRI RITA TAS S CO CON N DE DERE RECH CHO O A VO VOTO TO Y  ACEPTEN POR UNANIMIDAD LA CELEBRACION DE LA JUNTA Y LOS  ASUNTOS QUE SE PROPONGA TRATAR EN CONSECUENCIA SE TIENE COMO CO MO CONV CONVOC OCAD ADA A Y VA VALI LIDA DAME MENT NTE E CO CONS NSTI TITU TUID IDA A PARA PARA TRAT TRATAR AR CUALQUIER

ASUNTO

Y

TOMAR

LOS

RESPECTIVOS

 ACUERDOS.==================================================

ARTICULO 13.- EL GERENTE GENERAL CONVOCA A LA JUNTA GENERAL DE AC ACCI CION ONIS ISTA TAS S CU CUA AND NDO O LO ORDE ORDENA NA LA LE LEY, Y, EL ESTA ESTATU TUTO TO,, O  ACUERDO DE LA JUNTA DE ACCIONISTAS POR CONSIDERARLO NECE NE CESA SARI RIO O AL IN INTE TERE RES S SO SOCI CIAL AL O LO SO SOLI LICI CITE TE UN NUME NUMERO RO DE  ACCIONISTAS QUE REPRESENTE POR LO MENOS EL VEINTE PORCIENTO DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO. ============================================================

ARTICU ART ICULO LO 14.14.-  EL GE GERE RENT NTE E GE GENE NERA RAL L CO CON N AN ANTI TICI CIPA PACI CION ON QU QUE E PRESCRIBE EL ARTICULO CIENTO DIEZ Y SEIS DE LA LEY GENERAL DE SOCI SO CIED EDAD ADES ES CO CONV NVOC OCAR ARA A ME MEDI DIAN ANTE TE ESQU ESQUEL ELAS AS CO CON N CA CARG RGO O DE RECE RE CEPC PCIO ION N FA FAXI XIMI MIL L CORR CORREO EO EL ELEC ECTR TRON ONIC ICO O U OT OTRO RO ME MEDI DIO O DE COMUNICACIÓN QUE PERMITA OBTENER CONSTANCIA DE RECEPCION DIRI DIRIGI GIDO DOS S AL DO DOMI MICI CILI LIO O O A LA DIRE DIRECC CCIO ION N DE DESI SIGN GNAD ADA A PA PARA RA EL  ACCIONISTA PARA ESTE ESTE EFECTO.================================ GENERAL RAL DE ACCIONISTAS ACCIONISTAS ARTICULO 15.- PUEDE ASISTIR A LA JUNTA GENE Y EJERCER SUS DERECHOS LOS TITULARES DE LAS ACCIONES CON DER ERE ECHO A VOT OTO O QUE FIG IGUR URE E INSC INSCR RITA ITA SU NO NOM MBRE

EN LA

MATRICULA DE ACCIONES CON UNA ANTICIPACION NO MENOR DE DOS DIAS A LA CELEBRACION DE LA JUNTA GENERAL PODRAN ASISTIR LOS FUNCI FU NCIONA ONARIO RIOS S PRO PROFES FESION IONALE ALES S Y TE TECNI CNICOS COS AL SE SERVI RVICIO CIO DE LA SOCI SO CIED EDAD AD U OT OTRA RAS S PE PERS RSON ONAS AS QU QUE E SEAN SEAN IN INVI VITA TADA DAS S PERO PERO SIN SIN VOTO.=======================================================

ART RTIC ICUL ULO O 16 16..-  CUALQUIER ACCIONISTA PUEDE HACERCE REPRESENTAR EN LAS JUNTAS GENERALES POR OTRO ACCIONISTA O

 

UN TE TERC RCER ERO O

DE DEBI BIEN ENDO DO CONS CONSTA TAR R LA RE REPR PRES ESEN ENTA TACI CION ON PO POR R

ESCRITO O CON CARÁCTER DE ESPECIAL PARA CADA JUNTA GENERAL SALV SA LVO O QU QUE E SE TR TRAT ATE E DE PO PODE DER R OT OTOR ORGA GADO DO PO POR R ES ESCR CRIT ITUR URA A PUBLI UBLICA CA,, LO LOS S POD ODER ERE ES DE DEB BEN SE SER R RE REGI GIS STRA RADO DOS S ANT NTE E LA SOCI SO CIED EDAD AD CON CON UN UNA A AN ANTI TICI CIPA PACI CION ON NO ME MENO NOR R DE VEIN VEINTI TICU CUAR ARO O HORAS. EN CASO DE ASISTENCIA PERSONAL DEL REPRESENTADO A LA JUNT JUNTA A GENE GENERA RAL L SE AP APLI LICA CA LA DI DISP SPOS OSIC ICIO ION N CO CONT NTEN ENID IDA A EN CUARTO ACAPITE DEL ARTICULO CIENTO VEINTE Y DOS DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES. ====================================

ARTICULO 17.-  LA JUNTA GENERAL ES PRESIDIDA POR EL GERENTE GENERAL Y ACTUA COMO SECRETARIO EL GERENTE ADMINISTRATIVO EN AUSE AUSENC NCIA IA O IMPE IMPEDI DIME MENT NTO O DE ES ESTO TOS S DE DESE SEMP MPEÑ EÑAN AN TALE TALES S FUNC FU NCIO IONE NES S AQ AQUE UELL LLOS OS DE LO LOS S CO CONC NCUR URRE RENT NTES ES QU QUE E LA PR PROP OPIA IA JUNTA DESIGNE.==============================================

ARTICULO 18.- EL QUORUM SE COMPUTA Y ESTABLECE AL INICIO DE LA JUNTA. COMPROBADO EL QUORUM EL PRESIDENTE Y/O GERENTE LO DECLARA INSTALADO; PARA LO QUE SE REQUIERE UN CUORUM SIMPLE PARA LA PRIMERA CONVOCATORIA EL 50% DE LAS ACCIONES SUSCRITAS CON DERECHO A VOTO, PARA LA SEGUNDA DE CUALQUIER NUME NU MERO RO DE AC ACCI CION ONES ES SU SUSC SCRI RITA TAS S CO CON N DE DERE RECH CHO O A VO VOTO TO AU AUN N CUANDO LAS ACCIONES PRESENTADAS EN ELLA PERTENEZCAN A UN SOLO TITULAR. TITULAR. SE REQU REQUIERE IERE QUORUM CALIFICADO PARA MODIFICAR EL EST ESTATU ATUTO, TO, AU AUMEN MENTAR TAR O REDUCI REDUCIR R EL CAP CAPITA ITAL L SOC SOCIAL IAL,, EMI EMITIR TIR OBLIGACIONES, ENAJENAR ACTIVOS FIJOS CUYO VALOR CONTABLE EXED EX EDA A AL 50% 50% DE DEL L CAPI CAPITA TAL L DE LA SOCI SOCIED EDAD AD,, TR TRAN ANSF SFOR ORMA MAR, R, FUSION FUS IONAR, AR, ESC ESCIND INDIR, IR, REO REORGA RGANIZ NIZAR, AR, DIS DISOLV OLVER ER LA SOC SOCIED IEDAD; AD; SE REQUIERE

UN

QUORUM

CALIFICADO

PARA

LA

PRIMERA

CONVOC CON VOCATO ATORIA RIA DOS TERCIO TERCIOS S DE LAS ACC ACCION IONES ES SUS SUSCRI CRITAS TAS CON DERE DE RECH CHO O A VO VOTO TO,, PA PARA RA LA SEGU SEGUND NDA A CO CONV NVOC OCAT ATOR ORIA IA BA BAST STA A LA CONCURRENCIA DE AL MENOS DE TRES QUINTAS PARTES DE LAS  ACCIONES SUSCRITAS SUSCRITAS CON DERECHO A VOT VOTO.================== O.==================

ARTICULO 19.- DE LA GERENCIA.- LA SOCIEDAD TENDRA UNO O MAS GERENT GERE NTES ES UNO UNO DE LO LOS S CU CUAL ALES ES TEND TENDRA RA LA DE DENO NOMI MINA NACI CIÓN ÓN DE GERENTE GENERAL NOMBRADO POR LA JUNTA DE SOCIOS POR EL

 

PLAZ PL AZO O IN INDE DETE TERM RMIN INAD ADO O PU PUED EDE E SE SER R RE REMO MOVI VIDO DO EN CU CUAL ALQU QUIE IER R MOMENT MOM ENTO O POR LA JUNTA JUNTA GEN GENERA ERAL L Y GER GERENT ENTE E ADMINI ADMINISTR STRATI ATIVO VO NOMB NO MBRA RADO DO

TAMB TAMBIE IEN N PO POR R LA JUN JUNTA TA DE SO SOCI CIOS OS POR UN PL PLAZ AZO O

INDETERMINADO Y REMOVIDO POR ESTA INSTANCIA.==============

CAPITULO

III.- 

DEBERES

Y

DERECHOS

DE

LOS

 ACCIONISTAS.================================================ ARTICULO20.- SON DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS.- PARTICIPAR EN LAS UTILIDADES. INTERVENIR Y VOTAR EN LAS JUNTAS GENERALES.FISCALIZAR Y CONTROLAR. LA GESTIÓN DE LOS NEGOCIOS SOCIALES.SER PREFERIDO PARA LA SUSCRIPCIÓN DE ACCIONES EN CASO DE  AUMENTO DE CAPITAL Y BIENES COLOCACIONES DE ACCIONES O PARA

LA

SUSCRIPCIÓN

DE

OBLIGACIONES;

OTROS

TITULOS

CONVERTIBLES O CON DERECHO A SER CONFERIDO EN ACCIONES; SEPARARSE DE LA SOCIEDAD EN LO LOS S CASOS PREVISTOS PREVISTOS EN LA LEY E IMPUGNAR LOS ACUERDOS LESIVOS.============================= ARTICULO 21.- DEBERES DE LOS ACCIONISTAS: CUMPLIR CON LAS NORMAS EN LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES Y EN EL ESTATUTO DE LA SOCIEDAD APOYAR LOS ACUERDOS QUE EMANEN DE LAS JUNTAS GENERALES.-

DE

LA

GERENCIA.

ASISTIR

A

LAS

JUNTAS

GENERALES.=================================================

CAPITULO IV.-================================================ ARTI AR TICU CULO LO 22.22.-

EL GER GERENT ENTE E GENERA GENERAL L GOZ GOZA A DE LAS SIGUIE SIGUIENTE NTES S

 ATRIBUCIONES: EJERCE

LA

REPRESENTACIO REPRESENTACION N

ADMINISTRATIVA,

COMERCIAL Y JUDICIAL DE LA SOCIEDAD, DIRIGE LAS OPERACIONES DE LA SO SOCI CIED EDAD AD CELE CELEBR BRAN ANDO DO LOS LOS CO CONT NTRA RATO TOS S OR ORDI DINA NARI RIOS OS CORRESPONDIENTE AL OBJETO SOCIAL, EJECUTA LOS ACUERDOS DE LAS

JUNTAS

GENERALES

DE

LOS

ACCIONISTAS

COMO

REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD COMPARECE ANTE TODA CLAS CL ASE E DE AU AUTO TORI RIDA DADE DES S SE SEAN AN JU JUDI DICI CIAL ALES ES CI CIVI VILE LES S POLÍ POLÍTI TICA CAS S  ADMINISTRATIVAS POLICIALES TRIBUTARIAS Y RELIGIOSAS; ASI COMO DE LOS LOS FU FUER EROS OS PR PRIV IVAT ATIV IVOS OS AR ARBI BITR TRAL AL Y DE CONC CONCIL ILIA IACI CIÓN ÓN SIN SIN EXCEPCION ENTENDIÉNDOSE LA ACEPCIÓN DE AUTORIDADES EN EL SENTIDO MÁS AMPLIO Y QUE NO ADMITE RESTRICCIONES, PREMUNIDO CON CO N LA LAS S FACU FACULT LTAD ADES ES GE GENE NERA RALE LES S DE DEL L PO PODE DER R PARA PARA PLEI PLEITO TOS S

 

JUDI JU DICI CIAL ALES ES CO CON N CA CAPA PACI CIDA DAD D PA PARA RA SER SER PA PART RTE E EN CUAL CUALQU QUIE IER R PROC PR OCES ESO, O, PRES PRESTA TAND NDO O DECL DECLAR ARAC ACIÓ IÓN N DE PART PARTE, E, RE RECO CONO NOCE CER, R, TACHAR TAC HAR DOC DOCUME UMENTO NTOS, S, OT OTORG ORGAR AR Y RES RESTIT TITUIR UIR POD PODER, ER, NOM NOMBRA BRAR R  APODERADOS JUDICIALES Y REMOVERLOS INTERVENIR EN TODO TIPO DE DILIGE DILIGENCI NCIAS, AS, DE DEMAN MANDA DAR R CON CONTES TESTAR TAR RECONV RECONVENI ENIR R TRANSA TRANSAR, R,  ALLANARSE JUDICIAL O EXTRAJUDICIALMEN EXTRAJUDICIALMENTE, TE, SOMETER HA  ARBITRAJE LAS CUESTIONES PENDIENTES QUE ASI LO REQUIERA INTERPONER

RECURSOS

IMPUGNATORIOS

EN

CUALQUIER

PROCEDIMIENTO, RECUSAR, DENUNCIAR LA COMISION DE DELITOS Y EN GENE GENERA RAL. L. GO GOZA ZAR R DE LAS LAS FA FACU CULT LTAD ADES ES SE SEÑA ÑALA LADA DAS S EN LOS LOS  ARTICULOS 74 Y 75 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, PUDIENDO ADEMÁS CEL ELEB EBRA RAR R TOD ODO O LOS ACT CTOS OS JU JURÍ RÍD DIC ICOS OS EN DEFEN EFENS SA DE LOS INTERESES INTER ESES DE LA SOC SOCIEDA IEDAD, D, CONST CONSTITUIR ITUIRSE SE COMO PARTE PARTE O ACTO CIVIL EN LOS PROCESOS PROCESOS PENALES PENALES SOLITAR MEDIDAS CAUTELA CAUTELARES RES Y OFRECER CONTRA CAUTELA. INTERVENIR EN TODOS LOS PROCESOS HASTA SU EJECUCIÓN, PUEDE CELEBRAR TODO TIPO DE CONTRATOS DE ACUERDO AL DERECHO POSITIVO, SEA COMPRANDO O VENDIENTE BIENES MUEBLES O INMUEBLES, VEHÍCULOS, ACEPTAR LETRAS DE CAMBIO, SUSCRIBIR VALES, PAGARES ASI COMO DESCONTAR DICHOS DOCUMENTOS PARA QUE SU IMPORTE SEA ABONADO EN LA CUENTA COR CO RRI RIEN ENT TE DE LA SO SOCI CIED EDA AD ASI MISMO ISMO PO PODR DRA A RE REA ACEPT CEPTAR AR,, RENOVAR ENDOSAR O REALIZAR CUALQUIER TIPO DE OPERACIONES CON TITULOS VALORES, ABRIR Y CERRAR CUENTAS CORRIENTES SEA EN MONEDA NACIONAL O EXTRANJERO GIRAR CHECHES QUE ESTEN PROVISTOS DE FONDOS, ORDENAR PAGOS COBROS DE GIROS Y/O TRAN TR ANSF SFER EREN ENCI CIAS AS CO COBR BRAR AR Y PA PAGA GAR R RE RECI CIBO BOS S CA CANC NCEL ELAC ACIO IONE NES S TRAM TR AMIT ITE E DE PR PRES ESTA TAMO MOS S CO COME MERC RCIA IALE LES S Y BA BANC NCAR ARIO IOS S OB OBTE TENE NER R SOBR SO BRE E GIROS IROS TRA RAMI MIT TAR Y EFE FECT CTIV IVIZ IZAR AR CA CAR RTAS TAS DE FIA FIANZ NZA A FINALMENTE GOZAR DE TODOS LOS PODERES QUE LE CONFIERE LA LEY LE Y PARA PARA LA EJ EJEC ECUC UCIÓ IÓN N EF EFIC ICAZ AZ Y OP OPOR ORTU TUNA NA DE LOS LOS AC ACTO TOS S Y CONTRA CON TRATOS TOS ORD ORDINA INARIO RIOS S QUE COR CORRES RESPON PONDE DE AL OBJ OBJETO ETO SOC SOCIAL IAL CONFORME ESTABLECE ÉL ARTICULO 188 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES. ============================================

 

ARTICULO

23.-

EL

GERENTE

GENERAL

O

GERENTES

SON

RESPONSABLES ANTE LA S SOCIEDAD; OCIEDAD; LOS AC ACCIONISTAS CIONISTAS Y TER TERCEROS, CEROS, DE

LOS

DAÑOS

Y

PERJUICIOS

QUE

OCASIONEN

POR

EL

INCU INCUMP MPLI LIM MIENT IENTO O DE SU SUS S OB OBLI LIG GAC ACIO IONE NES, S, DE DEL L ABU BUSO SO DE LAS FACULTADES Y NEGLIGENCIA GRAVE CONFORME LO ESTABLECE ÉL  ARTICULO 190 DE LA LEY LEY DE SOCIEDADES. CAPITU CAP ITULO LO V.-D .-DEL EL AUM AUMENT ENTO O O DISMIN DISMINUCI UCIÓN ÓN DEL CAP CAPITA ITAL L SOC SOCIAL IAL..============================================================

ARTICULO 24.- PARA CUALQUIER OTRA MODIFICACIÓN SE TENDRA EN CUENTA LOS ARTICULOS 198 AL 220 DE LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES Y EN ESPECIAL LAS SIGUIENTES:=====================

ARTICU ART ICULO LO 25. 25.-- LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS CUMPLIRA CON LOS REQ EQUI UISI SIT TOS

EST ESTAB ABLE LEC CIDOS IDOS PARA LA

MO MODI DIF FIC ICAC ACIO ION N

DE

LO LOS S

ESTATUTOS, PARA EL AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SERA  ACORDADO POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS Y DEBE CONSTAR EN ESCRITURA PUBLICA Y SE SUSCRIBE EN EL REGISTRO MERCANTIL.- EL AUMENTO DEL CAPITAL POR NUEVOS APORTES O POR LA CAPITA CAPITALIZ LIZACI ACIÓN ÓN DE CRE CREDIT DITOS OS DE LA SOCIED SOCIEDAD AD PRE PREFER FERENT ENTE E DEBERAN ESTAR PAGADOS EN SU TOTALIDAD.=====================

ARTICULO 26.- EL AUMENTO DEL CAPITAL POR NUEVOS APORTES LOS  ACCIONISTAS TIENEN DERECHO PREFERENCIAL PARA SUSCRIBIR  APRORRATA DE SU PARTICIPACIÓN ACCIONARIA, NO TENIENDO DERECHO EL ACCIONISTA QUE SE ENCUENTRA EN MORA EN EL PAGO DE SUS DIVIDENDOS EL DERECHO DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE SE INCORPORA EN UN TITULO DENOMINADO CERTIFICADO DE SUSCRI SUS CRIPCI PCIÓN ÓN PREFERE PREFERENTE NTE

QUE CO CONTE NTENDR NDRA A LOS REQUISI REQUISITO TOS S

EXIGIDOS POR LA LEY. ========================================

ARTUCULO ARTU CULO 27.- LA REDUCCION DEL CAPITAL SE ACORDARA EN JUNTA GENE GE NERA RAL L DE ACCI ACCION ONIS ISTA TAS S CU CUMP MPLI LIEN ENDO DO CO CON N LOS LOS RE REQU QUIS ISIT ITOS OS ESTABLECIDOS

PARA

LA

MODIFICCION

DE

ESTATUTOS

ESTABLECIENDO LA CIFRA EN QUE SE REDUCE EL CAPITAL Y DEBERA  ACORDARSE POR UNANIMIDAD UNANIMIDAD DE LOS ACCIONISTAS.=============== ACCIONISTAS.=============== DEL L BAL ALA ANC NCE E Y RES ESUL ULT TADO DOS S DEL EJE JERC RCIC ICIO IO CAPITULO VI.- DE ECONOMICO.- DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES.- =================

 

ARTICU ART ICULO LO 28. 28.-- EL GERENTE GENERAL ESTA OBLIGADO EN EL PLAZO DE 30 DIAS COMO MAXIMO A PARTIR DEL CIERRE DEL EJERCICIO ECONOMICO SOCIAL A FORMULAR EL BALANCE GENERAL COMO LA CUE UEN NTA DE GAN ANAN ANCI CIA ALE LES S Y PE PER RDI DIDA DAS S SI LA LAS S HUBI HUBIER ERE E Y LA PROPUESTA DE UTILIDADES LOS QUE SERAN PUESTOS A DISPOSICIÓN DE LOS SOCIOS PARA SU APROBACIÓN V VERIFICADO ERIFICADO EL BALANCE BALANCE Y LA CUENTA DE PERDIDAS Y GANANCIAS ASI COMO DESCONTARLAS LAS SUMAS QUE SE ACUERDE PARA LA RESERVA LEGAL. EL SALDO QUE QUEDA PUEDE SER REPARTIDO ENTRE LOS SOCIOS EN PROPORCION  A SUS APORTES. REPRESENTADOS EN ACCIONES CUYO VALOR NOMI NO MINA NAL L ES EST TA EST STA ABL BLE ECI CIDO DO EN EL ACTA CTA DE CONS CONST TITUC ITUCIÓ IÓN N  APROBADO POR LA JUNTA.EN LA SOCIEDAD. DE LAS UTILIDADES  ANUALES QUE OBTENGA LA SOCIEDAD SE DEBE RETRAER EL 10% DEDUCIDO AL IMPUESTO DE RENTA PARA CONSTITUIR UN FONDO DE RESERVA PREVIO ACUERDO DE LOS SOCIOS.======================

 

CAPITULO VII.- DEL REGIMEN DE LA DISOLUCIÓN Y LA LIQUIDACIÓN Y EXTINCION DE LA SOCIEDAD.-===================================

 

ARTICULO ARTI CULO 29.- CONFORME A LOS ARTICULOS 407, 422 DE LA LEY GENE GE NERA RAL L DE SO SOCI CIED EDAD ADES ES..- LA SO SOCI CIED EDAD AD SE DI DISU SUEL ELVE VE PO POR R LA LAS S SIGUIE SIG UIENTE NTES S CAUSA CAUSALES LES:: “VENCI “VENCIMIE MIENTO NTO DEL PLAZO PLAZO DE DUR DURACI ACIÓN, ÓN, CONCLUSION DE SU OBJETO INACTIVIDAD DE LA JUNTA GENERAL, POR PERDIDAS QUE REDUZCAN EL PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD INFERIOR  A LA TERCERA PARTE DEL CAPITAL PAGADO ACUERDO DE LA JUNTA DE ACR ACREE EEDOR DORES ES FAL FALTA TA DE PLURAL PLURALIDA IDAD D DE SOCIOS SOCIOS RES RESOLU OLUCIÓ CIÓN N  ADOPTADA POR EL PODER JUDICIAL, POR ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL POR CUALQUIER OTRA CAUSA PREVISTA EN LA LEY, EN EL ESTA ES TATU TUTO TO O EN CONV CONVEN ENIO IO DE LOS LOS SOCI SOCIOS OS RE REGI GIST STRA RADO DOS” S”.. LA LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD SE INICIA CON EL SIGUIENTE PROCESO LA SO SOCI CIED EDAD AD DISU DISUEL ELTA TA CONS CONSER ERVA VA SU PE PERS RSON ONER ERÍA ÍA JU JURÍ RÍDI DICA CA MIEN MI ENTR TRAS AS DU DURE RE EL PR PROC OCES ESO O DE LI LIQU QUID IDAC ACIÓ IÓN N Y HA HAST STA A QU QUE E SE INSCRIBA LA EXTINCIÓN EN EL REGISTRO. DURANTE LA LIQUIDACIÓN LA SOCIEDAD SOCIEDAD DEBE AÑADIR AÑADIR A SU RAZON SOCIAL LA EXPRESIÓ EXPRESIÓN N “EN TODOS OS SUS DOCUMENTOS Y CORRE CORRESPONDENCIAS SPONDENCIAS LIQUIDACION”  EN TOD DESDE EL ACUERDO DE LA DISOLUCIÓN CESA LA REPRENTACION DEL GERE ERENTE O

GER ERE ENTE TES S

AS ASUM UMIE IEN NDO LOS LIQ IQUI UIDA DADO DORE RES S

LAS

FUNC FU NCIO IONE NES S QUE QUE LE LES S CO CORR RRES ESPO POND NDEN EN CO CONF NFOR ORME ME A LE LEY Y Y EL ESTATUTO

EL

PACTO

SOCIAL

O

A

LOS

CONVENIOS

ENTRE

 ACCIONISTAS INSCRITOS ANTE LA SOCIEDAD Y LOS ACUERDOS DE LA JUNT JU NTA A GE GENE NERA RAL L

DU DURA RANT NTE E LA LI LIQU QUID IDAC ACIÓ IÓN N SÉ APLI APLICA CACI CIÓN ÓN LA LAS S

DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS JUNTAS GENERALES PUDIENDO LOS SOCIOS O ACCIONISTAS ADOPTAR LOS ACUERDOS CONVENIENTES. DE LOS LIQUIDADORES.- SON DESIGNADOS POR LA JUNTA GENERAL DE LOS SOCIOS O EN SU CASO EL JUEZ DESIGNA A LOS MISMOS DEBI DE BIEN ENDO DO SER ÉL NUME NUMERO RO DE LI LIQU QUID IDAD ADOR ORES ES IM IMPA PAR R

QUIE QUIENE NES S

DEBEN ASUMIR EL CARGO EN EL PLAZO DE CINCO DIAS A PARTIR DE LA CO COMU MUNI NICA CACI CIÓN ÓN CO CON N LA DE DESI SIGN GNAC ACIÓ IÓN N QU QUIE IENE NES S PUED PUEDEN EN SE SER R PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS QUE EN TODO CASO ESTAS SÉ REGIRA REG IRAN N POR LOS ARTICU ARTICULOS LOS 41 413 3 AL 420 DE LA LEY GEN GENERA ERAL L DE SOCIEDADES. UNA VEZ DETERMINADO LA INSOLVENCIA O QUIEBRA DE LA SOCIEDAD EN LIQUIDACIÓN INFORMADO A LOS SOCIOS O  ACCIONISTAS Y ESTABLECIDO EL BALANCE FINAL DE LA LIQUIDACIÓN

 

LA MISMA QUE DEBE SER APROBADO EN FORMA EXPRESA POR LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS EL BALANCE FINAL DE LIQUIDACIÓN SE PR PROC OCED EDER ERA A A LA DIST DISTIB IBUC UCIO ION N DEL DEL HA HABE BER R SO SOCI CIAL AL SE SEGÚ GÚN N ÉL  ARTICULO 420 DE LA LEY DE SOCIEDADES, SEÑALANDO ADEMÁS QUE LA DISTRIBUCIÓN DEL HABER SOCIAL SE REALIZARA EN PROPORCION  A LA PARTICIPACIÓN DE CADA SOCIO EN EL CAPITAL SOCIAL. DE LA EXTI EX TINC NCIÓ IÓN N UN UNA A VE VEZ Z EF EFEC ECTU TUAD ADA A LA DIST DISTRI RIBU BUCI CIÓN ÓN DE DEL L HA HABE BER R SOCIAL LA EXTINCIÓN DE LA SOCIEDAD SE INCRIBE EN REGISTRO DE SOCIEDADES MERCANTILES MEDIANTE UNA SOLICITUD FIRMADA POR LOS LIQUIDADORES INDICANDO LA FORMA DE LA DISTRIBUCIÓN LAS CONSIDERACIONES EFECTUADAS CONFORME CONFORME AL ART ARTICULO ICULO 419 DICHA IN INSC SCRI RIPC PCIÓ IÓN N DEBE DEBE RE REGI GIST STRA RAR R TO TODO DO LO LOS S DA DATO TOS S NO NOMB MBRE RE DE DOMICILIO DE LA PERSONA ENCARGADA DE LA CUSTODIA EN LOS LIBROS

Y DOCUMENTOS DE LA SOCIEDAD CON LA DEBIDA

CONSTANCIA DE RECEPCIÓN.=================================== ARTICU ART ICULO LO 30 30..- EN TODO LOS NO PREVISTOS EXPRESAMENTE EN EL PRESENTE

ESTATUTO

LA

EMPRESA

SE

REGIRA

POR

LAS

DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LA LEY GENERAL DE SOCIEDADES Nº 26887 Y DEMAS NORMAS COMPLEMENTARIAS VIGENTES QUE SE DICTEN.===================================================== LOS S QUE OTO TORG RGAN AN WI WIL LLIA LIAM ER ERNE NEST STO O BE BEL LLO ARTICULO 31.- LO CALD CA LDER ERON ON,, RO RODO DOLF LFO O AN ANIB IBAL AL CA CALD LDER ERON ON JA JARA RA,, LU LUIS IS ALF LFRE REDO DO CALDERON JARA Y ANA MARIA AEDO FARFAN; ACCIONISTAS DE LA EMPRES EMPR ESA A DE DECL CLAR ARAN AN JU JURA RATO TORI RIAM AMEN ENTE TE HABE HABER R REAL REALIZ IZAD ADO O EL  APORTE EN LOS MONTOS INDICADOS LAS MISMAS QUE CONSTITUYEN EL CAPITAL EMPRESARIAL ASI MISMO YO WILLIAM ERNESTO BELLO CALDERON EN MI CALIDAD DE TITULAR DE LA EMPRESA DECLARO JURATORIAMENTE RECIBIR EL APORTE HECHO A LA EMPRESA POR LOS LO S ACCI ACCIO ONIS NISTA TAS S EL CUAL CUAL CO CONS NST TITU ITUYE EL CA CAPI PIT TAL SOCI SOCIAL AL EMPRESARIAL.================================================  AGREGUE USTED SEÑOR NOTARIO LA INTRODUCCIÓN Y CONCLUSION DE ESTILO ESTILO Y DEMAS DEMAS INSERT INSERTOS OS DE LEY LEY Y OPO OPORTUNA RTUNAMENTE MENTE CURSE LAS PA LAS PART RTES ES INSCRIPCIÓN.

AL R REG EGIS ISTR TRO O ME MERC RCAN ANTI TIL L RESP RESPEC ECTI TIVO VO

PA PARA RA S SU U

 

CUSCO 19 DE SETIEMBRE DEL 2011.

 _________________  ________ ___________________ __________________ __________________ ___________________ _________________  ________  WILLIAM ERNESTO BELLO CALDERONRODOLFO ANIBAL CALDERONJARA DNI. Nº 25003694 DNI. Nº 32910880

 ______________________  __________ ___________________ _______

__________ ______________________ ____________________  ________ 

LUIS ALFREDO CALDERON JARA ANA MARIA AEDO FARFAN DNI. Nº 23914012

VENTAJAS DE ESTA SOCIEDAD



Los accionistas no tienen responsabilidad personal por las deudas o daños dañ os a tercer terceros. os. Los acreed acreedore oress de una so socie ciedad dad anónim anónima a tie tienen nen derecho sobre los Bienes de la Sociedad anónima, no sobre los bienes de los accionistas. El dinero que los accionistas arriesgan o pueden perder perd er al in inve vert rtir ir en una una so soci cied edad ad anón anónim ima a se lilimi mita ta a la cant cantid idad ad invertida.



Facilidad de acumulación de capital o riqueza. La propiedad de una sociedad anónima está representada en acciones que son transferibles. tr ansferibles.



Negociabilidad de las acciones. Las acciones pueden ser vendidas de un accionista a otro sin disolver la organización empresarial, las grandes soc ocie ied dade dess anón nónimas imas pue pueden den ser com ompr pra ada dass o ven endi dida dass por  inversionistas en mercados, tales como la bolsa de valores de Lima. La

 

vida de la Sociedad es por tiempo indefinido. Una sociedad anónima es una persona jurídica con experiencia ilimitada.



 Administración profesional. Los accionistas, eligen una junta directiva y gere ge renc ncia ia qu que e se enca encarg rga a de admi admini nist stra rarr todo todoss lo loss ne nego goci cios os de la compañía.

DESVENTAJAS DE ESTA SOCIEDAD



 Altos impuestos.



Mayor regulación.



Separación entre el derecho de propiedad y control. La separación de funciones entre propiedad y la administración pueden ser ventajas en algunos casos pero en otros una desventaja.

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