Confirmacion de Auto Sobreseimiento
September 7, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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52. SOLICITUD PARA CONFIRMAR RESOLUCiÓN QUE DISPONE EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO 52. SOLICITUD PARA CONFIRMAR RESOLUCiÓN QUE DISPONE EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO
SEÑOR FISCAL PROVINCIAL EN LO PENAL.
NICOLAS CHOCANO CARO, identificado con L.E. , domiciliado en el Jr. Miguel Aljovín 324 Cercado de Lima, señalando domicilio legal en el Jr. Lampa 1218 Of. 07 - Lima, a Ud. atentamente digo: Que al amparo de los dispuesto en el arto 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, interpongo DENUNCIA PENAL contra JORDAN ESTEBAN PEREZ, identificado con L.E. Y MARIA EDITH ZAPATA V ALDERRAMA, con L.E. , representante de la Compañía FIBRA, por la comisión de los delitos de HURTO DE USO, APROPIACiÓN ILÍCITA y ESTAFA, ilícitos previstos y penados en los artículos 185, 190 Y 196 del Código Penal, para lo cual me fundo en las consideraciones siguientes: siguientes: 1. Los denunciados fueron acogidos en el domicilio sito en Jr. Barcelona 724 Pueblo Libre, desde el 20 de setiembre de 1996 hasta el 01 de febrero de 1997, con la finalidad de realizar operaciones comerciales comerciales preliminares, objetivo que no se realizó. Sin embargo pese a haberles brindado alimentación y alojamiento durante todo este tiempo, los denunciados abusaron de mi confianza haciendo llamadas telefónicas al extranjero, a pesar de que en principio se les comunicó que no estaban autorizados a hacer llamadas que no fueran locales. 2. Mediante mi carta cursada por la Telefónica del Perú, me informaron que tengo una deuda de SI. 7,500.00 por concepto de llamadas a Estados Unidos, Francia y Noruega, por el teléfono 24-1832 de mi propiedad; asimismo, en el otro teléfono W 27-1519 27 -1519 también los denunciados generaron una deuda de SI. 2,040.00, hecho que la misma Telefónica del Perú me comunicó. 3. Estas conductas de los denunciados, constituyen constituyen delitos que merecen una investigación y una posterior sanción ya que para obtener provecho, se han apoderado de un bien mueble, sustrayéndolo del lugar donde se encuentra, constituy constituyendo endolaunpena hurto uso, delito previsto no y penado en el arto 185 del Código Penal, teniendo previsto dedeprivación de libertad menor de uno ni mayor de tres años. 4. Asimismo, los denunciados han cometido el delito de apropiación ilícita ya que en su provecho se han apropiado de un servicio que han recibido en administración a dministración para hacer un uso determinado, pero por el contrario, han abusado causando perjuicio económico, lo que constituye el delito de apropiación ¡lícita previsto en el arto 190 del CP.
5. Igualmente han cometido delito de estafa por cuanto lo denunciados se han procurado un provecho ilícito en mi perjuicio, manteniéndome en error mediante el engaño ya que nunca me comunicaron sobre sus llamadas telefónicas hasta que intempestivamente desaparecieron desaparecieron de mi domicilio, lo que constituye el delito de estafa.
OTRO SI DIGO: Los denunciados actualmente residen en: Calle Andalucía N° 2030 Dpto. 318 Pueblo Libre y están a punto de viajar por lo que solicito se tomen las medidas pertinentes para evitar la impunidad de sus delitos. Adjunto fotocopias de los documentos que sustentan mi denuncia.
POR TANTO:
A Ud., señor Fiscal, solicito dar trámite a mi denuncia conforme a Ley.
Lima, de de ............
.................... Firma del Abogado Defensor Firma del denunciante
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