Conclusiones de Infima Cuantia

March 31, 2021 | Author: Anonymous | Category: N/A
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JUICIO DE INFIMA CUANTIA (199 inciso 2º. 2º. Y 211 CPCYM) CONCEPTO:

ES EL QUE TIENE POR OBJETO QUE SU TRAMITE SE REALICE EN UNA FORMA VERBAL HAY PREDOMINIO DE PALABRA COMO MEDIO DE EXPRESION SOBRE LA FORMA ESCRITA, PUEDE HACERSE DE VIVA VOZ, NO OBSTANTE SE LEVANTAN ACTAS PARA DEJAR CONSTANCIA DE LO QUE SUCEDE EN EL PROCESO. PROCESO. del Código de Enjuiciamiento Civil y Mercantil Decreto Legislativo ORIGEN: artículo 546 del 2009. CARACTERISTICAS

(211 Y 50 DEL CPCYM) 1. 2. 3. 4. 5.

Su escritura se reduce al mínimo. Contra la resolución del juez no cabe recurso alguno. Solo se dan dos audiencias. No se grava a las partes con gastos, costas ni honorarios. No es necesario el auxilio de un abogado.

PRINCIPIOS: ORALIDAD: existe el predominio de la forma verbal verbal sobre sobre la forma escrita, indudable

que no puede puede descartarse la forma forma escrita, ya que es necesario necesario dejar constancia de de lo actuado en el juicio, la demanda, demanda, contestación y demás diligencias diligencias se realizaran realizaran en una una forma oral (211). llevan tantos requisitos. SENCILLEZ: se reduce el exceso de formalidades. Las actas no llevan CONCILIATORIO: en asuntos de familia es obligatoria la conciliación, es un deber del juez

lograr por todos los medios necesarios el avenimiento entre las partes. LEGALIDAD: todas las actividades procesales

deben desarrollarse en la forma que determina la ley para que produzca efectos jurídicos.

ECONOMIA: la mayoría de personas en este juicio son de escasos recursos, o por la

cuantía que se litiga. CONCENTRACION: consiste en que se realicen todos los actos procesales en la primera

audiencia, con el objeto de lograr una rápida aplicación de la justicia.

COMPETENCIA: La tienen los Jueces de Paz en materia civil; acuerdo 43-97 y en familia

 jueces de paz y jueces de primera instancia de familia. CUANTIA:

MATERIA CIVIL: es de cero hasta Q10,000 acuerdo 2-2006 MATERIA DE FAMILIA: Es de cero hasta Q6,000 acuerdo 6-97. PROCEDIMIENTO: (211)

Demanda: se presente en forma verbal Emplazamiento: deben mediar por lo menos 3 días art. 202. Primera Audiencia. 1. Si comparece el demandado, contestación y demás diligencias : a) Conciliación 203, si hay conciliación inmediatamente resuelve el juez. b) Allanamiento o confesión 115 y 208 si hay allanamiento o confesión inmediatamente debe dictar sentencia el juez 2. Si a la citación no comparece el demandado el juez hace constar en el acta los hechos afirmados por el actor y señala una audiencia especial (2da.) para que comparezca el demandado bajo apercibimiento de tener su incomparecencia como confesión de los hechos sostenidos por el actor, si el demandado no se presenta en esta audiencia el juez dicta sentencia. 3. Si ambos comparecen ante el juez de modo voluntario y sin citación exponen el punto litigioso y se deja constancia en el libro y se dicta sentencia.

UN EJEMPLO: EN MATERIA CIVIL SERIA UN

 PRESTAMO

EL OTRO DOCUMENTO ES PARA QUE USTEDES TENGAN EN ALGUNA OCASIÓN TIEMPO PARA ESTUDIARLO O SI TIENEN TIEMPO LEANLO PARA QUE SE TOMEN LA IDEA DEL JUICIO DE INFIMA CUANTIA

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