Concepto de Boleta de Venta

July 7, 2017 | Author: Taipe Robles Maritza | Category: Taxes, Government, Politics, Economies, Business (General)
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DEFINICIÓN La boleta de venta tiene por finalidad acreditar o respaldar la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios en operaciones con consumidores o usuarios finales y en operaciones realizadas por los sujetos del Régimen Único Simplificado, y que no permite ejercer el derecho al crédito fiscal , ni sustentar gasto o costo para efecto tributario.La boleta de venta e u8n comprobante de pago que se emplea exclusivamente en operaciones con consumidores o usuarios finales y con personas que carecen de RUC. CONCEPTO DE BOLETA DE VENTA La boleta de venta consigna el importe de las ventas y no detalla impuestos. Este comprobante no da derecho a crédito fiscal ni se puede utilizar para sustentar gastos, costos para efectos tributarios.

REQUISITOS Y CARACTERISTICAS Apellidos, nombres o razón social. 

Dirección de la casa matriz o punto de emisión



Número de RUC.



Denominación del comprobante (Boleta de Venta).



Numeración, serie y número correlativo.



Apellidos, nombres o razón social de la imprenta.



Número del RUC.



Número de autorización otorgado por la SUNAT.



Fecha de impresión expedida por la imprenta.



Destino del original y copia.



Copia parta el emisor.



Copia para el adquiriente.

QUIENES DEBEN ENTREGARLA Todas aquellas personas que venden bienes, los transfieren en uso, o prestan servicios a consumidores finales. Por ejemplo, restaurantes, puestos en galerías comerciales, bodegas, hospedaje, peluquerías, venta de productos de belleza y/o cuidado personal, servicios fotografícos, playas de estacionamiento, etc. EXISTE UN MONTO MINIMO PARA SU EMISIÓN Si, es obligatorio que el vendedor emita y entrege la boleta de venta al comprador por toda venta mayor a los S/ 5.00, no hay obligación de entregar boleta de venta, salvo que el comprador lo solicite. En el caso de efectuar ventas menores a cinco nuevos soles, el vendedor deberá llevar un control diario, emitiendo una boleta de venta al final del día por el importe total de estas operaciones. Debe conservar en su poder el original y copia de la Boleta. BOLETAS DE VENTA 3.1. Se emitirán en los siguientes casos: a) En operaciones con consumidores o usuarios finales. b) En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado, incluso en las de exportación que pueden efectuar dichos sujetos al amparo de las normas respectivas. 3.2. No permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal, ni podrán sustentar gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la ley lo permita y siempre que se identifique al adquiriente o usuario con su número de RUC así como con sus apellidos y nombres o denominación o razón social. BOLETA DE VENTABOLETAS DE VENTA 3.1. Se emitirán en los siguientes casos: a) En operaciones con consumidores o usuarios finales. b) En operaciones realizadas por los sujetos del Nuevo Régimen Único Simplificado, incluso en las de exportación que pueden efectuar dichos sujetos al amparo de las normas respectivas.

3.2. No permitirán ejercer el derecho al crédito fiscal, ni podrán sustentar gasto o costo para efecto tributario, salvo en los casos que la ley lo permita y siempre que se identifique al adquiriente o usuario con su número de RUC así como con sus apellidos y nombres o denominación o razón social. ¿EN CUÁNTAS COPIAS DEBEN EMITIRSE LAS BOLETAS DE VENTA?

Debe emitirse en dos copias, la primera denominada "Emisor" se queda con la persona o empresa que la emite y la segunda "Adquirente o Usuario" se queda con el comprador o consumidor final. Como dejo constancia de las ventas iguales o menores S/ 5.00 de cada día? Al final del día, deberá emitir una sola boleta de venta por la suma de todas las ventas por valores iguales o menores a S/ 5.00 por las que no haya emitido. Conservará tanto el original como la copia de la boleta de venta, para control posterior por la SUNAT.

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