Es la función pública de scalización de la administración y de los parculares o endades que manejen fondos o bienes del Estado en todos sus órdenes y niveles El control scal será ejercido en forma posterior y selecva por los órganos de control scal
Órganos de control scal: Contraloría General de la República, contralorías distritales, departamentales y municipales, y la Auditoría General de la República.
Principios: Eciencia Ecacia Equidad Economía Concurrencia Coordinación Desarrollo sostenible Valoración de costos ambientales Efecto disuasivo Especialización técnica Inopolidad en el acceso a la información Tecnicación Integralidad Oportunidad Prevalencia Selecvidad Subsidiariedad
CONTROL INTERNO
Análisis de los sistemas de control de las endades sujetas a la vigilancia La vigilancia y seguimiento permanente al recurso público para el ejercicio del control concomitante y prevenvo deberá arcularse con el sistema de control interno Créase el Sistema de Alertas del Control Interno a cargo de la Contraloría General de la República, en el cual los jefes de control interno, o quienes hagan sus veces, deberán reportar aquellos hechos u operaciones, actos, contratos, programas, proyectos o procesos en ejecución, en donde, en el ejercicio de sus funciones, evidencien un riesgo de afectación o pérdida de los recursos públicos y/o de bienes o intereses patrimoniales de naturaleza pública
Según el art. 209 de la C.P todas las endades del Estado deberán implementar un sistema de control interno encargado de proteger los recursos de la organización, y contar con una dependencia responsable responsable de medir y evaluar la eciencia y ecacia del sistema y la efecvidad de los controles de forma permanente
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.