Cómo Se Crean Las Leyes en Ecuador
Short Description
Procesos de como se crean las leyes en el Ecuador, quien presenta los proyectos y cual es el proceso en los cuales estos...
Description
¿Cómo se crean las leyes? ¿Cuándo se requiere de una ley? -
Para regu regular lar el ejerc ejercici icio o de los derech derechos os y garantí garantías as const constitu itucio cional nales es Para tipifc tipifcar ar inracc inraccion iones es y establec establecer er sancion sanciones es corres correspon pondie diente ntess Para crea crear, r, mod modif ifca carr o sup supri rimir mir trib tribut utos os Para atrib atribuir uir deber deberes, es, resp respons onsabi abilid lidades ades y compete competenci ncias as a las GADs GADs Para modi modifca fcarr la divis división ión polí polític tico-ad o-admini ministr strati ativa va del del país país uando uando se se otorga otorga a los los organi organismo smoss p!blic p!blicos os de cont contro roll y regula regulació ción n la acultad de e"pedir normas de car#cter general
¿Quiénes pueden presentar un proyecto de ley? $% &os asambl asambleístas eístas con el apoyo apoyo de una una bancada bancada legislativa legislativa o de de al menos el cinco por ciento de sus miembros% '% (l Pres Preside idente nte de de la )ep!b )ep!blic lica% a% *% &as otras otras unciones unciones del (stado (stado en los los #mbitos #mbitos de su su competencia% competencia% +% &a orte onstituc onstitucional, ional, la Procurad Procuraduría uría General General del (stado, (stado, la iscal iscalía ía General del (stado, la Deensoría del Pueblo y la Deensoría P!blica, en las materias ue corresponda% .% &os ciudadano ciudadanoss y organi/acione organi/acioness sociales sociales ue cuenten cuenten con el respaldo respaldo de por los menos el 0,'. 1 de los inscritos en el padrón electoral nacional%
Trámite Ordinario para la aprobación de leyes -
Pres Presen enta taci ción ón del del Pro Proye yec cto Ante la Presidencia de la Asamblea Nacional
2e diundir# el proyecto y se lo remitir# al onsejo de Administración &egislativa
-
Califc lifcac aciión de del CA CA Tiene 30 días para pronunciarse
Deber# verifcar ue3
!" 2e refera a una sola materia% arti culado% #" ontenga e"posición de motivos y articulado% $" umpla los reuisitos sobre la iniciativa legislativa% -
Prim Primer er %n&o %n&orm rme e Comi Comisi sión ón Si el proyecto es califcado, será remitido a la Comisión respectiva
&a comisión presentar# su inorme sobre el proyecto en no menos de $. ni m#s de +. días 4podr# pedir una prórroga de '0 días56 5 (n el caso de proyectos de ley con car#cter de urgente en materia económica, la omisión tiene entre . y $0 días para presentar su inorme para primer debate%
-
Primer 'ebate Se tratará el inorme en una sola sesión
&os asambleístas presentar#n sus observaciones por escrito en la sesión o hasta tres días despu7s% (l Pleno podr# resolver el archivo del proyecto%
-
(e)undo %n&orme Comisión !a Comisión anali"ará las observaciones presentadas
(n un pla/o m#"imo de +. días emitir# un inorme% &a omisión puede solicitar una prórroga55% 55(l pla/o para presentar el inorme para segundo debate en los proyectos de ley con car#cter de urgente en materia económica es de + días%
-
(e)undo 'ebate Se tratará el inorme en una sola sesión# Se puede incorporar cambios al proyecto
&a aprobación podr# ser del te"to íntegro, por títulos, capítulos, secciones o artículos% 8ambi7n se lo podr# archivar%
-
*eto o (anción Presidente de la +ep,blica $na ve" aprobado el proyecto de ley, %ste se remitirá al Presidente de la &ep'blica
(l Presidente de la )ep!blica, podr# sancionarlo u objetarlo total o parcialmente3
O./C%01 PA+C%A !a Asamblea Nacional podrá allanarse a la ob(eción o ratifcar el proyecto inicialmente aprobado en un pla"o de 30 días#
2i la asamblea 9acional no considera la objeción o no se ratifca en su te"to, se entender# ue se allanó%
O./C%01 TOTA !a Asamblea Nacional podrá volver a considerarlo despu%s de un a)o
Podr# ratifcarlo en un solo debato, con el voto avorable de las dos terceras partes de sus miembros%
(A1C%01 O 1O O./C%01 Si el proyecto es sancionado o no *a sido ob(etado en el pla"o de 30 días, este será promul+ado y se lo publicará en el &e+istro fcial#
S- !A ./C-1N S 2$NA4NTA N !A -NCNST-T$C-NA!-A TTA! PA&C-A! ! P&5CT, &6$&-&7 -CTA4N !A C&T CNST-T$C-NA!, 6$ ! 4-T-&7 NT& $N P!A8 T&-NTA 9AS# 2i un proyecto de &ey con car#cter urgente en materia económica no es aprobado, modifcado o negado en el pla/o de *0 días, el Presidente de la )ep!blica lo promulgar# como decreto%
¿Qué pasa con los proyectos de ley ur)entes en materia económica? :nicamente el Presidente de la )ep!blica puede enviar proyectos de ley califcados de urgencia en materia económica% &a Asamblea deber# aprobarlos, modifcarlos o negarlos dentro de un pla/o m#"imo de treinta días%
;ientras se discute un proyecto califcado de urgente no se podr# enviar otro proyecto con esa califcación, e"cepto en estado de e"cepción% onsejo (ditorial P 4$.?0@?'0$.6 ómo se crean las leyes en (cuadorB http3??CCC%pbplaC%com?inografa-como-crean-leyes-ecuador? +A+D+AE8'F*+$ +A+D+AE8'F*+$
View more...
Comments