Comercio Exterior

December 2, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Share Embed Donate


Short Description

Download Comercio Exterior...

Description

 

COMERCIO EXTERIOR

 

COMERCIO EXTERIOR

 

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CAMPECHE

FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN LICENCIATURA EN CONTADURÍA TEMAS SELECTOS DE FISCAL

COMERCIO EXTERIOR POR: ---------------------10 SEMESTRE GRUPO B SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, CAM A JULIO DE 2010

 

COMERCIO EXTERIOR

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN..............................................................................................10 INTRODUCCIÓN..............................................................................................10 EXTERIOR..........................11 ANTECEDENTES GENERALES DEL COMERCIO EXTERIOR..........................11 MÉXICO...........................13 ANTECEDENTES DEL COMERCIO EXTERIOR EN MÉXICO...........................13 El comercio en la sociedad de los aztecas.....................................................13 aztecas.....................................................13 El comercio exterior en la Nueva España. España.......................................................14 ......................................................14 El Comercio Exterior de México durante la independencia............................15 independencia............................15 El Auge del Comercio Exterior Mexicano durante el Porfiriato (1884-1911).. (1884-1911).. 16 Proyecto de desarrollo del comercio exterior mexicano................................17 mexicano................................17 La Transición del Comercio Exterior Mexicano en la Revolución Mexicana....18 Mexicana....18 El Proteccionismo dentro del Periodo Presidencial de Plutarco Elías Calles...19 Calles...19 Cárdenas...............................20 El Nacionalismo durante el periodo de Lázaro Cárdenas...............................20 Manuel Ávila Camacho...................................................................................22 Camacho...................................................................................22 Valdés....................................................................................22 Miguel Alemán Valdés....................................................................................22 Adolfo Ruiz Cortines. Cortines.......................................................................................24 ......................................................................................24 Adolfo López Mateos......................................................................................25 Mateos......................................................................................25 Ordaz.......................................................................................26 Gustavo Díaz Ordaz.......................................................................................26 Luis Echeverría Álvarez..................................................................................26 Álvarez..................................................................................26 Portillo..........................................................................................27 ..........................................................................................27  José López Portillo Hurtado. .........................................................................29 Miguel de la Madrid Hurtado..........................................................................29 Carlos Salinas de Gortari Gortari...............................................................................30 ...............................................................................30 Ernesto Zedillo Ponce de León.......................................................................32 León.......................................................................32 Quesada.....................................................................................34 Vicente Fox Quesada.....................................................................................34 COMERCIO EXTERIOR....................................................................................37 EXTERIOR....................................................................................37 Causas...........................................................................................................38 ...........................................................................................................38 Causas Origen............................................................................................................39 ............................................................................................................39 Origen Ventajas Ventajas.........................................................................................................39 .........................................................................................................39 Las barreras al comercio exterior..................................................................40 exterior..................................................................40 Fomento..................................................... Fomento.......................... ...................................................... ....................................................41 .........................41 proteccionismo...................................................................42 ...................................................................42 Libre comercio o proteccionismo

 

COMERCIO EXTERIOR

PEDIMENTO Definición Es la declaración fiscal a través de la cual el contribuyente informa a la  la   autor utorid idad ad ad adua uane nera ra el dest destin ino o qu que e da dará rá a las las me merc rcan ancí cías as y comp compru rueb eba a el  el  cumplimiento cumplimiento de obligaciones fiscales así como de regulaciones y restricciones no   aranc ar ancel elari arias as que de co conf nform ormid idad ad con lo loss di dife feren rente tess re regí gíme menes nes ad adua uane neros ros,,   deberán cumplirse. En él se establece, entre otros la base gravable de los impuestos al   comercio comercio exterior, exterior, la infor información mación que permit permite e la identifica identificación ción de las mercancías, mercancías,   las las fechas, las facturas, los operarios, los destinatarios, los remitentes, el agente agente   aduanal, las cantidades, los valores los registros de entrada, los medios de de   transporte, etc. El pedimento aduanal es el documento más importante para   efectos fiscales en la importación y exportación y lo elabora el agente aduanal.

Obligación legal Es importante conocer la legislación en la cual se sustenta dicha regulación:  regulación:   En el artículo 36 de la Ley Aduanera vigente se dicta lo siguiente: Obligaciones de de   Importadores Im portadores y Exportadores de presentar ante la aduana un pedimento en la  la   form forma a aprob aprobad ada a po porr la Se Secre creta tari ria. a. Artic Articul ulo o 36. Qu Quie iene ness impor importe ten n o exp export orten en   mercancías están obligados a presentar ante la aduana, por conducto de agente o   apoderado aduanal, un pedimento en la forma oficial aprobada por la Secretaría.  Secretaría.   En los ca casos sos de la lass me merc rcanc ancía íass su suje jeta tass a regul regulac acio iones nes y re rest stric ricci cion ones es no no  

 

COMERCIO EXTERIOR

arancelarias arancel arias cuyo cumpli cumplimient miento o se demuestre a través de medios electró electrónicos, nicos, el el   pedimento deberá incluir la firma electrónica que demuestre el descargo total o  o  parcial de esas regulaciones o restricciones.

Funciones del Pedimento Para la autoridad:   Fiscalizaci Fisca lización: ón: Al firmar firmarse se el pedime pedimento nto bajo protest protesta a de decir verdad por el el   agen ag ente te o ap apod oder erad ado o ad adua uana nall en re repr pres esen enta taci ción ón de dell impo import rtad ador or y/o y/o  export exp ortador ador,, sirve sirve com como o ele elemen mento to de pru prueba eba  en caso de encontrarse  encontrarse  disc discre repa panc ncia iass en entr tre e lo de decl clar arad ado o y lo re real alme ment nte e vist visto, o, en caso caso de  de  reconocimiento aduanero ó en caso de visitas domiciliarias (AUDITORIAS)  (AUDITORIAS)   al igual que en verificaciones de mercancías en transporte. •



Estadí Est adísti stico: co: Una vez vali validado dado el pedim pediment ento o (autor (autorizad izado) o)

est este e queda  queda 

registrado en la base de datos (SAAI) de la cual se obtiene información   para par a gen generar erar las estadí estadísti sticas cas de com comerc ercio io exteri exterior or para depen dependenc dencias ias como ECONOMIA, BANCO DE MÉXICO, SAGAR, SALUD y la propia secretaría (SAT).

Las principales estadísticas que proporciona el SAAI son: Balanza comercial ○





El intercambio comercial con otros países



Sectores productivos del país (Industria manufacturera), etc.

Recaudación: Así como en la base de datos datos del SAAI el banco registra las contribuciones cobradas manifestadas en los pedimentos, el banco carga estos importes a las cuentas del gobierno correspondiente (IGI/IGE, DTA, PREV, IVA, IEPS, ISAN, Cuotas Compensatorias).

 

 

COMERCIO EXTERIOR

El SAAI permite obtener los totales de contribuciones pagados por los importadores import adores y/o exportadores por medio de su registro federal de contri contribuyent buyentes es para comprobar la información manifestada en sus declaraciones fiscales.

Para el importador: •

Deduci Ded ucibil bilida idad: d: Para efe efecto ctoss de la leg legisl islaci ación ón fiscal fiscal aplica aplicable ble,, qui quienes enes compran bienes en el extranjero, no pueden deducir dichos bienes si no se cuenta con el pedimento de importación correspondiente.



Comprobación: Permite comprobar la legal estancia en territorio nacional de las mercancía(s), mercancía(s), ya que el pedi pedimento mento manif manifiesta iesta las des descripció cripción n de las mercancías, cantidades según factura, cantidades según la tarifa y a para algu algunas nas fr fracc accio ione ness su suss dat datos os de id ident entififica icaci ción ón in indi divi vidu dual al;; ad adem emás ás de ostentar el sello de la Institución de crédito que recibió el pago de las contribuciones, el los sellos del mecanismo de selección automatizada y la firma del coordinador del reconocimiento aduanero cuando corresponda.

Evolución al SAAI M3 Antes de que se inventaran las primeras computadoras personales (antes de 1989), los pedimentos se elaboraban en máquinas de escribir y se duplicaban por  medio de papel carbón. carbón. Este docum documento ento se llevab llevaba a a la aduana para inici iniciar ar el trámite correspondiente, el cual iniciaba al asignarle un número a dicho documento (pedimento), se seguía el procedimiento establecido y terminaba con la salida de la mercancía de la aduana.   En este procedimiento el pedimento tenía que pasar por infinidad de p personas ersonas y oficinas oficinas para su revisión. revisión. Una vez conc concluid luido o el trá trámit mite e la aduana aduana enviaba enviaba la copi co pia a del pedim pediment ento o orig origin inal al ju junt nto o con su doc docum ument entac ació ión n

a

la Un Unid idad ad de

Informática Inform ática Contabi Contabilidad lidad y Glosa de la aduana (UICG) a fin de realiz realizar ar una última última

 

COMERCIO EXTERIOR

revisió revi sión n para que se ccodi odific ficara ara y capt capturar urara a en el si siste stema ma de cómpu cómputo to de la Secretaría de Hacienda para su análisis y difusión de la información hacia otras dependencias. En 1989 con el surg surgimi imient ento o de las primer primeras as comput computador adoras as person personales ales,, se inicia el gran cambio en la sistematizac inicia sistematización ión del despacho despacho aduanal aduanal;; los Agentes Aduanales tuvieron la obligación por Ley de elaborar los pedimentos en un sistema de cómputo que cumpliese con los requerimientos de la autoridad y semanalmente entregar en un disco magnético (DISKETTE 5 ¼ ) la información de lo loss pe pedi dime ment ntos os tr tram amititado adoss la se sema mana na an ante teri rior or pa para ra que que en la UICG UICG fu fuera eran n validados valida dos los regist registros ros conteni contenidos dos y en caso de presentar errores, ést éstos os fuesen subsanados. subsana dos. Al mismo titiempo, empo, se ini inicio cio el esque esquema ma de selecci selección ón aleator aleatoria ia de pedimentos para su revisión ya que antes se revisaba el 100% de las mercancías que sal alíían de las adu dua anas, esto se conoció com omo o CAD CADEPA EPA (Cap (Captur turaa

Desconcentrada de Pedimentos Aduanales).   En el año de 1991, el CADEPA evoluciona a lo que se conoció como SAAIFase III (Sistema Automatizado Aduanero Integral Fase III), cuya característica principal fue implementar el uso de la tecnología de información y comunicación para enlazar los sistemas de cómputo de los agentes aduanales con los de la aduana, adua na, a fin de val validar idar lla a informac información ión de los los pedi pedimen mentos tos de manera manera ver veraz az y automática. automá tica. Esto permi permitía tía conocer los error errores es de la información información contenida en los pedimentos en cuestión de minutos y en el caso de los pedimentos correctos, dar  paso a la operación aduanal y su trámite correspondiente. También incorporó a los bancos a esta nueva estructura, es decir, las sucursales bancarias en la aduana enlazaron sus sistemas de cómputo con el SAAI (sistema de la aduana) para saberr cuánd sabe cuándo o podía podían n acept aceptar ar un pago de pedim pediment ento o o no; de igua iguall for forma ma se enla en lazzó el Siste istema ma de Se Sellecci ección ón Al Alea eato tori ria a (h (hoy oy Si Sist stem ema a de Se Sele lecc cciión Automatizado).   En enero de 2001 se implementó implementó a nivel nacional el proyecto SAAI M3, el cual elim elimin inó ó los los form format atos os de pe pedi dime ment ntos os de impo import rtac ació ión n y expo export rtac ació ión n qu que e se

 

COMERCIO EXTERIOR

generaban en impresoras matriciales y se implementó un nuevo formato UNICO (para importación, importación, exportación y compl complementa ementario) rio) que sigue vigente y se imprim imprime e generalmente en impresoras láser.   El SAAI M3 no solo incorporó cambios en el formato del pedimento pedimento si no en la estructura del archiv estructura archivo o electr electrónico ónico de validac validación, ión, ya que el SAAI-F SAAI-Fase ase III conserv conservó ó la estructura estructura del C CADEPA ADEPA ((64 64 Campos d del el pedim pedimento). ento). El archivo archivo de Valid Validación ación SAAI M3 contiene una copia de todos los datos que aparecen impresos en el formato del pedimento (excepto las marcas, números y cantidad de bultos).

  Características del pedimento •

Formato único: (Pedimento de Importación, Exportación, Rectificación y



Complementario) Diseño en bloques de datos dinámicos



Dos tipos de bloques Los de nivel Pedimento Los de nivel Partida

  Bloques a nivel pedimento: •



Datos Generales (Encabezado principal del pedimento)



Facturas (Datos del proveedor/ comprador) Datos del destinatario



Transporte



Guías /BL



Contenedores



Identificadores a nivel pedimento



Cuentas Aduaneras de Garantía a nivel pedimento



Descargos



Compensaciones



Observaciones a nivel pedimento

 

COMERCIO EXTERIOR



Rectificaciones



Diferencias de contribuciones a nivel pedimento



Pie de página

  Bloques a nivel partida: •

Partidas



Mer cancías cancías



Regulaciones y Restricciones no Arancelarias



Identificadores a nivel partida



Cuentas Aduaneras de Garantía a nivel partida



Observaciones a nivel partida

Diversidad de tipos de pedimento   Todo pedimento tiene características particulares especiales derivadas del tipo de operación, régimen aduanal, tipo de tráfico, aduana, importador y el tipo de mercancías que se traten.  

Clasificaciones del pedimento

 

En cuanto al tipo

Clave Descr criipc pciión 1

De importación

2

De exportación.

En cuanto al régimen   Cl Clav ave e De Desc scri ripc pciión

 

COMERCIO EXTERIOR

IMD

Definitivo de de iim mpo porrtación

EXD EX D

Def Definit initiv ivo od de ee exp xpor orta taci ción ón..

ITR ITR

Te Temp mpor oral ales es de im impo port rtac ació ión n par para a ret retor orna narr al ext extra ranj njer ero o en el mis mismo mo estado.

ITE ITE

Te Temp mpor oral ales es de imp mpor orttac aciión pa para ra elab elabor orac ació ión, n, tra rans nsfo form rmac ació ión n o reparación en programas de maquila o de exportación.

ETR

Tempor Temporales ales de e expor xportac tación ión para ret retorna ornarr al país país e en n el mis mismo mo e esta stado. do.

ETE ET E

Temp Tempor oral ales es de ex expo port rtac aciión pa parra elab elabor orac ació ión, n, tr tran ansf sfor orma maci ción ón o reparación.

DFI

Depósito ffiiscal.

RFE

Elabor Elaboració ación, n, tra transf nsform ormaci ación ón o reparac reparación ión en rreci ecinto nto fiscali fiscalizad zado. o.

 

Elementos sustantivos del Pedimento •

Valoración Aduanera



Clasificación Arancelaria



Régimen Aduanal



Origen de las mercancías



Aduana de entrada/despacho

  Valoración Aduanera Función:

Determinar la base para calcular Las contribuciones “Valor en Aduana de las mercancías”

Obliga gado do a det ete erm rmiinarla rla: La in inco corre rrect cta a Va Valo lorac ració ión n implica:

Impor orttado ador  Art. 59 59  fracción III III,, 81 L.A Omisión de pago de contribuciones (Tipificarse delito de contrabando) ·

Pago excedente de contribuciones

(Sanción administrativa L.A.) ·

Declaración de datos inexactos

 

COMERCIO EXTERIOR

(Sanción administrativa L.A.)   Métodos

para En orden sucesivo y por exclusión

determinarlo:

1.- Valor de transacción 2.- Valor de transacción mercancías idénticas 3.- Valor de transacción mercancías similares 4.- Precio Unitario de Venta 5.- Valor Reconstruido Suma de todos los Costos y Gastos incurri incurridos dos hasta que lleguen lleguen a la pri primer mer adu aduana ana del país.

Art. 65 65  

L.A Precios Estimados:

Aplican a una lista de 3 33 35 fracciones co como u un np prrecio de referencia. Cuan Cu ando do el

va valo lorr adua aduana na es men enor or al Pr Prec ecio io

Estimado el importador está obligado a garantizar los impuest imp uestos os

que result resulten en de la dif diferen erencia cia ent entre re el

Precio Estimado Estimado y el Valor en Aduana media mediante nte una Cuenta Aduanera. La Cuenta Aduanera es un depósito bancario hasta por seis meses, meses, tiempo que tien tiene e la auto autoridad ridad par para a identificar la autenticidad del Valor en Aduana.   Clasificación Arancelaria Función:

Determinar

la

ffrracción

a arrancelaria

q qu ue

corresponde a la mercancía a importar o exportar. Obliliga Ob gado do a de dete term rmin inar arla la::

Ag Agen ente te o ap apod oder erad ado o ad adua uana nall

Art. 54 L.A

lle e

 

COMERCIO EXTERIOR

La Incorre Incorrecta cta clasi clasificaci ficación ón En cuanto la recaudación arancelaria implica:

Posible omisión de pago de contribuciones y/o cuotas compensatorias (Tipificarse como delito de contrabando) · Posible pago excedente de contribuciones (Sanción administrativa L.A.)  

En cuanto a las estadísticas de comercio exterior  Declaración de datos inexactos (Sanción administrativa L.A.)  

En cuanto la protección Posible Posi ble inc incump umplim limien iento to de las regulac regulacion iones es y restric rest riccio ciones nes no aranc arancelar elarias ias,, com como o los permis permisos os prev previo ios, s, cupo cupos, s, cuot cuotas as comp compen ensa sato tori rias as,, NO NOM, M, etcétera (Tipificarse como delito de contrabando)  

Sistem Sis tema a para det determ erminar inarla: la: Reg Reglas las Gener Generale aless de Clasi Clasific ficaci ación. ón. Reglas Complementarias. Notas Legales de Sección, Capitulo y Subpartida. Notas Explicativas.   Régimen Aduanal Función:

Determinar

el destino de las

mercancías que

enttrara en raran n o sa sald ldrá rán n de dell pa paíís de ac acue uerd rdo o a los

 

COMERCIO EXTERIOR

intereses del importador o exportador. Oblliga Ob igado a m man anif ifes esttarl arlo:

Ag Agen entte o a apo pode dera rado do ad adu uan anal al..

Art. 54, 54, 91 L.A

 

Origen de las mercancías De Dete term rmina inarr el or orig igen en de la lass me merca rcancí ncías as pa para ra la

Func Fu nción ión::

aplilica ap caci ción ón de pre prefe feren renci cias as ar aranc ancel elari arias as por por TLC TLC ALADI o imponer Cuotas Compensatorias Obligado a comprobar:

Importador.

Art 36  36  Fracción I  I  inciso d) d),,

Art. 68 68  

y 70 R.L.A. Documento

que

lo Certificado de Origen

comprueba:

Aduana de entrada/salida Función:: Función

Determina Determina el tipo de tráfico tráfico de mercancías mercancías y las fechas de aplicación de lo estipulado en el Art. 56 de la Ley Aduanera. Art 11 L.A

Determinado Determ inado por:

Medio de transporte transporte y aduana de entrada o salida de las mercancías.

Documento comprueba:

que

lo Conocimiento de embarque en aduana marítima o guía en tráfico aéreo. Art 36 36  Fracción II   inciso inciso   b) L.A

Archivo de Validación La validación del pedimento se da por el intercambio de información entre los equipos de cómputo de los agentes o apoderados aduanales y el equipo de

 

COMERCIO EXTERIOR

cómputo cómput o de los pre vali validadores dadores y a su vez este con el e equipo quipo de cóm cómputo puto de la aduana.   El paso inicial es que el agente o apoder apoderado ado aduanal elabore el pedimento pedimento en su sistema sistema de captura, genere y envié el archiv archivo o de vali validación dación a all sist sistema ema de cómp cómput uto o de la empr empres esa a qu que e de el serv servic icio io de pr pre e vali valida daci ción ón ad adua uana nall qu que e corre cor respo spond nda, a, un co conj njunt unto o de archi archivo voss qu que e con contitien enen en la in info form rmaci ación ón de la opera op eraci ción ón de co come merc rcio io ex exte teri rior or qu que e pre prete tende nde re real aliz izars arse, e, esto esto es, un una a vez capturado el pedimento en el equipo de computo del agente o apoderado aduanal, el programa programa de captura reali realiza za una gestión de conv conversión ersión de inf informació ormación n en la forma requerida por la Secretaria, para que el equipo de computo de esta última pueda pued a interpr interpreta etarr la inform informaci ación ón y val valida idarla, rla, a esta esta inform informaci ación ón cod codifi ificada cada y ordenada en forma sistemática se le conoce como registro y varia de conformidad con la información que contenga, asimismo el sistema de computo de la aduana en que se actúe devolverá al sistema de computo del agente o apoderado aduanal un conjunto de archivos que contiene los registros en los que informan de los pedimentos aprobados o de los errores encontrados, para que se subsanen estos últimos y se vuelvan a enviar para su validación y aprobación.

Infracciones y Sanciones por un mal ll llenado enado del pedimento El artículo 184 de la Ley Aduanera en su primer párrafo nos dice: Cometen las infracciones relacionadas con las obligaciones de presentar  documentación y declaraciones, quienes:   I...... II.......

III.  Presenten los documentos a que se refieren las dos fracciones anteriores, con datos inexactos o falsos u omitiendo algún dato, siempre que se altere la información estadística. En la fracción II del artículo 185 de la misma Ley está estipulada la multa correspondiente.

 

COMERCIO EXTERIOR

Formato del Pedimento

PEDIMENTO NUM. PEDIMENTO: Art. 91  91  DESTINO:

Página 1 de N 

T. OPER TIPO CAMBIO: L.A. Art. 56 

CVE. PEDIMENTO: R RE EGIMEN:L.A.  L.A. 

PESO BRUTO:

ADUANA E/S:

MEDIOS DE TRANSPORTE ENTRADA/SALIDA:   ENTRADA/SALIDA:

CERTIFICACIONES

VALOR DOLARES:  DOLARES: 

ARRIBO:   ARRIBO:

SALIDA:   SALIDA:

VALOR ADUANA: PREC PR ECIO IO PAGA PA GADO DO/V /VAL ALOR OR   COMERCIAL:

L.A. Art. 83

L.A. Art. 43 

DATOS DEL IMPORTADOR /EXPORTADOR RFC: CURP: DOMICILIO:   DOMICILIO:

NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL:

VAL.SEGUROS

SEGUROS L.A. Art. 65 

ACUSE ELECTRONICO Párrafo   Párrafo DE VALIDACION: L.A. Art. 38  38  BARRAS 

 

FLETES L.A. Art. 65 

EMBAL OTROS AJES INCREMENTABLES L.A. Art. 65 

L.A. Art. 36 Antepenúltimo CODIGO DE

L.A. Art. 44 

CLAVE DE LA SECCION ADUANERA DE DESPACHO:   DESPACHO:

MARCAS, NUMEROS Y TOTAL DE BULTOS: FECHAS ENTRADA PAGO

TASAS A NIVEL PEDIMENTO

L.A. Art. 56  56 

L.A. Art. 83,  83,  Art. 43 

CONTRIB. DTA L.F.D. Art. 49  49  PREV L.A. Art. 16-A 

CVE. T. TASA

TASA

CUADRO DE LIQUIDACIÓN L.A. Art. 81 Frac. IV  CONCEPTO

F.P.

IMPORTE

IGI/IGE  L.A. Art. 51 DTA  L.F. L. F.D. D. Ar Art. t. 49   49 PREV  L.A. Art. 16A C.C. 

CONCEPT F.P. O IVA  L.I.V.A. Art.  Art.  1  IEPS L.I.E.P.S. Art. 4 RECARGO S L.A. L. A. AR ART. T.   83   83

IMPORTE

TOTALES EFECTIV O OTROS TOTAL

RECTIFICACION L.A. Art. 89 PEDIMENTO PEDIM ENTO ORIGINA ORIGINAL L

CVE. PEDIM PEDIM.. ORIGINAL

CVE. RECT.

PEDIM..  FECHA PAGO RECT. PEDIM

DIFERENCIAS DE CONTRIBUCIONES A NIVEL PEDIMENTO CONCEPTO

F.P.

DIFERENCI

CONCEPTO

F.

D

DIFERENCIAS TOTALES

 

COMERCIO EXTERIOR

A

P.

IFER ENCI A E FE CTI VO O TR OS D IF. TO TA LE S

DATOS DEL PROVEEDOR O COMPRADOR ID.. FI ID FISC SCAL AL

NOMB NO MBRE RE,, DE DENO NOMI MINA NACI CION ON O RA RAZO ZON N SO SOCI CIAL AL

NUM. FACTURA  FACTURA 

FECHA

INCOTERM

DOMICI DOMI CILI LIO: O: L.A. Art. 36

VINCULACION

MONEDA FACT FACT   VAL.MON.FA CT

FA CT OR MO N.F AC T

VAL.DOLARES

DATOS DEL DESTINATARIO ID. FISCAL

NOMBRE, DENOMINACION O RAZON SOCIAL

DOMICILIO:

IDENTIFICACION 

TRANSPORTE

PAIS:

TRANSPORTISTA

RFC

CURP

DOMICILIO/CIUDAD/ESTADO

NUMERO DE CANDADO 1RA REVISION 2DA REVISION

NUMERO NUME RO (GUI (G UIA/ A/OR ORDE DEN N SHPI0001 EMBARQUE)   / ID: L.A. Art. EMBARQUE) 36, I, b  NUMERO   /  TIPO NUMERO  CONTENEDOR:

M

DE

CLAVE / COMPL. FI L.A. IDENTIFICADOR Art. 83

COMPLEMENTO 1 1.0028 

COMPLEME NTO 2

COMPLEMENTO 3

CUENTAS ADUANERAS Y CUENTAS ADUANERAS DE GARANTIA TIPO CUENTA:   CUENTA:

CLAVE GARANTIA:

FOLIO CONSTANCIA:

INSTITUCIÓN EMISORA

NUMERO DE CUENTA: CUENTA:   TOT AL DEP OSI TO:

FECHA CONSTANCIA:  CONSTANCIA: 

 

COMERCIO EXTERIOR DESCARGOS L.A. Art. 106  FECHA DE OPERACION ORIGINAL: CVE. PEDIMENTO ORIGINAL: ORIGINAL:  

NUM. PEDIMENTO ORIGINAL:  ORIGINAL: 

COMPENSACIONES  NUM. PEDIMENTO ORIGINAL: 

FECHA DE OPERACION ORIGINAL:  ORIGINAL:  

IMPORTE DEL GRAVAMEN: 

CLAVE DEL GRAVAMEN:  GRAVAMEN: 

FORMAS DE PAGO VIRTUALES FORMA DE PAGO 

DEPENDEN CIA O  INSTITUCIO N EMISORA

NUMERO DE IDENTIFIC ACION DEL DOCUMEN TO

FECHA DEL DOCUM ENTO   ENTO

IMPOR SALDO TE DEL DISPO DOCUM NIBLE NIBLE   ENTO   ENTO

IMPORTE A PAGAR  PAGAR 

OBSERVACIONES

AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN NOMBRE O RAZ. SOC:  RFC:   RFC: CURP: MANDATARIO/ PERSONA AUTORIZADA L.A. Art. 160 Fracc. VI NOMBRE: RFC:   RFC: CURP:   CURP:

DECLARO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, EN LOS TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 81  81 DE LA LEY ADUANERA: PATENTE O AUTORIZACION:

FIRMA AUTOGRAFA L.A. Art. 160

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:  CERTIFICADO:  FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA:  AVANZADA:  L.A. Art. 38  38 

ANEXO DEL PEDIMENTO NUM. PEDIMENTO: 

Página M de N 

TIPO OPER: 

CVE. PEDIM:

RFC: CURP:   CURP:

PARTIDAS FRACCION SUBD VIN MET VAL  VAL  UM CANTI U CANTID P. P . C. DAD M AD UMT V/ . L.A. Art. 81 L.A. Art C UMC T C O fracc. III  L.A.  81 fracc.  / Art. II  D 68  SEC DESCRIPCION (RENGLONES VARIABLES SEGUN SE REQUIERA) L.A. Art. 81 81   C T T F IMPORTE Fracc. I  O A . . N. S T P A .  . VAL ADU/USD IMP. PRECIO PRECIO UNIT. VAL. IG DE  I PAG. AGRE VAL. L.A. Art. 64 00

1

párrafo 1  L.A. Art. 65

L.A. Ar L.A. Art. t. 64 párrafo 4 

G.

MARCA

VIN / NUM. SERIE CLAVE 

IDENTIF.   IDENTIF.

CVE GAR. L.A. Art. 86

RETORNOS

MODELO

KILOMETRAJE

NUM. PERMISO O NOM   NOM L.A. Art. 36  COMPEM COM PEMENT ENTO O1

INST. EMISORA

VIN / NUM. SERIE

 

CODIG O PRODUCT O KILOMET RAJE

FIRMA VAL. COM. CANTI DESCARGO DLS.   DLS. DAD UMT/C   UMT/C L.A. Art. 36 COMPLE COM PLEMEN MENTO TO2 COMPLEME COMPL EME NTO 3 FECHA C.

NUMERO DE

FOLIO

CUENTA

CONST ANCIA

L. A. Ar  t 8 0 

 

COMERCIO EXTERIOR

 

TOTAL DEPOSITO

PRECIO ESTIMADO

CANT. U.M. PRECIO EST.

OBSERVACIONES A NIVEL PARTIDA

SEC DESCRIPCION (RENGLONES VARIABLES SEGUN SE REQUIERA) L.A. Art. 81 81   C T Fracc. I  O A N. S A VAL ADU/USD IMP. PRECIO PRECIO UNIT. VAL. IG DE  I PAG. AGRE VAL. L.A. Art. 64 00 G. L. párrafo 1 RETORNOS  L.A. L. A. Ar Art. t. 64 A. 2 L.A. Art. 65  párrafo 4  Ar  t 8 0  MARCA MODELO CODIG O PRODUCT O VIN / NUM. SERIE KILOMETRAJE VIN / NUM. KILOMET SERIE RAJE CLAVE 

IDENTIF.   IDENTIF.

CVE GAR. L.A. Art. 86

NUM. PERMISO O NOM   NOM L.A. Art. 36  COMPEM COM PEMENT ENTO O1

INST. EMISORA

TOTAL DEPOSITO

T . T . 

F IMPORTE . P .

T . T . 

F IMPORTE . P .

FIRMA VAL. COM. CANTI DESCARGO DLS.   DLS. DAD UMT/C   UMT/C L.A. Art. 36  COMPLE COM PLEMEN MENTO TO2 COMPLEME COMPL EME NTO 3 FECHA C.

NUMERO DE CUENTA

PRECIO ESTIMADO

FOLIO CONST ANCIA CANT. U.M. PRECIO EST.

OBSERVACIONES A NIVEL PARTIDA

SEC DESCRIPCION (RENGLONES VARIABLES SEGUN SE REQUIERA) L.A. Art. 81 81   C T Fracc. I  O A N. S A VAL ADU/USD IMP. PRECIO PRECIO UNIT. VAL. IG DE  I PAG. AGRE VAL. L.A. Art. 64 00 G. L. párrafo 1 RETORNOS  L.A. L. A. Ar Art. t. 64 A. 3 L.A. Art. 65 párrafo 4  Ar  t 8 0  MARCA MODELO CODIG O PRODUCT O VIN / NUM. SERIE KILOMETRAJE VIN / NUM. KILOMET SERIE RAJE CLAVE 

IDENTIF.   IDENTIF.

CVE GAR. L.A. Art. 86

NUM. PERMISO O NOM   NOM L.A. Art. 36  COMPEM COM PEMENT ENTO O1

INST. EMISORA

TOTAL DEPOSITO

FIRMA VAL. COM. CANTI DESCARGO DLS.   DLS. DAD UMT/C   UMT/C L.A. Art. 36  COMPLE COM PLEMEN MENTO TO2 COMPLEME COMPL EME NTO 3 FECHA C.

NUMERO DE CUENTA

PRECIO ESTIMADO

FOLIO CONST ANCIA

CANT. U.M. PRECIO EST.

 

COMERCIO EXTERIOR

 

OBSERVACIONES A NIVEL PARTIDA

**********  FIN DE PEDIMENTO  ********** PEDIMENTO ******

NUM. TOTAL DE PARTIDAS:  PARTIDAS:  ****** L.A. Art. 16-A  16-A  L.A. Art. 38 Tercer Párrafo

AGENTE ADUANAL, APODERADO ADUANAL O DE ALMACEN NOMBRE O RAZ. SOC: RFC:   RFC: CURP: MANDATARIO/ PERSONA AUTORIZADA L.A. Art. 160 Fracc. VI NOMBRE: RFC:   RFC: CURP:   CURP:

CLAVE PREVALIDADOR:  PREVALIDADOR: 

**********

DECLARO DECLA RO BAJ BAJO O PRO PROTES TESTA TA DE DEC DECIR IR VER VERDA DAD, D, EN LOS TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 81  81  DE LA LEY ADUANERA: PATENTE O AUTORIZACION: FIRMA AUTOGRAFA L.A. Art. 160  160 

NUMERO DE SERIE DEL CERTIFICADO:  CERTIFICADO:  FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA:  AVANZADA:  L.A. Art. 38  38 

CONCLUSIÓN

 

COMERCIO EXTERIOR

El comercio con el exterior ha sido la base fundamental del modelo de desarrollo que ha seguido México durante las últimas décadas. Más recientemente y gracias a la importante red de tratados de libre comercio suscritos por el país, el intercambio de bienes con el exterior ha observado un crecimiento vertiginoso. Y se espera que durante los próximos años dicho crecimiento económico aumente. Es por lo anterior que es de suma importancia estar informado, analizar y comprender todos los conceptos y legislaciones que se involucran en el comercio exterior y su impuesto. Como se ha lograd logrado o plasmar a lo largo de este trabajo el comercio exteri exterior  or  está ligado fuertemente fuertemente con el desarrollo económico que pueda alcanza alcanzarr un país, es por ello que los países se han aplicado en el tema y han buscado las mejores prácticas y acuerdos que permitan facilitar la exportación. Cabe mencionar que el mundo del comercio exterior y su impuesto es demasiado amplio, ya que abarca información muy completa y extensa y sobre todo imitadamente ligada ya que la información contenida en algún ordenamiento repercute en los otros, por lo que es necesario estudiar y comprenderlos todos por  igual. En este presente material se ttrató rató de abarcar los aspectos más relevantes de esta materia y se espera que cumpla su principal propósito: servir como una fuente de consulta a sus diversos interesados, principalmente los exportadores ya que esto indicara un gran avance hacia la productividad de la economía nacional.

BIBLIOGRAFÍA

 

COMERCIO EXTERIOR ➢

www.catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/lri/.../capitulo2.pdf 



http:/ htt p://ww /www.o w.offi ffixfi xfiscal scal.co .com.m m.mx/v x/vario arios/0 s/0013 013.ht .htm m Marco Marco

con consti stituc tucion ional al

del

comercio exterior mexicano, Centro de Investigación Jurídica, Por Rogelio Martínez Vera. ➢

http://www.educarm.es/templates/portal/ficheros/websDinamicas/30/incoter  m2011.pdf 



http://www.monografias.com/trabajos16/incoterms/incoterms.shtml



http://es.wikipedia.org/wiki/Incoterm



http://administracionaduanera.com/cursotec/El_pedimento_aduanal_saaim3 .html



http://www.aduanas-mexico.com.mx/claa/ctar/leyes/la.html#art185_2



http://es.wikipedia.org/wiki/Aduana



http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2008/quienes_somos/138_100 00.html



http://www.aduanas.gob.mx/aduana_mexico/2008/importando_exportando/ 142_10052.html



http://es.wikipedia.org/wiki/Sistema_Armonizado_para_la_Designaci %C3%B3n_y_Codificaci%C3%B3n_de_Mercanc%C3%ADas



www.sat.gob.mx



www.promexico.gob.mx/.../tratados_de_libre_comercio



www.sice.oas.org/trade/mextnorte/indice.asp



www.cddhcu.gob.mx/LeyesBiblio/ 



Comercio exterior, García Valencia Pedro, Guzmán Rodríguez Maribel, IPN

GLOSARIO Accesión

Incorporación de un Estado al territorio aduanero de otro

 

COMERCIO EXTERIOR

Aduanera .

ACE

Acuerdo Acue rdo de Comple Complement mentaci ación ón Econ Económi ómica. ca. Son aqu aquell ellos os convenios suscritos entre países y que están prefere pref erente ntemen mente te ori orient entado adoss a elimin eliminar ar restricc restriccion iones es que dist distor orsi sion onan an y afec afecta tan n nega negatitiva vame ment nte e el inte interc rcam ambi bio o comercial y las inversiones entre ellos.

Acuerdos Comerciales

Contratos entre dos o más países, mediante los cuales se regu regula lan n

ma mate teri rias as

estr estric icta tame ment nte e

come comerc rcia iale les. s.

Ti Tien enen en

carácter de tratados arancelarios para procurar ventajas y seguridad en las aplicaciones de las tarifas y regímenes aduaneros que afectan a los contratantes.

Acuerdos de Nueva Generación

Tr Trat atado adoss com comer ercia ciale less qu que e en sus cláus cláusul ulas as conti contien enen en nueva nue vass áreas áreas com como o lo loss ser servi vici cios, os, in inve versi rsión ón,, pro propi pied edad ad intele intelectu ctual, al, com compras pras gube guberna rnament mentale ales, s, nor normas mas téc técnic nicas, as, prácticas desleales de comercio entre otras.

Ad Valorem

Arancel basado en un porcentaje del valor de la carga.

Admisión Temporal

Régimen aduanero por el cual se permite el ingreso dentro del territorio aduanero de un país, con suspensión de los dere de reccho hoss y tas asas as a la im impo port rtac aciión ón,, de mer erca cade derí rías as importadas con un propósito definido y destinadas a ser  reex reexpo port rtad adas as,, ya sea sea en su esta estado do or orig igin inar ario io o como como resultado de determinadas transformaciones o reparaciones dentro de un plazo preestablecido en la normativa que

 

COMERCIO EXTERIOR

regula este régimen. Se debe constituir una garantía a favor  de la aduana que otorga el régimen.

Aduana

Unidad Uni dad adm admini inistr strati ativa va encarga encargada da de la apl aplica icació ción n de la le legi gisl slac ació ión n re rela latitiva va a la impo import rtaci ación ón y expo export rtaci ación ón de mercadería, como el control del tráfico de los bienes que se internan o externa de un territorio aduanero, realizando su valoración, clasificación y verificación, y de la aplicación y la fiscalización de un régimen arancelario y de prohibiciones.

Agente de Transporte

Persona de existencia visible o ideal que, en representación

Aduanero

relacionadas con la presentació relacionadas presentación n del medio transportado transportadorr y de sus cargas ante la Aduana.

ALCA

Área Área de Libr Libre e Co Com merci ercio o de las las Am Amér éric icas as.. Ac Acue uerd rdo o

de los los tran transp spor ortitist stas as,, tien tiene e a su carg cargo o las las ge gest stio ione ness

propuesto en 1994 durante la Reunión de Jefes de Estado dell Cont de Contin inent ente, e, re reali aliza zado do en Mi Miam ami,i, titien ene e co como mo me meta ta elim elimina inarr la lass ba barre rreras ras ad aduan uanera erass entr entre e los paí paíse sess de la Región.

Antidumping

Derech Der echo o qu que e in inte tent nta a des desal alen enta tarr o pr prev eveni enirr el dump dumpin ing; g; normalmente el objetivo es el de imponer un derecho que equivalga a la diferencia entre el precio de venta de los bienes en el país de origen, y el precio de venta en el país del importador.

Arancel

Impuesto o derecho de aduana, que se cobra sobre una

 

COMERCIO EXTERIOR

mercancía cuando ésta se importa o exporta.

Área Aduanera Es la pa part rte e de dell terr territitor orio io po polílítitico co limi limita tada da por por la lílíne nea a aduanera, en la cual, para que tenga acceso la mercancía procedente del exterior y también para franquear la salida a las las de dell pa país ís,, se ha hace cen n efec efectitivo voss los los pr prec ecep epto toss de la legisl leg islaci ación ón esp especí ecífic fica a adu aduaner anera a y, cua cuando ndo pro proced cede, e, los derrecho de echoss o impu pues esttos del ar aran anccel o tarifa, que es consecuencia natural de aquella legislación.

Armador 

Persona bajo cuyo nombre y responsabilidad directa gira la expedición o la gestión de la explotación del buque.

Arrumaje

Acondicionamiento de la carga de un buque con el de que esta no se dañe o eche a perder.

Auxiliares del Servicio Aduanero

Tamb Ta mbié ién n au auxxili iliares ares del co com mer erci cio; o; son son pe pers rson onas as de exist exi stenc encia ia vi visi sibl ble e o id idea eal,l, con conoc ocid idos os co como mo agent agentes es de comercio exterior, para gestionar en nombre y por cuenta de un ter erccer ero o las reg egiistraci cio ones y los trá rám mites de introducción y extracción de mercadería ante el organismo fiscalizador. Encontramos aquí al Despachante de Aduanas y Agente de Transporte Aduanero.

Back to back

Cuando el beneficiario del crédito no es el proveedor final de la mercancía y el crédito recibido no es transferible, el exportador puede solicitar a su Banco que emita un nuevo crédi cré dito to doc docum ument entari ario o res respa pald ldad ado o por el pr prim imer er cr créd éditito o recib rec ibid ido. o. Son Son do doss cr créd édititos os dist distin into toss ( a dife diferen renci cia a de dell

 

COMERCIO EXTERIOR

tran transf sfer erib ible le). ). So Son n op oper erac acio ione ness mu muyy comp comple leja jass y con con elevado riesgo para los bancos.

BAF (Bunker 

Factor de Ajuste de Combustible. Influye en el cálculo del

Adjustement Factor)

flete marítimo.

Balanza Comercial

Conjunto de transacciones comerciales realizadas por un país con el exterior, en un periodo determinado (un año), cons consis iste tent ntes es en la impo import rtac acio ione ness y expo export rtac acio ione ness de mercancías consideradas en su conjunto, exteriorizándose el re resul sulta tado do de tr tres es maner maneras as disti distint ntas, as, conf conform orme e a lo loss resultados de los valores totales intercambiados, puede ser: Balanza comercial nivelada ( cuando la importación y la exportación se equilibran), deficitaria o favorable ( exceso de impo import rtaci ación ón so sobr bre e ex expor porta taci ción ón)) y, fa favor vorab able less o con superávit ( exceso de exportación sobre importación).

Banco Corresponsal

Dentro de la carta de crédito, es el banco que recibe la notificación de la apertura de una carta de crédito y las condiciones del mismo. Comunica esto al exportador.

Banco Confirmador 

Dentro de la carta de crédito, es el banco que da su confirmación a la misma. Puede ser tanto un tercer banco como el banco “corresponsal”.

Banco Emisor  Recibe las instrucciones de su cliente (el importador) para o Interviniente la ap aper ertu tura ra de un créd crédit ito o do docu cum men enta tari rio o a favo favorr de dell

 

COMERCIO EXTERIOR

exportador.

Beneficiario

Persona a cuyo favor se emite el crédito y que puede exigir  el pago al Banco emisor o al pagador una vez ha cumplido las condiciones estipuladas en el crédito. Es el exportador.

BID

Banco Interamericano de Desarrollo. Máquinas Máqu inas,, veh vehícu ículos, los, equ equipo ipos, s, máq máquin uinas as herram herramien ientas tas y

Bien de capital

herrami herr amient entas as des destin tinada adas, s, dir direct ecta a o ind indirec irectam tament ente, e, a la producción de bienes o servicios o a la comercialización de los mismos.

Cabotaje

Nave Na vega gaci ción ón o tráf tráfic ico o qu que e ha hace cen n los los bu buqu ques es en entr tre e los los puer pu erto toss de su naci nación ón sin sin pe perd rder er de vist vista a la cost costa. a. La legislación marítima y la aduanera de cada país suelen alterar sus límites en el concepto administrativo, pero sin modificar, por lo común, su concepto técnico.

CAF (Currency Factor de Ajuste de Moneda. Influye en el flete. Adjustement Factor)

Cámara de Comercio

Asoc As ocia iaci ción ón o inst institituc ució ión n qu que e a nive nivell loca local,l, pr prov ovin inci cial al,, nacional o internacional, agrupa a los comerciantes (sean impo import rtado adore res, s,

expor exporta tado dores res,,

in indus dustr tria iale les, s,

ma mayo yoris rista ta,,

minoristas, etc.) con el objeto de proteger sus intereses, mejorar sus actividades comerciales sobre la base de la mutua cooperación y promover su prosperidad, así como también la de la comunidad en la cual se halla asentada.

 

COMERCIO EXTERIOR

Carga

Se denomina así a aquellas mercaderías que son objeto de tr trans anspor porte te medi mediant ante e el pag pago o de un pr preci ecio. o. Tamb También ién se puede denominar carga a las mercaderías que un buque, un avión u otro tipo de vehículo transportador, tiene en su bodega o depósito en un momento dado.

Carga unitarizada

Cabe entender por unitarización de una carga a la reunión o agrupación de cierto número de artículos o bultos en un solo conjunto con el propósito de facilitar su manipulación, estiba, almacenamiento, transporte o utilización posterior de su contenido.

Cargador 

Se en entitien ende de po porr tal tal a la pe pers rson ona a fí físi sica ca o jurí jurídi dica ca que que entrega una o más carga a un transportista. Es el usuario del servicio de transporte.

Carta de Crédito

Medio de pago por el cual el Banco Emisor se compromete, por petición del importador, a pagarle al exportador una suma de dinero, previamente establecida, a cambio de que éste haga entrega de los documentos de embarque dentro de un período de tiempo dado.

Carta de Garantía

Documento,

expedido

por

una

compañía

de

aeronavegación, que constituye la prueba de un contrato trans nsp por ortte de carga, siend endo, al mismo tiempo, el compro com proban bante te de la rec recepc epció ión n de la lass me merca rcanc ncía íass a se ser  r  transportada, con indicación del importe correspondiente en

 

COMERCIO EXTERIOR

concepto de flete.

Certificado Consular 

Documento de autenticidad, expedido por las autoridades consulares de un país, sobre los contratos, precios y otros extremos de interés para los despacho de aduana.

Certificado de Análisis

Documento que certifica que la naturaleza, composición, grad grado, o, etc. etc. de la me merc rcan ancí cía a corr corres espo pond nde e a la cali calida dad d contratada

Certificado de

Se exige en los casos en que la existencia de depósito

Depósito

previo obligue a haberlo realizado antes de despachar la mercancía.

Certificado de Inspección

Cert Ce rtifific icad ado o qu que e indi indica ca qu que e las las me merc rcan ancí cías as ha han n sido sido examinadas y encontradas conformes con la mencionada en un co cont ntrat rato o o un una a pro profo form rma. a. Lo re real aliz izan an com compa pañí ñías as espe especi cial aliz izad adas as..

SG SGS, S,

Bure Bureau au

Ve Veri rita tas, s,

Lloy Lloyd´ d´s, s, etc. etc.

Generalmente se inspecciona el 10%

Certificado de origen

Es un formato oficial mediante el cual el exportador de un bien o una autoridad certifica que el bien es originario del país o de la región por haber cumplido con las reglas de origen establecidas. Este documento se exige en el país de desstino co de con n objeto de determi rminar el or oriigen de las mercancías.

Certificado de

Es un documento en el que se hace constar el peso de la

 

COMERCIO EXTERIOR

Peso

mercancía (neto y bruto) bulto por bulto.

Certificado de Sanidad

Doccum Do umen entto qu que e ce cert rtif ific ica a que la mer erca canc ncía ía ha sido ido examinada y se encuentra en perfectas condiciones para el consumo humano

Certificado Fitosanitario

Docum Doc ument ento o no norm rmalm almen ente te exi exigi gido do en ex expor porta taci cion ones es de prod produc ucto toss silv silvii agro agrope pecu cuar ario ios, s, qu que e cert certifific ica a qu que e los los productos han sido examinados y que se ajustan a las disp dispos osic iciion ones es fit fitos osan aniitari tarias as vige vigent ntes es en el país país del del exportador 

CFR. Cost And Incoterms. "Coste y flete" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del Freight. (Inglés). buque en el puerto de embarque. El vendedor debe pagar  los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de la mercancía.

CIF. Cost, Insurance And Freight. (Inglés).

Incoterms. Incote rms. "Coste, seguro y flete flete"" signif significa ica que el vendedor  realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda dell bu de buqu que e en el puer puertto de em emba barq rque ue co conv nven enid ido. o. El vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, pero el ries riesgo go de pé pérd rdid ida a o da daño ño de la me merc rcan ancí cía, a, así así como como cualqu cua lquie ierr co cost ste e ad adic icio ional nal deb debid ido o a su suces cesos os ocurr ocurrid idos os después del momento de la entrega, se transmiten del vendedor al comprador. No obstante, en condiciones CIF, el vendedor debe también procurar un seguro marítimo para

 

COMERCIO EXTERIOR

los r iesgos iesgos de dell com comprad prador or po porr pérd pérdiida o da daño ño de la mercancía mercanc ía durante el transporte.

Cláusula de la

Cláusula insertada en los acuerdos o tratados de comercio,

nación más favorecida

en la cual se estipula que todo todoss los be ben nefici eficios, os, ven ventajas tajas o franquicias de cualquier cualquier gén género ero (en m mat ateria eria de ara aranceles, nceles, tr trans anspor porte tes, s, ta tasa sas, s, etc.) tc.) qu que e conced conceda a en el futu futuro ro a cualquier tercer país uno de los l os con contr  tr atantes, atantes, se se harán automáticamente extensivo a los otro co contratantes. ntratantes.

Cláusulas de Salva Guardia

Ti Tienen enen por f iinalidad nalidad posibilitar  posibilitar a a los países países la adopción con carác carácte terr tr tra ansit nsitor orio io de me medi did das de diversa versa nat natura uraleza leza tendientes a contra restar consecuencias consecuencias indeseables para su economía.

Cláusula Clá usula roja

Permite Perm ite al exp exporta ortado dorr disp dispon oner er to tota tall o par parci cial almen mente te del importe del del crédito antes de presentar los documentos en él requeridos y aún antes de expedir la mercancía. Es una financiación financiació n del importador al exportador.

Coeficiente de Estiba

Ce = V / P; Siendo V V= = Volumen (m (m3) 3) y P = Peso (Tn3).

pagadero en destino destino.. Collect (Inglés) (Inglés) Porte debido, pagadero

Comercio de Tamb Ta mbié ién n de denom nomin inad ado o tr true uequ que e o int interc ercam ambi bio, o, donde donde el compensacion comprador se compromete a adquirir la mercadería solo :

con la condición condición de que el vended vendedor or utilice p parte arte de las

 

COMERCIO EXTERIOR

ganancias para comprar productos o materias primas del país del comprador que en otras circunstancias no serian comercializables.

Commodities (inglés)

Término muy usado en tráfico internacional, a cuyos efectos significa materia a granel o, más bien, materia prima, cuyo concepto incluye también a los productos semi elaborados, base de algún proceso industrial más complejo.

Conocimiento de embarque:

Es un instrumento típico del transporte marítimo marítimo de carga carga cuya función primordial es constituir la prueba del contrato de fletamento, como recibo de las mercancías cargadas y al mismo tiempo, el título representativo de ella con todas las características característi cas de un   documento negociable. Puede estar  extendido a la orde orden n de determin determinada ada persona o empresa o ser al portador. portador. Pue Pued de ser negoci negociable able o no negociable

Conocimiento de Embarque Limpio a

Hace referencia referencia al estado de la mercadería a bordo del

Bordo:

faltas de números u otras marcas.

Conocimiento de Embarque a la Orden: (To The Order)

Cuando un BL es a la orden, el propiet propietario ario de la mer ccancía ancía

buque. Limpio a bordo (clean on board) significa que en apariencia la carga no presenta deficiencia del embalaje,

(el po pose seed edor or del del BL BL), ), pu puede ede con conver vertitirl rlo: o: en no nom minativo (mediante endoso), ponerlo a la orden de otra firma o dejarlo con el endoso firmado en blanco. Son los más utilizados.

 

COMERCIO COMERCI O EXTERIOR

Conocimiento de embarque nominativo:

Son extendidos a nombre de una persona determinada, que podrá hacerse cargo de la mercancía previa identificación y prese pre sent ntac ación ión de un uno o de los BL ori origin ginale ales. s. No adm admititen en endoso. en doso.

Consignatario: Persona designada designada por el expedidor del Producto para que se haga haga carg cargo o de ella ella y la en entr treg egue ue al impo import rtad ador or;; el consignatario y el importador podrán ser la misma persona física o ideal, si así lo determina determina el remitente de la la misma.

Contenedor:

Emba Em bala laje je me metá tálilico co gran grande de y re recu cupe pera rabl ble, e, de tipo tiposs y dimensiones acordados internacionalmente.

Consolidación :

Combinación de varias cargas pequeñas en un embarque unitario para aplicar las tasas portuarias correspondientes a los recipientes recipientes completos de ccarga. arga.

Cpt. Cariage Cariage Paid To. (inglés)

Incote Inc oterm rm.. "Tra "Transporte nsporte pagado ha hasta" sta" sign signifific ica a qu que e el vende ven dedor dor realiza la entre entrega ga de lla a me mercanc rcancía ía cuando la pone a disposición de dell tr tran anssportist portista a de designa signado do por por él; él; pe pero ro,, además adem ás,, que de debe be pag agar ar los los cost costes es del del tra rans nspo port rte e necesario para llevar la mercancía al destino convenido. Esto significa que el com comprador prador asume todos los riesgos y cualquier cualquier otro coste coste contr a aído ído después de que la mercancía haya ha ya sido así entr e egada. gada.

Crédito a la exportación:

Crédito destinado al financiamiento de exportaciones. Las modalid moda lidades ades más fre frecuen cuentes tes son: pre financ financiac iación, ión, pos postt

 

COMERCIO EXTERIOR

financiación y la financiación de inversiones para exportar.

Crédito documentario

El cr créd éditito o no pu puede ede se ser  r  modi modific ficado ado o canc cancela elado do sin el

irrevocable:

hubiese) y del benefi hubiese) beneficiario ciario.. Es un compromiso en firme por  parte del Banco emisor  en favor de dell exportador. A falta de

acue acuerd rdo o de dell Ba Banc nco o em emis isor or,, Ba Banc nco o conf confir irma mado dorr (s (sii lo

una indicación clara en el crédito, éste será considerado como com o irre irrevoca vocable. ble. El Cr Créd éditito o Do Document cumentario ario Irrevoca Irrevocable, ble, puede ser confirmado o no confirmado.

Crédito  Crédito  documentario docume ntario

Pueden ser ser anulad anulados os o modificados modificados po porr el Ban Banco co emisor e en n

revocable: revocab le:

Sin embar g go o el Ba Banco nco e emisor misor q queda ueda o obligado bligado po porr todos llos os pagos, compromi ompromisos, sos, acepta aceptacciones o negociacion ociaciones es

cualquier  momento y sin sin tener  que a avisar visar al beneficiari eneficiario. o.

efectuadas con an anterioridad terioridad al recibo de la noti notificación ficación de modificación o cancelación. Se desaconseja absolutamente abs olutamente su uso, ya que no es un compromiso de pago en firme. En la prác ráctica no se emplean nunc nca a, salvo co cont nta ada dass excepciones. excepc iones.

Crédito documentario transferible:

Un Crédito Documentario Transferible es emitido a favor de un beneficiario que no es quien produce la mercancía sino un intermediario, que ha establecido un contrato de venta con un comprador, pero depende de una tercera parte (el exporta expo rtador) dor),, par para a sumi suminis nistra trarr la mercancí mercancía a a su client cliente. e. Especialmente Especialmen te indicado ndicado pa para ra las Tra Trading ding Com Comp pan anys. ys. El beneficiario pue puede de da darr inst instruccio rucciones nes al Banco Banco   pagador, aceptador o neg negociad ociador or para que el crédito sea utilizable, parcial o totalmen totalmente, te, por uno o m más ás beneficiarios beneficiarios de su país o de otro país. país. Si se q quiere uiere que un Crédi Crédito to Docu Documentario mentario

 

COMERCIO EXTERIOR

sea Transferible, hay que especificarlo en las condiciones del crédito, indicando la mención transferible.

Crédito

Es un convenio en virtud del cual un Banco (Banco Emisor),

obrando a pet etiición de un clien entte (ord rde enan antte) y de documentario: obr conformidad con sus instrucciones, se obliga a efectuar un pago a un tercero (beneficiario) o autoriza a otro Banco a ef efe ectuar di diccho pago go,, cont ntra ra pr pres ese ent nta aci ció ón de los documentos exigidos dentro del tiempo límite especificando, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y condiciones del crédito.

Crédito Stand-by: (Inglés)

Un crédito Stand-by es usado como un sustituto de un aval. Es un aval de ejecución documentaria sujeto a los URU´s. Se pueden usar en cualquier tipo de transacción y están basados en el concepto de incumplimiento de contrato por  parte del ordenante del crédito Stand-by.

Daf. Deliver eed d at Frontier: Frontier:   (ingles) (ingle s)

Incoterrm. "Entreg Incote tregadas adas en frontera frontera"" sig signi niffica que el vendedor vende dor realiza realiza la entreg entrega a ccuando uando la merc mercancía ancía es puesta a disposición disposición d del el ccomprad omprador  or sobre sobre los medi medios os de transpor transporte te utilizados utiliza dos y no descargado descargadoss, en el punto y lugar de la frontera fronte ra conven convenida, ida, pero ant antes es de la aduan aduana a fronteriza del país colindante, debiendo es estar la mercan mercancía cía despachada de exportación pero no de importació importación. n.

DDP. Delivered Delivered Incoterm. "Entregada derechos derechos pagado pagados" s" significa que el Duty Paid. vendedor realiza la entrega entrega de la merca mercancía ncía al comprador, (inglés) despachada para la importación y no descargada de los medios de transporte, a su llegada al lugar de destino convenido. El vendedor tiene las mismas obligaciones que

 

COMERCIO CO MERCIO EXTERIOR

bajo DDU, pero además paga los derech cho os de la importación import ación de la mercancía. Supo Supone ne la mayor obligación y riesgoss para el vendedor dentro de los Incoterms. riesgo

DDU. Delivered Duty Unpaid: (ingles)

Incoterm. "Entregada derechos no pagados" significa que el vendedor realiza realiza la entreg entrega a de mercancía mercancía al compra comprador, dor, no despachada de aduana para la imp mpor orttaci ación y no descargada de de los med mediios de tr ansporte, ansporte, a su llegada al lugar de destino destino conveni convenid do. El ve vende ndedor dor debe asumir todos los costes y r iiesgos esgos cont contr  r a aídos ídos a all lle llevar var la mercancía mercancía hasta aquel lugar.

ormulario impreso, debida debidamente mente Declaración de Se denomina así al f ormulario Aduana: cump cumplilime ment ntad ado o po porr el importador/ mportador/exp export ortado adorr que que titiene ene como objeti objetivo vo principales: principales: permit permitir ir la liquidación y el cobro de los derechos, impuestos u otros gravámenes que se deba pagar por las mercancías, y fiscalizar la importación/exportació importación/exportaci ón de mercancías sujetas a limitaciones y/o protecciones protecciones (fl (flora, ora, fauna) y/o prohibiciones y/o exenciones (derechos).

Depósito Depósito Aduanero:

Son recintos, bajo el control de la Aduana en el que las mercancías no abonan derechos de importación. Se usan sobre todo cuando un importador no sabe cual será el destino final de la importación. Se permiten las mismas operaciones operacion es que e en n las Zonas Francas.

DEQ.

Incoterm. "Entregada en muelle" significa que el vendedor  vendedor 

Delivered Ex

r e eali aliza za la en entr treg ega a cu cuand ando o la merc mercanc ancía ía es puest puesta a a

 

COMERCIO EXTERIOR

Quay. (inglés (inglés). ).

disposición disposición del comprador, sin de despacha spacharr de aduana para la importación, en el muelle (desembarcadero) del puerto de destino convenido.

Derechos de Aduana:

Impuestos que gravan las mercancías que ingresa ingresan n a un país. Están establecidos en el arancel aduanero adua nero y/ y/o o en la legislación vigente.

Incote term rm.. "Ent "Entre rega gada da sobr sobre e bu buqu que" e" sign signifific ica a qu que e el DES. Delivered Inco Ex Ship.: vendedor realiza la entrega cuando la mercancía es puesta (inglés) a disp dispos osic iciión de dell co com mprad prador or a bo bord rdo o del del bu buqu que, e, no despachada de aduana para la importación, en el puerto de destino convenido.

Destinación Aduanera:

Mani Ma nife fest stac ación ión de vo volu lunt ntad ad de dell du dueñ eño, o, co consi nsign gnat atari ario o o remititent rem ente e de la me merca rcancí ncía a qu que, e, ex expre presa sada da me medi diant ante e la Declaración, indica el régimen aduanero que debe darse a las las merca ercanc ncía íass qu que e se en encu cuen enttra ran n ba bajo jo la po pottes esta tad d aduanera.

Divisa:

Medio de pago internacional representado por una moneda extranjera emergente de los créditos que un país tiene contra otro por el suministro de mercancías, capitales o serv servic icio ios, s, o po porr las las au auto tori riza zaci cion ones es que que éste éste le haya haya conferido para efectuar pagos girando temporariamente en descubiertos.

Drawback:

Restitución o devolución, total o parcial, de los derechos de impo import rtaci ación ón u ot otros ros impu impuest estos os in inte terno rnoss so sobre bre ma mate teri rias as

 

COMERCIO EXTERIOR

primas o mercancías importadas, cuando son reexportadas, ya sea con un mayor grado de elaboración o formando parte, en mayor o menor proporción, proporción, de otros artícu artículos los que se exportan.

Dumping:

Venta de productos de un país a otro a precios inferiores a los de exportación establecidos o por debajo de los costos de producción en el país de origen.

Embalaje:

Prot rotec eccción

de las

merca rcader eríías

dura rant nte e

todas

las

operaciones de transporte y manejo que supone el proceso de exportación, de modo que lleguen a manos del cliente final, en el extranjero, en las mejores condiciones.

Embarque:

Carga en un vehículo o nave.

Enclaves:

Territorios que no forman parte del área política de un país, y que por conveniencia de administración se incorporan al si sist stem ema a ad aduan uaner ero o de éste éste.. Los encl enclav aves es pu pued eden en,, por  consiguiente, ser exclusiones o exclaves de otros países o áreas políticas independientes.

Envase:

Cont Co ntin inent ente e in inte teri rior or o ext exteri erior or con qu que e norm normal alme ment nte e se presentan las mercancías, siempre que éste sea común o usual en el comercio internacional.

Estacionalidad Período de tiempo asociado a determinadas actividades :

productivas, que se repite cíclicamente todos los años.

 

COMERCIO EXTERIOR

Exclaves:

Son aquel elllas parte rtes del área política de un país admini adm inistr strada adas, s, por convenc convención ión,, com como o par parte te del sist sistema ema aduanero de otro Estado.

Exportación:

Desde un punto de vista comercial se entiende por tal la salida de una mercancía de un territorio aduanero, ya sea en forma temporal o definitiva.

EXW. EX WORKS: (inglés)

Incoterm. En fábrica significa que el vendedor realiza la entrega de la mercancía cuando la pone a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido (es decir, taller, fábrica fábrica,, almacén, almacén, etc.), sin despacharla para la exportación ni cargarla en un vehículo

Factoring:

Cesión que la empresa exportadora hace a un intermediario fina financ ncie iero ro sobr sobre e el de dere rech cho o de cobr cobro o de los los cr créd édititos os otorg otorgad ados, os, a un in inte terés rés pre preest estab able leci cido, do, pu pudi dien endo do este este asumir o no el riesgo de la operación.

Factura Proforma:

Es una pref refac acttur ura a ent ntrreg ega ada por el ex exp por orttad ador or al importador, con el objetivo de dar a conocer al importador  con exactitud el precio que pagará por las mercancías y la forma de pago. Cuando el importador la remite firmada al exportador da aceptación a la misma.

FAS. Free

Incoterm. "Franco al costado del buque" significa que el

Alongside

ve vend nded edor or real realiz iza a la entr entreg ega a cuan cuando do la merc mercan ancí cía a es

 

COMERCIO EXTERIOR

Ship: (ingles)

colocada al costado del buque en el puerto de embarque convenido.

FCA. FREE

Incoterm. "Franco transportista" significa que el vendedor 

CARRIERNAMED PLACE: (ingles)

entrega la mercancía, despachada para la exportación, al tran transp spor ortitist sta a no nomb mbra rado do po porr el comp compra rado dorr en el luga lugar  r 

Fecha de Embarque:

Es aquella que se estipula en la declaración de exportación.

convenido.

Se registra también en el Conocimiento de Embarque, Guía Aérea o Carta de Porte emitida por la respectiva empresa de transporte. A partir de esta fecha se establecen los plazos dentro del proceso de exportación.

FOB. FREE ON Incoterm. "Franco a bordo" significa que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del BOARD: (inglés). buque en el puerto de embarque convenido. Esto quiere decir que el comprador debe soportar todos los costes y riesgos de pérdido o daño de la mercancía desde aquel punto.. El té punto térm rmin ino o FO FOB B exig exige e al vend vended edor or des despac pachar har la mercancía en aduana para la exportación.

FORFAITING:

Com omp pra

de

let etrras de

cambio

acep epttadas as,,

cré réd ditos

documentarios u otras promesas de pago, renunciando el adqu ad quir iriien entte de es esttos efec efecttos a cu cual alqu quiier de dere reccho o demanda frente al exportador y los anteriores titulares.

 

COMERCIO EXTERIOR

FORWARDER: Expedidor, remitente, transitario. (inglés)

Franquicia:

Exención total o parcial del pago de tributos, dispuesta por  ley.

Fuerza mayor:

Cláus áusul ula a

que

limita

las

re ressponsa sab bilidade dess

de

los

proveedores y transportistas bajo ciertas circunstancias.

GATT. General Este organismo intergubernamental, al que ha sucedido la Agreement on Orga gan nización Mun und dial del Comerc rciio (O (OM MC) y que Tariffs and Trade:

organiz orga nizaba aba las negociac negociacione ioness para la libera liberaliz lizació ación n del comerci com ercio o mu mund ndia ial, l, ve vela laba ba po porr el siste istema ma co com mer erci cial al mult mu ltililat ater eral al y, en pa part rtic icul ular ar,, por el pr priincip ncipiio de no discriminación, que rige las relaciones comerciales de las Partes Part es Con Contra tratan tantes tes,, pri princi ncipio pio com comúnm únment ente e den denomi ominad nado o "cláusula de la nación más favorecida" (NMF).

IATA:

Asociación de Transporte Aéreo Internacional.

Importación:

Se re refifier ere e a la en entr trada ada de me merc rcan ancí cías as de pr proc oced edenc encia ia extranjera en un territorio aduanero.

Incoterms:

Son reg reglas las interna internacio cional nales es par para a la interpr interpreta etació ción n de los términos comerciales fijados por la Cámara de Comercio Internacional. Su objetivo es establecer criterios definidos sobre la distribución de gastos y transmisión de riesgos, entre exportador e importador. Hay 13 términos: EXW, FAS,

 

COMERCIO EXTERIOR

FOB, CFR, CIF, DES, DEQ, DAF, DDP, DDU, FCA, CPT, CIP. Los Incoterms regulan: la entrega de mercancías, la transmisión de riesgos, la distribución de los costes, los trámites de documentos. Pero no regulan: la forma de pago ni la legislación aplicable. Su uso no es obligatorio.

Joint Venture: (inglés)

Asoci As ociaci ación ón te temp mpora orall de em empre presas sas par para a de desa sarro rrollllar ar un

Jurisdicción Aduanera:

Porc Po rciión del del terr territ itor oriio ad adua uane nero ro de dent ntro ro de dell cu cual al las las

proyecto; sociedad mixta con riesgo compartido.

mercaderías están sujetas a la vigilancia y reglamentación aduan adu anera era.. Ella Ella co comp mpren rende, de, no só sólo lo lo loss pu puert ertos os u ot otro ross lugares donde están situados las aduanas, sino también el radio rad io de vi vigi gila lanc ncia ia co cost ster era a o te terre rrest stre re hast hasta a dond donde e se extiende esa jurisdicción. El área o territorio aduanero se confunde generalmente con el territorio político, siendo la  jurisdicción aduanera el lugar o recinto concreto donde se cumplen las formalidades de índole arancelaria otro tipo.

Letra de

Documento o título valor mediante el cual una persona

cambio:

física o jurídica (librador) ordena a otra (librado) pagar una cantidad a favor de un tercero, a su vencimiento.

Licencia de Exportación:

Documento que concede permiso para exportar mercancías

Licencia de Importación:

Es la autorización oficial que permite la entrada de las

especificadas dentro de un plazo concreto.

mercancías en el país del importador. Si las mercancías no están est án somet sometid idas as a re rest stric ricci cion ones es ad adua uaner neras as se expi expiden den

 

COMERCIO EXTERIOR

automáticamente.

Lineas de Crédito:

Se refiere a los créditos que los bancos ponen a disposición

Logística Integrada:

Control del flujo de productos desde los insumos hasta el

del usuario para determinados fines.

producto final que llega al consumidor, incluyendo los flujos informativos y financieros asociados.

Marca:

Denominación amplia que puede referirse a un nombre, un término, un símbolo y/o un diseño especial con el que se tratan de identificar los bienes o servicios de un vendedor o grupo de vendedores. Una marca diferencia un producto de sus competidores. Una Marca Registrada es aquella que ha recibido protección legal debido a que, de acuerdo con la ley, se ha convertido en propiedad de quién la registra.

Materia prima:

Materia no transformada, utilizada para la producción de un bien bien.. Lo Loss proc proces esos os prod produc uctitivo voss alte altera ran n su estr estruc uctu tura ra original.

Manifiesto:

Relación detallada de todo el cargamento de un transporte, que qu e de debe be ser ser pres presen enta tada da por por el tra rans nspo port rtis istta a las auto au tori rida dade dess comp compet eten ente tess qu que e se la re requ quie iera ran. n. Es Este te documento contiene detalle de marca, número, especie de mercade merc adería ría,, kilos, kilos, carg cargador adores, es, con consign signata atario rio o cualqui cualquier  er  otra información que pueda ser requerida por la autoridad aduan adu anera era o co cons nsula ularr en lo loss pa país íses es de expor exporta taci ción ón y/ y/o o

 

COMERCIO EXTERIOR

importación.

Maquila:

Empresas internacionales, internacionales, general generalmente mente fronte fronterizas, rizas, que operan por subcontratación por parte de empresas de otro país donde los productos finales son reimportados sin el pago de derechos de aduana.

Medio de pago Se emplea en el comercio internacional como consecuencia internacional: de operaciones del exterior. Los medios de pago resultan insustituibles en el mercado internacional.

Mercosur:

Mercado común de América del Sur. Agrupación regional formada por Argentina; Brasil, Paraguay y Uruguay. El día 26 de marzo arzo de 19 1991 91,, en la ciud ciudad ad de As Asu unció nción n del Para Pa ragu guay ay se firm firma a el “T “Tra rata tado do de As Asun unci ción ón”” para para lo Constitución de un Mercado Común entre estos países. Bolivia y Chile son países socios del MERCOSUR.

Muestra

Artículo representativo de una categoría determinada de

comercial:

merca rcanc ncíías ya pr pro oduci cid das as,, o que sea mod ode elo de mercancías cuya fabricación está contemplada.

NAFTA:

(North American Free Trade Agreement) Acuerdo comercial que qu e ab abar arca ca Ca Cana nadá dá,, Méx éxic ico o y los los Es Esttados ados Unid Unidos os,, implementado el 1 de enero de 1994, con un período de transición de 15 años. Las mayores previsiones agrícolas incl incluy uyen en:: elim elimin inac ació ión n de ba barr rrer eras as no ar aran ance cela lari rias as in inme medi diat atam ament ente e a la impl implem emen enta taci ción, ón, ge gene nera ralm lment ente e a traves de la conversión de éstas a aranceles; eliminación

 

COMERCIO EXTERIOR

de tarifa tarifass (ara (arance nceles les), ), alg algunos unos de manera manera inmedia inmediata, ta, la mayoría dentro de 10 años y algunos otros poroductos sensibles gradualmente a más de 15 años; previsiones de salvaguardias salvagu ardias especial especiales; es; y reglas de origen para asegurar  que Mexico no

sirva

como

una plataforma

para

exportaciones de terceros países hacia los Estados Unidos.

Naladisa:

Nome No menc ncla latu tura ra de la As Asoc ocia iaci ción ón La Latitino noam amer eric ican ana a de Integración (ALADI), basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.

Nomenclatura

List Lista a o nó nómi mina na de me merc rcan ancí cías as,, ob obje jeto toss de dell come comerc rcio io

arancelaria:

in inte tern rnaci acion onal al,, or orden denada adass sist sistem emát átic icam ament ente e a bas base e de determinados principios, su naturaleza, origen, destino, etc. Si frente a cada una de las mercancías de una nomenclatura hacemos figurar los derechos de importación, esta se transforma en un arancel.

OMC:

Organización Mundial de Comercio.

Orden de Embarque:

Documento suscrito por el Agente de Aduanas, que se constituye en una solicitud ante el Servicio Nacional de Adua Ad uana nass pa para ra qu que e éste éste auto autori rice ce el em emba barq rque ue de las las mercaderías.

Orden de pago:

Instrumento Instru mento de pago por el cual el comprador internac internacional ional tr trans ansfifiere ere al ve vende ndedor dor por in inte terme rmedi dio o de un ba banc nco, o, lo loss fondos necesarios para el pago de la exportación.

 

COMERCIO EXTERIOR

Organización Internacional de

Organización internacional especializada en normalización, que qu e ag agru rupa pa a un conj conjun unto to mu muyy impo import rtan ante te de cent centro ross nacionales de normalización de distintos países. El objeto

I.S. S.O. O.,, se segú gún n su Co Const nstitituci ución, ón, es el fa favo vore recer cer el Normalización. de la I. desarrollo de la normalización en el mundo con miras a En inglés facilitar los intercambios de mercancías y las prestaciones International de se serv rviicios cios en entr tre e las las na naci cion ones es,, y de de desa sarr rrol olla larr la Organization coope coo perac ració ión n en los do domi mini nios os in inte tele lect ctua uale les, s, ci cien entí tífificos cos,, for  técnicos y económicos. Esta organización fue instituida en Standarization 1946, su sede está en Ginebra, Suiza. - ISO:

Outsideres: (en inglés)

Buques que no pertenecen a una Conferencia Marítima.

Packing credit: Crédito documentario en el cual el banco emisor autoriza al banco ban co corres correspo ponsa nsall a efect efectua uar, r, por por su cuent cuenta, a, or orden den y riesgo, un anticipo a cuenta de la negociació negociación n definitiv definitiva a del crédito, con sujeción a determinada condición.

Packing List: (inglés)

Es una lista en que se especifica el contenido de cada bulto

País de Origen:

Por tal se entiende, si se trata de productos naturales, allí

de una operación de exportación.

donde son producidos, y si de manufacturas, el lugar donde se ha efectuado la transformación para darles la condición con que son introducidas en el país importador.

 

COMERCIO EXTERIOR

País de procedencia:

Se en enttiend iende e el pa paíís de dell cual cual lleg llega a dire direct ctam amen entte la mercadería,

sin

considerar

si

fue

producida

o

manufacturada en él.

Pallet:

Plataforma constituida por dos pisos unidos por largueros. Medidas: Universal= 1200 x 1000 mm. Europalet=1200 x 800 mm. Altura máxima= aprox. 1,70 m.

Póliza de Seguro:

Documen Doc umento to en que con consta stan n las con condic dicione ioness est estipu ipulada ladass entre asegurador y asegurado con respecto al contrato de seguro. Las primas aplicables se calculan en función del tiempo de vigencia de los contratos, del valor asegurado y las de los riesgos propios de la carga y de los riesgos corridos durante su manipuleo y transporte.

Posición Arancelaria:

Permite incorporar la posición arancelaria del producto o servi ser vici cio. o. Ut Utililiz iza a el sist sistem ema a in inte tern rnac acion ional al de 6 ci cifr fras. as. El código cód igo interna internacio cional nal de 6 díg dígito itoss en distin distintos tos países se agrega entre 4 y 6 adicionales para una mejor  especificación del producto o servicio.

Precios de Referencia:

precio a un producto con el objeto de aplicar un arancel.

Puerto Libre:

Concesión Concesi ón hecha un Estad Estado o para disponer disponer de un puerto en

Fijación por parte de la autoridad gubernamental de un

otro otro país país como como si fues fuese e pr prop opio io,, es de deci cir, r, em emba barc rcar ar u desembarcar mercancía y transportarla, sin interferencia o

 

COMERCIO EXTERIOR

derechos aduaneros.

Reexportación Cu Cuan ando do un una a me merc rcad ader ería ía pr prov oven enie ient nte e de dell exte exteri rior or se : despacha a plaza a un país, para luego volverla a embarcar  con cualquier destino. destino. Se dice que esa mercade mercadería ría ha sido “reexp “re expor orta tadas das”, ”, po porr que ha sufr sufrid ido o dos dos expo export rtac acion iones: es: Desde su país de origen hacia el territorio de tal o cual país y desde ahí hacía un tercero después.

Régimen Aduanero:

Tratamiento aplicable a todas las mercaderías sujetas al control de la aduana, respecto de las leyes y reglamentos aduaneros y de conformidad a su naturaleza y al objetivo de cada operación.

Reimportación Respec Respecto to de me merc rcad aderí erías as qu que e se expor exporta taro ron, n, cuan cuando do vu vuel elve ven, n, po porr cual cualqu quie ierr caus causa, a, al país país de do dond nde e son son : origi ori ginar naria ias, s, o co con n re resp spect ecto o a me merca rcade derí rías as ext extra ranj njera erass intr introd oduc ucid idas as al pa país ís,, si son son expo export rtad adas as pa para ra volv volver er a importárselas nuevamente por cualquier motivo más tarde.

Reintegro:

Es el régimen por el cual se restit restituyen uyen total o parcia parcialmente lmente,, lo loss impor importe tess qu que e se hub hubier ieran an pa paga gado do en con conce cept pto o de tr trib ibut utos os inter interio iores res por la merc mercad aderí ería a o servi servici cio o que se exporta definitivamente.

Restricciones o

A las franquicias aduaneras se les suele oponer numerosos

prohibiciones aduaneras:

importación y exportación; estas prohibiciones pueden ser  gene ge nera rale les, s, limi limita tada das, s, pe perm rman anen ente tess o temp tempor oral ales es,, se

pr pro ocedi cedim mien enttos

de

res esttric ricciones

del

comerc rciio

de

 

COMERCIO EXTERIOR

explilican exp can po porr dive diversa rsass fina finalilida dade des: s: fifisc scal ales, es, pro prote tecc cció ión n in indu dust stri rial al o co come merc rcia ial,l, pro prote tecc cció ión n de la sa salu lud d pú públ blic ica, a, defensa de la propiedad intelectual o artística, etc.

Retorsión:

Hay retorsión cuando un Estado aplica a otro Estado la misma restricción o prohibición que éste, en uso de un derecho, ha aplicado en detrimento de los intereses de aquél.

Salida tempotal. Exportación

Régi Ré gime men n su susp spens ensiv ivo o de de derec recho hos, s, al am ampar paro o del del cu cual al

temporal:

obligacione obligac ioness que cau causarí saría a su export exportació ación, n, siem siempre pre que sean perfectamente individualizables e identificables, y que

determi det erminada nadass mer mercanc cancías ías,, nacion nacionales ales o nac naciona ionaliz lizada adas, s, puede pue den n sa salilirr te temp mpora oralm lmen ente te del del pa país ís si sin n in incu curri rrirr en la lass

los interesados se comprometan a retornarlas dentro de los plazos reglamentarios.

Salvaguardas:

Medidas excepcionales de protección que utiliza un país para pro protege tegerr tem tempora poralme lmente nte a det determ ermina inadas das ind indust ustrias rias nacionales que se encuentran dañadas o que se enfrentan a una amenaza de daño grave, debido a un incremento si sign gnififica icatitivo vo de la lass me merca rcancí ncías as qu que e fluy fluyen en al me merc rcad ado o interno en condiciones de competencia leal.

Sistema armonizado:

Sistema armonizado de designación y clasificación de las merc me rcan ancí cías as..

Nu Nuev eva a

nom omen encclat latur ura a

un univ iver ersa sall

de

las

merca me rcancí ncías as adopt adoptada ada po porr el Cons Consej ejo o de Co Coope opera raci ción ón Aduan Adu anera era y ap aplilica cada da po porr la ma mayor yoría ía de lo loss pa país íses es del del mundo.

 

COMERCIO EXTERIOR

Sistema de franjas de precios:

Es un mecanismo de estabilización de los precios internos a través de la fijación de un precio de referencia "piso" y un preci pre cio o de ref refere erenc ncia ia "tec "techo" ho" entr entre e lo loss cua cuales les se de desea sea manten mant ener er el cost costo o de impo import rtac ació ión n de un de dete term rmin inad ado o producto. product o. La estabi estabilizaci lización ón se logra aumentan aumentando do el arancel ad-valorem (general) cuando el precio internacional cae por  debajo del nivel piso, y rebajando dicho arancel, hasta cero, cuando dicho precio aumenta por encima del techo.

Sobrestadía:

El dinero pagado por el exportador por los retrasos en la carg carga, a, desc descar arga ga o po porr ocup ocupar ar espa espaci cio o en un pu puer erto to o almacén más allá de un plazo especificado.

Tasa:

Derecho que percibe el Estado como persona soberana, por servicios servicios o prestaci prestaciones ones especiales o individuali individualizables zables,, de carácter jurídico-administrativo, organizados con fines colectivos y que les paga el usuario a su solicitud. (Tasa de Estadísticas, Tasa de Comprobación, Tasa de Almacenaje, Tasa de Servicios Extraordinarios, etc.).

Tipo de cambio:

El precio de una divisa con relación a otra.

TRAMP: (inglés)

Barco que atraca en un puerto cualquiera donde espera

Transporte

Porte de mercancía por dos o más modos diferentes de

recoger carga (lo contrario de barco de línea regular).

 

COMERCIO EXTERIOR

multimodal internacional:

transportes (camión, vagón, buque, aéreo), en virtud de un contrato de transporte multimodal, plurimodal o combinado, desde un lugar situado en un país en que el operador del tran transp spor orte te mu multltim imod odal al toma toma las las me merc rcan ancí cías as,, bajo bajo su responsabilid responsa bilidad ad y custod custodia, ia, para entreg entregarla arla posteriormente posteriormente en otro lugar situado en un país diferente. Las característic caracte rísticas as esenciales esenciales de este sistema que lo distingue del transporte segmentado segmentado tradici tradicional onal son, en primer lugar, que se trata de un sistema basado en un “contrato único” y, el segundo lugar, que el operador del transporte multimodal que qu e asum asume e la re resp spon onsa sabi bililida dad d de dell cump cumplilimi mien ento to de dell contrato, actual como “principal”, y no como agente del usuario o expedidor, o de los porteadores que integra los diferentes difere ntes modos de transportes. transportes. Este principio se basa en el servicio de transporte de la mercadería de “puerta a puerta” puer ta” redu reducie ciendo ndo not notabl ableme emente nte la doc docume umenta ntació ción n y el cumplimiento de otras formalidades como son de prácticas en el transporte tradicional.

Transbordo:

Transferencia de la carga de un vehículo a otro, pertenezca o no a un mismo modo de transporte (vía férrea, ruta, vía de agua, oleoductos, etc.). Se distinguen los transbordos hechos bajo el régimen de contrato de transporte o fuera de ese régimen.

Unión Aduanera:

Es una una form forma a de inte integr grac ació ión n econ económ ómic ica a en la que que se transforman dos o más territorios aduaneros en uno solo, dent de ntro ro de dell cual cual los los aran arance cele less u otra otrass re rest stri ricc ccio ione ness al comercio son eliminados; se aplican, en general, idénticos aranceles y regulaciones al comercio con terceros países.

 

COMERCIO EXTERIOR

Unión Europea:

Constituida por el Tratado de la Unión Europea (TUE), entró en vigor el 01.11.93. Forman parte de la Unión 15 países: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Suecia.

URU:

Usos Us os y Re Regl glas as Un Unififor orme mess de la Cáma Cámara ra de Co Come merc rcio io Internacional.

Valor en Aduana:

Para calcular los derechos Aduaneros que hay que aplicar, la Aduana define el concepto de Valor en Aduana, que es el de la mercancía más todos los gastos (seguro, transporte, etc.) que se hayan producido hasta el momento de pasar la aduana. Sobre este valor en aduana, se aplicará el tipo de arancel a que esté sometida la mercancía. El arancel a aplicar depende de la mercancía y el país de origen. Al resultado de aplicar el arancel al valor en aduana, se aplica el IVA IVA corr corres espo pond ndie ient nte. e. Este Este valo valorr es el Va Valo lorr de la Mercancía

WAREHOUSE TO WAREHOUSE CLAUSE: (inglés)

Cláusula del seguro prevista en el Institute Cargo Clauses,

Warrant:

Palabra de origen inglés cuyo significado es “garantía”. En

por la que los aseguradores cubren la mercancía a partir  del momento en qeu sale del almacén en el lugar indicado en la póli póliza za pa para ra el comi comien enzo zo de dell tr tran ansp spor orte te ha hast sta a el almacén de destino. Almacén a almacén.

materia comercial se entiende por “warrant” un certificado

 

COMERCIO COM ERCIO EXT EXTERIOR ERIOR

de depósito emitido por los administradores del almacén o depósito, ya sean fiscales o privados, en el cual se detallan los artículos o mercancías de cualquier género que está depositados en ellos, pudiendo ser trasmitido y con él la prop propie ieda dad d de los los efec efecto tos, s, de un uno o a otro otro come comerc rcia iant nte, e, conforme a los recaudos que fija cada legislación sobre el particular.

Zona de libre comercio:

Form Fo rma a de in inte tegr grac ació ión n eco econó nómi mica ca qu que e el elim imin ina a to toda dass la lass barrer bar reras as ar aranc ancel elari arias as al co come merci rcio o de bi bien enes es en entr tre e lo loss países país es miembros miembros..

Zona Franca:

Áreas del territorio nacional extra-aduaneras, previamente calificadas, sujetas a un régimen especial, donde podrán esttabl es ble ece cerrse

y

extranjeras,

que

fun unccionar se

empr pres esa as,

dediquen

a

la

nac aciion ona ales

o

producción

o

comercialización de bienes bienes para la export exportación, ación, directa o indirecta, así como a la prestación de servicios vinculados al comercio internacional y a las actividades conexas o complementarias a ellas.

Zona primaria aduanera:

Parte del territorio aduanero que comprende los recintos aduaneros, espacios acuáticos o terrestres destinados o auttoriz au orizad ados os pa para ra las op oper erac aciione oness de dese desembarque, mbarque, embarque, movilización o depósito depósito de las mercancías; mercancías; las oficin oficinas, as, loca locales les o dep depende endenci ncia as de dest stin inad adas as al servicio directo de una aduana, aeropuertos, aeropuertos, predios o caminos habi ha bililita tado doss v cual cualqu quie ierr otro otro sitio donde se cumples normalmente las operaciones aduaneras. aduaneras.

Zona

Es aquella aquella parte del territo territorio rio aduanero que le corresponde

 

COMERCIO EXTERIOR

secundaria aduanera:

a cada aduana en la distribución de que ellos haga el Superintendente Nacional de Aduanas Aduanas para efectos efectos de la competencia, intervención y obligaciones obligaciones de cada una. una.

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF