Colegio de Notarios

July 15, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA Tema: Colegio de Notarios y Junta de Decanos del colegio de Notarios Asignatura: Derecho Registral y Notarial Docente: Yury Calvo Rodriguez Integrantes: ALMEYDA OJEDA, Rudy Ivan CJURO GUZMAN, Rony HERENCIA HEREN CIA NUÑEZ, Nicole Valeria YBERICO CONCHA, Danitssa •







 

COLEGIO DE NOTARIOS Los colegios de notarios son personas jurídicas dcuyo e funcionamiento der erec echho públic ico seo, rige por Estatuto Único.

Artículo modificado por el Artículo 1 del   Decr Decret etoo Leg egis islat lativo ivo N° 123 2322, pu publica blicado do 26 septiembre septiembre 2015

Los colegios de notarios son personas jurídicas de derecho público, cuy o funcionamiento se rige por Estatuto, que Estatuto,  que deberá ceñirse a la presente Ley y su ”

Reglamento.

 

tribuciones ibuciones y obligaciones obligaciones del colegio de notario notarioss Atr la  función notarial. a) Vigilar directamente el cumplimiento de las leyes y reglamentos que regulen la función notarial. b) Velar por el decoro profesional y el cumplimiento de la presente Ley, las normas reglamentarias y conexas, el Código de Ética del Notariado y el Estatuto del Colegio. c) Ejercer la representación gremial de la orden. d) Prom Promover la eficacia eficacia de los servicios servicios not notariales ariales y la mejor mejoraa del nivel profesiona profesionall de sus miem miembros. e) e) Llevar  Llevar actualizado delicencias sus miembros que miembros  que la cualquier información en el que artículo 14;  los 14; los principales datos del. notario, notario , deunsuregistro oficio notarial y de las concedid concedidas as,,incluya así como cualqu ier otra  otraprevista información disponga el Consejo del Notariado. Notariado Los datos contenidos en este registro pueden ser total o parcialmente publicados por medios telemáticos, a efectos de brindar información a la ciudadanía. La información actualizada a la que se refiere el presente artículo, debe ser remitida al Consejo del Notariado para su incorporación al Registro Nacional de Notarios, bajo responsabilidad de los miembros de la Junta Directiva del Colegio de Notarios.

 

Atribuc tribuciones iones y obligaciones obligaciones del colegio colegio de notario notarioss f) paraa lola previsto provisiónendelavacantes á mbito de su demarc de marcación ación territorial territorial y cuand cuandoo así lo determine el Convocar Consejo dela concurso Notariado,público conforme presenteen ley.el ámbito g) Emitir los lineamientos y establecer los estándares mínimos para la infraestructura física y tecnológica de los oficios notariales. h) Verificar el cumplimiento cumplimiento de los lineamientos lineamientos y están estándares dares mínimos previstos para la infrae i nfraestructura structura física y tec tecnológ nológica ica de los oficios notariales. i)notarios, i) Generar  Generar unaestos interconexión telemática que así permita una redcolegios notarialy laa nivel y faculte la interconexión notarios, entre  entre y sus colegios notariales, como crear entre dichos Juntanacional de Decanos de los Colegio de Notariosentre del Perú.  j) Absolver  j)  Absolver las consultas y em emitir itir inform informes es que le sean solicitados solicitados por los poderes públicos, públicos,  así como absolver absolver las consultas consultas que le sean formuladas por sus miembros. k) Establecerterritorial. el régimen de visitas de inspección ordinarias anuales y extraordinarias respecto de los oficios notariales de su demarcación l) Autorizar las vacaciones y licencias de sus miembros. m) Autorizar m)  Autorizar el traslado de un notario a una provincia del mismo distrito notarial con el objeto de autorizar instrumentos, en los casos de vacancia o ausencia de notario. notario. Si S i dicho traslado no se autoriza dentro del plazo de 15 días contados a partir de producida producida la o ausencia, el ausencia, Consejomantengan del Notariado dispone con conocimiento del colegio n) vacancia Supervisar que sus  el miembros loslorequisitos señalados en el artículo 10 dedelanotarios presentecorrespondiente. ley. o) Aplicar las sanciones previstas en la ley.

o) Aplicar las sanciones previstas en la ley.  

Atribuc tribuciones iones y obligaciones obligaciones del colegio colegio de notario notarioss p) Velar p) Velar por la integridad de los archivos notariales conservados por los notarios en ejercicio, ejercicio, disponiendo su digitalización y conversión a microformas digitales de conformidad con la ley de la materia, así como disponer la administración de los archivos del notario cesado, encargándose del oficio y cierre de sus registros. q) Autorizar, regular, supervisar y registrar la expedición del diploma de idoneidad a que se refiere el literal b) del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 681. r) Cerrar r)  Cerrar los registros del notario sancionado con suspensión y designar al notario que se encargue del oficio en tanto dure dicha sanción. s) Ejercer las demás atribuciones que le señale la presente ley, el Estatuto del Colegio y las demás normas complementarias. t) Remitir al Consejo del Notariado, en la periodicidad y la forma que disponga la Presidencia de dicho Consejo, la información referida a las denuncias y procedimientos disciplinarios iniciados contra los miembros de su orden, en el ejercicio de la función notarial. u) u) Cumplir  Cumplirdeylahacer miembros Juntacumplir Directivade Directiva." ." las disposiciones del Consejo del Notariado, bajo responsabilidad de los

 

LA ASAMBLEA GENERAL La asamblea general, conformada por los  miembros del colegio, colegio, es el órgano supremo del Colegio y sus atribuciones   se establecen en el estatuto.

 

Junta Directiva y el Tribunal de Honor UN DECANO DIRIGIDO

UN FISCAL

VICEDECANO

UN SECRET SECRE TARIO UN TESORERO VOCALES

Compuesto por tres miembros, que no pertenezcan a la l a junta directiva

TRIBUNAL DE HONOR

Encargara de conocer y resolver las la s denuncias y procedimientos disciplinarios disciplin arios en primera instancia instanci a

 

ELECCIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA Y TRIBUNAL DE HONOR Los miembros de la junta directiva son elegidos en asamblea asam blea general, general, mediante votación secreta, por mayoría de votos y mandato de dos años

En la misma forma y oportunidad

Se elegirá a los tres miembros miem bros titulares del Tribunal Tribunal de Honor, así como a los tres miembros suplentes que sólo actuarán ac tuarán en caso de abstención abstenció n y/ y/o o impedimento de los titulares

 

Las cuotas y otr otras as contribuc contribuciones iones

INGRESOS DE LOS COLEGIOS DE NOTARIOS

Constituyen ingresos de los colegios:

que se establezcan conforme a su Estatuto

Las donaciones, legados, tributos y subvenciones que se efectúen o constituyan a su s u favor

Los provenientes proveni entes de la autorización y certificación de documentos, do cumentos, en ejercicio de las funciones funci ones establecidas según el artículo 61,62 presente ley y 89 de la

 

CAPITULO 3: DELA JUNTA DE DECANOS DE LOS COLEGIOS DE NOTARIOS DEL PERU

 

LOS COLEGIOS DE NOTARIOS FORMAN

EJERCE LA REPRESENT ACION DEL NOYATIADO

DEFINICION

COORDINA SU ACCION EN EL ORDEN INTERNO

LA JUNTA DE DECANOS

 

Integrantes de la Junta de Decanos Todos los decanos de los colegios de notarios del País

Sede en Lima

Atribuciones en estatuto aprobado en asamblea

 

El Consejo Directivo Mayor número de agremiados

Presidente

Un secretario

Tres Vicepreside ntes

Un Tesorero

Elegidos por los decanos del Norte, Centro y Sur del país

 

Fines de la Junta de Decanos Artículo 138.- Fines de la Junta de Artículo Decanos La Jun Junta ta de De Decan canos os de los Colegios Colegios de No Notari tarios os de dell Per Perú, ú, orientará su acción al cumplimiento de los fines institucionales,  promoverá  promov erá la realizaci realización ón de certámenes nacio nacionales nales e internacionales internaci onales para el estudio de disciplin disciplinas as jurídicas vinculadas al notariado, a la difusión de los principios fundamentales del siste si stema ma de no notari tariado ado la latin tino, o, pudi pudieendo edi editar tar pub public licaci acione oness orientadas a sus fines, además de cumplir las funciones que la ley, reglame reg lamentos ntos y su estatuto le asi asig gne.

 

Cumplir con los demás objetivos

Defender los derechos del Notariado Peruano y coordinar la labor institucional de los colegios de Notarios del Perú.

compatibles con sus fines y responsabilidad es.

Cumplir con las funciones que le señalen los dispositivos legales reglamentarios.

Incentivar el el estudio de las ciencias jurídicas promov promoviendo iendo la edición de publicaciones orientadas al cumplimiento de dicho fin. Así mismo fomentará la tecnificación y el desarrollo desarrollo informático de la función notarial.

Organizar administrativamente el fondo Mutual del Notariado y supervigilar su funcionamiento; aprobar la cuota y estatuto de dicho organismo mutual.

FINES O FUNCIONES.

Promover la realización de certámenes nacionales e internacionales inter nacionales para elestudio de disciplinas  jurídicas vinculadas al Notariado.

Promover y difundir el conocimiento de la normatividad notarial

Difundir el conocimiento de los principios fundamentales del notariado latino.

 

INGRESOS DE LA JUNTA DE DECANOS

139. 39.-- Ingre Ingreso so de la Junta de Decanos Artículo 1 Constituyen ingresos de la Junta:

a) Las cuotas y otras ot ras contribuciones que establezcan sus sus órganos, ó rganos, conforme conforme a su estatuto. b) Las donaciones, dona ciones, legados, tributos tributos y subvenciones que se efectúen o constituyan consti tuyan a su favor.

c) Los ingresos por certificación de firma de notarios nota rios y otros servicios que preste de acuerdo a sus atribuciones.

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