CÓDIGO PETROLERO

September 8, 2017 | Author: Christopher Brown | Category: Bolivia, Petroleum, Economies, Business
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CÓDIGO PETROLERO “DAVENPORT” D.S. Nº4210

En 1955, durante el gobierno de Víctor Paz Estensoro, se dictó el Código del Petróleo o “Código Davenport”, mediante Decreto Supremo Nº 4210 de 26 de octubre de 1955, cuyo objetivo era atraer inversiones de las compañías transnacionales. El Código contenía muchos puntos que iban en desmedro de los intereses nacionales y a favor de las transnacionales. Durante el gobierno de Alfredo Ovando se derogó el Código del Petróleo, el 26 de septiembre de 1969, como paso previo a la nacionalización de la Gulf Oil Company. La llamada nacionalización del petróleo se realizó el 17 de octubre de 1969. Esa medida logró la recuperación de una riqueza que vigorizó la economía del país. Este código estableció la apertura del país a las empresas extranjeras, de tal suerte que la Gulf Oil Company., y Occidental, dos de las mayores petroleras del mundo de origen estadounidense, ingresan a explotar el petróleo boliviano por más de una década. CÓDIGO DEL PETRÓLEO – DAVENPORT. Entre las varias medidas asumidas por el Presidente de la República de Bolivia, Dr. Víctor Paz Estensoro, figura la implementación del “Código del Petróleo”, también conocido como el “Código Davenport”, que implementó avanzadas normas jurídicas, económicas y técnicas como medidas de protección y

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seguridad al capital privado. La consultora extranjera fue contratada con los auspicios del Programa de las Naciones Unidas y Henry Holland. La normativa considerada antinacional, fue encomendada por el gobierno del MNR al bufete americano “Shuster & Davenport”, ligados a los grandes intereses petroleros. “La consultora había sido contratada por la Misión de Operaciones de EEUU, entidad dependiente del Departamento de Estado de los Estados Unidos, por un monto de $us 60.000 con el fin de asesorar en temas petroleros al gobierno boliviano”. Con la finalidad de levantar la reserva fiscal, la esperanza de bienestar y mejoramiento económico para el país, este Código fue promulgado, en principio, por Paz Estenssoro mediante Decreto Ley Nº 4210 de 26 de octubre de 1955 con el que se abrogó la Ley de 20 de junio de 1921. Posteriormente, fue elevado a rango de Ley el 29 de octubre de 1956, siendo presidente del Congreso Juan Lechín Oquendo. La citada Ley fue promulgada por Hernán Siles Suazo. Todos los que participaron en este proceso pertenecieron a las filas del MNR. El Artículo 1° del Código Davenport indicaba que los yacimientos de petróleo, asfalto, gas natural y demás hidrocarburos, en cualquier estado que se encuentren dentro del territorio de la República, ya sea en la superficie o en el subsuelo, eran del dominio directo, inalienable e imprescriptible de la Nación.

ARTÍCULO 20. Para los fines del Presente Código, se divide el territorio de la República en las siguientes zonas:   

Zona I. Zona II. Zona III.

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Sin embargo, el Código abría nuevamente las puertas a las Inversiones extranjeras. Entregaba más de tres millones de hectáreas y limitaba la participación de YPFB en nuevas áreas de exploración y explotación. Además, establecía que se deducía sin impuestos un 27% de la producción bruta por “factor de agotamiento”. Esto implicaba que YPFB perdería un porcentaje similar de lo que le correspondía. En cuanto a la tasa tributaria, las empresas tendrían que pagar una regalía del 11% con una expectativa rebajada hasta el 7.5%, por no más de 15 años en función de los intereses nacionales. El Estado, en este caso, cobraría un impuesto único y fijo del 30% sobre las utilidades líquidas, de ello, se extraería el factor de agotamiento. Junto a todas estas ventajosas condiciones, el código establecía que las concesiones otorgadas tendrían una duración de 40 años.

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Entre otras disposiciones, las patentes que se debían pagar al Estado se limitaban a un dólar y medio por hectárea. Las empresas debían invertir entre 20 y 80 centavos de dólar por hectárea, por concepto de exploración y explotación. Debido al desconocimiento de la realidad boliviana, del sistema jurídico y fiscal del país, esta norma, lejos de potenciar a la empresa estatal, permitió la explotación libre por parte de empresas internacionales, debilitando de manera significativa el poder del Estado. Establecía que las actividades de la industria petrolera podrían ser realizadas por el Estado mediante autoridades autárquicas de tipo nacional, sociedades mixtas o por el otorgamiento de concesiones o contratos en sociedad con terceros. Según el experto Enrique Mariaca, las concesiones otorgadas al amparo de este Código, comprendían un período de 40 años en actividades de exploración, explotación, refinación, almacenaje y transporte, con carácter irreversible. La normativa se refería al establecimiento de una industria del petróleo, de gran magnitud, la misma que exigía enormes capitales ya que, por la naturaleza misma de esa industria, las inversiones iniciales debían ser cuantiosas. Este Código representó para el país una apertura franca a la inversión privada extranacional en la explotación petrolera, actividad que requería de grandes inversiones que el país no poseía. El Código Davenport consideraba a Bolivia carente de capitales a consecuencia de la larga explotación semicolonial, organizada y mantenida por la fuerza, en acuerdo y provecho exclusivo de la oligarquía minero feudal, que empobreció a la Nación con el constante drenaje de sus riquezas mineras y las limitaciones impuestas por el régimen semifeudal en el trabajo de la tierra. “En los 13 años que duró el Código ingresaron al país 15 compañías petroleras, de las cuales ocho culminaron con perforaciones, descubriendo dos de ellas siete campos nuevos, Madrejones (Bolivian Oil Co.) y Caranda Colpa, Río Grande, La Peña, Palmar y Santa Cruz (Bolivian Gulf)”. Para la década de 1960, McCarthy ya se había ido del país y su sustituta, la Chaco Petroleum había invertido sólo 40 millones de dólares. En este panorama, la Bolivian Oil Company (BOC), que invirtió 19 millones de dólares tuvo un pequeño auge tras el hallazgo de los yacimientos de Madrejones, cerca de la frontera con Argentina. La máxima producción que alcanzó este campo fue de 460.000 barriles de petróleo condensado por año. Si bien en 1967 la producción de condensado decayó a casi un trigésima parte de la de 1960, la BOC no tuvo pérdidas. Produjo un total de 1.200 barriles de condensado, pero sus 4

utilidades derivaron de la exportación de gas natural a Argentina a ocho centavos de dólares el millar de pies cúbicos (MPC), sumando un total de más de 16 MPC. Como secuela de la guerra del Chaco, en 1956, el gobierno del MNR, presentó un plan de estabilización para frenar la hiperinflación galopante. Este plan que había sido elaborado por el asesor norteamericano Jackson Eder, proponía, entre otras medidas, reducir el gasto público, eliminar los subsidios, contraer el crédito, liberar las divisas, fijar el tipo de cambio, congelar los salarios e instaurar la libre contratación y libre comercio. Esa medida que en el fondo tenía el objetivo de desalentar el desarrollo industrial de las empresas públicas, repercutió directamente en las cuentas de YPFB, cuyo presupuesto sufrió un drástico recorte ya que sus productos fueron entregados por debajo de su precio. Pero además la estatal petrolera tuvo que correr con la cuenta de divisas a precio de costo y cubrió un alza de salarios y deudas incobrables por más de tres millones de dólares por concepto de servicios prestados a otras entidades estatales. Como consecuencia de ello, YPFB experimentó un déficit de 41 millones de bolivianos y no pudo acceder a la obtención de equipos de gran profundidad para intervenir los yacimientos de Madrejones, teniendo que ceder los respectivos trabajos a la Gulf Oil Company. CAUSAS DE LA CREACION DEL CÓDIGO PETROLERO 

Para superar las persistentes dificultades financieras que sufría el país y crear las condiciones necesarias para un amplio desarrollo de la economía nacional, era indispensable la explotación inmediata y en gran escala de la riqueza petrolera.



Que las inversiones iniciales de capital extranjero, en la industria del petróleo, por su cuantía, y la consiguiente exportación de este producto contribuirán a solucionar la aguda escasez de divisas, causa fundamental del malestar económico de la Nación.



Que el establecimiento de una industria del petróleo, de gran magnitud y en breve plazo, exige enormes capitales ya que, por la naturaleza misma de esa industria, lar inversiones iniciales deben ser cuantiosas, mayormente en un país como el nuestro, por las dificultades de transporte para alcanzar los centros de distribución internacional.



Bolivia carece de capitales a consecuencia de la larga explotación semicolonial, organizada y mantenida por la fuerza, en acuerdo y provecho exclusivo de la oligarquía feudal-minera, que

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empobreció a la Nación con el constante drenaje de sus riquezas mineras y las limitaciones impuestas por el régimen semi-feudal en el trabajo de la tierra. 

Que Y.P.F.B., no obstante el éxito logrado en esos últimos años, gracias al esfuerzo; la eficiencia y la dedicación de sus obreros, empleados, técnicos y directores, al producir petróleo para atender las necesidades nacionales y aún para exportar, en reducidos volúmenes, está restringido en su desenvolvimiento, por la imposibilidad estatal de proveerle de los capitales necesarios para explorar y explotar las extensas áreas potencialmente petrolíferas del país



Que la legislación vigente sobre la materia; por ser anacrónica, no contempla la realidad presente ni prevé las medidas de protección nacional y de seguridad al capital privado, por lo que se hace necesario dictar un nuevo Código del Petróleo, que contenga las más avanzadas normas jurídicas, económicas y técnicas aceptadas en el mundo sobre esta materia

VIGENCIA DEL CÓDIGO PETROLERO Durante la vigencia del Código del Petróleo, muchas empresas internacionales llegaron a Bolivia desde 1955 en busca de realizar trabajos de prospección exploratoria y perforación de pozos, entre las que se encontraba la compañía estadounidense Gulf Oil Company que firmó contrato con el Estado boliviano el 23 de mayo de 1956, de acuerdo a la facultad que le confirió el Artículo 161 de esa normativa. YPFB entregó a la transnacional una extensión de 1.500.000 hectáreas delimitadas de su zona exclusiva para que la compañía transnacional realice trabajos de exploración.

LA GULF OIL COMPANY Y EL CÓDIGO PETROLERO

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La Gulf Oil Company recibió, entonces, por un plazo de “cuarenta años”, la concesión de los campos más ricos en petróleo de todo el país. El código fijaba una ridícula participación del Estado en las utilidades de las empresas: por muchos años, apenas un “once por ciento”. El Estado se hacía socio en los gastos del concesionario, pero no tenía ningún control sobre esos gastos, y se llegó a la situación extrema en materia de ofrendas: todos los riesgos eran para YPFB, y ninguno para la Gulf Oil Company. En la Carta de intenciones firmada a fines de 1966, durante la dictadura de Barrientos, se estableció, en efecto, “que en las operaciones conjuntas con YPFB, la Gulf Oil Co. recobraría el total de sus capitales invertidos en la exploración de un área, si no encontraba petróleo”. “Si el petróleo aparecía, los gastos serían recuperados a través de la explotación posterior, pero ya de entrada serían cargados al pasivo de la empresa estatal”. Y la Gulf Oil Company fijaría esos gastos según su criterio. La transnacional petrolera se atribuyó también, con toda tranquilidad, la propiedad de los yacimientos de gas, que no se le habían concedido nunca”.

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Esta compañía debía perforar 5.000 metros por cada 100.000 hectáreas en la etapa de explotación. Con el desarrollo de campos, el Estado tendría una participación del 11% como regalía y 19% como impuesto único calculados sobre el total de la producción bruta. La Gulf Oil Company descubrió con información de YPFB, los campos Colpa, Caranda, Río Grande, El Palmar, La Peña y Yapacaní ubicados en el departamento de Santa Cruz. A los cinco años, la empresa descubre varios pozos petroleros de importancia. En éste contexto la Gulf Oil Company exige al gobierno del MNR como al de Barrientos la adjudicación del derecho de propiedad del gas como la de los oleoductos. Barrientos, mediante una interpretación suya, amplía el Código Petrolero para que incluya al gas y mediante el Decreto Supremo 8093 crea la empresa Gas y Petroquímica con facultades de adquirir toda la producción de gas sea procedente de entidades privadas o nacionales. Pero, la creación de esta empresa no podía ocultar el hecho de que la Gulf Oil Company ya dominaba el 90% de la producción de gas boliviano y el 80% del crudo. La desnacionalización del recurso energético avanzaba aún más con la adjudicación a Williams Brothers de la construcción del gasoducto a la Argentina. Para darse cuenta de cómo la Gulf Oil Company consideraba las necesidades del mercado nacional boliviano dentro del conjunto de sus actividades, basta contemplar su producción, como ejemplo, en los primeros cuatro meses de 1969 arrojó la cifra de una producción de 3.738.252,66 barriles, de los cuales exportó a Estados Unidos 2.657.779 barriles y destinó al mercado boliviano 711.564 barriles. Según Sarabia, la compañía Bolivian Gulf, por todos los favores recibidos, “llegó a detentar una riqueza petrolera de 600 millones de dólares” y emergió como el poder detrás del poder, al que continuamente cedía el gobierno. La salida al sometimiento es la misma en todos los tiempos, no dependía de la ayuda americana hasta los límites en que ésta capture todos los controles vitales de la nación, sino de potenciar a YPFB, pero eso no se hizo. Aquel pulpo económico no sólo capturó los yacimientos más ricos, sino que antes de deducir ningún impuesto tenía a su favor retener de la producción bruta de manera libre como Factor Agotamiento el 27%. EMPRESAS QUE INGRESARON AL PAÍS

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DEROGACIÓN DEL CÓDIGO PETROLERO “DAVENPORT” En la presidencia del Gral. Alfredo Ovando Candia, bajo D.S. Nº 08936, se procedió a la derogación del Código del petróleo, bajo los siguientes argumentos: 

Que, el Código del Petróleo fue proyectado en forma de un Decreto Supremo con el número 4210

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y aprobado, en ese carácter, en 26 de octubre de 1955. Que, dicho Decreto Supremo derogó la Ley Orgánica del Petróleo de 20 de junio de 1921. Que, en fecha 24 de enero de 1956, se aprobó el Decreto Reglamentario del Código del Petróleo,



bajo el número 4298. Que, en fecha 27 de octubre de 1956, se aprobó una Ley por la que se elevaron a la categoría de leyes de la República, 32 decretos supremos aprobados entre el 9 de abril de 1952 y el 4 de agosto de 1956, entre ellos el Código del Petróleo y su Reglamento, disposiciones éstas que, por su importancia, complejidad y extensión, exigían un estudio profundo que requería un tiempo responsablemente prolongado 9



Que, el Código del Petróleo no fue redactado por bolivianos y en servicio de Bolivia, sino por



abogados extranjeros y en provecho de consorcios privados extranjeros Que, Bolivia, país sin la suficiente tradición petrolera, en razón de su escasa exploración y producción y de los incipientes procesos de aprovechamiento industrial de los hidrocarburos, carecía en 1956 de la capacidad técnica para realizar una evaluación certera de las características físicas de sus yacimientos y de la suficiente experiencia para la redacción precisa de una



disposición legal normativa de la industria petrolera Que, el concepto y ejercicio de la Soberanía Nacional, son incompatibles con la conservación de una norma que, como el Código del Petróleo, ha sido desde su origen odiosamente violada de la



independencia del Estado Que, el pueblo boliviano ha repudiado, reiterada y categóricamente, al Código del Petróleo, popularmente señalado como "Código Davenport"

CONCLUSIONES 

Crea condiciones para inversiones extranjeras.



Regalías del 11%.



Impuesto a las Utilidades 30%.



Factor agotamiento del 27%.



Amparadas por el Código Davenport, las compañías extranjeras que operaban en Bolivia recibieron en concesión superior a 13 millones de hectáreas e invirtieron 120 millones de dólares; la Bolivia Gulf Oil Co., la Petrolera Boliviana Shell y la Bolivian California Pet. retuvieron cerca del 50% del total de los terrenos concesionados. Por todo ello, el país recibió hasta 1965, más de 14 millones de dólares.

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