Código de Comercio 1

December 8, 2017 | Author: luigiccs | Category: Liquidation, Accounting, Budget, Business, Business (General)
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Descripción: Administracion e inspección de obras...

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República bolivariana de Venezuela Ministerio del poder popular para la educación Instituto universitario politécnico “Santiago Mariño” Extensión-caracas Escuela “42” civil

UNIDAD No. I LA EMPRESA CONSTRUCTORA

Prof. Teófilo Rodríguez

Alumnos: Marina Vega C.I 25218087

Luigi Segovia C.I 18934896 Leandro fajardo C.I 19146272

Caracas 28 de junio de 2016

INTRODUCCION El Código de Comercio recoge todas las Disposiciones del Derecho mercantil y los conflictos se resuelven en tribunales civiles o en tribunales específicos aunque esto dependa de los países donde se produzca la disputa. El Derecho mercantil, es el conjunto de leyes relativas al comercio y a las transacciones realizadas en los negocios. Entre estas leyes se encuentran las relativas a las ventas; a los instrumentos financieros, como los cheques y los pagarés; transportes terrestres y marítimos; seguros; corretaje; garantías; y embarque de mercancías. Tanto en el campo del Derecho civil como en el del Derecho mercantil, se entiende por contrato de sociedad aquél mediante el cual dos o más personas se obligan a poner en común bienes o servicios con el ánimo de repartirse las ganancias que se obtengan. Serán mercantiles las sociedades que hayan adoptado alguna de las formas previstas en el Código de Comercio o en las leyes especiales sobre la materia, lo cual conlleva la necesidad de inscribir la sociedad así constituida en el correspondiente registro, a pesar de lo cual también se juzgan mercantiles las sociedades que, no habiéndose inscrito en el Registro Mercantil, desarrollen una actividad empresarial.

INDICE Portada…………………………………………………………………………..…..…1 Introducción………………………………………………………………….…………2 CODIGO DE COMERCIO: Artículos relacionados con las asociaciones mercantiles (Compañía Anónima y S.R.L.)……………………………………....4.5 Requisitos legales y financieros para la constitución de empresas. Tramites a realizar…………………………………………………………………………...5.6.7.8 Organización de la empresa constructora: Financiamiento, inversiones, promoción. Formación de carpeta necesaria para registrar la empresa en organismos públicos y/o privados. Objetivos de la empresa…………………………………………………………………………8.9.10 Bibliografía…………………………………………………………………………..11 Anexo………………………………………………………………………….……..12 Conclusión……………………………………………………………….…………..13 Bibliografía……………………………………………………………………………14

CODIGO DE COMERCIO: Artículos relacionados con las asociaciones mercantiles (Compañía Anónima y S.R.L.)

Artículo 32° Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual comprenderá, obligatoriamente, el libro Diario, el libro Mayor y el de Inventarios. Podrá llevar, además, todos los libros auxiliares que estimara conveniente para el mayor orden y claridad de sus operaciones. Artículo 33° El libro Diario y el de Inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayan sido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al Juez ordinario de mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a fin de poner en el primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el Sello de la oficina. Artículo 34° En el libro Diario se asentarán, día por día, las operaciones que haga el comerciante, de modo que cada partida exprese claramente quién es el acreedor y quién el deudor, en la negociación a que se refiere, o se resumirán mensualmente, por lo menos, los totales de esas operaciones siempre que, en este caso, se conserven todos los documentos que permitan comprobar tales operaciones, día por día. No obstante, los comerciantes por menor, es decir, los que habitualmente sólo vendan al de tal, directamente al consumidor, cumplirán con la obligación que impone este artículo con sólo asentar diariamente un resumen de las compras y ventas hechas al contado, y detalladamente las que hicieran a crédito, y los pagos y cobros con motivo de éstas. Artículo 35° Todo comerciante, al comenzar su giro y al fin de cada año, hará en el libro de Inventarios una descripción estimatoria de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles y de todos sus créditos, activos y pasivos, vinculados o no a su comercio. El inventario debe cerrarse con el balance y la cuenta de ganancias y pérdidas; ésta debe demostrar con evidencia y verdad los beneficios obtenidos y las pérdidas sufridas. Se hará mención expresa de las fianzas otorgadas, así como de cualesquiera otras obligaciones contraídas bajo condición suspensiva con anotación de la respectiva contrapartida. Los

inventarios serán firmados por todos los interesados en el establecimiento de comercio que se hallen presentes en su formación. Artículo 36° Se prohíbe a los comerciantes: 1º Alterar en los asientos el orden y la fecha de las operaciones descritas. 2º Dejar blancos en el cuerpo de los asientos o a continuación de ellos. 3º Poner asientos al margen y hacer interlineaciones, raspaduras o enmendaduras. 4º Borrar los asientos o partes de ellos. 5º Arrancar hojas, alterar la encuadernación o foliatura y mutilar alguna parte de los libros. Artículo 37° Los errores y omisiones que se cometieron al formar un asiento se salvarán en otro distinto, en la fecha en que se notare la falta. Artículo 38° Los libros llevados con arreglo a los artículos anteriores podrán hacer prueba entre comerciantes por hechos de comercio. Respecto a otra persona que no fuere comerciante, los asientos de los libros sólo harán fe contra su dueño; pero la otra parte no podrá aceptar lo favorable sin admitir también lo adverso que ellos contengan. Artículo 39° Para que los libros auxiliares de contabilidad, llevados por los comerciantes, puedan ser aprovechados en juicio por éstos, han de reunir todos los requisitos que se prescriben con respecto de los libros necesarios. Artículo 42° En el curso de una causa podrá el Juez ordenar, aun de oficio, la presentación de los libros de comercio, sólo para el examen y compulsa de lo que tenga relación con la cuestión que se ventila, lo cual deberá designarse previa y determinadamente; pero no podrá obligarse a un comerciante a trasladar sus libros fuera de su oficina mercantil, pudiendo someterse el examen o compulsa, a un Juez del lugar donde se llevaren los libros. Artículo 44° Los libros y sus comprobantes deben ser conservados durante diez años, a partir del último asiento de cada libro. La correspondencia recibida y las copias de las cartas remitidas, serán clasificadas y conservadas durante diez años.

Requisitos legales y financieros para la constitución de empresas. Tramites a realizar. Artículo 1°.- SOCIOS.- (NOMBRES DE LOS SOCIOS). máximo 25)

(Mínimo

dos

(2)

Artículo 2°.- RAZON SOCIAL............................LTDA. Artículo 3°.- DOMICILIO.-... (Ciudad), Podrá establecer Sucursales, Agencias y dependencias en otros lugares del país o del exterior conforme a la ley.-------------------------------------------------Dirección para notificacio nes judiciales y Administrativas: .....................Correo Electrónico: Artículo 4°.- DURACION.-........ (...) AÑOS, contados a partir de la fecha de la presente escritura. Artículo 5°.- OBJETO SOCIAL.- La sociedad tendrá como objeto principal las siguientes actividades:(Se debe detallar cada una de las actividades o negocios a los que se va a dedicar la sociedad, debe tener en cuenta que para ciertas actividades, se requiere licencia previa, o están reservadas por ley para ciertas entidades, V.gracia. La Vigilancia Privada y la Actividad Bancaria). Artículo 7°.- CESION DE CUOTAS.- Las cuotas o partes de interés social no están representadas por títulos ni son negociables libremente en elmercado y solamente son cedibles mediante el otorgamiento de lacorrespond iente escritura pública de reforma estatutaria.- Toda cesión encuanto a procedimiento y condiciones previas y finales se sujetará en un todo alo previsto y ordenado por los Artículos 363 y siguientes del Código de Comerció. Artículo 9°.- JUNTA DE SOCIOS - REUNIONES.- La Junta de Socios la constituyen todos los socios reunidos personalmente, representados por sus apoderados o mandatarios o en las formas autorizadas por la Ley, con elquórum requerido. Las reuniones de la Junta de Socios serán ordinarias o extraordinarias y se celebrarán en la sede social de la empresa. Las reuniones ordinarias tendrán lugar por lo menos una (1) vez al año en la fecha quedetermine la Junta, por convocatoria del Gerente, hecha mediantecomunica ción por escrito dirigida a cada uno de los socios con quince (15) días hábiles de anticipación y ellas tendrán por objeto examinar la situación de las sociedad, designar los administradores y demás funcionarios de su elección, determinar las directrices económicas de la compañía, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre las distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. Si convocada la junta ésta no se reuniere, o si la convocatoria no se hiciere con la anticipación indicada, entonces se reunirá por derecho propio el primer (1er) día hábil del mes de abril, a las 10 a.m., en las oficinas de la administración del domicilio principal. Las reuniones extraordinarias de la Junta de Socios se efectuarán cuando la Gerencia o un número plural de socios o sus apoderados representantes de la cuarta (1/4) parte o más del capital social lo soliciten. La convocatoria para las reuniones extraordinarias se hará en la misma forma que para las ordinarias, pero con una anticipación de cinco (5) días comunes a menos que en ellas hayan de aprobarse cuentas y balances generales de fin

de ejercicio, pues entonces la convocatoria se hará con la misma anticipación prevista para las ordinarias. Las reuniones de la Junta de Socios serán presididas por el Socio o apoderadodel socio que designe la misma Corporación por mayoría de votos; e lPresidente señalará la persona que debe actuar como Secretario y sunombra miento podrá recaer en cualquier persona sea o no Socio de laCompañía. Habrá quórum en la reunión de la Junta de Socios cuando concurra un número de ellos que representen por lo menos el noventa por ciento (90%) de las cuotas inscritas del capital social. En las reuniones de la Junta de Socios cada uno tendrá tantos votos como cuotas o partes de interés social posea en la Empresa y las decisiones que se adopten para que tengan validez, deberán ser aprobadas por la mayoría de los votos presentes o debidamente representados a menos que se trate de adoptar resoluciones referentes a la disolución y liquidación de la Compañía, reforma de sus estatutos o la aprobación de un traspaso de cuotas o partes de interés social a terceros, casos en los cuales dichas decisiones deberán será probadas por un número de votos que representen por lo menos el setenta por ciento (70%) en que se encuentra divido el capital social. De todas las reuniones y decisiones de la Junta de Socios se dejará constancia en un Libro de Actas debidamente rubricado y foliado y cada acta será firmadapor todos los concurrentes, el presidente y el secretario de la respectiva reunión. Cualquier resolución de la Junta de socios que entrañe una modificación a los estatutos sociales, cesión, disolución o liquidación será elevada a Escritura Pública. Artículo 10°.REUNIONES NO PRESENCIALES.Cada vez que los Socios puedan deliberar por cualesquiera medios detelecomunicaciones, las decisiones tomadas en las conferencias serán válidas y jurídicamente vinculantes. Las deliberaciones por telecomunicaciones deberán ser siempre sucesivas osimultáneas. La evidencia de la telecomunicación y de las resolucionespertine ntes, como una confirmación por fax o correo electrónico, se incluirá en las actas respectivas, de conformidad con los requisitos establecidos en estos Estatutos. Artículo 11°..- ATRIBUCIONES.- Son atribuciones de la Junta de Socios: 1.- Autorizar la reforma de los estatutos sociales. 2.- Nombrar al Gerente y su suplente. (o los cargos que se creen)3.- Reunirse ordinaria o extraordinariamente cuando lo estime conveniente onecesario.4.- Aprobar o improbar los balances.5.Decretar la venta total de los bienes sociales.6.- Decretar y distribuir las utilidades.7.- Crear agencias, sucursales o filiales.8.- Crear y proveer los cargos que la ley o los estatutos señalen. 9.- Acordar las reservas para la

protección del capital social.10.Decretar la disolución y liquidación de la Sociedad; 11.- Aprobar la cesión de cuotas o partes de interés social. 12. Las demás funciones que le corresponden como suprema autoridaddirectiv a y administrativa de la Sociedad.

Artículo 17°..- MUERTE O INCAPACIDAD DE UN SOCIO.- Encaso de muerte o incapacidad legalmente decretada de uno de los Socios, la sociedad continuará con sus herederos, quienes nombrarán una sola persona para que los represente.- Dentro de los treinta (30) días siguientes a la muertedel Socio, los demás tendrán derecho a adquirir las cuotas o aporte delf allecido, por el valor comercial en la fecha de su muerte. Si no se llegare a ningún acuerdo respecto del precio y condiciones de pago, serán determinados por peritos designados por las partes. Si fueren varios los Socios que desearen adquirir, las cuotas se distribuirán entre ellos a prorrata de las que posean en la Sociedad.

Organización de la empresa constructora: Financiamiento, inversiones, promoción. Formación de carpeta necesaria para registrar la empresa en organismos públicos y/o privados. Objetivos de la empresa. DOCUMENTOS DE LA ORGANIZACIÓN Artículo 2º(Decreto 1417).- Forman el contrato los siguientes documentos: 1. El documento principal, que contendrá la identificación de los contratantes; el objeto del contrato; su monto en bolívares; los plazos de inicio y terminación de la obra a ejecutar, contados a partir de la fecha de la firma del contrato por parte del Ente Contratante; el monto del anticipo si lo hubiere; el plazo de ejecución; las sanciones aplicables; las garantías convenidas; el lapso de conservación o de garantía y cualesquiera otras menciones que el Ente Contratante considere conveniente. También se señalarán, si las hubiere, las demás condiciones particulares del contrato y las disposiciones e este Decreto que no sean aplicables al contrato de que se trate, si fuera el caso. 2. Los documentos técnicos: a) Los planos y demás documentos que entregue el Ente Contratante al Contratista, los cuales determinarán y especificarán la obra a ejecutar. b) Las normas técnicas de construcción, las especificaciones generales y particulares que deberán ser aplicadas en la ejecución de la obra contratada y en su conservación y mantenimiento durante el lapso de garantía.

c) La memoria descriptiva que suministre el Contratista y apruebe el Ente Contratante. d) La lista de equipos e instalaciones que serán incorporados como parte de la obra, los cuales deberán quedar garantizados por los proveedores después de concluida la misma. 3. El presupuesto original de la obra a ejecutar, que deberá comprender la descripción de las partidas para la ejecución de la obra objeto del contrato y para la conservación y mantenimiento de la obra durante el lapso de ejecución y el de garantía, las unidades de medidas, las cantidades de obra por partidas, los precios unitarios y los precios totales. 4. Los documentos de constitución de las garantías exigidas al Contratista. 5. El programa de trabajo de la obra, en el cual se indicará por un diagrama de barras, mediante el método de la ruta crítica o por cualquier otro método exigido por el Ente Contratante, la ejecución en el tiempo de los diferentes capítulos o partidas de que consta el presupuesto de la obra y el monto total en bolívares a ejecutar por mes. 6. El cronograma de pago suscrito por las partes en el que se indicará el o cada uno de los ejercicios presupuestarios en que se pagará la obra, con señalamiento de las cantidades asignadas a ese fin en cada uno de los diferentes ejercicios anuales. 7. Los análisis de los precios unitarios de las partidas del presupuesto original y cualquier otra información que se considere procedente en razón de la complejidad de la obra. Las fórmulas poli nómicas aplicables, de preverlo el contrato, para el cálculo de eventuales variaciones en el precio de la parte de la obra objeto del contrato. 8. En caso de divergencias entre lo señalado en los análisis de precios unitarios y lo indicado en las especificaciones generales o particulares que rijan para una determinada partida, privarán estas últimas. 9. Las presentes Condiciones Generales de Contratación para la Ejecución de Obras. Memoria

general

de

la

organización:

• Descripción del Proyecto: es la memoria de la organización de la obra, es decir, de cómo vamos a hacer la obra y como la vamos a ordenar y a distribuir. • Datos de la parcela: Si posee o no medianerías, si por ella pasan tendidos eléctricos, etc. • Características y tipología de viviendas (edificación). • Empresa: Información de que medios auxiliares dispongo o que maquinaria tengo que alquilar, personal de que dispongo (mano de obra), etc. • Desarrollo del proyecto y fases de ejecución: Indicar si vamos a fraccionar el proyecto, en cuantas partes o fases y porque lo vamos a hacer, indicar por donde vamos a empezar y porque, etc. • Proveedores: lista de proveedores de que disponemos con sus características

de capacidad de producción, almacenamiento, distribución, etc. • Comunicaciones y servicios: Vías de acceso a la obra, recorridos alternativos para la maquinaria pesada, etc.; situación de hospitales, estaciones de servicios, talleres, etc. Documentación

grafica

a) Organización general en planta: Se representa en un plano general las zonas para acopios, donde se coloca la maquinaria (Grúa, hormigonera, etc.). b) Acopios c) Emplazamiento de maquinaria d) Acceso y circulaciones: Hay que elegir el sitio más conveniente para colocar el acceso a la obra. Hay que ver la circulación por el interior de la obra de camiones, peatones, etc. e) Vallado: Tiene que tener una altura de unos 2 m y una separación máxima de la línea de fachada de 2 m, debe de quedar entre el bordillo de la acera y el vallado un paso de 60 cm como mínimo, en lugares de poca visibilidad se debe de marcar con señales luminosas. f) Señalización: Donde y que señalizaciones vamos a poner en la obra (Prohibido el paso a toda persona ajena a la obra, uso obligatorio de casco, señalización de huecos, de lugares de arrojo de escombros, etc.). g) Instalaciones: Distribución de las instalaciones por la obra (hablamos de instalaciones de obra), es decir, si van aéreas o enterradas, donde están los cuadros, contadores, acometidas, etc. 1)Agua 2)Electricidad 3)Telefonía 4)Saneamiento 5)Etc. h) Servicios de obra i)Oficinas j)Almacén k) Etc.

CONCLUSION Como se pudo observar en este trabajo, la contabilidad es parte fundamental del buen funcionamiento de las empresas. En las empresas del ramo de la construcción el manejo de la contabilidad es determinante para la toma de decisiones y nos proporciona información importante, la cual será registrada en las cuentas especiales para este tipo de empresas. Como se pudo observar en este trabajo, la contabilidad en las empresas de la construcción necesita ser llevada por un contador con experiencia en este ramo y que maneje las cuentas adecuadas para los registros contables, ya que esto evitara errores contables y posibles multas ante Hacienda. Si en una empresa constructora los registros contables son llevados adecuadamente, será gran ayuda para la toma de decisiones futuras de la empresa, ya que se tendrá conocimiento exacto de la situación financiera. Es evidente que la contabilidad que se debe llevar a cabo en las empresas del giro de la construcción contiene particularidades que pueden generar con muchos de los casos errores en el manejo de la contabilidad, por lo que en la implementación del ejemplo práctico expuesto en este trabajo se trato de abarcar muchos de los casos comúnmente vistos en empresas de este ramo, por lo que consideramos este trabajo de disertación una herramienta básica tanto para el contador de la empresa constructora como para el Ingeniero Civil que debe estar al tanto de los movimientos contables en su empresa.

BIBLIOGRAFIA https://www.google.co.ve/search? q=organigrama+de+una+empresa+constructora+y+sus+funciones

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