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May 4, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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República del Perú

Ministerio de Energía y Minas

Dirección General de Electricidad

  ÓDIGO NA IONAL D E  ELE TRI IDAD

Utilización

 

2006

 

CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN

Índi Ín dice ce - Pá Pá ina i

CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN

ÍNDICE

SECCI ÓN

TITU LO

010

INTRODUCCIÓN

020

PRESCRIPCIONES GENERALES

030

CONDUCTORES

040

CONEXIONES Y EQUIPO DE DE CO CONEXIÓN

050

CARGAS DE DE CI CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA

060

PUEST ESTA A TIERRA Y ENLACE EQ EQUIP IPO OTENCIA IAL L

070

MÉTODOS DE ALAMBRADO

080

PROTECCIÓN Y CONTROL

090

CIRCUITOS CLASE 1 Y CLASE 2

100

EQUIPOS E INSTALACIONES ES ESPECIALES

110

LUGARES PELIGROSOS

120

140

LUGARES DE MANIPULACIÓN DE COMBUSTIBLES LUGARES CON LÍQUIDOS O VAPORES CORROSIVOS O MUY HÚMEDOS HOSPITALES, CLÍNICAS Y SI SIM MILARES

150

INSTALACIÓN IÓN DE EQUIP IPO O ELÉCTRICO

160

MOTORES Y GENERADORES

170

INSTA STALACIÓN DE EQ EQUIPOS POS DE DE AL ALUMBRA BRADO

180

AVISOS LU LUMINOSOS

190

INSTALACIONES DE ALTA TE TENSIÓN

200

 ASCENSORES, ESCALERAS ELÉCTRICAS Y EQUIPOS SIMILARES

210

GRÚAS Y POLIPASTOS ELÉCTRICOS

220 230

SOLDADORAS ELÉCTRICAS INSTALACIONES EN TEATROS

130

2006

 

24

SISTEMAS DE EMERGENCIA, EQUIPOS

0

INDIVIDUALES, SEÑALES DE SALIDA Y INDIVIDUALES, SISTEMAS DE SEGURIDAD PERIMETRAL – CERCOS ELÉCTRICOS

25 0

ESTUDIOS DE CINE, SALAS DE PROYECCIÓN DE PELÍCULAS, INTERCAMBIO DE PELÍCULAS – INCLUYENDO DEPÓSITOS DE PELÍCULAS Y LOCALES DE ALMACENAMIENTO DE PLÁSTICOS DE PIROXILINA Y PELÍCULAS DE NITRATO DE CELULOSA PARA RAYOS X Y PELÍCULAS FOTOGRÁFICAS

26 0 27 0 28 0 29 0 30 0 31 0 32 0 33 0 34 0 35 0 36 0 37 0

INSTALACIONES DE DIAGNÓSTICO INSTALACIONES DIAGNÓSTICO POR IMÁGENES SISTEMAS DE CALEFACCIÓN PARQUES DE DIVERSIONES Y SIMILARES PISCINAS, BAÑERAS Y FUENTES INSTALACIONES PREFABRICADAS  AEROPUERTOS INSTALACIONES TEMPORALES EMBARCADEROS SISTEMAS ELÉCTRICOS DE COMUNICACIONES SISTEMAS SOLARES FOTOVOLTAICOS SISTEMAS DE TELEVISIÓN POR CABLE E INSTALACIONES DE RADIO Y TELEVISIÓN. SISTEMAS DE ALARMA CONTRA INCENDIO Y BOMBAS CONTRA INCENDIO

38 0 39 0 40 0

INSTALACIONES INSTALACION ES EN TÚNELES

41 0 42 0

PROTECCIÓN CATÓDICA DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA EN LAZO DISTRIBUCIÓN CERRADO Y LAZO PRE CERRADO

43

INTERCONEXIÓN DE FUENTES DE

0 44 0

PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA SISTEMA PARA CARGAR VEHÍCULOS ELÉCTRICOS

CABLES DE FIBRA ÓPTICA PARQUES PARA CASAS MÓVILES Y VEHÍCULOS RECREACIONALES

 

 

TABLAS

DIAGRAMAS ANEXOS

 Anexo A  Anexo A-1

Unidades de Medida

 Anexo A-2

Prevención de los Peligros de la

Electricidad Anexo A-3

Tipos de Esquemas de

Pues Pu esta ta a Tie Tierr rra a Ane Anexo xo B

Not otas as para ara las las Reg Regla lass del del

Código  Anexo C

Protección Ambiental

 Anexo D

Tablas de Información

General An Anexo E

Ambientes Li Libres de de

Polvo  Anexo F

Prácticas de Instalaciones Instalaciones Recomendadas para Equipo Eléctrico y Alambrado Intrínsecamente Seguro y Anti- Ignición

 Anexo G  Anexo H

Conexiones Eléctricas en Baja Tensión Instrumentos Detectores Detectores de Gases Combustibles para Uso en Lugares Peligrosos Clase I

 Anexo I

No está considerado en esta edición

 Anexo J

Reglas y Notas para Instalaciones que Utilizan el Sistema de División para la Clasificación de Lugares Clase I

 

CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 010: INTRODUCCIÓN Secció Sec ción n 010 010 - Pá Pá . 5 de 19

01 0100-01 0100 (1)) (1

In Insp spec ecci cion ones es IIni nici cial ales es y P Per erió iódi dica cass de llas as Ins Insta tala laci cion ones es E Elé léct ctri rica cass La Lass in inst stal alac acio ione ness el eléc éctr tric icas as e en n ed edifific icac acio ione ness pa para ra vviv ivie iend nda a un unififam amililia iare ress o multifamiliares y los equipos eléctricos de servicios generales, tales como ascensores, electrobombas, iluminación de pasillos, corredores y escaleras, iluminación de emergencia y otros, deben ser inspeccionadas cada cinco (05) años, por la respectiva Autoridad competente

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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 020: 020: PRESCRIPCIONE PRESCRIPCIONES S GENERALES Secc Se cció ión n 020 020 - Pá . 6 de 12

SECCIÓN 020 PRESCRIPCIONES PRESCRIPCIO NES GENERALES Administrativas Generalidades Técnicas 020-100

Marcado d dee E Eq quipos

(1)) (1

02 0200-10 1066

Ca Cada da pi piez eza a d del el eq equi uipo po el eléc éctr tric ico o d deb ebe e llle leva varr e ell m mar arca cado do que que ssea ea necesario, para identificar el equipo y asegurar que sea conveniente para la instalación particular: (a (a))

No Nomb mbre re de dell fabr fabrica icante nte,, marc marca a de fáb fábric rica a y otro sí símbo mbolo lo re recon conoci ocido do de identificaci identificación; ón;

(b (b))

Núm úmer ero od de e ccat atál álog ogo o o tipo tipo;;

(c)

Tensión;

(d (d))

Cor orrrie ien nte no nomi min nal;

(e)

Poten tencia n no ominal;

(f)

Na Natur turale aleza za de la cor corrie riente nte al alter terna na o ccont ontinu inua, a, o a amba mbas; s;

(g)

Cantidad d de e ffa ases;

(h)

Frecuencia en Hz;

(i (i))

Veloc ociida dad d nomi min nal en RPM;

(j (j))

Des esiign gna aci ció ón d de e te termi min nale les; s;

(k)) (k

Ré Régi gime men n co cont ntin inuo uo o in inte term rmititen ente te;;

(l)

Aprobación;

(m) Otra (m) Otras, s, se segú gún n ssea ea ne nece cesa sari rio. o. Ten ensi sión ón Co Con ntra tra T Tie ierr rraa een n Un Unid idad ades es de Viv ivie ien nda Los circuitos derivados, en unidades de vivienda, no deben tener una tensión contra tierra que exceda los 250 V.

02 0200-11 1100

Mater ateria iall p par araa A Anc ncla laje jess een nM Mam ampo post ster ería ía o Con Concr cret eto o No se permite el empleo de madera u otro material similar como anclaje anclaje en la mampostería o concreto, para el apoyo de cualquier equipo eléctrico.

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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 020: 020: PRESCRIPCIONE PRESCRIPCIONES S GENERALES Secc Se cció ión n 020 020 - Pá . 7 de 12

02 0200-11 1122

Prot Protec ecci ción ón Co Cont ntra ra la Co Corr rros osió ión nd dee M Mat ater eria iale less en en Tra Traba bajo joss de de Alambrado

(1)) (1

Lo Loss ma mate teri rial ales es util utiliz izad ados os en si sist stem emas as de alam alambr brad ado, o, tale taless como como canalizaciones, canalizaci ones, cubiertas o blind blindaje aje de cables, cajas y accesorios, deben ser adecuadamente protegidos contra los efectos corrosivos del medio en que son instalados, o deben ser de materiales resistentes a tales efectos.

(2 (2))

Se d deb ebe ee evi vita tarr en lo po posi sibl ble, e, e ell e emp mple leo o de me meta tale less di dife fere rent ntes es cuan cuando do exista la posibilidad de corrosión galvánica.

020-122

Empleo de Aislamiento Térmico

(1 (1))

Cu Cuan ando do e ell es espa paci cio o va vací cío o en e ell en entr tram amad ado o es estr truc uctu tura rall de u un n ed edifific icio io,, ta tall como viguetas, montantes, travesaños, etc., deba ser llenado con material aislante térmico; con relación a la instalación del alambrado eléctrico, según sea el caso, se deben aplicar las siguientes restricciones: (a)

Se de debe be po pone nerr esp especi ecial al cuida cuidado do en n no o exc excede ederr las te tempe mperat ratura urass en el aislamiento eléctrico de los conductores por contacto mutuo entre ellos, o en no reducir la disipación del calor a través del aislamiento aislamie nto térmico; y

(b)

Si los los e espac spacios ios vacío vacíoss so son n re rellen llenados ados con mate material rial suel suelto to n no o corrosivo, no combustible y no previsto conductivo, puedepero utilizar  cualquier método de alambrado en elseCódigo, se debe cuidar que no haya esfuerzos sobre los conductores, por  peso o presión del material de relleno; y

(c)

Si se e empl mplea ea ma mater teria iall ais aisla lante nte ttérm érmico ico e en n for forma ma de p pla lanch nchas as rígidas, sujeto en un sitio de modo que no sea posible que ejerza presión sobre los conductores que se instalen después, no se requiere precauciones precauciones especiale especiales; s; y

(d)

Si sse e em emple plea a ai aisla slante nte tér térmic mico o fa fabr brica icado do ccon on m meta etall o con superficies metálicas, los cables con cubierta no metálica pueden instalarse en contacto con el aislamiento térmico; y

(e)

No de debe ben n inst instal alars arse e cabl cables es co con n ais aisla lante nte mi mine neral ral o co con n cub cubie ierta rta de aluminio, junto con material de aislamiento térmico que pueda tener efectos corrosivos sobre dichos cables.

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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 040: CONEXIONES Y EQUIPO DE CONEXIÓN CONEXIÓN Secció Sec ción n 040 040 – Pá . 8 de 11

(2 (2))

020-124

De Debe be evi evita tars rse e qu que e el m mat ater eria iall de a ais isla lami mien ento to ttér érmi mico co sse e in intr trod oduz uzca ca e en n las cajas de salida, de paso o en cualquier otra cubierta del equipo eléctrico. Propagación del Fuego

(1 (1))

La iin nstal stala aci ció ón el elé éctri trica d de ebe sse er he hech cha a de mo mod do qu que e se re red duzca zca al mínimo la propagación del fuego a través de ductos de ventilación o de aire acondicionado, montantes verticales, pisos o de barreras previstas para este fin, tales como paredes, tabiques antifuego y similares.

(2)) (2

Cu Cuan ando do se atra atravi vies ese e ta tabi biqu ques es an antitifu fueg ego, o, cual cualqu quie ierr ab aber ertu tura ra alre alrede dedo dorr de las canalizaciones o cables eléctricos debe ser cerrada o sellada

apropiadamente. 02 0200-13 1322

Prot Protec ecci ción ón co con n In Inte terr rrup upto tore ress D Dif ifer eren enci cial ales es (ID (ID)) o In Inte terr rrup upto tore ress de de Falla a Tierra (GFCI) Toda instalación en la que se prevea o exista conectado equipo de utilización, debe contar con interruptor diferencial de no más de 30 mA de umbral de operación de corriente residual, de conformidad con la Regla 150-400; pero éste no debe ser usado como sustituto del sistema de puesta a tierra. Se exceptúa exceptúa de este requerimi requerimiento ento a las instalaciones comprendidas en la Regla 60-408 (4).

02 0200-13 1344

Us Uso o del del IInt nter erru rupt ptor ores es D Dif ifer eren enci cial ales es (I (ID) D) o IInt nter erru rupt ptor ores es de de Fa Fall llaa a Tierra (GFCI) Los interruptores interruptores diferenciales (ID) o interruptores interruptores de falla a tierra (GFCI) a ser usados, deben cumplir con las Normas Técnicas Peruanas correspondientes.

Tensiones y Frecuencia 02 0200-50 5000

Alim Alimen enta taci ción ón De Desd sdee R Red edes es de Se Serv rvic icio io Pú Públ blic ico o de de Ele Elect ctri rici cida dad d

(1 (1))

De ac acue uerd rdo oena las llo o redes iind ndic icad ado en el Có Códi digo go de Na Naci cion onal altensión de El Elec ectr icid idad ad Suministro, deo servicio público baja setric podrá continuar utilizando los niveles de tensión existentes y las tensiones recomendadas de 380/220 V, trifásico de 4 hilos, con neutro efectivamente puesto a tierra.

(2 (2))

La a alilime ment ntac ació ión n en b baj aja a te tens nsió ión n de desd sde e la lass re rede dess de sser ervi vici cio o pú públ blic ico o de electricidad a instalaciones instalaciones de carácter publico o privado, para cualquier  tipo de uso, ya sea residencial, comercial, industrial u otros, debe ser  trifásico de 380/220 V - 4 hilos, monofásico de 220 V - 2 hilos o trifásico de 220 V- 3 hilos (para los sistemas aislados de 220 V).

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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 040: CONEXIONES Y EQUIPO DE CONEXIÓN CONEXIÓN

(3 (3))

Secció Sec ción n 040 040 – Pá . 9 de 11 No o obs bsta tant nte e la lass Su Subr breg egla lass (1 (1)) y (2 (2), ), p par ara a us usos os n no o re resi side denc ncia iale less se permite cualquier otro tipo de sistema en las instalaciones privadas, preferentemente 480/277 V, trifásico, 4 hilos con neutro a tierra, previo permiso especial emitido por Autoridad competente, según lo requerido por la Regla 020-030.

SECCIÓN 030 CONDUCTORES 030-000

Alcance

Esta Sección se aplica a conductores para alumbrado, para equipos electrodomésticos y para circuitos de suministro de energía, y no a otro tipo de conductores, a menos que sea específicamente referido en alguna otra Sección del Código. 030-002

Sección Mínima de Conductores Todos los conductores deben ser de cobre y no pueden tener una sección menor que 2,5 mm2  para los circuitos derivados de fuerza y alumbrado y 1,5 mm2 para los circuitos de control de alumbrado; con excepción de cordones flexibles, alambres para equipos; y alambres o cables para circuitos de control.

030-018

Conductores para Equipos

(1 (1))

Lo Loss ccon ondu duct ctor ores es pa para ra equi equipo poss d deb eben en ser ser d de e a alg lgun uno o d de e llos os titipo poss especificados en la Tabla 11, para cada condición específica de uso.

(2 (2))

Lo Loss ccon ondu duct ctor ores es para para eq equi uipo poss u utitililiza zado doss p par ara a e ell a ala lamb mbra rado do de 2 artefactos deben tener una sección no menor que 0,75 mm .

(3 (3))

Lo Loss co cond nduc ucto tore ress pa para ra e equ quip ipos os u utitililiza zado doss pa para ra e ell al alam ambr brad ado o de á árb rbol oles es 2 de Navidad, deben tener una sección no menor que 0,50 mm .

(4)) (4

Lo Loss ccon ondu duct ctor ores es pa para ra eq equi uipo pos, s, inc inclu luye yend ndo o el alam alambr brad ado o int inter erno no de ésto éstoss para otras aplicaciones a lassección mencionadas en que las Subreglas (3) anteriores, deben tener una no menor 0,25 mm 2,(2)yay sea que su tensión nominal sea de 300 V o de 600 V.

(5 (5))

La má máxi xima ma corr corrie ient nte e qu que e un cond conduc ucto torr pa para ra equi equipo poss de un una a determinada sección puede conducir, está especificada en la Tabla 12.

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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 040: CONEXIONES Y EQUIPO DE CONEXIÓN CONEXIÓN Secció Sec ción n 040 040 – Pá . 10 de 11

030-036 (1 (1))

Color de de lo los C Co onductores Lo Loss ccon ondu duct ctor ores es co con n a ais isla lami mien ento to p par ara a ttie ierr rra a o p par ara a e enl nlac aces es equipotenciales a tierra deben: (a)

Tener Tener u un n aca acaba bado do ex exter terno no co conti ntinuo nuo,, ya se sea a ver verde de o vverd erde e con u una na o más franjas amarillas; o

(b (b))

En ccas aso o de ssec ecci cion ones es m may ayor ores es q que ue 3 35 5 mm2, tener etiquetado o marcado de manera permanente con color verde o verde con una o másdonde franjaselamarillas el accesible. extremo de cada tramo, y en cada punto conductoren sea

Circuitos monofásicos en corriente alterna o continua (2 conductores): - 1 co condu nducto ctorr ne negro gro y 1 ccon onduc ductor tor roj rojo; o; o - 1 con conducto ductorr neg negro ro y 1 b blanc lanco o (o g gris ris na natural tural o bl blanco anco ccon on fra franjas njas coloreadas, coloreada s, en caso de requerirse conductores identificados identificados); ); Circuitos monofásicos en corriente alterna o continua (3 conductores): - 1 conductor negro, - 1 conductor rojo, - 1 conductor blanco (o gris natural o blanco con franjas coloreadas); Circuitos trifásicos: - 1 conductor rojo (para fase A o fase R) - 1 conductor negro (para fase B o fase S) - 1 conductor azul (para fase C o fase T) - 1 conductor blanco o gris natural (cuando se requiera conductor  neutro)

Generalidades 04 0400-10 1000

Ve Veri rifi fica caci ción ón,, Ce Cert rtif ific icac ació ión n y Ma Mant nten enim imie ient nto o de las las Ins Insta tala laci cion ones es Eléctricas Para la verificación inicial, certificación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas se deberán cumplir la Normas Técnicas Peruanas correspondientes, tales como la NTP 370.304 “Instalaciones eléctricas en edificios. Verificación inicial previa a la puesta en servicio” y la NTP 370.310 “Certificación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas en viviendas unifamiliares con una potencia contratada hasta 3 kW”.

040-102 (1)) (1

Cantidad de Conexiones Pa Para ra el su sumi mini nist stro ro de ener energí gía ae elé léct ctri rica ca a u un np pre redi dio o o una una e edi dififica caci ción ón,, no debe instalarse dos o más conexiones, a tensión y características iguales; excepto que las conexiones adicionales son permitidas en los siguientes casos:

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CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 040: CONEXIONES Y EQUIPO DE CONEXIÓN CONEXIÓN

(a)) (a

Secció Sec ción n 040 040 – Pá . 11 de 11 Bo Bomb mbas as co cont ntra ra in ince cend ndio io y o otr tros os si sist stem emas as de em emer erge genc ncia ia;; o

(b)

Est Establ ableci ecimie miento ntoss indu industr stria iales les y otr otros os de est estruc ructur turas as com comple pleja jas; s; o

(c)) (c

Lo Loca cale less in inde depe pend ndie ient ntes es y sepa separa rado dos, s, si siem empr pre e que: que: (i)

No e esstén e en nn niiveles ssu uperpuestos; y

(i (ii) i)

Te Teng ngan an in ingr gres esos os sepa separa rado doss ccon on acce acceso so dire direct cto od des esde de el nivel del suelo.

(2 (2))

Cu Cuan ando do sse e in inst stal alan an d dos os o m más ás ccon onex exio ione ness pa para ra u una na m mis isma ma e edi dififica caci ción ón,, independientemente de sus tensiones y características, todas las cajas de conexión, deberán agruparse en lo posible.

(3 (3))

Cuando d do os o má máss ca cajjas d de e co con nexi xió ón no p pu ued eda an ag agru rup parse arse cco omo sse e dispone en la Subregla (2), por cada caja se dispondrá (sobre ella o en

su cercanía) un esquema de localización de todas las otras cajas de conexión que suministran energía a la edificación. 04 0400-10 1066

Su Sumi mini nist stro ro de En Ener ergí gíaa De Desd sdee M Más ás de un Si Sist stem emaa El Eléc éctr tric ico o Una instalación o parte de la misma, que es alimentada desde dos o más sistemas eléctricos diferentes, deberá tener un equipo de control, diseñado o dispuesto de tal forma que sea imposible efectuar una conexión, accidental o no, a uno de los sistemas de alimentación antes de haberse desconectado la alimentación desde el otro sistema.

04 0400-11 1122

So Sopo port rtee p par araa la la F Fij ijac ació ión nd dee C Con ondu duct ctor ores es Aére Aéreos os de Co Cone nexi xion ones es

(1)) (1

To Todo do co cond nduc ucto torr a aér éreo eo de ac acom omet etid ida ad deb ebe e te tene nerr u un nd dis ispo posi sititivo vo d de e fij fijac ació ión n adecuado.

(2 (2))

El p pun unto to d de e fifija jaci ción ón de de co cond nduc ucto tore ress de a aco come metitida da n no od deb ebe e es esta tarr a má máss de 9 m de altura del piso terminado o de la vereda, y debe estar ubicado de tal forma que la distancia de seguridad de los conductores de acometida al piso terminado no sea menor que las siguientes: (a)) (a

En pi pist stas as,, a ave veni nida das, s, ca calllles es y vvía íass tra trans nsititab able les: s: 5,5 5,5 m

(b)) (b

En ár área eass d de e ing ingre reso so a ga gara raje jess res resid iden enci cial ales es:: 4,0 4,0 m

(c)) (c

En ár área eass d de e iing ngre reso so de vehí vehícu culo loss a pred predio ioss ccom omer erci cial ales es e industriales: industrial es: 5,0 m

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(d)) (d

En tter erre reno noss o ár área eass no norm rmal alme ment nte e ac acce cesi sibl bles es ssól ólo o a pe peat aton ones es:: 3,5 m

(3)) (3

Cu Cuan ando do lo loss ccon ondu duct ctor ores es de acom acomet etid ida ae est stán án expu expues esto toss y son son u ubi bica cado doss a una altura no mayor que la de las ventanas, puertas y porches, se debe mantener a una separación de seguridad no menor que 1,0 m de los mismos.

(4 (4))

Cu Cuan ando do es us usad ado ou un nm más ástitill de ac acom omet etid ida, a, é ést ste e sser erá ám met etál álic ico ood de eu un n material robusto apropiado.

(5 (5))

Pa Para ra llo o in indi dica cado do e en n la S Sub ubre regl gla a an ante teri rior or ((4) 4),, se p pue uede den n ut utililiz izar ar ttub ubo o de fierro galvanizado en caliente con diámetro exterior mínimo de 38 mm, o

también podrá ser madera tratada con dimensiones mínimas de 50 mm x 70 mm, con tal que se cumpla con todos los otros requisitos para postes de fijación de conexiones. (6)) (6

Se util utiliz izar arán án pe pern rnos os pa para ra aseg asegur urar ar el sopo soporte rte en el punt punto od de e fifija jaci ción ón,, y ssii son fijados a elementos estructurales de madera, éstos deben tener al menos 38 mm en cualquier dimensión.

(7)) (7

El so sopo porte rte de dell ccon ondu duct ctor or de acom acomet etid ida an no od deb ebe e sser er fija fijado do en el tech techo od de e una estructura, salvo en la forma que se indica en la Subregla (8).

(8 (8))

No ob obst sta ante nte lo in indi diccad ado o en la Su Sub breg regla (7 (7)), se pu pue ede ffijija ar el so sop porte superior del mástil acometida y el perno de argolla el cual se sujeta el alambre dede anclaje, a un elemento estructural delen tejado, como viguetas, puntales u otro elemento equivalen equivalente. te.

04 0400-11 1144 (1 (1))

Lleg Llegad adaa de llas as C Con onex exio ione ness Aé Aére reas as a llas as E Edi difi fica caci cion ones es El e exxtrem tremo o de lla a ca cana naliliza zaci ción ón p por or d don onde de iing ngre resa san n lo loss co cond nduc ucto tore ress de acometida, debe estar equipado con una cabeza terminal u otro elemento equivalente, que sea hermético a la lluvia, salvo las excepcioness estipuladas en la Subreglas (2) y (3). excepcione

(2 (2))

Cu Cuan ando do sse e us usan an ccon ondu duct ctor ores es d de e ac acom omet etid ida a co cont ntin inuo uoss de desd sde e la re red d de alimentación hasta el equipo de conexión, la cabeza terminal de acometida establecida en la Subregla (1) puede ser omitida.

(3)

Cu Cuand ando o se usa usan n ca cable bless de unlao Subregla o var vario ioss co cond nduct uctore ores, s,omitirse, lla a ccabe abeza za tterm ermin inal al de acometida requerida enuno (1) puede siempre y cuando se cumpla que: (a)) (a

El ccab able le ssea ea rrem emat atad ado o co con n un term termin inal al a ade decu cuad ado o pa para ra ttra raba baja jarr a la intemperie; o

(b)) (b

El extr extrem emo o d del el ca cabl ble e se sea a se sellllad ado o ccon on ci cint nta a tter ermo mopl plás ástitica ca autoselladora resistente a la intemperie, o con un tubo termo restringente; restringen te; y

(c) (c)

Ta Tant nto o llos os cabl cables es un unip ipol olar ares es,, as asíí ccom omo o llos os cabl cables es multiconductores, multicondu ctores, deben ser curvados tanto como sea necesario,

 

a fin de que los conductores que emerjan del punto sellado, apunten hacia abajo; y (d (d))

Lo Loss cab cable less deb deben en se ma mant nten enga gan n ase asegu gura rado doss en su ub ubic icac ació ión, n, mediante grapas, herrajes o terminal de cable.

(4)) (4

Lo Loss ccon ondu duct ctor ores es de di dist stin inta ta po pola lari rida dad dd deb eben en sali salirr d de e lla a ccab abez eza a tter ermi mina nall a través de orificios con boquill boquilla a y mantenerse separa separados dos entre sí.

(5 )

Esta subregla queda en blanco.

(6 (6))

Los Los co cond nduc ucto tore ress de llas as ccon onex exio ione ness aé aére reas as d deb eben en d dis ispo pone ners rse e de fo form rma a que se prevenga el ingreso de humedad o agua en la canalización, los

cables o los equipos de conexión. Equipos de Control y Protección 04 0400-20 2044

Cu Cubi bier erta tass pa para ra Fu Fusi sibl bles es en las las Ca Caja jass de Co Cone nexi xión ón o de To Toma ma Si la caja de conexión o de toma tiene incorporado uno o más portafusibles, cuyo acceso puede hacerse sin abrir la tapa, los portafusibles portafusibl es deben estar completa y adecuadamente cubiertos.

04 0400-20 2066 (1 (1))

(2)) (2

Ub Ubic icac ació ión nd del el Eq Equ uipo ipo d dee Co Cone nexi xió ón ((ve verr Ane Anexo xo B) Las Las ccaj ajas as de co cone nexi xión ón u o otr tros os eq equi uipo poss d de e ccon onex exió ión nd deb eben en:: (a)) (a

Se Serr iins nsta tala lado doss e en n u un n llug ugar ar adec adecua uado do que que ccum umpl pla a ccon on los los requerimientos del concesionario o entidad suministradora de la energía; y

(b)

Ser fá fácilmente a acccesibles; y

(c)) (c

No se serr ub ubic icad ados os e en n llug ugar ares es don donde de la ttem empe pera ratu tura ra norm normal alme ment nte e exceda de 30 °C o en ambientes peligrosos, ni otra ubicación similar indeseable; y

(d (d))

(Es (Este pár árra rafo fo qu que eda en blanco nco).

(e (e))

Ub Ubic icar arse se tan tan ccer erca ca co como mo sea sea p pos osib ible le al punt punto o d don onde de los los conductores de acometida entran a la edificación.

No ob obst stan ante te llo o ind indic icad ado o en el pá párr rraf afo o (1 (1)( )(b) b),, cua cuand ndo o ex exis ista ta lla ap pos osib ibililid idad ad de que personas no autorizadas operen los equipos de conexión, los medios de desconexión deben ser inaccesibles mediante: (a (a))

Un d diispo posi siti tivo vo in inte teg gra rall de de b blloqu que eo; o

(b)) (b

Un Una a ccub ubie iert rta a e ext xter erio iorr d de e b blo loqu queo eo que que ssea ea remo removi vibl ble e ((no no

 

soldada); o (c)) (c 0400-2208 (1)) (1

La ub ubic icac ació ión n de la ccaj aja a de cone conexi xión ón d den entr tro od de e un una a co cons nstr truc ucci ción ón separada, una habitación o cubierta.

Ubicac aciión d dee lo los C Co onductores d dee A Aco come mettida La Lass ccan anal aliz izac acio ione ness o ccab able less q que ue cont conten enga gan n ccon ondu duct ctor ores es de acom acomet etid ida, a, deben ser ubicados en el exterior de las edificaciones, a menos que ellos estén: (a)) (a

Em Empo potr trad ados os y ccub ubie ierto rtoss p por or no me meno noss d de e5 50 0m mm md de e ccon oncr cret eto oo mampostería de acuerdo con lo establecido en la Sección 070; o

(b)) (b

Di Dire rect ctam amen ente te ent enter erra rado doss de acue acuerd rdo o co con n la Re Regl gla a 0 040 40-3 -300 00 y ubicados debajo de una losa de concreto de 50 mm de grosor; o

(c)) (c

(2)) (2

04 0400-21 2166

Inst Instal alad ados os en un só sóta tano no o p pas asad adiz izo o d deb ebaj ajo o d de e lla a e est stru ruct ctur ura, a, siempre que tal pasadizo: (i)

(Este Párrafo queda en blanco)

(i (ii) i)

Sea d de e cco onstru struccci ció ón n no o ccom omb bus usti tib ble.

(i (iiiii))

No se sea a us usad ada a pa para ra a alm lmac acen enar ar m mat ater eria iall co comb mbus ustitibl ble. e.

No ob obst stan ante te lo esti estipu pula lado do en la Su Subr breg egla la (1), (1), se perm permitite e que que las las canalizaciones o cables que contengan conductores de acometida, ingresen a la edificación para conectarse a la caja de conexión. Prot Protec ecci ción ón Co Cont ntra ra Fa Fall llas as a Tier Tierra ra en Un Unid idad ades es de Vi Vivi vien enda da

(1)

Todas las unidades de vivienda deberán estar dotadas con protección contra fallas a tierra, es decir interruptor diferencial general. Este dispositivo de protección contra fallas a tierra, deberá estar ubicado en el tablero de la unidad de vivienda, aguas abajo del interruptor  automático del tipo termomagnético, de acuerdo con la Regla 150-400 (4) y (6).

(2)

En la caja de conexión se puede instalar un interruptor diferencial o de falla a tierra, de acuerdo a lo señalado en la Regla 150-400 (3).

(3)

En instalaciones con más de tres circuitos derivados, éstos pueden agruparse de a tres y poner a la cabeza de cada grupo un interruptor  diferencial de 30 mA de sensibilidad, de acuerdo a la Regla 150-400 (8).

(4)

Para mejorar la confiabilidad del servicio de las instalaciones internas se puede instalar un interruptor diferencial de 30 mA de sensibilidad en cada uno y todos los circuitos derivados, aguas abajo del interruptor automático respectivo de acuerdo a la Regla 150-400 (9).

040-302 (1)) (1

Conductores de Acometida Lo Loss co cond nduc ucto tore ress de a aco come metitida da q que ue sson on ccon onec ecta tado doss a un una a lílíne nea a aé aére rea, a,

 

deben ser instalados de alguna de las siguientes formas:

(2 )

(a)

Con conducto rígido; o

(b (b))

Tu Tub bería ría e elléctri ctricca m me etál tálica de ac ace ero; ro; o

(c)) (c

Co Cond nduc ucto to me metá tálilico co flex flexib ible le,, d dot otad adas as con con cond conduc ucto tore ress cubierta de plomo; o

(d (d))

Ca Cabl ble e ccon on ai aisl slam amie ient nto o mi mine nera ral,l, n no o liv livia iano no;; o

(e (e))

Cable ccon on cub cubie iert rta a de alum umiinio nio; o

(f)

Cable con armadura.

(Esta Subregla queda en blanco).

con con

(3 )

(Esta Subregla queda en blanco).

(4 (4))

Lo Loss co cond nduc ucto tore ress de a aco come metitida da d deb eben en sser er a apr prop opia iado doss pa para ra iint ntem empe peri rie ey 2 deben tener una sección no menor de 4 mm  de cobre.

(5)) (5

El ai aisl slam amie ient nto o d de e llos os co cond nduc ucto tore ress d de e a aco come metitida da debe debe ser ser a apr prop opia iado do para la temperatura ambiental que se experimente en el lugar donde sean instalados.

(6)) (6

Lo Loss ccon ondu duct ctor ores es de dell a alilime ment ntad ador or se debe deben n p pro rolo long ngar ar 60 cm en la caja caja de conexión o de toma, con sus extremos sellados y aislados

040-306

eléctricamente. Canalizaciones de la Acometida La canalización de la acometida debe:

040040-31 3100

(a)) (a

Co Cont nten ener er ssol olam amen ente te con condu duct ctor ores es d de e ac acom omet etid ida, a, ssal alvo vo ccua uand ndo o se permita una excepción de acuerdo con la Regla 020-030; y

(b)) (b

Es Esta tarr p pro rote tegi gida da co cont ntra ra daño dañoss m mec ecán ánic icos os de acue acuerd rdo o ccon on la Regla 070-932; y

(c)) (c

Si e ess de ssec ecci ción ón ccir ircu cula lar, r, e ell di diám ámet etro ro iint nter erio iorr no debe debe sser er m men enor  or  de 20 mm .

Un Unio ione ness een n el Co Cond nduc ucto torr N Neu eutr tro od dee la la Acome cometi tida da El conductor neutro o conductor identificado de una acometida no debe tener uniones entre el punto de conexión y la caja de conexión o de toma, sólo se permitirá una unión cuando ésta sea hecha: (a (a))

Med ediiante nte un una a gr gra apa o uni nió ón em empe pern rna ada h hec echa ha e en n la ca cajja de conexión o de toma.

(b)) (b

Po Porr un una a un unió ión n su subt bter errá ráne nea, a, d de e ac acue uerd rdo o co con n la R Reg egla la 0 070 70-1 -112 12(4 (4), ), cuando esta unión sea necesaria para reparar un daño en la

 

instalación o para acondicionar un mástil de acometida o para reubicar la acometida.

 

CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES FACTORES DE DEMANDA Secc Se cció ión n 050 050 - Pá . 1 de 12

Equipo de Medición 040-400

Alcance El equipo de medición incluye los transformadores de corriente y de tensión, así como también los instrumentos de medición asociados.

04 0400-40 4022 (1)) (1

Mé Méto todo do de Inst Instal alac ació ión n de dell Equ quip ipo o de Med edic ició ión n El co cone nexi xion onad ado o de de llos os me medi dido dore ress d deb ebe e sser er efec efectu tuad ado od de em man aner era aq que ue:: (a (a))

Los co con nducto uctore ress entre tre la ca cajja de co con nexi xió ón y/o d de e to tom ma, y el medidor sean inaccesibles a personas no autorizadas autorizadas;; y

(b)) (b

Cu Cuan ando do lla a ccaj aja ad del el eq equi uipo po d de em med edic ició ión n es está tá ssep epar arad ada a de la caja caja

de toma, el alambrado alambrado esté en cond conducto ucto rígido, conducto metálico flexible, cable con cubierta de aluminio o cable con armadura, excepto cuando se proporcione protección equivalente; equivale nte; y

(2 (2))

(c)) (c

Se pr prev evea ea re rese serv rva ad de e ccon ondu duct ctor ores es de una una llon ongi gitu tud dn no om men enor or de 450 mm en los puntos de conexión de los transformadores de corriente o medidores; y

(d (d))

Se d dis ispo pong nga a de ac acce ceso sori rios os a ade decu cuad ados os o de u una na ccaj aja a co con n un una a placa para la instalación del medidor.

El e equ quip ipo o d de e me medi dici ción ón d deb eber erá á ccon onec ecta tars rse e e en n el lado lado d de e ca carg rga a d del el dispositivo de protección contra sobrecorrientes; en forma excepcional puede ser conectado en el lado de alimentación cuando: (a)) (a

No exis exista tan np par arte tess ccon on tens tensió ión n o alam alambr bres es expu expues esto tos; s; y

(b (b))

La alime men ntaci tació ón sea sea en corr corriiente nte alte alterrna y la ten tensi sió ón no sea mayor de 400 V entre conductores; y

(c)) (c

La co corr rrie ient nte en nom omin inal al de la acom acomet etid ida an no o ssea ea ma mayo yorr d de: e: (i)

60 A, para el equipo de medición; o

(i (ii) i)

60 600 0 A, A, p par ara a lla a u uni nida dad d d de e m med edic ició ión n ccon on tran transf sfor orma mado dore ress ubicados en el exterior.

Ministerio de Energía y Minas

2005

http://www.minem.gob.pe

Dirección General de Electricidad email: [email protected]

 

CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 050: CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES FACTORES DE DEMANDA Secc Se cció ión n 050 050 - Pá . 2 de 12

SECCIÓN 050 CARGAS DE CIRCUITOS Y FACTORES DE DEMANDA 50.1

Alcance Esta Sección cubre: (a)) (a

La ca capa paci cida dad d de co cond nduc ucci ción ón de los co cond nduc ucto tore ress y la capa capaci cida dad d nominal de los equipos, requeridos en las conexiones, acometidas, alimentadores y los circuitos derivados en las instalaciones del usuario; y

(b)) (b

El esp espac acio io mín mínim imo o re requ quer erid ido o para para los ci circ rcui uito toss deri deriva vado doss en lo loss tableros de distribución para las unidades de vivienda.

(c)

La ccant antida idad d de rrama amale less pri princi ncipal pales es y ci circu rcuito itoss der deriva ivado doss en unidades de vivienda.

Nota: Para establecer las demandas máximas que como mínimo se deben considerar en la elaboración de los proyectos de sistemas de distribución, se debe tomar en cuenta la Norma DGE “Calificación eléctrica para la elaboración de proyectos de subsistemas de distribución secundaria”.

050-002

Terminología Especial En esta Sección se aplica la siguiente definici definición: ón: Ramal Principal: Designa a cada uno de los dos circuitos que se derivan desde un mismo interruptor, que sirve como medio de control y protección para ambos simultáneamente.

Generalidades 050-100

Cálculo de Corrientes En el cálculo de corrientes que resulten de cargas expresadas en watts o volt-amperes, alimentadas por sistemas de corriente alterna de baja tensión, se deben emplear las tensiones nominales de 220 V o 380 V, según o cualquier otraque tensión nominal dentro del rango de bajacorresponda, tensión de 1 000 V o menos, sea aplicable.

050-102 (1 (1))

Caída de Tensión Lo Loss ccon ondu duct ctor ores es d de e llos os al alim imen enta tado dore ress de debe ben n se serr di dime mens nsio iona nado doss pa para ra que: (a (a)) La ca caíd ída a de tens tensió ión n no se sea a ma mayo yorr de dell 2, 2,5% 5%;; y

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Dirección General de Electricidad email: [email protected]

 

(b (b))

(2 (2))

(3 (3))

La ca caída ída d de e ten tensió sión n total total má máxim xima a en el ali alimen mentad tador or y lo loss cir circui cuitos tos derivados hasta la salida o punto de utilización más alejado, no exceda del 4%.

Los Los co cond nduc ucto tore ress de llos os ccir ircu cuititos os d der eriv ivad ados os de debe ben n se serr di dime mens nsio iona nado doss para que: (a)) (a

La ca caíd ída a de tens tensió ión n no se sea a ma mayo yorr de dell 2, 2,5% 5%;; y

(b (b))

La ca caída ída d de e ten tensió sión n total total má máxim xima a en el ali alimen mentad tador or y lo loss cir circui cuitos tos derivados hasta la salido o punto de utilización más alejado, no

exceda del 4%. En lla a ap aplilica caci ción ón d de e lla a Su Subr breg egla la ((1) 1) a ant nte erior rior sse ed deb ebe e em empl plea earr la carg carga a

conectada al circuito derivado, si ésta es conocida; en caso contrario, el 80% de la menor capacidad nominal de régimen de los dispositivos de protección del circuito derivado contra sobrecarga o sobrecorrien sobrecorriente. te. 0500-1104

Carga rga M Mááxim imaa d dee Circ ircuitos ((ve verr A An nexo B)

(1)) (1

La co corr rrie ient nte en nom omin inal al de un una a aco acome metitida da,, a alilime ment ntad ador or o ccir ircu cuitito od der eriv ivad ado o debe ser la que resulte menor entre la capacidad nominal del dispositivo de protección contra sobrecorrientes del circuito y la capacidad nominal de los conductores.

(2 (2))

La cca arg rga a ca calc lcu ula lad da para u un n ci circ rcui uito to n no o de deb be ex exce ced der a la co corrrie riente nte

(3)) (3

nominal del circuito. La ca carg rga a ccal alcu cula lada da p par ara au una na acom acomet etid ida, a, a alilime ment ntad ador or o ci circ rcui uito to d der eriv ivad ado o debe ser considerada como una carga continua, a menos que pueda demostrarse que tal valor no persistirá por más de:

(4 (4))

(5 (5))

(a (a))

Un to total tal d de e un una a hor hora a en p peri eriod odos os de d dos os h hora oras, s, si lla a co corri rrient ente e no excede de 225 A; o

(b (b))

Un to total tal d de e tre tress ho horas ras e en n per perio iodo doss de se seis is ho horas ras,, si la ccorr orrie iente nte e ess mayor que 225 A.

Cu Cuan ando do lla a ca caja ja d de e co cone nexi xión ón,, el in inte terr rrup upto torr co con n fu fusi sibl bles es,, el in inte terr rrup upto tor  r  automático o el tablero estén marcados para una operación continua al 100% de la corriente nominal del dispositivo de sobrecorriente, la carga continua calculada no debe exceder de: (a (a))

El 10 100% 0% de la co corri rrient ente e nom nomina inall del ccirc ircui uito to si lla a cap capaci acida dad d de lo loss conductores está basada en la Tabla 2;

(b (b))

El 85 85% % de lla a cor corrie riente nte nomi nominal nal d del el ci circu rcuito ito ssii la ca capa pacid cidad ad de los conductores está basada en la Tabla 1.

Cu Cuan ando do lla a ca caja ja d de e co cone nexi xión ón,, el inte interr rrup upto torr co con n fu fusi sibl bles es,, el in inte terr rrup upto tor  r  automático o el tablero estén marcados para una operación continua al 80% de la corriente nominal del dispositivo de sobrecorriente, la carga continua calculada no debe exceder de:

 

(a (a))

El 80 80% % de lla a cor corrie riente nte nomi nominal nal d del el ccirc ircui uito, to, ssii la ca capa pacid cidad ad de llos os conductores está basada en la Tabla 2; o

(b (b))

El 70 70% % de lla a cor corrie riente nte nomi nominal nal d del el ci circu rcuito ito ssii la ca capac pacida idad d de lo loss conductores está basada en la Tabla 1;

(6 (6))

Si sse e ap aplilica can n ot otro ross fa fact ctor ores es d de e co corr rrec ecci ción ón p par ara a re redu duci cirr la ccap apac acid idad ad d de e corriente de los conductores, la sección de éstos debe ser, la así determinada o la determinada por las Subreglas (4) o (5), la que sea mayor.

(7 (7))

No o obs bsta tant nte e lo re requ quer erid ido o po porr la lass Re Regl glas as 0 030 30-0 -004 04(1 (1)( )(a) a) y 03 0300-00 004( 4(2) 2)(d (d), ),

la capacidad de conducción de los conductores subterráneos no debe exceder la determinada por las Subreglas (4)(b) y 5(b), en ningún caso. 050-106

Utilización d dee F Faactores d dee D Deemanda

(1 (1))

El di dime mens nsio iona nami mien ento to de co cond nduc ucto tore ress e inte interr rrup upto tore ress de dete term rmin inad ados os de acuerdo con esta Sección, deben ser los mínimos a emplear; salvo que a las dimensio dimensiones nes normalizadas inmediatamente inferiores, corresponda una capacidad hasta 5% menor que la calculada, en cuyo caso se pueden utilizar estos conductores e interruptores interruptores..

(2 (2))

En ccua ualq lqui uier er ccas aso o di dife fere rent nte e al d de e un una a ac acom omet etid ida a ca calc lcul ulad ada a se segú gún n la lass Reglas 050-200 y 050-202, cuando el diseño de una instalación se base en requerimientos superiores a los dados en esta Sección, las capacidades de acometidas y alimentadores deben incrementarse correspondientemente.

(3 (3))

Cuand ndo o se iin nsta stalen 2 o m má ás ca carg rga as de lla as cu cua ales ssó ólo un una a pu pue eda se ser  r  utilizada a la vez, se debe considerar la carga mayor en el cálculo de la demanda.

(4)) (4

En el ca caso so de ca carg rgas as de ca cale lefa facc cció ión na amb mbie ient ntal al y d de ea air ire ea aco cond ndic icio iona nado do,, que no se utilizan simultáneamente, la mayor debe ser considerada en el cálculo de la demanda.

(5 (5))

Cu Cuan ando do u un n al alim imen enta tado dorr si sirv rve e ca carg rgas as d de e na natu tura rale leza za ccíc íclilica ca o si simi mila lar, r, d de e modo que la carga total conectada no debe ser alimentada al mismo tiempo, la capacidad de conducción del alimentador se debe calcular  para la máxima carga que pueda ser servida en un tiempo dado.

(6)) (6

La ca capa paci cida dad d de de los los co cond nduc ucto tore ress d de ea alilime ment ntad ador ores es y ccir ircu cuititos os deri deriva vado doss deben estar de acuerdo con las Secciones del Código, que traten sobre los respectivos equipos a ser alimentados.

(7 (7))

No ob obst sta ante nte lo loss re req quer eriimien ento toss de es esta ta Se Secc cciión ón,, la ca cap paci cida dad d de los conductores de alimentadores y circuitos derivados no se requiere que exceda la capacidad de los conductores de la acometida o del alimentadorr del cual son abastecidos. alimentado

(8 (8))

Cu Cuan ando do sse e añ añad aden en ccar arga gass a un una a ac acom omet etid ida a o al alim imen enta tado dorr ex exis iste tent nte, e, lla a carga final puede calcularse adicionando el total de las nuevas cargas, afectada por los factores de demanda como se permite en el Código, a la carga de máxima demanda de la instalación existente, resultante de medicioness en los últimos 12 meses. La nueva carga calculada quedará medicione sujeta a las Reglas 050-104(4) y (5).

(9 (9))

En e ell ca caso so d de e vi vivi vien enda dass un unififam amililia iare ress o de depa part rtam amen ento toss en e edi dififici cios os d de e vivienda para las que sea de aplicación la Regla 50-110(2) de esta Sección, las corrientes a considerar en los conductores de la acometida

 

y del alimentador, no deben ser menores lasdichos que se indican a continuación; sin embargo, la sección mínimaa de conductores 2

debe ser 4 mm  para acometidas y 2,5 mm2 para alimentadores.

05 0500-10 1088 (1)) (1

(a)) (a

15 A, pa para ra ca carg rgas as de ha hast sta a 3 000 000 W .

(b (b))

25 A, p para ara ca carga rgass ma mayor yores es d de e30 000 00 W hasta hasta 5 00 000 0W.

(c)

40 A, p para ara carga cargass ma mayo yores res de 5 000 W h hast asta a 8 000 000 W ccon on suministro monofásico monofásico y 15 A con suministro trifásico 380/220 V .

Esp spac acio io en Ta Tabl bler eros os pa para ra Circ Circu uit itos os Der eriv ivad ados os Pa Para ra un una a uni unida dad d de de vviv ivie iend nda a uni unifa fami mililiar ar se debe debe prov provee eerr ssuf ufic icie ient nte e espacio en el tablero, para al menos cuatro interruptores automáticos bipolares contra sobrecorrie sobrecorrientes. ntes.

(2 (2))

No o obs bsta tant nte e la S Sub ubre regl gla a (1 (1), ), d deb ebe e pr prov ovee eers rse e su sufifici cien ente te e esp spac acio io e en n el tablero para dos dispositivos de protección adicionales para futuras ampliaciones.

(3)) (3

Do Dond nde e sse ep pre reve vea a ccoc ocin ina a o eq equi uipo po trifá trifási sico co se debe deben np pro rove veer er inte interr rrup upto tor  r  automático contra sobrecorri sobrecorrientes entes tripolar.

(4 (4))

En e ell ca caso so d de e vi vivi vien enda dass un unififam amililia iare ress o de depa part rtam amen ento toss en e edi dififici cios os d de e vivienda, donde sea aplicable la Regla 110(2) de esta Sección, se debe prever en el tablero el el espacio necesar necesario io para por los menos, menos, la siguiente cantidad de interruptores automáticos contra sobrecorrientes: a)

Tre Tress int interr errup uptor tores es au autom tomáti áticos cos ccon ontra tra ssobr obreco ecorri rrient entes es bi bipo polar lares es de 15 A, para carga de hasta 3 000 W, con suministro monofásic monofásico. o.

b)

Ci Cinc nco o int interr errup uptor tores es au autom tomáti áticos cos ccon ontra tra ssobr obrec ecorr orrie iente ntess bi bipol polare ares, s, de los cuales uno debe ser de 20 A, para cargas mayores a 3 000 W y hasta 5 000 W, con sumin suministro istro mono monofásico. fásico.

c)

Si Siete ete in inter terrup ruptor tores es aut automá omátic ticos os ccont ontra ra sob sobrec recorr orrie iente ntes, s, d de e lo loss cuales dos deben ser de 30 A, para cargas mayores de 5 000 W y hasta 8 000 W, con suministro monofásico, o dos tripolares de 15 A con suministro trifásico.

d)

Dond Donde e se ccor orra ra e ell n neu eutr tro o se admi admite ten n di disp spos osititiv ivos os d de e sobrecorriente unipolares sobre los conductores de fase, aunque con la finalidad de elevar el nivel de seguridad durante el proceso de instalación y posterior mantenimiento se debe utilizar  preferentemente dispositivos de sobrecorriente automáticos que protejan y corten simultáneamente todos los conductores, incluido el neutro.

 

05 0500-11 1100 (1 (1))

De Dete term rmin inac ació ión n d dee Á Áre reas as y Prev Previs isió ión n Op Opci cion onal al de la Dema Demand ndaa Máxima Total Cuando No Se Dispone de Información Las á áre reas as d de e vi vivi vie end nda a de desi sig gnad ada as en la lass Re Regl gla as 05 050 0-200 -200 y 05 0500-2 202

deben ser determinadas por las dimension dimensiones es interiores (áreas ttechadas) echadas) e incluyen:

(2 (2))

(a)) (a

10 100% 0% de dell áre área ad del el pr prim imer er pi piso so;; m más ás

(b (b))

10 100% 0% del del áre área a de los los pis pisos os su supe perio riores res,, ded dedica icada da a viv vivien ienda da;; más

(c)

75% d de el áre área ad de el ssó ótan tano.

Op Opci cion onal alme ment nte, e, en el ccas aso o de vi vivi vien enda dass uni unifa fami mililiar ares es o dep depar arta tame ment ntos os en edificios de vivienda, cuando no se dispone de información específica sobre las cargas, la demanda máxima total a prever no será inferior a: (a)) (a

3 0 000 00 W, pa para ra vi vivi vien enda dass d de e h has asta ta 90 m2, según dimensiones interiores.

(b (b))

5 00 000 0 W, p pa ara vviivie ien ndas d de e má máss d de e 90 m2 hasta 150 m2, según dimensiones dimensio nes interiores.

(c) (c)

8 000 000 W, p par ara a vviv ivie iend ndas as de m más ás de 15 150 0 m2 hasta 200 m2, según dimensiones dimensio nes interiores.

Acometidas y Alimentadores 0500-2200 (1)) (1

Vivie ivien ndas Unifamiliares ares (ve verr Anexo B) La mí míni nima ma ca capa paci cida dad dd de e ccon ondu ducc cció ión nd de e ccor orri rien ente te de los los ccon ondu duct ctor ores es de acometidas o alimentadores debe ser la mayor que resulte de la aplicación aplicació n de los párrafos (a) y (b) siguientes: siguientes: (a)

(i)

Una cca arga b bá ásica d de e 2 500 W p pa ara llo os p prrimeros 9 90 0 m2  del área de vivienda (ver Regla 050-110); más

(i (ii) i)

Una Una carg carga a ad adic icio iona nall de 1 0 000 00 W por por ca cada da 9 90 0 m2, o fracción, en exceso de los primeros 90 m2; más

(ii (iii) i)

La Lass cargas cargas d de e cal calefa efacci cción, ón, co con n los fa facto ctores res de d dem emand anda a previstos en la Sección 270, más cualquier carga de aire

 

acondicionado con factor de demanda de 100%, según la Regla 050-106(4); más (i (iv) v)

Cu Cual alqu quie ierr ca carg rga a de coci cocina na el eléc éctri trica ca,, como como sig sigue ue:: 6 000 W para cocina única más 40% de la cantidad en la que la potencia de dicha cocina exceda los 12 kW; más

(v)) (v

Cu Cual alqu quie ierr carga carga de cal calen enta tado dore ress de agu agua a par para a pis pisci cina nass y baños individuales o comunes; más

(vi)

Cua Cualqui lquier er carga carga adic adiciona ionall a las menc menciona ionadas das e en n los los p párra árrafos fos (i) a (v), al 25% de su potencia potencia nomi nominal, nal, si ésta ex excede cede lo loss 1500 W y si se ha previsto una cocina eléctrica; o al 100%

de la potencia nominal de cada una, si ésta excede los 1 500 W hasta un total de 6 000 W, más 25% del exceso sobre los 6 000 W, si no se ha previsto una cocina eléctrica. (b ) (2 (2))

40 amperes.

La mí míni nima ma capa capaci cida dad d d de e llos os cond conduc ucto tore ress d de e llas as acom acomet etid idas as o alimentadores servidos por una acometida principal para dos o más unidades de vivienda de una hilera de casas habitación, debe basarse sobre: (a (a))

La Su Subre bregl gla a (1), excl excluye uyend ndo o cua cualqu lquie ierr carg carga a de cal calefa efacci cción ón o de aire acondicionado, con050-202(a)(i) aplicación de los (v), factores de demanda requeridos requerido s por la Regla hasta inclusive; más

(b)

Lo Loss re reque querim rimie iento ntoss de lla a Re Regla gla 050 050-20 -202(3 2(3)(b )(b), ), (c (c)) y (d (d). ).

(3)) (3

El tota totall d de e la la ccar arga ga ca calc lcul ulad ada ad de e ccon onfo form rmid idad ad con con lla aS Sub ubre regl gla a ((1) 1) o ((2) 2) no debe ser considerado como carga continua en la aplicación de la Regla 050-104.

(4 (4))

En e ell ca caso so d de e vi vivi vien enda dass un unififam amililia iare ress o un unid idad ades es d de e vi vivi vien enda da,, a la lass qu que e sea aplicable la Subregla 110(2) de esta Sección, la capacidad nominal de los conductores de la acometida o alimentador, según corresponda, debe ser la que se prescribe en la Regla 050-106(9)(a), (b) y (c).

0500-2202 (1 (1))

Edifi ificio cios d dee D Deepart rtaamentos y Similar arees La capa capaci cida dad d m mín ínim ima a d de e llos os cond conduc ucto tore ress d de e u una na acom acomet etid ida a o alimentador, alimentad or, servidos por una acometida principal principal,, que alimenten cargas en unidades de vivienda, debe ser la mayor que resulte de la aplicación de los párrafos (a) o (b) siguientes: (a (a))

(i)

Una carg rga a bási sica ca de 1 500 W pa para ra los p pri rime mero ross 45 m2  de vivienda (ver Regla 050-110); más

(i (ii) i)

Una Una carg carga a ad adic icio iona nall de 1 000 000 W p por or llos os sseg egun undo doss 45 m2  o fracción; más

(ii (iii) i)

Una Una carga carga adi adicio cional nal de 1 00 000 0Wp por or ccad ada a 90 m2 o fracción en exceso de los primeros 90 m2; más

(iv (iv))

La ca carga rga d de e cua cualqu lquie ierr coci cocina na el eléct éctric rica, a, co como mo si sigu gue: e: 6 00 000 0W para una cocina eléctrica, más 40% de la carga excedente a los 12 kW; más

(v)

Cu Cual alqui quier er ccarg arga a de cal calefa efacci cción ón,, con apl aplica icació ción n de los los factores de demanda de la Sección 270, más las cargas de aire acondicionado con factor de demanda al 100%, según la Regla 050-106(4); más

(vi (vi))

Cu Cual alqui quier er ca carga rga e en n adi adició ción n de la lass men menci ciona onadas das e en n los

 

subpárrafos (i) a (v) inclusive a:

(b)

(A)) (A

25 25% % de la po pote tenc ncia ia de rrég égim imen en de ccad ada a car carga ga ma mayo yor  r  de 1 500 W, si se ha previsto una cocina eléctrica; o

(B (B))

25% de la pot potenc encia ia de régi régimen men de carga may mayor or de 1 500 W, más 6 000 W, si no se ha previsto una cocina eléctrica.

25 amperes.

(2 (2))

El ttot otal al d de e la carg carga a ca calc lcul ulad ada a en a apl plic icac ació ión n de lla aS Sub ubre regl gla a (1 (1)) no d deb ebe e ser considerado como carga continua para la aplicación de la Regla 050-104.

(3 (3))

La ccap apac acid idad ad m mín ínim ima a de a aco come metitida dass y al alim imen enta tado dore ress se serv rvid idos os p por or u una na acometida principal, que alimenten a su vez dos o más unidades de vivienda, deben basarse sobre la carga calculada en aplicación de la Subregla (1)(a) y lo siguiente: (a)

Con exclusión de cualquier carga de calefacción y aire acondicionado, se debe considerar que la carga es: (i (i))

El 1 100 00% % de la la ca carg rga a ma mayo yorr de ccua ualq lqui uier er u uni nida dad d de vviv ivie iend nda; a; más

(ii (ii))

El 6 65% 5% d de e la sum suma a de car carga gass de las 2 un unida idade dess de viv vivie ienda nda con cargas iguales o inmediatamente menores a la del

(ii (iii) i)

subpárrafo (i); más El 40% 40% d de e la ssuma uma d de e ca carga rgass de la lass 2 un unida idade dess de vi vivie vienda nda con cargas iguales o inmediatamente menores que las del subpárrafo (ii); más

(i (iv) v)

El 30 30% % de la sum suma a de las ca carg rgas as de la lass 15 uni unida dade dess de vivienda con cargas iguales o inmediatamente menores a las del subpárrafo (iii); más

(v)

El 25 25% % de de lla a sum suma a de las car cargas gas de las uni unidad dades es de vivienda restantes.

 

(b (b))

Si se u util tiliza iza ccal alefa efacci cción ón el eléct éctric rica, a, la ssuma uma d de e tod todas as la lass car cargas gas d de e calefacción, calefacció n, como se determina de acuerdo con la aplicaci aplicación ón de la Sección 270, debe ser añadida a la carga determinada de acuerdo con el párrafo (a), sujeta a la Regla 050-106(4).

(c)) (c

Si se uti utililiza za air aire e aco acond ndic icio iona nado do,, la su suma ma de to toda dass las car carga gass de aire acondicionado se debe añadir, con un factor de demanda de 100%, a la carga determinada de acuerdo con los párrafos (a) y (b), sujetas a la Regla 050-106(4).

(d (d))

Cu Cual quier er car carga ga de alumb umbrad rado, o,debe cal calefa efacci cción ón y pote potenci ncia aun nofactor ubi ubicad cada en alqui las unidades de al vivienda, ser añadida con dea demanda de 75%.

(4 (4))

La ca cap paci cid dad d de e lo loss co cond ndu ucto ctore ress de un ccir ircu cuit ito o de deri riva vad do qu que e si sirv rva aa cargas ubicadas fuera de las unidades de vivienda, no debe ser menor  que la potencia nominal de los equipos instalados, afectada con los factores de demanda, como se permite en el Código.

(5 (5))

En e ell ca caso so d de e de depa part rtam amen ento toss en e edi dififici cios os d de e vi vivi vien enda da y ssim imililar ares es,, a lo loss que sea aplicable la Regla 110(2) de esta Sección, la capacidad nominal de los conductores del alimentador debe ser la que se prescribe en la Regla 050-106(9)(a), 050-106(9)(a), (b) y (c).

050-204 (1 (1))

(2 (2))

Escuelas La Lass ca capa paci cida dade dess mí míni nima mass de llos os ccon ondu duct ctor ores es d de ea aco come metitida dass o de llos os alimentadores alimentado res deben basarse sobre lo siguiente: (a (a))

Una carg carga a bá bási sica ca de 50 W/ W/m m2 de área de aulas; más

(b)

10 W/m2  del área restante del edificio, calculada con las dimensiones dimensio nes exteriores; más

(c)

Ca Carga rgass de cal calefa efacci cción, ón, ai aire re aco acondi ndicio ciona nado do y fue fuerza rza,, basa basadas das e en n la potencia nominal del equipo instalado.

Se pe perm rmitite e la ap aplilica caci ción ón de fact factor ores es de dema demand nda, a, como como si sigu gue: e: (a (a))

(b)) (b

Pa Para ra edif edific icio ioss d de eh has asta ta 900 900 m2, área calculada según dimensiones exteriores: (i)

Pa Para ra ccua ualqu lquier ier car carga ga de ccale alefac facció ción, n, ssegú egún n lla a Se Secci cción ón 2 270 70;; y

(iiii))

75% d de e la la cca arg rga a rre estant tante e.

Pa Para ra e edi dififici cios os ccon on á áre reas as m may ayor ores es a 9 900 00 m2. (i (i))

Se Segú gún n lla a Se Secc cció ión n 27 270 0 pa para ra ccar arga gass d de e ca cale lefa facc cció ión; n; y

(ii (ii))

La car carga ga rrest estan ante te d deb ebe e se serr di divid vidida ida entre entre el á área rea en m2  y la demanda de carga puede considerarse como la suma de:

 

050-206 (1 )

(A (A))

75% de la la cca arg rga a por m2 multiplicada por 900; y

(B (B))

50% de lla a carg carga a po porr m2  multiplicada por el área en exceso a los primeros 900 m2.

Hospitales La capacidad mínima de los conductores de acometidas y alimentadores alimentado res debe basarse en lo siguiente: (a (a))

Una carg carga a b bás ásic ica a de 20 W/ W/m m2  del área del edificio calculada con

las dimensiones exteriores; más

(2)) (2

(b)

100 W/m2  para áreas de alta intensidad de carga como salas de operación; más

(c)

Ca Carga rgass de cal calefa efacci cción ón,, aire acon acondic dicion ionad ado o y de pot poten encia cia,, segú según n la potencia del equipo.

Se pe perm rmititir irá á la la a apl plic icac ació ión n d de e ffac acto tore ress d de e d dem eman anda da de acue acuerd rdo o ccon on lo siguiente: (a)

(b (b))

05 0500-20 2088 (1 (1))

Para edificaciones de hasta 900 m2, calculados con las dimensiones dimensio nes exteriores: (i)

De acu cue erd rdo o con con la Secci cción 27 270 0 para ara cua cualqu quiier carg carga a de calefacción; calefacció n; y

(iiii))

80% d de e la la cca arg rga a rre estant tante e.

Pa Para ra e edif difica icacio ciones nes cuya cuya sup superf erfici icie e ex exced ceda a lo loss 90 900 0 m2, calculada con las dimensiones exteriores; (i)

De acu cue erd rdo o con con la Sec ecci ció ón 270 para cu cua alquie uier carg carga a de calefacción; calefacció n; y

(ii (ii))

El rres esto to d de e lla a ca carga rga deb debe e se serr di divid vidida ida entre entre los los me metro tross cuadrados de la superficie, y la carga de la demanda puede ser considerada como la suma de: (A (A))

80% a ca carga rga p por or m metr etro o cu cuadr adrad ado o mu multi ltipl plica icada da po por  r  900; yde lla

(B (B))

65% de lla a ca carga rga p por or m metr etro o cu cuadr adrad ado o mu multi ltipl plica icada da po por  r  2 la superficie del edificio que exceda los 900 m .

Ho Hote tele les, s, Mo Mote tele les, s, Do Dorm rmit itor orio ioss y E Edi difi fici cios os de Us Uso o Sim Simil ilar  ar  La capa capaci cida dad d m mín ínim ima a d de e llos os cond conduc ucto tore ress d de e lla a a aco come metitida da o d del el alimentador deben basarse en lo siguiente:

 

(2)) (2

(a (a))

Una carg carga ab bá ási sica ca de 2 20 0W W/m /m2 del área del edificio, calculada con las dimensiones exteriores; más

(b (b))

Ca Carga rgass de alu alumbr mbrad ado o de áre áreas as es espec pecia iales les,, tale taless como como:: sal salon ones es de baile, según la potencia nominal del equipo instalado; más

(c)) (c

Ca Carg rgas as de ca cale lefa facc cció ión, n, air aire e acon acondi dici cion onad ado o y pote potenc ncia ia,, segú según n la potencia nominal del equipo instalado.

Se pe perm rmititir irá á la la a apl plic icac ació ión n d de e ffac acto tore ress d de e d dem eman anda da de acue acuerd rdo o ccon on lo siguiente:

(a (a))

(b)) (b

050-210

Pa Para ra e edi dififica caci cion ones es co con n ár área ea d de e ha hast sta a 90 900 0 m 2, calculada con las dimensiones dimensio nes exteriores: (i)

De acu cue erd rdo o con con la Sec ecci ció ón 270 para cu cua alquie uier carg carga a de calefacción; calefacció n; y

(iiii))

80% d de e la la cca arg rga a rre estant tante e.

Pa Para ra ed edifific icac acio ione ness cuy cuya a sup super erfifici cie e exc exced eda a los 90 900 0 m 2, calculada con las dimensiones exteriores; (i)

De acu cue erd rdo o con con la Sec ecci ció ón 270 para cu cua alquie uier carg carga a de calefacción; calefacció n; y

(ii (ii))

El rres esto to d de e lla a ca carga rga deb debe e se serr di divid vidido ido entre entre los los me metro tross cuadrados de la superficie, y la carga de la demanda puede ser considerada como la suma de: (A (A))

80% de lla a ca carga rga p por or m metr etro o cu cuadr adrad ado o mu multi ltipl plica icada da po por  r  900.

(B (B))

65% de lla a ca carga rga p por or m metr etro o cu cuadr adrad ado o mu multi ltipl plica icada da po por  r  2 el área del edificio, que exceda los 900 m .

Otros Tipos de Uso La capacidad mínima de los conductores de la acometida o del alimentador para otros tipos de uso, especificados en la Tabla 14, debe basarse en lo siguiente: (a (a))

Una carg carga a bá bási sica ca calc calcul ulad ada a con con los los wa watt ttss po porr me metr tro o cuad cuadra rado do requeridos por la Tabla 14, multiplicado por el área servida, determinada según las dimensiones exteriores, con aplicación de los factores de demanda indicados en dicha tabla; más

(b (b))

Ca Carga rgass es espec pecial iales es ccom omo o ca calef lefacc acció ión, n, a aire ire aco acondi ndicio ciona nado, do, potencia, iluminación de vitrinas, alumbrado de escaleras, etc., basadas en la potencia nominal del equipo instalado, con factores de demanda permitidos por el Código.

 

050-212

Circuitos d dee A Allumbrado E Esspecial Cuando un tablero suministra tipos especiales de iluminación, tales como luces de escape o emergencia, que pueden estar localizadas en toda la edificación, sin que sea posible calcular el área servida, se debe utilizar la carga del circuito involucrado para calcular la sección del alimentador.

Circuitos Derivados 05 0500-30 3000

Circ Circui uito toss D Der eriv ivad ados os de Alim Alimen enta taci ción ón a Coci Cocina nass E Elé léct ctri rica cass

(1)) (1

La de dema mand nda aq que ue de debe be co cons nsid ider erar arse se para para los los ccon ondu duct ctor ores es de un ci circ rcui uito to derivado que alimenta una cocina eléctrica en una unidad de vivienda, debe ser: (a (a))

8 kW cua cuand ndo o la pot potenc encia ia nomina nominall de la coc cocin ina a no exc exceda eda los 12 kW; o

(b (b))

8 kW m más ás e ell 40% del del exc exceso eso d de e pot potenc encia ia n nomi ominal nal d de e la ccoci ocina, na, sobre los 12 primeros kW.

(2)) (2

Pa Para ra pr prop opós ósitito od de e lla aS Sub ubre regl gla a ((1) 1),, se se p pue uede de cons consid ider erar ar como como una una ccoc ocin ina a

(3)) (3

eléctrica, dos o más unidades de cocina, separadas, de instalació instalación n fija. Pa Para ra co coci cina nass o un unid idad ades es de coci cocina na inst instal alad adas as en esta establ blec ecim imie ient ntos os comerciales, industriales e institucionales, se debe considerar que la demanda no es menor que la potencia nominal de los artefactos.

(4)) (4

050-302 (1)) (1

(2)) (2 (3 (3))

La Lass d dem eman anda dass d de e ccar arga gass ccon onsi side dera rada dass e en ne est sta aR Reg egla la,, no no sson on apli aplica cabl bles es a hornillas y similares, de instalación no fija, que se conectan con cordones incorporados incorporados al artefacto. Cargas C Co onectadas La ca carg rga ad dem eman anda dada da pa para ra ililum umin inac ació ión nd de e vvititri rina nass d deb ebe e sser er cons consid ider erad ada a como no menor de 650 W/m; la longitud debe ser medida a lo largo de la base de la vitrina; a menos que, por aplicación de la Regla 020-030, se permita cargas menores. No ob obst stan ante te la Re Regl gla a 0 050 50-1 -104 04(3 (3), ), se debe debe cons consid ider erar ar como como cont contin inua ua una carga de naturaleza cíclica o intermitente. La ccar arga ga ttot otal al ccon onec ecta tada da a u un n ci circ rcui uito to d der eriv ivad ado o qu que e al alim imen enta ta u una na o m más ás unidades de procesamiento de datos, debe considerarse de naturaleza continua, para la aplicación de la Regla 050-104.

 

Ramales Principales y Circuitos Derivados en Unidades de Vivienda 05 0500-40 4000

Ra Rama male less Princ rincip ipal ales es en Un Unid idad ades es de Viv ivie ien nda En las unidades de vivienda a las que es aplicable la Regla 050-110(2), se permite que un interruptor automático instalado en el tablero sirva para la protección de hasta dos - y sólo dos - ramales principales. En este caso, el interruptor automático debe garantizar la protección de los conductores de cada uno de los ramales principales de manera independiente.

05 0500-40 4022

Ca Cant ntid idad ad de Circ Circui uito toss De Deri riva vado doss een n Unid Unidad ades es de Vi Vivi vien enda da

Las unidades de vivienda a las que sea aplicable la Regla 050-110(2) deben contar por lo menos con:

05 0500-40 4044

(a (a))

Do Doss circui circuitos tos deri derivad vados, os, p para ara u uni nidad dades es de vvivi iviend enda a con ccarg arga a hasta de 3 kW, uno para para alumbra alumbrado do fijo y otro para tomacorrientes, excepto que se permite que dichos dos circuitos se instalen como ramales principales alimentados, controlados y protegidos por un solo y único interruptor.

(b (b))

Do Doss circui circuitos tos deri derivad vados, os, pa para ra un unid idade adess de viv vivie ienda nda co con n car carga ga de más de 3 kW y hasta 5 kW; con la excepción de que cuando la unidad de vivienda cuente con tres circuitos o más, se permite que se instalen como ramales principales, con la restricción de la Regla 050-400.

(c)

Tre Tress cir circui cuitos tos deri deriva vados dos,, par para a uni unidad dades es de vvivi iviend enda a con ccar arga ga de más de 5 kW y hasta 8 kW, con la excepción de que cuando la unidad de vivienda cuente con cuatro circuitos o más, se permite que se instalen como ramales principales, con la restricción de la Regla 050-400.

In Inst stal alac ació ión n de de R Ram amal ales es Prin Princi cipa pale less een n Uni Unida dade dess d dee V Viv ivie iend ndaa Cuando dos circuitos derivados se instalen como ramales principales conectándose al mismo interruptor principal, la sección de sus conductores no debe ser mayor de 2,5 mm 2; si se requiere una mayor  sección para derivado, los conductores los de uninterruptor ci circuito, rcuito, éstos deb deben en yinstalarse como circuito con su propio de protección control.

 

CÓDIGO NACIONAL DE ELECTRICIDAD – UTILIZACIÓN SECCIÓN 060: PUESTA A TIERRA Y ENLACE EQUIPOTENCIAL Secció Sec ción n 060 060 - Pá . 1 de 32

SECCIÓN 060 PUESTA A TIERRA Y ENLACE EQUIPOTENCIAL

Alcance y Objetivo 60.1

Alcance (1)) (1

Es Esta ta Se Secc cció ión n ccub ubre re la pr prot otec ecci ción ón de las las iins nsta tala laci cion ones es eléc eléctr tric icas as por  por  medio de la puesta a tierra y del enlace equipotencial o conductor de protección.

(2 (2))

Se ac ace epta pta co com mo me med did ida as qu que e pr prov ovee een n un una a pr pro otecc tecció ión n ad adiici cio onal a la puesta a tierra, o como alternativas a las mismas, cuando el Código lo permita, a las siguiente siguientes: s:  Aislamiento eléctrico, separació  Aislamiento separación n física de los circuitos y barreras mecánicas contra contacto accidental. accidental.

Notas: Se debe tomar en cuenta la Norma Técnica Peruana NTP 370.303: “Instalaciones eléctrica eléc tricas s en edificio edificios s - Protecció Protección n para garantizar garantizar la segurida seguridad. d. Protecci Protección ón contra contra choques eléctricos”. (Ver Anexo A-3). Verr la Norma Técnica Ve Técnica Peruana NTP 370.053: “Seguridad Eléctrica – Elección de Materiales eléctricos en las instalaciones interiores para puesta a tierra. Conductores de Protección”.

60.2

Objetivo La puesta a tierra y el enlace equipotencial deben ser hechos de tal manera que sirvan para los siguientes propósitos: (a (a))

Pro Proteg teger er y cui cuida darr la vid vida a e inte integri gridad dad ffísi ísica ca de llas as pe perso rsonas nas d de e las consecuencias que puede ocasionar una descarga eléctrica, y evitar daños a la propiedad, propiedad, enla enlazando zando a tierra las partes metálicas normalmente no energizadas de las instalaciones, equipos, artefactos, etc.; y

(b (b))

Li Limit mitar ar la lass ten tensio siones nes en en los ci circu rcuito itoss cua cuand ndo o que quede den n exp expues uestos tos a

(c) (c)

tensiones superiores a las que han sido diseñados; y En ge gene nera ral,l, pa para ra lilimi mita tarr la ten tensi sión ón de fa fase se a tie tierr rra a a 25 250 0 V, o menos, en aquellos circuitos de corriente alterna que alimentan a sistemas de alambrado interior; y

(d (d))

Li Limit mitar ar las so sobre breten tensio siones nes debid debidas as a des descar carga gass atmo atmosfé sféric ricas as en aquelloss circuitos que están expuestos a estos fenómenos; y aquello

(e)

Facili Facilitar tar la la op opera eració ción n de equi equipos pos y ssist istema emass el eléct éctric ricos. os.

Ministerio de Energía y Minas

Dirección General de Electricidad email:

2005

http://www.minem.gob.pe

[email protected]

 

Puesta a Tierra de Sistemas y Circuitos 060-100

Circuitos Los circuitos deben ponerse a tierra, según sea necesario, de acuerdo con lo establecido en esta Sección.

06 0600-10 1022 (1 (1))

Siste istema mass d dee C Cor orri rien ente te Co Cont ntin inua ua de d dos os Co Cond ndu uct ctor ores es:: Los Los si sist stem emas as d de e co corr rrie ient nte e co cont ntin inua ua d de e do doss co cond nduc ucto tore ress qu que e al alim imen enta tan n alambrados interiores y operan a tensiones entre conductores no menores de 50 50 V, ni mayores de 3 300 00 V, deben po ponerse nerse a tierra

mediante uno de los conductores; a menos que dichos sistemas alimenten equipos industriales en áreas de acceso limitado y el circuito esté equipado con detector de tierra. (2 )

06 0600-10 1044

Si el ci cirrcuito o op pera a más de 30 300 0 V entre co con nductores, y se pu pue ede establecer un punto neutro, de modo que la máxima diferencia de tensión entre el punto neutro y cualquier otro punto del sistema no exceda de 300 V, el punto neutro puede ser puesto a tierra. Siste istema ma de Co Corr rrie ient ntee C Con onti tinu nuaa d dee T Tre ress C Con ond ducto uctore ress El conductor neutro de todos los sistemas de tres conductores de corriente continua que alimentan alambrados interiores, debe ponerse a tierra.

0600-1106 (1 (1))

(2 (2))

0600-1108

Siste stemas d dee C Co orri rrien entte A Alt lteerna ((vver Anexo B) B) Sa Salv lvo o que que en o otr tra a pa part rte e de dell Có Códi digo go sse e es esta tabl blez ezca ca a alg lgo o es espe pecí cífifico co,, lo loss sistemas de corriente alterna deben ponerse a tierra sí: (a)

Al h hace acerlo rlo,, su máxi máxima ma tensi tensión ón a tie tierra rra no e exce xcede de d de e 25 250 0 V; o

(b)) (b

El si sist stem ema a tie tiene ne co cond nduc ucto torr n neu eutr tro. o.

Lo Loss si sist stem emas as d de e al alam ambr brad ado o in inte teri rior or,, qu que e so son n al alim imen enta tado doss po porr re rede dess si sin n puesta a tierra, deben estar equipados con un dispositivo adecuado que detecte e indique la presencia de una falla a tierra. Circu ircuit ito os de Horno rnos de Arco Eléc écttric ico o Los circuitos que alimentan a hornos de arco eléctrico pueden, pero no necesitan, ser conectados a tierra.

060-110

Circuitos de Grúas Eléctricas Los circuitos que alimentan a grúas eléctricas que operan en ambientes con fibras combustibles, en lugares peligrosos de la Clase III, no deben ponerse a tierra.

 

0600-1112

Circu ircuit ito os A Ais isllad ado os ((ssin conexión ión a ttiierra) rra) Se permite que circuitos especiales sean alimentados desde el secundario no puesto a tierra, de transformadores que tengan los bobinados primario y secundario separados por una pantalla metálica puesta a tierra: (a)

Si se ha han n in insta stala lado do se segú gún n lo e esti stipul pulad ado o en ot otra ra pa parte rte d del el C Cód ódigo igo;; o

(b (b))

Si és éste te se rrequ equie iere re pa para ra pr preve eveni nirr un ac accid cident ente e par partic ticula ularr (ár (área ea de cuidado intensivo) o peligro de incendio.

060-114

Circuitos con Menos de 50 V Deben ser puestos a tierra donde:

0600-1116

(a)

Ten Tenga gan n ten tendid dido o aé aéreo reo en llos os e exte xterio riores res de llos os e edi dific ficios ios;; o

(b)

So Son n al alime imenta ntados dos p por or tr tran ansfo sforma rmado dores res e ener nergi gizad zados os de desde sde:: (i (i))

Si Sist stem emas as de má máss d de e2 250 50 V d de e ten tensi sión ón a tie tierr rra; a; o

(ii (ii))

Si Siste stema mass si sin n pu puest esta a tie tierra rra,, a me menos nos que los los ci circu rcuito itoss se sean an instalados de acuerdo con lo indicado en la Regla 060-112.

Circu ircuit ito os d dee T Trransform rmaadores d dee M Med ediida

(1 (1))

Cu Cuan ando do llos os b bob obin inad ados os pri prima mari rios os de de lo loss tr tran ansf sfor orma mado dore ress de m med edid ida a de tensión y corriente, son conectados a circuitos de 300 V o más a tierra, el circuito secundario del transformador o transformadores deben conectarse a tierra.

(2)) (2

Cu Cuan ando do lo loss ttra rans nsfo form rmad ador ores es de me medi dida da se insta instala lan n e en n ttab able lero ross d de e interruptores,, los circuitos secundarios de dichos transformadores deben interruptores ser conectados a tierra, independientemente de la tensión de los circuitos.

Conexiones de Puesta a Tierra de Sistemas y Circuitos 060-200

Corrientes en Conductores de Puesta a Tierra y Enlace Equipotencial

(1)) (1

Cu Cuan ando do se po pone nen n a tier tierra ra si sist stem emas as de alam alambr brad ado, o, ci circ rcui uito tos, s, equi equipo po eléctrico, pararrayos, armaduras de cables, conductos y otras canalizaciones canalizac iones metálicas, las tierras deben ser dispuestas de tal manera que no se presenten corrientes permanentes indeseables en los conductores de puesta a tierra.

(2)) (2

La Lass ccor orri rien ente tess ttem empo pora rale less rres esul ulta tant ntes es de cond condic icio ione ness a acc ccid iden enta tale les, s, mientras los con conductores ductores d de e enla enlace ce cumpl cumplen en las funciones de protección previstas, no se deben considerar como indeseables.

(3 (3))

Si p por or e ell us uso o de m múl últitipl ples es p pue uest stas as a ttie ierr rra a se p pro rodu duce ce lla a ci circ rcul ulac ació ión n de una corriente indeseable en el conductor de puesta a tierra, se debe hacer una de las siguientes modificaciones modificaciones::

 

(a)

De Desco sconec nectar tar una o m más ás de las pue puesta stass a tierra tierra;; o

(b)) (b

Ca Camb mbia iarr la ub ubic icac ació ión n de la lass titier erra ras; s; o

06 0600-20 2022

(c)

Int Inter errum rumpi pirr apropi apropiada adamen mente te la co conti ntinui nuida dad d del co condu nducto ctorr o del camino conductor que enlaza las puestas a tierra; o

(d (d))

Tom Tomar ar ot otra ra ac acció ción n correc correctiv tiva a que ssea ea ef efect ectiva iva p para ara llimi imitar tar la la corriente.

Co Cone nexi xion ones es de Pu Pues esta ta a Tier Tierra ra pa para ra Si Sist stem emas as de Co Corr rrie ient ntee Continua En los sistemas de corriente continua puestos a tierra, la conexión de la puesta a tierra debe efectuarse en una o más de las estaciones de alimentación, alimentaci ón, pero no en las acometidas individuale individuales, s, ni en otra parte de los alambrados interiores.

06 0600-20 2044 (1 (1))

Co Cone nexi xion ones es de Pu Pues esta ta a T Tie ierr rraa een nS Sis iste tema mass d dee C Cor orri rien ente te Al Alte tern rnaa Lo Loss ci circ rcui uito toss de ccor orri rien ente te a altlter erna nan n qu que e ha han n de sser er ccon onec ecta tado doss a titier erra ra deben tener: (a (a))

Un Una a con conexi exión ón a u un n e elec lectro trodo do de pue puesta sta a ttier ierra ra por por cad cada a acometida individual, salvo que sea como se establece en la Regla 060-200; y

(b (b))

La co cone nexió xión n de la pues puesta ta a titierr erra a he hecha cha e en n el llado ado d de e al alime imenta ntació ción n del dispositivo de desconexión, bien sea en la caja de conexión, de toma u otro equipo de conexión. En el caso de áreas o construcciones construccion es para crianza de animales, la conexión de la puesta a tierra se para debe este hacerfin, mediante otro específicamente dise diseñado ñado y lo locali calizado zadodispositivo, en el circ circuito uito a tie tierra, rra, ubicado a no más de 3 m del equipo de conexión; y

(c)

Po Porr lo me meno noss una ccon onexi exión ón adic adicion ional al co con n el e elec lectro trodo do d de e pue puesta sta a tierra en el transformador o en otra parte; y

(d (d))

Ni Ning nguna una con conexi exión ón ent entre re e ell ccond onduct uctor or de puest puesta a a tierra tierra del del circuito, en el lado de la carga del dispositivo de desconexión desconexión de la acometida, y el electrodo de puesta a tierra, salvo como se establece en la Regla 060-208.

 

(2 (2))

Cu Cuan ando do e ell si sist stem ema a se sea a pu pues esto to a ttie ierr rra a en u un n pu punt nto, o, ccua ualq lqui uier era a qu que e és éste te sea, el conductor de puesta puesta a tierra debe tende tenderse rse hacia, y ser  individual, individu al, para cada acometida, y debe tener una capacidad nominal no menor que la indicada en la Tabla 17; y donde el circuito puesto a tierra también se utilice como neutro debe cumplirse con los requisitos de la Regla 030-022.

(3 (3))

Cuand ndo o los con conduc ucto tore ress de acom acome eti tid da sean sean u ub bic ica ado doss en p par ara alelo en canalizaciones separadas, y el sistema esté puesto a tierra en algún punto, en cada canalización debe colocarse un conductor puesto a tierra, y no obstante lo establecido en la Regla 070-108, la capacidad nominal total de todos los conductores puestos a tierra no debe ser 

menor que la capacidad nominal requerida por la Regla 030-022. (4 (4))

06 0600-20 2066 (1 (1))

(2 (2))

No o obs bsta tant nte e la S Sub ubre regl gla a (1 (1)) pa para ra ccir ircu cuititos os q que ue sson on a alilime ment ntad ados os d des esde de dos fuentes en una cubierta común, o agrupadas juntas en cubiertas separadas y empleando una derivación, se permite una sola conexión del electrodo de tierra al punto de derivación, desde cada fuente. Co Cone nexi xión ón de Pu Pues esta ta a T Tie ierr rraa p par araa S Sis iste tema mass A Ais isla lado doss (ve (verr Ane Anexo xo B) Pa Para ra ssis iste tema mass y ci circ rcui uito toss qu que e re requ quie iere ren n se serr en enla laza zado doss a titier erra ra y q que ue n no o tienen conexión conductiva a un sistema de distribución, la conexión de puesta a tierra debe hacerse en el transformador u otra fuente de alimentación, o en el lado de la alimentación del primer interruptor de control del sistema; y (a (a))

El ccond onduct uctor or d de e pu pues esta ta a ttie ierra rra n no o de debe be sser er m meno enorr qu que e el especificado en la Tabla 17, pero en ningún caso necesita ser de mayor capacidad que el conductor más grande no puesto a tierra del sistema.

(b)) (b

Si se e emp mple lean an do doss o má máss sis siste tema mas, s, se de debe be in inst stal alar ar un si sist stem ema a común de conductor de puesta a tierra, a menos que se provea puestas a tierra separadas para cada uno de los sistemas, en cuyo caso las puestas a tierra para cada uno de los sistemas deben estar interconectadas.

No o obs bsta tant nte e la lass Re Regl glas as 0 060 60-8 -802 02 y 0 060 60-8 -806 06,, cu cuan ando do sse e re requ quie iera ra p pon oner er a tierra unque circuito alimentado de 1 000de VAlaofuente, menos,a se permite la puesta a tierrapor se una hagafuente en la cubierta su vez puesta a tierra, o al conductor de enlace equipotencial dentro de la cubierta.

06 0600-20 2088

Co Cone nexi xión ón de Pu Pues esta ta a Tier Tierra ra pa para ra Do Doss o Má Máss E Edi difi fica caci cion ones es o Estructuras Alimentados Desde una Misma Acometida Donde dos o más edificaciones o estructuras sean alimentadas por una misma acometida: (a (a))

El ccond onduct uctor or p pues uesto to a titierr erra a de dell cir circui cuito to en cad cada a una de llas as edificaciones o estructuras debe ser conectado a un electrodo de

 

puesta a tierra y enlazado a las partes metálicas normalmente no energizadas energizad as de los equipos eléctricos; o (b)) (b

0600-2210

Ex Exce cept pto o en lo loss ga galp lpon ones es y otra otrass cons constru trucc ccio ione ness para para cri crian anza za de animales, se permite que las partes metálicas normalmente no energizadas de los equipos eléctricos ubicados en, o sobre el edificio o estructura, sean enlazadas a tierra por un conductor de enlace equipotencial instalado con el alimentador o los circuitos derivados.

Conducto ctores res q qu ue D Deeben S Ser er Puestos a T Tiier erra ra

(1)) (1

(2 (2))

Pa Para ra si sist stem emas as de al alam ambr brad ado o de corr corrie ient nte e alte altern rna, a, los los cond conduc ucto tore ress deben ponerse a tierra, según se indica a continuación: (a)

Ci Circu rcuito ito mo monof nofási ásico co de dos dos hi hilo los: s: el co cond nduct uctor or id ident entifi ificad cado; o; y

(b (b))

Ci Circu rcuito ito mo monof nofási ásico co de tres tres hi hilos los:: el con condu ducto ctorr ide identi ntific ficad ado o como neutro; y

(c)

Si Siste stema ma mu multi ltifás fásico ico que ttien iene e un ccond onduct uctor or co comú mún n pa para ra to todas das llas as fases: el conductor identificado como neutro; y

(d (d))

Si Siste stema ma mul multif tifási ásico co que tiene tiene una una fa fase se puest puesta a a tierra tierra:: el conductor identificado; identificado; y

(e)) (e

Si Sist stem ema a mul multitifá fási sico co en lo loss cua cuale less una fa fase se es uti utililiza zada da co como mo se indica en el párrafo b: el conductor identificado.

En ssis iste tema mass m mul ultitifá fási sico coss en llos os ccua uale less u una na ffas ase e se usa usa ccom omo o si sist stem ema a monofásico de 3 hilos, solamente una fase debe ponerse a tierra.

Conductor de Enlace Equipotencial de Cubiertas 0600-3300

Cubiert ertas p paara Conducto ctores res d dee A Accometid idaa Se deben enlazar a tierra las canalizaciones metálicas, así como las cubiertas o cajas metálicas y armaduras metálicas de los cables de

060-302 (1)) (1

acometida. Otras C Cu ubiertas C Co onductoras La Lass cu cubi bier erta tass me metá tálilica cass d de e ccon ondu duct ctor ores es,, d dififer eren ente tess de aque aquellllas as mencionadas en la Regla 060-300, deben ser enlazadas a tierra, excepto: (a)) (a

En re reco corr rrid idos os me meno nore ress de 7,5 m que que est estén én lilibr bres es de pro proba babl bles es contactos a tierra, partes metálicas a tierra, listones metálicos o aislamientos térmicos conductivos y que, dentro del alcance de

 

superficies puestas a tierra, esté resguardada contra el contacto de personas, y (b (b))

(2)) (2

En re recor corrid ridos os co con n cub cubie ierta rtass de pr prote otecci cción ón fís física ica d de e men menos os de 1, 1,5m 5m de longitud, donde el método de instalación es tal que es improbable que resulte energizado.

Do Dond nde e sse e in inst stal ale e ccab able less u uni nipo pola lare ress ccon on cubi cubier erta ta de me meta tall o cabl cables es armados, en canalizaciones de material aislante, con la finalidad de prevenir la circulación de corrientes en la superficie metálica metálica exterior, de acuerdo con la Regla 030-008 (1)(c), los cables deben:

(a (a))

Est Estar ar en ca cana naliz lizaci acione oness sep separa arada dass o prov provist istos os co con n cub cubie ierta rtass continuas de material no conductor; y

(b (b))

Ten Tener er su suss cub cubie ierta rtass o arm armadu aduras ras p pue uente nteada adass y enla enlazad zadas as a tie tierra rra en el extremo del suministro; y

(c)

A pa parti rtirr de ah ahíí ten tener er su suss cub cubie ierta rtass o ar armad madura urass ais aisla ladas das u una nass de otras y de tierra.

Enlace Equipotencial de Equipos 060-400

Equipos Fijos – Generalidades Las partes metálicas normalmente no energizadas de los equipos de montaje fijo que se encuentren expuestas deben ser enlazadas a tierra, si el equipo está: (a)

Al Alime imenta ntado do p por or u un n al alamb ambrad rado o co con n cu cubi biert erta a me metál tálica ica;; o

(b (b))

Al Alime imenta ntado do me media diante nte u un n cir circui cuito to qu que e tie tiene ne un ccond onduct uctor or de p pues uesta ta a tierra; o

(c)

Lo Local caliza izado do en en u un na amb mbien iente te h húme úmedo do y e ess a acce ccesib sible; le; o

(d (d))

Ub Ubic icado ado e en n lu lugar gares es qu que e est estén én al a alca lcanc nce e de pe perso rsona nass que p pue uedan dan hacer contacto con superficies u objetos que están puestos a tierra; o

(e (e))

Loca Localiliza zado do al al alca canc nce e de un una a pe pers rson ona a pa para rada da so sobr bre e el pi piso so al potencial de tierra; o

(f)

En u un n lugar p pe eligroso; o

(g (g))

En co conta ntacto cto e elé léctr ctrico ico ccon on al algún gún m meta etal,l, lá lámin mina, a, pl plan ancha cha,, vari varilllla, a, etc.; o

(h (h))

Pa Para ra op opera erarr con u un n te termi rmina nall qu que e se e encu ncuen entre tre a m más ás d de e 25 250 0 V de tensión de tierra, excepto:

 

(i)

La Lass ccub ubier iertas tas de lo loss iinte nterru rrupto ptores res o llos os interr interrup uptor tores es automáticos que sean accesibles solamente a personas calificadas; calificada s; y

(ii (ii))

La Lass estruc estructur turas as me metál tálica icass de di dispo sposit sitiv ivos os co con n cal calefa efacci cción ón eléctrica que hayan sido exceptuados de acuerdo con la Regla 020-030 y estén permanente y efectivamente aislados de tierra; y

(i (iiiii))

Lo Loss tran transf sfor orma mado dore ress mo mont ntad ados os sob sobre re pos poste tess de mad mader era a a una alturala mayor de 2,50cumpla m sobre el nivel del piso, siempredely cuando instalación con los requerimientos

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