Clasificacion de Los Procesos Civiles
February 25, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Clasificacion de Los Procesos Civiles...
Description
CLASIFICACIÓN DE LOS PROCESOS CIVILES La clasificación del proceso civil, puede efectuarse desde diversas variables; por lo tanto, haré referencia a aquellas relacionadas con nuestra legislación, la finalidad y la estructura del proceso.
+rocesos de conocimiento +roceso abreviado +roceso sumarsimo +roceso cautelar +roceso -nico de ejecución
+rocesos ontenciosos
)eg-n el .+.. +rocesos ontenciosos
o
)eg-n su finalidad.
+rocesos de conocimiento +roceso ejecutivo +roceso cautelar
)eg-n su estructura.
+roceso simple +roceso complejo
Al respecto, es elemental recurrir a los grandes juristas que abundaron en definiciones y conceptualizaciones sobre el tema de la materia; as por ejemplo!
Chiovenda, padre del procesalismo italiano afirmaba que el proceso civil es "el conjunto de actos coordinados para la finalidad de la actuación de la voluntad concreta de la ley #en relación a un bien que se presenta como garantizado por ella$ por parte de los órganos de la jurisdicción ordinaria."
Carnelutti, define al proceso civil como aquella operación mediante la cual se obtiene la composición del litigio. %el mismo modo afirmaba que, "el fin del proceso es la composición del litigio para lograr la paz social".
Echandia , se&a se&ala la que el proceso es el conjun conjunto to de actos actos coordi coordinad nados os que se ejecut ejecutan an mediante funcionarios judiciales del 'stado para la acción de la ley en un caso concreto con el fin de declarar o satisfacer coactivamente los derechos consagrados en ella.
!o Rocco, dice! "es el conjunto de actividades de los órganos jurisdiccionales y de las partes, para desenvolvimiento de la función civil o sea el conjunto de las las necesarias ac acti tivi vida dade des s deello los s ór órga gano noss juri jurisd sdicc iccio ional nales es y jurisdiccional de la lass pa part rtes, es, ne nece cesar sarias ias pa para ra la declaración de certeza o para la realización coactiva de los intereses tutelados por las normas jurdicas en caso de falta de certeza o de inobservancia de esas mismas normas". (inalmente, Couture, enfatiza enfatiza que la idea del proceso es necesariamente teleológica; por consiguiente, si no culmina en la cosa juzgada, el proceso es sólo procedimiento. )eguidamente, en la siguiente p*gina presentaré un cuadro sinóptico de la clasificación del +roceso ivil +eruano.
CADRO SINÓP"ICO DE LA CLASIFICACIÓN DEL PROCESO CIVIL PERANO EN PRI#ERA INS"ANCIA Procesos$ Proces os$ Conoci%iento, A&re A&reviado, viado, Su%ar'si%o, E(ecutivo)
Conoci%iento +lazo para contestar la demanda! /0 das. 1econvención! si hay. +lazo para contestar la reconvención! /0 das. '2cepciones! 30 das. +lazo para contestar e2cepciones! 30 das. 4achas 4achas u oposiciones a las pruebas! 05 das. +lazo para absolver tachas u oposiciones! 05 das. +lazos especiales del emplazamiento! 60 ó 70 das. )aneamiento! 30 das. Audiencia conciliatoria! 80 das. Audiencia de pruebas! 50 das. Alegatos! 05 das. )entencias! 50 das +lazos para apelar la sentencia! 30 das.
A&reviado +lazo para contestar la demanda! 30 das. 1econvención! 'n algunos casos. +lazo para contestar la reconvención! 30 das. '2cepciones! 05 das. +lazo para contestar e2cepciones! 05 das. 4achas 4achas u oposiciones a las pruebas! 0/ das. +lazo para absolver tachas u oposiciones! 0/ das. +lazos especiales del emplazamiento! /0 ó 950 das. )aneamiento! 35 das. Audiencia conciliatoria! 35 das. Audiencia de pruebas! 80 das. Alegatos! 05 das. )entencias! 85 das +lazos para apelar la sentencia! 05 das.
Su%ar'si%o +lazo para contestar la demanda! 05 das.
1econvención! o hay hay.. +lazo para contestar la reconvención! o hay. '2cepciones! )e interpone al contestar la demanda. +lazo para contestar e2cepciones! 'n la audiencia -nica. 4achas u oposiciones a las pruebas! se act-an en la audiencia -nica. +lazo para absolver tachas u oposiciones! se act-an en la audiencia -nica. +lazos especiales del emplazamiento! 35 ó 85 das. )aneamiento! 30 das. Audiencia conciliatoria! 30 das. Audiencia de pruebas! 30 das. Alegatos! no hay. )entencias! 30 das +lazos para apelar la sentencia! 0/ das.
E(ecutivo +lazo para contestar la demanda! 05 das para contradecir. 1econvención! no hay. +lazo para contestar la reconvención! no hay. '2cepciones! 05 das e2cepción y defensas previas. +lazo para contestar e2cepciones! 05 das e2cepción y defensas previas. 4achas 4achas u oposiciones a las pruebas! 0/ das. +lazo para absolver tachas u oposiciones! 0/ das. +lazos especiales del emplazamiento! 30 das audiencia de pruebas. )aneamiento! 30 das audiencia de pruebas. Audiencia conciliatoria! 30 das de audiencia pruebas. Audiencia de pruebas! 30 das de audiencia de pruebas. Alegatos! 05 das después de la audiencia de prueba o del plazo para contradecir. )entencias! 05 das después de la audiencia de prueba o del plazo para contradecir. +lazos para apelar la sentencia! 05 das.
EN SE*NDA INS"ANCIA Procesos$ Proces os$ Conoci%iento, A&revia A&reviado, do, Su%ar'si%o)
Conoci%iento 4raslado de apelación! 30 das. Adhesión al recurso de apelación! si hay. 4raslado de la adhesión! 30 das. +ruebas! si hay. Audiencia de pruebas! se fija fecha.
:ista de la causa e informe oral! 30 das. +lazo para sentenciar! no hay. %evolución de e2pediente #si no hay 1ecurso de asación$! 30 das.
A&reviado 4raslado de apelación! 30 das. Adhesión al recurso de apelación! si hay. 4raslado de la adhesión! 30 das. +ruebas! si hay. Audiencia de pruebas! se fija fecha. :ista de la causa e informe oral! 30 das. +lazo para sentenciar! no hay. %evolución de e2pediente #si no hay 1ecurso de asación$! 30 das.
Su%ar'si%o 4raslado de apelación! no hay. hay. Adhesión al recurso de apelación! no hay. 4raslado de la adhesión! a dhesión! no hay. +ruebas! no hay. Audiencia de pruebas! no hay. hay. :ista de la causa e informe oral! 30 das. +lazo para sentenciar! no hay. %evolución de e2pediente #si no hay 1ecurso de asación$! 30 das.
CONCLSIONES$ 3.
'l proc proces eso o civil civil es el conjun conjunto to de acto actoss debid debidam amen ente te conc concat aten enad ados os y orden ordenad ados os en el tiempo que realizan el órgano jurisdiccional y las partes #eventualmente, también, los representantes del inisterio +-blico y terceros$ con el propósito de que, mediante una resolución judicial con autoridad de cosa juzgada, se solucione de manera definitiva un co conf nfli licto cto in inte tersu rsubj bjeti etivo vo de in inte tere reses ses o se el elim imin inee un unaa in ince certi rtidu dumb mbre re,, amba ambass co con n relevancia jurdica.
8.
)i el dere derech cho o civi civill mater ateria iall es un si sist stem emaa pr preo eord rden enad ado o a re reso solv lver er lo loss co con nflic flicto toss intersubjeti inters ubjetivos vos en su aspecto de fondo, fondo, el proceso deviene en un instrumento que debe posibilitar, de manera efectiva, tal finalidad. %e nada nos servira un ordenamiento jurdico material elaborado con sólidos fundamentos morales y académicos, si carecemos de un mecanismo procesal adecuado que lo vincule con las personas que padecen el conflicto concreto.
View more...
Comments