Clasificacion de Bienes Muebles e Inmuebles

December 16, 2018 | Author: Jesus Orrego | Category: Real Estate, Property, Nature, Civil, Science (General)
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CLASIFICACION DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES Esta clasificación se aplica tanto a las cosas corporales como a las incorporales. Bienes muebles

Son los que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellos e llos mismos, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas (Código Civil de Chile, artículo 567, inciso 1º). Sin embargo, el legislador, tomando en cuenta la destinación de ciertos muebles por naturaleza, estos se dividen en: Los muebles por naturaleza Coinci Coinciden den con la defini definició ción n de mu muebl ebles es que hemos hemos dado dado anteri anteriorm orment ente. e. Se clasifican en semovientes e inanimados. los bienes muebles que pueden transportarse de un lugar a otro moviéndose ellos mismos, como los animales.

Semovientes:

Inanimados: los bienes muebles que sólo se mueven por una fuerza externa, como un libro o una silla.

Muebles por anticipación Son aquellos bienes que, aunque unidos a un inmueble, son considerados como muebles para el efecto de constituir derechos sobre ellos a favor de otra persona que el dueño. “Los productos de los inmuebles, y las cosas accesorias a ellos, como las yerbas de un campo, la madera y fruto de los árboles, los animales de un vivar, se reputan muebles, aún antes de su separación, para el afecto de constituir un derecho sobre dichos productos o cosas a otra persona que el dueño. Lo mismo se aplica a la tierra o arena de un suelo, a los metales de una mina, y a las piedras de una cantera”. (Código Civil de Chile, artículo 571).

Bienes inmuebles

Se pued puede e defi defini nirr como como Finc Fincas as o bien bienes es raíc raíces es las las cosa cosas s que que no pued pueden en transportarse de un lugar a otro, como las tierras y minas, y las que adhieren perman permanent enteme emente nte a ellas, ellas, como como los edific edificios ios,, los árbole árboles”. s”. (Códig (Código o Civil Civil de Chile, Chile, artículo 568, inciso 1º). Los bienes inmuebles, por su parte, pueden clasificarse en tres categorías: por naturaleza, por adherencia y por destinación. Inmuebles por naturaleza Son aquellos que no pueden transportarse de un lugar a otro, como las tierras y las minas. Inmuebles por adherencia Son ciertos bienes que, aun siendo muebles, se consideran inmuebles por estar adheridos permanentemente a un inmueble, como los e dificios y los árboles. Para Para que un bien bien mueble mueble tenga la calida calidad d de inmueb inmueble le por adherenc adherencia ia es necesario que cumpla con 2 requisitos:

- Que el bien mueble esté adherido al inmueble formando un solo todo con él (árboles a un bosque). - Que esta adherencia sea permanente; si la adherencia es ocasional o transitoria el bien no adquiere la calidad de inmueble por adherencia, sino que mantiene el carácter de bien mueble. Es indiferente que la adherencia haya sido hecha por el propietario del inmueble o por un tercero. Inmuebles por destinación   “Se reputan inmuebles, aunque por su naturaleza no lo sean, las cosas que están permanentemente destinadas al uso, cultivo y beneficio de un inmueble, sin embargo de que puedan separarse sin detrimento”. (Código Civil de Chile, artículo 570). Para que un bien sea reputado inmueble por destinación, debe reunir dos requisitos: que la cosa esté destinada al uso, cultivo y beneficio de un inmueble y que dicho destino sea permanente.

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