Charla RUCEFA- Módulo I
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Módulo I: Sistema de gestión ambiental, SINEFA y el rol del OEFA Katherine Andrea Melgar Támara Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos
Índice I.
II.
III. IV. V. VI.
El derecho a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado a la vida de las personas Distribución de competencias ambientales en el país Sistema Nacional de Gestión Ambiental El Ministerio del Ambiente El rol y funciones del OEFA El nuevo enfoque de la fiscalización ambiental
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I.
El derecho a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida de las personas
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La protección del ambiente en el marco de la fiscalización ambiental El numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
La Ley General del Ambiente, aprobada por Ley N° 28611 considera los principios de responsabilidad ambiental y de internalización de costos, por los cuales las personas que generen impactos negativos al ambiente, deberán adoptar inexcusablemente las medidas para su restauración, rehabilitación o reparación, según corresponda; y, en el caso que las consecuencias sean irreversibles, deberán compensar en términos ambientales los daños generados.
La protección constitucional del ambiente y la libertad empresarial
Ambiente
Libertad Empresarial
A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. (Art. 2°inciso 22) El Estado estimula la creación de riqueza y garantiza (…) la libertad de empresa, comercio e industria. (Art. 53°)
Fuente: Presentación de Jerry Espinoza Lozada, «El Panorama ambiental en el Perú»
Tribunal Constitucional (TC) y el Desarrollo Sostenible
En cuanto al vínculo existente entre la producción económica y el derecho a un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida, se materializa en función al principio de desarrollo sostenible. (Exp.0048-2004-PI/TC).
Fuente: Presentación de Jerry Espinoza Lozada, «El Panorama ambiental en el Perú»
El Desarrollo Sostenible
Aspectos sociales
Aspectos ambientales
LGA (Art. V del TP)
Aspectos económicos
Satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones .
Fuente: Presentación de Jerry Espinoza Lozada, «El Panorama ambiental en el Perú»
II. Distribución de competencias ambientales en el Perú
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COMPETENCIA
• “La competencia constituye, en principio una atribución legítima otorgada a una determinada autoridad gubernamental para el conocimiento y resolución de un asunto”
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Tipos de Competencia Competencias exclusivas: Son aquellas cuyo ejercicio corresponde de manera exclusiva y excluyente a cada nivel de gobierno conforme a la Constitución y la ley.
Competencias compartidas: Son aquellas en las que intervienen dos o más niveles de gobierno, que comparten fases sucesivas de los procesos implicados. La ley indica la función específica y responsabilidad que corresponde a cada nivel. Competencias delegables: Son aquellas que un nivel de gobierno delega a otro de distinto nivel, de mutuo acuerdo y conforme al procedimiento establecido en la ley, quedando el primero obligado a abstenerse de tomar decisiones sobre la materia o función delegada. La entidad que delega mantiene la titularidad de la competencia, y la entidad que la recibe ejerce la misma durante el período de la delegación. Art. 13 de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de Descentralización Red Universitaria de Capacitación y Educación en Fiscalización Ambiental – RUCEFA
Distribución de competencias ambientales en el Perú
• De conformidad con la Constitución Política, el gobierno del Perú es unitario, representativo y descentralizado. • De acuerdo con la Ley General del Ambiente las competencias del Estado son ejercidas por organismos constitucionalmente autónomos, autoridades del gobierno nacional, gobierno regionales y gobiernos locales.
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Ley General del Ambiente y las Funciones Ambientales • La competencia del Estado en materia ambiental tiene carácter compartido (art. 9 de la Ley Nº 28245). • El diseño de las políticas y normas ambientales de carácter nacional es una función exclusiva del gobierno nacional. • Los gobiernos regionales y locales ejercen sus funciones y atribuciones de conformidad con sus respectivas leyes orgánicas y lo dispuesto por la Ley General del Ambiente. • Las autoridades regionales y locales con competencia ambiental, coordinan entre si, y con las autoridades nacionales, para armonizar sus políticas, evitar conflictos o vacíos de competencia.
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III. Sistema Nacional de Gestión Ambiental
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¿Quiénes participan?
Temas prioritarios Frente externo
Frente interno
La participación del país en la solución de los problemas ambientales globales: cambio climático, biodiversidad
* Revertir los procesaos ambientales negativos como la contaminación del agua, disposición de residuos sólidos, etc.
Tratados internacionales suscritos
* Prevenir mayores impactos ambientales (certiicación) * Desarrollar nuevas actividades económicas (eco negocios)
Principios del Sistema Nacional de Gestión Ambiental
Obligatoried ad
Transparencia
Participació n
Articulació n
Simplificación
Prevención
Coherenci a
Descentralizació ny desconcentraci ón
Internalizació n de costos
El Sistema de Gestión Ambiental: Planificación 1. Iniciativa Latinoamericana y Caribeña para el Desarrollo Sostenible: Indicadores de Seguimiento – ILAC. Indicadores comprendidos: 49 Encargado de reportar: Ministerio del Ambiente (DGIIA) Periodicidad: Cada dos o tres años
Fecha de último reporte: Marzo 2009 Quien recibe el reporte: PNUMA
2. Objetivos de Desarrollo del Milenio - ODM Indicadores comprendidos: 58 Encargado de su reporte: INEI
Periodicidad: Anual Fecha de último reporte: 2010 Quien recibe el reporte: Naciones Unidas
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El Sistema de Gestión Ambiental: Planificación 4. Plan Bicentenario: el Perú hacia el 2021 Indicadores y variables comprendidos: 82 Encargado de su reporte: No determinado Periodicidad: Anual
Fecha de último reporte: 2009 Quien recibe el reporte: CEPLAN
5. Plan Nacional de Acción Ambiental, Perú: 2011 - 2021 Indicadores y variables comprendidos: 171 Encargado de su reporte: Sectores de Gob.
Periodicidad: Anual Fecha de último reporte: N/D Quien recibe el reporte: MINAM
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El Sistema de Gestión Ambiental: Planificación
La Política Nacional del Ambiente
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La Política Nacional del Ambiente
Es el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tiene la finalidad de definir y orientar el accionar de las entidades de los tres niveles de Gobierno, del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental.
Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
Objetivo General Ley N°28611 - Ley General del Ambiente “Artículo 9.- Del objetivo La Política Nacional del Ambiente tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona.”
Ejes de Política Cuatro ejes temáticos esenciales de la gestión ambiental: •
Eje de Política 1 Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica.
•
Eje de Política 2 - Gestión integral de la calidad ambiental.
•
Eje de Política 3 - Gobernanza ambiental.
•
Eje de Política 4 - Compromisos y oportunidades ambientales internacionales.
El Sistema de Gestión Ambiental: Planificación
Ejes estratégicos de la gestión ambiental
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Ejes estratégicos de la gestión ambiental Informe de la Comisión Multisectorial creada por Resolución Suprema Nº 189-2012-PCM
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Ejes estratégicos de la gestión ambiental Eje Estratégico A: Estado soberano y garante de derechos Eje Estratégico B: Mejora en la calidad de vida con ambiente sano Eje Estratégico C: Compatibilizando el aprovechamiento armonioso de los recursos naturales Eje Estratégico D: Patrimonio Natural saludable
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Sistema Nacional de Gestión Ambiental: Conformación Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental
Sistema de Evaluación e Impacto Ambiental
Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
Sistema Nacional de Información Ambiental
Sistema de Nacional de Gestión de Recursos Hídricos
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Sistema Nacional de Información Ambiental SINIA
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Tipo de información del SINIA Página web: http://sinia.minam.gob.pe/ Ente rector: MINAM Indicadores ambientales
Mapas temáticos
Normatividad ambiental
Biblioteca Ambiental
Informes sobre el estado del ambiente
Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos
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Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas
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SINANPE
Refugios silvestres, entre otros
Parques nacionales
Reservas nacionales
Santuarios nacionales
Santuarios históricos
Sistema de Evaluación e Impacto Ambiental
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Sistema Nacional de Evaluación e Impacto Ambiental - SEIA -
-
-
-
Ley Nº 27446 (Publicada el 23 de abril de 2001) y DS Nº 019-2009MINAM. Órgano rector: MINAM Sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión. También incluye las políticas, planes y programas a nivel nacional. Se encuentran dentro del ámbito del sistema los proyectos de inversión pública y privada que implique actividades, construcciones u obras que puedan causar impactos ambientales negativos. Ninguna autoridad nacional, sectorial, regional o local podrá aprobar la ejecución de proyectos si no cuenta previamente con la certificación ambiental (de acuerdo a la clasificación correspondiente) 35
Sistema Nacional de Evaluación e Impacto Ambiental - SEIA
Presentación de solicitud
2. Clasificación de la solicitud
I. DIA II. EIA-sd III. EIAd
3.Evaluación Certificación ambiental
4. Resolución
5.Seguimiento y control
Fuente: Presentación de Arturo Nakayama Watanabe 36
Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental
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Sistema Nacional de Evaluación Fiscalización Ambiental -
-
Ley Nº 29325 Órgano rector: OEFA El Sistema rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionador en materia ambiental. La finalidad del SINEFA es asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente, para coadyuvar a la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales, al desarrollo de las actividades productivas y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que contribuyan a una efectiva gestión y protección del ambiente. 38
IV. El Ministerio del Ambiente
Principales funciones Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno
Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, realizando funciones de fiscalización, supervisión, evaluación y control, así como ejercer la potestad sancionadora
Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
Coordinar la implementación de la política nacional ambiental con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
Aprobar las disposiciones normativas de su competencia.
Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
Organismos adscritos al MINAM
El Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI
Brinda servicios públicos, asesoría, estudios e investigaciones científicas en las áreas de meteorología, hidrología, agrometeorología y asuntos ambientales.
Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
El Instituto Geofísico del Perú - IGP
Estudia todos los fenómenos relacionados con la estructura, condiciones físicas e historia evolutiva de la Tierra. Ej: terremotos y huaycos.
Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
El Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP
Es una entidad dedicada a la investigación científica y tecnológica para el desarrollo, especializada en el uso sostenible de la diversidad biológica en la Amazonía.
Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP Tiene la finalidad de asegurar la conservación de las Áreas Naturales Protegidas del país, su diversidad biológica y el mantenimiento de sus servicios ambientales.
Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
El Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles SENACE Encargado de la revisión y aprobación de los Estudios de Impacto Ambiental detallados de los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, de alcance nacional que contemplen actividades u obras que puedan causar impactos ambientales significativos. Fuente: Presentación de Humberto Zúñiga Schroder, «El Panorama ambiental en el Perú»
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
El OEFA Fecha de creación: El año 2008, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013 (publicado el 14 de mayo de 2008).
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V. El rol y funciones del OEFA
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• Como entidad de fiscalización ambiental, con facultades de evaluación, supervisión y fiscalización y sanción. • Como rector del SINEFA, fiscaliza a las demás EFA.
El OEFA como rector del SINEFA
ente
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El Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA)
OEFA
ENTE RECTOR: Autoridad técnico normativa a nivel nacional que regula la fiscalización ambiental y verifica su ejercicio por las EFA.
SINEFA LAS EFA
Ejercen sus funciones con independencia funcional del OEFA.
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-
Nacional: Ej. Ministerios Regional: Ej. Gob. Reg. Local: Municipalidades
¿Cuándo una Entidad Pública califica como EFA?
• Cuando tiene atribuida alguna o todas las acciones de fiscalización ambiental en sentido amplio.
• Basta que una entidad del Estado se le haya asignado por norma alguna acción de vigilancia, control, seguimiento, verificación, evaluación, supervisión, fiscalización en sentido estricto y otras similares que se enmarcan dentro de las funciones de fiscalización ambiental, para que esta sea considerada una EFA.
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¿Cuándo una Entidad Pública califica como EFA? •
EFA Nacional: Algunos ministerios y organismos técnicos especializados ejercen funciones de fiscalización ambiental a través de sus direcciones, áreas u oficinas ambientales, o las que hagan sus veces. Ejemplo: la Autoridad Nacional del Agua supervisa la calidad ambiental de los recursos hídricos.
•
EFA Regional: Los gobiernos regionales ejercen funciones de fiscalización ambiental a través de las áreas de recursos naturales, energía, minas e hidrocarburos, salud ambiental, acuicultura y pesca artesanal, o las que hagan sus veces. Ejemplo: los gobiernos regionales tienen a su cargo la fiscalización de la pequeña minería y minería artesanal.
•
EFA Local: Las municipalidades provinciales y distritales ejercen funciones fiscalización ambiental a través de las unidades orgánicas ambientales, áreas de fiscalización u otras que hagan sus veces. Ejemplo: municipalidades provinciales tienen a su cargo la fiscalización ambiental la adecuada gestión de los residuos sólidos en sus jurisdicciones.
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de las las de
El PLANEFA
• Es el Instrumento de planificación a través del cual cada EFA programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo, a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente.
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¿Quiénes deben elaborar el PLANEFA? •
El OEFA y,
•
Todas las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA)
Gobierno Nacional (Sectores),
Gobiernos Regionales
Gobiernos Locales (Municipalidades Provinciales y Distritales),
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El OEFA como ente Rector del SINEFA
Función normativa para el ejercicio de las funciones de fiscalización ambiental.
OEFA Función de Supervisión a Entidades Públicas.
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El OEFA como ente Rector del SINEFA (Guía)
• Asistencia técnica respecto del ejercicio de las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA. • Impulso en la elaboración de los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) de las EFA.
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El OEFA como ente Rector del SINEFA (Guía)
•
Brinda opinión jurídica respecto de proyectos normativos sometidos a su consideración por parte de las EFA
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El OEFA como ente Rector del SINEFA • Función normativa: Dictar las normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA y otras de carácter general referidas a la verificación de las obligaciones ambientales fiscalizables. Asimismo, comprende la facultad de tipificar infracciones, aprobar la escala de sanciones, los criterios de graduación de éstas y los alcances de las medidas preventivas, cautelares y correctivas a ser emitidas por las instancias competentes.
Base Legal 1. Artículo 17° de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, aprobado por Ley N° 29325 2. El Régimen Común de Fiscalización Ambiental : Aprobado por Resolución Ministerial N°247-2013MINAM (28. 08.2013)
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Base Legal 1. La tipificación de infracciones y sanciones generales y transversales aprobada por el Consejo Directivo del OEFA será de aplicación supletoria a la tipificación de infracciones y sanciones que utilicen las EFA. (Artículo 17° de la Ley del SINEFA)
2. Para el ejercicio regular de las funciones de fiscalización ambiental a su cargo, las EFA deberán cumplir con aprobar o proponer, según corresponda, las disposiciones que regulen la tipificación de infracciones y sanciones ambientales, adecuadas a la normativa que dicte el OEFA, sobre el particular. (Artículo 5°del Régimen Común de Fiscalización Ambiental)
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Tipificación de infracciones y determinación de escala de multas
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TIPIFICACIONES GENERALES Y TRANSVERSALES Resolución de Consejo Directivo N° 042-2013-OEFA/CD: Tipificación de Infracciones y Sanciones relacionadas con la eficacia de la Fiscalización Ambiental
(Carácter General) Relacionadas a la obstaculización de las funciones de fiscalización ambiental
Resolución de Consejo Directivo N° 045-2013-OEFA/CD: Tipificación de Infracciones y Sanciones relacionadas al incumplimiento de los LMP
Resolución de Consejo Directivo N° 049-2013-OEFA/CD: Tipificación de Infracciones y Sanciones relacionadas con los instrumentos de gestión ambiental
(Carácter Transversal)
(Carácter Transversal)
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El OEFA como ente rector del SINEFA: Funciones • Función supervisora de Entidades de Fiscalización Ambiental, nacional, regional o local: Comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización a cargo de entidades de fiscalización ambiental. De esa manera, puede establecer procedimientos para la entrega de reportes, informes técnicos y cualquier otra información relativa al cumplimiento de las funciones de las EFA.
La supervisión a las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA)
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La supervisión a las EFA • Verificar el desempeño de las EFA A través de supervisiones efectuadas desde el OEFA (documental) o en las dependencias y/o instalaciones de la EFA (en campo), lo que puede incluir visitas a zonas en las que las EFA desempeñen sus actividades de fiscalización ambiental.
• Exigir la presencia de un representante En el marco de una supervisión, de ser necesario, se encuentra facultado a exigir la presencia del responsable del área que realiza la función de fiscalización ambiental de la EFA, o quien haga sus veces, en la dependencia y/o instalación donde se realice la referida intervención. Red Universitaria de Capacitación y Educación en Fiscalización Ambiental – RUCEFA
La supervisión a las EFA
• Emitir disposiciones cuyo cumplimiento se verificará ex post Emitir disposiciones de obligatorio cumplimiento a las EFA y posteriormente efectuar el seguimiento y control respectivos. • Solicitar información a las EFA Solicitar documentos y/o acceder a información que considere pertinente para el ejercicio de su función supervisora a las EFA, estableciendo un plazo determinado para su entrega. La información y documentación presentada podrá ser objeto de verificación y comprobación por parte del OEFA. Red Universitaria de Capacitación y Educación en Fiscalización Ambiental – RUCEFA
La supervisión a las EFA • Comunicar a la Contraloría General de la República Informar a la Contraloría General de la República aquellas situaciones donde se verifique el incumplimiento de las funciones de fiscalización ambiental a cargo de las EFA, lo que acarrea responsabilidad administrativa funcional. * La Ley NO ha otorgado al OEFA la función de sancionar a las EFA. Por ello, el OEFA no puede aplicar, por ejemplo, amonestaciones o multas a las EFA o a sus funcionarios. Red Universitaria de Capacitación y Educación en Fiscalización Ambiental – RUCEFA
El OEFA como entidad de fiscalización ambiental
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Macroproceso de Fiscalización Ambiental Evaluación
Supervisión directa
Fiscalización
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Transferencia de Funciones MINERÍA (22.06.2010)
ENERGÍA (04.03.2011)
PESQUERÍA (16.03.2012)
INDUSTRIA (2013)
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Actividades que se encuentran bajo la competencia del OEFA • Sector minería: Mediana y gran minería en exploración, explotación, transporte, labor general, beneficio y almacenamiento de concentrados
Actividades que se encuentran bajo la competencia del OEFA • Sector energía: Subsector hidrocarburos: Exploración, explotación, transporte, refinación, almacenamiento, distribución y comercialización
Actividades que se encuentran bajo la competencia del OEFA • Sector energía: Subsector electricidad: transmisión y distribución
Generación,
Actividades que se encuentran bajo la competencia del OEFA • Sector pesquería: Acuicultura de mayor escala y procesamiento industrial pesquero
Actividades que se encuentran bajo la competencia del OEFA • Sector industria: Subsector industria manufacturera (cerveza, papel, cemento y curtiembre)
III. El nuevo enfoque de la fiscalización ambiental
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El nuevo enfoque de fiscalización ambiental tiene como valores la eficiencia, transparencia, justicia, probidad y responsabilidad
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Principios del Nuevo Enfoque de la Fiscalización Ambiental A. Equilibrio entre la promoción de la inversión y la protección ambiental B. Razonabilidad en la imposición de sanciones C. Mayor predictibilidad y menor discrecionalidad D. Transparencia E. Promoción de la remediación ambiental
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A. Equilibrio entre la promoción de la inversión y la protección ambiental
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Régimen de Incentivos y Registro de Buenas Prácticas Ambientales
• Mediante la Resolución Ministerial Nº 1672014-MINAM se establece el Régimen de Incentivos en el ámbito de la fiscalización ambiental, a fin de promover las buenas prácticas empresariales para prevenir en mayor medida los impactos negativos en el ambiente.
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MINAM: Régimen de Incentivos Registro de Buenas Prácticas Ambientales (RBPA) Aprobado por RCD 034-2014-OEFA/CD (publicada el 25/10/2014)
Cumplimiento de la normativa ambiental
Reglamento del Régimen de Incentivos (RI) Aprobado por RCD 040-2014-OEFA/CD
Actividades complementarias a la normativa ambiental
Resolución Ministerial N° 167-2014-MINAM
Fuente: Subdirección de Sanción e Incentivos de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos
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Registro de Buenas Prácticas Ambientales: Etapa de implementación - Algunas estadísticas 1
2 3
45 unidades fiscalizables inscritas en el RBPA.
35 empresas inscritas en el RBPA. El subsector hidrocarburos y el sector industria (cerveza, papel, curtiembre, cemento) en la etapa de implementación del RBPA no cuentan con unidades fiscalizables inscritas.
13 12
Pesca
Establecimientos Industriales Pesqueros
Unid. Fis Pesqueros Emp. E. Industriales Industriales Pesqueros
Electricidad
15
Unidades Fiscalizables
13
4
4
Empresas
Minería
9
Acuicultura Mayor Escala
Unid. FisMayor Emp. Acuicultura Escala Acuicultura Mayor Escala
11
Unidades Fiscalizables
Empresas
Fuente: Subdirección de Sanción e Incentivos de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos
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Registro de Buenas Prácticas Ambientales: ¿Cómo acceder al RBPA? Ingresar a: www.oefa.gob.pe
Fuente: Subdirección de Sanción e Incentivos de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos 86
Registro de Buenas Prácticas Ambientales: ¿Cómo acceder al RBPA?
Fuente: Subdirección de Sanción e Incentivos de la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos
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B. Razonabilidad en la imposición de sanciones • Ilegales: Desarrollen actividades en zonas prohibidas
• Informales: No cuenten con título habilitante • Se verifiquen factores agravantes
Fuente: Presentación PCD 24.06.2014
ILEGALES INFORMALES
FORMALES
Hasta 30 000 UIT
Hasta 25 000 UIT Hasta 15 000 UIT
C. Mayor predictibilidad y menor discrecionalidad
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D. Transparencia
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Registro de Actos Administrativos y Registro de Infractores Ambientales
91
Registro de Actos Administrativos y Registro de Infractores Ambientales http://www.oefa.gob.pe/ http://publico.oefa.gob.pe/sifam/faces/page/fiscalizacion/registroInfractor/principal.xhtml
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Registro de Actos Administrativos y Registro de Infractores Ambientales
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E. Promoción de la remediación ambiental
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Medidas Administrativas • Mandato de carácter Particular • Medidas Preventivas
• Medidas Cautelares • Medidas Correctivas
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Reglamento de Supervisión Directa Resolución N° 007-2013OEFA/CD
Reglamento de Procedimiento Administrativo Sancionador Resolución N° 012-2012OEFA/CD
Tipos de medidas correctivas y ejemplos
Medidas Correctivas por sectores
Desde el 2011 al 2014, la DFSAI ha impuesto 208 medidas correctivas, de las cuales 180 fueron impuestas a partir de la vigencia de la Ley N°30230 (86.5%)
Medidas correctivas dictadas por la DFSAI (2011 –2014)
Sector
2011
2012
2013
Minería Pesquería Hidrocarburos Electricidad Total
0 0 3 0 3
0 0 1 1 2
6 0 2 8 16
2014 Antes de la Ley N° 30230 Ley N° 30230 3 87 2 60 2 26 0 7 7 180
Total 96 62 34 16 208
Medidas Correctivas impuestas a partir de la vigencia de la Ley N° 30230 A partir de la vigencia de la Ley 30230 se dictaron ciento ochenta (180) medidas correctivas en setenta y cinco (75) procedimientos administrativos sancionadores, conforme a lo siguiente:
Tipos de medidas correctivas impuestas con la Ley N° 30230 (Al 2014) Sector
Adecuación
Restauración
Compensación
Otros
Total
Minería
86
1
0
0
87
Pesquería
55
0
0
5
60
Electricidad
7
0
0
0
7
Hidrocarburos
25
1
0
0
26
Total
173
2
0
5
180
98
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