consecuentemente de los frutos o rendimientos de éstos que se obtengan dentro del fideicomiso irrevocable que sirve de base a su emisión.” Artículo 609 del Código de Comercio.
CONTRATO DE FIDEICOMISO Es aquel por el cual una persona llamado fideicomitente, transmite determinados bienes y derechos a otro llamado fiduciario (que solo puede ser un banco o instituciones de crédito) afectándolo a fines específicos que redundan en
beneficio
de
un
tercero
llamado
fideicomisario. Artículo 766-771 del código de comercio.
CLASES DE FIDEICOMISO DE GARANTÍA DE ADMINISTRACIÓN DE INVERSIÓN
El artículo 76 del Decreto legislativo 34-96 que contiene la Ley del Mercado de Valores y Mercancías, debe ser un fideicomiso de inversión, pues sólo en esta clase de fidecomisos se puede acordar la emisión de certificados fiduciarios. Para poder emitir certificados fiduciarios se necesita autorización de la Junta Monetaria. Artículo 610 del código de comercio.
EJEMPLO Una empresa constructora de viviendas contrata un fideicomiso con un banco, transmitiéndole inmuebles destinado a la edificación de casas. Entonces el banco (fiduciario) si estuviere autorizado emite certificados fiduciarios como consecuencia del fideicomiso; los coloca en el mercado de la inversión de valores; y canaliza el dinero que obtiene en la realización del objeto del fideicomiso.
ELEMENTOS DE LOS CERTIFICADOS FIDUCIARIOS
ELEMENTOS PERSONALES LIBRADOR – LIBRADO:
•
Será el fiduciario del fideicomiso, quien es el que emite los certificados fiduciarios, es decir, una entidad Bancaria. BENEFICIARIO:
•
Será la persona que obtiene el título.
ELEMENTOS REALES Se constituye por:
•
•
LA SUMA DE DINERO QUE EL TÍTULO REPRESENTA, y LOS INTERESES QUE GENERA EL TÍTULO.
ELEMENTOS FORMALES Los certificados fiduciarios se pueden emitir en forma nominativa, a la orden o al portador. Pero si el bien fideicometido es un inmueble, la modalidad nominativa es obligatoria. Art. 612 código de comercio.
ELEMENTOS FORMALES
En
cuanto
a
presentación
documental,
además de los requisitos legales generales de todo título, el certificado debe contener los requisitos que contempla el artículo 613 del código de comercio.
ELEMENTOS FORMALES
1. Nombre del titulo: certificado fiduciario 2. Datos de la escritura en que se contrató el fideicomiso que origina los títulos y lo referente a la creación de los certificados
ELEMENTOS FORMALES
3. Descripción de los bienes fideicometidos 4. Valor de los bienes (su avalúo) cuando los certificados tengan valor nominal
ELEMENTOS FORMALES
5. Facultades del fiduciario; 6. Derechos de los tenedores de los títulos, expresando el régimen de su ejercicio;
ELEMENTOS FORMALES
7. Firma del fiduciario y de la autoridad administrativa que intervenga en las creación de los títulos.
Artículo 611 código de comercio.
DERECHOS QUE CONFIERE EL TÍTULO
1. A una parte alícuota de lo que
produzcan
los
bienes
fideicometidos. En este caso, el tenedor del titulo es un fideicomisario participe, con derechos de acreedor.
2. A una parte alícuota de los derechos de
propiedad
sobre
los
bienes
fideicometidos o sobre el precio que se obtenga de su venta. En este caso el certificado representa un derecho de copropiedad o una acreeduría sobre parte del precio que se obtuviera al venderlos.
3. A una parte determinada del bien inmueble fideicometido, en cuyo
caso
representa
el un
certificado derecho
propiedad inmueble.
de
EL PLAZO DEL CERTIFICADO. Este no podrá exceder del plazo del fideicomiso que origina el certificado. Art. 614 del código de comercio.
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.