CASO 2 -derecho constitucional
Short Description
Download CASO 2 -derecho constitucional...
Description
DERECHO CONSTITUCIONAL (PRIMER PARCIAL) PARCIAL)
CASO 1: "En el día de la fecha, estando en sesiones ordinarias del Congreso, una de las cámaras, siguiendo el orden del día, se dispone a tratar el proyecto aprobado por la Cáma Cámara ra de Orig Origen en y cuyo cuyo obje objeto to está está rela relaci cion onad ado o a la Decl Declar arac ació ión n de Necesi Necesidad dad de eform eforma a de la Consti Constituc tución ión Nacion Nacional! al! En esa oportu oportunid nidad, ad, los legisladores de la Cámara eisora se disponen a otar y, una e# escrutada la oluntad de cada uno de los miembros de la cámara, se e$presan por la negatia de aprobar el proyecto! %l tomar conocimiento el &residente de la Nación de la suerte 'ue había seguido el proy proyec ecto to en el Cong Congre reso so,, deci decide de 'ue 'ue la refo reform rma a a la Cons Consti titu tuci ción ón era era fundamental fundamental y bajo tal argumento, argumento, mediante mediante el Decreto Necesidad y Urgencia ()()*+), declara la necesidad de la reforma de la Constitución Nacional, por la 'ue se establece -a modificación de los artículos .. y +)) de la C!N! El pla#o de /) días para sesionar! • •
De manera inmediata al dictado del decreto de referencia, el &residente de la Nación llamó a elecciones para elegir conencionales constituyentes! En el pla#o estipulado por el Decreto, la conención constituyente se reunió en la proincia de 0anta 1e y cumplió su cometido, modificando los siguientes artículos (), /), .. y +)) de la C!N!
-uego de la lectura del caso planteado, le proponemos resoler los siguientes interrogantes
1) ¿Es correcta la forma en que se declaró la necesidad de la reforma por parte del Presidente de la Nación? Explicite Ud. los distintos pasos a segu seguir ir segú según n el artí artícu culo lo 30 de la N. N. !cons !consid ider ere e las las discu discusi sion ones es doctrinarias en materia de reforma de la N". #nalice el accionar de la con$ención constitu%ente con relación a sus facultades materiales % temporales. El presidente según el rti!"l# $$ In!is# %& Prti!ip de l '#r!in de ls le*es le*es !#n rreg rregl# l# l C#ns C#nstit tit"!i "!in n++ ls ls pr#" pr#"lg lg * ,!e ,!e p"-l p"-li! i!r& r& El P#de P#der r E.e!"ti/# n# p#dr0 en ningún !s# -.# pen de n"lidd -s#l"t e insn-le+ eitir eitir disp#si! disp#si!i#ne i#nes s de !r0!ter !r0!ter legisl legislti/# ti/#&& S#lent S#lente e !"nd# !"nd# !ir!"ns !ir!"nstn! tn!is is e!ep!i#nles ,i!iern ip#si-le seg"ir l#s tr0ites #rdinri#s pre/ist#s p#r est C#nstit"!in pr l sn!in de ls le*es+ * n# se trte de n#rs 2"e reg"len teri teri penl+ tri-"tri tri-"tri++ ele!t#r ele!t#rl l # el r3gien de l#s prtid#s prtid#s p#l4ti!# p#l4ti!#s+ s+ podr& dict dictar ar decr decret etos os por por ra'o ra'one nes s de nece necesi sida dad d % urge urgenc ncia ia(( los los que que ser& ser&n n decididos en acuerdo general de ministros
5 2Cómo se hace la declaración3 Alg"n#s "t#res entienden 2"e l de!lr!in de ne!esidd de re'#r de-e ,!erse p#r edi# de "n le*+ ientrs 2"e #tr#s s#stienen 2"e n# se trt de "n le*& P#r e.epl#+ pr Sn!,e6 7i#nte de-e ser "n de!lr!in * n# "n le*+ p#r2"e l sn!in de "n le* n# re2"iere !## en este !s# el /#t# de ls 89% prtes * de0s l !#nstit"!in ,-l de l#s /#t#s de l#s ;ie-r#s del C#ngres#<
* si se trtr de "n le* dir4 ;-s C0rs
View more...
Comments