Cartilla Digital Sobre Legislación Laboral Entrega 3 Jornada de Trabajo

August 23, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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UNIMINUTO LEGISLACION LABORAL PRESENTADO POR GRUPO 09:

 

LEGISLACION LABORAL

Corporación UNIMINUTO Universitaria Minuto de Dios

CARTILLA DIGITAL SOBRE LEGISLACIÓN LABORAL: ENTREGA 3, JORNADA DE TRABAJO

ACTIVIDAD 5 - APOYO A TEMÁTICAS

PRESENTADO POR GRUPO 09: 000000 – LISETH MENDOZA 000000 – STUAR PARRA 000000 – EDGAR MANJARRES 757100 - RAFAEL LIZCANO

Bibliografía:

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Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. (1950). Código sustantivo del trabajo [WEB]. Sabogal, E. (2012). Guía laboral 2012. Bogotá: Ecoe Ediciones. Soria, A. y Osterling, M. (2015) Contratos modernos: elementos esenciales y reglas aplicables para acuerdos comerciales. Lima: Universidad de Ciencias Aplicadas.

La siguiente presentación consigna información relacionada con la jornada de trabajo. El propósito de esta actividad es relacionar cómo se da la jornada de trabajo ordinaria y los descansos obligatorios en el contexto empresarial seleccionado.

 

QUE ES LA JORNADA L ABORAL LEGISLACION LABORAL

La jornada de trabajo, jornada laboral o tiempo de t rabajo, hace referencia al número de horas que el t rabajador trabaja efectivamente en una jornada o d rabajador ía. Puede referirse también al cómputo semanal, m ensual o anual de tiempo t iempo trabajado.La trabajado.La jornada de tr abajo se debe diferenciar del "horario de trabajo". UNIMINUTO|GRUPO 9

 

 JORNADAS CLASIFICACION

 JORNADA ORDINARIA ORDINARIA “Jornada de trabajo es el que corresponde al tiempo destinado a la ejecución de la labor contratada dentro de uno s parámetros máximos señalados por la ley, que pueden ser reducidos en benecio del trabajador” ART 158 CODI GO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

 JORNADA SUPLEMENTARIA SUPLEMENTARIA El trabajo suplementario o extra es aquel que excede la jornada laboral ordinaria del trabajador que se remunera con un recargo que depende del tipo de hora extra. ART 159 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

 TRABAJO EXTRA Y NOCTURNO Trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las veintiún horas (9:00 p.m.) y las seis hora s (6:00 a.m.). El trabajo suplementario o de horas extras, es cuando el trabajador labora más de las ocho horas diar ias de trabajo. UNIMINUTO|GRUPO 9

  

Caso en ejercicio, Analista logístico Horario de entrada y salida 7:30 – 17:30 Lunes a Viernes Almuerzo: 12:00 – 14:00 Sábado: Descanso

REGLAS GENERALES

 ART 161 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO

La duración máxima de la jornada laboral ordinaria de trabajo es de ocho (() horas al día y cuarenta, (48) horas a la semana y 240 h orasocho al mes. UNIMINUTO|GRUPO 9

OTRAS GENERALIDADES

 

1

En las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el gobierno puede ordenar la r educción de la jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes al respecto.

2

La duración máxima legal de la jornada de trabajo del menor se ajustará a las siguientes r eglas: 

El menor entre doce y catorce años solo podrá trabajar una jornada máxima de cuatro horas diarias y veinticuatro horas semanales, en trabajos ligeros.



Los mayores de catorce y menores de dieciséis años solo podrán trabajar una jornada jorn ada máxima de seis horas diarias y treinta y seis horas ho ras a la semana.



La jornada del menor entre dieciséis y dieciocho años no podrá exceder de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas a la semana.

 

LA JORNADA NOC  TURNA PODRÁ INI CIAR ANTES Ejemplo: X Empresa, para las liquidaciones pagos de salarios a partir de las 20:00 horas según los convenios laborales pactados por ambas partes como jornada nocturna.

C         M          E         E         O       M         P R            N T          N T  R           E         O S             A       C         S         A        D D E         T I L          T         I D           R       A       A B   A            D  O O          J O              D E            L      

 

EXCEPCIONES EN CAS OS ESPECIALES Articulo 163, mod

El límite máximo de horas de trabajo previsto en el artículo 161 pu ede ser elevado por orden del {empleador} y sin permiso del Minis terio del Trabajo, por razón de fuerza mayor, caso fortuito, de ame nazar u ocurrir algún accidente o cuando sean indispensables trab

ificado pordecret el arti culo 2 del o 13 de 1967

ajos de urgencia que deban efectuarse efectuarse en las máquinas o en la d otación de la empresa; empresa; pero únicamente únicamente se permite el trabajo en en l a medida necesaria para evitar que la marcha normal del estableci miento sufra una perturbación grave. El {empleador} debe anotar en un registro, ciñéndose a las indicaciones anotadas en el artículo anterior, lasartículo. horas extraordinarias efectuadas de conformidad con el presente UNIMINUTO|GRUPO 9

 

EXCEPCIONES EXCEPCIONES EN DETERMINADAS ACTIVIDADES Quedan excluidos de la regulación sobre la jornada, máxima legal de trabajo los siguientes trabajadores:

EXCEPCION 1

EXCEPCION 4 Los que desempeñen cargos de dirección,

Los servicios domésticos ya se traten de la

de conanza o deamanejo. sonyaq uellos que están cargo deEjemplo: la empresa p ueden tomar decisiones. Estas personas no tienen derecho a horas extras (Gerente de l a empresa)

boral en los centros urbanos o en el camp o.

EXCEPCION 3 Los que ejercen labores discontinuas o inte rmitentes y los de simple vigilancia, cuando residan en el lugar o en sitios de trabajo.

EXCEPCIONES EXCEPCION 2 Derogado por el articulo 56 del decreto 139 3 de 1970.

UNIMINUTO|GRUPO 9

 

Modicado por el articulo 23, ley 50 de 1990, ARTÍCULO 164. Descanso en día sábado. Pueden repartirse la s cuarenta y ocho (48) horas seman

DESCANSO ENSÁL A TARDE DEL

ales de trabajo ampliando la jornad a ordinaria hasta por dos (2) horas, por acuerdo entre las partes, pero c on el n exclusivo de permitir a los t

BADO

rabajadores el descanso durante to do el sábado. Esta ampliación no co nstituye trabajo suplementario o de horas extras. UNIMINUTO|GRUPO 9

 

La jornada laboral diaria que las par

DISTRIBUCIÓN D E LA JORNADA D E TRABAJO DIARI A

tes acuerden al tenor del articulo 1 61 del código sustantivo del trabaj o, se debe distrib distribuir uir en turnos o jor nadas en vista a la imposibilidad físi ca de que un trabajador labore inin terrumpidamente por 8 horas o má s. Las horas de trabajo diarias se deben di stribuir en por lo menos dos jornadas, c on un descanso intermedio remunerad o. UNIMINUTO|GRUPO 9

 

MUCHAS GRACIAS UNIMINUTO UNIMINUTO|GRUPO 9

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