Carta Notarial Municipalidad de Huancayo Imprimer
Short Description
es un documento de requerimiento de pago a una municipalidad...
Description
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESCIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
CARTA NOTARIAL Huancayo, 12 de Julio del 2017. Señor. DR. ALCIDES CHAMORRO BALBIN Alcalde de la municipalidad provincial de Huancayo. DIRECCION. PALACIO MUNICIPAL PLAZA P LAZA HUAMANMARCA.
Asunto
: SOLICITO RECONOCIMIENTO Y CUMPLIMIENTO DE PAGO POR LOS SERVICIOS DE ALQUILER DE MAQUINARIA-ENROCADO Y TRABAJOS REALIZADOS POR REQUERIMIENTO DE EMERGENCIA POR SU REPRESENTADA OBRA YA EJECUTADA.
Referencia:
SERVICIOS Y REQUERIMIENTOS PRESTADOS OBRA “DEFENSA RIBEREÑA PARA LAS INFRAESTRUCTURAS INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SOLIDOS SECTOR EDEN – EL TAMBO” HUANCAYO. DECLARADO EN SITUACION DE EMERGENCIA. ACUEDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 144-2011-MPH/CM 144-2011-MPH/CM del 16/06/2011 16/06/2011
Por medio de la presente me dirijo a usted, para saludarlos muy atentamente, y al mismo tiempo EXIGIRLE el EXIGIRLE el reconocimiento y cumplimiento cumplimiento de pago por los servicios y requerimientos prestados en la obra, “DEFENSA RIBEREÑA PARA LAS INFRAESTRUCTU IN FRAESTRUCTURAS RAS DE RESIDUOS SOLIDOS SECTOR EDEN – EL TAMBO” HUANCAYO , en mi calidad de contratista de la empresa SERVICIOS
MULTIPLES A&M E.R.L. RNP. Debidamente inscrito por ante el OSCE, con RUC N° 20486720353, 20486720353, reitero cumplimiento de pago por los siguientes conceptos 1.-ALQUILER DE MAQUINARIA EXCAVADORA SOBRE ORUGA ORUGA por 350 horas maquina ( a 325.00 soles la hora maquina) ascendiendo a la suma de S/ 172,250.00 (ciento setenta y dos mil doscientos cincuenta y uno con 00/100 soles), soles) , y 2.- LA ADQUISICION DE ROCAS DE CANTERA CANTERA la cantidad de 2130 m3 ( a 125.00 soles el m3 puesto en obra) ascendiendo a la suma de S/ 266,250.00 (doscientos sesenta y seis mil doscientos DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
cincuenta con 00/100 soles) haciendo un total de deuda la suma de S/ 438,500.00 ( cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos con 00/100 soles) por los dos servicios prestados para obra “DEFENSA RIBEREÑA PARA LAS INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SOLIDOS SECTOR EL EDEN- EL TAMBO” HUANCAYO.
Del ejercicio fiscal 2012.
1.- Señor Alcalde, su representada declaro en SITUACIÓN DE EMERGENCIA los trabajos a realizar y los requerimientos de la OBRA “DEFENSA RIBEREÑA PARA LAS INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SOLIDOS SECTOR EL EDEN- EL TAMBO” HUANCAYO” POR ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL. ESTO
DENTRO DEL MARCO JURIDICO NORMATIVO; LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Nº 1017, ART. 20 EXONERACION DE PROCESOS DE SELECCIÓN, letra b). Ante una situación de emergencia derivada de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional; ( en tal sentido estuvo en grave peligro la defensa ribereña del botadero controlado del sector EL EDEN-HUANCAYO. de ser arrasado-destruido
por las aguas del río
Mantaro, hecho por el cual nos contrató y se le brindo los servicios de alquiler de maquinaria y otros (El subrayado en nuestro). 2.- Así mismo, señor alcalde, el pleno del concejo municipal del año 2012, y los funcionarios de ese entonces tuvieron pleno conocimiento de los trabajos que realizamos en el sector citado, es así con la seriedad y responsabilidad contractual que asumió mi empresa se constituyó en el término inmediato in situ, a realizar los trabajos de afianzamiento de la defensa ribereña, las misma que se encontraba desbordado y parte de la defensa estaba siendo arrasado por las aguas del río Mantaro, momento en que desplegamos arduo trabajo, para poder contrarrestar y asegurar la defensa ribereña del botadero de residuos sólidos controlado del sector el EDEN, EL TAMBO DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
HUANCAYO, para dichos trabajos mi empresa ha contratado personal técnico y obreros y puse a trabajar también a toda mi maquinaria (maquinarias excavadoras, volquetes, etc.) Por otro lado mi empresa pago por la extracción de las rocas que extrajimos de la comunidad del distrito de Huayucahi para enrocar la defensa ribereña del botadero. Adjuntamos contrato y compromiso de pago contraídos por la comunidad. 3.- También sustento y corroboro los trabajos que realice, con las declaraciones de personas que su representada contrato para que realicen el trabajo de control de alquiler de maquinaria a nombre de la municipalidad en el botadero del EDEN, dentro de dichas personas contrataron a la Ing. Carolina Milagros Zevallos Ibarra, quien cumplía funciones de Residente de Obra, así mismo la trabajadora contratada por su representada la señora Dora Emilda Alvarado Ninalaya, quien estuvo como controladora de las horas máquina y el control de ingreso de rocas, también el que conoció de los trabajos fue el funcionario de la municipalidad de Huancayo señor Rubén Luis Salazar Astulla, quien fue jefe de Relleno Sanitario y realizó funciones de verificación técnica y la coordinación de los servicios prestados por mi empresa. 4.- Señor alcalde, debe saber conforme a sus competencias y funciones y es mas en
el predominio de la responsabilidad subjetiva, no sólo en lo que respecta a la voluntariedad del acto, como elemento primario y fundamento moral de la responsabilidad, sino también en cuanto que, para que un acto de lugar a la obligación de pagar la deuda e indemnizar, se requiere que el hecho cuya consecuencia haya sido causado intencionalmente, con el propósito de ocasionarlo, o que habiendo podido ser previsto, no lo fue por culpa o negligencia del agente. merito a doctrina (…)
Conducta típica que cualifica a sus funcionarios y a su persona señor alcalde, toda vez que teniendo conocimiento y habiéndoles solicitado el pago de la deuda que nos tienen, hacen caso omiso, máxime si de acuerdo a las normas de contrataciones con el estado, el Reglamento de Contrataciones con el Estado D.S. Nº 184-2008-EF. Es imperativo su cumplimiento
del Artículo 134.- Publicación de las resoluciones o acuerdos que aprueban las Exoneraciones. Las DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones y los informes que los sustentan, salvo la causal prevista en el inciso d) del artículo 20° de la Ley, serán publicadas a través del SEACE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda. En el mismo plazo, la referida información deberá ser comunicada a la Contraloría General de la República,
con copia a los Órganos de Control Institucional de las Entidades que cuenten con dicho Órgano. Acciones que es de su entera responsabilidad y de estrictu sensu. Así mismo el Artículo 135.- Procedimiento para las contrataciones exoneradas (…) La Entidad efectuará las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidas en las Bases, las cuales sólo deben contener lo indicado en los literales b), c), e), h) e i) del artículo 26° de la Ley. La propuesta podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La exoneración se circunscribe a la omisión del proceso de selección; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. La contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizada por el órgano encargado de las contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto. El cumplimiento de los requisitos previstos para las exoneraciones, en la Ley y el presente Reglamento, es responsabilidad del Titular de la Entidad y de los funcionarios que intervengan en la decisión y ejecución. Requisitos por las cuales nos contrataron y realizamos los trabajos en la obra citada. más aun su representada ha vulnerado mis derechos como persona y empresario, como bien lo señala el Art. 23 de Nuestra Constitución Política del Estado, que a tenor literal dice: “NADIE ESTÁ OBLIGADO A PRESTAR TRABAJO SIN REMUNERACIÓN”, actos antijurídicos que su representada ha cometido al no pagarme la deuda que me tienen. 5.- Señor alcalde al haber asumido la responsabilidad de realizar los trabajos en la obra , “DEFENSA RIBEREÑA PARA LAS INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SOLIDOS SECTOR EL EDEN- EL TAMBO” HUANCAYO” gracias a
la irresponsabilidad de sus funcionarios y a la mala fe con que actúan a la fecha estoy perjudicado económicamente, y me han causado un daño moral, peor a un me han denunciado penalmente por el delito Penal de COLUSION AGRAVADA que se siguió ante el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, signado con el expediente DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
02673-2013-72-1501-JR-PE-01, habiéndome ocasionado perjuicio económica y daño moral, pero que gracias a Dios luego de 4 cuatro años de juicio se ha archivado este proceso penal, archivándose definitivamente el 27 de abril del 2017 con la Resolución 31. Y estos perjuicios quien me los paga más aun el daño moral causado son irreparable. 6.- Señor Alcalde, los funcionarios que conocieron su oportunidad la deuda que me tienen por omisión de funciones y otros sus conductas típicas se encuadran dentro de diferentes tipos penales (concurso de delitos penales), que a continuación detallo: TIPO PENAL ABUSO DE AUTORIDAD. a.- Artículo 376 del Código Penal.- “El funcionario Público que, abusando de sus atribuciones, comete u ordena, en perjuicio de alguien, un acto arbitrario cualquiera, será reprimido…”.
TIPO PENAL OMISION RESUSAMIENTO O DEMORA DE LOS ACTOS FUNCIONALES. b.-. Artículo 377 del Código Penal.- “El funcionario Público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido…”.
TIPO PENAL MALVERSACION DE FONDOS. c.- Artículo 389.- del Código Penal.- “Malversación: El Funcionario o servidor Público que da al dinero o bienes que administra una aplicación definitiva diferente de aquella a los que están destinados, afectando el servicio o la función encomendada, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años.”
DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
TIPO PENAL RETARDO INJUSTIFICADO DE PAGO d.- Artículo 390 del Código Penal “El funcionario o servidor público que, teniendo fondos expeditos, demora injustificadamente un pago ordinario o decretado por la autoridad competente, será reprimido…”
TIPO PENAL DE PECULADO DOLOSO AGRAVADO. También por su conducta e irresponsabilidad estaría incurso en la demanda jurídica civil, Proceso de OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO y DEMANDA DE INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS ocasionados a mi empresa. EN CONSECUENCIA: Por estas consideraciones es que le CONMINO E INSTO PARA QUE EN EL PLAZO PERENTORIO
DE RECIBIDA LA PRESENTE, PROCEDA AL RECONOCIMIENTO,
CUMPLIMIENTO Y SE ME RELICE CANCELACIÓN TOTAL DE LA DEUDA QUE TIENE PARA CON MI EMPRESA SERVICIOS MULTIPLES A&M E.I.R.L., QUE ASCIENDE A LA CANTIDAD DE S/. 438,500.00 (cuatrocientos treinta y ocho mil quinientos con 00/100. Soles ), por los trabajos realizado en la obra DEFENSA RIBEREÑA PARA LAS INFRAESTRUCTURAS DE RESIDUOS SOLIDOS SECTOR EL EDEN- EL TAMBO” HUANCAYO” deuda que tendrá que cancelarme, con sus respectivos intereses.
En caso contrario me veré obligado a recurrir a las instancias pertinentes, e iniciar los actos procesales jurídicos de orden penal y civil como lo prescribe el ordenamiento jurídico nacional. Esto contra de quienes resulten responsables. MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS: 1-A Copia Fotostática de D.N.I. 1-B Vigencia de poder DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
1-C Copia de ACUEDO DE CONCEJO MUNICIPAL N° 144-2011-MPH/CM del 16/06/2011 que declaró EN SITUACION DE EMERGENCIA el tratamiento y disposición final de los residuos sólidos por el Consejo Municipal de Huancayo. 1-D Copia legalizado del Contrato para la Extracción de rocas con la comunidad del distrito de Huayucachi. 1-E Copia de Contrato de Compra y Venta de Materiales (rocas). Con el señor Rodrigo Mario Gallegari Cordero. 1-F Copia legalizada del alquiler de volquete con la empresa Karlita Vale EIRL. 1-G Copia legalizada del alquiler de volquete con el señor Edgar Victoria Tovar. 1-H Copia legalizada contrato de alquiler de maquinaria con la señora Ruth Liliana Vera Diego. 1-I Copia legalizada de arrendamiento de equipo pesado excavadora 336DL CATcondiciones particulares. Con la señora Luzenit Pari Córdova. 1-J Copia del recibo por horarios comprobante con el que cobra a la municipalidad provincial de Huancayo sus horarios la señora Dora Emilda Alvarado Ninalaya por haber controlado las horas máquina y el ingreso de rocas. 1-K Copia del Informe Técnico Pericial N° 003-2015-PERITO-FPCEDCF-JUNI de fecha del 30 de enero del 2015, sobre inspección técnica de la Obra Defensa Ribereña para la Infraestructura de Residuos Sólidos Sector el Eden-El Tambo. En el que constan las rocas que se colocaron en dicha obra. 1-L Copia de la Resolución N° 31 expediente 02673-2013-72-1501-JR-PE-01 que emitió el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria el 27/04/2017 con el que se archivó definitivamente la denuncia penal que se interpuso por el delito de Colusión Agravada. 1-Ñ Copia de Carta N° 017-2013-MPH/GSPL, con lo que la municipalidad nos solicita anexar documentos. DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
ASESORAMOS: ACCIONES CIVILES-PENALESADMINISTRATIVOS- LABORAL-CONTRATACIONES CON EL ESTADO-MUNICIPAL
.
1-N Copia de Carta N° 019-2013-MPH/GSPL con los que nos solicita adjunte copias legalizada a la solicitud de pago que presentamos, la misma que fue cumplido como nos solicitó. 1-M Copia de control de rocas. Atentamente,
________________________________ ANTONIO MATAMOROS CCANTO Gerente General EMPRESA SERVICIOS MULTIPLES A&M E.I.R.L.
DIRECCION: empresa SERVICIOS MULTIPLES A&M E.R.L. AV. MIGUEL GRAU N° 383 ANEXO DE SAÑOS GRANDE, DISTRIRO DE EL TAMBO, PROVINCIA DE HUANCAYO.
DIRECCION: JR. ANTONIO LOBATO N° 475 OFIC.220 EL TAMBO HUANCAYO CEL 948480603
View more...
Comments