Carta Notarial Desalojo

June 18, 2019 | Author: Percy Barbaran Quispe | Category: Property, Virtue, Política, Social Institutions, Sociedad
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CARTA NOTARIAL LIMA, 19 de Marzo de 2013 Señor: Zuñiga Rios Domicilio: Urbanización Popular de Interés Social Proyecto Especial Ciudad Pach Pachac acut utec ec Mz. A Lote Lote 09 Sect Sector or Barr Barrio io XIII XIII Grup Grupo o Resid Residen enci cial al 02. 02. Ventanilla ( Ex Asociación de Viviendas los Ventanilla). CIUDAD. De mi mayor consideración: Por intermedio del presente conducto Notarial lo REQUIERO la desocupación y entrega del inmueble de mi propiedad ubicado en el sector Barrio XIII Grupo Grupo Resid Residenc encial ial 02. 02. Urba Urbaniza nizació ción n Popul Popular ar de Interé Interés s Social Social Proy Proyect ecto o Especial Ciudad Pachacutec Mz. A Lote 09 ( Ex Asociación de Viviendas los Ventanilla), jurisdicción jurisdicción del Distrito de de ventanilla en la Provincia de Callao; debidamente inscrito en la Partida Registral N° P01003074 del Registro de Predios Urbanos de la Oficina Registral de Lima y Callao. Resulta de de su conocimiento conocimiento que que usted junto a terceras terceras personas, ingreso y ocupando de manera ilegal, arbitraria y sin título, ni documento que lo lo justifique la posesión posesión y explotación explotación del inmueble de mi propieda propiedad d (que acredito acredito con la Partida Partida Registral Registral y el Autoeval Autoevalúo úo hasta el 2013 ) , ostentando por tanto la calidad de ocupante precario al amparo de las disposiciones disposiciones legales vigentes; vigentes; En dicho contexto, contexto, le otorgo el plazo de DIEZ DIAS DIAS naturales naturales a efectos efectos de que procesa a su desocupación desocupación y entrega del citado inmueble. En el contexto precedente le requiero, se abstenga de efectuar construcciones o edificaciones en mi predio, puesto las mismas serán consideradas de mala fe y serán objeto de demolición posteriormente, en ejerci ejercicio cio de las accio acciones nes legale legales s en salva salvagua guardi rdia a de mi derech derecho o de propiedad. En caso de su renuencia a desocupar y entregar el inmu inmueb eble le,, así así como como a pros proseg egui uirr efec efectu tuan ando do cons constr truc ucci cion ones es con con los los materiales de mi propiedad, procederé ejercer las acciones legales contra usted y demás ocupantes ocupantes ante el el Poder Judicial, solicitando solicitando el desalojo desalojo por ocupante precario, así como la correspondiente acción indemnizatoria de daños y perjuicios generados con los actos de despojo del cual fui objeto. Sin otro particular me despido de usted. Atentamente.  JOYCE ESMERALDA ESMERALDA BOCANEGRA BOCANEGRA HERRERA HERRERA DNI N° 09069366 Domicilio Procesal Calle Celular. . Adjunto: Copia Titulo de Propiedad-

Copia ficha Registral.

CARTA NOTARIAL

Puno, 10 de Setiembre del 2010

Carta Nº 001-2010 Señor: Sra. XXXXXXX XXXXX XXXXXXX. DIRECCION: Jr. Deustua Nº 526.

PRESENTE:

PRIMERO: que por vía notarial el recurrimos respetuosamente a su persona con la finalidad de comunicarle que somos los herederos del quien en vida fuera XXXXXXX XXXXXX XXXXXX conforme a la resolución debidamente inscrito en registros públicos y en merito a dicha resolución y le damos un plazo de treinta días para desocupación de parte de la tienda ubicado en el jr. Deustua Nº 526 en vista de que se encuentra como ocupante precario sin tener  titulo alguno que de no hacer caso en ese termino se hará responsables de gastos que ocasione el proceso por desalojo y otros.

SEGUNDO: Recurrimos a la presente de acuerdo a la fundamentación jurídica de nuestro Código Civil vigente Art. 923º Definición.- la propiedad es el poder   jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien. Debe ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley.  Artículo 911 del Código Civil, numeral que establece claramente que la posesión precaria es la que se ejerce sin título alguno o cuando el que se tenía ha fenecido. Art. 586º del Código Procesal Civil, del cual se infiere que puede demandar (el desalojo), entre otros, el propietario (como se da en el caso particular), y que puede ser demandado, entre otros, el precario (como ocurre en el caso particular).

TERCERO: Adjuntamos a la presente los DNI, así como la anotación preventiva de la sucesión intestada del causante XXXXXX XXXXX XXXXXX y como sus herederas a XXXX XXXX XXXXXXXXX, XXXXXX XXXXXX XXXXX y XXXXXX XXXXXX XXXXXXX.

Sin otro particular, nos despedimos Atentamente.

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DNI: DNI:

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DNI:

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