Carta Notarial de Teodoro Flores Huaman

June 9, 2019 | Author: Luther Silvestre | Category: Possession (Law), Private Law, Common Law, Justice, Crimen y justicia
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Modelo de carta notarial...

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CARTA NOTARIAL Lima, 25 de agosto del 2015.

Señor: RONALD ARIZA DAZA Jr. Berlín, Mz. O11, Lote 20; Asentamiento Humano 5 de  Noviembre, San San Juan de Lurigancho. Lurigancho. Ciudad. De mi consideración: Por intermedio de la presente que le llegará por conducto notarial, tenemos a bien responder su Carta Notarial Nº 19872-15, fechada el 21 de agosto del 2015, recepcionada con fecha 24 agosto del 2015, en los siguientes términos:

1. En su Carta manifiesta que mi persona “le imputa en forma calumniosa

el

hecho

de

haber

simulado

un

contrato

de

compraventa con Franco Arriaga Panduro con fecha 14 de febrero del 2014 cuando ya se había interpuesto la demanda de nulidad de acto jurídico el 09 de agosto del 2013 e incluso estaba en curso una medida cautelar de anotación de demanda del proceso de nulidad de acto jurídico, pese a conocer estos hecho celebre un contrato de compra venta sobre el inmueble…” 

2. Al respecto debo manifestar que la defensa de mi propiedad es un derecho que me corresponde y que se encuentra amparada por nuestro ordenamiento jurídico, y como usted lo reconoce, existe una demanda de nulidad de acto jurídico seguida bajo el expediente N° 294-2013-0-3207JM-CI-02, proceso en el que se viene debatiendo la nulidad

de

las

sucesivas

compraventas

simuladas

que

se

ha

realizado sobre mi inmueble adquirido en el año 1979 de la

Cooperativa

de

Vivienda

la

Huayrona

Ltda.

373,

compraventas que se iniciaron cuando termine de pagar la hipoteca, por lo que está lejos de ser “antojadiza” la

defensa que vengo ejerciendo sobre mi propiedad. 3. Es menester, aclararle, sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, que las expresiones contenidas en la solicitudes de conciliación a las que su persona hace referencia, contratos

evidencia de

la

compraventa

absoluta(alrededor

de

8

realidad, evidencia hasta

la

pues una

todos

los

simulación

actualidad),

que

evidentemente me ha causado un perjuicio, más aun, la forma en que fui despojado de la posesión de mi propiedad, del inmueble que adquirí hace más de 34 años mediante un contrato de compraventa hipotecario directamente suscrito con la Cooperativa de Vivienda la Huayrona Ltda. N° 373 el día 13 de agosto de 1979, y sobre el cual he ejercido la posesión por más de 34 años, que incluso le consta a todos los vecinos, siendo despojado violentamente de dicha propiedad

por

inmediatamente

un fuera

grupo

de

transferido

personas, a

su

para

que

persona,

en

consecuencia lo expresado en la solicitud en referencia, en su oportunidad de ser el caso, será probada con los medios probatorios respectivos; siendo así le hago la precisión, sin perjuicio de hacer valer en su oportunidad la “Exceptio Veritatis” de conformidad con lo previsto por el artículo 134º inciso 4 del Código Penal. 4. Como verá, los hechos en que se funda mi solicitud de conciliación referenciada por su persona, nos son falsos ni calumniosos, ni tiene intenciones difamatorias, puesto que no se ha realizado “ante varias personas, reunidas o

separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, que

pueda

perjudicar

su

honor

o

reputación”;

en ese

sentido, es preciso indicarle con la única pretensión que tengo

es

recuperar

la

posesión

del

inmueble

de

mi

propiedad ubicada en la Mz. Y, Lote 2 o Jirón Las Gemas N° 570 esquina con Jirón Piedra Luna N° 2191, Cooperativa de vivienda La Huayrona, mediante interdicto de recobrar (Expediente N° 599-2014 seguido ante el 1° Juzgado Civil de

San

Juan

de

Lurigancho),

en

consecuencia

dicho

documento no es una carta pública, ni un comunicado masivo, ni tiene la intención subjetiva de difamar a nadie,

sino

llanamente

incorpora

una

petición

cuyo

contenido solo está dirigido en forma personalísima a “los invitados” y como tal es

está

exento

de

todo

falto de todo carácter público y

ánimo

publicitario

de

difundir

cualidades de ninguna persona y ha sido redactada con plena

ausencia

de

cualquier

finalidad

subjetiva

de

pretenderle difamar o menoscabar su reputación, y como tal le exhorto a que no confunda los hechos ni interprete maliciosamente la información real. 5. Comentario aparte, merece su “llamado a la cordura”, puesto , que en todo caso, quien se alejó de la sensatez y la buena fe fue su persona al haber adquirido un inmueble que

me

ha

sido

despojado

violentamente,

y

que

supuestamente usted adquirió como “casa habitación” cuando

en la realidad cuando lo obtuvo era ya solo un corralón, porque habían destruido toda mi casa, por lo que con lo expresado en su Carta notarial, usted, contrariamente me está calumniando, pues me está atribuyendo la comisión de un delito. 6. Por estas consideraciones, esperamos que su persona tenga por entendido que al hacer uso de mi derecho a la libertad de expresión, comunicación y por sobre todo la defensa de

mis

derechos,

que

lo

vengo

realizando

totalmente

desprovisto de todo animo difamatorio ni calumnioso, razones por las que le pido se evite amedrentarme con cartas notariales, ni ponga plazos, ya que no tienen sentido puesto que, su persona con el tenor de su misiva SÍ nos está calumniando, por lo que me coloca en una obligación,

no

querida,

de

iniciarle

las

acciones

judiciales correspondientes, siendo de su cargo los gastos en que se pudiera incurrir para los fines del mismo.

Atentamente,

 _______________________ TEODORO FLORES HUAMÁN DNI N° 06733884

___________________________________________________________ Domicilio: -  Asociación de Propietarios República de Venezuela Mz. D, Lote 44, Cercado de Lima.

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