Carta #090

March 29, 2024 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CARTA Nº 090-GAF-MACSA-2014 Cusco, 11 de enero de 2015 Señores SAMARITAN SAC ASUNTO: SOLICITO DEPOSITOS EN CUENTA QUE SE INDICAN. Presente.De mi consideración: Es grato dirigirme a usted con la finalidad de expresarles , que en fecha 18.02.2013,mediante la Carta Nº 005-PD-MACSA-2013, comunicamos a la SUNAT la decisión de la Junta de Accionistas ,la cual autorizo se aperturen cuentas corrientes en el Banco Continental, a nombre de la Presidenta del Directorio y de la Gerente General ,para el manejo financiero de la Empresa Médicos Asociados Cusco S.A. En estas cuentas, actualmente estamos efectuando los depósitos por ingresos y egresos por distintas obligaciones que tiene la Clínica MacSalud. Teniendo en cuenta el Informe Nº282-2005-sunat/280000,mediantela cual absuelven las dudas relacionadas con la bancarización de pagos y transferencias ,apreciaremos tengan a bien efectuar los pagos por obligaciones emanadas por prestaciones de salud y otros que mantengamos con uds. , a la cuenta del Banco Continental signada con el Nº 0011-0200-0100099141-32. Con la finalidad de sustentar lo antes expresado, adjunto en fotocopias los documentos antes mencionados. Sin otro particular, me suscribo de usted, atentamente,

CARTA Nº 005-PD-MACSA-2013 Cusco, 18 de febrero 2013

Señores SUNAT CUSCO Presente.-

ASUNTO: INFORMA Y COMUNICA DECISION DE ACCIONISTAS

De mi consideración: Mediante la presente me dirijo a ustedes en representación de Médicos Asociados S.A. (MacSalud), para que en aras de la transparencia, le exprese lo siguiente: Que, al interior del accionariado de la Empresa MACSA, identificada con Ruc Nº20527956057han surgido diferencias en el proceso de representación de la misma, por lo que en aras de preservar y conservar los derechos de los accionistas, hemos tramitado ante la entidad financiera BANBIF, la inmovilización de las cuentas a favor de MACSA. Que, una empresa de salud como la que represento no puede paralizar su accionar frente a obligaciones de pago de bienes, insumos, servicios y obligaciones con remuneraciones y otros, y en tanto se solucione el conflicto arbitral y/o judicial, el Directorio que presido ha asumido el mandato que la Junta de Accionistas, mediante el cual autorizan a la Presidencia del Directorio que represento y a la Gerente General, para que suscribamos contratos de operaciones, con el BBVA CONTINENTAL, mediante la apertura de las siguientes cuentas : 1. Cuenta Corriente en soles Nº 0011-0200-0100099141-32 2. Cuenta Corriente en dólares Nº 0011-0200-0100099168-35 Que, las cuentas mencionadas están emitidas a nombre de la suscrita y de la Gerente General Dra. Frinee Barriga Cárdenas, como se aprecia del contrato de operaciones y servicios bancarios, cuya copia fotostática adjunto a la presente. Que, con finalidad de cumplir con nuestras obligaciones, estamos utilizando las cuentas mencionadas, en el pago de las mismas, en tanto reitero se solucione el conflicto surgido entre los accionistas. Consideramos que los actos empresariales deben estar enmarcados dentro de procesos transparentes, por cuya razón hacemos de vuestro conocimiento lo antes expresado . Anticipándose el agradecimiento de Médicos Asociados Cusco S.A. (MACSA), cuyo Directorio me honro en presidir, por la atención que le brinden a la presente, usando esta ocasión para expresarle las consideraciones de estima y aprecio personal.

Sin otro particular, me suscribo de usted, atentamente,

SUMILLA: Se absuelven diversas consultas vinculadas con la aplicación del Impuesto a las Transacciones Financieras. INFORME Nº 282-2005-SUNAT/2B0000 MATERIA: En relación con la aplicación de la Ley Nº28194, Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía, se efectúan las siguientes consultas: 1. Tratándose de una entrega de fondos con cargo a una colocación que el cliente instruye sea efectuada en su cuenta o no en la cuenta de un tercero en otra Empresa del Sistema Financiero (ESF), no se encontraría gravada la entrega de los fondos por el inciso j) del artículo 9º de la Ley Nº 28194 por que se está utilizando cuenta, pero ¿estará gravado por envió de dinero en aplicación del inciso e) del citado artículo?; ¿si se emite cheque de gerencia a favor de un tercero se gravara por la entrega de fondos y por la emisión del cheque ?. 2. En la cancelación de un financiamiento a una ESF (banco A) producto del honramiento de una carta de compromiso emitida por otra ESF (banco B), se pregunta ¿Cuál es el supuesto gravado, la cancelación del financiamiento al banco A(inciso b) del artículo 9º) o la gestión del cobro realizada por el banco B (receptor de la carta de crédito de exportación) (inciso d) del artículo 9º)?.

3. ¿la redención o cancelación al vencimiento en efectivo de un Certificado Bancario u otro instrumento financiero se encuentran fuera del campo de aplicación del ITF? 4. ¿El ITF generado por una operación realizada utilizando cuenta o sin utilizar cuentas, pero retenido con cargo a una cuenta distinta a la cuenta donde se realizó la operación gravada, esta exonerado del ITF?.

5. ¿Los pagos Los pagos a proveedores nacionales efectuados mediante transferencias desde el exterior con abono a sus cuentas son deducibles para el Impuesto a la Renta de acuerdo al artículo 8º de la Ley Nº28194?. 6. Para efectos de la bancarización las transferencias bancarias para acreditar el uso del medio de pago debe efectuarse a la cuenta del proveedor o puede efectuarse a cualquier cuenta de terceros que ordene el proveedor?.

7. ¿Para aquellas empresas con estabilidad jurídica sobre todo tributo creado o por crearse y contribuyentes con inafectaciones especiales, la exoneración rige a partir de la fecha de

presentación de la Constancia de Inafectacion emitida por la SUNAT al Banco, o desde 1.3.2004, en virtud de su convenio?. 8. Cuando se debe extornar una operación por cheque sin fondo, ¿procede la exoneración del ITF cobrado al cliente beneficiario por el abono del mismo, ya que hubo inicialmente movimiento contable en cuenta?.

9. En el caso de un cheque girado con chequera del Banco A y que es depositado en la cuenta que el girador del cheque mantiene en el Banco B, ¿el cargo en la cuenta del Banco B, ¿el cargo en cuenta del Banco A para hacer efectivo el cheque y el abono en la cuenta del Banco B se encuentran dentro de la excepción a que se refiere el inciso a) del artículo 9º de la Ley?. 10. Una operación de cambio, que no se encuentra gravada con el ITF ,¿modifica la naturaleza de la transacción realizada para efectos del ITF?. Por ejemplo, si se entrega al Banco A un cheque no negociable en soles para que luego de efectuado el cambio de moneda sean enviados dólares a una cuenta en dólares del emisor del cheque en el Banco B, o si con un cheque no negociable en soles se adquieren dólares para hacer varias operaciones como: pagar la adquisición de un cheque de gerencia en dólares, pagar una deuda en dólares al Banco y enviar dólares al exterior. En todos estos ejemplos, ¿el hecho que se haga efectivo el cheque, por ejemplo en soles, para cambiarlos por dólares y con esta última moneda realizar operaciones descritas en el artículo 9º de la Ley Nº28194 debe considerarse que se está utilizando cuenta y no gravar la operación con el ITF?.

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