Calculo de La Hora Hombre

February 4, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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CALCULO DE LA HORA HOMBRE Vamos a calcular en primer lugar las incidencias que las Leyes Sociales establecidas por su régimen laboral y que afectan el Jornal Básico, lo haremos suponiendo lo siguiente:  



La jornada laboral es de 8.5 horas de lunes a viernes y 5.5 horas los sábados, con un

total de 48 horas semanales.   Se considera un trabajador con tres (3) hijos en edad escolar.



 



El monto del pasaje urbano en promedio de S/. 1.20, lo que da una bonificación por movilidad diaria de S/. 7.20

 

Las condiciones de trabajo son normales

 

Cada día equivale a un jornada de 8 horas





Para calcular las incidencias hemos de calcular primero los días efectivamente laborados en el periodo señalado, recordando que para el país existen once semanas al año donde acontecen feriados nacionales no laborable, así como cincuentidos domingos que tampoco se labora normalmente. A cada día feriado le corresponde una jornada laboral en la que no se trabaja pero se recibe remuneración. Del cuadro siguiente podemos deducir que en el periodo se laboran efectivamente 302.75 días, se descansa 10.25 días por feriados y 52 días por dominical, en base a estos valores podemos deducir las incidencias. La parte decimal de estos valores se explica porque consideramos a cada día como una jornada laboral de 8 horas que es la que equivale al Jornal Básico

Incidencia del descanso dominical: es el cociente de dividir los 52 días de descanso dominical entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale a 17.91%

Incidencia de los feriados: es el cociente de dividir los 10.25 días de descanso por feriados entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale a 4.34%

Incidencia de la gratificación: El trabajador recibe dos veces al año 40 JB en los periodos de julio y diciembre, es decir 80JB al año que equivalen a 80 días de labor, la incidencia la hemos calculado dividiendo los 80 días entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale a 22.22%

 

Incidencia de la escolaridad: El trabajador recibe al año 30 JB por cada hijo en edad escolar o que inclusive este realizando estudios técnicos o universitarios, en promedio consideraremos 3 hijos que tienen ese derecho y que equivalen a 90 días de labor, la incidencia la hemos calculado dividiendo los 90 días entre los 302.75 días que se labora efectivamente

y

equivale

a

25.00%

Incidencia de las vacaciones: El régimen laboral establece el pago de un 10% del jornal básico por cada día que se labore, indicando expresamente que cuando un trabajador acumule 260 día de labor la compensación vacacional equivale a 30JB, por lo tanto estoy asumiendo que en 302.75 días de labor le corresponden 30 días por los primeros 260 días y el 10% del saldo, es decir 34.1 días. La incidencia de las vacaciones será entonces el cociente de 34.1dias dividido entre los 302.75 días que se labora efectivamente y equivale a 11.54%

Incidencia del overol: El acuerdo de Pacto Colectivo del año 2007 estableció que todo trabajador debe recibir al inicio de su relación laboral dos overoles. El costo de estos overoles debe amortizarse en el periodo laboral del trabajador, y si además establecemos un valor promedio del overol en S/. 70.00, podemos deducir que por cada día de labor amortizaremos S/. 140/302.75días, es decir S/.0.60 por cada día laborado. Los porcentajes deducidos inicialmente generan ingresos adicionales al trabajador, estos ingresos pueden estar o no afectos a los aportes indicados en el párrafo anterior por lo que podemos resumirlos como sigue:

 

BONIFICACIONES PERMANENTES  

REMUNERACION CATEGORIA BASICA

BONIFICACION BONIFICACION UNIFICADA DE POR MOVILIDAD CONSTRUCCION ACUMULADA (BUC)

OPERARIO

S/. 45.50

S/. 14.56

S/. 7.20

OFICIAL PEON

S/. 39.50 S/. 35.30

S/. 11.85 S/. 10.59

S/. 7.20 S/. 7.20

tabla de porcentajes de leyes

concepto 1.00 Porcentajes establecidos 1.01 indemnizacion - por tiempo de servicios - por participacion de utilidades 1.02 Seguro complementario de trabajo de riesgo - prestaciones asistenciales (ley26790) - prestaciones economicas 1.03 regimen de prestaciones de salud (essalud)

% DE L.S. Y B.S. APLICABLES Remuneración. basica BUC

12.00 % 3.00 % 1.30 % 1.70 % 9.00 %

2.00 2.01 2.02 2.03 2.04 2.05

Porcentajes deducidos salario dominical Vacaciones record (30 dias) Gratificacion por fiestas patrias y navidad Jornales por dias feriados no laborables Asignacion escolar (promedio 3 hijos)

3.00 3.01 3.02 3.03 3.04

Regimen de prestaciones de salud (9%) Sobre salario dominical Sobre vacaciones record Sobre gratif. de fiestas patrias y navidad Sobre jornales por dias feriados no laborables

1.61 % 1.04 % 2.00 % 0.39 %

4.00 4.01 4.02 4.03 4.04

Seguro complementario de trabajo de riesgo (3%) Sobre salario dominical Sobre vacaciones record Sobre gratif. de fiestas patrias y navidad Sobre jornales por dias feriados no laborables

0.54 % 0.35 % 0.67 % 0.13 %

17.91 % 11.54 % 22.22 % 4.34 % 25.00 %

1.30 % 1.70 % 9.00 %

 

TOTAL DE L.S. Y B.S. EN % SOBRE REM. BASICA Y BUC.

114.74 %

12.00 %

COSTO DE HORA HOMBRE CONCEPTO

OPERARIO

CATEGORIA OFICIAL

PEON

Remuneracion basica (RB)

S/. 45.50

S/. 39.50

S/. 35.30

Bonificaion unificada de construccion (BUC)

S/. 14.56

S/. 11.85

S/. 10.59

leyes y beneficios sociales sobre la RB

S/. 52.21

S/. 45.32

S/. 40.50

leyes y beneficios sociales sobre el BUC

S/. 1.75

S/. 1.42

S/. 1.27

Bonificacion por movilidad acumulada

S/. 7.20

S/. 7.20

S/. 7.20

Overol (2 unidades anuales)

S/. 0.60

S/. 0.60

S/. 0.60

COSTO DE DIA HOMBRE (DH)

S/. 121.81

S/. 105.89

S/. 95.46

COSTO DE HORA HOMBRE (HH)

S/. 15.23

S/. 13.24

S/. 11.93

CATEGORIA COSTO HH S/. 15.23 operario S/. 13.24 oficial S/. 11.93 peon

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