¿Qué es el cadáver ? Es cuerpo muerto de un ser humano. Se considera que la persona entra en estado cada ca davé véri rico co en el mome moment nto o en el cu cual al ya no se re regi gist stra ran n su sus s si sign gnos os vi vita tale les. s. Naturaleza del Cadáver Cuerpo humano y el cadáver Naturaleza Es un residuo del ser humano que ha perdido la vida. Técnicamente se llama! restos mortales. Para algunos, es y no es una cosa! "# Es una cosa porque es igual a cualquier o$%eto corporal. No es una cosa porque no está en el comercio humano por razones de salu$ridad y razones culturales. ¿EL CADÁVER ES PERS!A CSA?
'a na natur turale aleza za %ur %ur(di (dica ca de dell ca cadá dáver ver es un tem tema a muy dis discut cutido ido en entre tre lo los s do doctr ctrina inario rios s nacionales y e)tran%eros siendo de carácter primordial poder arri$ar a una conclusi*n puesto que a partir de all( es donde se pueden deducir cuáles son los derechos l(citos que se pueden e%ercer so$re el cadáver. En conclusi*n con respecto a la naturalez naturaleza a del cadáver cadáver éste no es considerado persona dado que en el momento de morir el hom$re se convierte en un o$%eto despo%ado de los atri$utos humanos. El cadáver entonces es considerado +cosa, puesto que no hay $ienes %ur(dicos que lo prote%an ya que lo que se protege es la vida no la muerte y esta -ltima no tiene valor alguno. naturaleza naturalez a %uridica ! 'a naturaleza %ur(dica del cadáver es un tema muy discutido entre los doctrinarios nacionales y e)tran%eros siendo de carácter primordial poder arri$ar a una conclu con clusi* si*n n pu pues esto to qu que e a pa parti rtirr de all all(( es do dond nde e se pu puede eden n de dedu ducir cir cu cuále áles s son los derechos l(citos que se pueden e%ercer so$re el cadáver. El C*digo Civil Colom$iano Colom$iano e)plica e)plica en el art(culo art(culo ""# que +el dominio que se llama tam$ién propiedad# es el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de ella no siendo contra la ley o contra derecho a%eno. 'a propiedad separada del goce de la cosa se llama mera o muda propiedad,. Esto nos da a entender que la propiedad es una caracter(stica %ur(dica e)cluyente s*lo puede disponer de la cosa el propietario y nadie más.. El de más derec recho ho de pro propie pieda dad d inc incluy luye e co como mo se lee en el ar art(c t(culo ulo el de derec recho ho de disposici*n que implica la capacidad de consumir la cosa destruirla ena%enarla o gravarla con derechos a /avor de terceros. 0uchos reclaman la aplicaci*n de estas disposiciones so$re el propio cuerpo humano. En el 1rt. #o de la 'ey 23 de "443 del C*digo Civil Colom$iano que +la persona termina con la muerte, es decir que instantáneamente se convierte en un cadáver. 5ero para poder sa$er cuál es la naturaleza %ur(dica del cadáver y poder aclarar si se trata de una cosa de una persona o ni de una u otra de estas naturalezas es pertinente sa$er que seg-n el C.C son consideradas +cosas, los o$%etos materiales suscepti$les de tener valor. Cuando el codi/icador ha$la de valor se re/iere a que la cosa tiene que ser aprecia$le en dinero es decir que de$e tener un valor pecuniario. En este caso no se podr(a decir que
el cadáver ser(a cosa puesto que darle dicha apreciaci*n monetaria ir(a en contra de la moral y las $uenas costum$res.
$eor%as De Algunos Doc&r'nan&es $eor%a de las sem'! personas y de la persona residual! 5ara 6emogue los muertos pueden ser considerados semi7personas por eso hay normas que protegen su memoria y que castigan las pro/anaciones de las tum$as. Esta postura es criticada puesto que cae en una contradicci*n l*gica al ha$lar de una semi7personalidad. 5or otro lado 8ier9e sostiene que el cadáver es un resto de la personalidad estando en éste caso su%eto a la decisi*n de sus /amiliares. :ipp tam$ién está de acuerdo con ésta postura porque para él esa personalidad residual es lo que permite que sus deudos puedan disponer de su cadáver para que el mismo tenga un entierro adecuado.
$eor%a de la res( 5ara Coviello una vez producida la muerte el cadáver va a tener una e)istencia impersonal pudiendo producir alguna utilidad industrial o cient(/ica que puede ser a t(tulo gratuito u oneroso. Esta onerosidad a la que Coviello hace re/erencia es duramente criticada so$re todo por la doctrina e)tran%era porque parece inmoral y contrario a las $uenas costum$res aceptar una comercialidad a$soluta del cadáver. 5or lo tanto un contrato de estas caracter(sticas de$e ser nulo. Siguiendo la misma l(nea se encuentra la doctrina alemana enca$ezada por ;ertman quien considera que el cadáver de una persona es cosa pero que por motivos de moralidad p-$lica son limitadas las relaciones %ur(dicas en que puede entrar como o$%eto. 6e la misma /orma Enneccerus piensa que con la muerte de una persona el cuerpo se convierte en cosa aunque no sea propiedad del heredero ni suscepti$le de apropiaci*n. En conclusi*n la mayor(a de los doctrinados acepta que se trata de una cosa pero no comercia$le aunque so$re el mismo se puedan e%ercer cierto tipo de disposiciones gratuitas por parte de la persona antes de morir. Doc&r'na nac'onal! El principio esta teor(a es que los cadáveres no son suscepti$les de tener un valor econ*mico. 5or ello se dice que nadie puede tener un derecho de propiedad so$re un cadáver. Elena
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