Cadaver Bien o Cosa

January 24, 2021 | Author: Anonymous | Category: N/A
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¿Qué es el cadáver ? Es cuerpo muerto de un ser humano. Se considera que la persona entra en estado cada ca davé véri rico co en el mome moment nto o en el cu cual al ya no se re regi gist stra ran n su sus s si sign gnos os vi vita tale les. s.  Naturaleza del Cadáver  Cuerpo humano y el cadáver  Naturaleza Es un residuo del ser humano que ha perdido la vida. Técnicamente se llama! restos mortales. Para algunos, es y no es una cosa! "# Es una cosa porque es igual a cualquier o$%eto corporal. &# No es una cosa porque no está en el comercio humano por razones de salu$ridad y razones culturales. ¿EL CADÁVER ES PERS!A  CSA?

'a na natur turale aleza za %ur %ur(di (dica ca de dell ca cadá dáver ver es un tem tema a muy dis discut cutido ido en entre tre lo los s do doctr ctrina inario rios s nacionales y e)tran%eros siendo de carácter primordial poder arri$ar a una conclusi*n puesto que a partir de all( es donde se pueden deducir cuáles son los derechos l(citos que se pueden e%ercer so$re el cadáver. En conclusi*n con respecto a la naturalez naturaleza a del cadáver cadáver éste no es considerado persona dado que en el momento de morir el hom$re se convierte en un o$%eto despo%ado de los atri$utos humanos. El cadáver entonces es considerado +cosa, puesto que no hay $ienes %ur(dicos que lo prote%an ya que lo que se protege es la vida no la muerte y esta -ltima no tiene valor  alguno. naturaleza naturalez a %uridica ! 'a naturaleza %ur(dica del cadáver es un tema muy discutido entre los doctrinarios nacionales y e)tran%eros siendo de carácter primordial poder arri$ar a una conclu con clusi* si*n n pu pues esto to qu que e a pa parti rtirr de all all(( es do dond nde e se pu puede eden n de dedu ducir cir cu cuále áles s son los derechos l(citos que se pueden e%ercer so$re el cadáver. El C*digo Civil Colom$iano Colom$iano e)plica e)plica en el art(culo art(culo ""# que +el dominio que se llama tam$ién propiedad# es el derecho real en una cosa corporal para gozar y disponer de ella no siendo contra la ley o contra derecho a%eno. 'a propiedad separada del goce de la cosa se llama mera o muda propiedad,. Esto nos da a entender que la propiedad es una caracter(stica %ur(dica e)cluyente s*lo puede disponer de la cosa el propietario y nadie más.. El de más derec recho ho de pro propie pieda dad d inc incluy luye e co como mo se lee en el ar art(c t(culo ulo el de derec recho ho de disposici*n que implica la capacidad de consumir la cosa destruirla ena%enarla o gravarla con derechos a /avor de terceros. 0uchos reclaman la aplicaci*n de estas disposiciones so$re el propio cuerpo humano. En el 1rt.  #o  de la 'ey 23 de "443 del C*digo Civil Colom$iano que +la persona termina con la muerte, es decir que instantáneamente se convierte en un cadáver. 5ero para poder sa$er cuál es la naturaleza %ur(dica del cadáver y poder aclarar si se trata de una cosa de una persona o ni de una u otra de estas naturalezas es pertinente sa$er que seg-n el C.C son consideradas +cosas, los o$%etos materiales suscepti$les de tener valor. Cuando el codi/icador ha$la de valor se re/iere a que la cosa tiene que ser aprecia$le en dinero es decir que de$e tener un valor pecuniario. En este caso no se podr(a decir que

el cadáver ser(a cosa puesto que darle dicha apreciaci*n monetaria ir(a en contra de la moral y las $uenas costum$res.

$eor%as De Algunos Doc&r'nan&es $eor%a de las sem'! personas y de la persona residual! 5ara 6emogue los muertos pueden ser considerados semi7personas por eso hay normas que protegen su memoria y que castigan las pro/anaciones de las tum$as. Esta postura es criticada puesto que cae en una contradicci*n l*gica al ha$lar de una semi7personalidad. 5or otro lado 8ier9e sostiene que el cadáver es un resto de la personalidad estando en éste caso su%eto a la decisi*n de sus /amiliares. :ipp tam$ién está de acuerdo con ésta postura porque para él esa personalidad residual es lo que permite que sus deudos puedan disponer de su cadáver para que el mismo tenga un entierro adecuado.

$eor%a de la res( 5ara Coviello una vez producida la muerte el cadáver va a tener una e)istencia impersonal pudiendo producir alguna utilidad industrial o cient(/ica que puede ser a t(tulo gratuito u oneroso. Esta onerosidad a la que Coviello hace re/erencia es duramente criticada so$re todo por la doctrina e)tran%era porque parece inmoral y contrario a las $uenas costum$res aceptar una comercialidad a$soluta del cadáver. 5or lo tanto un contrato de estas caracter(sticas de$e ser nulo. Siguiendo la misma l(nea se encuentra la doctrina alemana enca$ezada por ;ertman quien considera que el cadáver de una persona es cosa pero que por motivos de moralidad p-$lica son limitadas las relaciones %ur(dicas en que puede entrar como o$%eto. 6e la misma /orma Enneccerus piensa que con la muerte de una persona el cuerpo se convierte en cosa aunque no sea propiedad del heredero ni suscepti$le de apropiaci*n. En conclusi*n la mayor(a de los doctrinados acepta que se trata de una cosa pero no comercia$le aunque so$re el mismo se puedan e%ercer cierto tipo de disposiciones gratuitas por parte de la persona antes de morir. Doc&r'na nac'onal! El principio esta teor(a es que los cadáveres no son suscepti$les de tener un valor  econ*mico. 5or ello se dice que nadie puede tener un derecho de propiedad so$re un cadáver. Elena
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