Bolilla Vii-historia Const. Argentina
Short Description
Download Bolilla Vii-historia Const. Argentina...
Description
BOLILLA VII INICIACION INSTITUCIONAL ARGENTINA: Tan pronto asume la primera junta, redacta un reglamento en el que invita a los pueblos del interior, para que eligiesen diputados para que los representen en un congreso, para establecer la forma de gobierno que consideraran mas conveniente, enviando para su seguridad una expedición de 500 hombres pagados con los sueldos de los funcionarios que ya no estaban, se estableció el derecho a ocupar cargos a los criollos y la exigencia de idoneidad para el desempeño de las funciones, se realizó la supresión de honores. Entre las reglas de carácter republicano citamos la igualdad ante la ley, el reclamo de una constitución justa y liberal, la reafirmación de los derechos de los pueblos, el bien general como finalidad del gobierno, el destierro de honores a los gobernantes y responsabilidad de los magistrados y funcionarios. • LA JUNTA GRANDE: los diputados elegidos por los pueblos llegaron a buenos aires pero pasaba el tiempo y se los mantenía ajenos a la marcha del gobierno, reclamando estos en diciembre de 1810 el derecho de incorporarse a la junta provisional hasta la celebración del congreso entendiendo que la capital no tenía títulos para elegir gobernantes y los vocales de la junta entendían que a los diputados no les asistía derecho alguno a incorporarse, que el carácter de ellos era inconciliable con el de los miembros de un gobierno provisorio, que los poderes de estos diputados solo eran para formar un congreso nacional. Se les dio permiso para votar ganando por mayoría para su incorporación, los único que votaron negativamente fueron moreno y paso, presentando el primero su renuncia, no se la aceptaron pero su alejamiento se produjo al habérsele confiado una misión diplomática en Inglaterra. Comenzaron a trabajar en conjunto, porteños y provincianos, pero con posturas diferentes comenzaría el divorcio entre buenos aires y el interior. • LAS JUNTAS PROVINCIALES: fueron creadas por la junta grande, tendrían carácter provisorio y durarían hasta la reunión del congreso general. Pero las divisiones de estas juntas provocó inconvenientes, Por decreto en el año 1811 se las suprimió nombrándose en su lugar a un gobernador. a) Juntas principales: se establecerían en la capital de cada provincia, sus facultades eran amplias, siendo de su incumbencia todo lo que por leyes u ordenanzas perteneciera al gobernador intendente, pero con subordinación a la junta central. b) Juntas subordinadas: se establecerían en las ciudades que tuviesen un diputado en la junta central. • PRIMER TRIUNVIRATO: con los movimientos de Saavedra contra moreno, los porteños exigieron a la junta grande la creación de un órgano ejecutivo que actúe con celeridad y energía, así en 1811 se creó el triunvirato para atender mejor los negocios del país, pero el choque entre la junta grande y el triunvirato se haría inevitable porque había diferentes fracciones como morenistas, saavedristas, suburbios, provincianos. La creación del triunvirato fue la reacción de la capital contra las provincias. Estaba compuesto por Chiclana, Sarratea y Paso, debiendo realizar el gobierno bajo las reglas de la junta, por lo cual el triunvirato pidió la creación de un reglamento • EL REGLAMENTO ORGANICO DE 1811: fijaba atribuciones del ejecutivo, del judicial y de la junta. Se dividía en: a) La Junta Conservadora: tendría el tratamiento de alteza, tendría un presidente y vocales que se turnarían cada mes en la presidencia, cuyos nombramientos eran inviolables, los diputados cesarían en sus cargos en el momento de la apertura del congreso. Eran sus atribuciones declarar la guerra y firmar la paz, tratados de límites, de comercio, creación de nuevos impuestos, de tribunales, etc. b) El Poder Ejecutivo: establecía la independencia del poder ejecutivo, declarándose provisoria su autoridad. Las facultades eran la defensa del Estado, organización de los ejércitos, tranquilidad pública, la libertad civil, recaudación de impuestos, cumplimiento de leyes y remoción de sus secretarios, etc. c) Poder Judicial: le estaba prohibido conocer de los asuntos judiciales, no podía arrestar más de 48 horas, tenía facultad para designar una comisión judicial. La junta pasó el reglamento al triunvirato y este lo pasó al cabildo, éste en unión con la junta consultiva aconseja su rechazo, entonces el triunvirato decide rechazar el reglamento y la existencia de la junta conservadora, produciéndose un conflicto de poderes disolviéndose la junta conservadora, profundizándose la diferencia entre buenos aires y los pueblos del interior del país. • EL ESTATUTO PROVISORIO: disuelta la junta el triunvirato dictó el Estatuto provisorio hasta que las provincias reunidas en congreso determinaran la forma de gobierno a través de una constitución.
•
•
•
•
•
Para la elección del vocal que debía reemplazar al que cesaba, se forma una asamblea general. Eran facultades del triunvirato velar por el cumplimiento de las leyes, la defensa y salvación de la patria, debía asegurar la libertad de imprenta y la seguridad individual. Correspondía a la Asamblea General el poder legislativo aunque no se determinaba sus facultades. DECRETO DE LIBERTAD DE IMPRENTA: dictado en 1811 es una de las primeras determinaciones de la junta grande, estableciéndose libertad de escribir, imprimir y publicar ideas políticas sin censura previa, licencia, revisión y aprobación alguna anterior a la publicación. Se creó una junta suprema de censura para asegurar la libertad de prensa, examinando las obras denunciadas al ejecutivo o a la justicia. Los escritos religiosos quedaban sujetos a la censura de los tribunales eclesiásticos. DECRETO DE SEGURIDAD INDIVIDUAL: fue dictado por el triunvirato. Síntesis de su contenido: a) Ningún ciudadano puede ser penado ni expatriado, sin proceso y sentencia legal. b) Nadie podía ser arrestado sin orden escrita de autoridad competente. c) Nadie podía ser arrestado sin prueba, debiendo hacer conocer al reo la causa de su detención. d) Se establecía la inviolabilidad del domicilio. e) Ningún reo podía quedar incomunicado después de su confesión. f) Las cárceles debían ser para seguridad y no para castigo de los reos. g) Todo hombre tenía libertad de permanecer en el territorio del Estado. h) Los derechos y garantías solo podían suspenderse por razones de seguridad pública o seguridad de la patria. PRIMERA ASAMBLEA. SU DISOLUCION: se la convocó para reemplazar al vocal que cesaba (Juan José Paso), designando ésta a Pueyrredón y como suplente a Díaz Vélez, el triunvirato no aceptó al vocal suplente diciendo que mientras no se hiciera cargo Pueyrredón lo debía hacer el secretario más antiguo. La Asamblea insistió en su determinación diciendo que le correspondía la autoridad suprema sobre otra constituida en el virreinato ordenando al triunvirato que aceptara al vocal suplente. Entonces el triunvirato contestó mediante un decreto en el que expresaba que era nula, ilegal y atentatoria contra la autoridad del gobierno, procediendo a su disolución. SEGUNDA ASAMBLEA. REVOLUCION DE 1812: el triunvirato a través de una circular convocaba a una asamblea de carácter extraordinario. Esta segunda asamblea tuvo poca duración por los conflictos entre el designado Medrano y la oposición de Rodríguez Peña, con lo cual el pueblo y regimientos exigieron la reunión del Cabildo para reasumir la autoridad, decretar la disolución de la Asamblea y declarar cesantes a los miembros del Triunvirato, pidiéndose al mismo tiempo la convocatoria a una Asamblea General extraordinaria para resolver los problemas institucionales del país, y en consecuencia se procedió a elegir el segundo triunvirato EL SEGUNDO TRIUNVIRATO: integrado por Juan José Paso, Rodríguez Peña y Alvarez Jonte, resultando un poder de transición que asumió el compromiso de convocar a una Asamblea General, teniendo por finalidad dictar una Constitución.
SOCIEDADES SECRETAS. LA LOGIA LAUTARO: Sociedad secreta de personas que profesan principios de fraternidad mutua, usan emblemas y signos especiales, se agrupan en entidades llamadas logias. Fue creada por Francisco Miranda, el seguidor debía ingresar con los ojos vendados, respondiendo con golpes, pasos y juramentos ante una espada, algunas señas particulares como la mano sobre la frente para luego bajarla hasta la barba. Los objetivos eran declaración de la independencia y organización del nuevo estado mediante la sanción de una constitución, dando una simbiosis con la sociedad patriótica.
View more...
Comments