BejermanWEB - Compras - Como Registrar Gastos Bancarios
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Cómo registrar Gastos Bancarios Gastos Bancarios con IVA: Detallamos a continuación los pasos a seguir para registrar los gastos bancarios con IVA incluidos en los resúmenes de cuenta emitidos por la entidad bancaria. •
Definir como proveedor al banco con el que usted opera. Para ello ingresar a: Compras Proveedores presentándose la siguiente pantalla, debiendo completar los datos solicitados:
Confirmar el ingreso haciendo clic en el botón Aceptar. •
A continuación se deberá definir el concepto que permite informar al momento de la registración el importe correspondiente a los gastos bancarios. Tener en cuenta que estos gastos pueden estar conformados por ejemplo por Gastos de comisión por mantenimiento de cuenta, intereses por descubierto, sellados, Gestión de cobertura de Vida, etc. En nuestro ejemplo, hemos definido un único concepto que contempla todos los ítems anteriores.
Si usted en cambio desea informar en el comprobante a registrar tal nivel de detalle, deberá definir un concepto diferente por cada uno. Para ello ingresar a: Configuración Tablas de Gestión Conceptos presentándose la siguiente pantalla. Completar los datos solicitados:
Confirmar el ingreso haciendo clic en el botón Aceptar. •
Definidos los datos anteriores, ingresar a: Compras Registración de Comprobantes Y completar cada uno de los datos requeridos en la cabecera del comprobante.
En el dato Proveedor, indicar el código asignado a la entidad bancaria. Recuerde que con F2 puede acceder a la lista de Proveedores. En el dato Comprobante, utilizar el código GBC – Gastos Bancarios. Importante: en el dato Condición de Pago seleccionar aquella de tipo Contado. De este modo, una vez confirmado el comprobante, el Sistema solicitará se informe el medio de pago, debiendo seleccionar la opción Cta.Banc. De este modo el monto de estos gastos se debitará directamente de la cuenta bancaria. A continuación hacer clic en el botón Agregar. Completar luego el cuerpo del comprobante, indicando que se informara un Concepto, debiendo seleccionar de la lista GBAN – Gastos Bancarios.
Hacer clic en el botón Aceptar. Hacer clic en el botón Cancelar, para dar por concluido el ingreso de conceptos, y por ultimo Confirmar el ingreso del comprobante.
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Se presenta a continuación la pantalla de movimiento de fondos, donde se debe indicar el medio de pago con el que se cancelan los gastos bancarios. Seguramente usted puede observar que el sistema ha imputado el pago del comprobante a la caja de uso habitual.
Pero dijimos anteriormente que el medio de pago a informar debe ser la Cuenta Bancaria, por lo tanto, hacer clic en el botón Eliminar. Luego hacer clic en el botón Cta.Banc presentándose la siguiente pantalla:
Indicar la cuenta bancaria que corresponda y Aceptar el ingreso El movimiento de fondos quedara entonces registrado de la siguiente manera:
Finalmente confirmar el ingreso del medio de pago, quedando así registrado el comprobante, el que pasa a integrar la lista de comprobantes de compras registrados.
Gastos Bancarios sin IVA: Detallamos a continuación los pasos a seguir para registrar los gastos bancarios sin IVA incluidos en los resúmenes de cuenta. Un ejemplo de ello surge cuando en su resumen de cuenta se incluye la RETENCION IMPUESTO LEY 25413 CREDITOS/DEBITOS. Para este y otros casos similares, es necesario ingresar un movimiento de fondos que refleje dichos gastos. Para ello ingresar a: Finanzas Movimientos de fondos En el dato Movimiento indicar el tipo GTSBAN – Gastos Bancarios s/IVA. El Origen (Salida de medio de pago) estará representado por la Cta. Banc.
La Aplicación estará representada por el código 1060-Impuesto a los débitos Bc. El movimiento de fondos adopta un formato similar al siguiente:
En aquellos casos en los cuales su empresa puede contemplar el 34% de la RETENCION IMPUESTO LEY 25413 CREDITOS para uso de cancelaciones impositivas posteriores, recomendamos calcular dicho porcentaje de sus créditos y reflejar el mismo en un nuevo movimiento de fondos. El importe restante, como así también la porción de RETENCION IMPUESTO LEY 25413 DEBITOS se ha de registrar en un movimiento de fondos aparte. Cordialmente. Sistemas Bejerman – Thomson Reuters
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