Banco de Preguntas de La Carrera de Derecho
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Descripción: cuestionario examen...
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BANCO DE PREGUNTAS PREGUNTAS DE LA CARRERA DE DERECHO 1.-El principio de legalidad signica !"e#
Nadie puede sufrir una pena que no esté establecida en la ley $.-El principio de %"icio pre&io es'a(lece !"e#
Que no se puede ser sentenciado sin probarse los hechos en un juicio
).-El principio de pres"nci*n de inocencia signica !"e#
Que todo imputado es inocente hasta que se lo declare culpable en una sentencia +.-El principio de con'radicci*n es'a(lece !"e#
Las partes pueden conocer y controvertir las pruebas
,.-El principio de oralidad se aplica#
En todas las etapas del proceso
.-T .-Toda resol"ci*n resol"ci*n %"dicial !"e aec'e aec'e los derec/os derec/os de las par'es par'es de(e adop'arse#
Mediante audiencias
0.-En el sis'ea oral2 en !"3 casos se p"ede "'ili4ar doc"en'os#
Siempre que no reemplacen a peritos y testigos
5.-En a'eria procesal penal se p"ede %"4gar#
En cualquier día y a cualquier hora
6.-Los *rganos de %"risdicci*n penal son#
Los jueces establecidos por la ley para el efecto
17.17.-Si Si "n ec"a ec"a'o 'ori rian ano o coe coe'e 'e "n "na a inr inrac acci ci*n *n en la ci"d ci"dad ad de C"enca2 de(e ser %"4gado por#
Los jueces del lugar donde cometi la infraccin
11.-Si 11.-Si "n represen'an represen'an'e 'e diplo8'i diplo8'ico co de Argen'ina2 Argen'ina2 acredi'ado acredi'ado en Ec"ador2 coe'e "n deli'o en A(a'o2 !"ien de(e %"4garlo#
c! Ninguno de los dos anteriores
1$.-Si el 9ee del Es'ado de Ec"ador coe'e "n deli'o en Pereira :Colo(ia;2 !"ien de(e %"4garlo#
No es ju"gado por que precede de fuero diplomatico 1).-Si
"n
deli'o
se
coe'e
en
el
l d>?Las personas@ comunidades@ pueblos@ nacionalidades y colectivos> =4>?EL +E:E16( )L )0;)@ )L.MEN/)1.N@ )MD.EN/E S)N(@ /E1N(L(0H)S L.M,.)S@ .N&(:M)1.N@ 1;L/;:)@ 1.EN1.) ,E:/ENE1EN ) L(S +E:E16(SA a>?:elaciones internacionales b>?+el buen vivir c>?+e la humanidad y desarrollo de destre"as d>?.nterculturalidad =I>?L)S ,E:S(N)S ( 0:;,(S Q;E /.ENEN )/EN1.N ,:.(:./):.) SE0GN L) 1(NS/./;1.N +EL E1;)+(: S(NA a>?)dultas mayores@ infante@ p-ber@ imp-ber@ ni5os@ ni5as y adolescentes@ mujeres embara"adas personas con discapacidad@ personas privadas de libertad y quienes adole"can de enfermedades catastr7cas> b>?)dultas mayores@ ni5os@ ni5as y adolescentes@ mujeres embara"adas personas con discapacidad@ personas privadas de libertad y quienes adole"can de enfermedades catastr7cas y los que tengan fuero de corte> c>?Gnicamente los funcionarios p-blicos 8B>?EL ES/)+( E1;)/(:.)N( M)N/EN+:J L) 1(N&.+EN1.)L.+)+ +E L(S +)/(S +E 1):J1/E: ,E:S(N)L +EL M.0:)N/EA a>?1uando se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el e'terior@ en todos los casos> b>?1uando se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el e'terior@ solo en asilo político> c>?1uando se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el e'terior@ solo en sigilo bancario> d>?1uando se encuentren en los archivos de las instituciones del Ecuador en el
e'terior@ solo si ha brindado relevancia al país> 82>?EL ES/)+( 0):)N/.K):) ) L)S M;%E:ES EMD):)K)+)S EN ,E:.(+( +E L)1/)N1.) L(S +E:E16(S )A a>?:ecibir proteccin y asistencia emergente de las autoridades> b>?No ser discriminadas por su embara"o en los 9mbitos educativo@ social y laboral y una proteccin prioritaria como el cuidado de su salud integral durante el embara"o y el postparto> c>?;na proteccin prioritaria como el cuidado de su salud integral durante el embara"o solamente> 8?EL ES/)+( )+(,/):) ME+.+)S Q;E )SE0;:ENA a>?:ehabilitacin integral y la asistencia permanente contra todo tipo de violencia@ maltrato@ e'plotacin se'ual o de cualquier otra índole@ o contra la negligencia que provoque tales situaciones> c>?)sistencia no especiali"ada contra todo tipo de violencia@ maltrato@ e'plotacin se'ual o de cualquier otra índole>
4
d>?El bienestar de las ni5as@ ni5os y adolescentes atencin y proteccin contra todo tipo de violencia@ maltrato@ e'plotacin se'ual o de cualquier otra índole@ o contra la negligencia que provoque tales situaciones> 8C>?L)S ,E:S(N)S 1(N +.S1),)1.+)+ /EN+:JN DENE&.1.(S :E&E:EN/ES )A a>?)tencin de los servicios p-blicos@ siempre y cuando no tengan antecedentes penales> b>?En la atencin de los servicios p-blicos@ siempre y cuando no sean atendidos por mas de una ve"> c>?En la atencin de los servicios p-blicos> 8=>?L)S E1;)/(:.)N(S E1;)/(:.)N)S 0(K)N +E L(S S.0;.EN/ES +E:E16(S ,(L./.1(SA a>?Elegir y ser elegidos@ participar en los asuntos políticos@ ser consultados@ 7scali"ar los actos de poder p-blico@ revocar el mandato@ desempe5ar cargos p-blicos> b>?+erecho al agua c>?+erecho a la seguridad jurídica 88>?Q;.ENES &(:M)N EL ES/)+( E1;)/(:.)N( GN.1( E .N+..S.DLEA a>?Las comunidades@ pueblos y nacionalidades indígenas@ el pueblo afroamericano@ el pueblo montubio@ y las comunidades@ los migrantes que han salido del país@ y las personas que tienen fuero de corte> b>?Los turistas c>?Los diplom9ticos de tr9nsito por el Ecuador 83>?L) 1(NS/./;1.N :E1(N(1E ) L)S 1(M;N)S Q;E /.ENENA a>?,ropiedad privada de la tierra c>?,ropiedad individual de la tierra d>?,ropiedad colectiva de la tierra@ como forma ancestral de organi"acin territorial> 8F>?L(S +E:E16(S +E ,):/.1.,)1.N SE0GN L) 1(S/./;1.N S(NA a>?+erecho al medio ambiente c>?,articipar en los asuntos de interés p-blico> d>?+erecho a la identidad
84>?SE0GN L) 1(S/./;1.N EL (/( ES &)1;L/)/.( ,):)A a>?Los adultos mayores de 38 a5os b>?Las personas mayores de IB a5os c>?Las personas mayores de 28 a5os
I
8I>?SE S;S,EN+E L(S +E:E16(S ,(L./.1(S EN L(S S.0;.EN/ES 1)S(SA a>?.nterdiccin judicial@ mientras ésta subsista@ salvo en caso de .nsolvencia o quiebra que no haya sido declarada fraudulenta> b>?,or adolecer de discapacidad física c>?,or haber recibo alguna sancin administrativa 3B?L)S ,E:S(N)S N( ,;+EN SE: ,:.)+)S +E S; L.DE:/)+ ,(:A a>,or deudas> b>6omicidios c>,eculado 32>?SE ,:ES;ME ) L) .N(1EN1.) +E /(+) ,E:S(N) SE:) /:)/)+) 1(M( /)LA a>?Mientras no se declare su responsabilidad por el Ministerio de :elaciones de %usticia> b>?Mientras no se declare su responsabilidad mediante resolucin 7rme o sentencia ejecutoriada> c>?Mientras no se declare su responsabilidad mediante resolucin por parte del ejecutivo> 3?EN EL 1)S( +E 1(N&L.1/( EN/:E +(S LEES +E L) M.SM) M)/E:.) Q;E 1(N/EM,LEN S)N1.(NES +.&E:EN/ES ,):) ;N M.SM( 6E16(A a>?,revalece la sugerida por el defensor del pueblo> b>?,revalece la jurisprudencia> c>?Se aplicar9 la menos rigurosa 3C>?S(N .M,:ES1:.,/.DLES L(S S.0;.EN/ES +EL./(SA a>?+e genocidio@ lesa humanidad@ crímenes de guerra@ desaparicin for"ada de personas o crímenes de agresin a un estado c>?.nsolvencia d>?Negligencia 3=>?SE0GN L) 1(S/./;1.N@ )M) O.LL)@ )M) L;LL)@ )M) S6P) S.0N.&.1)A a>?No ser digno@ no ser ocioso@ no mentir@ no robar> b>?No ser ocioso@ no mentir@ no robar>
c>?No ser leal@ no ser ocioso@ no mentir@ no robar d>?No ser ecuatoriano@ no ser ocioso@ no mentir@ no robar> 38>?,):) L) ),L.1)1.N +E L)S 0):)N/.)S %;:.S+.11.(N)LESA a>?Ser9n h9biles todos los días de lunes a viernes> b>?Ser9n h9biles de lunes a viernes y los días feriados>
2B
c>?Ser9n h9biles todos los días y horas siempre y cuando haya disposicin del jue"> d>?Ser9n h9biles todos los días y horas 33>?,):) L)S 0):)N/H)S %;:.S+.11.(N)LES EL %;EK ( %;EK) ;N) EK ,:ESEN/)+) L) )11.N 1(N(1):) .NME+.)/)MEN/E )A a>?;na audiencia p-blica b>?;na audiencia privada c>?;na audiencia de conciliacin d>?;na audiencia de estrados 3F>?EN L)S 0):)N/.)S %;:.S+.11.(N)LES SE ),L.1)A a>?Medidas cautelares b>?%uicios de coactiva c>?%uicios ejecutivos d>?%uicios verbales sumarios 34>?L) )11.N +E 6)DE)S 1(:,;S L) :ES;ELE ELA a>?&iscal b>?El alcalde c>?La jue"a o jue" 3I>?EL 6)DE)S 1(:,;S EN ;N ,:(1ES( ,EN)L Q;E L( 1(N(1EA a>?El jue" c>?El +efensor del ,ueblo d>?El 9rbitro o mediador FB>?EL 6)DE)S +)/) ES EL +E:E16( Q;E /.ENE ;N) ,E:S(N) ) 1(N(1E: L) E$.S/EN1.) ( )11E+E: )A a>?Los documentos@ datos genéticos@ bancos o archivos de datos personales@ e informes que sobre sí mismo@ o sobre sus bienes consten en entidades p-blicas o privadas solo por resolucin de un jue"> b>?) informacin privada de otras personas c>?) informacin p-blica F2>?SE0GN L) 1(NS/./;1.N +E L) :E,;DL.1) +EL E1;)+(:@ EN/:EL)S 0):)N/H)S %;:.S+.11.(N)LES /ENEM(SA a>?)ccin por incumplimiento@ accin e'traordinaria de proteccin@ accin de acceso a la informacin p-blica@ accin de habeas data@ accin de habeas corpus@ accin de proteccin y el derecho de migracin>
b>?)ccin por negligencia@ accin por desacato@ accin preventiva de au'ilio> c>?)ccin por necesidad@ accin por violencia intrafamiliar
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F?&:EN/E ) )11.(NES ; (M.S.(NES +EL ,(+E: ,GDL.1(@ Q;E ;LNE:)N ( Q;E ,;E+EN ;LNE:): L(S +E:E16(S 1(NS/./;1.(N)LES ;N) ,E:S(N) ,;E+E E%E:1E: EL +E:E16( )A a>?Libre e'presin b>?La resistencia c>?E'oneracin d>?1ondonacin FC>?L) 1(NS;L/)S ,(,;L): ES ;N ME1)N.SM( +EA a>?,articipacin +emocr9tica b>?+e restriccin de derechos c>?+e interés privado F=>?L)S );/(:.+)+ES +E ELE11.N ,(,;L): ,(+:JNA a>?:eelegirse en su cargo observando lo dispuesto en la ley> b>?No podr9n reelegirse c>?,or die" veces consecutivas F8>?L) )S)MDLE) N)1.(N)L EN EL E1;)+(: ESA a>?Dicameral b>?;nicameral c>?/ricameral d>?1uatricameral F3>?L) )S)MDLE) N)1.(N)L EN EL E1;)+(: ES/) .N/E0:)+) ,(:A a>?)sambleístas b>?Senadores c>?:epresentantes del poder judicial FF>?EL EN%;.1.)M.EN/( ,(LH/.1( )L ,:ES.+EN/E ( .1E,:ES.+EN/E +E L) :E,;DL.1) ,:(1E+E:J ENA a>?En el 1onsejo de la %udicatura b>?En la &iscalía c>?En la )samblea Nacional F4?SE0GN L) 1(NS/./;1.N L) &;E:K)S ):M)+)S S(L( ,(+:JN ,):/.1.,): ENA a>?)ctividades relacionadas con defensa nacional y seguridad e'terna> b>?)ctividades econmicas relacionadas con el sistema 7nanciero
c>?)ctividades de recaudacin de tributos FI>?EL ES/)+( +E E$1E,1.N EN EL E1;)+(: ,;E+E +E1:E/):L(A a>?El presidente de la rep-blica
2<
b>?El 1ontralor 0eneral del estado c>?El ,rocurador 0eneral del estado 4B>?EL 1(NSE%( N)1.(N)L +E L) %;+.1)/;:) ES ;N :0)N(A a>?%urisdiccional b>?)dministrativo y de 1ontrol de la funcin judicial c>?+e %usticia militar y policial 42>?EL 1(NSE%( +E ,):/.1.,)1.N 1.;+)+)N) 1(N/:(L S(1.)L ,E:/ENE1EA a>?) la funcin ejecutiva b>?) la funcin legislativa c>?) la funcin de transparencia y control social 4?L) +E&ENS(:H) +EL ,;EDL( ES ;N) .NS/./;1.NA a>?,rivada b>?,-blica c>?1on jurisdiccin internacional 4C>?SE0GN L) 1(NS/./;1.N EL /:.D;N)L 1(N/EN1.(S( ELE1/(:)L ,E:/ENE1EA a>?) la &uncin de /ransparencia y 1ontrol Social b>?) la &uncin Electoral c>?) los 0obiernos )utnomos +escentrali"ados 4=?SE0GN L) 1(NS/./;1.N L) E+)+ M.N.M) ,):) EL /:)D)%( ESA a>?28 a5os de edad> b>?2< a5os de edad> c>?23 a5os de edad> 48>?.ndique el término probatorio del tr9mite contencioso tributario del pago por consignacin a! cinco días b! die" días c! quince días
d! veinte días 43>?.ndique el término probatorio del tr9mite contencioso tributario de las tercerías e'cluyentes a> cinco días b> die" días c> quince días d> veinte días 4F>?.ndique el término probatorio del tr9mite contencioso tributario de las e'cepciones
2C
a! cinco días b! die" días c! quince días d! veinte días 44>?.ndique el término probatorio del tr9mite contencioso tributario de la consignacin especial a> cinco días b> die" días c> quince días d> veinte días 4I>?En qué tiempo prescribe la accin de pago indebido o el pago en e'ceso a! En cinco a5os b! En die" a5os c! En tres a5os d! En quince a5os IB>?Quienes son parte en el procedimiento contencioso tributario a! El actor el demandado y el tercer perjudicado b! El actor el demandado y el procurador c! El actor el tercer perjudicado y los testigos d! El actor los testigos y los funcionarios p-blicos I2>?En un procedimiento contencioso tributario si la demanda fuere obscura o no reuniere los requisitos se5alados@ cuantos días tiene para que el compareciente aclare@ corrija o complete a! +ie" días b! einte días c! Quince días d! 1inco días I?En los procedimientos contenciosos tributarios se establece el a7an"amiento@ 1u9l es el monto que deber9 presentarse por@ caucin por a7an"amientoA a! El 2B por ciento de la cuantía b! El ?;na ve" que ha sido admitida la demanda por la jue"a o jue" de lo contencioso tributario cual es el termino para contestar la demanda a! +ie" días b! Quince días c! 1inco días
d! einte días I=>?1u9l es el término que la jue"a o jue" de lo contencioso tributaria dispone para que el demandado aclare o conteste la demanda> a! 1inco días
2=
b! +ie" días c! Quince días d! /reinta días I8>?1u9les son las pruebas admisibles en un procedimiento contencioso tributario a! Son admisibles todos los medios de prueba determinados en la ley e'cepto la confesin funcionarios p-blicos> b! Son admisibles todos los medios de prueba determinados en la ley y la confesin funcionarios p-blicos> c! Son admisibles ciertos medios de prueba determinados en la ley e'cepto la confesin funcionarios p-blicos> d! No admisibles todos los medios de prueba determinados pero si es admisible la confesin funcionarios p-blicos> I3>?1uando se pueden presentar las pruebas en un procedimiento contenciosos tributario a! Las pruebas pueden presentarse junto con la demanda o escrito inicial de que se trate o dentro del periodo probatorio>> b! Las pruebas solo pueden presentarse dentro del periodo probatorio> c! Las pruebas deben presentarse solo junto con la demanda o escrito inicial de que se trate> d! Las pruebas pueden presentarse antes de la sentencia> IF>?1u9les son los efectos del desistimiento de una accin contenciosa tributaria o de un recurso> a! El desistimiento de una accin contenciosa tributaria o de un recurso@ deja en libertad a las partes para presentar nuevas acciones del mismo caso> b! El desistimiento de una accin contenciosa tributaria o de un recurso@ permite que siga la controversia hasta su culminacin> c! El desistimiento de una accin contenciosa tributaria o de un recurso@ deja sin efecto el acto ejecutoriado@ resolucin o sentencia que fue materia de la accin o recurso> d! El desistimiento de una accin contenciosa tributaria o de un recurso@ deja ejecutoriado el acto@ resolucin o sentencia que fue materia de la accin o recurso> I4>?1u9l es el efecto de la declaracin de abandono de la accin en un procedimiento
contencioso tributario a! La declaracin de abandono no pone 7n al juicio en favor del sujeto activo del tributo y no queda 7rme el auto o resolucin impugnados y tampoco deja ejecutoriadas las providencias o sentencias de que se hubiere recurrido> b! La declaracin de abandono pone término al juicio en favor del sujeto activo del tributo y queda 7rme el auto o resolucin impugnados o deja ejecutoriadas las providencias o sentencias de que se hubiere recurrido> c! La declaracin de abandono pone término al juicio en favor del sujeto pasivo del tributo y queda 7rme el auto o resolucin impugnados o deja ejecutoriadas las providencias o sentencias de que se hubiere recurrido> e> La declaracin de abandono permite continuar el juicio en favor del sujeto pasivo y solo perjudica los interés del sujeto activo> 28
II>?Lugar de presentacin de las demandas de car9cter contencioso tributario a! Las demandas se presentaran en la secretaria de la jue"a o jue" de contencioso tributario del domicilio del demandado b! Las demandas se presentaran en la secretaria de cualquiera dde los ju"gados de primera instancia c! Las demandas se presentaran en la secretaria de la jue"a o jue" de contencioso tributario del domicilio del actor d! Las demandas se presentaran en la secretaria administracin tributaria del domicilio del demandado 2BB>?E'cepcin o e'oneracin tributaria esA a! Es la prestacin de un servicio a la administracin tributaria b! Es el pago por la obligacin tributaria c! Es la e'clusin o la dispensa legal de la obligacin tributaria d! Es la facilidad de pago que reali"a la administracin tributario a los contribuyentes 2B2>?Los modos de la e'tincin obligatoria sonA a! Solucin o pago consignacion confusin remisin prescripcin de la accin de cobro b! Solucin o pago compensacin confusin remisin prescripcin de la accin de cobro c! Solucin o pago compensacin confusin remisin perdida de la cosa que se debe d! Solucin o pago compensacin novacin prescripcin de la accin de cobro 2B?Los rganos de la administracin tributaria sonA a! )dministracin central administracin seccionalA administracin por e'cepcin b! )dministracin de publica administracin seccional administracin por e'cepcin c! )dministracin tributaria p-blica y privada d! )dministracin por e'cepcioBn y privada 2BC>?Las facultades de la administracin tributaria sonA a! &acultad recaudadora resolutiva sancionadora recaudadora y de aplicacin de la ley b! &acultad recaudadora resolutiva sancionadora recaudadora c! &acultad recaudadora y de resolucin de controversias
d! &acultad sancionadora y solo resolutiva>
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2B=>?La competencias administrativa en el 9mbito tributario esA a! Es renunciable en todos los casos de la administracin tributaria b! Es irrenunciable y se ejercer9 precisamente por los rganos que la tenga atribuida como propia c! Es irrenunciable y se ejercer9 precisamente por todos los rganos de la administracin publica d! Es irrenunciable y se ejercer9 precisamente por los rganos que la administracin privada 2B8>?Las infracciones penales se clasi7can enA a! el delitos contravenciones y faltas reglamentarias b! en delitos y contravenciones> c! En faltas reglamentarias y faltas administrativas 2B3>?+elito esA a! es la infraccin penal sancionada con pena privativa de libertad mayor a treinta días b! es la infraccin penal sancionada con pena privativa de libertad menor a treinta +ías c! es la infraccin penal sancionada con pena privativa de libertad de veinte días 2BF La infraccin penal se divide enA a! +elitos y contravenciones b! Multas y acciones administrativas c! )cciones coactivas 2B4>?La conducta punible puede tener como modalidades laA a! accin y la omisin b! la accin y la rescisin c! la accin y la culpabilidad 2BI>?1uando una persona act-a con doloA a! )ct-a con dolo la persona que tiene el designio de causar da5o> b! )ct-a con dolo la persona que no tiene el designio de causar da5o> c! )ct-a con dolo una persona cuando infringe el deber objetivo de cuidado 22B>?,ara que la conducta penalmente relevante sea antijurídica deber9 a! amena"ar o lesionar@ sin justa causa@ un bien jurídico protegido por el 1(.,
b! amena"ar o lesionar@ con justa causa@ un bien jurídico protegido por EL 1(.,
2F
c! No amena"ar o lesionar@ sin justa causa@ un bien jurídico protegido por el 1(., 222>?La conducta típica y antijurídica es una 7gura relacionada con elA a! +erecho ,enal b! +erecho Laboral c! +erecho 1ivil 22?1ulpabilidad>?,ara que una persona sea considerada responsable penalmente deber9 serA a! imputable y actuar con conocimiento de la antijuridicidad de su conducta> b! No ser imputable y actuar con conocimiento de la antijuridicidad de su conducta> c! imputable y actuar con desconocimiento de la antijuridicidad de su conducta> 22C>?,ersonas menores de dieciocho a5os>?Las personas menores de dieciocho a5os en con*icto con la ley penal@ estar9n sometidas alA a! 1digo de menores b! 1digo integral penal c! 1digo (rg9nico de la Ni5e" y )dolescencia 22=>?,articipacin>?Las personas participan en la infraccin como a! autores cmplices y encubridores b! autores o cmplices c! cmplices y encubridores 228>?:esponder9n como autoras las personas que incurran en la modalidad de > )utoría directaA a! a! Quienes cometan la infraccin de una manera directa e inmediata> b! Quienes no impidan o procuren impedir que se evite su ejecucin teniendo el deber jurídico de hacerlo> b! a! Quienes no cometan la infraccin de una manera directa e inmediata> b! Quienes impidan o procuren impedir que se evite su ejecucin teniendo el deber jurídico de hacerlo> c! a!Quienes ejer"an un poder de mando en la organi"acin delictiva b! Quienes ordenen la comisin de la infraccin valiéndose de otra u otras personas@ imputables o no@
223>?La acumulacin de penas privativas de libertad procede hasta un m9'imo deA a! cuarenta a5os b! treinta a5os c! treinta y cinco a5os
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22F>?Se entiende por reincidencia la comisin de un nuevo delito por parte de la persona que fueA a! declarada culpable mediante sentencia ejecutoriada> b! +eclarada inocente y vuelve a cometer otro delito c! ,ersona que ha cometido varios delitos y que no ha sido procesada 224>?1lasi7cacin>?Las penas que se imponen en virtud de sentencia 7rme@ con car9cter principal o accesorio@ sonA a! ,enas de prisin penas de reclusin menor ordinaria penas de reclusin mayor e'traordinaria b! privativas@ no privativas de libertad y restrictivas de los derechos de propiedad@ de conformidad con el 1(.,> c! ,enas punitivas penas pecuniarias 22I>?Servicio comunitario>?1onsiste en el trabajo personal no remunerado que se reali"a en cumplimiento de una sentencia y que en ning-n caso superar9 las A a! Las doscientas horas b! Las cuatrocientas horas c! Las cien horas 2?En las infracciones sancionadas con pena privativa de libertad de dos a seis meses se aplicar9 la multa deA a! dos a cuatro salarios b9sicos uni7cados del trabajador en general b! dos a cinco salarios b9sicos uni7cados del trabajador en general c! dos a tres salarios b9sicos uni7cados del trabajador en general 2?En las infracciones sancionadas con pena privativa de libertad de seis meses a un a5o se aplicar9 la multa deA a! /res a cuatro salarios b9sicos uni7cados del trabajador en general b! dos a cinco salarios b9sicos uni7cados del trabajador en general c! dos a tres salarios b9sicos uni7cados del trabajador en general 2 El comisin especial@ la clausura@ la multa@ disolucin de la persona jurídica b! Multa@ comiso penal@ clausura penal o de7nitiva@ reali"ar actividades en bene7cio de la comunidad@ remediacin integral de los da5os ambientales@ disolucin de la persona jurídica> c! ,risin en 7rme@ comiso penal@ clausura penal o de7nitiva@ reali"ar actividades en bene7cio de la comunidad@ remediacin integral de los da5os ambientales@ disolucin de la persona jurídica 2 a! El %ue" +e La 1orte Nacional +e %usticia b! El ,residente de la :epublica c! La )samblea Nacional 2?,odr9 conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios@ conforme con la 1onstitucin y la Ley> a! El %ue" +e La 1orte Nacional +e %usticia b! El ,residente de la :epublica c! La )samblea Nacional 2?La persona que ejer"a todos o algunos atributos del derecho de propiedad sobre otra@ constituyendo esclavitud@ ser9 sancionada con pena privativa de libertad deA a! veintids a veintiséis a5os> b! veintids a treinta a5os> c! veintids a cuarenta a5os> 2?La persona que someta a otra a trabajos for"ados u otras formas de e'plotacin o
servicios laborales@ dentro o fuera del país@ ser9 sancionada con pena privativa deA a! libertad de die" a trece a5os b! libertad de die" a quince a5os c! libertad de die" a veinte a5os 2CB>?6omicidio>?La persona que mate a otra ser9 sancionada con pena privativa deA a! libertad de die" a trece a5os b! libertad de die" a quince a5os
?La persona que de cualquier forma suplante la identidad de otra para obtener un bene7cio para sí o para un tercero@ en perjuicio de una persona@ ser9 sancionada con pena privativa deA a! libertad de uno a tres a5os> b! Libertad de quince a cuarenta y cinco días c! Libertad de cinco a die" días 2C8>?En materia penal Los medios de prueba sonA a! 2> El documento El testimonio C> La pericia b! 2> ,ruebas materiales@< pruebas documentales C pruebas testimoniales c! 2> ,ruebas de terceras personas < pruebas de evidencias C pruebas magnetofnicas 2C3>?La investigacin previa no podr9 superar los siguientes pla"os@ contados desde la
fecha de su inicioA En los delitos sancionados con pena privativa de libertad de hasta cinco a5osA a! durar9 hasta un a5o> b! durar9 hasta dos a5os> c! +urar9 hasta seis meses 2CF>?La investigacin previa no podr9 superar los siguientes pla"os@ contados desde la fecha de su inicioA En los delitos sancionados con pena privativa de libertad de m9s de cinco a5os
b! durar9 hasta dos a5os> c! +urar9 hasta seis meses 2C4>?.denti7que la etapa del proceso penal que tiene como 7nalidad el reunir los elementos de conviccin de cargo y de descargo para acusar de un delito a una persona determinada> a> .ndagacin ,revia b> Etapa del %uicio 1> .nstruccin &iscal +> Etapa de Evaluacin y preparatoria de juicio> 2CI>?) los principios procesales de las garantías jurisdiccionales se los considera comoA a! la columna vertebral de todo el ordenamiento jurídico de un país> b! principios que no requieren ser interpretados y recreados> c! son leyes jurídicas y como tal no deben ser interpretadas 2=B>?1uando decimos que son de aplicacin inmediata y que sirven para defender o tutelar los derechos que se encuentran consagrados en la 1onstitucin@ nos estamos re7riendo aA a! la accin de proteccin> b! las garantías jurisdiccionales> c! a la accin e'traordinaria de proteccin> 2=2>?;no de los principios de las garantías jurisdiccionales es queA a! se deber9 citar la norma legal infringida> b! su procedimiento sea sencillo@ r9pido y e7ca"> c! las citaciones se efectuar9n solo por boleta 2=?1u9l de los siguientes principios procesales de las garantías jurisdiccionales@ corresponden a la justicia constitucionalA a! .ura novit curia> b! inicio de la demanda de o7cio c! pago de tasa judicial 2=C>?La 1arta Magna estipula que los derechos y garantías establecidas en la
1onstitucin y en los instrumentos internacionales de derechos humanos@ ser9n de directa e inmediata aplicacin por y ante cualquier servidora o servidor p-blico@ administrativo o judicial@ de o7cio o a peticin de parte> +e lo dicho nos encontramos frente a uno de los principios procesales de las garantías jurisdiccionales que esA a! aplicacin +irecta de la 1onstitucin> b! gratuidad de la justicia constitucional> c! direccin del proceso> 2==>?El acceso y el servicio de la administracin de justicia constitucional es gratuito@ sin perjuicio de la condena en costas y de los gastos procesales a que hubiere lugar de conformidad con el reglamento que la 1orte 1onstitucional dicte para el efecto> +e lo
b! gratuidad de la justicia constitucional> c! direccin del proceso> 2=8>?/odo proceso judicial inicia con una demanda o peticin #Salvo norma que e'presa en contrario@ los procesos se inician por demanda de parte!@ misma que ser9 de conocimiento de la autoridad competente> El ju"gador@ en principio@ iniciar el proceso ante el acto de parte que inicia el proceso@ que se denomina demanda> +e lo dicho nos encontramos frente a uno de los principios procesales de las garantías jurisdiccionales que esA a! impulso de o7cio> b! inicio por demanda de parte> c! direccin del proceso> 2=3?)l hablar de este principio decimos que es el jue" quien debe desplegar toda autoridad necesaria tanto para iniciar el proceso como para adelantarlo@ sin que la inactividad de las partes constituya una valla para aportar todos los elementos que le permitan proferir su decisin> +e lo dicho nos encontramos frente a uno de los principios procesales de las garantías jurisdiccionales que esA a! impulso de o7cio> b! inicio por demanda de parte> c! impulso de parte> 2=F>?La jue"a o jue" deber9 dirigir los procesos de forma activa@ controlar9 la actividad de los participantes y evitar9 las dilaciones innecesarias> En funcin de este principio@ la jue"a o jue" podr9 interrumpir a los intervinientes para solicitar aclaraciones o repreguntar@ determinar el objeto de las acciones@ encau"ar el debate y dem9s acciones correctivas@ prolongar o acortar la duracin de la audiencia> +e lo dicho nos encontramos frente a uno de los principios procesales de las garantías jurisdiccionales
que esA a! impulso de o7cio> b! inicio por demanda de parte> c! direccin del proceso> 2=4>?La jue"a o jue" tiene la obligacin de fundamentar adecuadamente sus decisiones a partir de las reglas y principios que rigen la argumentacin jurídica> En particular@ tiene la obligacin de pronunciarse sobre los argumentos y ra"ones relevantes e'puestas durante el proceso por las partes y los dem9s intervinientes en el proceso> +e lo dicho nos encontramos frente a uno de los principios procesales de las garantías jurisdiccionales que esA a! compresin efectiva> b! motivacin> c! .ura novit curia> 2=I>?Las decisiones que son dadas por el jue" competente deben ser bien redactadas indicando la forma y el por qué el ju"gador ha tomado esa decisin@ y no como la forma que algunos de los ju"gadores lo hacen de manera muy escueta> +e lo dicho nos
b! motivacin> c! .ura novit curia> 28B>?1on este principio se trata de obtener el mejor resultado posible@ con el mínimo de actividad jurisdiccional y de gastos para las partes> +e lo dicho nos encontramos frente a uno de los principios procesales de las garantías jurisdiccionales que esA a! compresin efectiva> b! economía procesal> c! .ura novit curia> 282>?El principio@ sirve para que las partes se limiten a probar los hechos@ y no los fundamentos de derecho aplicables> El jue" debe someterse a lo probado en cuanto a los hechos@ pero puede ampararse en ese principio para aplicar un derecho distinto del invocado por las partes a la hora de argumentar la causa> +e lo dicho nos encontramos frente a uno de los principios procesales de las garantías jurisdiccionales que esA a! compresin efectiva> b! economía procesal> c! .ura novit curia> 28?En el procedimiento de las garantías jurisdiccionales@ para presentar una demandaA a! se debe citar la norma legal infringida> b! ser9n h9biles todos los días y horas> c! es necesario el patrocinio de un abogado para proponer la accin> 28C?,ara conocer una accin jurisdiccional ser9 competente@ el jue" o jue"aA a! de la 1orte Nacional> b! +el lugar en el que se origin el acto o la omisin> c! de la 1orte 1onstitucional> 28=>?Las garantías jurisdiccionales que se encuentran establecidas en nuestra 1onstitucin son la accin deA a! Las garantías del debido proceso
b! accin de proteccin@ h9beas data@ h9beas corpus@ acceso a la informacin p-blica@ accin por incumplimiento y la accin e'traordinaria de proteccin> c! Las garantías de 7el cumplimiento 288>?Las medidas cautelares en materia constitucional tienen por objetoA a! evitar el pago de una multa b! evitar o hacer cesar la violacin o amena"a de violacin de un derecho> c! que se venda un bien 283>?Las medidas cautelares en materia constitucional se podr9n presentarA a! -nicamente en materia civil b! conjuntamente o independientemente de las acciones constitucionales> c! -nicamente en materia penal 28F>?;no de los 7nes de las garantías jurisdiccionales esA
?1uando e'iste una vulneracin de los derechos constitucionales procedeA a! una accin de amparo judicial b! un amparo constitucional> c! una accin de proteccin> 28I>?1uando e'ista ine'istencia de otro mecanismo de defensa judicial adecuado y e7ca" para proteger el derecho vulnerado@ se podr9 presentarA a! una accin de amparo> b! un amparo constitucional> c! una accin de proteccin> 23B>?1u9l de las siguientes garantías jurisdiccionales@ tiene por objeto el amparo directo y e7ca" de los derechos reconocidos en la 1onstitucin> a! una accin de amparo> b! un amparo constitucional> c! una accin de proteccin> 232>?1uando una persona se encuentre privada de libertad de forma ilegal@ arbitraria o ilegítima@ por orden de autoridad p-blica o de cualquier persona@ podr9 interponerA a! h9beas corpus> b! h9beas data> c! acceso a la informacin p-blica> 23?La accin de h9beas corpus@ se la interpone ante la 1orteA a! 1onstitucional> b! Nacional> c! ,rovincial> 23C>?Qué garantía jurisdiccional tiene por objeto garanti"ar el acceso a la informacin p-blica cuando ha sido denegada e'presa o t9citamente> La accin deA a! h9beas data>
b! acceso a la informacin p-blica> c! incumplimiento> 23=>?Qué garantía jurisdiccional@ tiene por objeto conocer de la e'istencia y a acceder a los documentos@ datos genéticos@ bancos o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma@ o sobre sus bienes@ consten en entidades p-blicas o privadas@ en soporte material o electrnico> La accin deA a! h9beas data> b! acceso a la informacin p-blica> c! incumplimiento>
?Qué garantía jurisdiccional@ tiene por objeto garanti"ar la aplicacin de las normas que integran el sistema jurídico> La accin deA a! h9beas data> b! acceso a la informacin p-blica> c! incumplimiento> 233>?La accin de h9beas data@ se la interpone ante la 1orteA a! 1onstitucional> b! Nacional> c! ,rovincial> 23F>?La accin de proteccin@ se la interpone ante la 1orteA a! 1onstitucional> b! Nacional> c! ,rovincial> 234>?;no de los requisitos para poder presentar una accin e'traordinaria de proteccin es queA a! se trate de sentencias@ autos y resoluciones 7rmes o ejecutoriadas> b! e'ista la vulneracin de un derecho constitucional> c! se haya violado el proceso debido> 23I>?La accin por incumplimiento@ se la interpone ante la 1orteA a! 1onstitucional> b! Nacional> c! ,rovincial> 2FB>?La accin de acceso a la informacin p-blica@ se la interpone ante la 1orteA a! 1onstitucional> b! Nacional> c! ,rovincial> 2F2>?La accin e'traordinaria de proteccin@ se la interpone ante la 1orteA a! 1onstitucional> b! Nacional> c! ,rovincial>
2F?Qué garantía jurisdiccional es procedente@ contra sentencias o autos de7nitivos en los que se haya violado por accin u omisin derechos reconocidos en la 1onstitucin> La accinA a! de amparo> b! de proteccin> c! e'traordinaria de proteccin 2FC>?REn las sentencias@ en donde se declare la vulneracin de los derechos@ se ordenar9 la reparacin integral por el da5oA a! material e inmaterial> b! material> c! inmaterial>
?RQuién puede interponer una accin de h9beas data a! toda persona natural o jurídica> b! las personas naturales> c! las personas jurídicas> 2F8>?La )ccin por .ncumplimiento@ no procede en el siguiente casoA si a! no e'iste otro mecanismo judicial para lograr el cumplimiento de la norma> b! se trata de omisiones de mandatos constitucionales> c! no se cumple los requisitos de la demanda> 2F3>?) una persona e'tranjera que se encuentra en nuestro país@ se le vulnera un derecho establecido en la 1onstitucin> R,uede interponer una accin de a! amparo> b! proteccin> c! e'traordinaria de proteccin> 2FF>?R;na persona@ puede cobrar una deuda a través de la accin de proteccin a! si@ ya que e'isten derechos ordinarios y derechos constitucionales> b! no@ puede porque las acciones constitucionales de proteccin no fueron creadas para sustituir a los ordinarios> c! si@ porque las acciones constitucionales de proteccin fueron creadas para sustituir a los ordinarios> 2F4>?R,uedo reclamar judicialmente a través de una accin de proteccin que yo soy due5o #titular! de un bien inmueble a! en la vía constitucional jam9s se podría litigar para declarar la e'istencia de un derecho> b! la titularidad se prueba pero no se reconoce judicialmente@ sino que debe acudir a la vía ordinaria> c! si por qué los derechos constitucionales est9n reconocidos en la 1onstitucin>
2FI>?1ual de las siguientes acciones corresponde a la jurisdiccin constitucional a! medida cautelar b! accin coactiva c! desahucio 24B>?Los ciudadanos pueden presentar accin e'traordinaria de proteccin contra sentencia@ autos de7nitivos y resoluciones con fuer"a de sentencia@ cuandoA a! se haya violado por accin u omisin derechos reconocidos en la 1onstitucin> b! la sentencia sea adversa> c! haya seguido el tr9mite de primera instancia> 242>?Los autos de inadmisin y las sentencias en las acciones de proteccin sonA a! apelables> b! inapelables> c! inapelables en parte>
constitucional de +erecho@ social@ democr9tico@ soberano@ independiente@ unitario@ intercultural@ plurinacional y laico> b> constitucional de derechos y justicia@ social@ democr9tico@ soberano@ independiente@ unitario@ intercultural@ plurinacional y laico> c> constitucional de derechos y justicia@ social@ democr9tico@ soberano@ independiente@ federal@ intercultural@ plurinacional y laico> 24C> En el Ecuador prevalece la 1onstitucin sobre todo el ordenamiento jurídico por lo tanto@ su aplicacin esA a> directa y voluntaria> b> indirecta y facultativa> c> directa y obligatoria> 24=> Los gobiernos autnomos descentrali"ados se rigen porA a> el 1digo (rg9nico de (rgani"acin /erritorial@ )utonomía y +escentrali"acin #1((/)+!> b> la Ley de :égimen Municipal #L:M!> c> la ley de :égimen ,rovincial #L:,!> 248> El Estado ecuatoriano@ obedeciendo a una nueva estructura político? administrativa se organi"a territorialmente enA a> regiones@ provincias@ cantones y parroquias urbanas> b> cuatro regiones naturales #costa@ sierra@ oriente e insular!> c> regiones@ provincias@ cantones y parroquias rurales> 243> El ordenamiento territorial hace referencia a laA a> aplicacin de políticas@ normas y acciones reguladoras del espacio físico> b> forma como se estructura el territorio@ generalmente en niveles de mayor y menor e'tensin> c> ejecucin de políticas y acciones orientadas al mejoramiento de las condiciones de vida de la poblacin> 24F> :egiones autnomas son las circunscripciones territoriales conformadas por A a> los cantones que legalmente le correspondan> b> las parroquias rurales y la cabecera cantonal con sus parroquias urbanas> c> las provincias que se constituyan como tal>
244> &ormar9n regiones dos o m9s provincias limítrofes con una super7cie superior a los veinte mil Tilmetros cuadrados pero que@ en ning-n caso sea mayor alA a> treinta por ciento de la super7cie total nacional> b> veinte por ciento de la super7cie total nacional> c> veinte y cinco por ciento de la super7cie total nacional> 24I> &ormar9n regiones dos o m9s provincias limítrofes con un n-mero de habitantes que en su conjunto sea superior alA a> tres por ciento de la poblacin total nacional> b> siete por ciento de la poblacin total nacional> cinco por ciento de la poblacin total nacional> 2IB> La iniciativa para la conformacin de una regin corresponder9 a los gobiernos autnomos descentrali"ados provinciales y se iniciar9 con las resoluciones adoptadas por los consejos provinciales respectivos@ con el voto favorable deA a> las dos terceras partes de los integrantes de cada consejo> b> las tres cuartas partes de los integrantes de cada consejo> c> la mitad mas uno de los integrantes de cada consejo> 2I2> La )samblea Nacional aprobar9 el proyecto de ley de regionali"acin en un pla"o m9'imo deA a> ciento veinte días contados desde su recepcin> b> noventa días contados desde su recepcin> c> treinta días contados desde su recepcin> 2I El proyecto de estatuto de regionali"acin ser9 presentado por los prefectos #as! a laA a> 1orte 1onstitucional> b> )samblea Nacional> c> SEN,L)+ES> 2IC> La 1onstitucin de la :ep-blica del Ecuador en su +isposicin /ransitoria primera #numeral nueve! establece que a partir de la vigencia del 1((/)+@ el pla"o para la conformacin de regiones autnomas en ning-n caso e'ceder9 deA a> cinco a5os> b> ocho a5os> c> die" a5os> 2I=> Seg-n el plan de "oni7cacin de la SEN,L)+ES se constituir9nA a> siete regiones autnomas y dos distritos metropolitanos> b> nueve regiones autnomas y dos distritos metropolitanos> c> nueve regiones autnomas y un distrito metropolitano> 2I8> El 1((/)+ regula competencias deA a> Municipios
b> La 0obernacin c> Empresas privadas 2I3> ,rovincias son las circunscripciones territoriales conformadas porA a> las parroquias rurales y la cabecera cantonal con sus parroquias urbanas> b> las parroquias urbanas y la cabecera cantonal con sus respectivas rurales> c> los cantones que legalmente le correspondan> 2IF> La creacin de provincias se reali"ar9 medianteA a> ley> b> ordenan"a> c> decreto ejecutivo> ,ara la creacin de provincias se requiere una e'tensin de por lo menosA a> quince mil Tilmetros cuadrados> b> die" mil Tilmetros cuadrados> c> doce mil Tilmetros cuadrados> 2II> 1antones son las circunscripciones territoriales conformadas porA a> los distritos metropolitanos que les correspondan> b> las parroquias urbanas y la cabecera cantonal con sus parroquias rurales> c> las parroquias rurales y la cabecera cantonal con sus parroquias urbanas> ,ara la creacin de cantones se requiere una poblacin de al menosA a> treinta mil habitantes> b> cuarenta mil habitantes> c> cincuenta mil habitantes> ,ara que dos o m9s cantones contiguos puedan fusionarse por iniciativa propia se requerir9 contar con el voto favorable deA a> las dos terceras partes de los miembros de los respecticos concejos municipales> b> las tres cuartas partes de los miembros de los respectivos concejos municipales> c> la mayoría absoluta de los miembros de los respectivos concejos municipales> c> participacin ciudadana de legislacin y 7scali"acin y@ ejecutiva> Son recursos 7nancieros de los gobiernos autnomos descentrali"ados losA a> ingresos propios de la gestin las transferencias del presupuesto general del Estado la participacin en las rentas de la e'plotacin o industriali"acin de recursos naturales no renovables y@ los recursos provenientes de 7nanciamiento>
b> ingresos propios de la gestin las transferencias del presupuesto general del Estado otro tipo de transferencias@ legados y donaciones la participacin en las rentas de la e'plotacin o industriali"acin de recursos naturales no renovables y@ los recursos provenientes de 7nanciamiento> c> ingresos propios de la gestin las transferencias del presupuesto general del Estado otro tipo de transferencias@ legados y donaciones y@ la participacin en las rentas de la e'plotacin o industriali"acin de recursos naturales no renovables> CB
Los gobiernos autnomos descentrali"ados participar9n delA a> veintiuno por ciento # c> veintiuno por ciento # sesenta y siete por ciento #3FU!> b> sesenta y nueve por ciento #3IU!> c> sesenta y cinco por ciento #38U!> +el monto total a transferirse del presupuesto general del Estado a los gobiernos autnomos descentrali"ados@ los niveles parroquiales rurales participar9n delA a> nueve por ciento #IU!> b> doce por ciento #2 c> seis por ciento #3U!> El presupuesto de los gobiernos autnomos descentrali"ados se rige por el principio de unidad presupuestaria esto implica que@ a partir de la vigenciaA a> de la Ley de :egímenes Seccionales )utnomos no habr9n destinaciones especiales de rentas> b> del 1((/)+ no habr9n destinaciones especiales de rentas> c> del 1((/)+ habr9n destinaciones especiales de rentas> 1ada gobierno autnomo descentrali"ado formular9 el fondo general de ingresos con el producto deA
a> todas las transferencias provenientes del presupuesto general del Estado y de sus rentas> b> todas las transferencias provenientes del presupuesto general del Estado> c> todos los ingresos y rentas que les correspondan> El presupuesto general de cada gobierno autnomo descentrali"ado ser9 aprobado porA a> el rgano legislativo y de 7scali"acin respectivo> b> la unidad 7nanciera respectiva> C2
c> el ejecutivo respectivo> Son considerados gastos de inversin los destinados aA a> educacin@ salud@ seguridad y riego> b> educacin@ salud@ seguridad y vialidad> c> educacin@ salud@ seguridad y proteccin ambiental> tributarios@ no tributarios y empréstitos> b> tributarios y no tributarios> c> tributarios y empréstitos> Los ingresos tributarios se clasi7can enA a> impuestos@ tarifas y contribuciones especiales de mejoras y ordenamiento> b> impuestos@ tasas@ tarifas y contribuciones especiales de mejoras y ordenamiento> c> impuestos@ tasas y contribuciones especiales de mejoras y ordenamiento> Los gobiernos autnomos descentrali"ados regional@ provincial@ distrital o cantonal podr9n prestar los servicios y ejecutar las obras que son de su competencia en formaA a> directa@ por contrato@ gestin compartida@ por delegacin a otro nivel de gobierno o cogestin con la comunidad y empresas de economía mi'ta> b> directa@ gestin compartida@ por delegacin a otro nivel de gobierno o cogestin con la comunidad y empresas de economía mi'ta> c> directa@ por contrato@ gestin compartida@ por delegacin a otro nivel de gobierno y empresas de economía mi'ta> Los gobiernos autnomos descentrali"ados regionales@ provinciales@ distritales@ cantonales o parroquiales rurales y los de las circunscripciones
territoriales indígenas@ afroecuatorianas y montubias podr9n formarA a> consorcios> b> asociaciones> c> mancomunidades> 1uando el mancomunamiento se realice entre dos o m9s gobiernos autnomos descentrali"ados del mismo nivel de gobierno que no fueran contiguos o entre gobiernos autnomos descentrali"ados de distintos niveles se denominar9A a> hermanamiento> C<
b> consorcio> c> asociacin> Los regímenes especiales no constituyen otro nivel de organi"acin territorial@ sino m9s bien modi7caciones que se visuali"an en la forma de gobierno en el territorio por ello@ se conformar9n por ra"onesA a> de conservacin ambiental@ étnico?culturales y de poblacin> b> políticas@ étnico?culturales y de conservacin ambiental> c> geogr97cas@ de poblacin y étnico?culturales> 1onsiderando situaciones de conservacin ambiental@ étnico?culturales y de poblacin@ constituyen regímenes especiales laA a> provincia de 0al9pagos@ las circunscripciones territoriales indígenas@ afroecuatorianas@ montubias y ancestrales y@ los distritos metropolitanos de Quito y 0uayaquil> b> provincia de 0al9pagos@ las circunscripciones territoriales indígenas@ afroecuatorianas@ montubias y ancestrales y@ los distritos metropolitanos de Quito@ 0uayaquil y 1uenca> c> provincia de 0al9pagos@ las circunscripciones territoriales indígenas@ afroecuatorianas@ montubias y ancestrales y@ el distrito metropolitano de Quito> c> delegacin@ desconcentracin@ devolucin y privati"acin> CC
b> generalidad@ progresividad@ e7ciencia@ simplicidad administrativa@ irretroactividad@ equidad y transparencia> c> delegacin@ desconcentracin@ devolucin y privati"acin> la posibilidad de que las competencias transferidas a un determinado nivel de gobierno sean asumidas por el siguiente nivel@ en ra"n de falta de capacidad operativa del primero> b> la transferencia de competencias desde el nivel central del Estado a instituciones paraestatales> c> la transferencia de competencias de un nivel superior a otro inferior dentro de la misma institucin> de la SEN,L)+ES es una persona jurídica de derecho p-blico@ con autonomía administrativa@ presupuestaria y 7nanciera@ patrimonio propio y sede en donde decida por mayoría de votos> b> del Sistema Nacional de 1ompetencias es una persona jurídica de derecho privado@ con autonomía administrativa@ presupuestaria y 7nanciera@ patrimonio propio y sede en donde decida por mayoría de votos> c> del Sistema Nacional de 1ompetencias es una persona jurídica de derecho p-blico@ con autonomía administrativa@ presupuestaria y 7nanciera@ patrimonio propio y sede en donde decida por mayoría de votos> delegado permanente del ,residente de la :ep-blica@ un representante de los gobiernos regionales un representante de los gobiernos provinciales un representante de los gobiernos municipales y distritos metropolitanos y@ un
representante de los gobiernos parroquiales rurales> b> delegado permanente del ,residente de la :ep-blica@ un representante de los gobiernos regionales y distritos metropolitanos un representante de los gobiernos provinciales un representante de los gobiernos municipales y@ un representante de los gobiernos parroquiales rurales> c> delegado permanente del ,residente de la :ep-blica un representante de los gobiernos regionales un representante de los distritos metropolitanos un representante de los gobiernos provinciales un representante de los C=
gobiernos municipales y@ un representante de los gobiernos parroquiales rurales> las dos terceras partes de sus integrantes> b> la mayoría absoluta de sus integrantes> c> las tres cuartas partes de sus integrantes> El 1onsejo Nacional de 1ompetencias contar9 con una secretaría ejecutiva para dar cumplimiento a sus resoluciones y funciones permanentes@ cuyo titular ser9 nombrado por el 1onsejo Nacional de 1ompetencias deA a> entre sus miembros> b> una terna presentada por su ,residente> c> una terna presentada por el ,residente de la :ep-blica> El Secretario Ejecutivo del 1onsejo Nacional de 1ompetencias ejercer9A a> su representacin legal> b> su representacin judicial> c> su representacin legal y judicial> a! &)LS( b! E:+)+E:( La conciliacin procede en los casos cuya pena privativa de libertad prevista para la conducta no e'ceda deA a! =B a5os b! < a5os 3 meses c! +e C a 4 a5os d! 8 a5os> El indulto otorga la )samblea Nacional por delitos contra la administracin p-blica y por motivos humanitarios conforme la 1onstitucin y la ley> a! &)LS( b! E:+)+E:( La accin de proteccin es una garantía jurisdiccional # ' ! !
,ara interponer una accin de proteccin es necesario el patrocinio de un abogado> # ! '! #'! !
C3
#'! ! La demanda de accin de proteccin se puede proponer en forma verbal La accin de proteccin se puede interponer de una sentencia o providencia judicial> #! & # '! La accin de proteccin procede para impugnar resoluciones e'pedidas por el 1onsejo Nacional Electoral> #! '! ;no de los objetivos de las garantías jurisdiccionales es que el jue" declare la vulneracin de uno o m9s derechos> #'! ! La autoridad competente para conocer y resolver una accin de proteccin es el 7scal #! '! La autoridad competente para conocer y resolver una accin de proteccin es cualquier jue" de primera instancia del lugar donde sucedi la afectacin del derecho #'! ! ;no de los principios que rige dentro de los procesos constitucionales es el de formalidad condicionada> #'! ! El jue" cali7ca la demanda de accin de proteccin en el término de =4 horas> #! '! Seg-n el 1digo 1ivil ecuatoriano@ las personas se dividen en domiciliadas y transe-ntes> #' ! ! #! '! El que vive bajo patria potestad sigue el domicilio de quien la ejerce@ y el que se halla bajo tutela o curaduría@ el de su tutor o curador #'! ! 1on la actual 1onstitucin #$! ! ,ara la procedencia de la accin e'traordinaria de proteccin@ la sentencia debe estar ejecutoriada> #$! ! La 1orte 1onstitucional es el m9'imo rgano de control de la constitucionalidad en el Ecuador> #$! ! Las acciones de inconstitucionalidad se presentan ante el defensor p-blico> #! $! Los procesos constitucionales para tramitar las garantías de habeas data y accin de proteccin tienen tres instancias> #! $!
=2
;n principio rector del Servicio ,-blico es la e7cacia y e7ciencia> #'! ! #'! ! El nepotismo no es un impedimento para laborar en el sector p-blico> #! '! ;n requisito para el ingreso al sector p-blico es no estar comprendido en alguna de las causales
de prohibicin para ejercer cargos p-blicos> #'! ! La amonestacin verbal es una sancin prevista dentro de la L(SE,> #'! ! La amonestacin escrita no est9 contemplada como sancin administrativa dentro de la L(SE,> #! '! La destitucin el servidor p-blico se resuelve previo inicio de un sumario
administrativo> #$! ! El sumario administrativo es un tr9mite judicial que se sustancia ante el jue" del trabajo> #! '!
=<
El sumario administrativo es un tr9mite que se sustancia ante el inspector del trabajo> #! '! El sumario administrativo es un tr9mite que se sustancia dentro de la .nstitucin donde labora el servidor p-blico> #$! ! ;na de las modalidades contractuales dentro del servicio p-blico es el contrato por
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