AUTO EVALUACIONES DERECHO ADMINISTRATIVO II.docx

March 23, 2019 | Author: karen loera | Category: Regulation, Eminent Domain, Federation, State (Polity), Budget
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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACIÓN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA LA F.S.T.S.E.

DERECHO

ADMINISTRATIVO II

KARLA KARINA KARIN A LOYA MEDINA 6º CUATRIMESTRE

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Por su parte, el art*culo 7o. establece la libertad de publicar $ escrib esc ribirir sob sobre re cua cual(u l(uier ier tem tema, a, a amb ambas as gar garant ant*as *as se les conoce como libertad de imprenta, la cual no tiene m"s l*mite (ue el respeto a la vida privada, a la moral $ a la pa8 p;blica. Estos preceptos tambieneral de 9alud, $ por &ecreto se adicionó el Art*culo Bo. Const Constitu itucio cional nal,, public publicado ado en el &iario &iario oficia oficiall de la 2ederación de fec4a @ de febrero de 1@, se consagró como garant*a social, el &erec4o a la Protección de la 9alud El 7 de febrero de 1B fue publicada en el &iario %ficial de la 2ederación la #e$ >eneral de 9alud, reglamentaria del p"rrafo tercero del Art*culo Bo. de la Constitución Pol*tica de los Estados Unidos Mexicanos, iniciando su vigencia el o. de )ulio del mismo ao. En la mencio mencionad nadaa #e$ se establ estableci eciero eronn $ defin definier ieron on las las bases $ modalidades para el acceso a los servicios de salud, as* como la distribución de competencias entre la 2edera 2ederació ciónn $ las Entida Entidades des 2edera 2ederativ tivas as en Materi Materiaa de 9alubridad >eneral, por lo (ue resulta pertinente disponer de los instru instrumen mentos tos reglam reglament entari arios os necesa necesario rioss para para el e)ercicio efica8 de sus atribuciones= 13. #QU$ ENTIENDE POR SERVICIO MILITAR Y CU+L ES SU LEY REGLAMENTARIA% El 9ervicio Militar Jacional se constitu$e en un instrumento efic efica8 a8 del del (ue (ue disp dispon onee la Jaci Jación ón,, (ue (ue integ integra rado do a las las

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2uer8as Armadas, coad$uva en la seguridad $ defensa de la Patria, as* como a la reali8ación de tareas c*vicas $ sociales (ue tienden al desarrollo del Pa*s, conformando con sus efectivos una sociedad confiable $ comprometida en la consecución de los ob)etivos nacionales, todas ellas, esta establ blec ecid idas as como como misi mision ones es a las las 2uer 2uer8a 8ass Arma Armada dass tipifi tipificad cadas as en sus respec respectiv tivas as #e$es #e$es %rg"ni %rg"nicas cas,, pero pero tambi39!6 !6% % 2E&E6 2E&E6A# A# &E AU!%MO AU!%MO3# 3#E9 E9 Art*culo  #a presente le$ tiene por ob)eto crear $ regular regular el 6egistro Jacional de e4*culos. 9us disposiciones son de orden p;blico $ de observancia general en todo el territorio nacional. 1*. IMP IMPORT ORTANC ANCIA IA Y TRA TRASCE SCENDE NDENCI NCIA A DE LA LEY ELECTORAL. Una de las medidas de ma$or trascendencia en lo pol*tico, fue la reforma a la #e$ 2ederal Electoral en 1:@, (ue dio cabida a la participación de las minor*as en la formación de la voluntad legislativa $ tuvo por ob)eto cambiar la imagen del autoritarismo por la de la flexibilidad en el sistema pol*tico, aun(ue en la realidad esto no sucediera.

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Con esta reforma a los procesos electorales se buscó dar mues muestrtraa de una una ma$o ma$orr aper apertu tura ra $ flex flexib ibililid idad ad,, en un momento en el (ue la capacidad integradora del sistema pol*tico mexicano 4ab*a empe8ado a ponerse a prueba. El 9enado (uedó al margen d esta transformación (ue abrir*a, principalmente con la posterior reforma de 177, nuevas expectativas al (ue4acer parlamentario del pa*s. #a necesidad de iniciar una transición 4acia formas m"s abiertas de democrati8ación de la sociedad mexicana, (ue permit permitier ieraa contrar contrarres restar tar la presió presiónn de los los movimi movimient entos os independientes, radicales o no, se volvió una necesidad imperiosa, a riesgo de (ue se incrementaran los canales no institucionales de participación de la sociedad. Por lo (ue e reali8aron reformas m*nimas a la la le$ electoral electoral #a 6eforma pol*tica de 177 tenia &os propósitos se ten*an (ue cumplir revitali8ar el sistema de partidos $ ofrecer una opción de acción pol*tica leg*tima tanto a los (ue 4ab*an rec4a8ado como a los (ue 4ab*an optado por la violencia. #a reforma era tanto m"s urgente por(ue la apertura pol*ti pol*tica ca de Ec4eve Ec4everr*a rr*a se 4ab*a 4ab*a visto visto recort recortada ada en su alcance al promover una reforma electoral limitada. A trav travEJ A CUA!6% 3J9!3!UC3%JE9 el 3nstituto 2ederal Electoral +organismo p;b p;blico lico autón utónoomo de car"c ar"cte terr perma ermannente ente,, con con person personal alida idadd )ur*di )ur*dica ca $ patrim patrimoni onioo propio propios, s, en (ue se depositó la autoridad electoral $ la responsabilidad de la función estatal de organi8ar las elecciones = un nuevo 6egistro 2ederal de Electores +para asegurar (ue cada registro en el padrón electoral corresponda a un ciudadano identificado con residencia en una sección determinada = el 9ervicio Profesional Electoral +servicio civil encargado de la admini administr straci ación ón de los proces procesos os== $ el !ribu !ribunal nal 2edera 2ederall Electoral. El : de mar8o de 11B 11B se llegó a un acuerdo acuerdo de reformas al C%23P C%23PE. E. Esta Esta nueva nueva reform reformaa consti constitu$ tu$óó un avance avance sust sustan anci cial al en la demo democr crat ati8 i8ac ació iónn de los los proc proces esos os electorales subra$ó el car"cter autónomo e independiente de los organismos electorales, modificó la estructura del 32E permite (ue visitantes extran)eros observen el proceso electoral $ tipificó como delitos electorales @ pr"cticas il*citas. 9in duda la propuesta m"s importante de estos acuerd acuerdos os consis consistió tió en ciudad ciudadani ani8ar 8ar el m"ximo m"ximo órgano órgano electoral. En 11:, 11:, el E)ecu E)ecutiv tivoo 2edera 2ederall $ los partid partidos os pol*ti pol*ticos cos representados en el Congreso elaboraron una iniciativa de reformas constitucionales en la (ue se establecieron las

bases bases para para una transf transform ormaci ación ón defini definitiv tivaa de nuestra nuestrass instituciones electorales, conforme a criterios de e(uidad, ob)etividad $ transparencia. #a iniciativa fue aprobada por unanimidad en las dos C"maras del Congreso de la Unión $ por la totalidad de las legislaturas locales.

1!. 1!. INDI INDIQ QUE EN QU QU$$ CO CONS NSIS ISTTE EL PRO ROCE CESO SO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Constitu$e un medio de control )urisdiccional de los actos de la administración p;blica, puesto (ue representa una instancia por medio de la cual los administrados pueden lograr la defensa de sus derec4os e intereses, cuando se ven afectados por actos administrativos ilegales. El Contencioso Administrativo se instaura en contra de los actos administrativos emitidos por los órganos integrantes de la administración p;blica en el desempeo de su gestión administrativa El Proc Proced edim imie ient ntoo admi admini nist stra ratitivo vo (ue (ue form formaa un !itu !itulo lo Especial del Código 2iscal separado de la #e$ %rg"nica del !ribunal sobre la materia, se inicia A. A. Con Con la &emand &emandaa de Julid Julidad ad la cual deber deber"" ser ser presentada +salvo en casos determinados, dentro de los (uince d*as siguientes a a(uel en (ue 4a$a surtido sus efectos la resolución impugnada o en el pla8o de cinco aos cuando la autoridad fiscal pida la nulidad de una resolución favorable a un particular, excepto cuando di c4a resolució resoluciónn 4a$a originado originado efectos efectos de tracto sucesivo sucesivo en (ue la nulidad puede demandarse en cual(uier
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