Auditoria de Cumplimiento

October 4, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
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AUDITORIA AUDITOR IA DE CUMPLIMIENTO 1. Definición Es un examen objetivo, técnico y profesional de operaciones, procesos y actividades financieras, presupuestales y administrativas, que tiene como propósito determinar en qué medida las entidades sujetas al ámbito del sistema, han observado la normativa aplicable, disposiciones internas y las estipulaciones contractuales establecidas establecidas en el ejercicio de la función o la prestación del servicio público y en el uso y gestión de los recursos del estado. Esta auditoría se practica mediante la revisión de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones para determinar si los procedimientos utilizados y las medidas de control interno están de acuerdo con las normas que le son aplicables y si dichos procedimientos están operando de manera efectiva y son adecuados para el logro de los objetivos de la entidad.

2. Antecedentes  ARGANDOÑA DUEÑAS, DUEÑAS, MARCO ANTONIO. Diplomado de Control Control Interno Empresarial y del Sector Público  – Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Lima – Perú, 2011 

BASE HISTORICA: En cuanto a la historia de la Auditoría Gubernamental, ARGANDOÑA DUEÑAS, Marco Antonio, lo detalla en los siguientes conceptos: a. Hace 2000 años, años, en la época época egipcia e Imperio Imperio Romano el ac actor tor era el “Visir” es en un contexto histórico islámico, un cargo equivalente al de

ministro, asesor o válido de un monarca; cuyo objetivo era descubrir fraudes. b. Entre 1319 – 1511, en la época del Incanato, Cortes o Cámaras de Cuentas, Tribunal Real – Santo Domingo; el actor era el “Tuckuyricos” quien era el supervisor imperial, “el “ el que todo lo ve”, inspeccionaba,

vigilaba y fiscalizaba la administración imperial y el objetivo era verificar la honestidad de las personas de los gobiernos.

 

c. Entre 1840 – 1930, en la época del tribunal de Cuentas del Perú y se da la creación de la Contraloría General de la República, el actor actuaba como “Veedor” y el objetivo era exigir la rendición de cuentas,

fiscalización previa y juzgamiento administrativo. d. En 1964, la Contraloría Ge General neral de la República, a autoridad utoridad superior de control presupuestal y patrimonial autónomo, los actores eran los “Contralores” y el objetivo también era er a exigir la rendición de cuentas,

fiscalización previa y juzgamiento administrativo. e. En 1971, mediante el Decreto Ley N° 19039 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, los actores eran los “Fiscalizadores”, con el objetivo

del control interno y administrativo, auditorías gubernamentales y determinación de responsabilidades. f. En 1992, mediante el Decreto Ley N° 26162 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, se establecieron las atribuciones, principios y criterios, los actores eran los “Auditores/Asesores “Auditores/Asesores”, ”, con el objetivo de

prevenir y verificar el eficaz, eficiente y transparente uso de recursos públicos, desarrollo honesto de los servidores y mejoramiento de la gestión pública. g. En la actualidad, ccon on la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, los actores son los “Auditores/Asesores”, con el objetivo de prevenir y verificar el eficaz, eficiente efi ciente y transparente uso de recursos públicos, desarrollo honesto de los servidores y mejoramiento de la l a gestión pública 

BASE LEGAL: a. Constitución Política del Perú de de 1993, 1993, vigente a la fecha. En su artículo 82º se considera que la Contraloría General de la República, es el Órgano Superior de Control que tiene a su cargo la supervisión de la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la Deuda Pública y de los actos de las instituciones sujetas a su control. b. Ley Nª 277856, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República del 13 de julio 2002. El artículo 2º señala: “Es

objeto de la Ley, propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las l as funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con con la finalidad contribuir y orientar de sus actividades y servicios en de beneficio de la Nación.”el mejoramiento

 

  c. Ley Nª 287167, Ley de Control Interno para las l as Entidades del Estado del 17 de abril 2006. En su artículo 3º se señala que el control interno al conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo la actitud de las autoridades y el personal, organizados e instituidos en cada entidad del Estado, para la consecución de los objetivos indicados en el artículo 4° de la presente Ley. En su artículo 8° señala que, la inobservancia de la presente Ley, genera responsabilidad administrativa funcional y da lugar a la imposición de la sanción de acuerdo a la normativa aplicable, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar, de ser el caso.

d. Resolución de Contraloría Nº Nº 320-2006-CG, Normas Normas de Control Interno, publicada en el diario Oficial El Peruano el 03. Nov.2006s de Control Interno, NCI  – Contraloría General de la República.  Al respecto, en el punto 3 del rubro introducción señala que: que: “Las

Normas de Control Interno, constituyen lineamientos, criterios, métodos y disposiciones para la aplicación y regulación del control interno en las principales áreas de la actividad administrativa u operativa de las entidades,de incluidas lassistemas relativas de a lainformación gestión financiera, f inanciera, logística, deentre personal, obras, de y de valores éticos, otras. Se dictan con el propósito de promover una administración adecuada de los recursos públicos en las entidades del Estado. Los titulares, funcionarios y servidores de cada entidad, según su competencia, son responsables de establecer, mantener, revisar y actualizar la estructura de control interno i nterno en función a la naturaleza de sus actividades y volumen de operaciones. Asimismo, es obligación de los titulares, la emisión de las normas específicas aplicables a su entidad, de acuerdo con su naturaleza, estructura, funciones fu nciones y procesos en armonía con lo establecido en el presente documento.”

e. Ley 278159 Ley Ley del Código Código de Ética de la Función Pública, de dell 12 de agosto 2002.  Artículo 3.- señala que los fines de la función función pública son el Servicio Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo l o dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

 

f. Resolución de Contraloría Nº 273-2014-CG, que aprueba las Normas Generales de Control Gubernamental – NGCG y su numeral 1.3 establece que son de observancia obligatoria para los órganos y personas del Sistema Nacional de Control, expertos que participan en el desarrollo del control gubernamental y para los funcionarios y servidores bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Es importante mencionar también algunas normas que a la fecha f echa ya no se encuentran vigentes, que debido a la evolución del tiempo han sido modificados y derogados, sin embargo, han sido los pilares y el soporte para la elaboración de las normas vigentes, dentro de ellas podemos citar los siguientes: Ley N° 14816 Ley Orgánica del Presupuesto Funcional Funcional de la República, mediante la cual el Tribunal Mayor de Cuentas pasa a ser un organismo integrante de la Contraloría General de la República. Más tarde, surge la norma N° 19039, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, del 16 de noviembre del 1971, mediante la cual señala a la Contraloría General de la República, como una entidad superior de control del sector público nacional y reitera el rango de Ministro de Estado al Contralor General de la República. Posteriormente el 24ladecual diciembre de el 1992, se promulga N° 26162, mediante se regula Sistema NacionaleldeDecreto ControlLey y deroga el Decreto Ley N° 19039. Finalmente, con la promulgación de la Ley Actual Ley N° 27785, se deroga la Ley N° 26162 y todas sus modificatorias.

3. Importancia Fortalece la gestión, transparencia, rendición de cuentas y buen gobierno de las entidades, mediante las recomendaciones incluidas en el informe de auditoría que permitan optimizar sus sistemas administrativos de gestión y de control interno 4. Objetivos   Determinar la conformidad conformidad en la aplicación de la normativa, disposiciones internas y las estipulaciones contractuales establecidas, en la materia a examinar de la entidad sujeta a control.   Determinar el nivel nivel de confiabilidad de los controles internos implementados por la entidad en los procesos, sistemas administrativos y de gestión, vinculados a la materia a examinar.





5. Características   Debe comprender comprender asuntos de la gestión fiscal y puede abarcar un una a seguridad razonable o limitada;   La materia sometida a auditoría puede estar compuesta por





actividades, operaciones financieras e información. Puede ser

 

general o específica, según su contenido o alcance, y cualitativa o cuantitativa según su naturaleza;   Las disposiciones legales y normativas son el elemento más importante de la AC. Su estructura y contenido permiten fijar los criterios y objetivos de la fiscalización;   El equipo equipo de AC debe identificar aquellos aspectos de dichas disposiciones que permitan tener resultados relevantes, fiables,





objetivos, comparables y aceptables; y   En la AC el informe de auditoría puede ser breve o ex extenso. tenso.



6. La Auditoría de Cumplimiento y su relación con otros tipos de auditoría    AUDITORÍADE CUMPLIMIENTO  Auditoría de Cumplimiento realizada realizada por separado.  Auditoría de Cumplimiento combinada combinada con una Auditoría F Financiera. inanciera.  Auditoría de Cumplimiento combinada combinada con una Auditoría de Dese Desempeño. mpeño.  Auditoría de Cumplimiento Independiente. Independiente.  Auditoría de Cumplimiento Combinada. Combinada.  7. Elementos de la Auditoría de Cumplimiento   Los elementos más relevantes para una AC que deben ser identificados por el equipo auditor antes de llevar a cabo la auditoría para su entendimiento se presentan en la siguiente figura: Fundamento legal y criterios Materia o asunto de la auditoria de cumplimiento Partes intervinientes en la auditoria de cumplimiento Certeza, seguridad o fiabilidad de la auditoria de cumplimiento  8. Clasificación 9. Procedimientos de auditoria

Planeamiento Carpeta de servicio Al inicio de la l a auditoria de cumplimiento puede realizarse por disposición de la alta dirección, por lo cual se elabora una carpeta de servicio simplificada, que contiene como mínimo: la materia a examinar, alcance y recursos a utilizar Planificación Acreditar e instalar la comisión auditora Comprender la entidad y la materia a examinar Aprobar el plan de auditoria definitivo Ejecución Definir la muestra de auditoria Ejecutar el plan de auditoria definitivo Aplicar los procedimientos de auditoria, obtener y valorar las evidencias

 

Determinar las observaciones + identificar las desviaciones de cumplimiento + elaborar y comunicar las desviaciones de cumplimiento Evaluar los comentarios Registrar el cierre de la ejecución Elaboración de informe Elaborar informe auditoria Aprobar yelremitir el de informe de auditoria Cierre de auditoria Evaluar el proceso de auditoria Registrar el informe, archivo de la documentación y cierre de auditoria

10. Normas Normas internacionales 11. Fases de la auditoria 12. Enfoques 13. MARCO HISTÓRICO  14. 2.2.1 Exámenes Especiales (Auditoría de Cumplimiento) En cuanto a la historia de la Auditoría Gubernamental, ARGANDOÑA DUEÑAS, Marco Antonio, lo detalla en los siguientes conceptos: a. Hace 2000 años, en la época egipcia e Imperio Romano el actor era el “Visir” es en un contexto histórico islámico, un cargo equivalente al de

ministro, asesor o válido de un monarca; cuyo objetivo era descubrir fraudes.

 

b. Entre 1319 – 1511, en la época del Incanato, Cortes o Cámaras de Cuentas, Tribunal Real – Santo Domingo; el actor era el “Tuckuyricos” quien era el supervisor imperial, “el que todo lo ve”, inspeccionaba, vigilaba y

fiscalizaba la administración imperial y el objetivo era verificar la honestidad de las personas de los gobiernos. c. Entre 1840 – 1930, en la época del tribunal de Cuentas del Perú y se da la creación de la Contraloría General de la República, el actor actuaba como “Veedor” y el objetivo era exigir la rendición de cuentas, fiscalización previa

y juzgamiento administrativo. d. En 1964, la Contraloría General de la República, autoridad superior de control presupuestal y patrimonial autónomo, los actores eran los “Contralores” y el objetivo también era exigir la rendición de cuentas,

fiscalización previa y juzgamiento administrativo. e. En 1971, mediante el Decreto Ley N° 19039  – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, los actores eran los l os “Fiscalizadores”, con el objetivo del

control interno y administrativo, auditorías gubernamentales y determinación de responsabilidad r esponsabilidades. es. f. En 1992, mediante el Decreto Ley N° 26162  – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, se establecieron las atribuciones, principios y criterios, los actores eran los “Auditores/Asesores”, con el objetivo de prevenir y

verificar el eficaz, eficiente y transparente t ransparente uso de recursos públicos, desarrollo honesto de los servidores y mejoramiento de la gestión pública. g. En la actualidad, con la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, los actores son los “Auditores/Asesores”, con el objetivo de prevenir y verificar el eficaz,

eficiente y transparente uso de recursos públicos, desarrollo honesto de los servidores y mejoramiento de la gestión pública  

15. Base Base Legal 2.3.1 Auditoria Gubernamental g. Constitución Política del Perú de 1993, 1993, vigente a la fecha. En su artículo 82º se considera que la Contraloría General de la República, es el Órgano Superior de Control que tiene a su cargo la supervisión de la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la Deuda Pública y de los actos de las instituciones sujetas a su control. h. Ley Nª 277856, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República del 13 de julio 2002. El artículo 2º señala: “Es

objeto de la Ley, propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del

 

Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones f unciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación.”

i. Ley Nª 287167, Ley de Control Interno para las Entidades del Estado del 17 de abril 2006. En su artículo 3ºplanes, se señala que el normas, control interno al conjunto de acciones, actividades, políticas, registros, organización, procedimientos y métodos, incluyendo la actitud de las autoridades y el personal, organizados e instituidos en cada entidad del Estado, para la consecución de los objetivos indicados en el artículo 4° de la presente Ley. En su artículo 8° señala que, la inobservancia de la presente Ley, genera responsabilidad administrativa funcional y da lugar a la imposición de la sanción de acuerdo a la normativa aplicable, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que hubiere lugar, de ser el caso.  j. Resolución de Contraloría Contraloría Nº 320-2006-CG, Normas de Control Interno, publicada en el diario Oficial El Peruano el 03. Nov.2006s de Control Interno, NCI – Contraloría General de la República. i ntroducción señala que: “Las  Al respecto, en el punto 3 del rubro introducción Normas de Control Interno, constituyen lineamientos, criterios, métodos y disposiciones para la aplicación y regulación del control interno en las principales áreas de la actividad administrativa u operativa de las entidades, incluidas las relativas a la gestión financiera, f inanciera, logística, de personal, de obras, de sistemas de información y de valores éticos, entre otras. Se dictan con el propósito de promover una administración adecuada de los recursos públicos en las entidades del Estado. Los titulares, funcionarios y servidores de cada entidad, según su competencia, son responsables de establecer, mantener, revisar y actualizar la estructura de control interno en función a la naturaleza de sus actividades y volumen de operaciones. Asimismo, es obligación de los titulares, la emisión normas específicas entidad, de acuerdo condesulas naturaleza, estructura,aplicables funciones ay su procesos en armonía con lo establecido en el presente documento.”

k. Ley 278159 Ley del Código de Ética de la Fu Función nción Pública, del 12 de agosto 2002.  Artículo 3.- señala que los fines de la función función pública son el Servicio Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo l o dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. l. Resolución de Contraloría Nº 273-2014-CG,

 

que aprueba las Normas Generales de Control Gubernamental  – NGCG y su numeral 1.3 establece que son de observancia obligatoria para los órganos y personas del Sistema Nacional de Control, expertos que participan en el desarrollo del control gubernamental y para los funcionarios y servidores bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Es importante mencionar también algunas normas que a la fecha f echa ya no se encuentran vigentes, que debido a la evolución del tiempo han sido modificados y derogados, embargo, han dentro sido losdepilares y el soporte para la elaboración de las sin normas vigentes, ellas podemos citar los siguientes: Ley N° 14816 Ley Orgánica del Presupuesto Funcional Funcional de la República, mediante la cual el Tribunal Mayor de Cuentas pasa a ser un organismo integrante de la Contraloría General de la República. Más tarde, surge la norma N° 19039, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control, del 16 de noviembre del 1971, mediante la cual señala a la Contraloría General de la República, como una entidad superior de control del sector público nacional y reitera el rango de Ministro de Estado al Contralor General de la República. Posteriormente el 24 de diciembre de 1992, se promulga el Decreto Ley N° 26162, mediante la cual se regula el Sistema Nacional de Control y deroga el Decreto Ley N° 19039. Finalmente, con la promulgación de la Ley Actual Ley N° 27785, se deroga la Ley N° 26162 y todas sus modificatorias.

Definición Importancia Propósito Finalidad Clasificación Procedimiento  Auditoría Gubernamental La auditoría es una de las l as aplicaciones de los principios científicos de la contabilidad, basada en la verificación de los registros patrimoniales patr imoniales de las haciendas, para observar su exactitud; no obstante, este no es su único objetivo. Su importancia es reconocida re conocida desde los tiempos más remotos, teniéndose conocimientos de su existencia ya en las lejanas épocas de la civilización sumeria.

 

En la Edad Media, las Casas Reales europeas contaban con funcionarios f uncionarios especializados denominados denominados Contralor o Veedor, tal como se les conocía, por ejemplo, en Francia y en España, respectivamente. En el Tahuantinsuyo existió un Sistema Contable desarrollado a través de los quipus. Esta forma de control surgió como una necesidad imperiosa ante la complejidad de lo que podríamos denominar el sistema tributario incaico (mitas). Los quipus eran básicamente un conjunto de soguillas de distintos colores, anudadas de tal manera que pudieran representar cantidades. Los Quipucamayocs, quienes operaban los quipus, eran comparativamente hablando, los "contadores" de esa época. Consecuentemente, hicieron su aparición los fiscalizadores f iscalizadores de los trabajos Contables; es decir, los encargados de supervisar que la contabilidad se lleve l leve a cabo con toda corrección y exactitud. Estos funcionarios fueron denominados los Tukuyricos, cuyas funciones, guardando distancias, podrían ser equiparadas a las que la Constitución y la Ley encomiendan actualmente a la Contraloría General de la República. Durante la Revolución Industrial a medida que el tamaño de las empresas aumentaba sus propietarios empezaron a utilizar servicios de gerentes contratados. Con la separación de propiedad y gerencia, los ausentes propietarios acudieron a los auditores para detectar errores operativos y posibles fraudes. Los bancos fueron los principales usuarios externos de los informes financieros. Antes del 1900 la auditoría tenía como objetivo principal detectar errores y fraudes, con frecuencia f recuencia incluían el estudio de todas o casi todas las transaccione tr ansaccioness registradas. En el ámbito nacional, al producirse la independencia y nacer la República, el Tribunal Mayor y Hacienda Real de Cuentas del Virreinato, creado por el Rey de Felipe III de España por Real Cédula de 1605, adoptó lla a denominación de Tribunal de Cuentas, dependiente del Ministerio de Hacienda, cuya organización y funciones se expone a continuación de manera sucinta: Las instituciones del Sector Público Nacional estaban obligadas a remitirle toda la documentación de sus operaciones presupuestales. presupuestales. Los comprobantes recibidos eran distribuidos entre los juzgados, según las entidades asignadas a cada uno, para su revisión en lo relativo al cumplimiento de la normativa vigente aplicable. De existir errores, irregularidades administrativas, indicios de dolo o cualquier otra deficiencia, el Juzgado correspondien correspondiente te confeccionaba un Pliego de reparos, que consistía en una relación de observaciones que elevaban a la Sala de Vocales (conformadas por abogados), quienes luego de un exhaustivo examen de los expedientes, emitían su dictamen, el cual, acompañado de un Proyecto de Resolución Presidencial elevaban al Despacho del Sr. Presidente (Abogado) del Tribunal Mayor de Cuentas, quien debía decidir por la procedencia o improcedencia del documento. Debe anotarse que los

 

encargados de los Juzgados no eran profesionales, sino solo empleados de carrera, poseedores de la experiencia necesaria. En cuanto a los Departamentos de Rectificación Militar y Civil, a ellos llegaban los ajustamientos (manifestaciones y pagos) y las planillas de sueldos y salarios de los servidores militares y civiles, respectivamente; siendo su misión revisarlos y archivarlos a fin de facilitar su consulta, dado que debían atender at ender e informar sobre las solicitudes de dichos servidores respecto al reconocimiento de su tiempo de servicios, cuya certificación igualmente, era elevada al despacho del Sr. Presidente del Tribunal Mayor de Cuentas para su aprobación y firma.  A través de su existencia, existencia, el Tribunal Mayor de Cuentas vvenía enía experimentando la misma situación ocurrida en la colonia, o sea un gran atraso en el cumplimiento de sus funciones, acumulándos acumulándose e por ello, cientos de expedientes sin procesar o sin concluir, situación que relacionada con las funciones que debía cumplir la Contraloría, principalmente la de auditoría, originaba confusiones y duplicidades en el control del Sector Público Nacional. Esta situación, motivó que mediante la Ley Nº 14816 - Ley Orgánica del Presupuesto Funcional de la República, de fecha 16 de enero de 1964, el Tribunal Mayor de Cuentas pase a ser un organismo integrante de la Contraloría General de la República. Su presupuesto constituyó uno de los programas del Pliego de la Autoridad Superior de Control. La Contraloría General de la República del Perú fue creada por Decreto Supremo de fecha 26 de setiembre de 1929 en el gobierno del presidente  Augusto B. Leguía, habiéndose habiéndose publicado dicho D Decreto ecreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, el día miércoles 2 de octubre del año indicado. Don Ricardo Madueño y Rosas, Director General de Contabilidad del Ministerio de Hacienda, conjuntamente con un reducido equipo de colaboradores de su entorno, y en vista de la urgencia de controlar debidamente los gastos relativos al presupuesto, propuso al Ministro de Hacienda don M. G. Masías expedir por medio de Decreto Supremo —con cargo a dar cuenta al Congreso en la siguiente legislatura ordinaria, la creación de la Contraloría General de la República, siguiendo los moldes que por entonces el economista norteamericano Edwin Walter Kemmerer se encontraba proponiendo e implementando en países como Bolivia, Chile, Ecuador y Colombia. Según el consagrado historiador de la República, don Jorge Basadre Grohman, en el Perú sólo peruanos intervinieron en su establecimiento y organización. Se quiso lograr con esta oficina la centralización en el movimiento de las direcciones del Tesoro, Contabilidad y Crédito Público y vigilar, además, que no fueran contraídas por los distintos departamentos de la administración estatal —obligaciones por sumas mayores a los recursos legalmente disponibles, ciñendo los gastos a las cifras consignadas en el presupuesto.  A los pocos meses de expedido el Decreto Supremo, Supremo, el Congreso de la República dio la Ley Nº 6784, de 28 de Feb.1930, confiriéndole nivel legal a la existencia de la Contraloría General, disponiendo su conformación con las

 

Direcciones del Tesoro, Contabilidad y del Crédito Público del entonces ento nces Ministerio de Hacienda. El texto de la ley, contenía en un 95% lo dispuesto en el Decreto Supremo, determinando las funciones básicas de fiscalización preventiva del gasto público, llevar la contabilidad de la Nación, preparar la Cuenta General de la República e inspección a todas y cada una de las entidades del Estado. En el año 1933 la Contraloría General adquiere el rango constitucional.  Al expedirse la Ley Nº 14816 14816 (16. Ene.1964), en su artículo 67, se dio dio a la Contraloría la calidad de Organismo autónomo con independencia administrativa y funcional, autoridad superior de control presupuestario y patrimonial del Sector Público Nacional, sin perjuicio de la máxima facultad fiscalizadora del Congreso de la República.  Además, la Ley dispuso dispuso en su artículo 94 que la func función ión de la fiscalización previa sea sólo de responsabilidad de las respectivas Oficinas de  Administración de las entidades públicas; igualmente qu que e los expedientes si sin n procesar por el Tribunal Mayor de Cuentas – TMC se remitieran a las entidades correspondientes, de manera que sólo aquellos en proceso continuarían trabajando por la Contraloría a través de su Oficina de Ejecución de Resoluciones (un rezago del TMC). En tal virtud, por mandato de la Ley Nº 14816 la Contraloría General quedó a cargo de las funciones de Contabilidad y Auditoría. Mediante Decreto Ley N° 19039 (18. nov.1971), Ley Orgánica del Sistema Nacional N acional de Control; se reconoció a la Contraloría General de la República como la máxima institución fiscalizadora, con autonomía administrativa y funcional, cuyo campo de acción recae en lo administrativo y financiero. Establece el control previo a cargo de la administración y el control posterior externo de la Contraloría General de la República como a la Oficina de Auditoría Interna En el artículo 146° de la Constitución Política de 1979, se asigna a la Contraloría General de la República, la calidad de organismo autónomo y central del Sistema Nacional de Control y se le encarga la supervigilancia de la ejecución de los presupuestos del sector público, de las operaciones de la deuda pública y, de la gestión y utilización de bienes y recursos públicos. Mediante Ley N° 26162, Ley del Sistema Nacional de Control de 29. dic.1992; se reconoció a la Contraloría General de la República como máxima institución fiscalizadora, con autonomía administrativa y funcional, cuyo campo de acción recae en lo administrativo y financiero. Posteriormente con la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Si stema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República de 13. jul.2002, se realizan una serie de cambios, destacando que el control Gubernamental es interno y externo. la que “la En el artículo 82° de de la Constitución 29. dic.1993, se señade Contraloría General la República,Política es una del entidad descentralizada

 

Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley orgánica. Es el órgano Superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de ejecución del presupuesto del Estado de las operaciones de la Deuda Pública y de los actos de las instituciones sujetas a control. El contralor es designado por el Congreso a propuesta del Poder Ejecutivo, por siete años. Portal de la Contraloría General de la República del Perú. www.contraloria,gob.pe Con la finalidad de fortalecer f ortalecer el control interno en las organizaciones públicas el Congreso de la República del Perú promulgó la Ley 28716 de 17. abr.2006, Ley de Control Interno para las entidades del Estado y encargó a la Contraloría General de la República la emisión de la Normas de Control Interno. En cumplimiento del encargo emanado en la Ley mencionada en el párrafo anterior, la Contraloría General de la República emitió las Normas de Control Interno, que fueron aprobadas con la Resolución de Contraloría General N° 320-2006-CG de 03. Nov.2006 que suman en total treinta y siete (37) Normas de Control Interno, las mismas son pautas básicas y lineamientos generales que deben ser adecuadas a la realidad de cada organización pública. Finalmente, con Resolución de Contraloría Nº 458-2008-CG de 30. oct.2008 la Contraloría General aprobó la “Guía para la implementación del Sistema de Control Interno de las entidades del Estado” y la puso de conocimiento a todas

las organizaciones públicas a fin de que fortalezcan su Sistema de Control Interno, como parte del control gubernamental.

 

 

 

 AUDITORIA DE CUMPLIMIENTO

DEFINICIÓN Y OBJETIVOS La Auditoría de Cumplimiento es la comprobación o examen de las operaciones financieras, administrativas, económicas y de otra índole de una entidad para establecer que se han realizado conforme a las normas legales, reglamentarias, estatutarias y de procedimientos que le son aplicables. Esta auditoría se practica mediante la revisión de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones para determinar si los procedimientos utilizados y las medidas de control interno están de acuerdo con las normas que le son aplicables y si dichos procedimientos están operando de manera efectiva y son adecuados para el logro de los objetivos de la entidad Panel Blanco Luna, en su libro Normas y Procedimientos de Auditoría Integral, ECOE Ediciones, Santa Fe de Bogotá-Colombia, 2006, pág.189. Define a la auditoría de cumplimiento en los siguientes términos: “La Auditoria de Cumplimiento es la comprobación o examen de las

operaciones financieras, administrativas, económicas económicas y de otra índole de una entidad para establecer que se han realizado conforme a las normas legales, reglamentarias, estatutarias y de procedimientos que le son aplicables. Esta auditoría se practica mediante la revisión de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones para determinar si los procedimientos utilizados y las medidas de control interno están de acuerdo con las normas que le son aplicables y si dichos procedimientos están operando de manera efectiva y son adecuados para el logro de los objetivos de la entidad” 

Análisis del concepto  E s la comproba comprobaci ción ón o examen examen de la las opera operaci ciones ones financieras financieras,, admini adm ini s trat trativ ivas, as, económic económicas as y de otra otra índole de una entida entidad d para para es ta tablecer blecer que se s e han han realizado realizado conforme confor me a la lass normas leg al ales es,, reg la lament mentarias arias,, es ta tatut tutarias arias y de procedimientos procedimi entos que le s on aplicables aplicables. 

El objetivo de este tipo de auditoría es el de verificar si las operaciones producto de las actividades empresariales que se originan en el giro del negocio, se han realizado con apego a las normas legales, esto es: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

Constitución del Estado Convenios Internacionales Leyes Orgánicas Leyes Ordinarias Reglamentos Resoluciones Normas Técnicas

 

Normas, Códigos de 8. Legislación interna (Estatutos, Políticas, Reglamentos, Normas, ética, Manuales de procedimientos, Manuales Orgánico Funcionales, etc.) Para la evaluación de las operaciones se considera toda la legislación que le es aplicable, dependiendo del tipo de entidad y la naturaleza de las operaciones. E s ta auditoría se s e practica media mediant nte e la revis ión de los docume document ntos os que oporta tan n legal leg al,, técnic a, financi era y contablemente contablemente la lass operaci operaciones ones .  s opor

Toda operación o transacción administrativa, económica, financiera f inanciera da origen a derechos yempleados, obligacionesclientes, entre laproveedores); empresa y terceros t erceros y suses organismos, por lo (el queestado el objetivo comprobar si estas operaciones están debidamente sustentadas con documentación suficiente y pertinente que garantice la legalidad y propiedad de la operación. Determinar s i los procedimient Determinar procedimientos os ut utilizado ilizadoss y las las me medida didass de control control interno es tá tán n de acuer acuerdo do con las las normas que le s on aplicable aplicabless . 

Uno de los elementos del Control Interno son las «actividades y procedimientos de control» que no son más m ás que las políticas y procedimientos que ayudan a la administración a asegurar la aplicación de las disposiciones legales, normativas estatutarias, etc. En consecuencia, este objetivo en la auditoría de cumplimiento está orientado a determinar si el marco de referencia elaborado por la entidad contiene todos los elementos importantes para efectuar un adecuado controly interno deempresa. acuerdo a la base normativa que le es aplicable a las operaciones al tipo de Y s i dic hos procedimient procedimientos os es tán operando operando de de ma manera efect efectiva iva y s on adecuados cuados pa para ra el log logro ro de los objetivos de la entida entidad. d.  ade

Los procedimientos de control tienen diversos objetivos y se aplican a lo largo y ancho de la organización en todos los niveles ni veles organizacionales organizacionales y en todas las funciones, incluyendo actividades tan diversas como aprobaciones, autorizaciones, verificaciones, reconciliaciones, revisiones de desempeño de operaciones, seguridades de activos y segregación de responsabilidad responsabilidades. es. En este sentido, la auditoría de cumplimiento debe evaluar las pautas básicas que una organización ha implementado para la realización de sus operaciones o actividades y para el cumplimiento de sus objetivos empresariales. INTRODUCCION Las auditorías de cumplimiento en el sector público Para definir lo que es una auditoría de cumplimiento necesitamos considerar primero lo que es la auditoría de sector público, ya que en ella se basa la auditoría de cumplimiento. Las auditorías del sector público pueden describirse como un proceso sistemático para obtener y evaluar de manera objetiva evidencia que permita determinar si la información o las condiciones actuales se ajustan a los criterios establecidos. La auditoría de cumplimiento se basa en esta definición con un enfoque específico en el cumplimiento de los criterios derivados de las disposiciones legales y normativas.

 

La auditoría de cumplimiento es una evaluación independiente para determinar si un asunto dado cumple con las disposiciones legales y normativas aplicables identificadas como criterios. Como auditores, debemos evaluar si las actividades, las operaciones financieras y la información cumplen, en todos los aspectos importantes, con las disposiciones legales y normativas que regulan a la entidad auditada. Los auditores de las auditorías de cumplimiento buscan desviaciones sustantivas de los criterios establecidos con base en leyes y reglamentos, r eglamentos, en principios para una sólida administración financiera o en el comportamiento de los funcionarios públicos. ELEMENTOS DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO La ISSAI 100 describe los elementos de las auditorías del sector público. Todas ellas tienen los mismos elementos básicos: el auditor, la parte responsable y los usuarios previstos, es decir, las tres partes de la auditoría, los criterios para evaluar el objeto de la revisión y la información resultante sobre la materia. Las auditorías del sector público pueden clasificarse en dos tipos diferentes: trabajos de certificación (compromisos de atestiguamiento) trabajos de información directa (compromiso de elaboración de informesy directos). Ambos se describen en capítulos posteriores. Por lo pronto, en esta sección se describen los aspectos adicionales de los elementos relevantes para las auditorías de cumplimiento que el auditor debe identificar antes de comenzar la auditoría. Las tres partes Las auditorías de cumplimiento se basan en una relación de tres partes, en la que el auditor trata tr ata de obtener evidencia de auditoría suficiente y apropiada con el fin de expresar una conclusión que permita aumentar el grado de confianza de los usuarios previstos, a la partearesponsable, en la medición evaluación del objeto de ladiferentes revisión conforme los criterios establecidos. Eno todas las auditorías de cumplimiento tenemos: Una parte responsable/entid r esponsable/entidad ad auditada (normalmente una agencia gubernamental) que recibe fondos para actividades específicas, Los usuarios previstos (Parlamento/Congreso) que asignan los fondos a las agencias gubernamentales y esperan que dichos fondos se usen conforme a las disposiciones legales y normativas establecidas y con estricta observancia de los principios generales que rigen una administración financiera sólida y el comportamiento de los funcionarios públicos, Las EFS que llevan a cabo la auditoría en representación del Parlamento/Congreso y que determinan si los fondos se usaron o no conforme a los criterios.

 

  REALCION COIN LAS OTRAS AUDITORIAS ¿QUÉ ES LO QUE EL AUDITOR BUSCA EN LAS DIFERENTES  AUDITORÍAS? Normalmente las EFS llevan a cabo tres t res tipos de auditoría: auditorías financieras, auditorías de cumplimiento y auditorías de desempeño. La definición y contexto de la auditoría de cumplimiento ya se ha dado arriba. Aquí es importante entender las auditorías financieras y de desempeño, así como la forma en que son diferentes de las auditorías de cumplimiento y lo que los auditores buscan en particular en cada una ellas.  Auditoría financiera La auditoría financiera (financial audit en inglés) trata de determinar si la información financiera de una entidad se presenta en conformidad con el marco regulatorio y de información financiera aplicable Para ello los auditores buscan irregularidades y representaciones erróneas que pudieran tener un impacto significativo la información presentada los estados financieros. irregularidaden o representación errónea de en importancia relativa es algoUna que pudiera forzar a los individuos con un conocimiento promedio del objeto de la revisión a cambiar sus puntos de vista sobre las aseveraciones hechas en los estados financieros.  Auditoría de desempeño desempeño La auditoría de desempeño o rendimiento (performance audit en inglés) i nglés) es un análisis independiente, objetivo y confiable que permite determinar si los proyectos, sistemas, operaciones, programas, actividades u organizaciones del gobierno están operando en conformidad con los principios de economía, eficiencia y eficacia, y si hay lugar para mejoras Aquí los auditores revisan cualquier objeto, materia o asunto desde el punto de vista de la economía, eficiencia y eficacia. ¿El gobierno está usando los recursos de manera económica al manejar un asunto? ¿La relación de entradas y salidas en las operaciones cubiertas por la auditoría es óptima? ¿La entidad gubernamental es capaz de alcanzar los resultados y efectos esperados?  Auditoría de cumplimiento La auditoría de cumplimiento (compliance audit en inglés) es una evaluación independiente para determinar si un asunto dado cumple con las disposiciones dispo siciones legales y normativas aplicables identificadas como criterios. Esto se hace evaluando si las actividades, operaciones financieras e información cumplen, en todos los aspectos importantes, con las disposiciones legales y normativas que regulan a la entidad auditada, Así pues, ¿qué es lo que el auditor busca en una auditoría dedisposiciones cumplimiento? ¿Tratay de saber si que el objeto la revisión cumple con las legales normativas rigende una

 

administración financiera sólida y el comportamiento de los funcionarios públicos? DIFERENTES FORMAS DE LLEVAR A CABO UNA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO La auditoría de cumplimiento como una actividad independiente Las ISSAI estipulan que las auditorías de cumplimiento llevadas a cabo de forma separada pueden planearse, realizarse y reportarse independientemente de las auditorías de estados financieros y de las auditorías a uditorías de desempeño. Asimismo, pueden realizarse de manera regular o sobre una base ad-hoc como auditorías distintas y claramente definidas, cada una relacionada con un asunto específico. La ISSAI 4100 describe las consideraciones clave aplicables a auditorías de cumplimiento realizadas por las EFS como un trabajo independiente, lo cual se explicará con mayor detalle en los siguientes capítulos.

Principios

Proceso

Consideraciones iniciales y planificación de la auditoría En la fase inicial los auditores determinan el objetivo y alcance de la auditoría, consideran los principios que son éticamente significativos, es decir, independencia y objetividad, y se

 

aseguran de contar con procedimientos de control de calidad. En la fase de planificación el auditor examina la relación entre el objeto de la revisión, los criterios y el alcance de la auditoría de cumplimiento. Para hacer esto los auditores se guían por su juicio profesional y la necesidad de los usuarios previstos. Una vez que determinan el objeto de la revisión, los criterios y el alcance de la auditoría, los auditores trabajan en la estrategia y el plan de auditoría. Para ello necesitan conocer el sistema de control interno, establecer la importancia relativa, evaluar los riesgos de la entidad y planear los procedimientos como parte del diseño de la auditoría de cumplimiento. ii. Ejecución de la auditoría y recopilación de evidencia En esta fase los auditores reúnen y documentan la evidencia para sacar una conclusión o expresar una opinión respecto a si el objeto de la revisión, en todos los aspectos importantes, cumple con los criterios establecidos. En algunos casos es probable que los auditores tengan que cambiar el alcance de la auditoría de cumplimiento cuando encuentren evidencia que sugiera la necesidad de hacerlo. Por P or ejemplo, mientras están reuniendo evidencia, los auditores pueden encontrar algo que indica la posibilidad de fraude, por lo que quizá deban modificar sus procedimientos. Asimismo, deberán documentar la razón por la que hicieron cambios en el plan de auditoría. iii. Evaluación de la evidencia y formación de conclusiones Al final de la auditoría los auditores examinan la evidencia para saber si es suficiente y apropiada con el objetivo de sacar una conclusión o expresar una opinión respecto a si el objeto de la revisión cumple o no con los criterios establecidos. En esta etapa el auditor debe considerar la importancia relativa para la elaboración y presentación de informes. iv. Elaboración de informes La conclusión u opinión se presenta en forma de informe dirigido al presunto usuario. Aquí el auditor incluye las recomendaciones y respuestas r espuestas de la entidad. En los siguientes capítulos este manual presenta información adicional sobre los elementos de la auditoría de cumplimiento. También tiene capítulos separados sobre los pasos que debe seguir la auditoría de cumplimiento. Es importante recordar que, como se muestra en la Figura 1.6, la documentación, comunicación y control de calidad corren a lo largo de todo el proceso y son requisitos significativos de las ISSAI, por lo que deben considerarse en todas las etapas de la

CONCLUSIÓN Para muchas EFS la auditoría de cumplimiento es su actividad central. Es distinta de los otros tipos de auditoría ya que se enfoca en asegurar que las entidades auditadas o el objeto, materia o asunto cumplan con las leyes, reglas, reglamentos, procedimientos, términos contractuales y/o acuerdos aplicables. Asimismo, puede realizarse como una actividad independiente o junto con auditorías financieras y de desempeño. Las ISSAI le dan a las EFS la oportunidad de revisar sus prácticas actuales y modificarlas tanto como su mandato, leyes y reglamentos lo permitan. En el siguiente capítulo describiremos con detalle los principales conceptos de la auditoría de cumplimiento. Acto seguido se explicarán las fases de la auditoría de cumplimiento, es decir, la planificación y el diseño de la auditoría, la recopilación de evidencia, la evaluación de la evidencia, la formación de conclusiones, y la elaboración de informes.

 

DEFINICION La auditoría de cumplimiento es una evaluación independiente para determinar si un objeto de revisión dado cumple con las disposiciones legales y normativas aplicables identificadas como criterios. Las auditorías de cumplimiento se llevan a cabo para evaluar si las actividades, las operaciones financieras y la información cumplen, en todos los aspectos importantes, con las disposiciones legales y normativas que regulan a la entidad auditada.

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