A_SUPUESTO 07 - Verbal Desahucio y Ejecución
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Supuesto nº 7
SUPUESTO D. Juan García de la Rosa, tiene su domicilio en Santiago de Compostela y es propietario de un piso sito en c/ Central nº 15 de Orense; Dª. Estrella Vizcaíno Cantero también tiene su domicilio en Santiago de Compostela, pero por motivos laborales, debe trasladar su residencia a Orense, por lo que D. Juan García de la Rosa y Doña Estrella Vizcaíno Cantero, celebraron contrato de arrendamiento de dicho inmueble en Orense, para uso como vivienda por la arrendataria, por un periodo de 3 años, en el que se estipulaba que la renta mensual de 400 euros, sería pagadera por meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes. Durante el primer año, la arrendataria cumplió escrupulosamente con su obligación de pago, pero desde el mes de agosto de 2015 ha dejado de pagar la renta estipulada, por lo que el Sr. García de la Rosa pretende resolver el contrato suscrito, reclamar las cantidades adeudadas y recuperar la posesión de la finca arrendada. Presentada la oportuna demanda ante el Juzgado competente el 15 de octubre de 2015, se admitió a trámite. Requerida de pago con fecha 10 de noviembre, la Sra. Vizcaíno, dentro del plazo legal, consignó en el Juzgado las rentas reclamadas en la demanda, es decir, las rentas de los meses de agosto a octubre, ambos inclusive, con el fin de enervar el desahucio. El arrendatario se opuso a la enervación por considerar que no se cumplen los requisitos y, previos los trámites correspondientes, se puso fin al procedimiento mediante la oportuna resolución, que condenaba a la demandada al desalojo de la vivienda. Dicha resolución no fue recurrida y en el día señalado (16 de diciembre), se lleva a efecto la diligencia de lanzamiento. CUESTIONARIO 1. ¿Qué órgano jurisdiccional será competente para conocer de la demanda que prestó el Sr. García de la Rosa el 15 de octubre de 2015? a) Los Juzgados de Primera Instancia de Santiago de Compostela b) Los Juzgados de Primera Instancia de Santiago de Compostela o de Orense, a elección del demandante c) Los Juzgados de Primera Instancia de Orense d) Los Juzgados de Primera Instancia del domicilio del arrendatario 2.
En el proceso de desahucio iniciado por el Sr. García de la Rosa…. a) Será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador b) No será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, al no superar la cuantía 2.000 euros. c) Será facultativa la intervención de Abogado y Procurador, al ser un desahucio d) No será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, salvo que la cuantía reclamada superase los 2.000 euros.
3.
La resolución que admita a trámite la demanda, se notificará a la parte demandante a) Mediante remisión al domicilio designado en la demanda de lo que haya de comunicarse mediante correo, telegrama, correo electrónico b) Personalmente en el domicilio designado en la demanda, mediante entrega al destinatario de copia literal de la resolución que se le haya de notificar c) Personalmente en la oficina judicial, mediante entrega al destinatario de copia literal de la resolución que se le haya de notificar d) A través de su procurador, por medios electrónicos
4. Si en la demanda el demandante anunciara que asume el compromiso de condonar al arrendatario todo o parte de la deuda y de las costas, con expresión de la cantidad concreta, condicionándolo al desalojo voluntario de la finca dentro del plazo que se indique por el arrendador, este plazo… a) no podrá ser superior al plazo de 15 días desde que se notifique la demanda b) no podrá ser inferior al plazo de 15 días desde que se admite la demanda c) no podrá ser inferior al plazo de 15 días desde que se notifique la demanda d) no podrá ser inferior al plazo de 15 días desde que se presente la demanda 5.
¿A la vista de lo expuesto en el supuesto, sería posible la enervación del desahucio? a) Sí, dado que en todos los casos de desahucio de vivienda cabe la enervación. b) Sí, pues no ha tenido lugar una enervación anterior ni tampoco se ha requerido de pago al arrendatario fehacientemente con al menos 30 días de antelación a la presentación de la demanda c) Sí, pues no ha tenido lugar una enervación anterior ni tampoco se ha requerido de pago al arrendatario fehacientemente con al menos un mes de antelación a la presentación de la demanda d) No, ya que el arrendatario no ha indicado las circunstancias concurrentes que puedan permitir o no la enervación del desahucio.
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Supuesto nº 7
6.
Practicar el requerimiento de pago a la Sra. Vizcaíno, corresponde: a) al Letrado de la Administración de Justicia b) al Gestor Procesal y Administrativo c) al Tramitador Procesal y Administrativo. d) al Auxiliar Judicial
7. Si la demandada es hallada en el domicilio y se niega a recibir la copia de la resolución o no quiera firmar la diligencia de requerimiento: a) Se hará constar la negativa y se realizará la comunicación por edictos. b) Se le hará saber que la copia de la resolución o la cédula queda a su disposición en la Oficina judicial, donde deberá comparecer a recogerla, produciéndose entonces los efectos de la comunicación c) Se le dejará en el buzón o dejará a la puerta de su domicilio la resolución o la cédula queda, produciéndose los efectos de la comunicación. d) Se le hará saber que la copia de la resolución o la cédula queda a su disposición en la Oficina judicial, produciéndose los efectos de la comunicación. 8.
¿En qué plazo consignó la demandada con el fin de enervar la acción de desahucio? a) En el plazo de 20 días desde la admisión de la demanda b) En el plazo de 10 días desde el requerimiento de pago c) En el plazo de 10 días antes de la vista d) Al contestar a la demanda por escrito en el plazo de 10 días.
9.
Realizada la consignación por la Sra. Vizcaíno con fines enervatorios, seguidamente … a) el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto declarando enervada la acción b) el Letrado de la Administración de Justicia convocará a las partes a una vista c) el Letrado de la Administración de Justicia dará traslado al actor, quien podrá oponerse a la enervación d) el juez dictará sentencia declarando haber lugar o no a la enervación
10.
La consignación realizada por la Sra. Vizcaíno ¿tendrá efecto enervador? a) No, porque no la realizó en el plazo establecido b) No, porque no procedía en el caso la enervación c) No, porque al realizarla, no incluyó la renta del mes de noviembre de 2015 d) Sí, ya que se realizó en el plazo legal y consignó las cantidades reclamadas en la demanda.
11.
Si la Sra. Vizcaíno no hubiera pagado ni se hubiera opuesto a la demanda, pero hubiera procedido al desalojo del inmueble a) el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el juicio de desahucio y se procederá el lanzamiento en la fecha fijada b) el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto declarando enervado el desahucio c) el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el juicio de desahucio y se procederá el lanzamiento en la fecha fijada, salvo que el arrendador interese su suspensión. d) el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el juicio de desahucio y dejando sin efecto la diligencia de lanzamiento, a no ser que el demandante interese su mantenimiento
12.
En el presente supuesto, ¿tendrá lugar la celebración de vista? a) Sí, al haberse opuesto el demandante a la enervación. b) Sí, al haberse enervado la acción c) No, ya que ninguna parte lo ha solicitado d) No, al no ser necesaria
13.
El día 16 de diciembre, fecha del lanzamiento, fue señalada… a) por el Letrado de la Administración de Justicia, en la resolución que tenga por opuesto al demandante y convocando a la vista b) por el Letrado de la Administración de Justicia, en el decreto que declare la enervación c) por el Letrado de la Administración de Justicia, en el decreto que declare que no procede la enervación d) por el tribunal, al dictar la sentencia
14.
El presente proceso fue resuelto definitivamente por a) el tribunal, mediante auto b) el tribunal, mediante sentencia, dictada en el plazo de 10 días desde la finalización de la vista c) el tribunal, mediante sentencia, dictada en el plazo de 5 días desde la finalización de la vista d) el Letrado de la Administración de Justicia, mediante decreto
15.
Dictada la resolución de condena, para pedir el lanzamiento de la demandada de la finca arrendada… a) el arrendador deberá presentar demanda de ejecución, una vez firme la resolución b) el arrendador deberá presentar demanda de ejecución, una vez transcurran 20 días desde la firmeza de la resolución c) será suficiente la solicitud de su ejecución en la demanda de desahucio para la ejecución directa de dicha resolución d) bastará con la mera solicitud del arrendador presentada una vez transcurran los 20 días desde la firmeza de la resolución.
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16.
Si en el inmueble que haya de entregarse hubiere cosas que no sean objeto del título a) el Secretario judicial requerirá al ejecutado para que las retire dentro del plazo que señale b) el Secretario judicial requerirá al ejecutado para que las retire dentro del plazo que señale y si no lo hiciere pasarán a la propiedad del ejecutante c) se procederá a su embargo d) se conservarán hasta que sean reclamados por su legítimo propietario
17.
¿En general, a qué funcionario corresponde, como agente de la autoridad, proceder a la ejecución del lanzamiento? a) Auxilio Judicial b) Letrado de la Administración de Justicia c) Juez o Magistrado d) Gestor Procesal y Administrativo
18.
¿Sería posible, en el presente caso, que para la práctica del lanzamiento bastara con la presencia de un funcionario? a) No, ya que la Comisión Judicial debe estar compuesta, en todo caso, por un Gestor Procesal y Administrativo y un Auxiliar Judicial b) Sí, por un Gestor Procesal y Administrativo, previa autorización del Letrado de la Administración de Justicia. c) Sí, por un Auxiliar Judicial, previa autorización del Letrado de la Administración de Justicia d) Sí, solo cuando el que esté presente sea el Letrado de la Administración de Justicia.
19.
Si al constituirse la Comisión Judicial en el inmueble objeto de lanzamiento, nadie responde a las reiteradas llamadas: a) Se suspenderá el lanzamiento y se dará cuenta al Juez o Tribunal. b) Se dará posesión del inmueble al ejecutante, sin perjuicio de un posterior señalamiento para descerrajar la puerta, con asistencia de la Policía. c) Se podrá proceder por un cerrajero a la apertura de la puerta. d) Ninguna es correcta.
20.
Una vez finalizada, el acta de la diligencia de lanzamiento: a) Será firmada por todos los intervinientes y entregada al ejecutante como justificante de la posesión. b) Será firmada por la Comisión Judicial y entregada al ejecutando, en justificación de la entrega del inmueble. c) Será firmada por todos los que hayan intervenido y se unirá a los autos. d) Será firmada por el Gestor Procesal y Administrativo y se unirá a los autos.
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20 c NOTAS ACLARATORIAS Pregunta 1. Competencia.‐ Se atribuye al Juzgado de 1ª Instancia del lugar donde esté sita la finca. Pregunta 2. Postulación.‐ Será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, ya que la única excepción, tras la reforma de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, son los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, en los que podrán los litigantes comparecer por sí mismos y sin necesidad de asistencia letrada. Pregunta 3. La comunicación con las partes personadas en el juicio se hará a través de su procurador cuando éste las represente. Y el demandante está personado desde el momento en el que se admite a trámite la demanda. Pregunta 9. Realizado el pago con fines enervatorios, el demandante tiene la oportunidad de oponerse por no cumplirse los requisitos, para lo cual deberá dársele traslado de la consignación efectuada por la arrendataria. Pregunta 10. El pago, para que tenga efectos enervatorios, debe comprender el importe de las cantidades reclamadas en la demanda, y el de las que adeude en el momento de dicho pago enervador del desahucio. Pregunta 13. Cuando el demandado comparezca y se oponga al desahucio, o el demandante se opusiera a la enervación por no cumplirse los requisitos, tendrá lugar la celebración de vista. En la resolución que se dicte teniendo por opuesto al demandado (o por opuesto al demandante a la enervación) se fijará día y hora para que tenga lugar, en su caso, el lanzamiento, que deberá verificarse antes de 30 días desde la fecha señalada para la vista, advirtiendo al demandado que, si la sentencia fuese condenatoria y no se recurriera, se procederá al lanzamiento en la fecha fijada, sin necesidad de notificación posterior. Pregunta 19. Para proceder a la apertura de la puerta de acceso, se podrán emplear los medios que se consideren oportunos, ya que existe autorización judicial para proceder al desalojo de la finca.
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