Apuntes de Derecho Comercial - Edwin Rojas Tordoya

September 19, 2017 | Author: Jaime Zeballos Romero | Category: Liquidation, Economies, Business, Private Law, Crime & Justice
Share Embed Donate


Short Description

Download Apuntes de Derecho Comercial - Edwin Rojas Tordoya...

Description

c       c   Se consideran actividades económicas a todas las conductas humanas que se dirigen a la producción, adquisición, conservación y empleo de tales bienes. Estas pueden ser de tres clases: 3  #c#  3  / $   * c 

(c  0 c $

+/  $

/ $

+$ #  $

c $1  0 2  $  # 0 2  $

 #$c 

 c"  $

SEGUROS

+c  $

  

/  c $

TRANSPORTE

EL DERECHO COMERCIAL REGULA LOS ACTOS DE COMERCIO Y DE LOS COMERCIANTES. EL DERECHO TRIBUTARIO, ADMINISTRATIVO, COMPLEMENTAN CON EL DERECHO COMERCIAL.

PENAL,

CIVIL,

LABORAL

Y

OTROS

SE

            . 2.- CONCEPTO.-

! " #   $c   !   Nace en la edad media, se profundiza con los mercados locales y ferias internacionales. El derecho común es rígido y el derecho comercial precisa de dinamismo propio del negocio, el derecho es modificado por los usos y costumbres comerciales.

    %&      ' (  c )*      Esta se caracterizaba por: + $  *  + $ %,  &- * &    &&        &   + $*&&.  - -

Las leyes mercantorias se recopilan en normas escritas, por ejemplo: ͞EL CONSULADO DEL MAR͟ regia el comercio del mar mediterráneo. ͞LOS ROLES DE OLERON͟ se aplican en el atlántico. !4   .5  Las leyes ya no se aprueban por los propios comerciantes sino por la autoridad real. !!-5  Es la sistematización ordenada de las leyes, por ejemplo el código comercial francés de 1807, el código comercial español 1829. !6  %,5  El comercio es regido por el acto de comercio, lo realice o no un comerciante. 6     c#7 ( c 8 1  $+  7 c     c# ° CONSUETUDINARIO ° ESCRITO Y SISTEMATICO ° SUBJETIVO (COMERCIANTE) ° OBJETIVO (ACTO DE COMERCIO) ° DE APLICACON LOCAL ° NACIONAL (PARA EL ESTADO) ° LO CREARON LOS COMERCIANTES ° LO CREA EL ESTADO       2 " Se inicia con el Código Civil Santa Cruz de 1831 y el Código de Comercio de 1977-1978 que se basa en el código comercial español 1829.

c 4  3$  / 2  c"     9 7$#$cc" Código de Comercio, otras leyes especiales y subsidiariamente el Código Civil. 9 7 : c" 4 :# $    7 / c   La Jurisdicción es la potestad que tiene el Estado para administrar justicia por medio de tribunales o jueces, se refiere a territorio. La competencia es la potestad que tiene los administradores de justicia para conocer un determinado caso, jueces de partido en lo civil e instrucción. !  /c    c .- Persona natural o jurídica, dedicada a la actividad comercial en forma habitual y con fines de lucro. 6;#  $/# $   c $ ° LAS PERSONAS NATURALES CAPACES. ° LAS SOCIEDADES COMERCIALES.  /   /  :      ° MENORES EMANCIPADOS O HABILITADOS POR PADRES (TUTORES) POR LA CURATELA

U  c #:  $  ƒ SE OBLIGA CON SUS BIENES PROPIOS. ƒ EN LAS SOC. SOLO PUEDEN PARTICIPAR JUNTOS EN LAS SRL, SA. X/  $/  :      š Inhabilitados por sentencia judicial. š Los quebrados no rehabilitados. š Los representantes legales, los directores y síndicos de las Empresas que hayan incurrido en quiebra fraudulenta, mientras dure su condena. š Los funcionarios públicos en relación a actividades comerciales vinculadas con sus funciones. */ $#   3  :        ± Tener local abierto al público. ± Anuncie por cualquier medio de difusión su condición de comerciante. † /  /   2c   /  :            &&* la fe pública, la economía nacional, la industria y el comercio o por contrabando, competencia desleal, usurpación de derechos sobre propiedad industrial y otros con sentencia ejecutoriada, se impondrá, como pena accesoria, la prohibición de ejercer el comercio por  &    + " c   c 

+ #/ c  /?  + #  + # c  U      # c$ Debe rendir cuentas al titular sobre el manejo de la empresa. 4 /   c $ Personas que por encargo del titular realizan una función o labor en el negocio comercial. 4  c $   $ /   c $ El titular responde por los actos de sus dependientes, y cuando estos tienen que celebrar contratos tiene que tener autorización del titular. Y cuando son actos propios de la actividad comercial no necesitan poder o autorización. 44 #c ?   /  2  .- El dependiente cuando vende por menor se presume autorizado para recibir pagos y dar recibos a nombre del titular. Cuando vende por mayor el pago tiene que ser al contado y en el mismo establecimiento. Se limita haciendo conocer tales limitaciones en lugar visible del establecimiento. !

$ Son personas que trabajan por cuenta propia, se ocupan de ejercer la oferta y la demanda para que se concrete el negocio comercial. ! ;#$c $/ $# 2c   Deben estar inscritas en FUNDEMPRESA. !4 #    Gana una comisión establecida de antemano, tiene derecho a una comisión en todos los casos que las partes hubieran convenido el negocio. !!2

  3$c

$ De las operaciones que logra concretar. !6/

2   $ No pueden firmar como garante, no puede negociar por cuenta propia, no puede tener acciones, los corredores tienen exclusividad, no pueden cobrar. !

 $ 3#

$ 6  c

$ 7 c $ Son aquellos encargados de vender en remate publico los bienes que le son confiados. 6 $ /   En el registro de comercio, autorización de funcionamiento (licencia de la alcaldía). 64 $c    Deben de pedir el derecho propietario. 6!2

$ +  $3   $*% &,  + " c$*,  +  # c$

 c $*    66/

2   $ No pueden adjudicarse ellos.

6$   $ Tienen que vender al que se adjudico a viva voz, sino paga una sanción igual al monto del remate adjudicado. 6U      # c$ Al dueño le rinde cuentas. c  $$   $   $   /c  Cuando dos o más personas hacen aportes en vista de un fin común para luego repartirse las utilidades o las perdidas. 4c/    Esta referido a cuantos tipos de sociedad se pueden constituir según lo autorizado por el Código de Comercio. La ley boliviana solo establece 5 tipos de sociedad y tipo de asociación. + + + + + -+

$     c" $     $/ $2  c  $     $      c$/  $      c/    $ $     c   # c$ / c /  

! c   $c # c  $cc#c"  Debe tener un contenido mínimo: a) b) c) d)

Lugar y fecha de celebración del acto. Generales de ley de los socios. Deben tener una razón social o denominación. Domicilio legal, esta sociedad tendrá como lugar la ciudad de santa cruz, no se aconseja colocar la dirección. e) Objeto social, a que se va dedicar. f) Capital social, el capital social de esta sociedad. g) Cuanto y en que aporto cada socio. h) Sobre la administración, quien va estar encargado de la administración. i) Sobre los derecho y obligaciones de los socios. j) Sobre compromiso arbitral, si tienen diferencias pueden resolver por medio de un arbitraje. k) Debe tener clausula sobre utilidades y perdidas. l) Causales de disolución. m) Debe llevar la firma de los socios y abogado. n) Plazo de duración. 6 $c # c   $cc#   El contrato de constitución o modificación de una sociedad se otorgara por instrumento público, excepto el de asociación accidental o cuentas en participación, que puede otorgarse en instrumento privado. $ /  *c @c 7 # $ $El contrato de constitución, de sociedades colectivas, en comandita simple y de responsabilidad limitada, se someterá a la inscripción respectiva en FUNDEMPRESA.

Las sociedades anónimas y comanditarias por acciones, para su inscripción en FUNDEMPRESA, solicitaran de la Dirección de Sociedades por Acciones, la aprobación de la escritura constitutiva y estatutos sociales o de las modificaciones de los mismos, acompañados, además, el acta de fundación y los demás antecedentes necesarios. U/#2    Las escrituras constitutivas, las modificaciones y la disolución de las sociedades en general, se publicaran por una sola vez en un periódico de amplia circulación nacional, excepto en las asociaciones accidentales o de cuentas en participación. Los interesados deben presentar al Registro de Comercio un ejemplar de la publicación, para su verificación y archivo. X/ $   :#   Las sociedades adquirirán personalidad jurídica, esto es, calidad de sujetos de derecho, desde el momento de su inscripción en FUNDEMPRESA, sin necesidad de otro requisito. * $   $  3# $    las sociedades de los tipos autorizados que no se constituyan regularmente, y las sociedades de hecho que se hubieran exteriorizado como tales frente a terceros, se reputaran existentes solamente para efectos de la responsabilidad respecto de terceros, y para ejercer los derechos emergentes de contratos válidamente celebrados. En estos casos no pueden los socios, fundados en el contrato social, ejercer derechos o reclamar obligaciones; sus relaciones recíprocas se rigen por el derecho común. † #    $ $   $ c/ $ Es nula la constitución de sociedades comerciales cuando estas tengan una estructura diferente a los tipos autorizados por este Código. Los requisitos esenciales no tipificantes hacen anulable el contrato; no obstante, podrán ser subsanados mientras no medie acción judicial. 
View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF