APORTES PARA UNA TEORIA DE LAS RESPUESTAS JURIDICAS - MIGUEL A CIURO CALDANI.pdf

July 8, 2017 | Author: Efrain Sacha | Category: Marriage, Divorce, Estate (Law), Justice, Crime & Justice
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MIGUEL ANGEL CIURO CALDANI Miembro de la Carrera del Investigador de la Universidad Nacional de Ros'Jria

APORTES PARA UNA TEORlA DE LAS RESPUESTAS JURIDICAS

CONSEJO DE INVESTIGACIONES UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

ROSARIO 1 976

El presenle trabaja se elaboró con miras o un proyecto de investigación sobre ;'Estudio comparativo de la legislación iusprivatista de los países sudamericanos" dirigido por el profesor Werner Goldschmidt, SYNTHESE BIBlIOG'RAPHIQUE

Cette élude se développe o partir de lo d ifférentiation des projéctions actives et passives des réponses juridique.; dit out rement lo différentiation entre les espaces OU les dites réponses juI idiques sont soutenues et les fo its concernantes; elle par! aussi de la distinction des porté es conceptuelles et prat iques de ce, prajéctions actives et passives, et de la différentiation des portées iterritoriales, temporelles, personnelles , relatives a des objets, potentielles et de raison) concernant les réponses_ Vue ·1'extens ion des sujets nommés, cette a été limité aux aspects passifs. En développanl les portées des réponses d'apres les lignes fondamentales' déja signalées , on différenc ie en outre les portées primaires el sécondaires des solutions (genre prochain el trait spécifique). On classe les réponses des grandes un ités de points de vue envisagés (territorial, temporel , personel, relatif o des objets, po·, tentiel et de raison) en limitées ou illimitées, immanentes ou trascendantes on distingue le noyau et les aspects marginaux de! memes el on analyse leur composition non·accumulative ou accumulativeo Puis en vise o la dynamiq ue des portées des réponses a trovers leur classement en catégories de plusmodélation (aceroise· ment des modeles). minusmodélation (diminution des modeles) el remplacement des modeles. Au dernier lieu , et en faisant la projectiorl des études de la portie générale du Droit Internotional Privé, on esquisse unE théorie des' contacts de réponses juridiques, valable pour typifier des sltuatians de coexistence de seeteurs indépendants, de dominatian , d Ointégration, de désintégration et d'isolément relatif. Primera ed ición Hecho el depós ito de

ley

Derechos reservados UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

Córdoba 1 814 - Rosa rio

INDIC~

GENERAL

l . EXO RDI O 11 J . ... . ... , .. ......... . . ... . . .......

5

11 . LAS RESPUESTAS JURIDI CAS 12 o 30) ... • . ..• . .. ....

, 12

1 J Alcances de las respuestas 12 o 11) ........... . a) Dimensión normológ ica 12 o 9} ,.. ... ..... .. . bJ Dimen sión soc iológ ica 11 O) ........•. • . . . •. . e) Dimen sión dikelógieo 111 J

11 12 33 41

Dinámica de los alcances de las respuestas jurídica. 112 O 16) .... , .............. , ....... ,... .

SI

oJ Dimensión

51

2J

normológ ieo 112 Y 13)

.. . . .. . .. .

54 ,57

b) Dimensión soeioló9 ica (14 J eJ Dimensión dikelóg ico (15) 3)

Reiadones entre respuestas (16

O

29) . .. ... .. . .

59

o) Dimensión normológieo 116 o 27) ... . ... . .. , 59 b) Dime nsión sociológico 128J ... ,.. . .. ....... 85 eJ Diniensión dikelógieo (29) .. , . . , . . . ... . .. ". ' 89

111 .

CONCLUSION 130) ... ...... .. ... . ' . •.. ,. , . ... '.

Indice de autores cita,d os ... . ......... ..• .... Indice de materias ......... .... . ..• . .... . .. , "

,90

9.1 92

l.

E X O ROlO

1 . Pocas veces cemo en nuestros días el dere· cho ha sufrido tantas transformaciones y pecas veces los cambios se han incorporado con tanta fuerza a los ideales dominantes en las cJistintas sociedades. Sin embargo la actual dcctrina ju rídica permanece a nuestro parecer principalmente apegada a los planteos de carácter estático, descuidando en medida considerable el aporte que debe realizar para la solución de la problemática contemporánea . Es así como nuestro pensamiento jurídico nos refiere principalmente a meras normas, cuando debería apuntar a las "respuestas " como soluciones a nuestra existencia esencialmente problemática. Dado que el p ;anteo jurídico integral debe responder a la concepción tridimensional -según la cual el derecho consta de hechos , normas y valores 1 _ , caracterizamos a la " re ; puesta jurídica" cc 1 . v . REALE, Mig ue l, Teoría tridimensional do Oireito, Sáo P.aulo , Saraiva , 1968 , y Filosofía do Olreito, S' ed. , Sáo Paulo . Sara iva , 1969, 2'.' vol. , págs . 435 y ss. ; RECASENS SI CHES, Luis , Panorama del pensamionto jurídico en el siglo XX, México , Po· rrúa , 1963 , t. 1, págs. 553 y S,.; CIURO CALDANI , Miguel An·

5

mo el fenómeno jurídico (tridimensiona l) de origen conductista relativo a un problema o un grupo de problemas. En otros términos : descartando los fenómenos ju rídicos no conductistas - -apoyados en " distribuc iones " y de importancia deri vada-, consideramos respuestas jurídicas a los repartos o grupos de repartos (dimensión normoiógica) y las valoraciones culminantes en la justicia de los repartos y las normas (dimensión dikelógica) 2. Emplearemos el concepto " respuesta" porque la expresión más habitu'o l " fenómeno " tiene a nuestro parecer un alcance más limitado y aun despersonalizado: en tanto qL1e p rescind:mcs de les términos "reparto " , "norma " y " va· loración" por su respectiva referencia a dimensiones jurídicas aisladas. De resultas de la vinculación reinante en !as concepciones de nuestro tiempo entre la esencia del derecho, el poder fáctico y el orden, el pensumiento contemporáneo está también relativamente incapacitado para apreciar los fenómenos distantes de esos extremos., o sea tiende a desaler,tar los despliegues de cooperación, ideología y d esorden que junto a los antes nomb rados son sólo los extremos gel , Teoría tridimensional y teoría triallsta, en " La Ley" , 7 -X II' 1972 , t. 148. 2 . GOLDSCHM IDT, We rn er, Introducción filosófico al Derecha. 4 ' ed" Bs. As., Depalma , 1973 . 3 . v , CROCE, Benedetto, Etica y Política, trad . Enrique Pezzo ni , B's. As" Im á n, 1952 , págs, 193 y ss .; GOlDSCHMIDT , op. cit, págs, 11 y 63 Y ss.

6

,

entre los que se sitúa toda respuesta jurídica 3, C;on motivo de tales limitaciones ,resulta difícil diferenciar las proyecciones activas de las soluciones jurídicas, :O sea los ámbitos en que pueden contar con respaldo - eespecialmente con el poder-, de sus proyecciones pasivas, es decir los hechos , con que se relacionan ., Pe esa restricción visual surge asimismo la resistencia a distinguir los alcances conceptuales (lógicos) y. los despliegues fácticos dé tales proyecciones activ,a s y pasivas, aunque, como es notorio, a partir de los planteos respectivos de Hegel y Marx las reladones entre ideología y hechos han motiyado ya 'una importante vertiente de investigaciones proyectadas a veces en estudios de juristas de las tallas de Fron
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