1.1 GENERAL El segmento Downstream API ha preparado este estándar para cubrir grandes, tanques de almacenamiento de campo-ensamblado del tipo descrito en el punto 1.2 que contiene los intermedios del petróleo (gases o vapores) y productos terminados, así como otros productos líquidos comúnmente manejados y almacenados por las diversas ramas de la industria. Las reglas que se presentan en esta norma no pueden cubrir todos los detalles de diseño y construcción, debido a la variedad de tamaños de tanque y formas que pueden ser construidas. Cuando no se dan las reglas completas para un diseño específico, la intención es que el fabricante sujeto a la aprobación del Representante del Comprador-to autorizado proporcionar diseño y construcción detalles que son tan seguros como los que normalmente se hubiera suministrado por esta norma. El fabricante de un tanque de almacenamiento de baja presión que se hará cargo del API 620 placa de identificación se asegurará de que el tanque está construido de acuerdo con los requisitos de esta norma. Las reglas que se presentan en esta norma se pretende asimismo garantizar que la aplicación de la placa de identificación deberá estar sujeta a la aprobación de un inspector calificado que ha realizado las comprobaciones e inspecciones que se prescriben para el diseño, materiales, fabricación y pruebas de la completa tanque. 1.2 COBERTURA.
1.2.1 Esta norma cubre el diseño y la construcción de un gran soldado, acero al carbono, de baja presión, tanques de almacenamiento sobre tierra (incluidos los tanques de fondo plano) que tienen un solo eje vertical de la revolución. Esta norma no cubre los procedimientos de diseño para los tanques que han paredes en forma de una manera tal
que las paredes no se pueden generar en su totalidad por la rotación de un contorno adecuado alrededor de un único eje vertical de revolución. 1.2.2 Los tanques descritos en esta norma están diseñados para temperaturas del metal no superiores a 250 ° F y con presiones en su gas o espacios de vapor no superior a 15 gauge lbf/in.2. 1.2.3 Las reglas básicas en esta norma proveen para su instalación en zonas donde la baja registrada significa 1 día la temperatura atmosférica es de -50 ° F. Apéndice S cubre los tanques de almacenamiento de baja presión de acero inoxidable en el ambiente temperatura de servicio, en todos los ámbitos, sin límite en las bajas temperaturas. Apéndice I abarca los tanques de almacenamiento de baja presión para refrigerada productos a temperaturas de 40 ° F a -60 ° C. Apéndice Q cubre los tanques de almacenamiento de baja presión para gases de hidrocarburos licuados a temperaturas no inferiores a -270 ° F.
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.