API 3 Principio de Derecho Laboral

April 28, 2019 | Author: Andres Martyniuk | Category: Lockout (Industry), Labour Law, International Labour Organization, Strike Action, Trade Union
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100/100 siglo 21...

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Módulo 3  – Actividad 4 Glosario Selecciona de este conjunto los términos que estudiamos: *Huelga *Práctica Desleal *Período de prueba *Conciliación Obligatoria *Lockout *Modalidad por temporada *Huelga en los servicios esenciales *Conflicto sindical *Remuneración *Jornada reducida

Vincula cada término seleccionado con las definiciones que correspondan de las siguientes: *Ante un conflicto colectivo, cualquiera de las partes, antes de recurrir a una medida de acción directa, debe comunicarlo a la autoridad administrativa para formalizar los trámites de la instancia obligatoria de conciliación. El Ministerio puede actuar de oficio, si lo considera necesario en virtud de la dimensión del conflicto, convocando e imponiendo a las partes el procedimiento obligándolas a retrotraer la situación al día anterior a la iniciación del conflicto. *Se trata de prácticas contrarias a la ética de las relaciones profesionales de los empleadores o asociaciones profesionales. Es una conducta típica —debe estar prevista legalmente — del empleador o de las asociaciones profesionales que los agrupan, que en forma directa o indirecta, por acción u omisión, tiene como propósito obstruir o dificultar el normal desarrollo de las actividades de las asociaci ones sindicales. *Según OIT son aquellos cuya interrupción podría poner en en peligro la vida, seguridad seguridad o salud de las personas, en todo o en parte de la población los servicios sanitarios y hospitalarios; la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica; los servicios telefónicos; y el control de tráfico aéreo. *Es un derecho que la Constitución concede a los gremios, y consiste en la abstención colectiva y concertada de la prestación laboral, con ca rácter temporal y con abandono del lugar de tareas, como forma de presión sobre la voluntad del empleador, con el propósito de conseguir un beneficio mediante la sanción de una nueva disposición o la reforma de una vigente, o bien el cumplimiento de una norma en vigor.

*Es una medida de acción directa d ispuesta por el empleador, que consiste en el cierre temporal del establecimiento a fin de impedir el ingreso a los trabajadores.

Modelo a completar Concepto

Definición Ante un conflicto colectivo, cualquiera de las partes, antes de recurrir a una medida de acción directa, debe comunicarlo a la

Conciliación Obligatoria

autoridad administrativa para formalizar los trámites de la instancia obligatoria de conciliación. El Ministerio puede actuar de oficio, si lo considera necesario en virtud de la dimensión del conflicto, convocando e imponiendo a las partes el procedimiento obligándolas a retrotraer la situación al día anterior a la iniciación del conflicto. Se trata de prácticas contrarias a la ética de las relaciones profesionales de los empleadores o asociaciones profesionales. Es

Práctica Desleal

una conducta típica —debe estar prevista legalmente— del empleador o de las asociaciones profesionales que los agrupan, que en forma directa o indirecta, por acción u omisión, tiene como propósito obstruir o dificultar el normal desarrollo de las

actividades de las asociaciones sindicales.

Según OIT son aquellos cuya interrupción podría poner en peligro la vida, seguridad o salud Huelga en los servicios esenciales

de las personas, en todo o en parte de la población los servicios sanitarios y hospitalarios; la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica; los servicios telefónicos; y el control de tráfico aéreo. Es un derecho que la Constitución concede a los gremios, y consiste en la abstención colectiva y concertada de la prestación

Huelga

laboral, con carácter temporal y con abandono del lugar de tareas, como forma de presión sobre la voluntad del empleador, con el propósito de conseguir un beneficio mediante la sanción de una nueva disposición o la reforma de una vigente, o bien el cumplimiento de una norma en vigor. Es una medida de acción directa

Lockout

dispuesta por el empleador, que consiste en el cierre temporal del establecimiento a fin de impedir el ingreso a los trabajadores.

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