Apertura de Tocamientos Indebidos

February 9, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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  ASO N° 224-2022

DISPOSI IÓN DE APERTURA DE DILIGEN IAS PRELIMINARES DISPOSI IÓN N° 01

Tambobamba, cinco de agosto  del año dos mil veintidós. - 

DADO UENTA: UENTA: El oficio N° 392-2022-FFPP-APU/DIVOPUS-AB/CS-CH/COM-M/sidf, mediante la que se remite acta de denuncia verbal, que contienen hechos sobre la presunta comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de tocamientos indebidos, seguida contra Antero Enriquez Tejada; y, y,   ONSIDERANDO: I. De los los Hech Hechos os:: Del acta de denuncia verbal se tiene que, en fecha 11 de mayo del 2022, aproximadamente a las 12:00 horas, la menor de iniciales A.A.CC.(15), habría comunicado a la psicóloga de nombre Rosario del colegio CEMA Mara que, en fecha 9 de mayo del 2022, aprox aproximadamente imadamente a las 10:00 hhoras, oras, en el interior de una biblioteca biblioteca ubicado en el domicilio del denunciado Antero Antero Enriquez Tejada Tejada había sido víctima de tocamientos a la alt altura ura de su pecho y cintura, sin su consentimiento, por la persona última nombrada. II. De la adecuación de los hechos al tipo penal: Que, el hecho puesto de conocimiento de esta Fiscalía, por la forma y circunstancias en que habría ocurrido, se enmarcaría dentro de los alcances del delito contra la libertad, en la modalidad de tocamientos indebidos agravada por la edad de la víctima, previsto en el artículo 176 del Código Penal. Calificación jurídica que podrá variar en el curso de la investigación. Artículo 176.- Tocamientos, Tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento El que sin propósi propósito to de tener acces accesoo carna carnall regulado regulado por el artículo 170, realiza sobre una perso persona, na, sin su libre consentimiento, tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos, en sus partes íntimas o en cualquier parte de su cuerpo será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años. (…) En cualquiera de losaños casos en el primery ymáximo, segundo párrafos, de ylibertad incrementa en cinco en previstos los extremos mínimo si la víctima la es pena mayorprivativa de catorce menor se de dieciocho años. III III.. De las nor normas mas aplica aplicable bles: s: 3.1. - Que, - Que, conforme a lo expuesto precedentemente se aprecia que el caso en concreto amerita la realización de actos de investigación preliminar, a efectos de esclarecer los hechos puestos en conocimiento de este despacho fiscal de acuerdo a las atribuciones conferidas en el 159º inciso 4 de la Constitución Política del Estado y los artículos 1º y 5º de la Ley Orgánica del Ministerio Público. 3.2. - En - En ese sentido, conforme a lo establecido en el Artículo 65º del Código Procesal Penal, “El Fiscal, en  cuanto tenga noticia del delito, realizará -si correspondiere- las primeras Diligencias Preliminares o dispondrá  que las realice la Policía Nacional ”, ”, de igual manera, “Cuando el Fiscal ordene la intervención policial, entre  otras indicaciones, precisará su objeto y de ser el caso, las formalidades específicas que debieran reunir los  actos de investigación para garantizar su validez, siendo que la función de investigación de la Policía Nacional 

 

estará sujeta a la conducción del Fiscal” .

3.3. - Que, - Que, conforme se encuentra establecido en el artículo 330º inciso 2 del Código Procesal Penal, “ Las  Diligencias Preliminares tienen tienen por finalidad inmediata realizar los actos urgentes o inaplazables destinados a  determinar si han tenido lugar los hechos objeto objeto de conocimiento y su delictu delictuosidad, osidad, así como asegurar los  elementos materiales de su comisión, individualizar al o las personas involucradas en su comisión, incluyendo  al agraviado y dentro de los límites de la ley, asegurarlas debidamente ”. ”.

3.4. - Del mismo modo, el artículo 334º Inc. 2 del Código Procesal Penal prescribe: “ El plazo de las diligencias  preliminares es de 60 días. No obstante, el Fiscal podrá fijar un plazo distinto de acuerdo a las características, complejidad y circunstancias de los hechos objeto de investigación”.

IV IV.. Pa Partrtee Dec Decis isor oria ia:: Por las consideraciones expuestas; esta Fiscalía en uso de sus atribuciones DISPONE: El INI IO de las DILIG DILIGEN EN IAS PR PRELIMI ELIMINARE NARESS co cont ntra ra ANTERO ENRIQUEZ TEJADA  TEJADA  por la presunta comisión del delito contra la libertad en su modalidad de tocamientos indebidos agravados por la edad de la vícitma, víci tma, previ previsto sto en el artí artículo culo 176 del Códig Códigoo Pena Penal,l, en agrav agravio io de la menor de inic iniciales iales A.A. . (15) representada repres entada por su progen progenitora itora Julia Carmen Ccopa Curimayt Curimayta; a; EN SEDE SEDE FIS AL por el término de SESENTA DÍAS, DÍAS, cuyas diligencias de investigación son las siguientes: 1. Real Realíc íces esee llaa di dililige genc ncia ia ddee ENTREVISTA UNI A – AMARA GESELL, a la agraviada de iniciales A.A. . (15),, quien deberá concurrir acompañado de su progenitora Julia Carmen Ccopa Curimayta, al lugar de la (15) diligencia que el Juzgado disponga; para lo cual solicítese al Juzgado de Investigación Preparatoria de Cotaba Cot abamba mbass rea realic licee PRUE PRUEBA BA AANTI NTI IP IPADA ADA res respec pecto to de la decla declarac ración ión en AMARA GESELL  GESELL  de la A.A.. . (15) con la finalidad de que señale fecha, hora y lugar de la diligencia agraviada de iniciales A.A solicitada. 2. Una ve vezz real realizado izado la ent entrevis revista ta única única en cámara cámara Ge Gesell sell,, prac practíque tíquese se la evaluación de Pericia Psicológica a la agraviada de iniciálales A.A. . (15) en el Instituto de Medicina Legal de Cusco o Abancay según sea el caso, ello con la finalidad de determinar si presenta afectación de tipo sexual negativo, la misma que se llevará a cabo una vez culminada la entrevista única en Cámara Gesell referida, debiendo concurrir la parte agraviada a este despacho fiscal a efectos de entregársele el oficio respectivo. ABESE  la decl declaració araciónn testim testimonial onial de JULIA ARMEN OPA OPA URIMA URIMAYT YTA, A, madre  madre de la menor  3. RE ABESE  agraviada, el día 23 de agosto del 2022 a las 15:00 horas o en su defecto el día 12 de septiembre septiembre del 2022 a las 11 11:30 :30 horas, a llevarse a cabo en la sede de este Despacho Fiscal, sito en la Av. República barrio Huancallo, distrito de Tambobam Tambobamba. RE ABESE ABESE    la declaraci declaración ón testimon testimonial ial de ba. la psicóloga del Centro Educativ Educativoo CEMA Mar Maraa de nombre 4. S/N, Rosario, el día 23 de agosto del 2022 a las 16:00 16:00 horas o en su defecto el día 12 de sseptiembre eptiembre del 2022 a las 14:00 horas, a llevarse a cabo en la sede de este Despacho Fiscal, sito en la Av Av.. República S/N, barrio Huancallo, distrito de Tambobamba. 5. RE ABESE  ABESE  la declarac declaración ión del imput imputado ado ANTERO ENRIQUEZ TEJADA, el TEJADA, el día 24 de agosto del 2022 a las 11:30 11:30 horas o en su defecto el día 12 de sept septiembre iembre del 2022 a las 16:00 horas, a llevarse a cabo en la sede de este Despacho Fiscal, sito en la Av. República S/N, barrio Huancallo, distrito de Tambobamba. Fecha en la que deberá concurrir obligatoriamente acompañado de su abogado defensor de su elección bajo las formalidades establecidas por el Código Procesal Penal. 6. REQUIERASE al imputado ANTERO ENRIQUEZ TEJADA, para que, en el plazo de 24 horas de notificado con la presente, nombre a un abogado de su elección, en caso no designar uno de su elección, se le nombre defensor público. TIQUESE SE la evalu evaluació aciónn psic psicológi ológica, ca, psiqu psiquiátri iátrica ca y perfi perfill psic psicosex osexual ual   del impu imputa tado do ANTERO 7. PRA TIQUE ENRIQUEZ TEJADA TEJADA debiendo  debiendo a la yDivisión Médico Legal de Cusco y Abancay, sin perjuicio de entregar el oficio respectivo paraoficiarse su atención evaluación al imputado.

 

8.   ÚRSESE el oficio respectivo a la oficina de UDAVIT- otabamba otabambas, s, para  para que incorpore a dicha unidad a la agraviada, así como para que coadyuve y brinde el apoyo respectivo para el traslado de la agraviada al lugar de diligencia (Entrevista Única en Cámara Gesell) que el Juzgado correspondiente disponga, y además sea incorporados al programa para su protección correspondiente. correspondiente. 9.   ÚRSESE el oficio respectivo a la oficina de UDAV UDAVITIT- otabambas, otabambas, para  para que incorpore a dicha unidad a los testigos así como para que coadyuve y traslade a los testigos al despacho fiscal para la recepción de sus declaraciones en las fechas programadas, debiendo emitir su informe correspondiente correspondiente.. 10. Cúr Cúrses sesee ofic oficio io a la ofic oficina ina de dell entro de Emergencia Mujer de otabambas otabambas,, a fin de que brinde apoyo leg legal, al, soci social al y psi psicol cológi ógico co a la agr agravi aviada ada,, así como para que coa coadyu dyuve ve y trasla traslade de a los test testigo igoss al despacho fiscal para la recepción de sus declaraciones en las fechas programadas, debiendo emitir su informe correspondiente. correspondiente. 11. RE ABESE los ABESE los antecedentes penales y judiciales del imputado ANTERO ENRIQUEZ TEJADA. 12 12.. Se re real alic icee la INSPE IÓN TÉ NI A POLI IAL FIS AL en el lugar de los hechos, hechos, la misma que se llevará a cabo con la asistencia del abogado de elección del imputado y de la parte agraviada, sin perjuicio  de registrarse en vistas fotográficas y/o video; debiendo la parte denunciante previamente informar el lugar  de los hechos o en su defecto conducir al lugar de los hechos. Sin perjuicio de ello ofíciese a la oficina de

la defensoría pública de Tambobamba, para que asista al imputado a la diligencia a programarse, oficiándose. 13. REQUIÉRASE REQUIÉRASE,, a la parte agraviada para que proporcione nombres de los posibles testigos que conozcan el hecho materia de investigación, a fin de ser citados para que brinden su declaración respecto a los hechos denunciados. 14. Las demás dilige diligencias ncias propi propias as de una investi investigació gación, n, que el Ministe Ministerio rio Publico Publico,, y los sujetos proc procesale esaless debidamente acreditados señalen.  

Regístrese, Ofíciese, notifíquese, notifíquese, y agréguese a la carpeta fiscal.- 

 

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