Antologia de Comercio Exterior
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Universidad de Sotavento Incorporada a la SEP
Comercio Exterior
Octavo Semestre Licenciatura en Contaduria
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Conceptualización del comercio exterior. Hasta no hace mucho tiempo, el comercio exterior era patrimonio exclusivo de algunos países altamente industrializados, con una situación geográfica privilegiada y relaciones diplomáticas extensas. En la actualidad, el comercio exterior ha pasado a ser un problema de dirección empresarial, una técnica esencial de gestión, o un imperativo nacional. Esto se debe a tres razones fundamentales: 1. Es un problema problema empresarial empresarial,, ya que se trata de obtener el máximo rendimiento de los modernos medios de producción. 2. Por Esta acti activi vida dad d resu resultlta a tan tan Por ex exig igen enci cias as del del merc mercad ado. o. Esta nece necesa sari ria a para para la pros prospe peri rida dad d del del esta estado do como como para para la prosperidad de las empresas. Permite al estado, además, controlar los remanentes ociosos de producción. 3. Por exigencias de información. La tecnología de un país que que no se proy proyec ecta ta al exte exteri rior or,, se esta estanc nca. a. El come comerc rcio io exterior abre un extenso campo de conocimientos y avance tecnológico.
acto de come comerc rciio cel celebra ebrado do ent entre Comerc Comercio io exterio exterior: r: es el act residentes de un país (exportador) con los de otro estado extranjero (importador), r),
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de
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recau caudos
y
solemnidades
admi admini nist stra ratitiva vas, s, banc bancar aria iass y fisc fiscal ales es que que amba ambass legi legisl slac acio ione ness exigen respecto de la materia.
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En el caso particular de nuestro país, a este acto de comercio le caben las prescripciones del art. 8 del Código de Comercio.
Comercio Comercio internacional: internacional: desi design gna a un conj conjun unto to de movi movimi mien ento toss
comerci rciales y financieros, que desarrol rollan los estados y particulares, o los estados entre sí, a nivel mundial.
Diferencia entre comercio exterior y comercio internacional. Hablar de comercio exterior es como referirnos a un sector de la actividad económica de un país, que plantea problemas originales y exige disposiciones especiales. La noción de comercio exterior no puede ser un término que se emplea aisladamente, sino que debe ir unido al nombre del país al que que se apl aplica. ica. De dond donde e serí sería a impr improp opio io uti utiliza lizarr el voca vocabl blo o "internacional" para lo que en realidad corresponde a una parte naci nacion onal al.. Pode Podemo moss deci decirr que que el come comerc rcio io inte intern rnac acio iona nall es el continente y el comercio exterior, es el contenido.
El comercio exterior de un país es el conjunto de actos de tal índo índole le,, real realiz izad ados os por por sus sus resi reside dent ntes es naci nacion onal ales es,, conf confor orme me a pres prescr crip ipci cion ones es lega legale less y actu actuan ando do como como suje sujeto toss del del dere derech cho o internacional privado, mientras que esos mismos actos cuando son realizados por los estados, actuando como sujetos del derecho internacional público, configuran el comercio internacional.
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La teoría del comercio exterior. El comercio exterior es la disciplina científica, parte de las ciencias económicas, que estudia las relaciones económicas y comerciales que mantienen los ciudadanos de un país con los de otros países, a los que genéricamente se denomina extranjeros. El comercio exterior comprende no solamente este tipo de relaciones entre los particulares, sino también entre éstos y el estado. Esta teoría se fundamente en tres principios: •
Explicar qué fuerzas determinan el movimiento de las mercaderías que son objeto del comercio exterior.
•
Averiguar qué factores intervienen para llegar a una situación de equilibrio en la fijación de las relaciones de intercambio entre dichas mercaderías.
•
Exponer de qué manera, y suponiendo que tal equilibrio se rompa, se puede alcanzar una nueva situación de equilibrio.
La esencia y origen del comercio exterior se encuentran en los distintos precios que alcanzan las mercaderías en los diversos países del mundo. La diferencia de precios en los distintos países puede obedecer a:
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1. Los recursos provenientes de la tierra, mano de obra, capital, etc. de un país cualquiera están mejor dotados para una producción que para otra. 2. Más alto o más bajo desarrollo alcanzado por el país.
La hipótesis anterior parte del supuesto de que las diversas mercaderías en todos los países presentan las mismas calidades y tecnologías. Otros factores que juegan en las diferencias de precios internacionales son: plazo de entrega, medios de pago, fletes, tipos de seguros, proximidad de los puertos de embarque, obtención de bodegas, etc. El comercio exterior exige el conocimiento y cumplimiento de normas y solemnidades que le son propias, como condición previa para encarar el desarrollo de esta actividad.
Balanza de pagos. El instrumento contable capaz de permitir el seguimiento de las relaciones de una economía determinada con el resto del mundo es la balanza de pagos, por lo que podemos definirla como: Documento contable que registra sistemáticamente el conjunto de transacciones económicas de un país con el resto del mundo durante un período determinado de tiempo, generalmente un año.
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La balanza de pagos suministra información detallada acerca de las transacciones económicas con el exterior, ya sean transacciones de bienes y servicios o transacciones financieras. Sus principales componentes son: 1. La cuenta corriente. Las transacciones por cuenta corriente son las compras y ventas de bienes y servicios, así como las transferencias unilaterales corrientes. En la balanza por cuenta
corriente
aparecen
recogidas
todas
aquellas
transacciones que dan lugar a una generación de renta en nuestro país (las exportaciones) o en el exterior (las importaciones y aquellas transacciones que sin generar rentas dan lugar a una mayor o menor disponibilidad de renta para el gasto, esto es, las transferencias corrientes.
La balanza por cuenta corriente está integrada por: •
La balanza comercial o de mercancías: recoge los ingresos y pagos generados por los movimientos de mercancías. Son ingresos las exportaciones de bienes intermedios y finales, mientras que son pagos las importaciones de dichos bienes.
•
La balanza de servicios: registra los flujos monetarios debidos a servicios realizados por el país al resto del mundo o del resto del mundo al país considerado. Está muy ligada a la evolución del turismo, a las necesidades de importación, a las posibilidades de exportación de tecnología y a los
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rendimientos de las inversiones en el exterior o del resto del mundo en el país. El importe consignado en el débito de estos rubros significa entrada de mercancías (importaciones) y entrada (o compra) de servicios a no
residentes.
El
crédito
significa
salida
de
mercancías
(exportaciones) y salida (o venta) de servicios a los no residentes. •
La balanza de transferencias: recoge los ingresos y pagos que se realizan sin contrapartidas. En ellas, tienen lugar entregas a título gratuito o sin contrapartida, y exigen una contabilización especial. Las remesas remitidas por los ciudadanos de un país que trabajan en otros países y las donaciones gubernamentales son las partidas más representativas. El débito significa salida de transferencias y el crédito su entrada.
La cuenta corriente mide el valor de los ingresos netos de un país derivados de las transacciones internacionales de bienes y servicios, con y sin contrapartida. Su saldo refleja los desequilibrios existentes entre el valor de los bienes y servicios adquiridos del resto del mundo (importaciones) y los vendidos al exterior (exportaciones), más (o menos) las transferencias netas. El saldo de la balanza por cuenta corriente debe ser igual, pero de signo contrario, al saldo de la balanza por cuenta de capital. Un déficit por cuenta corriente se financia vendiendo activos a extranjeros, endeudándose, o perdiendo reservas de divisas. Para eliminar un déficit por cuenta corriente, un país debe reducir su gasto en el extranjero o aumentar los ingresos procedentes de la venta de bienes y servicios en el extranjero.
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1. La cuenta de capital. Recoge todos los movimientos de capital públicos o privados reflejados en la balanza de pagos, ya sean movimientos a largo plazo, a corto plazo, o variaciones de reservas de divisas. Incluye las subbalanzas siguientes: •
Capital privado a largo plazo.
•
Transacciones financieras del gobierno.
•
Capital a corto plazo, público y privado.
•
Variaciones de las reservas de oro y divisas. Las reservas son posesiones que tiene un país de divisas y otros activos que pueden utilizarse para satisfacer las demandas de divisas, y que sitúan al país como acreedor frente al exterior, ya que éstas representan activos frente al resto del mundo.
La balanza de capital a largo plazo recoge las inversiones, créditos y préstamos, tanto públicos como privados, realizados por los extranjeros en el país (ingresos) o por los nacionales en el exterior (pagos) con plazo superior a un año. La suma de las balanzas de cuenta corriente, de capital a largo plazo y las transacciones financieras del gobierno integran la balanza básica. El saldo de la balanza básica frecuentemente se
utiliza como representativo de la balanza de pagos. De las partidas que integran la balanza de capital, cabe diferenciar las inversiones productivas y las inversiones especulativas. Las inversiones productivas se incluyen en la balanza de capital a largo plazo, ya que implican compras de empresas, de acciones, etc. Los movimientos especulativos de capital tienen por objeto aprovechar situaciones transitorias de los mercados financieros, y tienen una 8
gran volatilidad. Por ello, estas inversiones se recogen en la balanza de capital a corto plazo. Los rendimientos de ambos tipos de inversiones se incluyen en la balanza de servicios. La cuenta de capital de un país registra un superávit cuando éste obtiene más ingresos por la venta de activos al resto del mundo de los que se gasta comprando activos en el exterior. En este caso, hay una entrada neta de capital . La cuenta capital representa la variación en los activos y pasivos externos que se produjo durante el período considerado, como consecuencia de las transacciones en mercancías y servicios y las transferencias unilaterales. Por esta razón, el saldo de este rubro es igual a la suma algebraica de los rubros anteriores. El débito de la cuenta representa la entrada de divisas, o bien una baja del endeudamiento con los no residentes. El crédito, la salida de divisas, o bien el aumento del endeudamiento con los no residentes.
1. Cuenta de liquidaciones oficiales. Mide el cambio en los pasivos líquidos y no líquidos de un país, frente a las entidades oficiales extranjeras, así como el cambio de un país durante el período que se considera el balance.
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Las reservas internacionales oficiales de un país están constituidas por su oro, divisas convertibles, derechos especiales de giro (DEG) y la posición neta del país en el FMI. El pasivo en aumento de un país frente a las entidades oficiales extranjeras y una disminución de las reservas internacionales, son créditos (+), mientras que la situación inversa, constituye débitos (-).
La contabilidad de partida doble. Cada transacción económica internacional se incorpora como débito o crédito a la balanza de pagos del país, pero cada vez que una transacción (débito o crédito) es incorporada, también genera una contrapartida en alguna de las cuentas analizadas, por la misma cantidad. A este movimiento se lo denomina técnicamente contabilidad de partida doble del balance de pagos.
Balanza comercial. Es el conjunto de transacciones comerciales realizadas por un país con otro u otros del exterior, en un período determinado. Tales transacciones están referidas a la compra y venta de mercaderías, es decir a las importaciones y exportaciones realizadas por el país.
Su saldo será equilibrado o nivelado, cuando M = X. Cuando sucede lo contrario, tendremos superávit o déficit.
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Ubicación del sector externo.
La migración internacional de los factores de la producción, el volumen y composición del comercio exterior de los distintos países, las relaciones reales de intercambio y el sistema de pagos internacionales, desempeñan roles vitales en el desarrollo intensivo y extensivo de las naciones. El sector de exportación puede considerarse como un sector clave del desarrollo, esto se fundamenta en:
1. Amplía el mercado de bienes. 2. Promueve el crecimiento de las industrias de exportación, evitándose la inversión de capital propio para obras de infraestructura, gastos de servicios y otros, necesarios en la comercialización interna de los productos. 3. Las exportaciones generan demanda efectiva externa, que se traduce en un incremento de la demanda interior de un país. La magnitud de la influencia del sector externo varía conforme a los países, originando en muchos casos que sus industrias adquieran relevancia a la luz de los mercados exteriores. A menos que no se incremente el gasto público, el nivel de consumo, o la inversión interna, una reducción de las exportaciones provocará un retardo en el ritmo de desarrollo intensivo de la economía de un país. Esto debe ser evitado mediante la implementación de políticas adecuadas, que permitan la expansión 11
del sector y el mantenimiento de una posición competitiva en los mercados internacionales.
Reseña de los principales acuerdos internacionales.
El fundamento del comercio se encuentra en la desigualdad con que están distribuidos los recursos naturales, en la desigual capacidad de explotación de los bienes y en la voluntad de cambio.
En todas las épocas, los riesgos inherentes al cambio han estimulado la organización de instituciones y convenios que, dotados de medios físicos y jurídicos apropiados, garanticen el respeto y el orden.
Sin embargo, las relaciones comerciales entre las diferentes naciones está en función directa de la balanza de pagos de cada estado, por lo que una economía floreciente tendrá como efecto inmediato conceder mayores facilidades al comercio internacional, eliminando restricciones.
Las relaciones comerciales, dan lugar a acuerdos comerciales. Las relaciones financieras, dan lugar a acuerdos financieros. 12
Acuerdo comercial: acuerdo bilateral o multilateral entre estados,
cuyo objeto es armonizar los intereses respectivos de los nacionales de las partes contratantes y aumentar los intercambios comerciales. Existen dos tipos de acuerdos comerciales: Cooperación internacional:
es un sistema mediante el cual se asocian varios estados
con el fin de alcanzar determinados objetivos comunes que responden a sus intereses solidarios, sin que la acción emprendida, ni las medidas adoptadas para alcanzarlos, afecten esencialmente a sus jurisdicciones o a sus prerrogativas de estado soberano.
•
Integración internacional: es un sistema por el que se unen varios estados, aceptando no hacer valer unilateralmente sus jurisdicciones y delegando su ejercicio en una autoridad supranacional, en la que se opera la fusión de sus intereses, y a cuyas decisiones aceptan someterse mediante el control y los procedimientos adecuados, para todo aquello que se refiera al sector de actividad encomendado a la alta autoridad.
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Organización de las Naciones Unidas (ONU, junio de 1945). Objetivos: 1. Mantener la paz y la seguridad en el mundo, 2. Establecer relaciones de amistad entre las naciones, los países miembros y particularmente los países en vías de desarrollo, combatir el analfabetismo y fomentar el respeto a la libertad mutua, 3. Ayudar a los miembros a alcanzar estos objetivos.
La ONU comprende: •
Órganos políticos: Asamblea General, Consejo de Seguridad, Secretaría General.
•
Órganos económicos: Consejo Económico y Social, del que dependen cuatro comisiones económicas regionales:
•
EGE (Comisión Económica para Europa), con sede en Ginebra,
•
ECAGE (Comisión Económica para Asia), con sede en Bangkk,
•
ECA (Comisión Económica para África), con sede en Addis Abeba, Etipía,
•
ECLA (Comisión Económica para América Latina), con sede en Santiago de Chile.
•
Numerosas organizaciones: FMI, BIRD, UNESCO, OIT, FAO.
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Estos organismos de carácter económico, social, cultural o técnico han sido creados por acuerdos intergubernamentales.
Igualmente, existen organizaciones no gubernamentales, a las que la ONU ha dado un estatuto consultivo, entre las cuales la más importante es la CCI (Cámara de Comercio Internacional), cuya sede está en París.
Banco Internacional para la Reconstrucción y Desarrollo (BIRD). La Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas, celebrada en 1944, en Bretton Woods, da origen al Fondo Monetario Internacional (FMI) y al Banco Internacional para la Reconstrucción y Desarrollo (BIRD), conocido también como Banco Mundial.
El convenio constitutivo entró en vigor en 1945, y sus actividades se iniciaron en 1946, con la premisa de suministrar el capital necesario para ayudar a las distintas economías a superar los efectos de la guerra mundial, así como estimular el desarrollo de la producción y recursos en los países subdesarrollados.
Con sede en Washington, sus principales objetivos son:
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1. Otorgar créditos a los gobiernos de los países miembros para el financiamiento de proyectos económicos prioritarios, con la garantía o respaldo de su Banco central o del gobierno mismo. 2. Prestar
todo
tipo
de
apoyo
técnico
multilateral
y
asesoramiento a los países solicitantes, tanto dentro como fuera del marco de sus operaciones financieras.
Su capital constitutivo está formado por suscripciones que realizan los países miembros, pero no se desembolsan en su totalidad, sino que se aporta un 2% en oro o dólares y el resto, hasta un 20%, en moneda del propio país, mientras que el 80% restante constituye un fondo de garantía destinado a respaldar emisiones de bonos en los mercados de capitales y son exigibles en caso de que el Banco tuviese que hacer frente a obligaciones.
El BIRD cuenta con sus propias reservas, provenientes de los intereses percibidos por préstamos y rendimientos de las inversiones realizadas. Otra de sus fuentes de recursos la constituye el acceso a los mercados internacionales de capital, mediante la colocación de emisiones, cuyo vencimiento varía entre 3 y 12 años.
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Para proporcionar asistencia al sector privado se crean dos instituciones, que conforman el Grupo del Banco Mundial:
1. Corporación Financiera Internacional (CFI): creada en 1956, se dedica a la financiación de empresas privadas de países en desarrollo, sin exigir garantías por parte de los gobiernos. 2. Asociación Internacional de Fomento (AIF): creada en 1960, pretende facilitar créditos a aquellos países que, debido a la situación de su balanza de pagos lo requieran, brindando condiciones más favorables que las otorgadas por el BIRD.
Los créditos otorgados por el BIRD son instrumentados, en la mayoría de los casos, a largo plazo (20 años) y se dirigen a la financiación de inversiones en los sectores de industrias básicas, sector agrario, bancos de desarrollo industrial, sistemas de transporte, urbanismo, energía, telecomunicaciones, etc.
Sin embargo, su labor ha sido considerada como poco satisfactoria debido a su capacidad financiera insuficiente.
La marcada influencia estadounidense de su gestión, su operatoria demasiado conservadora, los tipos de interés próximos a los del mercado y sus recursos muy limitados son algunos de los aspectos más criticados en la operatoria del BIRD. 17
El primer préstamo recibido por la Argentina del BIRD fue en 1961.
Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Fue creado en 1959, iniciando sus actividades en 1960. Su sede central se encuentra en Washington y su principal objetivo es el de colaborar con el proceso de desarrollo económico individual y colectivo de los países miembros. Su actuación específica consiste en promover la inversión de capitales públicos y privados para fines de desarrollo, así como brindar apoyo y orientación en la preparación de las políticas de desarrollo de los países miembros.
Está integrado por todos los países miembros de la Organización de Estados Americanos.
El Banco cuenta con sus propios recursos provenientes del capital suscripto en el Convenio de Constitución. Cuenta también con un Fondo para Operaciones Especiales. Por otra parte, el Social Progress Trust Fund es destinado a la asistencia técnica de países para la realización de mejoras estructurales.
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Además. El BID acude a los mercados financieros internacionales, emitiendo bonos, vendiendo participaciones en los préstamos otorgados, etc. En casos excepcionales, el banco puede recurrir a recursos confiados por países no miembros como los Países Bajos, Suecia, etc.
GATT (General Agreement of Tariff and Trade). (Acuerdo sobre tarifas y comercio internacional).
Firmado en Ginebra en 1947, por 23 países cuyas transacciones representaban el 70% de los intercambios más importantes. Su representante es la CCI (Cámara de Comercio Internacional) cuya sede está en París.
Es una institución a través de la cual se negocia la reducción de las barreras que entorpecen el desarrollo del comercio internacional y que actúa de árbitro de los conflictos que sobre asuntos comerciales puedan surgir entre sus partes contratantes.
El GATT, fundado en un simple contrato internacional multilateral, se puede comparar a un organismo de cooperación. Tiene una secretaría ejecutiva con sede en Ginebra.
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Objetivos y principios.
•
Prohibición
de
las
restricciones
cuantitativas.
La
protección de la industria nacional únicamente puede llevarse a cabo mediante los derechos arancelarios, condenando por lo tanto toda restricción de carácter cuantitativo al comercio. Sin embargo, este principio está acompañado de una serie de excepciones con el fin de estabilizar los mercados agrícolas, proteger el equilibrio de la balanza de pagos y favorecer el desarrollo económico. Esto se implementa para los productos industriales, lo que indica que los no industriales pueden estar sujetos a regulaciones mucho más estrictas.
•
Regulación del comercio de estado. Ante la existencia de
monopolios de compra o de venta en el comercio exterior que hayan sido originados por concesiones efectuadas por el estado a favor de empresas públicas o privadas, es atentatorio contra la libertad de comercio y tendrá efectos negativos contra las rebajas arancelarias que se logren. La empresa o empresas que realicen la compra o venta con el exterior, deberán ajustar su política con respecto al principio de no discriminación.
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•
Dumping. Ocurre el dumping cuando el precio de exportación
de un producto es inferior al del mercado interno. No siempre es posible determinar el precio de este mercado, por lo que se considera que existe dumping cuando:
a. El precio de exportación sea inferior al precio comprable más alto de un producto similar que debe ser exportado a un tercer país. b. El precio de exportación sea inferior al costo de producción más un suplemento razonable en concepto de utilidad.
El acuerdo establece que el país perjudicado establezca un derecho anti dumping de una cuantía no superior a la diferencia entre el precio de exportación y el precio considerado normal. •
Subvenciones. El acuerdo no establece una prohibición
absoluta de aplicación de subvenciones, sólo dispone que para los productos que no sean primarios se dejarán de conceder subvenciones a la exportación, cualquiera que sea su naturaleza.
•
Principio de igualdad de trato. Su aplicación práctica implica:
21
•
Las mercaderías no pueden ser objeto de discriminación por su procedencia.
•
Las legislaciones en materia comercial no podrán ser aplicadas de modo que supongan una protección al comercio exterior.
•
A todos los países se les exige la aplicación de las medidas de máxima reciprocidad en el intercambio de ventajas en las negociaciones.
•
Cláusula de la "nación más favorecida". Es el principio fundamental. Indica que todas las ventajas, favores y privilegios concedidos por una parte contratante a un producto originario,
se
harán
inmediata
e
incondicionalmente
extensivas a cualquier producto similar originario o destinado de o a los territorios de las demás partes contratantes. No sólo se refiere a los derechos arancelarios, sino a "cualquier favor, ventaja, privilegio e inmunidad".
Conceptualización de los distintos sistemas de integración económica.
La integración económica es una institución jurídica - económica que comprende un proceso político de aparición y evolución reciente. Surgió después de la segunda guerra mundial, y se 22
desenvolvió a partir de la quinta década de este siglo, como proceso originariamente europeo.
Presupone la existencia de espacios económicos pertenecientes a dos o más estados soberanos dispuestos a la cooperación recíproca con el objeto de ampliar sus intercambios comerciales y estimular su desarrollo económico, mediante instituciones jurídicas y económicas comunes.
La integración económica se refiere a los factores que determinan los procesos económicos de los países participantes, relativos a los aspectos
comerciales,
monetarios,
fiscales,
industriales,
agropecuarios, aduaneros, crediticios, de programación, de coyuntura y otros.
Los espacios económicos pueden ser homogéneos, cuando cada una de sus partes registra caracteres muy semejantes a los de los demás, o polarizados, en los que las partes dependen de un polo o centro que concentra las actividades secundarias y terciarias y produce la mayor parte del valor agregado.
En base a la noción de los espacios económicos, la integración económica encaminada a coordinar el desarrollo de dos o más
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espacios soberanos, se produce, gradualmente y de hecho, un grado creciente de unificación económica.
La integración propiamente dicha es el "status jurídico" en el cual los estados entregan algunas de sus prerrogativas soberanas, con el fin de constituir un área dentro de la cual circulen libremente y reciban el mismo trato, las personas, los bienes, los servicios y los capitales
mediante
la
armonización
de
las
políticas
correspondientes y bajo una égida supranacional.
En esencia, consisten en la eliminación de barreras económicas y la armonización de políticas nacionales. El
fundamento
de
todos
los
procesos
de
integración,
particularmente en América Latina, es la búsqueda de mercados más amplios para sus industrias.
Preferencias comerciales.
Las preferencias comerciales consisten en ventajas, privilegios o tratamientos favorables que dos o más estados se acuerdan exclusivamente entre sí, sin extenderlos a terceros países.
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Las preferencias son contrarias a la cláusula de la nación más favorecida, y el GATT sólo las admite con consentimiento expreso en forma de una dispensa (waiver), siendo de interpretación restrictiva.
Las preferencias se refieren siempre a productos concretos, designados conforme a la numeración y denominación de la nomenclatura aduanera de los estados que las otorgan, y pueden ser arancelarias, cuando eliminan o reducen los derechos de importación de las mercaderías originarias en los países beneficiados, o abarcar también otros gravámenes y restricciones al comercio.
Para el proceso de integración económica, las preferencias son de naturaleza primaria, por cuanto pueden significar inicialmente un estímulo para incrementar corrientes comerciales existentes o generar nuevas fuentes de intercambio. En rigor, las preferencias equivalen a una permuta de subsidios aduaneros a favor de las mercaderías beneficiadas.
Las preferencias carecen del efecto integrador de mercados que supone la libre circulación de bienes entre varios estados. En un régimen de preferencias, una mercadería puede ingresar con ventajas a un mercado, pero no puede circular libremente entre varios mercados, ni tampoco puede ingresar sin gravámenes al
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mercado que las vende. Sin esa circulación libre, no hay territorio aduanero único, ni mercado común para las mercaderías beneficiadas. Por ello, se teme que acarreen más daño por las distorsiones que implican, que ventajas por el incremento del comercio que generan. Sólo se justifican transitoriamente, como paso hacia formas más amplias de integración.
El sistema de preferencias aduaneras se da cuando un conjunto de territorios aduaneros se conceden entre sí una serie de preferencias, no extensibles a terceros países, debido a la suspensión internacionalmente aceptada de la cláusula de la nación más favorecida.
Zona de libre comercio.
Es un término intermedio entre las preferencias aduaneras y la unión aduanera, que crea un solo territorio aduanero o espacio comercial. Conforman formaciones poco estables, que se crean con carácter transitorio y que tienden a convertirse en uniones aduaneras, o a desaparecer.
La zona de libre comercio es un área formada por dos o más países que, de manera inmediata o paulatina, suprimen las trabas aduaneras y comerciales entre sí, manteniendo cada una frente a 26
terceros su propio arancel de aduanas y su particular régimen de comercio.
El artículo XXIV, 8, b del GATT expresa que "se entenderá por zona de libre comercio a un grupo de dos o más territorios aduaneros entre los cuales se eliminen los derechos de aduana y las demás reglamentaciones comerciales restrictivas con respecto a lo esencial de los intercambios comerciales de los productos originarios de los territorios constitutivos de dicha zona de libre comercio".
La zona de libre comercio permite excepciones cuantitativas (al limitar la liberación a lo esencial del intercambio, entendiéndose que no debe ser inferior al 80% del intercambio real) y cualitativas (al restringir esa liberación a los productos originarios).
La limitación cuantitativa surge del hecho de que cada estado mantiene su política comercial frente a terceros países, de modo que las mercaderías originarias de éstos podrían motivar desviaciones comerciales al ingresar a la zona por el estado gravado más bajo para su reenvío a los demás. Para el control respectivo, las partes deben definir qué consideran producto originario y luego concertar un mecanismo de certificados de origen para su presentación en aduanas. El principal problema radica en la admisibilidad de insumos provenientes de terceros mercados, en los
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productos considerados como originarios de la zona. En general, se admite como máximo hasta el 50% de insumos designado con un extrazona.
La cláusula de la nación más favorecida rige dentro de la zona, de modo que cualquier ventaja, privilegio o favor vale para todos. Las excepciones deben ser consentidas.
Como institución del derecho público internacional, la zona se formaliza mediante tratados y protocolos que definen los derechos y obligaciones de las partes. Predominan los aspectos aduaneros y comerciales, aunque se norma también otros procesos económicos de interés común (capitales, personas, monedas, servicios, impuestos).
Unión aduanera.
El GATT define a la unión aduanera como la sustitución de dos o más territorios aduaneros por un solo territorio aduanero, de manera que:
1. Los derechos de aduana y demás reglamentaciones comerciales restrictivas sean eliminadas con respecto a lo esencial de los intercambios comerciales de los productos originarios de dichos territorios. 28
2. Cada uno de los miembros de la unión aplique al comercio con los territorios que no están comprendidos en ella, iguales derechos de aduana y demás reglamentaciones del comercio.
La unión aduanera, simple y llana, difícilmente puede darse en la realidad y permanecer.
Si establecemos libertad de comercio sin barreras arancelarias ni cuantitativas dentro de la Unión, inmediatamente aparecen problemas derivados de la existencia de diferentes sistemas monetarios, fiscales, de transporte, etc. quiere decir que, cuando la unión aduanera se consolida efectivamente, desemboca en la unión económica.
La unión aduanera y la unión económica son la máxima expresión de integración de dos o más economías nacionales. Suponen la construcción de un arancel aduanero común frente a terceros países.
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Comunidad económica.
El grado de integración económica difiere, según las intenciones de las partes y los instrumentos elegidos.
Las preferencias comerciales no requieren administración especial. La zona de libre comercio reclama, en cambio, una asociación de voluntades de efecto dinámico (su etapa de transición supone la negociación permanente), por lo que las partes constituyen una asociación intergubernamental.
En la asociación, los órganos de administración carecen de capacidad propia de decisión y ésta prevalece por la unanimidad. Salvo aspectos convenidos de procedimientos, no se reconocen órganos supranacionales con jurisdicción propias.
La comunidad económica es una forma más estrecha de integración, instituye organismos (no mecanismos) comunitarios, que representan los intereses generales y no los nacionales. Los órganos comunitarios tienen facultades normativas y competencias propias, con poderes directivos de ejecución de sus propias decisiones.
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En su última etapa, la comunidad económica tiende a nuevas formas estatales, de carácter confederativo.
Mercado común.
En su contenido económico, el mercado común es la unificación de dos o más mercados. Puede aplicarse a un producto determinado, cuando circula libremente en varios territorios aduaneros. No obstante, la aplicación general del término se refiere a la unificación de dos o más espacios económicos soberanos en uno solo. Supone previamente la unión aduanera, y avanza sobre ésta al englobar también la eliminación de restricciones a los movimientos de los factores productivos.
Más allá del mercado común, se entiende que la unión económica es la etapa más avanzada de la integración económica, que requiere la armonización de las políticas fiscales, sociales, económicas, monetarias y anticíclicas. La última etapa consiste en la unificación política confederativa o unitaria.
Zona económica europea.
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La unión europea, bajo la forma de una confederación o federación, arranca doctrinariamente de las formulaciones esencialmente políticas, sin propiciar la unión económica como base previa.
Sólo después de la segunda guerra mundial se plasmaron iniciativas concretas a favor de la unidad. En 1948, se formó el primer intento concreto de integración económica entre Bélgica, Holanda y Luxemburgo (BENELUX).
Otro intento integrador, limitado al sector del carbón y el acero, fue la constitución en 1950 de la Comunidad Europea del Carbón y el Acero (CECA), constituida por Francia, Alemania, Italia y el Benelux.
La CECA se considera antecedente directo de la Comunidad Económica Europea.
Organización europea de cooperación (OECE).
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En 1947 fue lanzado el Plan Marshall y los países de Europa Occidental. Estados Unidos y Canadá constituyeron en 1948 la Organización Europea de Cooperación Económica (OECE). La ayuda financiera estadounidense se canalizó en forma bilateral entre Estados Unidos y cada país, pero la cooperación monetaria y comercial transcurrió en el marco multilateral de la OECE. La Unión Soviética rechazó el plan y obligó a sus satélites a obrar de igual manera.
El método de liberar el comercio de trabas, manteniendo los aranceles vigentes, equivalía al restablecimiento del tratamiento no discriminatorio entre los países europeos, pero al mismo tiempo establecía una discriminación frente a los países no europeos, en especial los Estados Unidos y otros países de moneda libremente convertibles. La Argentina se asoció informalmente al sistema comercial de la OECE mediante los acuerdos del Club de París.
El ejercicio de la negociación en la OECE sirvió de antecedente para la gestación de los dos movimientos europeos de integración económica que siguieron.
La OECE en 1960 se transforma en la Organización Económica de Cooperación y Desarrollo (OECD), ya no limitada a la reconstrucción del comercio y los pagos europeos, sino a servir de
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mecanismo de consulta y centro de estudios de problemas de cooperación económica.
Unión europea (ex Comunidad Económica Europea).
El lanzamiento del Plan Schuman, en 1950, se inicia mediante la proposición de la entonces Alemania Federal y el resto de los países que lo desearen, de crear las condiciones para una paz durable y promover el desarrollo económico y estratégico.
Los principios comunitarios eran:
•
Igualdad entre los estados miembros.
•
Superioridad de las instituciones.
•
Independencia de los órganos comunitarios.
•
Colaboración entre las instituciones.
En 1951, se reúnen en la mesa de negociaciones Bélgica, Holanda, Luxemburgo. Italia, Francia y Alemania, refrendando el acuerdo que instituye la Comunidad Económica del carbón y el Acero (CECA). 34
Se firma el tratado de Roma que da origen a la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de Energía Atómica (EURATOM), ambas con sede central en Bruselas, Bélgica.
A partir de ese momento, se inicia la puesta en marcha de políticas comerciales y regionales conjuntas, así como en materia de educación, investigación, protección al medio ambiente, relación con países del tercer mundo.
Posteriormente, se integran a la CEE Irlanda, Dinamarca y Reino Unido. En 1978, se integra Grecia.
En 1979 se logra poner en funcionamiento el Sistema Monetario Europeo, constituyendo el ECU, la unidad de cuenta simbólica del sistema, compuesto por una canasta de monedas nacionales.
En 1986, se produce el ingreso de España y Portugal a la CEE. Los doce países miembros se comprometieron a desarrollar un mercado común para el 1 de enero de 1993.
Tras la crisis de agosto de 1993 en el sistema monetario alemán, pilar de la estructura europea, se produce el derrumbe del SME. 35
En materia de instituciones, se han creado organismos comunes para el diálogo y la toma de decisiones. Surgen así el Consejo de Ministros, el Parlamento Europeo, la Corte de Justicia, el Comité Económico y Social, el Tribunal Europeo de Cuentas y la Comisión Europea. La característica propia de estos organismos es la supranacionalidad.
Los
estados,
las
empresas
nacionales,
multinacionales o los ciudadanos particulares de cada estado miembro pueden ser acusados ante la Corte o ante sus propios órganos jurisdiccionales.
La CEE constituye el proceso de integración que más avanzó en la implementación de la total libertad de circulación de mercaderías, mano de obra, capitales y servicios y en la armonización de políticas en general.
En el aspecto de política regional, cada uno de los estados posee características propias de desarrollo con algunas regiones más prósperas y otras desfavorecidas. Las disparidades internas responden a una brecha de desarrollo de 1 a 6, entre la región más rica y la más pobre. A partir de 1988, las acciones de solidaridad interregional se han intensificado. El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) creado en 1975 contribuye a la puesta en marcha de planes estructurales en las regiones rurales, la creación de fuentes de trabajo en zonas de menor desarrollo relativo y el otorgamiento de respaldo económico concreto. 36
La
Política
Agropecuaria
Comunitaria
(PAC)
tiende
al
establecimiento de un mercado agrícola también común, sometidos a las mismas reglas. Esta política agrícola tuvo desde sus orígenes un marcado sentido proteccionista y de estímulo a la producción agropecuaria de la comunidad, con el objetivo de alcanzar al menos un 90% de autoabastecimiento.
Principios fundamentales de la PAC:
•
Preferencia
comunitaria
(preferencia
a
los
productos
provenientes de la Unión Europea), •
Unidad de mercado (constitución de un mercado agrícola común, en el que los productos puedan circular libremente),
•
Solidaridad financiera (financiamiento comunitario para la PAC).
Esta política perjudicó sistemáticamente a países agropecuarios eficientes como la Argentina.
La reforma de la PAC aprobada en 1992, regula la producción y precios agrícolas junto a subvenciones en determinados productos. Con el objetivo de contrarrestar las diferencias estructurales y aumentar la productividad en la agricultura, la Unión Europea 37
interviene mediante subsidios, préstamos accesibles, ayuda económica para la modernización de establecimientos, formación y capacitación de agricultores, mejora de la infraestructura rural, fortalecimiento de los canales de comercialización, etc. la Federación europea de Orientación Agrícola (FEOGA) brinda ayuda para implementar estas acciones.
En 1995 se incorporan a la Unión Europea Austria, Suecia y Noruega. En abril de ese mismo año, la Comisión Europea aprobó las directivas de un acuerdo marco interregional de cooperación comercial y económica con el Mercosur.
Zona europea de libre comercio.
Conocida bajo la sigla EFTA (European Free Trade Association) o española de AELC (Asociación Europea de Libre Comercio), configura otra forma de integración económica más atenuada y de objetivos más limitados que la CEE.
El punto de partida de la EFTA lo constituye el Tratado de Estocolmo, firmado entre el Reino Unido, Suecia, Noruega, 38
Dinamarca, Suiza y Austria. También se incorporaron Finlandia, Islandia y Liechtenstein.
La EFTA fue concebida como un refuerzo de negociación de los países integrantes, con la CEE.
No reconoce órganos supranacionales, mantiene apenas un secretariado en Estocolmo para las tareas de coordinación y la presentación de los estudios.
La liberación comercial vale para los productos originarios.
La EFTA no tienen organismos financieros específicos, ni cuenta con recursos fiscales propios.
Otros procesos de integración.
39
COMECON.
El Consejo para la Ayuda Económica Mutua (COMECON) de los países de la órbita soviética, creado en 1949 como contrapartida política de la OECE y del Plan Marshall, no constituye propiamente un proceso de integración económica, pues le faltan los requisitos fundamentales de la economía de mercado. Estaba integrado por la Unión
Soviética,
Bulgaria,
Checoslovaquia,
la
República
Democrática Alemana, Hungría, Polonia y Rumania (Albania se retiró, China, Corea del Norte Vietnam del Norte sólo participarán como observadores). Actualmente se ha disuelto.
Mercado Común Árabe.
Bajo la forma de un "Acuerdo de la Unidad Económica", suscripto en 1957, pero que entró en vigencia en 1964, Arabia Saudita, Jordania, Irak, Kuwait, Líbano, Libia, Marruecos, la República Árabe Unida (Egipto), Siria, Sudán y Túnez, constituyeron el Mercado Común Árabe. El tratado manifiesta como objetivo la unidad económica integral, con libertad absoluta de circulación de personas, capitales, bienes y servicios, pleno ejercicio del derecho 40
de establecimiento y goce de todos los derechos civiles. A ese efecto, se establece la unión aduanera, se unifican las normas jurídicas y se negocia en forma colectiva frente a terceros estados. El Mercado Común Árabe ha tenido pocos resultados.
Unión Económica y Aduanera de África Central.
El tratado fue suscripto en 1964 por Camerún, Congo, Gabón, Chad y la República Centro Africana. Sus órganos son el Consejo de Jefes de Estado, el Comité de Administración y la Secretaría General. Sus objetivos son análogos a los del Mercado Común Árabe.
La integración regional latinoamericana.
Cada república latinoamericana se formó con sus propias luchas políticas y evolucionó según sus designios nacionales, sin perjuicio de sus relaciones más o menos estrechas con las repúblicas limítrofes. Sólo en Centroamérica hubo unidad política federativa hasta 1838 y se mantuvieron los anhelos de reconstituirla, lo que parece razonable en virtud de la contigüidad y la dimensión reducida de los 5 estados centroamericanos.
41
En el campo comercial, se registran intentos recurrentes para estrechar lazos entre vecinos, aunque eses políticas eran de gravitación
secundaria
frente
a
los
principales problemas
comerciales con Europa y Estados Unidos.
Sólo cuando cambian las condiciones económicas y políticas mundiales, América Latina se encamina lentamente hacia formas más estrechas de cooperación comercial.
La gran depresión de 1930 marca el comienzo de las actitudes y las primeras tentativas de mayores acercamientos comerciales. Aparecen las primeras preferencias de raigambre cambiaria, y surgen algunas propuestas concretas para formalizarlas en acuerdos más amplios.
En la posguerra, en la Unión Panamericana se registraron propuestas aisladas, pero sólo la acción de la Comisión Económica para la América Latina (CEPAL), dependiente de la Organización de las Naciones Unidas, aporta iniciativas nuevas al campo del acercamiento comercial y, posteriormente, de la integración económica.
42
A partir de 1950, la CEPAL aporta su asistencia a los países centroamericanos. Poco más tarde, la Secretaría de la Regional se define como "el territorio comercial común que pueden abrir los acuerdos concluidos entre más de dos países a determinadas producciones de las partes contratantes, sin eliminar la posibilidad de adhesión inmediata o ulterior de los demás países de la zona". Se pensaba en un sistema de preferencias, limitado a ciertos países sudamericanos con el objetivo expreso de facilitar el proceso de industrialización. La Conferencia Económica de la Organización de Estados Americanos, en Buenos Aires (1957) recomendó la "conveniencia de establecer gradual y progresivamente, en forma multilateral y competitiva, un mercado regional latinoamericano". En esa conferencia aparece por primera vez la denominación de mercado común y su área de libre comercio.
En 1958, la CEPAL recomienda la conveniencia de un mercado común en dos etapas: primero una zona de libre comercio y más tarde una unión aduanera.
Al año siguiente, el mismo grupo propuso dividir los bienes en tres categorías, a los efectos de la liberación comercial:
1. Los bienes primarios: para los que, salvo algunas excepciones, se podrían llegar a eliminar totalmente los impuestos y otros gravámenes.
43
2. Los bienes de capital: los automotores, demás bienes duraderos, artículos intermedios y otros cuya demanda tienda a crecer intensamente o en los que exista amplio margen para la sustitución de las importaciones, para los cuales la meta será reducir los impuestos hasta el promedio más bajo posible. 3. Los bienes de consumo corriente: de demanda poco dinámica y producidos en casi todos los países, respecto de los cuales la reducción de impuestos sería más moderada.
A partir de entonces, la integración ya forma parte de un proceso político de los gobiernos en el mercado común Centroamericano y la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio.
Mercado Común Centroamericano (MCCA).
Reconoce como antecedente institucional a al República Federal de Centroamérica de 1824 a 1838, con un poder federal muy débil y una característica económica muy curiosa: el gobierno federal tenía la facultad de imponer una tarifa externa común.
44
En 1951, la CEPAL inició los estudios encaminados a la integración económica de la región. Se concertaron diversos acuerdos bilaterales sobre liberalización comercial, cooperación monetaria, de transporte y comunicaciones, de consulta, de cooperación tecnológica y la preparación de una nomenclatura aduanera uniforme conocida bajo la sigla NAUCA.
A partir de 1958, los acuerdos bilaterales se transformaron en multilaterales.
En 1960, Guatemala, El salvador y Honduras firman el tratado de Asociación Económica, con la posterior adhesión de Nicaragua y costa Rica. Su objetivo era el establecimiento de un nuevo mercado común en un plazo de 5 años. Las partes se comprometen a perfeccionar una zona centroamericana de libre comercio y adoptar un arancel uniforme.
Según estos compromisos, el mercado común se superpone a la zona de libre comercio y solo como segunda etapa aparece la unión aduanera.
Por el Convenio de Equiparación de Gravámenes de Importación, se tiende a la igualdad arancelaria y el arancel único con una sola
45
terminología aduanera conforme al Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA).
Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (ALALC). El proceso de integración económica de América Latina se inicia formalmente con la firma del tratado de Montevideo de 1960, que constituye la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio y reconoce como antecedentes las políticas preferenciales de Argentina y Brasil, Chile, Uruguay, Bolivia, Paraguay y Perú, a partir de la crisis de 1930.
Fue firmado por Argentina, Brasil, Chile, México, Paraguay, Perú y Uruguay. En 1961 se adhieren Colombia y Ecuador y en 1967, Bolivia y Venezuela.
El objetivo era crear un mercado común latinoamericano, partiendo de una zona de libre comercio y determinando un tratamiento diferencial para los distintos grupos de países según el desarrollo económico relativo. Se distinguen tres categorías:
46
1. Los más avanzados: Argentina, Brasil y México. 2. Países de desarrollo intermedio: Chile, Colombia, Perú, Uruguay y Venezuela. 3. Países de menor desarrollo relativo: Bolivia, Ecuador y Paraguay.
Asociación latinoamericana de Integración (ALADI). Lamentablemente, y debido a factores esencialmente de política interna de los países signatarios, especialmente por la situación institucional de Uruguay y Argentina, el tratado que implementaba la ALALC estuvo condenado desde sus comienzos.
En la última etapa del proceso militar argentino, se quiso revitalizar el acuerdo, consiguiendo que en 1980 se efectuara su renovación, bajo
la
denominación
de
Asociación
Latinoamericana
de
Integración.
Objetivos de ALADI:
47
•
Proseguir el proceso de integración armónica y equilibrada de la región, teniendo como objetivo a largo plazo el establecimiento de un Mercado Común Latinoamericano.
•
La promoción y regulación del comercio recíproco, la complementación económica y el desarrollo de las acciones de cooperación económica que coadyuven a la ampliación de los mercados.
Principios:
1. Pluralismo: sustentado en la voluntad de los países miembros. 2. Convergencia: se traduce en la multilateralización progresiva de los acuerdos de alcance parcial. 3. Flexibilidad: capacidad para permitir la concertación de acuerdos de alcance parcial. 4. Tratamientos diferenciales: establecidos sobre la base de tres categorías de países. 5. Múltiples: para posibilitar distintas formas de concertación, en armonía con los principios y funciones del proceso de integración, utilizando todos los instrumentos que sean capaces de dinamizar y ampliar los mercados a nivel regional.
Mecanismos:
48
Los países miembros establecieron un área de preferencias económicas compuesta por: •
Preferencia arancelaria regional (PAR): se aplicará con referencia al nivel que rija para terceros países y se sujetará a la reglamentación correspondiente.
•
Acuerdos de alcance regional (AAR): son aquellos en los que participan todos los países miembros.
•
Acuerdos de alcance parcial (AAP): no participa la totalidad de los países miembros. Los derechos y obligaciones que se establezcan en los acuerdos regirán exclusivamente para los países que los suscriban, y podrán ser comerciales, de complementación económica, agropecuarios, de promoción del comercio, etc.
Disposiciones generales:
Las ventajas favores, franquicias, inmunidades y privilegios que los países miembros apliquen a productos originarios o destinados a cualquier otro país miembro o no, por decisiones o acuerdos que no estén previstos en el presente tratado o en el Acuerdo de Cartagena, serán inmediata e incondicionalmente extendidos a los restantes países miembros.
Pacto Andino.
49
Esta integración subregional tenía una forma independiente dentro de la ALALC. Desde la creación de este grupo, las negociaciones de productos para obtener determinadas franquicias en las respectivas Listas Nacionales tropezaron con muchas dificultades.
Al poco tiempo de creada la zona de libre comercio, varios países observaron que Argentina y México obtenían mayores ventajas, en razón de contar con una infraestructura de producción de mayor grado.
El mismo Tratado de Montevideo admitió inicialmente que Bolivia, Ecuador, Paraguay y Uruguay tuviesen una categoría de menores obligaciones. A éstos se agregó posteriormente otra categoría de "mercado insuficiente" en la que se enrolaron Venezuela, Perú, Colombia y Chile.
Argentina, Brasil y México concedieron desgravaciones en sus Listas Nacionales, sobre todo con un sentido político de integración.
Estas "quejas" manejadas también con un sentido político por las naciones disconformes, iniciaron un movimiento interno tendiente a lograr una integración más rápida en sus países, propiciando una disminución automática de las barreras aduaneras internas, así como la aplicación de un arancel externo común contra las otras 50
naciones "fuera de zona". Esta posición se contraponía con los principios del Tratado de Montevideo, y es así como nace el PACTO ANDINO, en el que las naciones signatarias aplicarían sus propios principios. La creación del nuevo grupo, creó el problema del menor interés por negocios productivos dentro del marco de ALALC, reservándose entre ellos sus preferencias. La situación política, así como la impresionante deuda externa que cada uno arrastraba, unido a la renuncia de Chile al pacto, hace que el intercambio se realice a través de acuerdos bilaterales dentro del marco, pero sin metas previas que hagan a una verdadera integración regional.
El Pacto Andino, ALALC, y ALADI, constituyen los más importantes antecedentes del MERCOSUR.
SISTEMA
DE
PREFERENCIAS
ARANCELARIAS
GENERALIZADAS (SPG).
Las Preferencias Arancelarias Generalizadas son la reducción de todo o parte de la percepción de derechos aduaneros de ciertas 51
cantidades de productos provenientes de países en vías de desarrollo.
Preferencia, porque a estos productos se los beneficia con una
ventaja,
sobre
iguales
productos
provenientes
de
países
industrializados. Generalizadas, porque se conceden a todos los países en vías de
desarrollo, por la mayor parte de los países desarrollados.
Estas preferencias son no recíprocas, es decir, los países beneficiados no deben otorgar reducciones equivalentes de sus derechos aduaneros. Antecedentes:
Se originaron en la Segunda Conferencia de las Naciones sobre el Comercio y Desarrollo (UNCTAD) realizada en Nueva Delhi en 1968. Allí se fijaron como objetivos el aumentar los ingresos por exportaciones de los países en desarrollo, favorecer
su
industrialización y acelerar el ritmo de crecimiento económico de los mismos.
Lineamientos:
52
1. Las preferencias son una acción unilateral no negociada con los países beneficiados. 2. Tienen carácter temporal. 3. El esquema de preferencias contiene mecanismos de "salvaguardia", de forma tal que permita a los países cedentes, controlar los intercambios que las nuevas ventajas arancelarias puedan producir. 4. Los nuevos derechos de aduana pueden ser restablecidos, sin derecho a indemnización de ninguna naturaleza ni nueva concesión exigible por los países beneficiados.
El SGP y la Comunidad Económica Europea.
Presenta un régimen diferenciado, según se trate de productos agrícolas, textiles o industriales.
•
Si los productos que se desean exportar son agrícolas, habrá que cerciorarse que el producto está incluido en el esquema, buscando cuál es el margen general preferencial de que se beneficia. Ese marco referencial, varía desde una reducción en el derecho de aduana, hasta una franquicia total. Los productos se admiten sin ningún límite de volumen, salvo cinco (piñas en rodajas, las demás conservas de piñas, café soluble, tabaco bruto tipo Virginia "no fabricado", y los demás tabacos), los que tienen una limitación estricta en toneladas.
53
•
Si los productos que se desean exportar son textiles, hay que distinguir:
•
Productos textiles AMF: para productos incluidos en la lista del AMF (Acuerdo del Comercio Internacional de Textiles) hay que tomar en consideración que el beneficio del SPG se reserva a los países y territorios en vías de desarrollo que firmaron el AMF. Estos países tienen franquicia total dentro del límite de cupos individuales. El establecimiento de cupos implica el restablecimiento de los derechos de aduana una vez cubierta esa cuota.
•
Los demás productos textiles: los productos textiles que no están cubiertos por el AMF siguen un régimen similar a los demás productos textiles:
•
Países considerados competitivos: las preferencias se administran dentro de un límite máximo individual, dividido a su vez en cuotas anuales.
•
Para los otros países beneficiarios: la Comunidad administra las preferencias bajo un límite máximo que no se distribuye entre los países miembros de la Comunidad (cualquier país 54
miembro puede importar la cantidad que desea, dando cuenta a la Comunidad, la que autoriza hasta ese límite máximo. Cubierto el límite máximo, se restablece el derecho aduanero automáticamente.
•
Si los productos que se desean exportar son industriales, se determina una franquicia total de derechos aduaneros, dentro de los límites de ciertos montos y volúmenes expresados en ECUS o en toneladas.
Para los productos industriales, la Comunidad adoptó el principio de la individualización de los montos preferenciales. A cada beneficiario se le garantiza una cantidad específica. Esto pretendía ser una salvaguardia, porque: 1. Los países más avanzados utilizaban las ventajas acordadas por el esquema en detrimento de los países menos desarrollados. 2. Ciertos países en vías de desarrollo beneficiados por el esquema se desarrollaron rápidamente en los sectores beneficiados,
transformándose
sus
exportaciones
más
competitivas poniendo en dificultad a sectores de la producción comunitaria.
55
Así, la comunidad dividió en dos categorías los productos industriales:
•
Productos sensibles, estrictamente controlados. Dentro de éstos, se consideran:
•
Productos
preferenciados
provenientes
de
países
considerados competitivos, administrándose en forma de contingente individual, divididos en cuotas para cada estado miembro de la Comunidad. Para los otros beneficiados que no se consideren competitivos, se administran las importaciones por la Comunidad bajo un límite máximo (no contingente) que no se distribuye entre los estados miembros.
•
Productos sensibles, que se administran con límites máximos individuales. Se ofrece al país beneficiado la certeza de disponer de las posibilidades preferenciales.
•
Productos no sensibles. Para estos productos, el derecho aduanero puede ser restablecido, en el caso de que el crecimiento de las importaciones de la Comunidad les acarree dificultades económicas.
Reglas de origen.
56
El beneficio del Sistema General de Preferencias, se reserva a las mercaderías originarias de un país en vías de desarrollo. Un producto se considera originario de una nación cuando ha sido elaborado enteramente en ese país.
En el caso de que un producto no haya sido elaborado totalmente en ese país, es posible aplicar el SGP, siempre que su elaboración o transformación sea suficiente para que el producto final pueda obtener el carácter de originario.
La noción de elaboración o transformación se aplica a los complementos de mano de obra.
Reglas de transporte.
Se prevé que el transporte sea directo desde el país exportador hasta el país de destino. Pero, a veces, por razones geográficas o relativas al transporte mismo, es necesario tomar otros caminos. 57
Además, las mercaderías pueden quedar en depósito en un país intermediario cuando esto resulte de necesidades propias del transporte.
MERCOSUR (MERCADO COMÚN DEL SUR).
La Ley 23891 aprueba la constitución de un Mercado Común entre la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República de Paraguay y la República Oriental del Uruguay, suscripto en Asunción (Paraguay) el 26 de mayo de 1991, denominándose MERCOSUR.
El objetivo es lograr la integración entre estos estados para lograr el desarrollo económico, para lo cual se deberán aprovechar los recursos disponibles, la preservación del medio ambiente, mejoramiento de las interconexiones físicas, la coordinación de las políticas macroeconómicas y la complementación de los diferentes sectores de la economía, con base en los principios de gradualidad, flexibilidad y equilibrio, a través de una ampliación de la demanda (de los mercados internos).
58
Propósitos e instrumentos.
La constitución del MERCOSUR implica:
•
La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países.
•
Eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación y de cualquier otra medida equivalente.
•
El establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común con relación a terceros estados o agrupaciones de estados.
•
La coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales de: comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetaria, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanas, de transporte y comunicaciones, y otras que se acuerden.
Los principales instrumentos para la constitución del MERCOSUR durante la etapa de transición serán:
•
•
Un programa de liberación comercial. La coordinación de políticas macroeconómicas en forma gradual y convergente con los programas de desgravación arancelaria y eliminación de restricciones no arancelarias. 59
•
•
Un arancel externo común. La adopción de acuerdos sectoriales a efectos de optimizar la utilización y movilidad de los factores de producción.
En materia de impuestos, tasas y otros gravámenes internos, los productos originarios del territorio de un estado gozarán en los otros estados, el mismo tratamiento que se aplique al producto nacional.
Estructura orgánica.
Durante el período de transición, la administración y ejecución del Tratado y los acuerdos específicos y decisiones que se adopten en el marco jurídico, están a cargo de los siguientes órganos:
1. Consejo del Mercado Común. Le corresponde la conducción política y la toma de decisiones para asegurar el cumplimiento de los objetivos y plazos establecidos para la constitución definitiva del Mercado Común. Está integrado por los ministros de Relaciones Exteriores y los ministros de Economía de los estados parte. 2. Grupo Mercado Común. Es el órgano ejecutivo del Mercado Común y será coordinado por los ministerios de Relaciones Exteriores. Constituirán los subgrupos de trabajo, que inicialmente son 8. Estará intgrado por cuatro miembros 60
titulares y cuatro miembros alternos por país, que representen a: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Economía y Banco Central. Contará con una Secretaría Administrativa con sede en Montevideo. Los idiomas oficiales del MERCOSUR son el español y el portugués.
¿De quién es la OMC?
Dirigen la OMC los gobiernos miembros. Todas las decisiones importantes son adoptadas por la totalidad de los miembros, ya sea por sus Ministros (que se reúnen cada dos años) o por sus 61
funcionarios (que se reúnen regularmente en Ginebra). Las decisiones se adoptan normalmente por consenso.
A este respecto, la OMC no es como otras organizaciones internacionales, por ejemplo el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. En la OMC no se delega la autoridad en una junta de directores; la Administración no ejerce influencia alguna en las políticas de los distintos países (aunque se formulen algunas observaciones analíticas en ocasión de los exámenes de las políticas comerciales que se efectúan regularmente). Cuando las disposiciones de la OMC imponen disciplinas sobre las políticas de los países, es como resultado de negociaciones celebradas entre los miembros
de la
Organización. Las
disposiciones las aplican los propios miembros, con arreglo a procedimientos convenidos que ellos mismos negocian. A veces, la aplicación de las disposiciones incluye la amenaza de sanciones comerciales, pero esas sanciones las imponen los países miembros, no la Organización. Es completamente diferente de lo que ocurre en otros organismos, que pueden, por ejemplo, negar el crédito a un país. La adopción de decisiones por consenso entre 140 o más miembros puede resultar difícil. Su principal ventaja es que las decisiones adoptadas de esta manera son más aceptables para todos los miembros. A pesar de la dificultad apuntada, se han logrado algunos acuerdos notables. No obstante, de vez en cuando se oyen propuestas de creación de órganos ejecutivos más pequeños: tal vez, por ejemplo, una junta de directores en la que cada uno de 62
ellos represente a diferentes grupos de países. Por ahora, sin embargo, la OMC es una organización dirigida por sus miembros y basada en el consenso.
Máxima autoridad: la Conferencia Ministerial volver al principio
Así pues, la OMC pertenece a sus miembros. Los países adoptan sus decisiones por conducto de diversos consejos y comités en los que participan todos los miembros de la OMC. El órgano más importante es la Conferencia Ministerial, que debe reunirse por lo menos cada dos años. (Los Ministros se reunieron por primera vez en Singapur en diciembre de 1996 y se reunirán de nuevo en Suiza en 1998.) La Conferencia Ministerial puede adoptar decisiones sobre todas las cuestiones que surjan en el marco de cualquiera de los acuerdos comerciales multilaterales.
Segundo nivel: el Consejo General bajo tres formas volver al
principio Entre las conferencias ministeriales, la labor cotidiana está a cargo de tres órganos: el el
Órgano
Consejo de
Solución
General de
Diferencias
el Órgano de Examen de las Políticas Comerciales 63
En realidad, son los tres el mismo: en el Acuerdo por el que se establece la OMC se dice que todos ellos son el Consejo General, aunque cuando se reúnen tienen diferentes mandatos. También en este caso están integrados por todos los miembros de la OMC. Deben rendir informe a la Conferencia Ministerial. El Consejo General actúa en representación de la Conferencia Ministerial en todos los asuntos de la OMC. Se reúne como Órgano de Solución de Diferencias y Órgano de Examen de las Políticas Comerciales para supervisar el procedimiento de solución de diferencias entre los miembros y para analizar las políticas comerciales de los miembros, respectivamente.
Tercer nivel: consejos para cada amplia esfera de comercio, y otros órganos volver al principio
Otros tres consejos -cada uno de los cuales se ocupa de una amplia esfera de comercio- rinden informe al Consejo General: el el
Consejo Consejo
del del
Comercio Comercio
de de
Mercancías Servicios
el Consejo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Consejo de los ADPIC) Como sus nombres indican, estos tres consejos son responsables del funcionamiento de los Acuerdos de la OMC que tratan de sus esferas de comercio respectivas. También en este caso están integrados por todos los miembros de la OMC. Los tres tienen también órganos auxiliares (véase infra).
64
Hay otros seis órganos que rinden informe al Consejo General. Su ámbito de competencia es más pequeño: de ahí que sean "comités". Pero están asimismo integrados por todos los miembros de la OMC. Abarcan distintas cuestiones: comercio y desarrollo, medio ambiente, acuerdos comerciales regionales, y cuestiones administrativas. En la Conferencia Ministerial de Singapur, celebrada en diciembre de 1996, se decidió crear nuevos grupos de trabajo para que examinaran las siguientes cuestiones: inversión y política de competencia, transparencia de la contratación pública y facilitación del comercio. También informan regularmente al Consejo General de sus actividades otros cuatro órganos auxiliares que se ocupan de los acuerdos plurilaterales (que no están firmados por todos los miembros de la OMC).
Cuarto nivel: hasta el quid de la cuestión volver al principio
Cada uno de los consejos de nivel superior tiene órganos auxiliares. El Consejo del Comercio de Mercancías tiene 11 comités que se ocupan de temas específicos (agricultura, acceso a los mercados, subvenciones, medidas antidumping, etc.). También en este caso están integrados por todos los países miembros. Rinden también informe al Consejo del Comercio de Mercancías el Órgano de Supervisión de los Textiles, que consta de un presidente y 10 miembros que actúan a título personal, y los grupos que se ocupan de las notificaciones (los gobiernos informan a la OMC de 65
las políticas o medidas que aplican o se proponen aplicar) y de las empresas comerciales del Estado. En cuanto al Consejo del Comercio de Servicios , sus órganos auxiliares han sufrido algunos cambios. La conclusión de las negociaciones sobre telecomunicaciones básicas en febrero de 1997 significó el fin del grupo de negociación, por lo menos hasta que se inicie en el año 2000 la nueva serie de negociaciones sobre servicios. Lo mismo podría ocurrirle al grupo de negociación sobre los servicios financieros más avanzado el año 1997. En teoría, el grupo de negociación sobre los servicios marítimos existe aún, pero, al haberse suspendido las conversaciones hasta el año 2000, no es probable que tenga actividad. Hay también otros órganos auxiliares que se ocupan de los servicios profesionales, de las normas del AGCS y de los compromisos específicos. Al nivel del Consejo General, el Órgano de Solución de Diferencias tiene también dos auxiliares: los "grupos especiales" de
solución de diferencias, compuestos de expertos y establecidos para emitir un dictamen sobre diferencias sin resolver, y el Órgano de Apelación, que se ocupa de las apelaciones. Reuniones informales (de jefes de delegación, sobre cuestiones concretas, etc.): un importante mecanismo de acción volver al
principio Cabría decir que los progresos importantes raras veces se hacen en las reuniones formales de esos órganos y menos aún en las de los consejos de nivel superior. Al tomarse habitualmente las decisiones por consenso y sin votación, las consultas informales
66
dentro de la OMC -e incluso fuera- desempeñan un papel de vital importancia en el proceso necesario para que una gran diversidad de miembros se pongan de acuerdo. Así pues, aparte de las reuniones formales, se celebran otras informales. En algunas de ellas participan igualmente todos los miembros, por ejemplo las de los jefes de delegación. Algunas cuestiones de especial dificultad han de debatirse en grupos más pequeños. Durante gran parte de la Ronda Uruguay se estableció un sistema de reuniones denominadas "de la Sala Verde" en las que participaban quizás no menos de 40 países con especial interés en la cuestión concreta objeto de debate. En algunas ocasiones la única manera de salir de una situación de estancamiento es que mantenga deliberaciones un pequeño grupo de dos, tres o cuatro países, a veces en reuniones organizadas por ellos mismos en sus propios países. En las negociaciones sobre acceso a los mercados, en las que el resultado final es un conjunto multilateral de compromisos de distintos países, son necesarias muchas reuniones bilaterales informales de negociación para llegar a esos compromisos. (Cabe citar como ejemplos las tradicionales negociaciones arancelarias y las conversaciones recientemente concluidas sobre telecomunicaciones básicas en la esfera de los servicios y sobre productos de tecnología de la información.) Hasta la fecha, la celebración de consultas informales en diversas formas ha desempeñado un papel de vital importancia en el logro de consenso, aunque nunca hayan aparecido esas consultas en los organigramas. Ahora bien, no constituyen un elemento separado de las reuniones formales; son necesarias para adoptar las
67
decisiones formales en los consejos y comités. Tampoco quiere decir que las reuniones formales carezcan de importancia; constituyen el foro para intercambiar opiniones, dejar constancia de las posiciones de los países y, en última instancia, confirmar las decisiones. El arte de lograr un acuerdo entre todos los miembros de la OMC consiste en establecer un equilibrio apropiado, de manera que los progresos conseguidos entre sólo unos cuantos países puedan ser aceptables para el resto de los miembros.
Organigrama de la OMC Estructura de la OMC: todos los Miembros de la OMC pueden
participar en todos los consejos, comités, etc., excepto en el Órgano de Apelación, los grupos especiales de solución de diferencias, el Órgano de Supervisión de los Textiles y los comités de los Acuerdos plurilaterales
68
Explicación
Rinden informe al Consejo General (o a un órgano subsidiario) Rinden informe al Órgano de Solución de Diferencias Los comités de los Acuerdos plurilaterales rinden informe de sus actividades al Consejo General, aunque no todos los Miembros de la
OMC
han
firmado
estos
acuerdos
Este Comité rinde informe de sus actividades al Consejo del Comercio de Mercancías, aunque no participan en él todos los Miem Mi embr bros os de la OM OMC C Co Comit mitéé de Ne Nego goci ciac acion iones es Co Come merc rcia iale lesE sEll Consejo General se reúne también en su calidad de Órgano de Exam Ex amen en de la lass Po Polí lític ticas as Co Come merc rcia iale less y Ór Órga gano no de So Soluc lució iónn de Diferencias.
69
¿Qué
es
el
GATT
y
la
Ronda
Uruguay?
Desde hace varios años, y especialmente durante el último, son frecuentes en los medios de comunicación, especializados o no, las referencias a las negociaciones que se llevan a cabo en el marco de la Ronda Uruguay del GATT. Entre las más salientes -al menos las que han recibido mayor publicidad- y que nos interesan de manera particular, están las referidas a productos agrícolas. Los acuerdos a que se llegue se verán reflejados en la PAC (Política Agraria Comunitaria) y, en consecuencia, afectarán en mayor o menor medida, dependiendo del sector, al agro comunitario. Pero, ¿qué es el GATT?
El GATT 70
La sigla «GATT» refleja el nombre en inglés del «Acuerdo General sobre Aranceles de Aduanas y Comercio» (General Agreement on Tarife and Trade). Los antecedentes de este Acuerdo, así como su existencia, hay que buscarlos en las distintas políticas comerciales llevadas a cabo por los
diferentes
países.
La política librecambista -intercambios comerciales sin trabas- fue alentada por Inglaterra desde el primer tercio del siglo pasado, perm permititie iend ndo o a la indu indust stri ria a de este este país país alca alcanz nzar ar una una posi posici ción ón destacada. La cúspide del librecambio se produce en las décadas 1860 y '70, pero ya a partir de esta última, países europeos como Francia y Alemania aranceles),
adoptan con
medidas el
fin
proteccionistas de
proteger
(aplicación su
de
industria.
La polémica entre librecambio y proteccionismo continuó durante un período prolongado, y de la evolución de las relaciones económicas internacionales emergió, en el período comprendido entre ambas Guerras Mundiales, el bilateralismo como política predominante. Como consecuencia se produjo un entorpecimiento del comercio inte intern rnac acio iona nall debi debido do a la rigi rigide dezz que que conf confir irió ió tal tal sist sistem ema a a los los interc intercamb ambios ios económ económico icos. s. Estos Estos se rigier rigieron on por acuerd acuerdos os entre entre naciones que fijaban las cantidades de producto comercializable (contingentes) y los aranceles aplicados fueron más elevados. Paralelamente a esta evolución, gestada básicamente en Europa, Estados Unidos abogaba, ya desde el fin de la Primera Guerra Mundial, por la supresión de barreras económicas y el establecimiento de condiciones iguales para todas las naciones. La defensa de este tipo de política se fue acentuando con el tiempo,
71
aportando argumentos a favor el hecho que, según la interpretación de ese país, la Segunda Guerra Mundial fue provocada en parte por las medidas proteccionistas adoptadas por los países europeos. Con el ánimo de dar un giro a la política comercial, acabado el conflicto bélico, Estados Unidos convoca una reunión internacional. La «Conferencia Internacional de Comercio y Empleo» se desarrolla durante varios meses en Cuba y finaliza en marzo de 1948. Aunque los acuerdos finalmente propuestos, recogidos en la «Carta de La Habana», no llegaron a ser rubricados por los países participantes, el trabajo realizado en el marco de esta Conferencia fue la base que contribuyó a concretar, aún antes que acabara, el Acuerdo General sobre
Aranceles
de
Aduanas
y
Comercio
(GATT).
Ante el fracaso de la Carta de La Habana, este Acuerdo, firmado en octubre de 1947 por 23 países encabezados por Estados Unidos, continuó su andadura hasta el presente, regulando las relaciones comerciales entre las partes contratantes, cuyo número aumentó a lo
largo
del
tiempo.
Si bien el GATT, como su nombre indica, es un «acuerdo» (entre gobiernos) y no un organismo, para ejercer su función está dividido en varios órganos, entre los que se cuentan la Asamblea de las Partes Contratantes, el Consejo de Representantes y el Grupo Consultivo de los Dieciocho.
La Ronda Uruguay Las negociaciones del GATT se llevan a cabo durante períodos de trabajos denominados
conferencias arancelarias
o
rondas,
convocados cada un período variable de años. La primera de ellas se realizó en Ginebra, luego de la firma del GATT en 1947. Estas Conferencias han tenido una duración también variable -entre 72
meses a varios años-, dependiendo del grado de complejidad de las negociaciones
entre
las
partes
intervinientes.
Así, por ejemplo, la cuarta Conferencia, comenzó y acabó en en 1956. La quinta se realiza a los cuatro años y se prolonga entre 1960 y 1962. Pasados dos años se convocó la sexta, que se extendió
entre
1964
y
1967.
Algunas de estas conferencias acabaron siendo «bautizadas» con algún nombre que, si bien no oficial, las identifica plenamente. Tal es el caso de la quinta conferencia, conocida como Ronda Dillon, debido a D. Dillon, Secretario del Tesoro de Estados Unidos. Lo mism ismo ocur ocurre re con con la conf confe erenc renciia act actualm ualmen entte en curs curso, o, numéricamente la octava. Por su inicio en Punta del Este, pasó a conocerse como Ronda Uruguay, país donde se encuentra esta ciudad
turística.
Fue inaugurada en 1986 y se continuó con la Conferencia de Mont Montre real al (198 (1988) 8) prim primer ero o y más más adel adelan ante te en Gine Ginebr bra. a. En las las negociaciones participan, incluyendo los observadores, 105 países. La duración de esta Octava Conferencia se previó originalmente de cuatro años, debiendo haber sido clausurada en 1990. La dificultad en llegar a acuerdos hace que continúe todavía hoy y es la causa de
que
sea
noticia
frecuentemente.
Los aspectos que más han trascendido de estas discrepancias son los agríc rícolas, si bien no son los únicos sobre la mesa de negoci negociaci acione ones. s. Pero, Pero, induda indudable blemen mente, te, para para alguno algunoss sector sectores es de esta actividad, los acuerdos a que finalmente se llegue, pueden incidir de manera marcada en su desarrollo futuro. Cuando esto ocurra, una pronta y completa divulgación de sus consecuencias prácticas por parte de los organismos competentes del Gobierno, inte interl rloc ocut utor or espa españo ñoll en las las nego negoci ciac acio ione nes, s, ayud ayudará ará a que que los los 73
sectores implicados puedan planificar su futuro con un adecuado conocimiento
de
causa.
La información utilizada para elaborar este artículo proviene del trabajo de Pascual Moreno, «GATT: Quién, Cómo, Porqué», editado en el primer número de Agricultura Internacional (septiembre 1991, págs págs.. 56-6 56-60) 0).. Esta Esta revi revist sta a es publ public icad ada a por por el Labo Labora rato tori rio o de Agricultura Internacional de la Universidad Politécnica Politécnica de Valencia.
La Comunidad Económica Europea
Historia de la CEE: La Comunidad Europea nació el 9 de mayo de 1950 cuando el Minis Ministro tro franc francés és de Asunt Asuntos os Exteri Exteriore oress Rob Robert ert Schuma Schumann da los primeros pasos en la declaración que lleva su nombre para integrar las industrias del carbón y del acero de Europa Occidental. El 18 de abril de 1951 se firma en París el tratado por el que se constituye la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). El tratado fue firmado por los representantes de los seis países siguientes: Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y República Federal de Alemania.
74
El 25 de marzo de 1957, lo "seis" firmaron los Tratados de Roma, por los que se funda la Comunidad Económica Europea (CEE) que integra globalmente las economías de los países miembros y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM), para el fomento del desarrollo pacífico de la energía nuclear. En 1967, las tres Comunidades existentes (CEE, CECA y EURATOM) se funden en una sola COMUNIDAD EUROPEA. El 1 de enero de 1973 se produce la primera ampliación de la Comunidad Europea con la entrada en vigor de la adhesión del Reino Unido, la República de Irlanda y el Reino de Dinamarca .
El 1 de enero de 1981, se produce la segunda ampliación de la Comunidad Europea, con la adhesión de Grecia. Espa¤a ¤a y Portu Portuga gall ingr El 1 de enero de 1986, Espa ingres esan an en la
Comunidad Europea. En 1994 principio de acuerdo para la incorporación de Noruega, Suecia, Finlandia y Austria .
Finalidad de la CEE: El prop propós ósit itoo esen esenci cial al de los funda undado dorres fue cons conseg egui uirr una una integración política más amplia. Para iniciar esta integración los fundadores acordaron crear una economía o mercado común, único y de gran gran ext extens ensión ión con con obj objeto eto de susti ustitu tuir ir a las econ econom omía íass individuales de los Estados miembros. Este mercado cuenta con: •
•
•
Libertad de Comercio Libre circulación de personas Políticas Comunes
75
•
Otros sectores de Intervención
Libertad de Comercio: Todos los productos circularán libremente, sin pagar derechos arancelarios al cruzar las fronteras entre los Estados miembros. Esto permite crear un mayor mercado interno, artículos más baratos, mayor variedad de productos y un mejor nivel de vida para los ciudadanos de la Comunidad. Libre Circulación de personas: Todos los ciudadanos de la Comunidad Europea gozan paulatinamente del derecho a vivir y trabajar en cualquiera de los países miembros en las mismas condiciones que los ciudadanos nativos de esepaís. No hacen falta permisos de trabajo y no hay pérdida de los derechos de la Seguridad Social. Políticas comunes: Se han instaurado políticas comunes en varios sectores, especialmente: •
-Política agrícola común o PAC, que ha estabilizado los mercados agrícolas y permitido la modernización de la agricultura europea. Actualmente la PAC debe adaptarse a nuevas realidades, para las cuales está siendo revisada.
•
-Política social para unificar las condiciones de trabajo, los derechos sociales y hacer frente al aumento del paro.
•
-Política regional para asegurar un crecimiento armonioso de las regiones y sostener aquellas en dificultad.
•
-Política de transportes para facilitar el movimiento de personas y los intercambios de mercancías. 76
•
-Política de competencia, para garantizar la igualdad de trato entre las empresas comunitarias. Las ayudas de los estados no deben falsearel juego libre de la competencia.
•
-Política común de pesca "Europa Azul", nacida en enero de 1983, que permite una mejor gestión de los recursos comunitarios.
•
-Política comercial, suscribiendo numerosos acuerdo con terceros países industrializados o en vías de desarrollo.
Otros sectores de intervención: •
•
•
•
•
•
•
. Protección del medio ambiente . Lucha contra el paro . Siderurgia . Textiles . Astilleros . Investigación . Desarrollo de nuevas tecnologías
Las principales instituciones de la Comunidad Europea: •
•
•
•
El Consejo de Ministros La Comisión El Parlamento Europeo El Tribuanal de Justicia
El Arancel Externo Común 77
1 - ¿Qué es el Arancel Externo Común?
R. Es el sistema por el cual se clasifican e identifican todo el universo de mercancías. Cada una de estas mercancías identificadas tiene adjudicado un valor, expresado en porcentaje, llamado Arancel que es el impuesto que pagará cada mercancía al ingresar al Mercosur por cualquiera de sus Estados Partes. Los Aranceles se ubican entre el 0% y el 20%. Salvo las Excepciones previstas (ver por Excepciones). Está integrado por 21 secciones desarrolladas en 97 capítulos. Los capítulos se desarrollan en partidas y estas en item. Incluye asimismo, reglas generales para su interpretación que surgen del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías. 2 -¿Existen excepciones al Arancel Externo Común o ya se aplica en su totalidad?
R. En forma transitoria, los países del MERCOSUR tienen derecho a establecer excepciones a ese Arancel aplicando el propio. Es así que Argentina, Brasil y Uruguay pueden mantener hasta el 1ro. de enero de 2001 un número máximo de 300 item arancelarios de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, y en el caso de Paraguay ascienden a un máximo de 399 hasta el año 2006.
78
Hay plazo hasta el 30 de abril de 1995, para completar las listas de convergencia de bienes de capital y de excepciones al Arancel Externo Común. 3 -¿Son esas las únicas excepciones ?
R. No, ya que los bienes de capital (maquinarias) e informática y telecomunicaciones tienen un arancel externo común de 14% y 16%, respectivamente. Los países del MERCOSUR, partiendo de los aranceles nacionales, establecieron un mecanismo de convergencia hacia esos niveles, en forma lineal y automática. 4 -¿Ese procedimiento se aplica a todos los países?
R. Sí, pero en condiciones diferentes de plazo. En el caso de bienes de capital Argentina y Brasil deben converger al AEC el 1o. de enero de 2001 y Paraguay y Uruguay, el 1o. de enero de 2006. Tratándose de informática y telecomunicaciones, la convergencia, también lineal y automática, se alcanzará al 1o. de enero de 2006 para los cuatro países. 5 -¿Cuál es la ventaja de tener un arancel externo común?
R. El arancel externo común (en adelante AEC) es una condición necesaria para que el MERCOSUR pueda convertirse en un único territorio aduanero. Un territorio aduanero unificado hace posible la libre circulación de las mercaderías, facilitando enormemente los intercambios y permitiendo que se manifiesten las ventajas de la especialización utilizando lo mejor posible las potencialidades de cada empresa. 79
Esencialmente, el empleo del AEC posibilita obtener el mismo tipo de ventajas que dentro de un país se obtienen al no erigir barreras al comercio entre departamentos o provincias. El hecho mismo de que casi nunca los países optan por colocar estas barreras en el interior de su territorio, pone en evidencia las ventajas de tener un AEC, siempre que su nivel y estructura puedan servir equitativamente a los intereses de todos los países involucrados. 6-¿Por qué hasta ahora el arancel externo común casi no ha sido utilizado en la integración de América Latina?
R. El carácter común del arancel implica abandonar la potestad que cada país tenía individualmente de fijar las condiciones de su política comercial, y esa es una de las razones para que la utilización de un AEC no sea aún tan frecuente entre grupos de países. Otra razón es el temor a que el AEC que se elija tenga consecuencias negativas para alguno de los países aunque pueda servir a los propósitos de otros. 7 - ¿Qué otros grupos de países usan un arancel externo común?
EL AEC es una características de las uniones aduaneras (como lo fue el BENELUX - Bélgica, Holanda y Luxemburgo), los mercados comunes (como la Unión Europea) y las uniones económicas mas profundas (como la Unión Económica BelgoLuxemburguesa). En cambio, las zonas de libre comercio (como la Asociación Europea de Libre Comercio, el NAFTA 80
(USA, México y Canadá), etc.) no emplean un AEC y cada país miembro utiliza sus propios derechos de aduana en las importaciones desde los países no miembros del grupo.
Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), alianza para la defensa regional, creada a tenor del artículo 9 del Tratado del Atlántico Norte firmado el 4 de abril de 1949. Los primeros signatarios fueron Bélgica, Gran Bretaña, Canadá, Dinamarca, Francia, Islandia, Italia, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal y los Estados Unidos. Grecia y Turquía fueron admitidas en la alianza
81
en 1952, Alemania Occidental en 1955 y España en 1982. El propósito de la OTAN es preservar la estabilidad, el bienestar y la libertad de sus miembros mediante un sistema de seguridad colectiva. En 1990 la recién unificada Alemania reemplazó a Alemania Occidental como miembro de esta alianza.
Antecedentes En los años posteriores a la II Guerra Mundial (1939 -1945), muchos líderes occidentales vieron la política de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) como una amenaza a la estabilidad y la paz en Europa. El establecimiento por la fuerza de gobiernos
comunistas
en
Europa
Oriental,
las
demandas
territoriales de la URSS y su apoyo a la guerra de guerrillas en Grecia y al separatismo regional en Irán se interpretaron por muchos como los primeros pasos hacia una Tercera Guerra Mundial. Tales acontecimientos dieron lugar a la firma del Tratado de Dunquerque en 1947 entre Gran Bretaña y Francia, con el compromiso de una defensa común frente a la agresión. Acontecimientos posteriores, entre los que se cuentan el rechazo por parte de las naciones de Europa Oriental al Programa para la Reconstrucción Europea (Plan Marshall) y la creación en 1947 del Cominform, una organización comunista europea, condujeron al Tratado de Bruselas, firmado por la mayoría de los países de la Europa Occidental en 1948. Entre los objetivos de ese pacto figuraba la defensa colectiva de sus miembros. El bloqueo de Berlín iniciado en marzo de 1948 llevó a unas negociaciones entre Europa Occidental, Canadá y Estados Unidos cuyo resultado fue el Tratado del Atlántico Norte.
82
Disposiciones del Tratado El tratado consiste en un preámbulo y 14 artículos. El preámbulo plantea su propósito: promover los valores comunes de sus miembros y "unir sus esfuerzos para la defensa colectiva". El artículo 1 es un llamamiento a la resolución pacífica de las disputas. El artículo 2 compromete a las partes en la cooperación política y económica. El artículo 3 solicita el desarrollo de la capacidad defensiva. El artículo 4 provee reuniones consultivas cuando un miembro se vea amenazado. El artículo 5 establece el compromiso de las fuerzas armadas de los miembros en la "autodefensa colectiva". El artículo 6 define las áreas cubiertas por el Tratado. El artículo 7 establece la precedencia de las obligaciones de los miembros contenidas en la Carta de las Naciones Unidas. El artículo 8 previene los conflictos derivados de cualesquiera otros tratados firmados por los signatarios. El artículo 9 crea un consejo para controlar el desarrollo del Tratado. El artículo 10 describe los procedimientos para la admisión de otras naciones. El artículo 11 define el procedimiento de ratificación. El artículo 12 permite la reconsideración
del
Tratado.
El
artículo
13
plantea
los
procedimientos para el abandono de la pertenencia al Tratado. El artículo 14 se refiere al depósito de las copias oficiales del Tratado en los Archivos estadounidenses.
Estructura La más alta autoridad de la OTAN es el Consejo del Atlántico Norte, compuesto por delegados permanentes de todos los miembros, encabezados por un secretario general; es responsable de la política general, los planes presupuestarios y las acciones 83
administrativas. Por debajo del Consejo se encuentran el Secretariado, varios comités temporales y el Comité Militar. El secretario general dirige el Secretariado, que desarrolla todas las funciones no militares de la alianza. Los comités temporales se encargan de las cuestiones que le son asignadas por el Consejo. El Comité Militar está integrado por los jefe de estado mayor de las diversas fuerzas armadas, y se reúne dos veces al año. Entre tales reuniones el Comité Militar se mantiene en sesión permanente con representantes de los países miembros, para definir las políticas militares. Por debajo del Comité Militar están los diversos mandos geográficos: el Mando Aliado para Europa, el Mando Aliado para el Atlántico, el Mando Aliado para el Canal y el Grupo de Planificación Regional (para Estados Unidos). Estos mandos tienen a su cargo las fuerzas armadas desplegadas en esas áreas.
Historia Hasta 1950 la OTAN consistió ante todo en un compromiso de los Estados Unidos para con sus miembros bajo los términos del artículo 5 del tratado. No existía, sin embargo, mecanismo alguno con el que articular ese compromiso. El comienzo de la Guerra de Corea en junio de 1950, convenció a los aliados de que los soviéticos podían actuar contra una Alemania dividida. El resultado fue no sólo la creación de un sistema de comando militar, sino también la expansión de la organización. En 1952 Grecia y Turquía se adhirieron a la alianza, y en 1955 Alemania Occidental, mediante un complicado acuerdo, según el cual Alemania no quedaba autorizada a producir armas químicas, biológicas o nucleares. En su primera década la OTAN fue más que nada una organización militar dominada por el poder bélico estadounidense, que proporcionaba 84
una cobertura de seguridad para la recuperación de la política y de la economía europeas. El alcance soviético de la paridad en armamento nuclear con Occidente difundió entre los europeos el temor de que los Estados Unidos no cumplieran con su compromiso. La década de 1960 se caracterizó en la OTAN por dos procesos consecuentes: la retirada de Francia, bajo la presidencia de Charles de Gaulle, de la organización aunque no de la alianza, en 1966; y la creciente influencia de las naciones más pequeñas, que buscaban en la OTAN tanto un instrumento de disuasión como de defensa. La intervención estadounidense en la Guerra de Vietnam disminuyó aun más la autoridad de los Estados Unidos y contribuyó al malestar en la OTAN. Aunque los años en la década siguiente comenzaron con algunos acuerdos como resultado de las Conversaciones para la Limitación de Armas Estratégicas (Strategic Arms Limitation Talks-SALT I), este periodo terminó con la
frustración derivada de la rapidez con que los soviéticos desarrollaron su arsenal militar. La OTAN resolvió este problema con el programa de doble vía de 1979, en el que los nuevos esfuerzos en la defensa estuvieron acompañados por nuevos esfuerzos disuasorios. La década de 1980 comenzó con una crisis cada vez más profunda entre Oriente y Occidente. En 1983 la URSS fracasó en la prevención del despliegue de misiles balísticos de alcance intermedio, designados para competir con las armas soviéticas que apuntaban a las ciudades europeas. Este logro se convirtió, sin embargo, en irrelevante tras la firma del Tratado sobre Fuerza Nuclear de Alcance Intermedio (INF) en 1987 ( véase Control Internacional de armas). El Tratado INF fue un presagio de la crisis
85
del Pacto de Varsovia. La década concluyó con el éxito aparente de la OTAN al resolverse favorablemente el desafío planteado por el bloque comunista.
Realizaciones A lo largo de los años, la existencia de la OTAN ha permitido estrechar los vínculos entre sus miembros y ha dado lugar a una creciente comunidad de intereses. El Tratado ha proporcionado en sí mismo un modelo para otros acuerdos de seguridad colectiva. Es posible que la OTAN disuadiera a la URSS del intento de un ataque directo sobre Europa Occidental. Por otro lado, el rearme de Alemania Occidental y su admisión en la alianza constituyeron las causas aparentes para el establecimiento en 1955 del Pacto de Varsovia. En los primeros años de la década de 1990, la transformación de la URSS y de la Europa Oriental, incluyendo la absorción de Alemania Oriental por la República Federal de Alemania (Alemania Occidental) y la disolución del Pacto de Varsovia, redujeron de forma drástica la amenaza militar soviética. Aún así, muchos observadores occidentales ven la OTAN de la postguerra fría, como un "paraguas de seguridad" en una Europa asediada por las pasiones nacionalistas desatadas en Europa Oriental y en los países de la antigua URSS. El Consejo de Cooperación del Atlántico Norte, creado en noviembre de 1991, proporciona un foro de consultas entre miembros de la OTAN, naciones de Europa Oriental y antiguas repúblicas soviéticas. En 1993 los miembros de la OTAN apoyaron proponer a los antiguos miembros del Pacto de Varsovia una asociación limitada con la OTAN. Bajo ese plan, 86
conocido como Asociación para la Paz, los países no miembros de la OTAN podrían ser invitados a participar en la información compartida y a intervenir en maniobras y operaciones en defensa de la paz. Desde 1995 el cargo de secretario general de la OTAN lo desempeña el español Javier Solana Madariaga.
TRATADO DE LIBRE COMERCIO
EL TRATADO POR EL QUE SE CREA LA ZONA DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE.
87
México
en su afán por mantenerse a la vanguardia tanto
económica como comercial, se propone realizar negociaciones con otros países a través de un organismo que le brinde seguridad comercial y económica llamado Tratado de Libre Comercio. En la actualidad México lleva realizados 10 tratados de Libre Comercio, que le permiten una intervención segura y preferencia en los mercados de 31 países en tres continentes y esa misma oportunidad la obtienen esos países en lo a México se refiere. Son innumerables los beneficios que se obtienen al lograr que las fronteras se abran y que las barreras comerciales se destruyan, tan sólo para México trae como beneficio el llegar a 860 millones de consumidores, lo cuál trae resultados benéficos tanto para el sector laboral, como para el exportador y el económico.
1. ALCANCE Y COBERTURA Es el 1 de enero de 1994 cuando entra en vigor el Tratado de Libre Comercio de América del Norte ( TLCAN), entre México, Estados Unidos y Canadá. Más que nada el Tratado de Libre Comercio de América del Norte se crea con la finalidad de fomentar el intercambio comercial entre los tres países involucrados, que se desarrollen flujos de inversión gracias a la eliminación gradual de los aranceles o impuestos que los productos que entran a otro país deben pagar para poder entrar, así como también la creación de normas que sean respetadas por los productores de cada uno de los países y las formas adecuadas 88
para solucionar las controversias que puedan surgir, entre otros muchos beneficios como son los de la protección de la propiedad intelectual, el incremento de las oportunidades de inversión, el crear condiciones para una competencia justa y equitativa, y más que nada fomentar la cooperación trilateral, regional y multilateral. “……Los tres países confirman su compromiso de promover el empleo y el crecimiento económico, mediante la expansión del comercio y de las oportunidades de inversión en la zona de libre comercio. También ratifican su convicción de que el TLC permitirá aumentar la competitividad internacional de las empresas mexicanas, canadienses y estadounidenses, en forma congruente con la protección del medio ambiente. En el preámbulo se reitera el compromiso de los tres países del TLC de promover el desarrollo sostenible, y proteger, ampliar y hacer efectivos los derechos laborales, así como mejorar las condiciones de trabajo en los tres países.” (1)
2. ESTATUTO JURÍDICO DE LA ZONA DE LIBRE COMERCIO Las disposiciones iniciales del TLC establecen formalmente una zona de libre comercio entre México, Canadá y Estados Unidos, todo ello conforme al Acuerdo General sobre Aranceles
Aduaneros y Comercio ( GATT) . En esas disposiciones se encuentran las reglas y los principios básicos que regularán el funcionamiento del Tratado de Libre comercio, así como los objetivos en que se fundará la interpretación de sus disposiciones, cada uno de los países ratificará sus respectivos derechos y obligaciones que se deriven de dicho Acuerdo como también aquellos que se deriven de los convenios internacionales.
1.- http:// www. economía.snci.gob.mx/Tratados/tratados.htm 89
3. DISPOSISICIONES PARA EL COMERCIO DE MERCANCÍAS Las disposiciones para el comercio de mercancías se basan en el principio fundamental de trato nacional del GATT, las cuales contemplan que los bienes importados por un país miembro del Tratado de Libre Comercio, no serán discriminados, dicho compromiso se extiende también a las disposiciones de carácter provinciales y estatales. El TLC contempla la eliminación gradual de todas las tasas arancelarias sobre aquellos bienes que provengan de América del Norte, conforme a las reglas de origen. También se eliminarán las cuotas o permisos de importación aplicables en frontera. “ Los programas vigentes de devolución de aranceles serán eliminados el 1º de enero del año 2001 para el comercio entre México y Estados Unidos y entre México y Canadá. El Tratado extenderá por dos años el plazo establecido en el ALC para la eliminación de programas
de devolución de aranceles. En el
momento en que estos programas se eliminen, cada país adoptará un procedimiento para evitar los efectos de la “doble tributación” en el pago de impuestos en los dos países, en el caso de bienes que aún se encuentren sujetos a impuestos en el área de libre comercio.” (1)
TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR “ En materia textil, el Tratado contiene reglas de origen específicas que determinan si los productos textiles y del vestido importados pueden gozar de trato arancelario preferencia. Para la mayoría de los productos la regla de origen es de “hilo en adelante”, lo que 90
significa que los textiles y las prendas de vestir, para gozar de trato preferencia, deben elaborarse a partir de hilo producido en un país miembro del TLC. Se establece una regla de “fibra en adelante” para ciertos productos, tales como hilos de algodón y de fibras sintéticas y artificiales. “Fibra en adelante” significa que los productos textiles y del vestido deben elaborarse a partir de fibras producidas en un país miembro. En algunos otros casos, también podrán calificar para recibir trato preferencia las prendas de vestir cortadas y cosidas en un país miembro con telas importadas que los países signatarios consideren que existe oferta insuficiente, como seda, lino y ciertas telas para la fabricación de camisas. (2)
PRODUCTOS AUTOMOTRICES En cuanto a los productos automotrices , al comercio de automóviles, camiones, autobuses y autopartes el TLC eliminará barreras a su comercialización, tanto regionales dentro del área de libre comercio como a las restricciones a la inversión durante un período de diez años. Entre Estados Unidos y Canadá la mayor parte del comercio de productos automotrices se realiza libre de arancel, en conformidad con lo dispuesto en su ALC, o el Autopact. “….Para las importaciones provenientes de México, en el tratado se acordó que Estados unidos: eliminará de inmediato sus tasas arancelarias para automóviles de pasajeros; reducirá de inmediato a 10 por ciento sus tasas arancelarias a los camiones ligeros, y las eliminará gradualmente en un período de cinco años; y
91
eliminará en diez años sus tasas arancelarias para otros vehículos. Para las importaciones provenientes de Canadá y Estados Unidos, México: reducirá de inmediato en 50 por ciento sus tasas para automóviles de pasajeros y las eliminará gradualmente en cinco años; y reducirá gradualmente sus tasas arancelarias sobre todos los demás tipos de vehículos en un período de diez años. Canadá eliminará sus tasas arancelarias para vehículos importados provenientes de México en el mismo período en que México desgravará las importaciones provenientes de Canadá y Estados Unidos” (3) ENERGÍA Y PETROQUÍMICA BÁSICA Aquí encontramos un apartado relacionado con los derechos y obligaciones de los tres países en relación con el petróleo crudo, gas,
productos
refinados,
petroquímicos
básicos,
carbón,
electricidad y energía nuclear. Los tres países han demostrado un respeto absoluto a sus respectivas constituciones, como también han reconocido que es conveniente fortalecer el imprescindible papel del comercio de bienes energéticos y petroquímicos básicos en la región, y su mejora mediante una liberación gradual y sostenida. “Cualquier restricción a la importación o exportación de energía se limitará a ciertas circunstancias específicas, como la conservación de los recursos naturales agotables, el manejo de una situación de escasez, o la aplicación de un plan de estabilización de precios…… 92
El estado mexicano se reserva la exclusividad en la propiedad de los bienes, y en las actividades e inversión en los sectores del petróleo, gas, refinación, petroquímicos básicos, energía nuclear y electricidad.” (1) AGRICULTURA
En lo que a la agricultura se refiere el TLC establece compromisos bilaterales entre México y Canadá y entre México y Estados Unidos, en lo que a productos agropecuarios se refiere. Entre México y Estados Unidos se eliminarán inmediatamente las barreras no arancelarias cambiándolas por las de arancel-cuota, o bien a sólo aranceles. “ Los aranceles-cuota facilitarán en cada país la transición de los productos sensibles a la competencia de las importaciones. A través de este esquema se establecerán cuotas de importación libres de arancel con base en los niveles promedio de comercio reciente. Estas cuotas se incrementarán, generalmente, en tres por ciento anual. Se aplicará un arancel a las importaciones que sobrepasen dicha cantidad, el que se calculará como la razón entre el promedio reciente de los precios internos y externos. Este arancel se reducirá gradualmente hasta llegar a cero durante un período de diez años ó quince años, dependiendo del producto. A la entrada en vigor del Tratado, México y Estados Unidos eliminarán los aranceles en una amplia gama de productos agropecuarios cuyo valor equivale, aproximadamente, a la mitad del comercio bilateral agropecuario. México y Estados Unidos abrirán gradualmente su comercio bilateral de azúcar. Después del sexto año de las entradas en vigor del TLC ambos países aplicarán un sistema de arancel-cuota con efectos equivalentes al azúcar proveniente de terceros países.” (2)
93
Entre Canadá y México abra un avance mucho mayor, ya que se eliminarán barreras arancelarias y no arancelarias su comercio agropecuario, con excepción a los que se aplican a los productos lácteos, avícolas, al huevo y al azúcar. “ Canadá eximirá inmediatamente a México de las restricciones a la importación de trigo y cebada así como a sus derivados, carne de res y ternera, y margarina. Asimismo, Canadá y México eliminarán de manera inmediata o en un período máximo de cinco años, las tasa arancelarias que aplican a la mayoría de los productos hortícolas y frutícolas, y en diez años para los productos restantes. Con excepción de los productos lácteos y avícolas, incluyendo el huevo, México sustituirá sus permisos de importación por aranceles, como el caso del trigo, por ejemplo, o por arancel-cuota como en el caso del maíz y la cebada. Por lo general, estos aranceles se eliminarán gradualmente en un período de diez años.” (3)
4. DISPOSISICIONES PARA EL COMERCIO DE SERVICIOS Artículo 1201. Ambito de aplicación 1. Este capítulo se refiere a las medidas que una Parte adopte o mantenga sobre el comercio transfronterizo de servicios que
94
realicen los prestadores de servicios de otra Parte, incluidas las relativas a: (a)La producción, distribución, comercialización, venta y prestación de un servicio; (b)La compra, o uso o el pago de un servicio; (c)El acceso a y el uso de sistemas de distribución y transporte relacionados con la prestación de un servicio; (d)La presencia en su territorio de un prestador de servicios de otra Parte; y (e)El otorgamiento de una fianza u otra forma de garantía financiera, como condición para la prestación de un servicio.
Artículo 1202. Trato nacional 1. Cada una de las Partes otorgará a los prestadores de servicios de otra Parte un trato no menos favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a sus prestadores de servicios.
Artículo 1203. Trato de nación más favorecida Cada una de las Partes otorgará a los prestadores de servicios de otra Parte un trato no menos favorable que el que otorgue, en circunstancias similares, a prestadores de servicios de cualquier otra Parte o de un país que no sea Parte.
Artículo 1211. Denegación de beneficios 1. Una Parte podrá denegar los beneficios de este capítulo a un prestador de servicios de otra Parte cuando la Parte determine que: (a)el servicio está siendo prestado por una empresa propiedad o bajo control de nacionales de un país que no sea Parte; y I.
La Parte que deniegue los beneficios no mantiene relaciones
diplomáticas con el país que no sea Parte; o II.
La Parte que deniegue los beneficios, adopta o mantiene
medidas en relación con el país que no es Parte, que prohiben 95
transacciones con esa empresa, o que serían violadas o eludidas si los beneficios de este capítulo se otorgan a esa empresa; o (b)La prestación transfronteriza de un servicio de transporte comprendido en las disposiciones de este capítulo se realiza utilizando equipo no registrado por ninguna de las Partes.
Otorgamiento de licencias temporales para ingenieros 1. Las Partes se reunirán en el plazo de un año a partir de la fecha de entrada en vigor de este Tratado para establecer un programa de trabajo que estará a cargo de cada una de ellas, conjuntamente con sus organismos profesionales pertinentes, para disponer lo relativo al otorgamiento en su territorio de licencias temporales para nacionales de otra Parte que tengan licencia para ejercer como ingenieros en territorio de esa otra Parte.
Transporte terrestre Puntos de enlace 1. Además de lo dispuesto en el Artículo 1801, "Puntos de enlace", para el primero de enero de 1994, cada una de las Partes instalará puntos de enlace que proporcionen la información que publique esa Parte sobre servicios de transporte terrestre en lo tocante a la autorización para operar, los requisitos de seguridad, impuestos, estadísticas, estudios y tecnología, y para ayudar a los interesados a
establecer
contacto
con
los
órganos
gubernamentales
competentes.
Procedimiento de revisión 5. PROCEDIMIENTOS DE SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS Artículo 2003. Cooperación Las Partes procurarán, en todo momento, llegar a un acuerdo sobre la interpretación y la aplicación de este Tratado y, mediante la 96
cooperación y consultas, se esforzarán siempre por alcanzar una solución mutuamente satisfactoria de cualquier asunto que pudiese afectar su funcionamiento.
Artículo 2005. Solución de controversias conforme al GATT 2. Antes de que una de las Partes inicie un procedimiento de solución de controversias contra otra Parte ante el GATT, esgrimiendo fundamentos sustancialmente equivalentes a los que pudiera invocar conforme a este Tratado, notificará a la tercera Parte su intención de hacerlo. Si respecto al asunto la tercera Parte desea recurrir a los procedimientos de solución de controversias de este Tratado, lo comunicará a la Parte notificadora lo antes posible y esas Partes consultarán con el fin de convenir en un foro único. Si las Partes consultantes no llegan a un acuerdo, la controversia normalmente se solucionará según los lineamientos de este Tratado.
Artículo 2006. Consultas 1. Cualquiera de las Partes podrá solicitar por escrito a las otras la realización de consultas respecto de cualquier medida adoptada o en proyecto, o respecto de cualquier otro asunto que considere pudiese afectar el funcionamiento de este Tratado. 2. La Parte solicitante entregará la solicitud a su sección del Secretariado y a las otras Partes.
Artículo 2007. La Comisión - buenos oficios, conciliación y mediación. 1. Cualquiera de las Partes consultantes podrá solicitar por escrito que se reúna la Comisión si no logran resolver un asunto conforme al Artículo 2006 dentro de un plazo de: (a)30 días después de la entrega de la solicitud para las consultas;
97
(b)45 días después de la entrega de esa solicitud, cuando cualquier otra de las Partes haya solicitado consultas subsecuentemente o participado en las relativas al mismo asunto; (c)15 días después de la entrega de una solicitud de consultas en asuntos relativos a bienes agropecuarios perecederos; u (d)otro que acuerden.
Artículo 2008. Solicitud de integración de un panel arbitral 1. Cuando la Comisión se haya reunido conforme a lo establecido en el Artículo 2007(4) y el asunto no se hubiere resuelto dentro de: (a)los 30 días posteriores a la reunión; (b)los 30 días siguientes a aquel en que la Comisión se haya reunido para tratar el asunto más reciente que le haya sido sometido, cuando se hayan acumulado varios procedimientos conforme al Artículo 2007(6); o (c)cualquier otro periodo que las Partes consultantes acuerden, cualquiera de éstas podrá solicitar por escrito el establecimiento de un panel arbitral. La Parte solicitante entregará la solicitud a su sección del Secretariado y a las otras Partes.
Artículo 2012. Reglas de procedimiento 1. La Comisión establecerá a más tardar el 1º de enero de 1994, Reglas Modelo de Procedimiento, conforme a los siguientes principios: (a)los procedimientos garantizarán como mínimo el derecho a una audiencia ante el panel, así como la oportunidad de presentar alegatos y réplicas por escrito; y (b)las audiencias ante el panel, las deliberaciones y el informe preliminar, así como todos los escritos y las comunicaciones con el mismo, tendrán el carácter de confidenciales.
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3. A menos que las Partes contendientes acuerden otra cosa, dentro de los 20 días siguientes a la fecha de entrega de solicitud de establecimiento del panel, el acta de misión será: "Examinar, a la luz de las disposiciones aplicables del Tratado, el asunto sometido a la Comisión (en los términos de la solicitud para la
reunión
de
la
Comisión)
y
emitir
las
conclusiones,
determinaciones y recomendaciones a que se refiere el Artículo 2016(2)." 4. Si una Parte reclamante desea alegar que un asunto ha sido causa de anulación o menoscabo de beneficios, el acta de misión deberá indicarlo. 5. Cuando una Parte contendiente desee que el panel formule conclusiones sobre el grado de los efectos comerciales adversos que haya generado para alguna Parte una medida que se juzgue incompatible con las obligaciones de este Tratado o haya causado anulación o menoscabo en el sentido del Anexo 2004, el acta de misión deberá indicarlo.
Artículo 2013. Participación de la tercera Parte Una Parte que no sea contendiente, previa entrega de notificación escrita a su sección del Secretariado y a las Partes contendientes, tendrá derecho a asistir a todas las audiencias, a presentar comunicaciones
escritas
y
orales
al
panel
y
a
recibir
comunicaciones escritas de las Partes contendientes.
Artículo 2014. Función de los expertos A instancia de una Parte contendiente, o por su propia iniciativa, el panel podrá recabar la información y la asesoría técnica de las personas o grupos que estime pertinente, siempre que las Partes contendientes así lo acuerden y conforme a los términos y condiciones que esas Partes convengan. 99
Artículo 2015. Comités de revisión científica 1. A instancia de una Parte contendiente o, a menos que las Partes contendientes lo desaprueben, el panel podrá por su propia iniciativa, solicitar un informe escrito a un comité de revisión científica sobre cualesquiera cuestiones de hecho relativas a aspectos relacionados con el medio ambiente, la salud, la seguridad u otros asuntos científicos planteados por alguna de las Partes contendientes, conforme a los términos y condiciones que esas Partes convengan. 2. El comité será seleccionado por el panel de entre expertos independientes altamente calificados en materias científicas, después de consultar con las Partes contendientes y con los organismos científicos listados en las Reglas Modelo de Procedimiento establecidas conforme al Artículo 2012(1). 3. Las Partes involucradas recibirán: (a) notificación previa y oportunidad para formular observaciones al panel sobre los asuntos de hecho que se someterán al conocimiento del comité; y (b) una copia del informe del comité, y la oportunidad para formular observaciones al informe que se envíe al panel. 4. El panel tomará en cuenta el informe del comité y las observaciones de las Partes en la preparación de su propio informe.
Artículo 2016. Informe preliminar 1. El panel fundará su informe en los argumentos y comunicaciones presentados por las Partes y en cualquier información que haya recibido de conformidad con el Artículo 2014 ó 2015, a menos que las Partes contendientes acuerden otra cosa. 2. Salvo que las Partes contendientes convengan otra cosa, dentro de los 90 días siguientes al nombramiento del último panelista, o en 100
cualquier otro plazo que determinen las Reglas Modelo de Procedimiento establecidas de conformidad con el Artículo 2012(1), el panel presentará a las Partes contendientes un informe preliminar
Artículo 2017. Informe final 1. El panel presentará a las Partes contendientes un informe final y, en su caso, los votos particulares sobre las cuestiones en que no haya habido acuerdo unánime, en un plazo de 30 días a partir de la presentación del informe preliminar, a menos que las Partes contendientes convengan otra cosa. 2. Ningún panel podrá indicar en su informe preliminar o en su informe final la identidad de los panelistas que hayan votado con la mayoría o la minoría.
Artículo 2018. Cumplimiento del informe final 1. Una vez recibido el informe final del panel, las Partes contendientes convendrán en la solución de la controversia, la cual, por lo regular, se ajustará a las determinaciones y recomendaciones de dicho panel, y notificarán a sus secciones del Secretariado toda resolución que hayan acordado. 2. Siempre que sea posible, la resolución consistirá en la no ejecución o en la derogación de la medida disconforme con este Tratado o que sea causa de anulación o menoscabo en el sentido del Anexo 2004. A falta de resolución, podrá otorgarse una compensación.
Artículo 2019. Incumplimiento - suspensión de beneficios 1. Si en su informe final un panel ha resuelto que una medida es incompatible con las obligaciones de este Tratado o es causa de anulación o menoscabo en el sentido del Anexo 2004 y la Parte demandada no ha llegado a un acuerdo con cualquiera de las Partes reclamantes sobre una solución mutuamente satisfactoria, 101
de conformidad con el Artículo 2018(1) dentro de los 30 días siguientes a la recepción del informe final, esa Parte reclamante podrá suspender la aplicación de beneficios de efecto equivalente a la Parte demandada, hasta el momento en que alcancen un acuerdo sobre la resolución de la controversia.
Artículo 2020.Procedimientos ante instancias judiciales y administrativas internas 1. Cuando una cuestión de interpretación o de aplicación de este Tratado surja de un procedimiento judicial o administrativo interno de una parte, y cualquier parte considera que amerite su intervención, o cuando un tribunal u órgano administrativo solicite la opinión de alguna de las partes, esa parte lo notificará a las otras y a su sección del Secretariado. La Comisión procurará, a la brevedad posible, acordar una respuesta adecuada.
6. REGLAS DE ORIGEN “ El TLC prevé la eliminación de todas las tasas arancelarias sobre los bienes que sean originarios de México, Canadá y Estados Unidos, en el transcurso de un período de transición. Para determinar cuáles bienes son susceptibles de recibir trato arancelario preferencia son necesarias reglas de origen. Las disposiciones sobre reglas de origen contenidas en el Tratado están diseñadas para: asegurar que las ventajas del TLC se otorguen sólo a bienes producidos en la región de América del Norte y no a bienes que se elaboren total o en su mayor parte en otros países; establecer reglas claras y obtener resultados previsibles; y reducir los obstáculos administrativos para los exportadores, importadores y
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productores que realicen actividades comerc Tratado.
Las reglas de origen disponen que los bie originarios de la región cuando se produzcan países de América del Norte. Los bienes que
que no provengan de la zona también se con siempre y cuando los materiales ajeno transformados
en
cualquier
país
soc
transformación deberá ser suficiente para mo
arancelaria conforme a las disposiciones del
casos además de satisfacer el requisito de cla
los bienes deberán incorporar un porcentaje es
regional. El TLC contiene una disposición simi Acuerdo de Libre Comercio entre Canadá y
que permite considerar los bienes como origin terminado se designe específicamente en
arancelaria que sus componentes y cumpla
contenido regional... Una cláusula de minimis
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