Analisis Sobre Reglamento Karly

January 30, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIA ADMINISTRATIVAS Y SOCIALES ESCUELA DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA

Análisis del Reglamento Int Interno erno de Evaluación Evaluación Estudiantil  Actividad 2

San Cristóbal, 15 de junio de 2020

 

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REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ESTUDIANTIL

normas establecidas que regulen la relación entre estudiantes, docentes y la universidad, donde todos sus miembros Las universidades deben contar con

tengan definidas sus funciones y deberes en lo que respecta la parte evaluativa, en pro de brindar un servicio educativo responsable y de calidad. De ahí la importancia de un reglamento estudiantil. En ese sentido, la Universidad Bicentenaria de Aragua como parte importante del sector educativo en Venezuela, donde su misión es “ejercer una función rectora en la educación, la ciencia y la cultura, a través de una docencia de calidad, una investigación holística productiva pertinente y una extensión altamente vinculada con el entorno empresarial y comunitario; conformando una educación estructurada polivalente, que estimule la inteligencia y la creatividad en la generación y aplicación del conocimiento”. Con un objetivo primordial es formar profesionales orientados al buen desarrollo y desempeño humano, con principios y valores humanos. Dentro de ese contexto, posee un reglamento donde se contemplan las obligaciones, beneficios y sanciones de los integrantes de la comunidad universitaria para orientar su actuar, establecer procesos académicos a cadémicos y generar un ambiente de armonía. El mismo, va dirigido a docentes y estudiantes, con la finalidad de contar con más óptimo proceso evaluativo, con miras a formar egresados como un profesional integral, que pueda dominar los conocimientos y las capacidades básicos, que le permitan enfrentar el campo laboral, ante hechos reales que suceden en el país y el mundo. En este sentido, el reglamento está estructurado en quince capítulos, que se describen a continuación. 

Capítulo I. trata sobre objeto y ámbito de aplicación. Este trata sobre el propósito de la universidad en cuanto a la regulación de los procesos académicos y administrativos, que involucra tanto derechos como deberes del estudiante en cuanto a la ubicación de los estudiantes respecto a la sección, trimestre, carrera o

 

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nivelación según corresponda. Así como, el compromiso que debe tener el estudiante en cumplir, obedecer y respetar la forma los aspectos de organización mencionada. También la correspondiente obligación por parte del docentes en el cumplimiento de su rol educativo, dentro de la universidad, como es el de ser un mediador entre la enseñanza y el aprendizaje, según la asignatura que dicte dentro de cada carrera ofertada por esta institución. CAPITULO II. De los estudiantes. Indica que un estudiante regular, es aquella personas que inscrito en una de las carreras ofertadas en esta universidad, y que además, cumpla con todos los requisitos que están determinados en la institución. CAPITULO III. Se relaciona con la naturaleza y propósito de la evaluación. Aquí se refleja intrínsecamente, el rol por parte de la universidad, como es el de guiar el proceso de aprendizaje de sus estudiantes, recabar información útil a través de procesos evaluativos, de manera que permita ubicar al estudiante dentro de la escala del rendimiento académico correspondiente a los fines de su promoción. CAPITULO IV. De las actividades de evaluación. Señala que se trata de un proceso continuo, sistemático e integral, las cuales deben medir los indicadores de logro establecidos en la planificación. El profesor debe discutir el plan con estudiantes, con el fin de acordar y firmarlo por los estudiantes, además, avalado por el Coordinador de Cátedra. Esto ayuda a que el estudiante tenga claro el contenido del plan y poder dar opiniones en caso que asó lo quiera. Además, las actividades de evaluación previstas en el Plan deben cubrir el cien por ciento (100%) del contenido académico desarrollado por el docente en el lapso académico respectivo, y se utilizará una escala de calificación de cero uno (01) a cien (100) puntos; con evaluación continua, para un mínimo de 4 evaluaciones. Del articulo 10 al artículo 15, trata sobre la ponderación máxima al momento de evaluar, que no debe deber ser mayor al veinticinco por ciento (25%) del valor total de la calificación definitiva. Así mismo, indica la calificación mínima

 

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aprobatoria de cualquier unidad curricular, con un 57,50 puntos en la la escala de 1 a 100 puntos, y para la unidad de Práctica Profesional y Proyecto Socio Integrador de la Carrera, es de sesenta y siete puntos con cinco décimas (67,50). CAPITULO V. De la revisión de las actividades de evaluación. Explica el derecho que tiene el estudiante de conocer lo relacionado con la evaluación, la forma de evaluación, y solicitud de revisión. Igualmente, explica el proceso que debe realizar aquel estudiante en caso de no estar de acuerdo con su calificación. CAPITULO VI. De la asistencias a las actividades académicas. El estudiante debe asistir a todas las actividades académicas previstas, sólo se dará excepción en los casos previstos en este reglamento. CAPITULO VII. Del incumplimiento de las normas por parte de los estudiantes. Quien incumpla las normas establecidas, le será anulada la actividad de evaluación. CAPITULO VIII. Del proceso de retroinformación. Señala la obligatoriedad del proceso de retroinformación por parte del docente al estudiante, y con base en los resultados analizar y corregir las debilidades que se consiguieren en los procesos de enseñanza y aprendizaje. Esto lo convierte en un proceso de gran relevancia para el estudiante. Además, aquí se establece, el plazo que tiene el estudiante para solicitar una revisión previamente justificada, de la calificación asentada en el acta luego de la retroinformación ante la Coordinación de Cátedra. CAPÍTULO IX. De las responsabilidades del docente. Trata sobre las obligaciones de asistencia a reuniones que tiene el docente, desde el inicio y durante el lapso académico, pautadas por la universidad, ya que son de interés para el desempeño docente. Así mismo, señala entre las obligaciones del docente, la entrega de planes de la catedra en la coordinación correspondiente; el registro de asistencia y evaluaciones de los estudiantes; la labor cuidadosa al momento de asentar las calificaciones y la consignación de éstas en la actas correspondientes y en las fechas previstas en el calendario académico de la Universidad. CAPITULO X. De la permanencia y avance del estudiante en la Universidad. Explica la permanencia del estudiante en la universidad, que es el tiempo que dura du ra

 

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desde el inicio de sus estudios hasta cumplir con todos los requisitos exigidos y la defensa del Trabajo de Grado. Un requisito de permanencia es que esté inscrito en el semestre correspondiente, la cual está diseñada para un número de diez (10) lapsos semestrales regulares. Además, la carga mínima a cursar en un lapso académico es de nueve (9) unidades crédito. El estudiante debe presentar el Trabajo de Grado en los lapsos previstos en este Reglamento, de lo contrario, quedará desincorporado de la institución y deberá solicitar por escrito su reincorporación académica ante la Secretaría de la Universidad. En cuanto a la condición de avance, se refiere a la promoción del estudiante de un semestre a otro, previo cumplimiento de los requisitos académicos establecidos en la Universidad. Sin embargo, dicho proceso estará condicionado a una serie de exigencias que se deben ser cumplidas. CAPITULO XI. De la ubicación de los estudiantes por semestre. Esta ubicación le permite conocer al estudiante el número máximo de unidades crédito o de asignaturas que puede inscribir en el semestre, teniendo en cuenta que el semestre de ubicación será aquél donde el estudiante curse el mayor número de asignaturas, y de cursar igual número de asignaturas en distintos semestres, quedará inscrito en el semestre inferior. CAPÍTULO XII. Del Índice Académico y de la Nivelación. Aquí se explica que el estudiante contará con un Índice Académico el cual corresponde a la medida global del rendimiento del estudiante durante su permanencia en la Institución, dicho índice será calculado con base a un procedimiento matemático establecido. Además, existe un proceso para la nivelación del Índice Académico, el cual puede realizarse entre la selección de alguna de las actividades propuestas en este reglamento. La mínima aprobatoria para nivelar el Índice Académico es de setenta y ocho (78) puntos, en la escala de evaluación de cero uno (01) a cien (100) puntos. La nivelación del índice académico puede realizarse de acuerdo a los porcentajes establecidos en el reglamento y se considera un requisito indispensable y con condiciones específicas según la carrera profesional.

 

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CAPÍTULO XIII. De los reconocimientos académicos. Se hará distinción mediante actos de reconocimiento, a los estudiantes que se destaquen a nivel académico, bien sea por haber obtenido mayor Índice Académico en la Promoción correspondiente a los estudios cursados, porque se destaque en el desarrollo de las actividades programadas por la Universidad, o a los estudiantes que que concluyan la Carrera antes del tiempo previsto. CAPÍTULO IX. De los requisitos para optar al grado académico. Este apartado presenta los requisitos que deben ser cumplidos para optar al título de Ingeniero, Licenciado, Abogado o su equivalente, así como, al título de Técnico Superior Universitario, tales como: Constancia de haber cumplido con los requisitos académicos establecidos en el pensum de la Carrera respectiva. Solvencia académica y administrativa de la Universidad. Tener un Índice Académico acumulado igual o mayor a catorce (14) puntos. Certificación de aprobación de asignaturas, como Deontología, Actitud Universitaria, entre otras, y demás que establezca el Consejo Universitario. CAPÍTULO XV. Disposiciones finales. El Vicerrectorado Académico y la Secretaría de la Universidad, como órganos de autoridad superior universitaria, deberán estar informados, a través del Consejo Universitario, de toda decisión tomada acerca de cualquiera de las actividades señaladas en este Reglamento; esto permitirá a sus miembros cumplir con las funciones que les competen. Aquí también se refiere la derogación de las Normas y Reglamentos anteriores que colidan con lo dispuesto en el presente Reglamento, y lo no previsto en éste será estimado en el Consejo Académico respectivo, previa opinión y certificación del Consejo Universitario. El presente Reglamento entró en vigencia a partir del 22 de Enero del año 2013.

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