ANALISIS DEL ARTICULO 123 AYB

February 4, 2019 | Author: Adelani Lagunas | Category: Salary, Insurance, Minimum Wage, State (Polity), Pregnancy
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ANÁLISIS DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS APARTADOS A Y B ARTICULO 123. TODA PERSONA TIENE DERECHO AL TRABAJO DIGNO Y SOCIALMENTE ÚTIL; AL EFECTO, SE PROMOVERÁN LA CREACIÓN DE EMPLEOS Y LA ORGANIZACIÓN SOCIAL PARA EL TRABAJO, CONFORME A LA LEY. EL CONGRESO DE LA UNIÓN, SIN CONTRAVENIR A LAS BASES SIGUIENTES, DEBERÁ EXPEDIR LEYES SOBRE EL TRABAJO, LAS CUALES REGIRÁN: APARTADO A.- ENTRE LOS OBREROS, JORNALEROS, EMPLEADOS DOMESTICOS, ARTESANOS Y DE UNA MANERA GENERAL, TODO CONTRATO DE TRABAJO: I.- LA DURACION DE LA JORNADA MAXIMA SERA DE OCHO HORAS;

APARTADO B.- ENTRE LOS PODERES DE LA UNION, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Y SUS TRABAJADORES:

I.- LA JORNADA DIARIA MAXIMA DE TRABAJO DIURNA Y NOCTURNA SERA DE OCHO Y SIETE HORAS, RESPECTIVAMENTE. LAS QUE EXCEDAN SERAN EXTRAORDINARIAS Y SE PAGARAN CON UN CIENTO POR CIENTO MAS DE LA REMUNERACION FIJADA PARA EL SERVICIO ORDINARIO. EN NINGUN CASO EL TRABAJO EXTRAORDINARIO PODRA EXCEDER DE TRES HORAS DIARIAS NI DE TRES VECES CONSECUTIVAS; En el apartado “A” la jornada máxima es igual de 8 horas y la nocturna de 7 horas que en el apartado “B” y especifica que después de estas serán pagadas horas extras y que no pueden ser más de 3 diarias ni más de 3 veces consecutivas. II.- LA JORNADA MÁXIMA DE TRABAJO II.- POR CADA SEIS DÍAS DE TRABAJO, NOCTURNO SERÁ DE 7 HORAS. DISFRUTARA EL TRABAJADOR DE UN DÍA DE QUEDAN PROHIBIDAS: LAS LABORES DESCANSO, CUANDO MENOS, CON GOCE DE INSALUBRES O PELIGROSAS, EL SALARIO INTEGRO; TRABAJO NOCTURNO INDUSTRIAL Y TODO OTRO TRABAJO DESPUÉS DE LAS DIEZ DE LA NOCHE, DE LOS MENORES DE DIECISÉIS AÑOS; En el apartado “A” marca un límite de horas en el trabajo nocturno y protege a los menores de 16 años pero en el apartado “B” le están dando por derecho cuando menos un día de descanso a la semana a los trabajadores, pero ¿dónde quedo el descanso de los trabajadores que no están al servicio del estado? III.- QUEDA PROHIBIDA LA III.- LOS TRABAJADORES GOZARAN DE UTILIZACIÓN DEL TRABAJO DE LOS VACACIONES QUE NUNCA SERÁN MENORES MENORES DE CATORCE AÑOS. LOS DE VEINTE DÍAS AL AÑO; MAYORES DE ESTA EDAD Y MENORES DE DIECISÉIS TENDRÁN COMO JORNADA MÁXIMA LA DE SEIS HORAS; La constitución sigue protegiendo a los menores en el apartado “A” mientras que en el “B” les sigue dando prestaciones a todos sus trabajadores y ahora ofrece vacaciones. Será acaso que el estado si puede tener menores de edad a su servicio o será que los trabajadores que no están al servicio del estado no tienen derecho a vacaciones. IV.- POR CADA SEIS DÍAS DE TRABAJO IV.- LOS SALARIOS SERÁN FIJADOS EN LOS DEBERÁ DISFRUTAR EL OPERARIO DE PRESUPUESTOS RESPECTIVOS, SIN QUE SU UN DÍA DE DESCANSO, CUANDO CUANTÍA PUEDA SER DISMINUIDA DURANTE LA MENOS; VIGENCIA DE ESTOS. Aquí es cuando aparece el día de descanso en el apartado “A” el cual se establece desde la

fracción II en el apartado “B” y también en este mismo apartado se habla de los salarios. Al parecer todos van a tener las mismas prestaciones pero con un orden distinto. V.LAS MUJERES DURANTE EL V.- A TRABAJO IGUAL CORRESPONDERÁ EMBARAZO NO REALIZARAN SALARIO IGUAL, SIN TENER EN CUENTA EL TRABAJOS QUE EXIJAN UN ESFUERZO SEXO; CONSIDERABLE Y SIGNIFIQUEN UN PELIGRO PARA SU SALUD EN RELACIÓN CON LA GESTACIÓN; GOZARAN FORZOSAMENTE DE UN DESCANSO DE SEIS SEMANAS ANTERIORES A LA FECHA FIJADA APROXIMADAMENTE PARA EL PARTO Y SEIS SEMANAS POSTERIORES AL MISMO, DEBIENDO PERCIBIR SU SALARIO INTEGRO Y CONSERVAR SU EMPLEO Y LOS DERECHOS QUE HUBIEREN ADQUIRIDO POR LA RELACIÓN DE TRABAJO. EN EL PERIODO DE LACTANCIA TENDRÁN DOS DESCANSOS EXTRAORDINARIOS POR DÍA, DE MEDIA HORA CADA UNO, PARA ALIMENTAR A SUS HIJOS; No todo es tan malo en el apartado “A” ya que protege a las mujeres embarazadas, algo que en el apartado “B” no aparece y el cual nos dice que no importa el sexo de quien haga el trabajo sea hombre o mujer recibirá el mismo trato. En estas 2 últimas fracciones se demuestra la preocupación y la manera de por un lado proteger y por el otro da una muestra de igualdad social y sexual. VI.- LOS SALARIOS MÍNIMOS QUE VI.- SOLO PODRÁN HACERSE RETENCIONES, DEBERÁN DISFRUTAR LOS DESCUENTOS, DEDUCCIONES O EMBARGOS AL TRABAJADORES SERÁN GENERALES O SALARIO EN LOS CASOS PREVISTOS EN LAS PROFESIONALES. LOS SALARIOS LEYES; MÍNIMOS GENERALES DEBERÁN SER SUFICIENTES PARA SATISFACER LAS NECESIDADES NORMALES DE UN JEFE DE FAMILIA, EN EL ORDEN MATERIAL, SOCIAL Y CULTURAL, Y PARA PROVEER A LA EDUCACIÓN OBLIGATORIA DE LOS HIJOS. LOS SALARIOS MÍNIMOS SE FIJARAN POR UNA COMISIÓN NACIONAL INTEGRADA POR REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES, DE LOS PATRONES Y DEL GOBIERNO. En esta fracción nos podemos dar cuenta que en los 2 apartados se habla del salario pero en formas distintas. En esta parte del artículo 123 se ven 2 posturas diferentes, por un lado, le otorgan el mínimo que se le puede dar a un trabajador mientras que en el otro ya están viendo como se lo podrían quitar o disminuir.

VII.- PARA TRABAJO IGUAL DEBE CORRESPONDER SALARIO IGUAL, SIN TENER EN CUENTA SEXO NI NACIONALIDAD;

VII.- LA DESIGNACIÓN DEL PERSONAL SE HARÁ MEDIANTE SISTEMAS QUE PERMITAN APRECIAR LOS CONOCIMIENTOS Y APTITUDES DE LOS ASPIRANTES. EL ESTADO ORGANIZARA ESCUELAS DE ADMINISTRACIÓN PUBLICA;

El apartado “A” dice algo que en fracciones atrás ya se había mencionado en el apartado “B”, hablan del pago igual sin importar el sexo de la persona, de esta manera se intenta combatir la desigualdad; ahora bien el apartado “B” menciona como se van a designar los puestos, además de que obliga al estado a instalar escuelas de administración publica. VIII.- EL SALARIO MÍNIMO QUEDARA VIII.- LOS TRABAJADORES GOZARAN DE EXCEPTUADO DE EMBARGO, DERECHOS DE ESCALAFÓN A FIN DE QUE LOS COMPENSACIÓN O DESCUENTO; ASCENSOS SE OTORGUEN EN FUNCIÓN DE LOS CONOCIMIENTOS, APTITUDES Y ANTIGÜEDAD. EN IGUALDAD DE CONDICIONES, TENDRÁ PRIORIDAD QUIEN REPRESENTE LA ÚNICA FUENTE DE INGRESO EN SU FAMILIA; El apartado “A” libera al salario mínimo de todo acto de retención o disminución y el “B” nos dice que los derechos se adquieren conforme a la antigüedad. Claro esta que el ascenso no siempre es en base al conocimiento como este artículo señala. IX.- LOS TRABAJADORES TENDRÁN IX.- LOS TRABAJADORES SOLO PODRÁN SER DERECHO A UNA PARTICIPACIÓN EN SUSPENDIDOS O CESADOS POR CAUSA LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS, JUSTIFICADA, EN LOS TÉRMINOS QUE FIJE LA REGULADA DE CONFORMIDAD CON LEY. LAS SIGUIENTES NORMAS: El apartado “A” nos dan prestaciones como la de las utilidades, que es un derecho que los trabajadores tienen pero no hemos visto nada con respecto al tema de los ascensos o despidos, en cambio en el apartado “B” señala la forma en que se puede separar a alguien de su trabajo y dice que solo justificadamente según la ley que rige y si no se hiciera de esta manera también lo protege señalando una indemnización o restitución del cargo. X.- EL SALARIO DEBERÁ PAGARSE X.- LOS TRABAJADORES TENDRÁN EL PRECISAMENTE EN MONEDA DE CURSO DERECHO DE ASOCIARSE PARA LA DEFENSA LEGAL, NO SIENDO PERMITIDO DE SUS INTERESES COMUNES. PODRÁN, HACERLO EFECTIVO CON MERCANCÍAS, ASIMISMO, HACER USO DEL DERECHO DE NI CON VALES, FICHAS O CUALQUIER HUELGA PREVIO EL CUMPLIMIENTO DE LOS OTRO SIGNO REPRESENTATIVO CON REQUISITOS QUE DETERMINE LA LEY, QUE SE PRETENDA SUBSTITUIR LA RESPECTO DE UNA O VARIAS DEPENDENCIAS MONEDA; DE LOS PODERES PÚBLICOS, CUANDO SE VIOLEN DE MANERA GENERAL Y SISTEMÁTICA LOS DERECHOS QUE ESTE ARTICULO LES CONSAGRA; El apartado “A” sigue hablando de todo lo referente a lo que es el salario, en cambio en el apartado “B” otorga forma o maneras para que los trabajadores se defiendan y se puedan quejar por alguna injusticia. En realidad lo que el apartado “A” nos marca fue que la forma más viable o rápida que de acabar con las tiendas de raya que existían; y por otro lado el apartado “B” les da un derecho a los trabajadores de hacer huelga pero no les pone limites y es por eso que hoy en día vemos tantas marchas y paros que afectan a toda la sociedad y simplemente no se puede hacer nada por que están ejerciendo un derecho que esta en la constitución. XI.- CUANDO, POR CIRCUNSTANCIAS EXTRAORDINARIAS DEBAN AUMENTARSE LAS HORAS DE JORNADA, SE ABONARA COMO SALARIO POR EL TIEMPO EXCEDENTE UN 100% MAS DE LO FIJADO PARA LAS HORAS NORMALES. EN NINGÚN CASO EL TRABAJO EXTRAORDINARIO

XI.- LA SEGURIDAD SOCIAL SE ORGANIZARA CONFORME A LAS SIGUIENTES BASES MÍNIMAS: A).- CUBRIRÁ LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES; LAS ENFERMEDADES NO PROFESIONALES Y MATERNIDAD; Y LA JUBILACIÓN, LA INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE.

PODRÁ EXCEDER DE TRES HORAS B).- EN CASO DE ACCIDENTE O ENFERMEDAD, DIARIAS, NI DE TRES VECES SE CONSERVARA EL DERECHO AL TRABAJO CONSECUTIVAS. LOS MENORES DE POR EL TIEMPO QUE DETERMINE LA LEY... DIECISÉIS AÑOS NO SERÁN INCISOS HASTA EL “F” ADMITIDOS EN ESTA CLASE DE TRABAJOS; Podemos notar que el apartado “A” en lugar de tener una sola fracción que hable todo lo referente al salario va haciendo hace especificaciones en partes y apenas hace alusión a las horas extras y como se deben pagar; en cambio el apartado “B” nos habla de un seguro social al que todos los trabajadores tienen derecho, ahora tampoco es perfecto lo que el apartado “B” dice, ya que en la realidad hemos sido protagonistas de que en el seguro ni te atienden como dicen y mucho menos respetan las especificaciones que se mencionan. XII.- TODA EMPRESA AGRÍCOLA, XII.- LOS CONFLICTOS INDIVIDUALES, INDUSTRIAL, MINERA O DE COLECTIVOS O INTERSINDICALES SERÁN CUALQUIER OTRA CLASE DE TRABAJO, SOMETIDOS A UN TRIBUNAL FEDERAL DE ESTARÁ OBLIGADA, SEGÚN LO CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, INTEGRADO DETERMINEN LAS LEYES SEGÚN LO PREVENIDO EN LA LEY REGLAMENTARIAS, A PROPORCIONAR REGLAMENTARIA. A LOS TRABAJADORES HABITACIONES LOS CONFLICTOS ENTRE EL PODER JUDICIAL CÓMODAS E HIGIÉNICAS. ESTA DE LA FEDERACIÓN Y SUS SERVIDORES OBLIGACIÓN SE CUMPLIRÁ MEDIANTE SERÁN RESUELTOS POR EL CONSEJO DE LA LAS APORTACIONES QUE LAS JUDICATURA FEDERAL; LOS QUE SE SUSCITEN EMPRESAS HAGAN A UN FONDO ENTRE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Y SUS NACIONAL DE LA VIVIENDA A FIN DE EMPLEADOS SERÁN RESUELTOS POR ESTA CONSTITUIR DEPÓSITOS EN FAVOR DE ÚLTIMA. SUS TRABAJADORES Y ESTABLECER UN SISTEMA DE FINANCIAMIENTO QUE PERMITA OTORGAR A ESTE CRÉDITO BARATO Y SUFICIENTE PARA QUE ADQUIERAN EN PROPIEDAD TALES HABITACIONES. El apartado “A” ya contempla una vivienda para los trabajadores mientras que en el apartado “B” siguen queriendo resolver conflictos. La cuestión aquí es que ni una ni otra ninguna de las 2 fracciones de los 2 apartados se lleva a cabo con la especificaciones que dice por que por ejemplo cuantas veces hemos visto que en la actualidad una empresa habrá una fabrica y haga una unidad habitacional para todos sus trabajadores y que les ponga escuelas, instituciones de salud o siquiera un lugar recreativo; o simplemente cuando hemos visto que un problema sindical se dirima en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, es mas fácil y común verlos en las calles estorbando y gritando con sus plantones y el gobierno que hace los observa. XIII.- LAS EMPRESAS, CUALQUIERA XIII. LOS MILITARES, MARINOS, PERSONAL QUE SEA SU ACTIVIDAD, ESTARÁN DEL SERVICIO EXTERIOR, AGENTES DEL OBLIGADAS A PROPORCIONAR A SUS MINISTERIO PUBLICO, PERITOS Y LOS TRABAJADORES, CAPACITACIÓN O MIEMBROS DE LAS INSTITUCIONES ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO. POLICIALES, SE REGIRÁN POR SUS PROPIAS LA LEY REGLAMENTARIA LEYES. DETERMINARA LOS SISTEMAS, XIII BIS. EL BANCO CENTRAL Y LAS MÉTODOS Y PROCEDIMIENTOS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA CONFORME A LOS CUALES LOS FEDERAL QUE FORMEN PARTE DEL SISTEMA PATRONES DEBERÁN CUMPLIR CON BANCARIO MEXICANO REGIRÁN SUS DICHA OBLIGACIÓN; RELACIONES LABORALES CON SUS TRABAJADORES POR LO DISPUESTO EN EL PRESENTE APARTADO

En estas 2 fracciones hay un punto muy bueno sobre todo a mi parecer el que se ve en el apartado “A” que es que los patrones deben por ley mandar a sus trabajadores a capacitación para desempeñar su trabajo lo malo es que pocas veces se pone en practica; y en el apartado “B” deja ver en claro que los trabajadores policíacos o todo lo que tienen que ver con materia de seguridad tienen sistemas de seguro social diferente al de los demás, eso si bastante mal, por que si trabajaran eficientemente todos lo entenderían pero la realidad es que cada ves nos quejamos mas de la inseguridad en este país, pero ellos si tienen seguro social de calidad. XIV. LA LEY DETERMINARA LOS CARGOS QUE XIV.- LOS EMPRESARIOS SERÁN RESPONSABLES DE LOS ACCIDENTES SERÁN CONSIDERADOS DE CONFIANZA. LAS PERSONAS QUE LOS DESEMPEÑEN DISFRUTARAN DEL TRABAJO Y DE LAS ENFERMEDADES PROFESIONALES DE DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN AL SALARIO Y GOZARAN DE LOS BENEFICIOS DE LA SEGURIDAD LOS TRABAJADORES, SUFRIDAS CON SOCIAL. MOTIVO O EN EJERCICIO DE LA PROFESIÓN O TRABAJO QUE EJECUTEN; POR LO TANTO, LOS PATRONOS DEBERÁN PAGAR LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE, SEGÚN QUE HAYA TRAÍDO COMO CONSECUENCIA LA MUERTE O SIMPLEMENTE INCAPACIDAD TEMPORAL O PERMANENTE PARA TRABAJAR, DE ACUERDO CON LO QUE LAS LEYES DETERMINEN. ESTA RESPONSABILIDAD SUBSISTIRÁ AUN EN EL CASO DE QUE EL PATRONO CONTRATE EL TRABAJO POR UN INTERMEDIARIO; El apartado “A” da una fracción muy importante, por que hace responsables a los empresarios de cualquier accidente que pase dentro de sus instalaciones y a indemnizar a quien haya sufrido el accidente; con esta medida se obliga a los empresarios a tener instalaciones seguras para el desenvolvimiento del trabajo. En el apartado “B” nos dice algo que es un tanto contradictorio, por que dice que la ley va a decir quienes son empleados de confianza y que ellos gozaran de los beneficios del seguro social y entonces ¿Qué paso con aquello que decía todos los trabajadores tienen derecho a? ¿Por qué en esta postura excluye a todos aquellos que no son considerados de confianza de todos los beneficios del seguro social? Hasta esta fracción queda el apartado “B”, en los dos apartados se abarcan las mismas cosas, la diferencia más clara es que en uno vienen más fracciones que en el otro ya que son más concisos y en el otro los van dando de “poquito en poquito”. Al final de cuentas el resto del apartado “A” dirá lo mismo que el apartado “B”, pero con más fracciones. El resto de las fracciones del apartado “A” (después de la XIV hasta el XXXI) se complementa y menciona todo lo que el apartado “B” cita, y las fracciones finales incluso se aplican para los trabajadores al servicio del estado que son los que se regulan en el apartado “B” y entonces ¿cuál es la finalidad de tener dos apartados? Acaso no sería más práctico hacer uno solo y solo dar ciertas especificaciones por si son trabajadores al servicio del estado o no. Lo más importante desde mi punto de vista es para qué tener tantos apartados si no se va a estar vigilando su cumplimiento y mientras tanto las injusticias hacia los trabajadores, ya sen del estado o no, seguirán como hasta ahora. Los diputados deberían de ponerse a revisar este tipo de artículos y ver si de verdad están funcionando y si no que se deroguen o si son buenos ponerse a trabajar para que se pongan en práctica y no hacer como sí en verdad estuvieran trabajando.

SEMEJANZAS ENTRE LOS APARTADOS A Y B APARTADO A Y B: La jornada máxima es igual de 8 horas y la nocturna de 7 horas. APARTADO A Y B: Por cada 6 días de trabajo disfrutarán de un día de descanso. APARTADO A Y B: A trabajo igual, corresponde un salario igual, sin importar el sexo de los trabajadores APARTADO A Y B: Las mujeres embarazadas no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable, ni que pongan en riesgo su salud durante la gestación y gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas antes y después del parto. APARTADO A Y B: Las horas de trabajo extras se pagarán con un 100% más de lo fijado en horas de trabajo normales y no podrán exceder de 3 horas diarias, ni tres veces consecutivas. APARTADO A Y B: Se establece el fondo nacional de la vivienda a fin de construir depósitos a favor de dichos trabajadores para que adquieran en propiedad habitaciones. APARTADO A Y B: Tendrán derecho a coaligarse para defensa de sus propios intereses formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc. APARTADO A Y B: Se indemnizarán a los trabajadores por causas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. APARTADO A Y B: Los trabajadores podrán hacer uso del derecho de huelga. APARTADO A Y B: Los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas, en los casos y porción que determine la ley. DIFERENCIAS ENTRE LOS APARTADOS A Y B A: Va enfocado a los jornaleros, obreros, empleados domésticos, artesanos, etc. B: Se refiere a los poderse de la unión, el gobierno del distrito federal y sus trabajadores. A: Los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional. B: Los salarios profesionales serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de estos. A: La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las autoridades de los estados, en sus respectivas jurisdicciones y en ciertos casos a las autoridades federales. B: Los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del ministerio público, peritos, miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes. A: La empresa indemnizará a los trabajadores que sean despedidos injustificadamente. B: El estado será quien indemnice a los trabajadores por despido injustificado. A: La empresa hará aportaciones al fondo nacional de la vivienda a fin de construir depósitos a favor de dichos trabajadores. B: Será el estado quien realice éstas aportaciones al fondo nacional de la vivienda, a favor de sus trabajadores. A: Los conflictos entre el capital y el trabajo se sujetarán a la decisión de una junta de conciliación y arbitraje, formada por los representantes de los obreros, de los patronos y uno del gobierno. B: En los conflictos individuales, colectivos o intersindicales serán sometidos a un tribunal federal de conciliación y arbitraje, integrado según lo prevenido en la ley reglamentaría. A: En el servicio de colocación de los trabajadores, ya sea por oficinas municipales, de la bolsa de trabajo o cualquier otra institución, tendrá prioridad quienes representen la única fuente de ingresos en su familia.

B: Los trabajadores gozaran del derecho de escalafón, pero tendrán prioridad quienes representen la única fuente de ingresos en su familia. A: Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa. B: En esta sección no se manejan utilidades dirigidas a los trabajadores, ya que son instituciones publicas. A: Los trabajadores recibirán capacitación y adiestramiento para poder trabajar dentro de la empresa. B: La designación del personal se hará mediante sistemas que permita apreciar los conocimientos y aptitudes de los aspirantes para ocupar un puesto en la empresa. A: No se menciona algo acerca de los cargos de confianza. B: Dice que la ley determinara los cargos que serán considerados de confianza. Las personas que los desempeñen disfrutaran de las medidas de protección al salario y gozaran de los beneficios de seguro social.

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