AMPLIACION DE DEMANDA

October 12, 2017 | Author: Nohelia Avich | Category: Lawsuit, Procedural Law, Ethical Principles, Virtue, Society
Share Embed Donate


Short Description

Download AMPLIACION DE DEMANDA...

Description

1

EJECUTIVO 374-2004 OF. 3º. SEÑOR

JUEZ

DE

PRIMERA

INSTANCIA

DEL

RAMO

CIVIL

DEL

DEPARTAMENTO DE GUATEMALA. HEYDI LETICIA HERANDEZ PALMA de datos de identificación personal conocidos dentro del presente expediente; RAZON DE MI GESTION Atentamente comparezco con el objeto de darme por notificado y de ampliar mi demanda de fecha veintiocho de enero de dos mil ocho al efecto: EXPONGO I.

DE LA NOTIFICACION

Por el presente acto y de conformidad con las facultades que me confiere el artículo setenta y ocho del Código Procesal Civil y Mercantil, por el presente acto, y en la calidad con que actúo, me manifiesto sabedor y me doy por notificado de la resolución de fecha veintiocho de enero de dos mil ocho;

II.

DE LA AMPLIACION DE LA DEMANDA.

Asimismo, amplío mi demanda en el sentido de indicar que para llevar a cabo el embargo con carácter de intervención sobre la empresa mercantil que a continuación describo, propongo como interventor al señor JOSE RONALDO LOPEZ PALACIOS, a quien se le deberá discernir el cargo para su aceptación y demás efectos legales, confiriéndole las facultades contenidas en el articulo seiscientos sesenta y uno del Código de Comercio, debiendo librarse los despachos correspondientes. Dicha empresa mercantil es la siguiente:

2

"CONSTRUCTORA Y TRANSPORTES MOHAMEDSA”, inscrita en el Registro Mercantil General de la República al número

TRESCIENTOS

CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES (358,173), folio VEINTIDOS (22) del libro DOSCIENTOS (200) de empresas mercantiles, y que se encuentra ubicada en la NOVENA AVENIDA DOCE – CATORCE, ZONA UNO DE ESTA CIUDAD CAPITAL, y cuya fotocopia legalizada de la patente de comercio de empresa consta en autos. FUNDAMENTO DE DERECHO El artículo 79 del Código Procesal Civil y Mercantil preceptúa: "No obstante lo prevenido en el artículo que precede, si el interesado se hubiere manifestado en juicio sabedor de la resolución, la notificación surtirá desde entonces sus efectos, como si estuviere legítimamente hecha; más no por eso quedará relevado el notificador de la responsabilidad expresada en el artículo anterior. (...)" Por su parte el artículo 110 del mismo cuerpo legal preceptúa: "Podrá ampliarse o modificarse la demanda antes de que haya sido contestada." PETICION 1. Que se agregue a sus antecedentes el presente memorial 2. Que se me tenga por notificado en la calidad con que actúo, de la resolución de fecha veintinueve de septiembre de dos mil cuatro.

3. Que se tenga por ampliada mi demanda en el sentido que para llevar a cabo el embargo con carácter de intervención sobre la empresa mercantil denominada

"CONSTRUCTORA

Y

TRANSPORTES

MOHAMEDSA”,

inscrita en el Registro Mercantil General de la República al número TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y TRES (358,173),

3

folio VEINTIDOS (22) del libro DOSCIENTOS (200) de empresas mercantiles, y que se encuentra ubicada en la NOVENA AVENIDA DOCE – CATORCE, ZONA UNO DE ESTA CIUDAD CAPITAL, y cuya fotocopia legalizada de la patente de comercio de empresa consta en autos, se tenga por propuesto como interventor al señor JOSE RONALDO LOPEZ PALACIOS. 4. Que al interventor propuesto se le discierna el cargo para su aceptación y demás efectos legales, confiriéndole las facultades contenidas en el articulo seiscientos sesenta y uno del Código de Comercio. 5. Que se decrete el embargo con carácter de intervención sobre la empresa mercantil antes referida, librándose para el efecto, los despachos respectivos. CITA DE LEYES. Artículos: 25, 29, 30, 31, 44, 45, 50, 61, 62, 63, 66, 67, 77, 78, 79, 86, 96, 98, 106, 107, 130, 177, 327, 328, 329, 330, 331, 527, 529 del Código Procesal Civil y Mercantil; 301, 303, 386, 389, 615, 616, 617, 630, 631, 655, 661 del Código de Comercio. Acompaño tres copias del presente memorial. Guatemala, 01 de febrero de 2008.

EN SU AUXILIO:

View more...

Comments

Copyright ©2017 KUPDF Inc.
SUPPORT KUPDF