Ámbito de validez espacial. JUAN DANIEL AHUMADA RODRÍGUEZ. MARÍA PAULA ALVARADO DÍAZ.
Concepto.
Principio de territorialidad. Aplicación de la ley en determinado espacio, ya sea tierra, mar o aire. Manifestación del poder soberano que ejerce el Estado en su territorio. Existe una excepción a este principio: la extraterritorialidad de la ley.
Principios generales.
Cuatro postulados acogidos en los estatutos penales: 1) Principio de territorialidad absoluta.
2) Principio de nacionalidad.
3) Principio de protección.
4) Principio de extraterritorialidad absoluta.
Principio de territorialidad en el derecho vigente.
Porción del espacio: terrestre, marítimo y aéreo.
Conjunto de cosas: los sujetos sobre los cuales el Estado ejerce su imperio.
Excepciones de derecho internacional: pactados en acuerdos o tratados, por los cuales el Estado renuncia a aplicar la normatividad en algunos casos.
Lugarr de com Luga comisi isión ón de la con conduc ducta ta puni punible: ble: teor teoría ía de la ac acci ción ón,, te teor oría ía de dell res result ultad ado o y teo teoríría a mi mixta xta..
Extraterritorialidad de la ley.
ART 16 CÓDIGO PENAL.
Numeral 1: Consagra el principio real o el de defensa, al ordenar la ley penal tanto a nacionales como extranjeros que cometan delitos.
Numeral 2°: Desarrolla el principio de personalidad por vía activa.
Numeral 3°: Se consagra el principio de personalidad por vía activa.
Numeral 4: Se ordena imponer la ley penal patria a los nacionales…
Numeral 5°: Principio real o de defensa.
Numeral 6°: Principio de jurisdicción mundial.
La sentencia extranjera.
ARTICULO 17 DEL CÓDIGO PENAL. En primerlas lugar no tieneque efectos de cosa juzgada sentencias recaigan sobre delitos cometidos a bordo de nave o de aeronave nacional. En segundo lugar no se reconoce efectos de cosa juzgada a las sentencias del juez extranjero impuestas a personas (nacionales o extranjeras) que cometan cualquiera de los delitos que refiere el art 16, numeral 1°.
La extradición. (Contexto histórico colombiano)
La extradición.
Concepto: Ex (fuera) traditio (entrega). Supone el procedimiento mediante el
cual se somete a un delincuente para su juzgamiento por el país que lo solicita soli cita o para el cumplimiento de la cadena que se la impuesto.
Clases: 1. Activa.
2. Pasiva.
Principios: Principio de legalidad, principio de especialidad, principio de
jurisdiccionalidad, doble incriminación, incriminación, principio de conmutación conmutación o de la prohibición capital, principio de “nes bis in ídem”, principio de reciprocidad,
principio de dignidad de la persona humana, principio de no extradición por infracciones de poca gravedad, principio de extraditar a los propios nacionales, el principio de no entregar por delitos políticos o de opinión.
Thank you for interesting in our services. We are a non-profit group that run this website to share documents. We need your help to maintenance this website.