Amaparo Indirecto Derecho de Peticion
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QUEJOSO: RICARDO PEREZ APARICIO C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO, DE MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL. P R E S E N T E . RICARDO PEREZ APARICIO, por mi propio derecho y señalando como mi domicilio para oír notificaciones en la calle Benito Juárez col. la villa Número 45 delegación Gustavo a. Madero, C.P. 07050 ; y autorizando para los mismos efectos al Licenciado en Derecho: DAVID ALVA RODRIGUEZ y CATARINO RAMIREZ BRENDA DALILAH, el primero de los nombrados con Cédula Profesional número 3633964 y al segundo con número 5008743, expedidas por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación para imponerse de autos y recibir toda clase de notificaciones, documentos y valores, relacionados con este asunto, ante Usted como mejor proceda en derecho comparezco y expongo: Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 103 y107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vengo a solicitar AMPARO AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL, contra los actos y autoridades que quedaran debidamente precisados en los apartados correspondientes por lo que con fundamento en el artículo 116 de la Ley de Amparo manifiesto a continuación lo siguiente. I.- Nombre y domicilio del quejoso: RICARDO PEREZ APARICIO, con domicilio en Calle Panchita número 91, de la Calle Calle Benito Juárez Número 45 Colonia la villa , Delegación Gustavo A Madero, Madero, Distrito Federal. II.-Nombre y domicilio del tercero perjudicado: No existe. III.-Autoridad Responsable: 1) C. Jefe Delegacional de la Gustavo A. Madero, con residencia en el Distrito federal. IV.- Acto Reclamado: De la autoridad señalada como responsable, reclamo la omisión de dar en breve término, respuesta a la petición formulada mediante Escrito presentado en fecha 1 de enero del presente año ante la Oficialía de Partes de dichas dependencias. La violación al derecho de petición y acceso ala justicia, consagrada en el artículo 8º Constitucional. Por la cual solicito de esta Autoridad Federal se tome en consideración el acto reclamado, por las anomalías violatorias a las garantías garantías individuales que como gobernado en este acto hago valer.
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BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD MANIFIESTO: Que los hechos que a continuación relato son los que constan y constituyen los antecedentes del acto reclamado y sirven de fundamento para los conceptos de violación. H E C H O S . I.- Con fecha 1 de Enero del año 2012 el suscrito presento sendos escritos en forma pacífica y respetuosa a las hoy autoridades responsables, en los cuales se solicitó en los términos del artículo 8 constitucional lo siguiente: a) La Solicitud de alumbramiento Público, en el perímetro de la calle Benito Juárez y av. Villa la reparación, instalación de la red de alumbrado público en atención a las necesidades de la Delegación Gustavo A. Madero, Para el mantenimiento a la red de alumbrado público en vialidades secundarias contribuyendo con ello a incrementar las condiciones de seguridad para la población, así como mejorar la imagen urbana dentro del perímetro delegacional, es por eso que en esta demanda de amparo solicito la protección de la autoridad Federal. II.- Es el hecho Que la autoridad hoy señalada como responsable, al día en que se formula la presente demanda de garantías, el suscrito no ha recibido ninguna respuesta tendiente a responder o a pronunciarse respecto de los escritos referidos de manera pacífica y respetuosa en el hecho que antecede, por lo que se está violando en perjuicio del peticionario de garantías lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución Federal. V.- PRECEPTOS CONSTITUCIONALES VIOLADOS.- Artículo 8 Constitucional, así como también el artículo 103 fracción I constitucional. VI.- CONCEPTOS DE VIOLACIÓN: el artículo 8 constitucional establece que Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República, República, en caso de estudio se desprende concluir en mi contra respetar la garantía del ejercicio del derecho de petición de la que gozan los gobernados obligado como tal, en este caso la autoridad administrativa a dar contestación por escrito y en breve término al gobernado, gobernado, y para cumplir con esa obligación debe de dar contestación a la petición que le formulen los
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Al respecto se hacen aplicables los siguientes criterios jurisprudenciales, que a su letra establecen lo siguiente:
Tesis VI.1o.A. J/54 (9a.)
Semanario Judicial Décima de la Federación y 160 206 Época su Gaceta
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.
Libro VI, Marzo de Pág. 2012, Tomo 2 931
1 de 55
Jurisprudencia(Constitucional)
[J]; 10a. poca; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012, Tomo 2; Pág. 931
PETICIÓN. LA GARANTÍA CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 8o. CONSTITUCIONAL SE PETICIÓN. CONFORMA DE DIVERSAS SUBGARANTÍAS QUE LE DAN CONTENIDO, Y QUE DEBEN CONSIDERASE POR EL JUEZ DE DISTRITO EN EL JUICIO DE AMPARO PROMOVIDO POR VIOLACIÓN A DICHO DERECHO DERECHO.. La garantía del derecho de petición contenida en el artículo 8o. constitucional, constitucional, se conforma a su vez de diversas subgarantías que le dan contenido, y que derivan de las diferentes conductas que deben acatar las autoridades ante quienes se presente una petición por escrito, en forma pacífica y respetuosa. Las diversas subgarantías derivadas del derecho de petición son las siguientes: 1. De dar respuesta por escrito a la petición formulada por el gobernado, de tal modo que el juicio de amparo que se promueva al respecto versará sobre un acto de naturaleza omisiva, y la pretensión del quejoso consistirá en obligar a la autoridad responsable a que actúe en el sentido de contestar lo solicitado, es decir, a que emita un acto positivo subsanando la omisión reclamada. 2. De que la respuesta sea congruente con lo solicitado por el gobernado, de tal forma que el juicio de amparo que se promueva en este caso, parte del supuesto de que el quejoso conoce el fondo de la contestación recaída a su solicitud, ya sea porque se impuso de ella con anterioridad a la presentación de la demanda de amparo y formuló conceptos de violación en su contra, o porque se le dio a conocer durante el trámite del juicio de garantías, dando lugar a la oportunidad de ampliar el ocurso inicial en contra de la respuesta o a la promoción de un nuevo juicio de amparo, por lo que el acto reclamado en esta hipótesis será de naturaleza positiva, con la pretensión del quejoso de obligar a que la responsable emita una nueva contestación que sea congruente con lo pedido; y 3. De dar a conocer la respuesta recaída a la petición del gobernado en breve término, por lo que la promoción del juicio de garantías en este supuesto versará sobre un acto de naturaleza omisiva, con la pretensión de obligar a la responsable a que notifique en breve término la respuesta recaída a lapetición que aduce desconocer el quejoso, con la posibilidad de que en el propio juicio de amparo el impetrante pueda ampliar la demanda inicial en su contra, o de ser conforme a sus intereses, promueva un diverso juicio constitucional en contra del fondo de lo respondido.
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Por lo anteriormente expuesto y fundado.
A USTED C. JUEZ atentamente pido se sirva:
PRIMERO.- Tenerme por presentada en términos del presente escrito solicitando el amparo y protección de la justicia de la unión en contra de los actos y autoridades que han quedado debidamente precisadas. SEGUNDO.- Previos los trámites legales, conceder al suscrito el AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL solicitado, y expedir copia certificada de la sentencia definitiva., definitiva., así como también se me tenga por autorizadas a las personas que han quedado debidamente nombradas en el escrito de demanda.
PROTESTO LO NECESARIO.
Mexico , Distrito Federal a 25 de Agosto de 2012.
RICARDO PEREZ APARICIO
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