Almacenamiento y Trasnporte de Sustancias Peligrosas

March 31, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS DEFINICION: Implica riesgos para las poblaciones, los transportistas, los usuarios y el ambiente, por esta razón el transporte de Mercancías peligrosas en carreteras y áreas urbanas debe hacerse respondiendo a criterios de máxima seguridad.

¿Qué hacer? Existen algunas acciones que deben implementarse para minimizar los riesgos de accidentes durante el transporte de mercancías peligrosas:   Implementar leyes y normas.   Preparación de planes de contingencia para mitigar accidentes. Capacitaciónn de todos lo loss actores involucrados en la cadena del transporte, tanto   Capacitació  públicos como privados.   Creación de Centros de Información para atención de emergencias, causadas por accidentes químicos. 







Beneficios:      

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Disminución de los costos causados por accidentes Minimización de los daños causados a la población, propiedad y al ambiente Aumento de la eficiencia técnica en el transporte, almacenamiento y manejo de Productos Químicos Mejoramiento de la productividad y calidad del servicio Oportunidad de prepararse para asegurar el mercado nacional y a la vez expandir el servicio de la transportación t ransportación a otros países Seguridad y bienestar de la población y preservación ambiental

 

MATERIALES PELIGROSOS Un material peligroso  es toda sustancia sólida, líquida o gaseosa que por sus características físicas, químicas o biológicas puede ocasionar daños al ser humano, al medio ambiente y a los bienes. También llamado por su sigla en inglés Hazmat (hazard material).

Clase 1. EXPLOSIVOS  Son sustancias sólidas o líquidas, o mezclas de ellas, que por sí mismas son capaces de reaccionar químicamente produciendo gases a tales temperaturas, presiones y velocidades que pueden ocasionar daños graves en los alrededores. Se consideran 6 subclases de acuerdo con la forma como una sustancia puede explotar.

forma

Subclase 1.1: corresponde a sustancias o artículos que ofrecen  peligro de explosión en masa. Es decir, que afecta toda la carga en instantánea.

Sustancias o artículos que ofrecen peligro de proyección mas no Subclase 1.2: explosión en masa.

Subclase 1.3: sustancias o artículos que ofrecen peligro de fuego y en menor grado  proyección de partículas, o am ambos, bos, mas no peligro peligro de explosión en masa. Subclase 1.4: Sustancias o artículos que no representan peligro significativo. Pueden entrar en ignición eventualmente. Subclase 1.5: Sustancias o artículos muy insensibles que ofrecen en condiciones especiales,, peligro de explosión en masa. especiales Subclase 1.6: Sustancias o artículos extremadamente insensibles que no tienen peligro de explosión en masa. Ejemplos de sustancias o artículos explosivos son: La Dinamita, el TNT, Pólvora P ólvora negra,  Nitroglicerina, Nitrato de pentaeritritol. pentaeritritol.

 

Clase 2. GASES GASES. Son sustancias que se encuentran totalmente en estado gaseoso a 20ºC y una  presión estándar estándar de 101.3 Kpa Kpa.. Existen gase gases: s:

en estado Ej. gaseosoAire al ser empacados o COMPRIMIDOS, envasados para queelse encuentran transporte,totalmente a 20ºC. comprimido

LICUADOS, que se encuentran parcialmente en estado líquido al ser empacados o envasados para el transporte a 20ºC. Ej. GLP  CRIOGÉNICOS, que se encuentran parcialmente en estado líquido al ser empacados o envasados para el transporte a muy  bajas temperaturas. Ej. Nitrógeno criogénico EN SOLUCIÓN, que se encuentran totalmente disueltos en un líquido al ser empacados o envasados para el transporte. Ej. Acetileno (en acetona) Gas inflamable

Con respecto al tipo de en dos subdivisiones:   riesgo que ofrecen, los gases se clasifican

Subclase 2.1: Gases Inflamables, pueden incendiarse fácilmente en el aire cuando se mezclan en proporciones inferiores o iguales al 13% en volumen. Ej. Gas Propano, Aerosoles. Subclase 2.2: Gases No-inflamables, no tóxicos; Pueden ser asfixiantes simples u oxidantes. Ej. Nitrógeno. Subclase 2.3: Gases Tóxicos; ocasionan peligros para la salud, son Gas no inflamable tóxicos o corrosivos. Ej. Cloro. Clase 3. LÍQUIDOS INFLAMABLES  Clase 3. Líquidos Inflamables. Son líquidos o mezclas de ellos, que pueden contener sólidos en suspensión o solución, y que liberan vapores inflamables por debajo de 35ºC (punto de inflamación). Por lo general son sustancias que se transportan a temperaturas superiores a su punto de inflamación, o que siendo explosivas se estabilizan diluyéndolas o suspendiéndolas en agua o en otro líquido. Ej. Gasolina, benceno y nitroglicerina en alcohol.

 

Clase 4. SÓLIDOS CON PELIGRO DE INCENDIO Clase 4. Sólidos con peligro de incendio. Constituyen cuatro subdivisiones: Subclase 4.1: Sólidos Inflamables. Son aquellos que bajo condiciones de transporte son combustibles o pueden contribuir al fuego por fricción. Ej. Fósforo.

Subclase 4.2: Sólidos espontáneamente combustibles. Son aquellos que se calientan espontáneamente al contacto con el aire  bajo condiciones normales. Ej. Hidrosulfito de sodio.

Subclase 4.3: Sólidos que emiten gases inflamables al contacto con el agua. Son aquellos que reaccionan violentamente con el agua o que emiten gases que se pueden inflamar en cantidades  peligrosas cuando entran en contacto con ella. Ej. Metales alcalinos como sodio, potasio.

Clase 5- OXIDANTES Y PERÓXIDOS ORGÁNICOS. Subclase 5.1: Sustancias oxidantes. Generalmente contienen oxígeno y causan la combustión o contribuyen a ella. Ej. Agua oxigenada (peróxido de hidrógeno);  Nitrato de potasio.

 

Subclase 5.2: Peróxidos orgánicos. Sustancias de naturaleza orgánica que contienen estructuras bivalentes -O-O-, que generalmente son inestables y pueden favorecer una descomposición explosiva, quemarse rápidamente, ser sensibles al impacto o la fricción o ser altamente reactivas con otras sustancias. Ej. Peróxido de benzoílo, Metiletilcetona peróxido.

Clase 6. SUSTANCIAS TÓXICAS E INFECCIOSAS El término tóxico puede relacionarse con "venenoso" y la clasificación para estas sustancias está dada de acuerdo con la DL50 oral, inhalatoria y dérmica. Existen dos subdivisiones:

Subclase 6.1: Sustancias Tóxicas. Son líquidos o sólidos que  pueden ocasionar daños graves a la salud o la muerte al ser ingeridos, in halados o entrar en contacto con la piel. Ej. Cianuros, Sales de metales pesados.

Subclase 6.2: Materiales infecciosos. Son aquellos microorganismos que se reconocen como patógenos (bacterias, hongos, parásitos, virus e incluso híbridos o mutantes) que  pueden ocasionar una enfermedad por infección a los animales o a las personas. Ej. Ántrax, VIH, E. Coli.

Clase 7. MATERIALES RADIOACTIVOS. Son materiales que contienen radionúclidos y su peligrosidad depende de la cantidad de radiación que genere así como la clase de descomposición atómica que sufra. La contaminación por radioactividad empieza a ser considerada a partir de 0.4 Bq/cm2  para emisores beta y gama, o 0.04 Bq/cm2 para emisores alfa. Ej. Uranio, Torio 232, Yodo 125, Carbono 14.

 

Clase 8. SUSTANCIAS CORROSIVAS Corresponde a cualquier sustancia que por reacción química,  puede causar daño severo o destrucción a toda superficie con la que entre en contacto incluyendo la piel, los tejidos, metales, textiles, etc. Causa entonces quemaduras graves y se aplica tanto a líqudos o sólidos que tocan las superficies como a gases y vapores que en cantidad suficiente provocan fuertes irritaciones de las mucosas. Ej. Ácidos y cáusticos.

Clase 9. SUSTANCIAS Y ARTÍCULOS PELIGROSOS MISCELÁNEOS Son materiales que no se encuentran incluidos en las clases anteriormente mencionadas y por tanto pueden ser transportados en condiciones que deben ser estudiadas de manera particular. Ej. Asbesto, fibra de vidrio, sílice. Dentro de este grupo se han incluido las sustancias que ocasionan de manera especial, contaminación ambiental por bioacumulación o por toxicidad a la vida acuática (polutantes marinos) o terrestre (contaminante ambiental). Ej. 1,2-Dibromoetano.

IDENTIFICACIÓN IDENTIFICAC IÓN DE LOS PELIGROS DE LOS PRODUCTOS QUÍMICOS La información sobre los riesgos que generan las sustancias o preparados químicos se suministra a través de:

El etiquetado obligatorio de los envases de los productos químicos, incluyendo información sobre los riesgos y medidas de seguridad básicas a adoptar. Hoja de seguridad de los productos químicos que debe estar a disposición del personal en sus áreas de trabajo. A. Identificación de Riesgos a Través de la Etiqueta  

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La etiqueta del envase original de un producto químico peligroso debe disponer de la siguiente información mínima: Datos sobre la denominación del producto y, si lo poseen, N° identificación y "etiqueta CEE" (Comunidad Europea).

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Datos sobre el fabricante o proveedor.

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Pictogramas (gráficos) e indicaciones del peligro.

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Frases estandarizadas de los riesgos específicos del producto (frases R) y consejos de prudencia (frases S).

 

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La etiqueta es un primer nivel de información, concisa pero clara, que nos aporta la información necesaria para planificar las acciones preventivas básicas.

B. Identificación de Riesgos a través de la l a Hoja de Seguridad Información contenida en las hojas de Seguridad (MSDS) 1.  Información sobre fabricante: Datos que permitan identificar el producto y al fabricante o proveedor, así como un número de teléfono donde efectuar consultas de emergencia. 2.  Características Física Químicas del producto: Punto de combustión, presión y densidad de vapor, punto de ebullición, tasa de evaporación, etc. Rombo (diamante) de la NFPA.

Rombo de la NFPA 704 Corresponde a la norma 704 de la NFPA (National Fire Protection Asociation) y es usado para indicar el nivel de riesgo para la salud, inflamabilidad, reactividad y otros datos, que tienen un producto químico específico. Dentro de cada sección de color amarillo, azul o rojo del rombo va un número de 0 al 4, en donde el 0 representa el menor riesgo y el 4 el mayor. La información que entrega cada color del rombo es la siguiente: DIAMANTE DE PELIGRO O ROMBO NFPA-704

Azul - Riesgo para la salud - Se refiere al nivel de daño que puede producir en la salud de las personas, la exposición directa al producto químico Rojo - Riesgo de inflamabilidad -Capacidad del producto de entrar en combustión Amarillo - Riesgo de Reactividad -Capacidad de reaccionar con el agua, aire o calor Blanco - información adicional - No usar agua, agua, Oxidante, Radiac Radiactivo, tivo, Corrosivo.

 

CÓDIGO DE RIESGO PARA LA SALUD

 

BASE LEGAL 1. LEY Nº 28256, LEY QUE REGULA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOS. Del ámbito de aplicación Están comprendidos en los alcances de la presente Ley, la producción, almacenamie almacenamiento, nto, embalaje, transporte y rutas de tránsito, manipulación, utilización, reutilización, tratamiento, reciclaje y disposición final.

Definición de los materiales y residuos peligrosos Son materiales y residuos peligrosos, para efectos de la presente Ley, aquellas sustancias, elementos, insumos, productos y subproductos, o sus mezclas, en estado sólido, líquido y gaseoso que por sus características físicas, químicas, toxicológicas, de explosividad o que por su carácter de ilícito, representan riesgos para la salud de las  personas, el el medio ambiente y la propiedad.

DE LAS COMPETENCIAS DE LAS AUTORIDADES SECTORIALES Ministerio de Transportes y Comunicaciones 1. Establecer y mantener actualizado un Registro Único de las unidades de transporte terrestre de materiales y/o residuos r esiduos peligrosos. 2. Disponer la expedición de licencia de conducir de categoría especial para los conductores de las unidades de transporte de materiales y/o residuos peligrosos, así como determinar los requisitos para su obtención. 3. Verificar que las Empresas Prestadoras de Servicio de Transporte cuenten con una  póliza de seguro que cubra todas las operaciones de transporte de residuos y/o materiales peligrosos, desde su adquisición hasta su disposición final, así como la afectación de terceros y de intereses difusos en materia ambiental. 4. Establecer y mantener actualizado el Registro Nacional de Conductores con licencia especial para transportar residuos y/o materiales peligrosos. 5. Autorizar y fiscalizar el traslado de materiales y/o residuos peligrosos de la actividad industrial y/o minera a las Empresas Prestadoras de Servicio de Transporte que están debidamente registradas conforme al inciso 1 del presente artículo. 6. Determinar la obligatoriedad de las Empresas Prestadoras de Servicio de Transporte a  proporcionar un control de mantenimiento preventivo y correctivo a sus unidades motrices, así como llevar un inventario de los materiales y/o residuos peligrosos transportados. 7. Verificar a través de las Direcciones Regionales de Circulación Terrestre, que todo transportista se encuentre autorizado para el traslado de residuos y/o materiales  peligrosos.

 

  8. Disponer cuando lo considere necesario que las unidades motrices utilizadas para el traslado de los materiales y/o residuos peligrosos se encuentren cubiertos con tolvas herméticamente cerradas, cerradas, a ffin in de evitar la l a contaminación del medio ambiente.

MINISTERIO DE SALUD 1.  Regular a través de la Dirección General de Salud Ambiental - DIGESA: a) Los aspectos técnico-sanitarios del transporte de los materiales y/o residuos  peligrosos, incluyendo incluyendo su emb embalaje, alaje, carga, transportación y de descarga. scarga.  b) A través de la División de Sustancias Químicas y Residuos Peligros, que los generadores y los transportistas cumplan con las políticas y lineamientos sobre el manejo y gestión de residuos y/o materiales peligrosos. peli grosos. 2. Declarar zonas en estado de emergencia sanitaria y ambiental por el manejo inadecuado en el transporte de los materiales y residuos peligrosos. 3. Disponer el levantamiento del estado de emergencia generado por el manejo inadecuado de materiales y residuos r esiduos peligrosos. 4. Disponer la eliminación y control de los riesgos sanitarios generados por el transporte de residuos y/o materiales peligrosos. 5. Otras que determine el Reglamento.

DE LAS MUNICIPALIDA MUNICIPALIDADES DES PROVINCIALES Las Municipalidades Provinciales señalan las vías alternas para el tránsito de las unidades que transportan materiales y residuos peligrosos así como los lugares de estacionamiento de las mismas, para los cuales coordina con la Comisión Ambiental Regional (CAR) la Dirección competente del Gobierno Regional. En casopor de aquellas  poblaciones que yno cuenten con vías alternas, se permitirá el tránsito las vías disponibles.

DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTES Los titulares de la actividad que usan materiales peligrosos sólo podrán contratar los servicios de transporte con las empresas debidamente registradas y autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. El Ministerio de Transportes y Comunicacione Comunicaciones, s, en coordinación con el Ministerio de Salud, establecerá las normas técnicas y de seguridad que deben cumplir las empresas de transportes para los fines de su registro y autorización.

 

VIAS DE TRASNPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS TRANSPORTE POR CARRETERAS Para el transporte de materiales y/o residuos peligrosos por carretera, se deberá  presentar ante la DGTT una serie de documentos para acceder al: (i) permiso de operación especial para prestar servicio de transporte terrestre de materiales y/o residuos  peligrosos por carretera, o (ii) permiso de operación especial para transporte transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos por carretera por cuenta propia. La habilitación de nuevos vehículos deberá ser solicitado por el transportista mediante el incremento o sustitución de vehículos y/o unidades de carga. Está prohibida la habilitación de vehículos que no cumplan con las condiciones señaladas en el reglamento de la ley 28256. Las características técnicas establecidas en el reglamento nacional de vehículos y sus modificatorias y las características específicas que señala el presente reglamento para los vehículos, unidades de carga y sus equipamientos que se utilicen en el transporte terrestre de materiales y/o residuos peligrosos, serán acreditadas con el certificado de revisión técnica que emitirán las instituciones designadas por el órgano competente del MTC. Los vehículos podrán permanecer en el servicio hasta los 20 años de antigüedad, contados a partir del 1 de enero del año siguiente al de su fabricación, siempre que se acredite que cuentan con revisión técnica vigente. Transcurridos 20 años, caducará la habilitación vehicular sin derecho de renovación. Sin embargo, las unidades de carga no están sujetas a esta antigüedad de permanencia, siempre que se acredite que cuentan con revisión técnica vigente. Asimismo, los conductores de unidades vehiculares que transporten materiales y/o residuos peligrosos, deberán contar y portar durante la operación de transporte, su licencia de conducir vigente de la categoría que corresponda al vehículo que conduce y su licencia de conducir de categoría especial. Los materiales y/o residuos peligrosos ser acondicionados de tal manera que se minimicen los riesgos durante su carga,deberán transporte y descarga, conforme a lo señalado en el Libro Naranja de las Naciones Unidas. Durante las actividades de carga, transporte, descarga, trasbordo y descontaminación, los vehículos y unidades de carga, así como los respectivos equipos, deberán portar los rótulos de riesgos y paneles de seguridad identificadores del material y/o residuo peligroso. La Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) señalará los casos en los cuales, no obstante la descontaminación, los vehículos, unidades de carga o equipos no podrán ser usados en otros transportes. Salvo los casos que señale la DIGESA, los vehículos y unidades de carga habilitados para el transporte terrestre de materiales y residuos  peligrosos, así como su respectivo equipo, podrán ser usados en el transporte de cualquier tipo de carga, después de habérseles efectuado la respectiva descontaminación, en lugares debidamente autorizados por la municipalidad provincial correspondiente. correspondie nte. La disposición de los residuos peligrosos y de los productos utilizados en la descontaminación deberá cumplir con las instrucciones del fabricante del material

 

 peligroso y con las normas vigentes sobre la materia. Quien Quien realice la descontaminac descontaminación ión de los vehículos y equipos que hayan transportado mercancías y/o residuos peligrosos, deberá emitir una constancia bajo la forma de declaración jurada que acredite tal operación y que indique fecha, últimos materiales y/o residuos r esiduos peligrosos transportados. transportados.

TRANSPORTE POR FERROCARRIL Para el transporte de materiales y/o residuos peligrosos por ferrocarril, se deberá obtener el permiso de operación ferroviaria especial, el cual es la autorización de carácter administrativo que otorga la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles (DGCF) a un operador ferroviario para que realice transporte ferroviario de materiales y/o residuos  peligrosos en una determinada ruta de una vía férrea pública concesionada, concesionada, vía férrea  pública no concesionada concesionada o vvía ía férrea privada y por un determinad determinadoo plazo. Para el otorgamiento del permiso de operación ferroviaria especial, el operador ferroviario remitirá una solicitud bajo la forma de declaración jurada indicando la razón social, el número del RUC y domicilio; el nombre, documento de identidad y domicilio del representante legal, así como el número de partida de inscripción de su nombramiento y/o poder en los Registros Públicos; la vía férrea sobre la que se realizará el transporte; y la constancia de pago por derecho trámite, cuya tasa se establece en el TUPA del MTC. El permiso de operación ferroviaria especial no faculta a transportar materiales y/o residuos peligrosos utilizando material rodante que no cuente con un certificado de habilitación ferroviaria especial, o empleando maquinistas que no tengan una licencia de conducir vehículos ferroviarios de categoría especial o personal, y que no cuenten con un certificado de capacitación y/o de actualización. Asimismo, se necesitará un certificado de habilitación ferroviaria especial que es la autorización que se da a un operador ferroviario, que lo faculta a utilizar determinado material rodante en el transporte ferroviario de d e materiales y/o residuos peligrosos, y una licencia de conducir vehículos ferroviarios de categoría especial que autoriza a maquinistasy/oa conducir locomotoras utilizadas en la tracción de vagones que contengan materiales residuos peligrosos. Todo transporte de materiales y/o residuos peligrosos por vías férreas públicas concesionadas o no concesionadas, se realizará bajo la modalidad de carro entero, entendiéndose como tal a la modalidad de transporte ferroviario en la que el operador ferroviario pone uno o más vagones a disposición del remitente, quien se encarga del carguío, estiba y descarga por su cuenta y riesgo. De producirse estas operaciones en instalaciones del operador ferroviario, este deberá vigilar que las mismas se ejecuten con personal capacitado y que se adopten todas las medidas de seguridad necesarias  para evitar daños a las personas, a la propiedad y/o al ambiente. En los transportes de materiales y/o residuos peligrosos por vías férreas privadas, la organización ferroviaria  propietaria de la vía es la respon responsable sable del carg carguío, uío, estiba y des descarga. carga.

 

Los materiales y/o residuos peligrosos deberán acondicionarse para soportar los riesgos del transporte. El remitente es el responsable del adecuado acondicionamiento de los materiales y/o residuos peligrosos, por lo que deberá seguir las especificaciones del fabricante y obedecer las condiciones establecidas en el reglamento y las que se señalan en el Libro Naranja de las Naciones Unidas. El operador ferroviario solamente recibirá  para el transporte, aquellos materiales y/o residuos peligrosos cuyos embalajes exteriores estén adecuadamente etiquetados según lo establecido en el Libro Naranja. En un mismo vagón, no será permitido el transporte de materiales y/o residuos  peligrosos con otro tipo de mercadería, o con otr otroo producto peligroso, salvo si hubiera compatibilidad entre los diferentes materiales y/o residuos peligrosos transportados, debiendo observarse las definiciones y prohibiciones establecidas en el reglamento y en el Libro Naranja. Los vagones y equipamientos que hayan sido utilizados en el transporte de materiales y/o residuos peligrosos solamente serán usados, para cualquier otro fin, después de haberles efectuado la respectiva descontaminación, la cual será realizada en lugares adecuados y señalados por la autoridad competente, dentro del área de acceso de la vía férrea, quedando prohibido que los residuos y productos utilizados en la limpieza sean vertidos en la red de alcantarillado, de aguas pluviales, en cuerpos de agua o en lugares donde puedan afectar o contaminar el ambiente. Las condiciones para la descontaminación de los vagones y equipamientos, después de descargados, serán establecidas por la organización ferroviaria según las instrucciones del fabricante del producto y las normas vigentes emitidas por la DIGESA. Quien realice la descontaminación de los vagones y equipos que hayan transportado mercancías y/o residuos peligrosos, deberá emitir una constancia bajo la forma de declaración jurada que acredite tal operación y que indique fecha, últimos materiales y/o residuos peligrosos transportados. El personal que se dedique a la descontaminación de los vehículos y unidades de carga, deberá estar debidamente capacitado en el manejo de los materiales y/o residuos peligrosos y contar con instructivos para el desempeño de sus funciones.

 

PROCEDIMIENTO PROCEDIMIEN TO DE EMERGENCIA PRIMERA RESPUESTA (CONDUCTORES) 1.  Estacionar el vehículo en un lugar seguro, alejado de toda fuente de agua (ríos, acequias, canales, canales, lagunas, etc.), población y fábricas. Una vez estacionado no se movilizará la unidad hasta que llegue el Equipo de Emergencias. 2.  Actuar con calma y serenamente 3. Comprobar si hay lesionados para auxiliarlos 4. Aislar la zona del derrame, en lo posible en un perímetro de 100 metros. 5. Alertar a las personas y otros vehículos, señalizando la zona del derrame. 6. Comunicar a la Central de Emergencia de Xstrata Tintaya (Arequipa o Mina) dependiendo dependien do de llaa ubicación geográfica. 7. Deberán usar el trajes de protección química acorde al producto comprometido  para garantizar su seguridad y tratar la emergencia adecuadamente , respetando los  protocolos y procedimientos Haz Mat.. 8. Aislar y señalizar convenientemente la zona de derrame usando los conos de seguridad y hacer una barrera de contención con tierra seca, arena o los paños absorbentes. 9. Cubrir con arena o Tierra seca y cal la zona afectada, en caso de lluvia usar una  película de plástico para para disminuir la expansión o el contac contacto to con la lluvia colocar el  balde en el el lugar del goteo. EQUIPO DE SEGUNDA RESPUESTA 1. Recepción de la llamada y se dirige la unidad madrina a la zona del evento. 2. Evalúa las medidas mitigadoras de la Primera Respuesta, define el nivel de alerta (UNO, DOS y TRES) correspondiente correspondiente y complementa con acciones definitivas. 3. Organiza a las personas para la respuesta adecuada y segura. 4. Define la necesidad de desplazamiento de unidades de apoyo 5. Los operadores apoyarán al personal del carro madrina a realizar el control de la emergencia. 6. Al final de la emergencia se recogerá el material empleado en la contención y desechos contaminados, depositarlo en los contenedores para sustancias químicas para ser entregado al Departamento de Medio Ambiente de Xstrata Tintaya.

 

ELEMENTOS Y/O EQUIPOS ESTANDAR PARA PRIMERA RESPUESTA EN CADA UNIDAD Y/O GRUPO 

 

ELEMENTOS Y/O EQUIPOS ESTANDAR PARA EL EQUIPO DE SEGUNDA RESPUESTA

 

 

 

ALMACENAMIENTO Y ETIQUETADO Almacenamiento y Etiquetado - Consideraciones para el almacenamiento adecuado y manejo de los productos químicos. Consideraciones Consideracion es especiales para el etiquetado del producto en caso dé ser necesario.

Normas Generales   En el lugar de trabajo se deberán disponer de todas las hojas de datos de seguridad de los productos utilizados, debiendo estar éstas a disposición de los trabajadores para que puedan consultarlas. 

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Cada producto químico deberá contar con su hoja de seguridad correspondiente. correspondiente. La lista de los productos químicos utilizados será actualizada cada tres meses, o al incluirse un producto nuevo. En el lugar de almacenamiento de productos químicos deberá tenerse un compendio de las Hojas MSDS. Revise la Hoja el depeligro Seguridad (MSDS) cuando necesite más información sobre cómo controlar del material. Utilice los equipos de protección personal recomendados en la Hoja de Seguridad. Familiarícese con los aspectos más importantes de cada producto químico que esté usando. Asegúrese de conocer dónde se encuentra ubicado las Hojas de Seguridad en su lugar de trabajo.

DEFINICIONES

BODEGA COMUN: Recinto o instalación destinada al almacenamiento de productos o mercancías, la cual tiene una zona destinada al almacenamiento de sustancias  peligrosas.

BODEGA COMUN   Zona para sustancias peligrosas

 

BODEGA PARA SUSTANCIA PELIGROSAS:  recinto o instalación destinada al almacenamiento de sustancias peligrosas. Cuando esta bodega sea destinada de forma exclusiva para una clase y/o división de sustancias peligrosas, se denominara según esas sustancias, esto es Bodega exclusiva para Sustancias Toxicas, Bodega exclusiva para Sustancias Inflamables, etc. Las bodegas para sustancias peligrosas pueden pueden ser de alguno de los siguientes tipos: Bodega para sustancias peligrosas adyacente: instalación que tiene como mínimo un muro divisorio común y como máximo dos muros divisorios comunes son otros sectores o instalaciones de la misma construcción destinadas a otros usuarios o al almacenamiento de otras clases de sustancias.

BODEGA PARA SUSTANCIAS PLEGROSAS SEPARADA:  instalación que está aislada de otras construccione construcciones. s. ENVASE: recipiente que se usa para contener una sustancias, el cual está en contacto directo con las sustancias contenidas. En algunos casos el envase debe estar protegido  por un embalaje para poder cumplir su función. Son envases, entre otros, los tambores,  bolsas, cajas, cajas, bidones, ccontenedores ontenedores portá portátiles, tiles, sacos, cuñ cuñetes, etes, estanques,etc. estanques,etc. GRUPO DE EMBALAJE/ENVASE: clasificación de algunas de las clases de sustancias peligrosas, según que el grado de peligro que presentan, el Grupo de embalaje/envase embalaje/enva se I, sustancias presentan alta peligrosidad, gruposiendo de embalaje/envase II, sustancias que presentan una peligrosidad media y grupo de embalaje/envase III, sustancias que presentan una baja peligrosidad.

GÓNDOLA: Expositor o estantería donde se colocan las mercancías de 1,33 m de ancho, 2,10 m de alto y 0,53 m de profundidad. LINEAL: forma de almacenamiento en que se disponen 10 a 12 góndolas una al lado de otra. MURO CORTAFUEGO: aquel que se prolonga a lo menos 0,5 m más arriba de la cubierta del techo más alto y 0,2 m más hacia delante de los techos saledizos, aleros u otros elementos combustibles.

 

NÚMERO NU: número asignado a cada sustancia química por el sistema de Naciones Unidas. PILA: conjunto de envases o embalajes dispuestos de tal forma, que la separación entre ellos es mínima o nula. PILA A GRANEL: Acopio de sustancias peligrosas en estado sólido, sin envasar. RF: Resistencia al fuego, cualidad de un elemento de construcción para resistir las condiciones de un incendio estándar, sin deterioro importante de su capacidad funcional. Esta cualidad se mide por el tiempo en minutos durante el cual el elemento conserva la estabilidad mecánica, la contención de las llamas, el aislamiento térmico y la no emisión de gases inflamables. ZONA INDUSTRIAL: zona urbana en la que se permita actividades industriales, talleres, bodegas u otras de equipamiento o infraestructura, pero que no se permiten residencias o viviendas. Zona mixta: zona urbana en la que se permita residencia o vivienda, equipamiento y actividades  productivas (incluye (incluye bodegas). bodegas).

ALMACENAMIENTO EN BODEGAS PARA SUSTANCIAS PELIGROSAS CONDICIONES DE CONSTRUCCION  

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Señalizada con letreros que indique la clase de sustancia almacenada, en accesos y costados. Cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, techo liviano. Su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, de acuerdo al estudio de carga combustible. Piso sólido, liso, impermeable, no poroso resistente estructural y químicamente. Ventilación natural o forzada, dependiendo de las sustancias químicas almacenadas. La renovación de aire debe ser al menos 12 cambios por hora. En caso de ventilación natural se privilegiará las l as aberturas en el techo y se aceptarán  pequeñas aberturas en la parte superior o inferior de los muros que no podrá exceder del 5% de la superficie de éste, dependiendo de la sustancia almacenada. Instalación eléctrica reglamentaria (declarada en la SEC). Una o más puertas de escape que den al exterior de la bodega, distintas de la  puerta de carga/descarga, con al menos dos direcciones de escape distintas, de manera tal que desde cualquier punto al interior de la bodega, la distancia recorrida, no sea superior a 30 m. Las puertas de escape deberán abrirse hacia el exterior con manillas antipánico y no deben tener chapas, llaves ni mecanismos que requieran un conocimiento especial para su apertura desde el interior. Dichas puertas deben tener un ancho mínimo de 90 cm Las puertas de carga y descarga y las de escape deberán tener

 

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un 75% de la RF de los muros que las contienen y estar ubicadas en muros externos. Las bodegas con una superficie menor o igual a 40 m2, podrán tener sólo la  puerta de carga/descarga, la cual podrá servir de puerta de escape, siempre y cuando no se trate de una puerta de operación con mecanismo de cierre automático. Estas bodegas no podrán ubicarse en subterráneo ni tampoco tener más de un  piso. Cuando se almacenen sustancias líquidas, deberán tener un sistema de control de derrames el que deberá contemplar, a lo menos, piso con pendiente no inferior a 0,5% que permita el escurrimiento del derrame hacia una zona de acumulación o contención perimetral a través de soleras y/o lomos de toro o canaletas conectadas a una cámara de contención impermeable la que tendrá un volumen equivalente al 110% del envase de mayor capacidad, con un mínimo mí nimo de 1,1 m3. Adicionalmente, tanto las bodegas que almacenen líquidos como sólidos, deberán contar con agentes de absorción y/o neutralización. Deberán existir duchas y lavaojos de emergencia al exterior de la bodega para sustancias peligrosas, a no más de 20 m de las puertas de carga/descarga y 10 m de zona de toma de muestras de estanques o fraccionamiento, con un caudal suficiente que asegure el escurrimiento de la sustancia a limpiar. Los accesos a las duchas y lavaojos de emergencia deberán estar libres de obstáculos y debidamente señalizados. Las Zonas de carga y descarga deberán contar con piso sólido, resistente a la acción del agua, con sistema manual de contención de derrame.

CONDICIONES DE EMPLAZAMIENTO  

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 No podrán ubicarse en un mismo sitio donde existan casas habitación, salas cunas, jardines infantiles, o cualquier otra actividad distinta de la que corresponda al giro de la empresa.  No podrán estar estar ubicadas en zonas residenciales. residenciales.  No deberán existir bodegas para sustancias peligrosas adosadas o adyacentes a casinos. Si una bodega de este tipo está contigua a un casino, los accesos de ambas instalaciones no podrán estar enfrentados. Las distancias a muros medianeros y a otras construcciones al interior del sitio, estarán dadas de acuerdo a la siguiente tabla.

 

  Distanciamiento y cantidades máximas almacenadas en bodega de sustancias peligrosas excepto inflamables, dependiendo de la zona de emplazamiento de dicha bodega.

CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO  

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Rotulación de sustancias y con información de los riesgos asociados y acciones a seguir en caso de emergencia. Almacenamiento ordenado sobre piso, pallets o estanterías tipo rack, que no obstruyan vías de ingreso y de escape. Distancias de sustancias a muros: 0,5 m excepto en bodegas de 40 m2 o menos. Ancho de pasillos entre pilas : 1,2 m, demarcados con líneas amarillas. Ancho de pasillos principales : 2,4 m, demarcados con líneas amarillas. Deberá existir un espacio libre de 1 m sobre la carga. Las sustancias incompatibles entre sí deberán ser almacenadas en forma separada por una distancia mínima de 2,4 m entre ellas. Señalizar con letreros que indique la clasificación de los productos almacenados almacenados.. Las pilas deberán estar conformadas de acuerdo a lo establecido en la siguiente tabla:

 

 

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Estará prohibido fumar al interior de las bodegas para sustancias peligrosas, lo que debe señalarse mediante un letrero que indique “No fumar” en el acceso  principal de la bodega y otro al interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles. Las bodegas para sustancias peligrosas deberán tener acceso controlado. Habrá un responsable de bodega quien será el encargado de controlar el acceso de  personas y maquinarias maquinarias y de llevar el control de los productos que entran y salen de la bodega. La bodega no podrá tener oficina en su interior ya sea para el responsable de dicha bodega u otro trabajador. Los procedimientos de operación de las bodegas para sustancias peligrosas, deberán establecerse por escrito y estar disponibles para todo el personal asociado a ésta. El personal que trabaje en estas instalaciones deberá recibir capacitación formal cada tres años, que incluya. o  Propiedades y peligros de las sustancias que se almacenan y su manejo seguro. Contenidos y adecuada utilización de las Hojas de Datos de Seguridad. o  Función y uso correcto de elementos e instalaciones de seguridad, incluidas las consecuencias de un incorrecto funcionamiento. o  Uso correcto de equipos de protección personal y consecuencias de no utilizarlos. Deberá existir un registro impreso y/o electrónico en idioma español, de cada  bodega para sustancias peligrosas el que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en ella, como también de los organismos fiscalizadores y contendrá como mínimo, la siguiente información: o   Nombre comercial y nombre químico de cada sustancia (si se trata de sustancias puras). o  Capacidad máxima de la bodega y cantidad almacenada promedio mensual de cada sustancia, para los últimos 6 meses, expresado en Kg o Ton o 

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El registro debe estar ubicado en algún lugar fuera de la construcción de la bodega.  

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 No podrá realizarse mezclas ni re-envasado de sustancias peligrosas, excepto en aquellas que existan estanques fijos o en aquellas que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado en producción dentro del mismo sitio. En una bodega de sustancias peligrosas, excepto para inflamables, comburentes y peróxidos, se podrán almacenar sustancias no peligrosas que sean compatibles con laspodrá peligrosas y correspondan a sustancias combustibles. Sólo almacenarse hasta 10 Ton de no sustancias inflamables. (sólidos, líquidos, aerosoles y gases). En una bodega de sustancias peligrosas del tipo adyacente, se podrán almacenar hasta 2500 Ton de sustancias tóxicas en conjunto con sustancias corrosivas o con sustancias peligrosas varias. El almacenamiento a granel de sustancias peligrosas dentro de una Bodega deberá cumplir con los requisitos establecidos considerando la clase y división de riesgo y las cantidades máximas indicadas en cada caso. En la portería o acceso de la instalación de almacenaje, deberá existir un documento impreso para situaciones de emergencias con la siguiente información: o  Croquis de la instalación, especificando la ubicación de las bodegas, indicando para cada una de ellas las clases y divisiones de peligrosidad de las sustancias almacenadas. Indicar también los lugares donde se encuentren elementos para combatir y controlar emergencias, así como, los ingresos al lugar y las salidas de emergencia si existieran. o  Capacidad máxima de cada bodega en Kg y/o Ton o  Estar disponibles en forma impresa las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas, ordenadas y separadas por bodega. Los requisitos específicos de almacenamiento y las cantidades máximas  permitidas. Cuando existan dos o más bodegas exclusivas para la misma clase y, adyacentes entre sí y que constituyan una sola construcción, la suma de las cantidades de sustancias almacenadas en todas ellas podrá ser equivalente a la cantidad máxima permitida para una bodega exclusiva para esa clase o división del tipo separada, siempre quepara las las distancias los muros externos de la construcción sean las establecidas bodegasdesde exclusivas del tipo separadas. En caso de contar con bodega exclusiva para sustancias peligrosas con una cantidad menor a 12 Ton, éstas podrán cumplir con los distanciamientos a muros medianeros o deslindes de las l as bodegas comunes. En las zonas de carga y descarga se podrá mantener sólo la cantidad de sustancias peligrosas que están en proceso de recepción o despacho durante la  jornada diaria de trabajo. Deberá contar con sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, donde el tipo, las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otras características. Deberá contar con Plan de Emergencias para casos de derrame, fuga y/o incendio. Deberá con un automático de detección de incendios, acorde a la sustanciacontar almacena almacenada, da, sistema el cual debe ser diseñado de acuerdo a la NFPA 72 u otra

 

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norma internacionalmente reconocida, si se almacena más de 1 Ton de las clases de inflamables (sólidos, líquidos, aerosoles), comburentes, peróxidos orgánicos o más de 12 Ton de la clase de tóxicos, corrosivos, varios. Deberá contar con red húmeda con una reserva de agua propia que otorgue una autonomía de, a lo menos, 60 minutos y un sistema de respaldo de suministro de energía para asegurar la impulsión del agua, cuando se almacenen más de 500 Ton, excepto en aquellas bodegas donde se almacenen sustancias de la clase 4.3. La red el húmeda deberá realizarse de acuerdo a normas americanas de protección contra fuego (NFPA) u otra reconocida internacionalmente. Contar con sistema automático de extinción de incendios dependiendo de la clase de sustancia y la cantidad almacenada. Dicho sistema debe ser diseñado de acuerdo a la, Normas americanas de protección contra el fuego NFPA u otra internacionalmente internacionalmen te reconocida, de acuerdo al agente extintor utilizado. Los sistemas de detección y extinción de incendios deberán contar con un  programa de mantenimiento. mantenimiento. 

CONDICIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIO

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Deberán con un con sistema manual dealmacenados, extinción de donde incendios, a base de extintores,contar compatibles los productos las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, de acuerdo a lo establecido en el DS Nº 594/99 del MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Cuando se almacene más de 1 Ton de sustancias inflamables, comburentes y/o  peróxidos de las clases E y F deberán contar con sistema de detección automática de incendios.

 

Hoja MSDS ACETILENO

SECCION 1: IDENTIFICACION DEL PRODUCTO Y DEL PROVEEDOR

Nombre del producto

ACETILENO

Código interno del producto

10011

Proveedor / fabricante / comercializado comercializadorr

P1

Dirección Teléfono de emergencia en Chile Fax e-mail

SECCION 2: INFORMACION SOBRE LA SUSTANCIA O MEZCLA

Nombre químico (IUPAC)

ETINO

Fórmula química

C2H2 

Sinónimos

ACETILENO

Nº CAS

74-86-2

Nº NU

1001

SECCION 3: IDENTIFICACI IDENTIFICACION ON DE LOS RIESGOS

NCh 382 y NCh 2190 Marca en etiqueta

NCh 2190

NCh 1411/IV 1411/IV (NFPA 704) CLASE 2.1 GAS COMPRIMIDO INFLAMABLE

a) Riesgos para la salud de las personas: Efectos de una sobre-expo sobre-exposición sición aguda (por una vez)

Inhalación

 

PROVOCA ASFIXIA AL DESPLAZAR EL OXIGENO EN UN ESPACIO CERRADO. A BAJAS CONCENTRACIONES ES POCO TOXICO. EN CONCENTRACIONES ALTAS PUEDE CAUSAR INCONSCIENCIA Y MUERTE. PUEDE IRRITAR LOS OJOS Y LA PIEL DEBIDO A LA ACETONA QUE CONTIENE ESTE GAS.

UNA ATMOSFERA RESPIRABLE CON BAJA CONCENTRACION DE OXIGENO PUEDE PROVOCAR DIFICULTAD RESPIRATORIA, LETARGO, MAREO, SUEÑO, DOLOR DE CABEZA, RUIDOS EN LOS OIDOS, PERDIDA DE CONCIENCIA, NAUSEA, VOMITO Y DEPRESION DE LOS SENTIDOS. EN

 

CASOS EXTREMOS, SOBREVIENE LA MUERTE. EL ACETILENO TIENE EFECTOS ANESTESICOS. Contacto con la piel

EL ACETILENO POR LO GENERAL NO ES IRRITANTE, PERO CUALQUIER CONTACTO CON LA ACETONA QUE CONTIENE PUEDE CAUSAR IRRITACION LIGERA.

Contacto con los ojos

EL ACETILENO POR LO GENERAL NO ES IRRITANTE, PERO CUALQUIER CONTACTO CON LA ACETONA QUE CONTIENE PUEDE CAUSAR IRRITACION LIGERA.

Ingestión

NO APLICABLE, PORQUE NO ES UNA RUTA NORMAL DE EXPOSICION.

Efectos de una sobre-exposición crónica

PUEDE PROVOCAR CIANOSIS. OTROS EFECTOS NO SE CONOCEN.

(largo plazo) Condición médicas que se verán agravadas

N.A.

con la exposición al producto b) Riesgos par paraa el medio ambiente

NO ES CONTAMINANTE. NO SE ESPERA QUE SEA DAÑINO A LA VIDA ACUATICA.

c) Riesgos espec especiales iales del producto

EL GAS ES INFLAMABLE EN ESPACIOS ABIERTOS. Y ES EXPLOSIVO EN ESPACIOS CONFINADOS. HAY PELIGRO DE IGNICION Y RETROCESO DE LLAMA. PUEDE FORMAR SALES METALICAS MUY EXPLOSIVAS (COBRE, MERCURIO Y PLATA).

SECCION 4: MEDIDAS DE PRIMEROS AUXILIOS

En caso de contacto accidental con el producto, proceder de acuerdo con Inhalación

TRASLADAR A LA VICTIMA A UN LUGAR LLIBRE IBRE DE CONTAMINANTES, SI NO RESPIRA DAR RESPIRACION ARTIFICIAL. MANTENER MANTE NER FUNCIONES VITALES. LLEVAR A UN C CENTRO ENTRO DE ASISTENCIA MEDICA SI SE PRESENTAN COMPLICACIONES.

Contacto con la piel

QUITAR LA ROPA Y/O CALZADO CONTAMINADO. LAVAR LA ZONA AFECTADA CON ABUNDANTE AGUA POR LO MENOS 15 MINUTOS. SI EXPERIMENTA IRRITACION CONSULTE UN MEDICO.

Contacto con los ojos

LAVAR CON AGUA POR 15 MIN, INCLUSO BAJO LOS PARPADOS. NO USAR ANTIDOTOS QUIMICOS. SI PERSISTEN MOLESTIAS CONSULTE UN MEDICO.

Ingestión

NO APLICABLE, EN CASO CONTRARIO OBTENGA AYUDA MEDICA.

Notas para el médico tratante

N.A.

 

SECCION 5: MEDIDAS PARA LUCHA CONTRA EL FUEGO

Agentes de extinción

APAGUE LOS FUEGOS DE ESTE GAS, CERRANDO LA FUENTE DEL GAS. USE ROCIO DE AGUA PARA MANTENER FRESCA LAS ESTRUCTURAS Y EQUIPO EXPUESTAS A INCENDIOS.

Procedimientos Procedimient os especiales para combatir el fuego

LA MEJOR MANERA DE COMBATIR INCENDIOS ES DEJAR QUE EL GAS SE FUGUE DEL CILINDRO BAJO PRESION, CARRO TANQUE O TUBERIA. DETENGA LA FUGA ANTES DE EXTINGUIR EL INCENDIO. SI EL INCENDIO SE EXTINGUE ANTES QUE LA FUGA SEA SELLADA, EL GAS PUEDE ENCENDERSE EXPLOSIVAMENTE SIN AVISO Y CAUSAR MUCHO DAÑO. EN ESTE CASO, AUMENTE LA VENTILACION ( EN AREAS ENCERRADAS) PARA PREVENIR LA FORMACION DE MEZCLAS INFLAMABLES O EXPLOSIVAS. DEBIDO AL POTENCIAL DE UNA BLEVE, LA EVACUACION DEL PERSONAL QUE NO SEAN AUXILIADORES ES ESENCIAL. SI NO HAY AGUA DISPONIBLE PARA REFRESCAR O PARA LA PROTECCION DE LOS RECIPIENTES EXPUESTOS, EVACÚE EL AREA.

Equipo de protección personal para el combate del TRAJE DE BOMBERO Y UN SCBA. fuego SECCION 6: MEDIDAS PARA CONTROLAR DERRAMES O FUGAS

Medidas de emergencia a tomar si hay derrame del PARE TODO TIPO DE VEHICULOS A 300 m A LA REDONDA (DANDO AVISO A QUIEN CORRESPONDA) Y PROTEJA A LA GENTE. ELIMINE TODA FUENTE DE IGNICION. USE material HERRAMIENTAS Y EQUIPO ANTICHISPAS. LOS ESCAPES SIN CONTROL DEBEN SER RESPONDIDOS POR PERSONAL PROFESIONALMENTE ENTRENADO USANDO UN PLAN ESTABLECIDO PREVIAMENTE. SI EXISTE FUGA, TRATE DE LOCALIZARLA Y SELLARLA, SIEMPRE QUE NO EXPONGA SU VIDA. PROTEJA AL PERSONAL QUE ESTE TRATANDO DE CONTROLAR EL DERRAME (FUGA) CON ROCIO DE AGUA. PERMITA QUE EL GAS SE DISIPE. EVITE QUE EL GAS SE ACUMULE EN ALCANTARILLAS, SOTANOS Y ZANJAS. COMO MEDIDA PREVENTIVA APLIQUE AGUA EN FORMA DE NEBLINA A SECTOR CON FUGAS DE GAS (TRATANDO DE ATRAPAR LA NUBE FORMADA). Equipo de protección personal para atacar la

TRAJE DE NIVEL DE PROTECCION B. NO USAR ROPA ACRILICA.

emergencia Precaucioness a tomar para evitar daños al medio Precaucione ambiente

NO SE REQUIEREN.

Métodos de limpieza

DEJAR VENTILAR PARA QUE SE DISIPE EL GAS. MONITOREE EL AREA ALREDEDOR PARA LOS NIVELES DE OXIGENO Y DE GAS; ESTOS TIENEN QUE ESTAR POR DEBAJO DEL 10% DEL LEL (LEL = 2,5 % ) ANTES DE DEJAR ENTRAR AL PERSONAL DE RESCATE Y DE LIMPIEZA.

Métodos de eliminación de desechos

LOS CILINDROS VACIOS NO DEBEN PERFORARSE O INCINERARSE. DEBEN SER ENTREGADOS AL PROVEEDOR.

 

SECCION 7: MANIPULACION MANIPULACIO N Y ALMACENAMIENTO

Recomendaciones técnicas

NO OLVIDE QUE EL ACETILENO, EN SU ESTADO LIBRE, BAJO PRESION PUEDE DESCOMPONERSE VIOLENTAMENTE. MIENTRAS MAS ALTA LA PRESION, MENOS ES LA FUERZA INICIAL QUE SE REQUIERE PARA CAUSAR UNA REACCION. POR LO TANTO, NUNCA USE EL GAS LIBRE FUERA DEL CILINDRO A PRESION MAS ALTA DE 15 psig . A PRESION QUE EXCEDA ESTE LÍMITE, DEBEN IMPLEMENTARSE PRECAUCIONES ESPECIALES CONTRA EXPLOSION E INCENDIOS.

Precaucioness a tomar Precaucione

EVITE DAÑAR LAS VALVULAS. PREVENGA DE ELECTRICIDAD ELECTROESTATICA. MANTENER EN BUEN ESTADO EL SISTEMA DE VÁLVULAS. HACER MANTENCIÓN PERIÓDICAMENTE. LA TEMEPRATURA DE ALMACENAMIENTO NO DEBE EXCEDER LOS 52 ºC. MANTENGA ALEJADO DE HALOGENOS Y OXIDANTES (OXIGENO, CLORO O FLUOR). USE TRAMPAS O VALVULAS DE SEGURIDAD EN LA LINEA DE DESCARGA PARA PREVENIR REFLUJO PELIGROSO.

Recomendaciones Recomenda ciones sobre manipulación segura, específicas

NO MANIPULAR SIN AUTORIZACIÓN. PROTEJA LOS CILINDROS CONTRA DAÑO FISICO. NUNCA MANIPULE INDEBIDAMENTE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD EN LAS VALVULAS Y CILINDROS. EVITE TODO CONTACTO FISICO CON EL ACETILENO. NO COMA O BEBA MIENTRAS MANIPULA EL GAS. ESTE CONCIENTE DE SEÑALES DE MAREO O FATIGA, EXPONERSE A CONCENTRACIONES MORTALES DE ACETILENO PUEDE OCURRIR SIN NINGUN SINTOMA DE AVISO. ANTES DE USAR: MUEVA LOS CILINDROS CON UN CARRITO DE MANO APROPIADO. NO

ARRASTRE, RUEDE O DESLIZE LOS CILINDROS. NO PERMITA QUE EL CINIDRO SE CAIGA, O QUE TROPIEZEN LOS UNOS CON LOS OTROS. DEJE LA TAPA PROTECTORA EN POSICION HASTA QUE EL CILINDRO ESTE LISTO PARA USARSE. DURANTE EL USO: NO CALIENTE EL CILINDRO DE NINGUNA MANERA PARA AUMENTAR EL GRADO DE DESCARGA DEL GAS EN EL CILINDRO. NO USE ACEITE O GRASA EN LOS AJUSTADORES O EN EL EQUIPO. DESPUES DEL USO: CIERRE LA VALVULA PRINCIPAL DEL CILINDRO. LAS VALVULAS DEBEN

CERRARSE FIRMEMENTE PARA PREVENIR LA EVAPORACION DE LA ACETONA. PONGA DE NUEVO LA TAPA PROTECTORA DE LA VALVULA. MARQUE LOS CILINDROS VACIOS COMO “VACIO”.  Condiciones de almacenamiento

ALMACENE LOS ENVASES LEJOS DE AREAS MUY TRAFICADAS Y SALIDAS DE EMERGENCIA. PONGA SEÑALES DE “NO FUMAR O LLAMAS ABIERTAS” EN LAS AREAS DE ALMACENAJE. EVITE

ALMACENAR POR MAS DE 6 MESES Y SOLO MANTENGA LA CANTIDAD MINIMA QUE NECESITA. CONSIDERE LA INSTALACION DE UN SISTEMA DE DETECCION DE FUGAS CON ALARMA PARA LA BODEGA. LOS CILINDROS DEBEN SER GUARDADOS DERECHOS Y DEBEN SER FIRMEMENTE SUJETADOS PARA PREVENIR QUE SE CAIGAN (ESTO PREVIENE UN ESCAPE DE ACETONA). LOS CILINDROS PUEDEN SER ALMACENADOS AL DESCUBIERTO, PERO EN TAL CASO, DEBEN SER PROTEGIDOS CONTRA LA INTEMPERIE Y DE LA HUMEDAD PARA PREVENIR MOHO. EL ALMACEN DEBE ESTAR LIBRE DE MATERIALES QUE SE PUEDAN QUEMAR. TENGA EL EQUIPO APROPIADO PARA COMBATIR INCENDIOS EN EL ALMACEN (EJEMPLO: SISTEMA DE IRRIGACION, EXTINGUIDORES PORTATILES, ETC.). DISPONER DUCHAS DE SEGURIDAD Y LAVAOJOS. SEGREGAR DE SUSTANCIAS INCOMPATIBLES Embalajes recomendados y no adecuados por el proveedor

CILINDROS CONFORME A NORMAS Y DISPOSICIONES LEGALES VIGENTES.

 

SECCION 8: CONTROL DE EXPOSICION / PROTECCION ESPECIAL

Medidas para reducir la posibilidad de exposición.

USE VENTILACION ADECUADA PARA ASEGURAR QUE EL NIVEL DE OXIGENO ESTE POR ENCIMA DEL 19,5% EN EL AREA DE TRABAJO. SI ES APROPIADO, INSTALE EQUIPO DE MONITOREO AUTOMATICO PARA DETECTAR EL NIVEL DE OXIGENO Y LA PRESENCIA DE MEZCLAS POTENCIALMENTE EXPLOSIVAS DE AIRE Y GAS.

Parámetros para control

TEMPERATURA, PRESION, CONCENTRACION DE OXIGENO.

Límites permisibles ponderado (LPP), absoluto (LPA NO HAY INFORMACIÓN DISPONIBLE. ) y temporal (LPT) Protección Protecció n respiratoria

DE ACUERDO A LA CONCENTRACION SELECCIONAR LA PROTECCION RESPIRATORIA. EN EMERGENCIAS Y EN O OPERACIONES PERACIONES NO RUTINARIAS USAR EQUIPOS AUTONOMOS DE PRESION POSITIVA (SCBA).

Guantes de protección

USE GUANTES MECANICAMENTE RESISTENTES CUANDO TRABAJE CON CILINDROS DE ACETILENO. USE GUANTES SOLVEX O DE NEOPRENO SI LA OPERACIÓN PUEDE LLEVAR AEXPOSICIONES DE ACETONA.

Protección Protecció n de la vista

ANTIPARRAS O ASOCIADA A LA PROTECCION RESPIRATORIA.

Otros equipos de protección

ZAPATOS Y OVEROL ADECUADOS A LAS OPERACIONES.

Ventilación

LA VENTILACION LOCAL ES PREFERIDA.

SECCION 9: PROPIEDADES FISICAS Y QUIMICAS

Estado físico

GAS

Apariencia y olor

INCOLORO CON OLOR PARECIDO A AJO, EL OLOR SE DISUELVE EN ACETONA.

Concentración

99,6 %

pH concentración y temperatura

N.A.

Temperaturas específicas específicas y/o intervalos de temperatura

FUSION: -119 ºC (A 10 psig) SUBLIMA SUBLIMACIÓN: CIÓN: - 84 ºC

Punto de inflamació inflamación n

N.A. (GAS INFLAMABLE)

Límites de inflamabilidad

LEL: 2,5 % Vol. UEL: 82 % Vol. (100 % CON SUFICIENTE FUENTE DE ENERGIA Y BAJO CIERTAS CONDICIONES DE PRESION, TAMAÑO DEL ENVASE Y FORMA).

Tº de autoignició autoignición n

305 ºC

Peligros de fuego o explosión

LLAMAS O TEMPERATURAS ALTAS HACIENDO CONTACTO CON UN ÁREA LOCALIZADA DEL CILINDRO DE ESTE GAS PUEDE CAUSAR QUE ESTE EXPLOTE SIN ACTIVAR EL DISPOSITIVO DE ALIVIO. ESTE GAS ES EXTREMADAMENTE INFLAMABLE Y FACILMENTE PUEDE FORMAR MEZCLAS EXPLOSIVAS CON AIRE A LARGA DISTANCIA. EL ACETILENO REACCIONA CON METALES ACTIVOS FORMANDO COMPUESTOS DE ACETILO EXPLOSIVOS.

Presión de vapor

649,6 psia

Densidad de vapor

0,906 (AIRE = 1)

Densidad del gas

1,1716 kg/m3 (0 ºC)

Solubilidad en agua y otros solventes

SOLUBLE (1,7 vol/vol A 0 ºC)

 

SECCION 10: ESTABILIDAD Y REACTIVIDAD REACTIVIDAD

Estabilidad

Condiciones que se deben evitar

ESTABLE A TEMPERATURA TE MPERATURA Y PRESION NORMAL. EN ESTADO GASEOSO PUEDE DESCOMPONERSE VIOLENTAMENTE A TEMPERATURAS Y PRESIONES ELEVADAS. EL ACETILENO NO DEBE ESTAR POR ENCIMA DE 15 psig. MIENTRAS MÁS ALTA LA PRESIÓN, MAS PROBABLE QUE OCURRA UNA REACCION. EXPOSICION A CALOR, CHISPAS Y OTRAS FUENTES DE IGNICION. CONTACTO CON MATERIALES INCOMPATIBLES. CILINDROS EXPUESTOS A TEMPERATURAS ALTAS O LLAMAS DIRECTAS PUEDEN ROMPERSE O ESTALLAR. EL NITROGENO LIQUIDO NO DEBE USARSE COMO TRAMPA, PORQUE PUEDE CAUSAR QUE EL ACETILENO SE CONDENSE A SU FORMA LIQUIDA O SOLIDA, AMBOS ESTADOS SON EXPLOSIVOS.

Incompatibilidad Incompatibil idad (materiales que se deben evitar)

OXIDANTES FUERTES (CLORO, PENTAFLUORURO DE BROMO, OXIGENO, DIFLUORURO DE OXIGENO Y TRIFLUORURO DE NITROGENO), LATON (CON UN CONTENIDO DE COBRE DE MAS DEL 65 %), HIPOCLORITO CALCICO, VARIOS METALES PESADOS (COBRE, PLATA, MERCURIO) Y LAS SALES DE ESTOS METALES, HALOGENOS (BROMO, CLORO, Yodo, FLUOR), HIDRUROS (DE SODIO, DE CESIO), OZONO, ACEIDO PERCLORICO, POTASIO.

Productos peligrosos de la descomposición descomposición

CARBON E HIDROGENO.

Productos peligrosos de la combustión

CUANDO SE CALIENTA EN LA PRESENCIA DE OXIGENO, SE FORMA MONOXIDO Y DIOXIDO DE CARBONO.

Polimerización Polimerizaci ón peligrosa

PUEDE OCURRIR CUANDO SE CALIENTA O BAJO PRESION.

SECCION 11: INFORMACION TOXICOLOGICA

Toxicidad a corto plazo

INHALACION (TCLo, HUMANOS) = 20 pph; SISTEMA CENTRAL NERVIOSO, EFECTOS EN EL SISTEMA RESPIRATORIO. LCLo = 50 pph/5 minutos m inutos LCLo = 500.000 ppm/5 minutos

Toxicidad a largo plazo

NINGUNA CONOCIDA. NO ES CANCERIGENO. NO AFECTA LA REPRODUCCION.

Efectos locales o sistémicos

EFECTOS ASOCIADOS CON DISTINTOS NIVELES DE OXIGENO: AUMENTO DEL PULSO Y LA RESPIRACION, COORDINACION MUSCULAR PERTURBADA (12 – 16% DE O2); MALESTAR EMOCIONAL, FATIGA ANORMAL, RESPIRACION DIFICIL (10 – 14 % DE O2); NAUSEA Y VOMITO, COLAPSO O PERDIDA DE CONCIENCIA (6 – 10 % DE O2); MOVIMIENTOS CONVULSIVOS, COLAPSO DE LA RESPIRACION Y MUERTE (< 6 % DE O2). INHALACION DE ACETILENO (CONCENTRACIONES): 100.000 ppm = INTOXICACION (SUEÑO, MAREO, VERTIGO) 200.000 ppm = INTOXICACION SEVERA 300.000 ppm = PERDIDA DE COORDINACION 350.000 ppm = PERDIDA DE CONCIENCIA DESPUES DE 5 MINUTOS DE EXPOSICION.

Sensibilización alérgica

NO OCURRE.

 

SECCION 12: INFORMACION ECOLOGICA

Inestabilidad

ESTE GAS SERA DISIPADO RAPIDAMENTE EN AREAS BIEN VENTILADAS.

Persistencia / degradabilidad

EL ACETILENO ES BIODEGRADABLE A TRAVÉS DE VARIAS PLANTAS Y SISTEMAS BACTERIALES AL DESACTIVAR EL ACETILENO ATMOSFERICO POR SUS MECANISMOS DE ARREGLO DE NITROGENO.

Bio-acumulación

N.A.

Efectos sobre el medio ambiente

NO SE ESPERA QUE SEA DAÑINO A LA VIDA ACUATICA. ES SOLAMENTE MODERADAMENTE TOXICO A LOS PECES. LA VOLATILIDAD Y BAJA SOLUBILIDAD SUGIEREN QUE ES EXTRAÑO QUE EL AGUA SEA CONTAMINADA CRITICAMENTE POR DERRAMES ACCIDENTALES. CUALQUIER EFECTO ADVERSO EN ANIMALES SERA RELACIONADO POR EL AMBIENTE DEFICIENTE EN OXIGENO Y LAS PROPIEDADES ANESTESICAS DEL GAS A ALTAS CONCENTRACIONES DE EXPOSICION.

SECCION 13: CONSIDERACIONES SOBRE DISPOSICI DISPOSICION ON FINAL

Métodos recomendados y aprobados por la

N.A.

normativa chilena para disponer de la sustancia, residuos, desechos Métodos recomendados y aprobados por la normativa chilena para eliminación de envases / embalajes contaminados

LOS CILINDROS VACIOS SE ENTREGN AL PROVEEDOR. NOTA: LOS RECIPIENTES VACIOS PUEDEN CONTENER RESIDUOS, GASES Y/O NIEBLAS POR LO QUE DEBEN SER ADECUADAMENTE DISPUESTOS

SECCION 14: INFORMACION SOBRE TRANSPORTE

Terrestre por carretera o ferrocarril

Vía marítima

CLASE DE RIESGO

: 2.1 GAS COMPRIMIDO INFLAMABLE

NOMBRE DE EMBARQUE

: ACETILENO

GRUPO DE EMPAQUE

:-

CLASE DE RIESGO

: 2.1 GAS COMPRIMIDO INFLAMABLE

NOMBRE DE EMBARQUE

: ACETILENO : -

GRUPO DE EMPAQUE Vía aérea

PAGINA IMDG

:

CLASE DE RIESGO

: 2.1

GAS COMPRIMIDO INFLAMABLE

NOMBRE DE EMBARQUE INSTRUCCIONES CAO GRUPO DE EMPAQUE

Distintivos aplicables aplicables NCh 2190

Nº NU.

1001

: ACETILENO  : 200 :-

 

SECCION 15: NORMAS VIGENTES VIGENTES

Normas internacionales aplicables

D.O.T., NFPA 704; TSCA

Normas nacionales aplicables

D.S. 298, 594; NCh 382, 1411/4, 2190, 2245.

Marca en etiqueta

GAS COMPRIMIDO INFLAMABLE

SECCION 16: OTRAS INFORMACIONES

Uso específico

USADO EN SOLDADURA.  

Frases de riesgo ( R )

R 5  PELIGRO DE EXPL EXPLOSION OSION EN CASO DE CALENTAMIENTO. R 12  EXTREMADAMENTE INFLAMABLE. R 18  AL USARLO PUEDE FORMAR MEZCLAS AIRE - VAPOR EXPLOSIVAS / INFLAMABLES. R 20  NOCIVO POR INHALACION

  S 9  CONSERVESE EL RECIPIENTE EN LUGAR BIEN VENTILADO.

Frases de seguridad ( S ) CONFECCION

  REVISION

NGC 

PREVENCION RIESGOS

Original Firmado  

NOTA: LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTA HOJA INFORMATIVA FUERON OBTENIDOS DE FUENTES CONFIABLES. LAS OPINIONES EXPRESADAS EN ESTE FORMULARIO SON LAS DE PROFESIONALES CAPACITADOS. LA INFORMACION QUE SE ENTREGA EN EL ES LA CONOCIDA ACTUALMENTE SOBRE LA MATERIA. CONSIDERANDO QUE EL USO DE ESTA INFORMACION Y DE LOS PRODUCTOS ESTA FUERA DEL CONTROL DEL PROVEEDOR, LA EMPRESA NO ASUME RESPONSABILIDAD ALGUNA POR ESTE CONCEPTO. DETERMINAR LAS CONDICIONES DE USO SEGURO DEL PRODUCTO ES OBLIGACION DEL USUARIO. 

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