Alimentos Dora

March 24, 2023 | Author: Anonymous | Category: N/A
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Exp. N° : Especialista Legal: Escrito N° : 001 Sumilla : Interpone Demanda de alimentos.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE EL  AGUSTINO:

DORA DO RA IS ISUI UIZA ZA SA SALA LAS, S, identificada  con con DNI DNI No  45669336 seña señala land ndo o domi domici cililio o re real al en Call Calle e 2 AA AA.H .HH H Sa Sant nta a Beat Beatri rizz Manzana O Lote 01 Provincia Constitucional del Callao;y con domicilio procesal en Jr. Pedro Ruiz 270 Interior 103 Distrito de Breñ Breña, a, Prov Provin inccia y Dep epar arta tame ment nto o de Li Lima ma con Cas asiilla lla Elec Electr trón ónic ica a No  7912 SINOE (correo electrónico: [email protected] [email protected] )proporcionada  )proporcionada por el Poder Judicial, lugar donde se me hará llegar las notificaciones que deriven del presente proceso; ante Ud. con respeto expongo: I.- PETITORIO.   Que, encontrándome legiti legitimada mada para accionar ante el Poder JJudicial, udicial, como lo dispone el art art VI del

TÍTULO PRELIMINAR DEL CÓDIGO CIVIL; y amparada con la tutela jurisdiccional efectiva, como lo establecen los Artículos I y IX del TÍTULO PRELIMINAR DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, acudo ante ant e la jud judica icatur tura a de su car cargo go int interp erponi oniend endo o DEM DEMAND ANDA A DE ALI ALIMEN MENTOS TOS,, con contra tra don CARLOS ALBERTO MENDOZA ALARCON con DNI N° 41758636 con domicilio real en Calle Miguel Ángel

 Asturias Manzana “J” Lote 1, Distrito de El Agustino, Provincia y Departamento de Lima, padre de mis menores hijos AMY KRISTIN MENDOZA ISUIZA de 6 años de edad identificado con DNI N ° 78832984 y de FABRIZIO ANTOINE MENDOZA ISUIZA  de 3 años de edad, identificado con DNI N° 90390392; 903903 92; para que me acuda con la pensión de alime alimentos ntos por la cantidad cantidad de S/.2, S/.2,000.00 000.00 sol soles es mensuales mensu ales y por adela adelantado ntado a favor de mies men menores ores hijos qui quienes enes se encuen encuentran tran a mi cargo y tenencia; requiriendo del monto de la pensión de alimentos que pretendo dada las edades de mis hijos con condiciones de necesidad fundamental de ellos que se están formando en educación primaria cuyos gastos los asumo sin apoyo del demandado que tiene capacidad de pago de esta cantidad ya que viene realizando trabajos independientes que le genera ingresos suficientes para asumir sus responsabilidades como padre de mis menores hijos. Que act actual ualmen mente te me enc encuen uentro tro sol sola a afr afront ontand ando o los gas gastos tos que cor corres respon ponden den al dem demand andado ado asumirlo, ya que por mi parte estoy bastante limitada con mayores ingresos y no cuento con trabajo estable; por lo que me urge que sea el Poder Judicial quien en correcta administración de justicia atienda mi demanda DECLARANDOLA FUNDADA, además agregándose en esta demanda el pago de las costas y costos del proceso. De esta manera las necesidades fundamentales de mis menores hijos alimentistas sean atendidas dejándolos de exponerlos al peligro en que no puedan continuar en línea ascendente en su formación educativa y de atención a sus necesidades alimentarias, ya que se mantiene con mucha expectativa de superar a toda dificultad.

 

II.- FUNDAMENTACIÓN HECHOS DE LA DEMANDA. -

 A continuación, expongo los hechos, con precisión y claridad: Que con el demandado nos conocimos en el año 2010 estableciendo una situación sentimental y que como fruto de ello procreamos a nuestros dos menores hijos AMY KRISTIN y FABRIZIO ANTOINE entre los años 2014 y 2017, pero con el correr del tiempo el demandado empezó a realizar actitudes negativas para mí y mis menores hijos, tanto que adopto un carácter lleno de confrontaciones dejando dejan do de venir al hogar por varios días, empez empezando ando a ser negativ negativo o en cuanto a las atencion atenciones es económicas para mí y para mis hijos, quienes necesitan y pretenden esta pensión de alimentos, tanto que su indiferencia y su conducta negativa repercutió en afectar y agraviar económicamente a nuestro hogar incluyendo todo ese pesar en nuestro perjuicio. Que el demandado percibe ingresos suficientes producto de diversos trabajos que hace en diferentes rubros, trabajando actualmente en un laboratorio farmacéutico que aproximadamente le deja una cantidad de S/1,500.00 a S/2,000.00 soles mensuales como ingresos, a pesar de esto no ha ayudado económicamente a nuestro hogar razón por la cual hizo abandono de hogar el año 2017 dejándonos a mí y mis menores hijos en completo abandono económico y emocional comenzando una vida familiar con otra persona olvidándose de nuestro menores hijos Que, con fecha 7 de marzo de 2018 suscribimos un Acta de Conciliación con el demandado en la DEMUNA de San Miguel llegando al acuerdo de que el demandado cubriría todos los gastos de mis nuestros menores hijos con víveres y no con dinero, ya que decía no tener trabajo siendo la vestimenta, uniforme y gastos de diversión compartidos por ambos, y estableciendo un régimen de visitas los fines de semana sábados y domingos de 3pm a 7pm. Sin embargo, a pesar de lo acordado no cumplía con alcanzarme los víveres oportunamente. Que, posteriormente llego a mi domicilio y de forma verbal llegamos al acuerdo de que me iba a alcanzar la suma de S/.400.00 soles y que iba a cancelar mensualmente como concepto de gastos para nuestros hijos de forma mensual, como se puede apreciar esa cantidad no alcanza para cubrir  las necesidades básicas de mis dos menores hijos ya que están en edad escolar, y necesitan de alimentación, vestido propias de su edad que le permitan alcanzar una calidad de vida óptima para su edad y todo esto sumado a que el demandado no cumple con pagar la cantidad acordada apenas la mitad y cada dos meses sin cumplir lo acordado porque dice no alcanzarle el dinero para la manutención de nuestros hijos ya que tiene otro compromiso que asumir y no tiene trabajo. Que, al requerirle en varias oportunidades el dinero para nuestros hijos se torna agresivo, me amenaza con llevárselos y no decirme su paradero, diciéndome que si me da dinero yo lo pueda gastar gas tar par para a mis int intere ereses ses per person sonale ales, s, esto esto me ha llegad llegado o a causar causar preo preocup cupaci ación, ón, impote impotenci ncia, a, causándome un daño psicológico, el temor de saber que quizás pueda llevarlos con gente de mal vivir.

 

Que, el demandado, cuenta con la capacidad de pago para asumir el monto de mi demanda a diferencia que yo no tengo trabajo estable, laborando en un stand de ropa donde soy empleada por  mi hermana, ni tengo demandas de trabajo por carecer de título profesional que pudiera darme ingresos como para compartir la necesidad esencial a cubrirse que demando al emplazado. Es de agregar también que todo el panorama actual se ha complicado gravemente, dada la crisis de la Pandemia del COVID-19 por lo que mis menores hijos están expuestos a cualquier tipo de contagio y al encontrarme sola sin obtener recursos suficientes peligra su calidad de vida en cuanto a su salud, alimentación, educación, recreación y demás propios de su edad para su formación y calidad de vida a la cual tienen derecho mis menores hijos. III.- FUNDAMENTACION JURÍDICA DE LA DEMANDA. -

1- El Artículo IX del Título Preliminar de la Ley N º 27337, Código de los Niños y Adolescentes, y  Artículos 92, 93 y 160. 2- Los artículos 472, 474 y 481 del Código Civil que disponen la definición de alimentos, la obligación de la prestación de alimentos y criterio del Juez para fijar alimentos. 3.3.- Igua Igualm lmen ente te,, el juzg juzgad ador or se serv servir irá á me meri ritu tuar ar la lass no norm rmas as le lega gale less vige vigent ntes es en el De Dere rech cho o Comparado, en el Derecho Internacional, los Tratados sobre la materia y actos convencionales específicamente referidos a la protección de la familia. Todo esto, pues, resultan explicables contundentemente a favor de mi parte, que en representación de mis menores hijos, legalmente estoy accionando ante el Poder Judicial en la vía de administración de justicia. 4.- El Artículo 560 y concordantes del Código Procesal Civil. IV.- EL MONTO DEL PETITORIO. -

El monto de mi presente demanda es por la suma de S/2,000.00 nuevos soles. V.- LA INDICACION DE LA VÍA PROCEDIMENTAL QUE CORRESPONDE A LA DEMANDA. -

Esta Est a dem demand anda a es PROCESO UNICO, en conformidad con el Art. 161 del Código de los Niños y  Adolescentes, aprobado por la ley N° 27337. VI.- LOS MEDIOS PROBATORIOS. -

En la presente demanda ofrezco los siguientes medios probatorios: 1.- Copia certificada del Acta de Nacimiento de mi menor hija AMY KRISTIN MENDOZA ISUZA 2.- Copia Certificada del Acta de Nacimiento de mi menor hijo FABRIZIO ANTOINE MENDOZA ISUIZA 3.- Copia Certificada del Acta de Conciliación del 7 de marzo del 2018. 5.- Certificado de inscripción de la RENIEC del demandado Carlos Alberto Mendoza Alarcón.

 

6.- El Registro RUC del demandado impreso de la pagina web de la SUNAT VII- LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS A LA DEMANDA :

Son los sigui siguient entes es en apl aplica icació ción n del art 425 del Códig Código o Pro Proces cesal al Civ Civil, il, sus mod modifi ificac cacion iones es o ampliaciones: 1.A Copia de mi DNI y de mis dos menores hijos. 1,B Los documentos enunciados en la parte MEDIOS PROBATORIOS contenidos en los 5 ítems. No acompaño la Tasa Judicial por estar exonerada de dicho pago. POR TANTO:

 A Ud. ruego Señor Juez admitir a trámite la presente demanda, conforme corresponde a su naturaleza, DECLARANDOLA FUNDADA oportunamente en todos sus extremos; con condena al pago de costas y costos. Lima, 20 de mayo de 2021

…………………………………..   D Drr. Pedro Caldas Rodríguez   ABOGADO   Reg. C.A.L N°5819

…..…………………… Dora Isuiza Salas DNI N° 45669336

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