Alimentos. Demanda Ejecutiva Cobro de Pensiones Alimenticias

November 28, 2017 | Author: Sapodrilo | Category: Payments, Capital Punishment, Lawsuit, Society, Social Institutions
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Descripción: awedasda...

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PROCEDIMIENTO:

Ejecutivo ante los Tribunales de Familia

MATERIA:

Obligación de Dar.

DEMANDANTE: RUT: ABOGADO PATROCINANTE: RUT: APODERADO: RUT: DEMANDADO: RUT: EN LO PRINCIPAL: Demanda ejecutiva por cobro de pensiones alimenticias y mandamiento de ejecución y embargo. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documento con citación; SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba y depositario; TERCER OTROSÍ: Solicita designación de Receptor; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. S.J.L. de Familia de ………………

........................, domiciliada en la ciudad de........................, a US., con todo respeto digo: Que,

vengo

en

interponer

demanda

ejecutiva

en

contra

de

don........................domiciliado en la ciudad de........................, basándome en los siguientes argumentos de hecho y derecho que paso a exponer. Que, consta de la copia autorizada del avenimiento (...o sentencia firme y ejecutoriada) del Tribunal de Familia, que acompaño en el primer otrosí, el demandado........................se obliga a cancelar a título de pensión de alimentos la suma de $........................mil pesos, hecho que no ha cumplido, debiéndome a la fecha la suma de $........................mil pesos, según consta de liquidación,

notificada y aprobada a las partes que consta en el expediente. Todo ello para solventar la prole común habida del contrato de matrimonio consistente en........................hijos de filiación matrimonial. Todo ello al tenor del art. 12 de la Ley 14.908, que expresa: " El requerimiento de pago se notificará al ejecutado personalmente o por cédula, la que contendrá copia íntegra de la resolución y los datos necesarios para su acertada inteligencia. La notificación se efectuará por un receptor - visitador del mismo tribunal, por los asistentes sociales agregados o pertenecientes al Juzgado, por receptores de Juzgados de Letras, o, excepcionalmente y por resolución fundada, por funcionarios policiales, en el domicilio del ejecutado. Si éste no fuere habido, se procederá en la forma prevista en el inciso segundo del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, aun cuando no se hallare en el lugar del juicio. Solamente será admisible la excepción de pago y siempre que se funde en un antecedente escrito. Si no se opusieran excepciones en el plazo legal, se omitirá la sentencia y bastará el mandamiento para que el acreedor haga uso de su derecho en conformidad al procedimiento de apremio del juicio ejecutivo. Si las excepciones opuestas fueren inadmisibles, el tribunal lo declarará así y ordenará seguir la ejecución adelante. El mandamiento de embargo que se despache para el pago de la primera pensión alimenticia será suficiente para el pago de cada una de las venideras, sin necesidad de nuevo requerimiento; pero si no se efectuara oportunamente el pago de una o más pensiones, deberá, en cada caso, notificarse por cédula el mandamiento, pudiendo el demandado oponer excepción de pago dentro del término legal a contar de la notificación"

Dicha obligación es líquida, determinada, actualmente exigible y la acción ejecutiva no está prescrita. POR TANTO,

Con el mérito de lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 12 de la Ley 14.908 sobre Abandono de la Familia y Pago de Pensiones Alimenticias y Ley 19.968 sobre Tribunales de Familia. RUEGO A US., Se

sirva

tener

por

presentada

demanda

ejecutiva

en

contra

de

don ........................, ya individualizado, por la suma de $........................más intereses y reajustes; ordenar que se despache mandamiento de ejecución y embargo, en su contra, por dichas sumas y ordenar que se siga adelante esta ejecución hasta darme entero y cumplido pago de estas cantidades, con costas. PRIMER OTROSÍ: Solicito a V.S., tener por acompaño copia autorizada de avenimiento, con citación que es el título ejecutivo y fotocopia simple de la libreta de ahorro (... o sentencia firme y ejecutoriada)

SEGUNDO OTROSÍ: Solicito a US., tener presente que designo para la traba del embargo todos y cada uno de los bienes que aparezcan ser del deudor, especialmente el inmueble inscrito a fs........................ N°........................del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de........................, del año........................ Tales bienes quedarán en su poder, en calidad de depositario y bajo las responsabilidades penales y civiles del caso. TERCER OTROSÍ: Solicito a S.S., designar un Receptor Judicial de los Tribunales de Mayor Cuantía, solventando mi parte sus costos, para la notificación, requerimiento, traba del embargo y en definitiva todas las diligencias de este proceso que requieran de la intervención un Ministro de fe. CUARTO OTROSÍ: Solicito a S.S., tener presente que confiero patrocinio y poder al abogado habilitado para el ejercicio de la profesión don …………………………………….. patente al día de la Ilustre Municipalidad de……………………, a quien faculto para actuar

con todas y cada una de las facultades del art. 7 del Código de Procedimiento Civil, en ambos incisos las que doy por expresamente reproducidas, y que declaro conocer, especialmente las de avenir, percibir y transigir, con domicilio para estos efectos en …………………………. y cédula de identidad…………………, para su ingreso a intranet, correo electrónico ………………………….

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