Alegatos Proceso Penal - Homicidio Culposo

June 19, 2018 | Author: Duke Dudley | Category: Criminal Law, Crime & Justice, Justice, Society, Social Institutions
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Descripción: Formulo Alegatos de la Parte Civil, en un Proceso Penal Sumario, sobre el delito de Homicidio Culposo...

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"Año de la Consolidación del Mar de Grau”

Exp. Nº: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Especialista: Dr. Dr. Loli Gonzales, Jesús Cuaderno: Principal Escrito Nº: 03 Sumilla: Presento Alegatos de la Parte Civil AL JUZGADO DE !ANS"O # SEGU!"DAD $"AL DE LA CO!E SU%E!"O! DE  JUS"C"A DE L"&A L"&A NO!E: NO!E: !ENZO

ALONSO

CALDE!ON

O$A!'

abogado

patrocinador de JO!GE $"CO! GA&A!!A A!AZONA y

(EN" (EN"GN GNA A &A!" &A!"A A OLO! OLO!E EGU GU"" GU"Z GU"ZA( A(AL ALO O'

en s

 #A)U"LEN cond condic ici! i!n n de padr padres es de la "e "eno norr agra agravi viad ada a  #A)U"LEN !OS& !OS&E! E!# # GA&A GA&A!! !!A A OLO! OLO!E EGU GU"" *+.e *+.e.p .p.d .d., ., en el proceso

segido

contra

%ASCUAL ASCUAL

)U"S"#U% )U"S"#U%AN)U AN)U""

))UENC-O' por la presnta co"isi!n de delito contra la -O&"C"D" D"O O CUL%OS CUL%OSO' O' a vida, ida, el cer cerp po y la sal sald # -O&"C" $sted atenta"ente digo% &e, con 'ec(a ) de enero de *0+, (e sido noti-cado con la esolci!n /1 de 'ec(a * de novie"bre de *0+), "ediante la cal s Despac(o, pone los atos a disposici!n de las partes para 2e en el tr"ino de diez d4as 'or"len lo conveniente a s derec(o, en tal sentido y por corresponder a nestro derec(o, c"plo con presentar los ALEGAOS

DE LA %A!E %A!E C"$"L a -n de 2e sean to"ados en consideraci!n por s despac(o antes de e"itir n pronncia"iento, en base a los sigientes tr"inos%

". DESC!"%C"/N DE LOS -EC-OS: &e, &e, el d4a d4a *3 de ener enero o de *0+) *0+),, siend siendo o las las **%3 **%30 0 (ora (orass apro aproxi xi"a "ada da"e "ent nte, e, el procesado procesado PA/C$AL A/C$AL &$5/56$P &$5/56$PA1&$5 A1&$5 &&$71C89, condc4a condc4a la nidad nidad ve(iclar ve(iclar de transporte público, identi-cada con placa de roda:e 1; A)G), de la 7"presa de  ?ransportes  ?ransportes /anta Lz"illa /.A., en cal se encontraba co"o pasa:era la "enor agraviada 6A&$5L71 9/@76 GA@AA 9L9?7G$5, siendo 2e al llegar a la Av. + de Jnio a la altra del Ce"enterio Ca"po B7, en el distrito de Pente Piedra, el "enc "e ncio iona nado do ve(4 ve(4c clo lo sobre sobre paro paro para para 2e 2e la agra agravi viad ada a desc descen endi diera era,, es en ese ese "o"ento 2e el procesado reinicio brsca"ente la "arc(a del ve(4clo, si percatarse si la agraviada ter"ino de ba:ar o no, ocasionando 2e est cayera a la v4a, casndole diversas lesiones y perdiendo el conoci"iento, para lego de "s de 2ince "intos ser axiliada por personal de /erenazgo de Pente Piedra.

"Año de la Consolidación del Mar de Grau”

Posterior"ente, 'e trasladada al 8ospital de Pente Piedra, en donde 'e atendida en el rea de ?ra"a /(oc, 2edando en la /ala de Cidados 5ntensivos en observaci!n con pron!stico reservado, sin e"bargo la"entable"ente, debido a la gravedad de ss lesiones, 'alleci! el *) de enero de *0+), a las +)%30 (oras aproxi"ada"ente, es decir al d4a sigiente del accidente de trnsito.

"". SO(!E LOS DA0OS OCAS"ONADOS A LA AG!A$"ADA: AG!A$"ADA: &e, Eye de atos el Certi-cado de 1ecropsia a 'o:as , el cal deter"ina dete r"ina 2e debido a la gravedad de las lesiones ocasionadas a la agraviada en el accidente de trnsito, 'all 'allec eci! i! al d4a d4a sig sigie ient nte, e, dete deter" r"in inn ndo dose se%% “Cont “Contusi usión ón y Lacera Laceració ción n Encefá Encefálic lica, a, Traumatismo Craneoencefálico, Agentes Causantes: Contuso”  .

Cabe Ca be prec precis isar ar 2e, 2e, teni tenien endo do en cen centa ta la "a "agn gnit itd d y grav graved edad ad de los los daFo daFoss ocasionados a la agraviada, se pede "s 2e in'erir 2e el ve(4clo reinicio s "arc(a a na velocidad no razonable ni adecada para las circnstancias del lgar. lgar.

""". ANAL"S"S DEL "%O %ENAL "NS!U"DO: 7n el caso de atos, se le atribye al procesado la co"isi!n del delito contra la vida, el cerpo y la sald, en la "odalidad de 8o"icidio Clposo en agravio de 2ien en vida 'era la "enor 6a2ilen os"ery Ga"arra 9lortegi, 2e se encentra conte"plado en el art4clo +++; del C!digo Penal, el cal establece 2e% “El que, por culpa culpa,, ocasio ocasiona na la muert muerte e de una una person persona a, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos aos o con  prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro  !ornada" La pena privativa de la libertad será no menor de un ao ni mayor de cuat cuatro ro aos aos si el delit delito o resu result lta a de la inob inobse serva rvanc ncia ia de regla reglas s de  profesión, de ocupación o industria y no menor de un ao ni mayor de seis aos cuando sean varias las v#ctimas del mismo $ec$o"

La pena privativa de la libertad será no menor de cuatro años ni  mayor de ocho años e inhabilitación , seg%n corresponda, conforme al art#culo &' (incisos )*, '* y +*(, si la muerte se comete utiliando ve$#culo motoriado o arma de fuego, estando el agente ba!o el efecto

"Año de la Consolidación del Mar de Grau”

de drogas tó-icas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sint.ticas, o con presencia de alco$ol en la sangre en proporción mayor de /"0 gramos gramos(li (litro tro,, en el caso caso de transp transport orte e partic particula ularr, o mayor mayor de /"10 /"10 gramoslitro en el caso de transporte p%blico de pasa!eros, mercanc#as o carga en general, o cuando el delito resulte de la inobservancia inobservancia de

reglas técnicas de tránsito""

Con'or"e lo establece el art4clo +++; del C!digo Penal, se re2iere 2e el s:eto activo por clpa, ocasione la "erte de na persona, es por ello 2e el tr"ino  culpa”  debe entenderse en la acepci!n 2e la acci!n clposa se realiz! por la ino1ser2ancia

de las re3las t4cnicas de transito. 7n ese sentido, dic(o in:sto penal para /AL51A “2se obra obra por por negl neglig igen enci cia a cuan cuando do el agen agente te no toma toma las las debi debida das s /5CC8A+, “2se  precauciones y  precauciones y prudencia en su accionar" accionar" 3bra negligentemente negligentemente 4uien omite realiar  un acto 4ue la prudencia aconse!a realiar2”" Hesaltado y negrita nestraI.

Al resp especto ecto,, se debe ebe consi onside dera rarr 2e 2e La tipi tipi5c 5cac ació ión n pena penall de dete determ rmin inad ados os comportamientos culposos tienen por 5nalidad motivar a los ciudadanos para 4ue, en la realiación de acciones 4ue por su misma encierran un peligro y por tanto puedan ocasio ocasiona narr resul resultao taos s lesiv lesivos os para para bienes bienes !ur#di !ur#dicos cos trasce trascend ndent entes es 6como 6como la vida, vida, la integridad f#sica, etc"* empleen el má-imo cuidado 4ue es ob!etivamente necesario  para evitar 4ue se producan, me!or dic$o, para 4ue act%en con la diligencia debida2”"1

&e, &e, dic(o dic(o il4ci il4cito to se con-g con-gra ra cando cando el agente agente actan actando do de "anera "anera i"prd i"prdent ente e Hin'ringiendo el deber de cidadoI casa n daFo a otro, no obstante a ello, este in:sto penal re2iere del nexo de casalidad entre el co"porta"iento i"prdente, es decir clposo, del s:eto y el resltado esto es la "erte. Por otro lado, esto no ser s-ciente ya 2e ser necesario co"probar la posibilidad de i"ptar ob:etiva"ente el reslt res ltado ado al s:eto s:eto3.   7l aspec aspecto to sb: sb:et etiv ivo o re2 re2ie iere re de na na clp clpa a cons consci cien ente te o inconsciente. 7s as4 2e, constitye circnstancia agravante cando el agente casa

+ /AL51A/ /5CC8A, a"iro. 7erec$o 8enal, 8arte Especial, 9olumen "

7ditorial Gri:ley, )ta 7dici!n,

1ovie"bre, *0+0, pg. +0*.

* Kde" anterior e'. 3 A@91? A5A/, Lis Alberto H+>>I, @anal de Derec(o Penal, 7ditorial /an @arcos, pg. +0).

"Año de la Consolidación del Mar de Grau”

las lesiones con inobservancia de las reglas tcnicas de trnsito, tal co"o ocrre en el presente caso. La i"ptaci!n clposa no se 'nda en la intenci!n del agente, sino en s 'alta de previsi!n, es decir cando el ator no (a (ec(o so de las precaciones i"pestas por las circnstancias, in'ringiendo el deber de prdencia o de cidado consistente en condcir n ve(4clo a na velocidad "ayor de la per"itida. 6 es 2e se trata de la in'racci!n del deber personal"ente exigible a todo cidadano 2e pone en "arc(a na sitaci!n de riesgo para el bien :r4dico y 2e debe adoptar las "edidas adecadas para evitar 2e el riesgo se cristalice en el resltado). &e ba:o estas perspectivas, la convivencia social actal, i"plica as"ir la existencia de riesgos ineldibles para ss integrantes, prodcto de ss propias actividades pes de rennciarse a estos, el propio 'nciona"iento del grpo social se ver4a seria"ente daFado, co"o es el tr-co ve(iclar 2e spone la prodcci!n de riesgos. 7s as4 2e, el presente il4cito se con-gra cando el agente, condctor de la nidad de tran transp spor orte te pbl pblic ico o iden identi ti-c -cad ada a con con plac placa a de roda roda:e :e 1; A)G< A)G =>), ), cond condc cid ida a neglig negligent ente"en e"ente te por el proce procesad sado o Pascal ascal &isiy &isiypa pan2 n2ii &2enc &2enc(o, (o, ocasio ocasiono no el deceso deceso de la v4cti" v4cti"a. a. /iend /iendo o n (ec(o (ec(o innega innegable ble 2e para para condc condcir ir ato"! ato"!vil viles es y obtener la licencia de condcir respectiva se re2iere el conoci"iento pleno y rigroso de las reglas tcnicas tcnicas de trnsito trnsito pestas en prctica prctica al conducir un 2e56culo, los "is"os 2e de por s4, constityen na (erra"ienta riesgosa y peligrosa, por ello la  :risprdencia e"itida al respecto nos seFala a "odo ilstrativo 2e% “7ebe tenerse  presente 4ue el ve$#culo como tal constituye un bien riesgoso o peligroso y su condición una actividad 4ue tiene las mismas caracter#sticas, lo 4ue conlleva a la obligación de parte del conductor a reparar el dao causado” 0"

"$. ANAL"S"S DE LA AC"$"DAD %!O(AO!"A:

) P7MA CA7A B767, Alonso aúl H*0+0I, en na cita a Carbonell @ate, J.cGonzales Cssac, J.L.I en Derec(o Penal Parte 7special, 7 special, ?o"o ?o"o 5N, ?ercera 7d., Li"a, Perú.

 Cas. 1O *>+>
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