Alegatos Jessica Ivonne Magallanes Jaure
August 26, 2022 | Author: Anonymous | Category: N/A
Short Description
Download Alegatos Jessica Ivonne Magallanes Jaure...
Description
CONSULTORIO JURÍDICO CHAVEZ S. & ASOCIADOS TENENCIA, ALIMENTOS, FILIACIÓN, REGIMEN DE VISITAS, DIVORCIO, SUCESIÓN INTESTADA, DERECHO LABORAL, PENAL, CIVIL, ADMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL,, TRIBUTARIO
( AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, DISTRI DISTRITO TO DE SANTA ANITA) ANITA) ESPECIALISTA : SARA BENDEZU EXPEDIENTE
: : 11050-2015 11050-2015
CUADERNO : : PRINCIPAL ESCRITO
: 02
SUMILLA
: ALEGATOS
SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL TRANSITORIO DE ATE JESSICA IVONNE MAGALLANES JAURE, JAURE, identificada con DNI Nº 09918509,, con domicilio real en MZ B, LTE 6C, PJ VIRGEN DE 09918509 FATIMA, MORON CHICO, DISTRITO DE CHACLACAYO CHACLACAYO,, señalando como domicilio procesal para los efectos de la presente causa en en AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, DISTRITO DE SANTA ANITA, y en CASILLA ELECTRONICA N° 79154, sobre LESIÓN CULPOSA AGRAVADA. A Ud. atentamente digo: digo: Que por convenir a mi derecho y al estar en el plazo legal presento mi informe escrito en forma de alegatos. PRIMERO. - Que - Que con fecha 12 de junio de 2014, aproximadamente aproximadamente a las 6:55 se le imputa a mi esposo PAUL ALEXANDER BAHAMONDE HERNANDEZ, HERNANDEZ, haber estado conduciendo un vehículo automotor de placa de rodaje N B9A356 por la carretera central, en donde según la denuncia habría infringido el deber de cuidado, al conducir un vehículo de gran dimensión y no proveer el cuidado y atención que amerita transitar por la vía del suceso al no haber cuidado la distancia suficiente en el vehículo que lo antecedía, por lo que al primer impacto del vehículo de placa de rodaje N C3Y-705 conducido por el AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, UNIVERSAL, DISTRITO DE SANTA ANITA
CONSULTORIO JURÍDICO CHAVEZ S. & ASOCIADOS TENENCIA, ALIMENTOS, FILIACIÓN, REGIMEN DE VISITAS, DIVORCIO, SUCESIÓN INTESTADA, DERECHO LABORAL, PENAL, CIVIL, ADMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL,, TRIBUTARIO
( AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, DISTRI DISTRITO TO DE SANTA ANITA) ANITA)
agraviado CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO, LAZO, no pudo frenar a tiempo contribuyendo con el impacto frontal donde se encontraban los agraviados, consecuencia de ello el conductor CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO, LAZO, y su acompañante PELAYO RAMIRO LAZO ACOSTA, ACOSTA, resultaron con afectaciones a su integridad física, cabe precisar que CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO, LAZO, señaló que momentos antes al suceso observó a EDWIN QUINTO distraído QUINTO distraído debido a que en el asiento del copiloto había una fémina, hecho que habrían provocado el accidente . Pero lo vertido líneas arriba es totalmente falso si bien había una fémina al costado de EDWIN QUINTO QUINTO, QUINTO, en ningún momento el accidente de tránsito tránsito se produjo por esta situación situación sino fue más bien por un descuido del señor CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO, LAZO, donde su vehículo se mete a un hueco y es ese hecho que ocasionó el accidente de tránsito, es decir como el accidente lo provocó el propio agraviado, no se enervaría la presunción de inocencia de mi esposo, siendo la presunción de inocencia un derecho constitucional, que uno es inocente hasta que se demuestre lo contrario y en el presente caso no se ha podido demostrar con medios de prueba idóneos que mi esposo haya sido causante del accidente. SEGUNDO. – Que se informa también que la persona de EDWIN SANDY QUINTO QUINTO QUINTO con fecha 12 de junio junio de 2014, aproximadamente aproximadamente a las 6:55 se le estaría imputando haber estado conduciendo un vehículo automotor de placa de rodaje NC4Z-723 y semirremolque A3Y-978 por la carretera central, con dirección de Huancayo a Lima con carga de mármol de aproximadamente 48 toneladas, en hecho del choque se produje a la altura del km 36 de la Carretera Central, en donde según la denuncia habría infringido el deber de cuidado, al conducir un vehículo de gran dimensión y no proveer el cuidado y atención que amerita transitar por la vía del suceso AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, UNIVERSAL, DISTRITO DE SANTA ANITA
CONSULTORIO JURÍDICO CHAVEZ S. & ASOCIADOS TENENCIA, ALIMENTOS, FILIACIÓN, REGIMEN DE VISITAS, DIVORCIO, SUCESIÓN INTESTADA, DERECHO LABORAL, PENAL, CIVIL, ADMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL,, TRIBUTARIO
( AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, DISTRI DISTRITO TO DE SANTA ANITA) ANITA)
al no haber dejado espacio suficiente para evitar que el remolque impactara con el vehículo de placa de rodaje NC3Y-705, conducido por el agraviado CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO. LAZO. TERCERO. – Se tiene también que producto del choque el señor CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO LAZO sufrió las lesiones que se consigan en el CERTIFICADO MÉDICO LEGAL N° 004300-PF-AR, 004300-PF-AR, en donde se tiene fractura fémur segmentaria izquierda, amputación traumática del pie izquierdo, de la misma manera el señor PELAYO RAMIRO LAZO ACOSTA sufrió ACOSTA sufrió lesiones de dos días de atención facultativa, por ocho días de incapacidad médico legal. CUARTO. – Con respecto a estas alegaciones se debe tener en cuenta la OCURRENCIA POLICIAL N° 3953640, 3953640, donde se describe las circunstancias que fueron encontrados los vehículos remolcador de placa de rodaje N C4Z723, semirremolque A3Y-978, conducido por mi persona y el vehículo de placa de rodaje B9A-356, conducido por la persona de BAHAMONDE HERNANDEZ PAUL ALEXANDER y ALEXANDER y el vehículo vehículo de placa de de rodaje N CY3-705, Conducido por AGUIRRE LAZO CARLOS HENRRY QUINTO. – Se debe tomar en cuenta también la declaración de CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO LAZO en la cual señala que: “yo venía conduciendo el camión por la Carretera Central siendo que al llegar a la localidad de Chosica, donde existe una curva y contra curva, la vía se encuentra en mal estado, existen varios huecos por lo que yo reduzco la velocidad para pasarlos pero más adelante había otro huecoante el cual cae la llanta delantera lado izquierdo del camión, por lo que traté de controlarlo y en esas circunstancias circunstancias aparece el camión y su semirremolque que a mí me parece se había abierto un poco debido a lo largo que es y para girar este vehículo necesita más espacio, chocando contra el espejo de este carro y parte de la carrocería del AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, UNIVERSAL, DISTRITO DE SANTA ANITA
CONSULTORIO JURÍDICO CHAVEZ S. & ASOCIADOS TENENCIA, ALIMENTOS, FILIACIÓN, REGIMEN DE VISITAS, DIVORCIO, SUCESIÓN INTESTADA, DERECHO LABORAL, PENAL, CIVIL, ADMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL,, TRIBUTARIO
( AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, DISTRI DISTRITO TO DE SANTA ANITA) ANITA)
tracto, cuyo chofer maniobra hacia el lado derecho y luego impacta contra la parte delantera de la carreta, yo ya había aplicado los frenos al camión que conducía pero el tracto siguió avanzando y el camión comienza a sufrir daños materiales y es allí donde yo pierdo mi pie y luego me desmayo”. Ahora bie n
de dicha manifestación se puede colegir que el agraviado CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO LAZO fue quien provocó el accidente de tránsito toda vez que como he manifestado en mi declaración policial policial y judicial, se queda dormido, es ahí donde su llanta se atrapa en el hueco de la pista provocando del accidente de tránsito respectivo y provocándose él mismo las lesiones. SEXTO. – Obra también mi manifestación a nivel judicial donde manifiesto que soy propietaria del vehículo de placa de rodaje B 9ª-356, al igual que mi esposo PAUL ALEXANDER BAHAMONTE HERNANDEZ y que hasta la fecha no se ha llegado a ningún acuerdo. SEPTIMO.- Se tiene que tener en cuenta también las CONCLUSIONES SEPTIMO.TÉCNICAS DE TRÁNSITO, TRÁNSITO, contenidas en el ATESTADO ATESTADO N° 061-14REG.POL/DIVPOL.CHO/CCHO.SIAT , formulado por la COMISARÍA COMISARÍA PNP de CHOSICA, donde se establece que fue el propio agraviado CARLOS HENRY AGUIRRE LAZO, LAZO, quien determinó el suceso de tránsito que desencadenó grave afectaciones físicas en su agravio y de PELAYO RAMIRO LAZO ACOSTA. ACOSTA. OCTAVO. – Ahora bien se debe tener en cuenta el DICTAMEN N° 379-2017
donde la FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DEL MÓDULO BÁSICO DE J JUST USTII CI A D DEE SA SAN N JJUA UAN ND DEE L URI UR I G A NC NCH H O, en donde la fiscalía decide N O FORMULAR ACUSACIÓN PENAL , en contra de E DWI N SANDY Q QUI UI NTO QUINTO y PAUL ALEXANDER BAHAMONDE HERNANDEZ por el presunto delito contra la vida, el cuerpo y la salud-lesiones salud -lesiones culpos culposas as agravadas en agravio de CARLOS HENRRY AGUIRRE LAZO y PELAYO RAMIRO
AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, UNIVERSAL, DISTRITO DE SANTA ANITA
CONSULTORIO JURÍDICO CHAVEZ S. & ASOCIADOS TENENCIA, ALIMENTOS, FILIACIÓN, REGIMEN DE VISITAS, DIVORCIO, SUCESIÓN INTESTADA, DERECHO LABORAL, PENAL, CIVIL, ADMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL CONSTITUCIONAL,, TRIBUTARIO
( AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, DISTRI DISTRITO TO DE SANTA ANITA) ANITA) LAZO ACOSTA (…sin antes extremas sus medidas de seguridad y
precauciones del caso, circunstancias que debido al mal estado del elemento vía en su calzada, es factible que el neumático anterior izquierdo, haya ingresado sobre el forado (grieta) y antes estas circunstancias, dado que habría tenido una mano en el timón de dirección del vehículo y la otra mano en la palanca de cambios, el conductor haya perdido el control de la UT-I y al tratar de realizar alguna maniobra evasiva se le reduce el espacio y tiempo resultando insuficiente y/o tardía, llegando así a ingresar rápidamente parte de la estructura lateral anterior izquierda en el carril de circulación contrario…)
NOVENO.- Son por estas consideraciones que su DESPACHO debe observar lo decidido por la FISCALÍA PRO PROVI VI NCI AL PE NAL DE L MÓ MÓDULO DULO BÁSI CO
DE JUSTICIA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO y en su defecto SOBRR E SE E R L A C A USA ar chivá SOB hivánd ndo ose defifinit nitii vament ntee lo loss a acctua uad dos y a all se serr tercero civilmente responsable mi participación ya no tendría sentido, ya que no se ha hab br í a cometi do i nfrac nfraccci ón a la debi da di lig ligeenc ncii a, al al cco ond nduc ucii r un vveehícu hículo lo mi esp esposo. oso. POR TANTO: Al Juzgado se solicita provea conforme a LEY.
AV. TUPAC AMARU 597 A, URB. UNIVERSAL, UNIVERSAL, DISTRITO DE SANTA ANITA
View more...
Comments