Actos de Comercio - Derecho Mercantil

January 19, 2018 | Author: Benny Man | Category: Negotiable Instrument, Trade, Citizenship, Legal Personality, Virtue
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Comercio...

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Capítulo 4

4.1

Actos de Comercio

El acto de comercio en el sistema de derecho mercantil

4.2

Los actos de comercio y su clasificación

4.3

La clasificación de barrera Graf

4.4

Actos mercantiles

4.5

Concepto de acto de comercio

4.1

El acto de comercio en el sistema de derecho mercantil

La idea que subyace es la necesidad de distinguir casos concretos, en la medida que en los negocios jurídicos, contratos y obligaciones poseen estatutos jurídicos diferenciados: de Derecho civil o de Derecho mercantil. Es un sistema que supone la aplicación a éstos de la legislación civil en forma subsidiaria o por exclusión: si no se trata de un acto de comercio, se regirá por el Derecho civil. De todos modos, en algunos sistemas, un mismo acto puede ser comercial para una de las partes y civil para la otra, situación conceptualizada como "actos mixtos" o "de doble carácter". Por otro lado, es necesario tener presente que existen actualmente ordenamientos que poseen un tratamiento unitario de los actos, obligaciones y contratos, como el del Código Civil Unitario de Suiza y el de Italia, que incluyen la reglamentación de las sociedades de capital y títulos de crédito en la legislación común, estableciendo un estatuto o régimen diferenciado sólo para los comerciantes o empresarios.

4.2

Los actos de comercio y su clasificación

El acto de comercio es la manifestación de la voluntad cuyo propósito es producir consecuencias jurídicas, en crear, modificar, extinguir, transferir, conservar derechos y obligaciones. Hecho jurídico Es la realización de acontecimientos de la naturaleza y no interviene la voluntad del hombre.

Acto de comercio Es la manifestación de la voluntad del hombre con el propósito de producir consecuencias jurídicas. En el acto de comercio se encuentra condicionado a la legislación, es decir a la calidad de ciertas actividades que se encuentran previstas en el Código de Comercio art 75; pero también se encuentra condicionado al carácter personalde los que intervienen en su ejecución (comerciantes) de lo anterior es valido considerar que el acto de comercio se encuentra determinado por la ley (acto de comercio objetivo), pero también se encuentra determinado por los sujetos que intervienen, es decir por los comerciantes ( acto de comercio subjetivo).

Clasificación de los actos de comercio Actos absolutamente mercantiles

Tienen ese carácter o naturaleza que lo determina el mismo Código de Comercio, además son aquellos que están previstos en el artículo 75 del Código de Comercio y otros están en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y unos ejemplos de ellos son; contrato de reparto, contrato de apertura de crédito, contrato de deposito bancario, contrato de habilitación, contrato de fideicomiso, contrato de cuenta corriente y contrato de deposito de títulos. Actos de mercantilidad condicionada

Son aquellas actividades que aparentemente llevan implícita la aplicación del Código de Comercio y la aplicación del Código Civil por ejemplo: la celebración de un contrato de arrendamiento respecto de un bien inmueble que será empleado para la edificación de una empresa.

Actos de comercio atendiendo a su finalidad

Son aquellas actividades que las realizan los comerciantes con toda la intención de obtener un lucro o ganancia licita, pero también dichas actividades podrán ser realizadas por personas que no tengan el carácter de comerciantes más sin embargo se debe advertir la intención respecto de la obtención de un lucro.

Actos mercantiles por alguna de las personas que en ellos intervienen Son aquellas actividades que se realizan exclusivamente por determinadas personas a las que la ley mercantil, les reconoce el carácter de comerciantes, en este sentido para que se configure en si el acto de comercio, es suficiente que una de las personas que intervienen tenga el carácter de comerciante art. 1050 Código de Comercio.

Actos mercantiles por su objeto Son aquellas actividades que revisten de una naturaleza comercial por dos razones la primera que se encuentran en estos supuestos en algún documento (objeto) tal como el Código de Comercio y segunda que se materializan o se expresan en instrumentos o documentos que la legislación mercantil establece para su operatividad y desarrollo (objeto) títulos de crédito).

Actos mercantiles accesorios y conexos Son aquellas manifestaciones de la voluntad que derivan estrictamente de un acto de comercio principal. En este sentido la viabilidad de los actos accesorios depende estrictamente de los actos de comercio que tienen naturaleza general.

4.3 La clasificación de Barrera Graf La clasificación de los actos de comercio según Jorge Barrera Graf es la siguiente: Actos principales

a)

Por el sujeto, por ejemplo, obligaciones entre comerciantes y banqueros.

b)

Por que su objeto recaiga en una cosa mercantil.

c)

Por su finalidad.

d)

Por la forma que deben revestir

Los actos accesorios o conexos serán mercantiles siempre y cuando lo sea el principal.

4.4

Actos Mercantiles

Los actos mercantiles son los actos de comercio y los regula precisamente el Código de Comercio, en su artículo 75; por default, todo los demás serán no mercantiles, y son regulados por el código civil, como la prestación de servicios, el arrendamiento, etc.; hay actividades comerciales que se parecen a las civiles, la diferencia es el fin de lucro y la especulación comercial.

4.5

Concepto de acto de comercio

El concepto de acto de comercio ha sido muy discutido por la doctrina jurídica, si bien puede decirse que las soluciones legales que suelen adoptarse están siempre en torno a dos posibilidades: el sistema objetivo y el subjetivo.

La definición objetiva pretende establecer los requisitos de hecho que un acto de comercio debe tener para que sea tal. Por ejemplo, la constitución de una sociedad anónima es un acto de comercio, con independencia de quién sea el que la constituye; o una compraventa puede definirse como mercantil si se hace con la intención de revender lo comprado, teniendo ánimo de lucro en ello.

La definición subjetiva pretende condicionar el acto de comercio a que una o más de las personas que lo realizan sean comerciantes o empresarios.

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