ACTAS POLICIALES

July 16, 2017 | Author: Jose Luis Liendo Perez | Category: Torture, Police, Dignity, Criminal Law, Punishments
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Curso Actas Policiales: manual de redacción Etiquetas: PENAL

Manual de redacción de Actas Policiales. En esta primera parte del curso vamos a analizar los errores más comunes que se cometen en la redacción de actas policiales; errores de redacción en cuanto a la fecha, errores de redacción sobre los funcionarios intervinientes, los testigos y las evidencias. Luego veremos con detalle una serie de artículos que se deben tener en cuanta a la hora de la redacción de las Actas Policiales: Artículos del C.O.P.P referidos, entre otros, a investigación policial, reglas para actuación policial, derechos del imputado, inspección, facultades coercitivas y otros. Artículos de la L.O.C.T.I.C.S.E.P. sobre la fabricación y producción de sustancias estupefacientes, posesión ilícita, incitación o inducción al consumo, destrucción de las sustancias incautadas, etc. Artículos de la L.O.P.N.A. en cuanto a concurrencia de adultos y adolescentes en hechos punibles, detención en flagrancia, y más. También, artículos de la C.R.B.V. referidos a la libertad personal, la integridad física, psíquica y moral, y el derecho a la protección del estado, entre otros.

Capítulo 1:

Errores comunes (primera parte)

INTRODUCCIÓN:

Es un documento donde el funcionario actuante deja constancia de la diligencia policial realizada en determinado procedimiento, a los fines de que sirvan al ministerio público fundar la acusación respectiva, sin menoscabo del derecho de defensa del imputado. Este documento debe ser escrito en forma clara, precisa, concisa, con hechos concadenados, en el estricto orden en que sucedieron los hechos que se narran, con indicación del lugar, fecha (día, mes y año) en que ha sido redactada, los datos precisos de todas las personas que

hayan intervenido (funcionarios actuantes, victimas, testigos, etc.) y la descripción de los lugares y cosas (evidencias) de interés a la investigación.

ERRORES MÁS COMUNES COMETIDOS EN LA REDACCIÓN DE ACTAS POLICIALES

1. Fecha, por lo general los escribientes, tienen modelos de actas policiales anteriores en computadoras, cuando realizan una nueva acta policial, montan la nueva sobre la antigua y algunas veces omiten el cambio de fecha, lo que origina una fecha distinta al procedimiento que se realizo. Otras veces solo se omite la fecha por descuido o colocan una fecha diferente y según la norma "La falta u omisión de la fecha acarreara nulidad solo cuando ella no pueda establecerse con certeza, sobre la base de su contenido o por otro documento que sea conexo" (articulo Nº 153 del C.O.P.P.). 2. Funcionarios intervinientes, algunas veces actúan más funcionarios de los que aparecen en las actas o aparecen nombres de funcionarios que no tuvieron que ver con el procedimiento. 3. Testigos, en algunos casos hay testigos de los hechos, pero, los funcionarios actuantes por razones voluntarias o involuntarias, no los afilian, lo que acarrea que el acta policial, no tenga testigos (ajenos al órgano de investigación penal) que den fe de los hecho que se narran, que aunque la norma solo los exija para los "allanamientos" (Art. Nº 196 del C.O.P.P. tercer aparte), existen jurisprudencias, que en algunos casos, pueden hacer que un juez de control o de juicio o los escabinos o jurados se inclinen a favor de los imputados, desvirtuando la veracidad del acta realizada y por consiguiente, crear dudas sobre la actuación policial, pudiéndose pensar que los funcionarios actuantes estén incurriendo en le Delito Simulación de Hechos Punible o Delito de Audiencia en el caso de los juicios Orales. NOTA: En el acta policial solo debe indicarse los nombres, apellidos de los testigos, debiendo enviar un documento conexo al procedimiento, al Fiscal del Ministerio Publico que le corresponda el caso, en este se coloca la afiliación completa de los testigos, la cual quedara a reserva del Ministerio Publico (esto se hace como medio de protección de identidad).

4. Evidencias, las evidencias deben ser descritas con la mayor precisión posible al igual que el sitio donde fueron colectadas. Capítulo 2: Errores comunes (segunda parte)

Ejemplo de algunas descripciones: a-

Envoltorios

contentivos

de

sustancias

ilícitas: tamaño (pequeño,

regular,

grande), tipo(empaque o panela, cebollita, papeleta, pitillo, etc.) material (sintético, tela, papel vegetal, etc.),color del envoltorio, con que esta anudado, forrado o asegurado, consistencia de su contenido (compacto, polvo, fragmentos, granos, mixtos), color de su contenido, presentación del tipo de sustancia (Art. 115 L.O.C.T.I.C.S.E.P.), esta ultima varia según la exigencia del Ministerio Publico que dirija la investigación, (algunos fiscales prefieren que las evidencias queden intactas, es decir que no se pueden abrir para ver su contenido, y por consiguiente no se puede saber el color, ni presumir que tipo de sustancia sea), a continuación se especifica las dos maneras de describir según la preferencia del fiscal. Ejemplo 1: un (1) envoltorio pequeño, tipo cebollita, de material sintético de color negro, anudado en su parte superior con hilo de color azul, contentivo en su interior de restos y semillas vegetales, presumiblemente marihuana, con un olor fuerte penetrante y peculiar al de esta planta de estupefaciente.

Ejemplo 2: un (1) envoltorio pequeño, tipo cebollita, de material sintético de color negro, anudado en su parte superior con hilo de color azul, contentivo en su interior de una presunta sustancia ilícita, con un olor fuerte.

b- Armas de fuego: tipo, marca, modelo, calibre, pavón, tipo del material de la culata, seriales, cantidad de cartuchos percutidos y sin percutir que contenga al momento de ser colectada.Ejemplo: Un (1) arma de fuego, tipo revolver, marca RUGER, modelo GP 100, calibre mágnum .357, culata de goma de color negro, serial único 173-98767, con seis cartuchos sin percutir.

5- Imputados, deben ser afiliados con exactitud y de ser posible se deben incluir sus características fisonómicas y las descripciones de sus vestimentas. ¿Como se afilia una persona?1ro- Nombres y apellidos, 2do- Nacionalidad, 3ro- Cedula de identidad, 4toFecha de nacimiento, 5to- Edad, 6to- Estado civil, 7mo- Profesión u oficio, 8vo- Lugar de nacimiento,9no- Residencia actual (indicando numero o alguna referencia) y 10monumero telefónico si lo tiene.

6- Derechos de los imputados, inmediatamente luego de la aprehensión de los imputados, se les debe hacer de su conocimientos sobre sus derechos, dándole lectura al artículo nº 127 del C.O.P.P., también se le debe informar cual es el delito que se le imputa y a la orden de que autoridad será puesto (Art. 241 del C.O.P.P.) de este procedimiento se debe dejar constancia en el acta policial y en un acta anexa, la cual deben firmar y estampar sus huellas los imputados y suscrita por el funcionario que leyó los derechos. Ejemplo, ver formatos.

7- Del fiscal del M.P., si se notifica al Fiscal del Ministerio Publico, debe constar en el acta policial, al igual que las instrucciones que este gire.

8- Ortografía y Redacción, se debe evitar los errores ortográficos, las muletillas y la redundancia, cuidando que los hechos narrados lleven concatenación en el tiempo. 9- Entrega del procedimiento, debe constar en acta que organismo y quien recibió el procedimiento (imputados y evidencias). 10- Firma de los Funcionarios Actuantes, se debe asegurar que todos los funcionarios firmen el acta, evitando falsificaciones de firmas por causas de fuerza mayor.

Capítulo 3: Artículos del C.O.P.P. a tener en cuenta en la redacción (I) ARTICULOS DEL C.O.P.P. QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA EN LA REDACCIÓN DE ACTAS POLICIALES

115.- Investigación Policial: Las informaciones que obtengan los órganos de policía, acerca de la perpetración de hechos delictivos y de la identidad de sus autores y demás participes, deberá constar en acta que suscriba el funcionario actuante, para que sirvan al Ministerio Publico a los fines de fundar la acusación, sin menoscabo del derecho de defensa del imputado. 119.- Reglas para actuación Policial: La autoridades de policía de investigaciones deberán detener a los imputados en los casos que este código ordena, cumpliendo con los siguientes principios de actuación:

1. Hacer uso de la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la proporción que lo requiera la ejecución de la detención. 2. No utilizar las armas, excepto cuando haya resistencia que ponga en peligro la vida o la integridad física de personas, dentro de las limitaciones a que se refiere el numeral anterior. 3. No infringir, instigar o tolerar ningún acto de tortura u otros tratos o castigos crueles inhumanos o degradantes, tanto en el momento de la captura como durante el tiempo de la detención. 4. No presentar a los detenidos a ningún medio de comunicación social sin el expreso

consentimiento de ellos, el cual se otorgara en presencia del defensor, y se

hará constar en las diligencias respectiva. 5. Identificarse, en el momento de la captura, como agente de la autoridad y cerciorarse de la identidad de la persona o personas contra quienes procedan, no estando facultados para capturar a persona distinta de aquella a que se refiera la correspondiente orden de orden de detención, la identificación de la persona a detener no se exigirá en los casos flagrancia. 6. Informar al detenido acerca de sus derechos. 7. Comunicar a los parientes u otras personas relacionadas con el imputado, el

establecimiento en donde se encuentra detenido.

8. Asentar el lugar, día, hora de la detención en un acta inalterable.

127.- Derechos del Imputado: El imputado tendrá los siguientes Derechos:

1. Que se le informe de manera clara y precisa de los hechos que se le imputa y la autoridad responsable de la investigación. 2. Comunicarse con sus familiares, abogado de confianza, para informar sobre su aprehensión. 3. Ser asistido desde los actos iniciales de la investigación, por un defensor que designe el o sus familiares y en su defecto un defensor publico. 4. Ser asistido gratuitamente por un traductor o intérprete, sino comprende el habla o idioma castellano. 5. Pedir al Ministerio Público, la práctica de la diligencia de la investigación. 6. Presentarse directamente ante el juez, con el fin de prestar declaración. 7. Solicitar que se active la investigación y a conocer su contenido, salvo en los casos que alguna parte de ella, halla sido declarada, reservada solo para el tiempo que esas declaraciones se prolonguen. 8. Pedir que se declare anticipadamente la improcedencia, en la privación judicial de libertad. 9. Ser impuesto a proceso constitucional, que lo exige de declarar y aun en caso de consentir a prestar declaración, no hacerlo bajo juramento. 10. No ser sometido a torturas u otros tratos crueles, Inhumanos o degradantes de su dignidad personal. 11. No ser objeto de técnicas o métodos que alteren su libre voluntad, incluso con su consentimiento. 12. No ser juzgado en ausencia salvo a lo dispuesto en la constitución de la Republica Bolivariana.

Capítulo 4: Artículos del C.O.P.P. a tener en cuenta en la redacción (II)

153 - Actas: toda acta debe ser fechada con indicación del lugar, año, mes, día y hora en que haya sido redactada, las personas que hayan intervenido y una relación sucinta de los actos realizados. 186.- Inspección: Mediante la inspección de la policía o del Ministerio Publico se comprobara el estado de los lugares públicos, cosas, los rastros y efectos materiales que existan y sean y sean de utilidad para la investigación del hecho, o la individualización de los participes en el. De ello se levantara informe que describa detalladamente esos elementos y, cuando fuere posible, se recogerán y se conservaran los que sean útiles. Si el hecho no dejó rastros ni produjo efectos materiales, o si los mismos desaparecieron o fueron alterados, se describirá el estado actual en que fueron encontrados, procurando describir el anterior, el modo, tiempo y causa de su desaparición o alteración, y la fuente de la cual se obtuvo ese conocimiento. Del mismo modo se procederá cuando la persona buscada no se halle en el lugar. Se solicitara para que presencie la inspección a quien habite o quien se encuentre en el lugar donde se efectúa; o, cuando este ausente, a su encargado, y, falta de este, a cualquier mayor de edad, prefiriendo familiares del primero. Si la persona que presencia el acto es el imputado y no esta presente su defensor, se pedirá a otra persona que asista. De todo lo actuado se le notificara al Fiscal del Ministerio Publico. 189.- Facultades coercitivas: Cuando sea necesario el funcionario que practique la inspección podrá ordenar que durante la diligencia no se ausenten las personas que se encuentren en el lugar o que comparezca cualquier otra. Quienes se opongan podrán ser compelidos (obligados) por la fuerza pública. La restricción de la libertad podrá ser impuesta por el funcionario sin orden judicial hasta por seis horas. 190.- Registros Nocturnos: Los registros en lugares cerrados, aunque sean de acceso público, podrán ser practicados también en horario nocturno, dejando constancia del motivo en el acta, en los supuestos siguientes: 1. En los lugares de acceso público, abiertos durante la noche, y en un caso grave que no admita demora en la ejecución. 2. En el caso previsto en el Ordinal 1º del articulo 196.

3. En el caso que el interesado o su representante presente su consentimiento, con absoluta libertad. 4. Por orden escrita del juez.

191.- Inspección de Personas: La policía podrá inspeccionar a una persona, siempre que haya motivo suficiente para presumir que oculta entre sus ropas, pertenecías o adheridos a su cuerpo objetos relacionados con un hecho punible. Antes de proceder a la inspección deberá advertir a la persona acerca de la sospecha del objeto buscado. Pidiéndole su exhibición. 192.- Procedimiento Especial: Las inspecciones se practicaran separadamente, respetando el pudor de las personas. La inspección practicada a una persona será efectuada por la otra del mismo sexo. 193.- Inspección de Vehículos: La policía podrá realizar la inspección de un vehículo, siempre que haya motivo suficiente para presumir que una persona oculte en el, objeto relacionados con un hecho punible. Se realizará el mismo procedimiento y se cumplirán iguales formalidades que las previstas para la inspección de personas.

Capítulo 5: Artículos del C.O.P.P. a tener en cuenta en la redacción (III)

194.- Registro: Cuando haya motivo suficiente para presumir que en un lugar público existen rastros del delito investigado o de alguna persona fugada o sospechosa, salvo cuando sea obligatoria una orden de allanamiento, la policía realizará directamente el registro del lugar.

Cuando sea necesario realizar una inspección personal o el registro de un inmueble o compartimiento cerrado destinado al uso personal, en lugar público, regirán los artículos que regulan el procedimiento de la inspección de personas o vehículos.

Se solicitará para que presencie el registro a quien habite o se encuentre en posesión del lugar, o cuando este ausente a su encargado y, a falta de este, a cualquier persona mayor de

edad.

196.- Allanamiento: Cuando el registro se deba practicar en una morada, establecimiento comercial, en sus dependencias cerradas, o en recinto habitado, se requerirá la orden escrita del Juez.

El órgano de policía de investigaciones penales, en casos de necesidad y urgencia podrá solicitar directamente al Juez de Control la respectiva orden, previa autorización, por cualquier medio, del Ministerio Público que deberá constar en la solicitud.

La resolución por la cual el Juez ordena a la entrada y registro de un domicilio particular será siempre fundada.

El registro se realizara en presencia de dos testigos hábiles, en lo posible vecinos del lugar, que no deberán tener vinculación con la policía. Si el imputado se encuentra presente, y no esta su defensor, se pedirá a otra persona que asista. Bajo esas formalidades se levantará un acta.

Se exceptúa los dispuestos en los casos siguientes:

1. Para impedir la perpetración de un delito. 2. Cuando se trate del imputado a quien se persigue para su aprehensión.

Los motivos que determinaron el allanamiento sin orden constaran, detalladamente en el Acta.

198.- Procedimiento: La orden de allanamiento será notificada a quien habite el lugar o se encuentre en el, entregándole una copia; y se procederá según el articulo 186.

Si el notificado se resiste o nadie responde a los llamados, se hará uso de la fuerza pública para entrar. Al terminar el registro, si el lugar esta vacío se cuidara que quede cerrado y, de

no ser ello posible, se asegurara que otras personas no ingresen, hasta lograrlo. Este procedimiento constara en el acta.

234.- Definición (FLAGRANCIA): Para los efectos de este capítulo, se tendrá como delito flagrante el que se este cometiendo o el que acaba de cometerse, también se tendrá como delito flagrante aquel por el cual el sospechoso se vea perseguido por la autoridad policial, por la victima o por el clamor público, o el que se le sorprenda a poco de haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca del lugar donde se cometió, con armas, instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan presumir con fundamento que él es el autor.

266.- Investigación de la Policía: Si la noticia es recibida por las autoridades de policía, estas la comunicaran al Ministerio Público dentro de las doce horas siguientes y solo practicaran las diligencias necesarias y urgentes.

Las diligencias necesarias y urgentes estarán dirigidas a identificar y ubicar a los autores y demás participes del hecho punible, y al aseguramiento de los objetos activos y pasivos.

Capítulo 6: Artículos de la L.O.C.T.I.C.S.E.P. a tener en cuenta en la redacción (I)

ARTICULOS DE LA L.O.C.T.I.C.S.E.P. QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA EN LA REDACCIÓN DE ACTAS POLICIALES. Artículo 31. El que ilícitamente trafique, distribuya, oculte, transporte por cualquier medio, almacene, realice actividades de corretaje con las sustancias o sus materias primas, precursores, solventes y productos químicos esenciales desviados, a que se refiere esta Ley, aún

en

la

modalidad

de

desecho,

para

la

producción

de estupefacientes y

psicotrópicos, será penado con prisión de ocho a diez años.

Quien dirija o financie las operaciones antes mencionadas, con las sustancias, sus materias primas, precursores, solventes o productos químicos esenciales desviados, a que se refiere

esta Ley, aun en la modalidad de desecho, para la producción de sustancias estupefacientes y psicotrópicos, será penado con prisión de quince a veinte años.

Si la cantidad de drogas no excede de mil gramos de marihuana, cien gramos de cocaína, sus mezclas o sustancias estupefacientes a base de cocaína, veinte gramos de derivados de la amapola o doscientos gramos de drogas sintéticas, la pena será de seis a ocho años de prisión.

Si fuere un distribuidor de una cantidad menor a las previstas o de aquellos que transportan estas sustancias dentro de su cuerpo, la pena será de cuatro a seis años de prisión.

Estos delitos no gozarán de beneficios procesales. Fabricación y Producción de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas o Químicos para su Elaboración Artículo 32. El que ilícitamente fabrique, elabore, refine, transforme, extraiga, prepare, mezcle o produzca las sustancias y químicos a que se refiere esta Ley; dirija o financie esas operaciones, será penado con prisión de seis a diez años.

Estos delitos no gozarán de beneficios procesales. Tráfico Ilícito de Semillas, Resinas y Plantas

Artículo 33. El que ilícitamente siembre, cultive, coseche, preserve, elabore, almacene, realice actividades de corretaje, dirija o financie las operaciones antes mencionadas o trafique, transporte, oculte y distribuya semillas, resinas, plantas que contengan o reproduzcan cualesquiera de las sustancias a que se refiere esta Ley, o si fuere el responsable de la operación o el financista, será penado con prisión de seis a diez años y de tres a cinco años de prisión, si fueren jornaleros o asalariados.

Posesión Ilícita

Artículo 34. El que ilícitamente posea las sustancias estupefacientes y psicotrópicas o sus mezclas o los químicos esenciales a que se refiere esta Ley, con fines distintos a los previstos en los artículos 3, 31 y 32 de esta Ley, y al de consumo personal establecido en el artículo 70, será penado con prisión de uno a dos años. A los efectos de la posesión se apreciará la detentación de una cantidad de hasta dos gramos para los casos de posesión de cocaína y sus derivados, compuestos o mezclas con uno o varios ingredientes; y hasta veinte gramos, para los casos de cannabis sativa, que se encuentre sobre su cuerpo o bajo su poder o control para disponer de ella, para lo cual el juez determinará, utilizando la máxima experiencia de expertos como referencia, lo que pueda constituir una dosis personal de la sustancia detentada para una persona media. No se considerará bajo ninguna circunstancia, a los efectos de determinar el delito de posesión, aquellas cantidades que se detenten como pretexto de previsión o provisión que sobrepasen lo que podría ser teóricamente una dosis personal. En ningún caso se considerará el grado de pureza de las mismas.

Incitación o inducción al Consumo

Artículo 44: Quien incite o induzca el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, de otras sustancias que produzcan dependencia física o psíquica, será sancionado con una multa de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) y, en caso de reincidencia será penado con prisión de cuatro a seis años.

Capítulo 7: Artículos de la Ley Orgánica de Drogas a tener en cuenta en la redacción (II) Circunstancias Agravantes Artículo 163. Se consideran circunstancias agravantes del delito de tráfico en todas las modalidades previstas en los artículos 31, 32 y 33 de esta Ley, cuando sea cometido: 1. En niños, niñas y adolescentes, en minusválidos por causas mentales o físicas o a indígenas. 2. Utilizando a los sujetos descritos en el numeral anterior en la comisión de los delitos previstos en esta Ley.

3. Por alguien con motivo del ejercicio de una profesión, arte u oficio sujeto a autorización o vigilancia por razones de salud pública. 4. Por quien fuere funcionario público, miembro de la Fuerza Armada Nacional o de los organismos de investigaciones penales o de seguridad del Estado o quien sin serlo usare documentos o credenciales otorgados por estas instituciones, o prestare servicios en otros entes de las distintas ramas del Poder Público. 5. En el seno del hogar doméstico, institutos educacionales o culturales, deportivos o de iglesias

de

cualquier

culto.

6. En centros sociales o lugares donde se realicen espectáculos o diversiones públicas. 7. En

establecimientos

de

régimen

penitenciario

o

correccional.

8. En zonas adyacentes que disten a menos de trescientos metros (300 mts.) de dichos institutos,

establecimientos

o

lugares.

9. En naves, aeronaves o cualquier otro vehículo de guerra o transporte militar, cuarteles, institutos

o

instalaciones

castrenses.

10. En las instalaciones y oficinas públicas de cualesquiera de las ramas que constituyen el Poder

Público

a

nivel

nacional,

regional

o

municipal.

En todos estos casos señalados, la pena será aumentada de un tercio a la mitad y, excepto en los casos de los numerales 1, 3, 4 y 9, será aumentada a la mitad.

Competencia

y

Procedimiento

para

el

Niño,

Niña

y

el

Adolescente

Artículo 181. Quien incurra en cualesquiera de los hechos punibles previstos en esta Ley, siendo niño, niña o adolescente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se le seguirán las medidas de protección si es niño o niña, o el procedimiento del sistema de responsabilidad penal si es adolescente, de conformidad lo establecido en esa Ley y conocerá el Tribunal competente.

Identificación Provisional de las Sustancias

Artículo

190.

Si

la

identificación

ha logrado por experticia,

de

las

sustancias

incautadas

no

se

durante la fase preparatoria de la investigación, la

naturaleza de las sustancias a que se refiere esta Ley podrá ser identificada provisionalmente con un equipo portátil, mediante la aplicación de las máximas de experiencia de los funcionarios de los órganos de policía de investigaciones penales o del Fiscal del Ministerio Público que intervinieron en la captura o incautación de dichas sustancias. La guardia y custodia de estas sustancias estará a cargo y responsabilidad del órgano de policía de investigaciones penales que investiga el caso en depósitos destinados a ello con todas las precauciones que fueren necesarias para su preservación hasta su destrucción. La muestra identificada de la cantidad decomisada será debidamente marcada por los funcionarios policiales en presencia del Fiscal del Ministerio Público quien certificará su autenticidad. Se tomarán, también todas, las precauciones necesarias a fin de preservar la cadena de custodia de las muestras hasta la audiencia del juicio oral, en la cual el Ministerio Público podrá exhibir la muestra certificada a fines probatorios. En los casos de detención flagrante de un individuo con dediles u otro tipo de envase en el interior de su organismo, bastará para fines de identificación con la radiografía u otro medio técnico o científico que se le practique, o el informe de los médicos de emergencia que lo hubiesen atendido, hasta tanto se haga la experticia toxicológica de las sustancias.

Cadena de Custodia 192 Capítulo 8: Artículos de la LOD (III) Remisión de las Sustancias Incautadas al Ministerio de Salud y Desarrollo Social Artículo 191. Dentro de

los treinta

días

consecutivos de la incautación, previa

realización de la experticia pertinente y que constará en acta, a solicitud del Fiscal del Ministerio Público, haya o no imputado, el juez de control notificará a la Dirección de Drogas, Medicamentos y Cosméticos del ministerio con competencia en materia de salud antes de ordenar la destrucción de las sustancias, a objeto de que ésta solicite la totalidad o

parte de ellas con fines terapéuticos o de investigación, indicándole a tal efecto la cantidad, clase, calidad y nombre de las sustancias incautadas. Deberá de la misma manera indicar la fecha final de los treinta días consecutivos dentro de los cuales el ministerio con competencia

en

materia

de

salud y desarrollo social responderá si quiere o no dichas sustancias, las cuales les serán entregadas con las seguridades y previsiones del caso al responsable de esa Dirección. Cuando las sustancias ilícitas o desviadas no tengan uso terapéutico conocido o teniéndolo se haya cumplido la fecha de su vencimiento o estuviesen adulteradas, conforme a los resultados que arroje la experticia previamente ordenada, el juez de control podrá eximirse de enviar la notificación al ministerio con competencia en materia de salud y desarrollo social, pero dejará siempre constancia en actas por cuál de los motivos indicados no hace la notificación. Cadena de Custodia de las Muestras Artículo 192. El juez de control ordenará el depósito de dichas sustancias en un lugar de la sede del órgano de investigaciones penales que investiga el caso y que reúna las condiciones de seguridad requeridas, y si no son de las que pueden ser entregadas al ministerio con competencia en materia de salud y desarrollo social señalado en el artículo anterior, ordenará su destrucción, previo aparte de una muestra debidamente marcada y certificada en caso que justifique, velando porque la integridad de la cadena de custodia de la muestra se mantenga, la cual podrá ser promovida como prueba en el juicio oral. Destrucción de las Sustancias Incautadas Artículo 193. El juez de control autorizará a solicitud del Ministerio Público la destrucción de las sustancias incautadas, previa identificación por expertos que designe al efecto, quienes constatarán su correspondencia con la sustancia incautada. La destrucción dentro de los treinta días a su comiso será preferentemente por incineración o, en su defecto, por otro medio apropiado, la cual estará a cargo del Ministerio Público y con la asistencia de un funcionario de la policía de investigaciones penales, un experto de la misma y el operador del homo o del sistema de destrucción. Los mismos suscribirán el acta o las actas que por el procedimiento se levanten. El traslado para la destrucción de las sustancias será con la debida protección y custodia.

El Ministerio Público podrá designar en forma rotativa, uno de los distintos Fiscales de la jurisdicción para ejecutar la destrucción ordenada de las sustancias en uno o varios casos. Capítulo 9: Artículos de la L.O.P.N.A. a tener en cuenta en la redacción ARTICULOS DE LA L.O.P.N.A. QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA EN LA REDACCIÓN ACTAS POLICIALES 535.- Concurrencia de adultos y adolescentes: Cuando en un hecho punible o en hechos punibles conexos, concurran adultos y adolescentes, las causas se separaran conociendo en cada caso la autoridad competente, para mantener en lo posible la conexidad, los funcionarios de investigación o los tribunales deberán remitirse recíprocamente copias certificadas de las actuaciones pertinentes. Las actuaciones que se remitan en razón de la incompetencia, tanto en la jurisdicción penal de la adolescencia como en la de adultos, serán validas para su utilización de cada uno de los procesos, siempre que no hayan resultado violados derechos fundamentales. 541.- Informaciones: el adolescente investigado debe ser informado de los motivos de la investigación y de la autoridad responsable de la misma, del derecho a no incriminarse y a solicitar la presencia inmediata de sus padres, representantes o responsables y su defensor. 557.- Detención en flagrancia: El adolescente detenido en flagrancia será conducido de inmediato ante el fiscal del ministerio publico quien, dentro de las veinticuatro horas siguientes lo presentara ante el juez de control y le expondrá como se produjo la aprehensión, el juez resolverá, en la misma audiencia, si convoca directamente a juicio oral para dentro de diez días siguientes. El fiscal y, en su caso, el querellante, presentara la acusación directamente en la audiencia de juicio oral y se seguirá, en lo demás, las reglas del procedimiento ordinario. En la audiencia de presentación del detenido en flagrancia el juez resolverá la medida cautelar de comparecencia a juicio, pudiendo decretar la prisión preventiva, solo en los casos que se procedan, conforme a los artículos siguientes. 654.- Imputado: Todo adolescente señalado como presunto autor o participe de un hecho punible tiene derecho, desde el primer acto de procedimiento:

1. A que se le informe de manera clara y precisa de los hechos que se le imputa la autoridad responsable de la investigación.

2. A comunicarse en privado con sus padres representantes o responsables con un abogado, persona de confianza, para informar sobre su aprehensión. 3. Ser asistido gratuitamente por un intérprete, si no comprende el habla o habla el idioma Castellano. 4. Solicitar al Ministerio Publico la practica de las diligencias de investigaciones designadas a desvirtuar las imputaciones que se le formule. 5. A presentarse directamente ante el juez con la finalidad de rendir declaración. 6. Solicitar a que se active la investigación y a conocer su contenido. 7. Solicitar que se declare la improcedencia de la prisión preventiva o su caso. 8. A ser obligado a declarar y, en caso de querer hacerlo, que sea sin juramento, libre de coacción o apremio y presencia de su defensor. 9. A no ser sometido a técnicas o métodos que induzcan o alteren su libre voluntad, aun con su consentimiento, ni a torturas ni a otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. 10. A no ser juzgado en su ausencia. Se tendrá por primer acto de procedimiento o cualquier indicación policial, administrativa del ministerio publico o judicial que señale a un adolescente como posible autor o participe de un hecho punible.

Capítulo 10: Artículos de la C.R.B.V. a tener en cuenta en la redacción ARTICULOS DE LA C.R.B.V. QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA EN LA REDACCIÓN ACTAS POLICIALES 44.- La libertad personal es inviolable; en consecuencia: 1. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino en virtud de una orden judicial, a menos que sea sorprendida infragante. En este caso, será llevada ante la autoridad judicial en un tiempo no mayor de cuarenta y ocho horas a partir del momento de su detención. Será juzgada en libertad, excepto por las razones determinadas por la ley y apreciadas por el juez

o jueza en cada caso. La constitución de caución exigida por la ley para conceder la libertad de la persona detenida no causara impuesto alguno.

2. Toda persona detenida tiene derecho a comunicarse de inmediato con sus familiares abogado o abogada, o persona de confianza; y estos o estas, a su vez, tiene derecho a ser informados o informada sobre el lugar donde se encuentra la persona detenida; a ser notificados o notificadas de inmediatamente de los motivos de la detención y a que dejen constancia escrita en el expediente sobre el estado psíquico y físico de la persona detenida, ya sea por si mismo o por si misma, o con el auxilio de especialistas, la autoridad competente llevara un registro publico de la detención realizada que comprenda la identidad de la persona detenida, lugar, hora, condiciones y funcionarios o funcionarias que la practicaron.

Respecto a la detención de extranjeros o extranjeras se observara, además, la notificación consulta prevista a los tratados internacionales sobre la materia.

3. La persona no puede trascender de la persona condenada. No habrá condenas a penas perpetuas o infamantes: las penas privativas de la libertad no excederán de treinta años.

4. Toda autoridad que ejecute medidas privativas de la libertad estará obligada a identificarse.

5. Ninguna persona continuara en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente, o una vez cumplida la pena impuesta. 46.- Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral en consecuencia:

1. Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda victima de tortura o trato cruel inhumano o degradante practicado o tolerado por parte de los agentes del estado, tiene derecho a la rehabilitación.

2. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. 3. Ninguna persona será sometida sin su libre consentimiento a experimentos científicos, o exámenes médicos o de laboratorio, excepto cuando se encontrare en peligro su vida o por otras circunstancias que determine la ley. 4. Todo funcionario publico o funcionaria publica que, en razón de se cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley. 47.- El hogar domestico y todo recinto privado de personas son inviolables: No podrán ser allanados sino por orden judicial, para impedir a perpetración de un delito o para cumplir, de acuerdo con la ley, las decisiones que dicten los tribunales, respetando siempre la dignidad del ser humano.

Las visitas sanitarias que se practiquen, de conformidad con la ley, solo podrá hacerse previo aviso de los funcionarios o funcionarias que las ordenen o hayan de practicarlas. 55.- Toda persona tiene derecho a la protección por parte del estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por la ley, frente a situaciones que constituyan amenaza vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.

La participación de los ciudadanos y ciudadanas en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana y administración de emergencias será regulada por una ley especial. Los cuerpos de seguridad del estado respetaran la dignidad y los derechos humanos de todas las personas, el uso de armas o sustancias toxicas por parte del funcionario policial y de seguridad estará limitado por principios de necesidad, conveniencia, oportunidad y proporcionalidad, conforme a la ley.

257.- El proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia, las leyes procesales establecerán la simplificación, uniformidad y eficacia de los tramites y adoptaran un procedimiento breve oral y publico, no se sacrificara la justicia por la omisión de formalidades no esénciales.

ACTAS PROCESALES Toda investigación parte del sitio de sucesos, donde se origina la investigación, la técnica Criminalística y también la sustanciación del expediente penal, por lo tanto las informaciones que se recaben son de vital importancia Informaciones que se deben recabar en un sitio de sucesos Como se enteró del suceso Por instrucciones de quien fue al sitio de sucesos Fecha y hora en que el Funcionario se presenta al Despacho a rendir informe. Hora en que realizo el procedimiento En compañía de quien o quienes realizo el procedimiento Unidad en que se desplazaba. Dirección exacta del sitio de sucesos: Descripción del sitio de sucesos: Basado en las informaciones recabadas, relato de lo que paso: Cuando sucedió: El día, fecha, hora Quien fue el perjudicado (Puede ser un caso de robo en perjuicio de una empresa) aparte de la víctima denunciante Quien fue la víctima personal directa del hecho o el denunciante o informante. v Identificación completa de la persona que aporta informaciones como víctima: v Nombre, v Nacionalidad, v Edad, v Estado civil, v Profesión u oficio, v Lugar de trabajo, v Dirección exacta del lugar de trabajo v Teléfono (s) del trabajo v Dirección exacta del domicilio v Teléfono del domicilio o residencia v Número de cédula de identidad o pasaporte Identificación plena de los testigos, solicitando todos sus datos al igual que los de la víctima o denunciante. Dinero y/o objetos sustraídos en caso de robo o hurto. Descripción de los objetos, prendas Etc. Imputados (Cuando son señalados por la víctima o por testigos) Descripción de los imputados: Armas utilizadas para cometer el hecho Vehículo (s) objetos del delito o utilizados para cometerlo OBSERVACIONES: Funcionarios de otro organismos que actuaron en el caso: Unidad: que utilizaron los funcionarios de otro organismo Hora en que se presentaron

Hora en que se retiraron o si se hicieron cargo del procedimiento Hora en que Usted se retiró del sitio de sucesos Motivo por el cual se retiró. Objetos incautados o colectados: Droga Incautada Armas incautadas: Donde se entregó el Procedimiento y a quien La horas de entregar el procedimiento A que Fiscalía se notificó el procedimiento Quien era el Fiscal de guardia, Todas estas informaciones son fundamentales y no se deben obviar, son necesarias para el desarrollo posterior de la investigación, básicas para la acusación del imputado por parte del Ministerio Público. No debe olvidar: En el encabezamiento del Acta Policial, se pone la hora en que el funcionario se presenta al Despacho a rendir su informe En el relato del procedimientos, se coloca la hora en que se realizo Se debe jugar con el tiempo y la distancia, es decir, A que hora se hizo el procedimiento, cuanto tiempo se gasto en el procedimiento, que tiempo se gasta desde el sitio del procedimiento hasta el Despacho En el relato se deben mencionar: Ø Donde se encontraba cuando se enteró del hecho Ø Quien o quienes le acompañaban Ø En que Unidad o vehículo se desplazaba Ø A Los testigos ubicados e identificados, se les deben tomar todos los datos, Ø Objetos o cosas abandonadas por los delincuentes, la descripción de estas Ø El Acta debe ir sellada por el Despacho, cuidando que el sello al estamparlo, no tape la fecha, se debe colocar en un sitio donde no altera informaciones Nota: En toda Acta, de la naturaleza que sea, los ciudadanos deben ser plenamente identificados con los dos nombres, los dos apellidos, nacionalidad, estado civil, donde nació (natural de) profesión u oficio, nombre de la empresa donde trabajo, teléfono del trabajo, dirección exacta, incluyendo un punto de referencia que haga mas fácil la ubicación, número de teléfono de la residencia, número de teléfono celular, algún otro número de teléfono donde ubicarse y su número de cédula de identidad. ACTAS POLICIALES

SIMPLE, DE CARÁCTER INFORMATIVO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado _______ Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía de _______ División de Investigaciones Penales ACTA POLICIAL. Ciudad Bolívar, ___ de ____ del año dos mil __.Años 1940 y 1450

En esta fecha, siendo las ___ horas de la ___, compareció por ante este Despacho el Funcionario: _____________, adscrito a ___________, de la Policía de __, quien de conformidad con lo establecido en el Artículos 112 del Código Orgánico Procesal Penal, deja constancia escrita de la siguiente diligencia policial:

Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman: ……………….………….. EL FUNCIONARIO REVISOR EL FUNCIONARIO ACTUANTE

Siglas de responsabilidad

ACTA POLICIAL CUANDO SE PRACTIQUE ALGUNA DETENCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACIÓN DEL ESTADO __ SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA POLICÍA DEL ESTADO Nro.________ ACTAPOLICIAL Ciudad __, de del 2.005 Años 194° y 145°

En esta fecha, siendo las ___ horas de la ___ compareció por ante este Despacho, el Funcionario ______, Adscrito a ______ de la Policía de ___. Quien de conformidad con lo establecido en el

artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 112 y 117 numeral 8 EJUSDEM, deja constancia escrita de la siguiente diligencia policial: (Relato del procedimiento) _________________________________________________ Al momento de practicar (les) la aprehensión fue impuesto del motivo de la detención, informándole (s) sus derechos, contenidos en el Artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo pauta elnumeral seis del Artículo 117 EJUSDEM. Fueron trasladados a __________ y Todo el procedimiento fue entregado al Jefe de Los Servicios ______. Informando al ciudadano Fiscal __________del Ministerio Público, de guardia para el día de hoy, abogado ________________dando cumplimiento a lo pautado en los Artículos 113 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, se terminó. Se leyó y estando conformes firman: ====================== EL EXPONENTE EL RECEPTOR

Formato simple de Acta Policial con detenido siguiendo las reglas del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, aparte especial sobre casos excepcionales República Bolivariana de Venezuela (Gobernación Alcaldía) Policía de __

No. _________ ACTA POLICIAL Ciudad Bolívar, _________de ________ del 2005 Años 194° y 145°

En esta fecha, siendo las ___horas de la _____, compareció por ante este Despacho, el Funcionario ____ adscrito a ____ de la Policía de __ Quien de conformidad con lo establecido en el aparte especial sobre casos excepcionales del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 112 y 117 numeral 8EJUSDEM, deja constancia escrita de la siguiente diligencia policial:

Es todo, se terminó, se leyó y estando conformes firman: EL EXPONENTE EL RECEPTOR

Formato ampliado de Acta Policial sobre el procedimiento de detención de un ciudadano siguiendo las reglas del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, aparte especial sobre casos excepcionales

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Instituto Autónomo de Policía División de Investigaciones Penales Nro. _________ ACTA POLICIAL Ciudad Bolívar, _________de ________ del 2005 Años 194° y 145°

En esta fecha, ____ de ___ del año 2.00___, siendo las cuatro horas de la tarde, compareció por ante este Despacho, el Funcionario ______________________________ adscrito a ______________ de la Policía de ___, Quien de conformidad con lo establecido en el aparte especial sobre casos excepcionales del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 112 y 117numeral ocho EJUSDEM, deja constancia escrita de la siguiente diligencia policial: ________(Relato del motivo por el cual practicó la detención) ______________, me comunique vía telefónica, a las una hora treinta minutos de esta misma tarde, con el (la) ciudadano (a) Fiscal de Guardia del Ministerio Público, Abogado (a) Doctor _______________________ Fiscal _____ del M.P., a quien informé acerca del caso, indicándole que según causa sumarial número __________________ instruida por __________________, manifestándome el ciudadano Fiscal que esperara instrucciones. A la una hora, cincuenta minutos recibí llamada telefónica del prenombrado Fiscal del Ministerio Público, quien me indicó que procediera a la aprehensión del ciudadano, ya que la misma había sido debidamente autorizada por el ciudadano Juez _________________ de Control, Abogado Doctor ___________ a la una hora cuarenta minutos, Seguidamente procedí a la aprehensión del ciudadano, a las dos horas de la tarde, Quien se identificó como: (Identificación completa) ___, a Quien le informé del motivo de la aprehensión y sus Derechos, contenidos en el Artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal, como lo pauta el numeral seis del Artículo 117 EJUSDEM, El aprehendido y el procedimiento en su totalidad fue trasladado a la Comisaría de ______Donde se le entregó a _______________________ a fin de ser remitido dicho procedimiento al Ministerio Público, Es todo, se terminó, se leyó y estando conformes firman: EL EXPONENTE

EL RECEPTOR

ACTA INFORMANDO LOS DERECHOS AL IMPUTADO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

ACTA INFORMANDO LOS DERECHOS AL IMPUTADO

En _ (Ciudad Bolívar) __ a los _ (Diez) ____días del mes de _________ del año 200 En esta misma fecha, siendo las ____ horas de ___________ se procede a informarle los derechos al ciudadano: ________ de nacionalidad ___ de _años de edad, de estado civil ______ de profesión u oficio ___ trabajando actualmente en ________ situado en ___Teléfono: ___, domiciliado en : ______ Teléfono _________ portador de la cédula de identidad número__ que el motivo de su aprehensión es: ____ y de sus derechos, contenidos en el Artículo 125 de Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, son: 1. Que se le informe de manera especifica y clara acerca de los hechos que se le imputan. 2. Comunicarse con sus familiares, abogado de su confianza o asociación de asistencia jurídica, para informar sobre su detención. 3. Ser asistido, desde los actos iniciales de la investigación, por un defensor que designe él o sus parientes y, en su defecto por un defensor público. 4. Ser asistido gratuitamente por un traductor o intérprete si no comprende o no hable el idioma castellano. 5. Pedir al Ministerio Público la práctica de diligencia de investigaciones destinadas a desvirtuar las imputaciones que se les formulen. 6. Presentarse directamente ante el Juez con el fin de prestar declaración. 7. Solicitar que se active la investigación y a conocer su contenido, salvo en los casos en que alguna parte de ella haya sido declarada reservada y solo por el tiempo que esa declaración se prolongue. 8. Pedir que se declare anticipadamente la improcedencia de la privación preventiva judicial de libertad. 9. Ser impuesto del precepto constitucional que lo exime de declarar y, aun en caso de consentir

a prestar declaración, a no hacerlo bajo juramento. 10. No ser sometido a tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes de su dignidad personal. 11. No ser objeto de técnicas o métodos que alteren su libre voluntad, incluso con su consentimiento. 12. No ser juzgado en ausencia, salvo lo dispuesto en la Constitución de la República. Yo, _______________________________ portador de la Cédula de identidad número _______, anteriormente identificado, por medio de la presente, declaro que he sido suficientemente informado de mis derechos y del motivo de mi aprehensión, lo cual certifico en el presente documento con mi firma y huellas dactilares

FIRMA EL CIUDADANO A QUIEN SE LE INFORMARON SUS DERECHOS

_________________________________ PI PD

DENUNCIAS Y ENTREVISTAS ACTA DE DENUNCIA República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

ACTA DE DENUNCIA Nº __________ Ciudad Bolívar, ___de _____ los 2.005 Años 1940 y 1450 En esta fecha, siendo las ___ horas de la __, compareció por ante este Despacho un (a) ciudadano (a) quien dijo ser y llamarse _____de nacionalidad _____ de __ años de edad, de estado civil _____, natural de _____, hijo (a) de _____ y de_____ de profesión u oficio _____, actualmente trabajando en _______, Teléfono. __ Domiciliado (a) en ___, teléfono __, portador (a) de la cédula de identidad número ___. Quien de conformidad con lo establecido en los artículos 285 y 286 del Código Orgánico Procesal Penal manifestó: Comparezco por ante este Despacho, con el fin de formular una denuncia, no procediendo falsa ni maliciosamente en el presente acto, en el cual ocurro y expongo: (La exposición del denunciante) SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR PROCEDE A INTERROGAR AL DENUNCIANTE DE LA

MANERA SIGUIENTE: PREGUNTA UNO. PREGUNTA UNO. Diga Usted, ¿Dónde Ocurrieron los hechos? CONTESTO: ______ PREGUNTA DOS. Diga Usted, ¿Cuándo ocurrieron los hechos? CONTESTO: ____ PREGUNTA TRES Diga Usted, ¿? CONTESTO: ______ Diga Usted, ¿Desea agregar algo mas a la presente _____? CONTESTO: ______________________________ Se terminó, se leyó y estando conformes firma: EL (LA) DENUNCIANTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR FORMATO DE DENUNCIA PRESENTADA POR ESCRITO República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

Ciudad Bolívar __ de _______ del 2.00 195º y 145º ACTA RECIBIENDO DENUNCIA ESCRITA Recibido el escrito que antecede, hoy, _______- de ___________ del año dos mil cinco a la ________ horas de ______________, constante de __________ folios útiles, presentado por ante este Despacho personalmente por su firmante, ciudadano ________________ de nacionalidad____________ de _____ años de edad, de estado civil ___, natural de ______, hijo (a) de _________ y de_________ de profesión u oficio _____________, actualmente trabajando en _______, Teléfono. ____________ Domiciliado (a) en ______________, teléfono _____________, portador (a) de la cédula de identidad número ____________. Este Despacho procede a admitirlo como tal.

EL FUNCIONARIO RECEPTOR

Siglas de responsabilidad

Acta de ampliación de una denuncia

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

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ACTA DE AMPLIACIÓN DE DENUNCIA Nº _________ Ciudad Bolívar, _________ de ________ del 2.005 Años 194° y 145°

En esta fecha, siendo las __ horas de ________compareció nuevamente por ante este Despacho, previa ____un (a) Ciudadano (a) Quien estando plenamente identificada en Acta anterior, dijo ser y llamarse______ portador de la cédula de identidad número____ con el objeto de ampliar su Denuncia y en consecuencia fue interrogado (a) de la manera siguiente: PREGUNTA UNO. PREGUNTA UNO. Diga Usted, ¿Dónde Ocurrieron los hechos? CONTESTO: ______ PREGUNTA DOS. Diga Usted, ¿Cuándo ocurrieron los hechos? CONTESTO: ____ PREGUNTA TRES Diga Usted, ¿? CONTESTO: ______ Diga Usted, ¿Desea agregar algo mas a la presente ampliación de su denuncia? CONTESTO: __ Se terminó. Se leyó y estando conformes firman: EL DENUNCIANTE EL RECEPTOR

CONSTANCIA QUE SE DEBE EXPEDIR AL DENUNCIANTE

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Apellidos: Nº de Denuncia: Nombres: CI Nº: Dirección: Teléfono: Lugar del Delito: Remitida al Ministerio Público Oficio Nº: Fecha de remisión: Exposición: Recibida por:

____________________ Firma y sello

Formato para entrevistas a testigos

Republica Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar División de Investigaciones Penales ACTA DE ENTREVISTA

Ciudad Bolívar, __ de ____ del 2005 194º y 145º

En esta fecha, siendo las _____ horas de _______, compareció por ante este Despacho, previa ________ un ciudadano quien dijo ser y llamarse como queda escrito: ________, de nacionalidad _______, natural de _______, de ___ años de edad, de profesión u oficio _________, trabajando actualmente en ______, ubicado en ____________, teléfono ____________, domiciliado en ____, teléfono _______, portador de la cédula de identidad Número _______. Estando debidamente impuesto (a) de los hechos que se averiguan y de las generales de ley que sobre testigos pauta el Código Orgánico Procesal Penal, manifestó no tener impedimento legal alguno para presentar entrevista escrita y seguidamente expuso:

Se terminó, se leyó y estando conformes firman: EL ENTREVISTADO P.I P.D. EL FUNCIONARIO RECEPTOR

Entrevista a menor de quince años

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar División de Investigaciones Penales ENTREVISTA A MENOR DE QUINCE AÑOS

Ciudad Bolívar, _____ de ______ del 2005 Años 194° y 145° En esta fecha, siendo las___horas de_______ Compareció por ante este Despacho, previa__________ Una persona que estando sin juramento alguno, como lo establece el artículo 228 del Código Orgánico Procesal Penal, dijo ser y llamarse_________ _________de___________años de edad, de nacionalidad______natural de_______ hijo de___________y de______ actualmente ______en ________ ubicado en______________ Domiciliado en_________ teléfono ___ y portador de la cédula de identidad número_____Debidamente impuesto del motivo de la presente entrevista, manifestó estar dispuesto a sostenerla y seguidamente expuso: PREGUNTA CINCUENTA Diga Usted, ¿Desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: _________________________ Se terminó, se leyó y estando conformes firma:

EL ENTREVISTADO P.I P.D. EL FUNCIONARIO RECEPTOR Siglas de responsabilidad

ENTREVISTA A FAMILIAR DE IMPUTADO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ENTREVISTA A FAMILIAR DE IMPUTADO

Ciudad Bolívar, Años 194° y 145°

En esta fecha, siendo las______horas de_______compareció por ante este Despacho, previa________ Un (a) ciudadano (a) que estando sin juramento alguno, libre de toda coacción y apremio, en su carácter de__________del imputado _____, Dijo ser y llamarse______, De nacionalidad_____de_________años de edad, de estado civil____natural de_____ Hijo de ___y de_________________, De profesión u oficio_____________actualmente Trabajando en_______ubicado en______ teléfono____domiciliado en _______________teléfono_______ y portador de la cédula de identidad número_____ Debidamente impuesto (a) de los hechos que se averiguan y de la Imputación que se le hace a su_______, ______ Le fue leído el Precepto Constitucional inserto en el ordinal 5 del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y manifestó estar dispuesto (a) a rendir entrevista y seguidamente expuso: PREGUNTA CINCUENTA Diga Usted, ¿Desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: ____________________________ Se terminó, se leyó y estando conformes firma: EL ENTREVISTADO

P.I P.D. EL FUNCIONARIO RECEPTOR Siglas de responsabilidad

ACTA DE TRASLADO DE COMISIÓN A ENTREVISTAR TESTIGO

Republica Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE TRASLADO DE COMISIÓN A ENTREVISTAR TESTIGO Ciudad Bolívar, _____ de ________ del 2005 Años 194° y 145° En esta fecha, siendo las___ horas de ____se constituye comisión integrada por los Funcionarios____, adscritos a ____del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Bolívar Con el objeto de trasladarse hasta______ Y entrevistar por escrito al ciudadano (a)_____ quien se

encuentra impedido de acudir al Despacho y dando cumplimiento a lo pautado en el artículo 229 del Código Orgánico Procesal Penal, al efecto se constituyo la comisión en_______ Donde fue recibida por el ciudadano (a)________ portador de la cédula de identidad Número___ Quien se encuentra en el domicilio en su condición de______ y quien condujo a la Comisión a donde se encuentra el ciudadano objeto de este procedimiento, quien una vez impuesto del motivo de la comisión, dijo ser y llamarse______de nacionalidad ___ de__años de edad, natural de ____ hijo (a) de____ y de ___, de estado civil______de profesión u oficio_____actualmente trabajando en _____ubicado en_______teléfono:__________domiciliado en ______ teléfono __y portador de la cédula de identidad Número____Seguidamente el (la) Ciudadano (a) manifestó no tener impedimento legal alguno para presentar la entrevista y seguidamente manifestó: XXXXXXX PREGUNTA CINCUENTA Diga Usted, ¿Desea agregar algo mas a la presente entrevista? CONTESTO: __Se terminó, se leyó y estando conformes firman: EL ENTREVISTADO P.I. PD.

EL FUNCIONARIO RECEPTOR

Siglas de responsabilidad

ACTA DE AMPLIACION DE ENTREVISTA . República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar --------------------------------ACTA DE AMPLIACIÓN DE ENTREVISTA

Ciudad Bolívar, Años 194° y 145°

En esta fecha, siendo las ___________horas de _____________compareció nuevamente por ante este Despacho, previa _____________un (a) Ciudadano (a) Quien estando plenamente identificada en Acta anterior, dijo ser y llamarse______ _____________ portador de la cédula de identidad número__________________ con el objeto de ampliar la anterior entrevista y en consecuencia fue interrogado (a) de la manera siguiente: (Se le hacen las preguntas que el investigador obvio o necesite para complementar la investigación) PREGUNTA UNO ¿Diga Usted __? CONTESTO: PREGUNTA CINCUENTA Diga Usted, ¿Desea agregar algo mas a la presente denuncia? CONTESTO: ______________ Se terminó, se leyó y estando conformes firma: EL ENTREVISTADO

P.I P.D.

EL FUNCIONARIO RECEPTOR

OFICIOS DE REMISIÓN

NOTIFICACIÓN AL FISCAL DE GUARDIA SOBRE CONOCIMIENTO DE UN HECHO PUNIBLE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA IPOLICÍA DEL ESTADO BOLÍVAR DIVISIÓN DE INVESTIGACIONES PENALES

Ciudad Bolívar, _______ de ________ del 2005 Años 194° y 145° No. POL-DIPP ____ Ciudadano:

Fiscal de Guardia del Ministerio Público Primer Circuito Judicial Penal del Estado. Bolívar SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la oportunidad de comunicarle que este Despacho, mediante Denuncia Interpuesta por la Ciudadano (a) ___, titular de la Cédula de Identidad Nº __, se tuvo conocimiento de la presunta comisión de un hecho punible, presunto ____ocurrido en _____. Donde aparecen como victima el (la) Ciudadano _____ y como presunto (s) imputado (s). Participación que se hace de conformidad con lo establecido en los artículos 113 y 284 del Código Orgánico Procesal Penal DIOS Y FEDERACIÓN

REMISIÓN DE DETENIDO AL RETEN REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA POLICÍA DEL ESTADO BOLÍVAR

Ciudad Bolívar, __ de ____ del 2005 Años 194° y 145° Ciudadano: Jefe de Los Servicios Reten ________ Su Despacho.Me dirijo a Usted en la oportunidad de remitir a ese Reten, en calidad de detenido al (los) Ciudadano (s): _____, titular de la Cédula de Identidad Nº _, de ___ años de edad, estado civil ___, residenciado en ____, de esta ciudad. Quien permanecerá en ese Reten Judicial a la orden de la Fiscalía ___, del Ministerio Público, por el presunto delito de _______________________________ Remisión que hago a Usted para su conocimiento y demás fines. DIOS Y FEDERACIÓN

OFICIO DE REMISIÓN DE DETENIDO Y RECAUDO AL MINISTERIO PÚBLICO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

Ciudad Bolívar, ____ de ____________ del 2005 Años 194° y 145° No. ______ Ciudadano: Fiscal de Guardia del Ministerio Público Primer Circuito Judicial Penal del Estado. Bolívar SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la oportunidad de comunicarle que en cumplimiento con lo establecido en el artículo 373, Del Código Orgánico Procesal Penal, estoy remitiendo a la orden del Despacho que dignamente Usted dirige al (los) ciudadano (s): ______Aprehendido (s) por Funcionarios adscritos a este Despacho en relación a la presunta comisión del delito de ____Hecho ocurrido en _____ A las __ horas de ____ en perjuicio de: ___ Así mismo, anexo a el presente, remito recaudos relacionados con el presente caso, tales como: Acta Policial del procedimiento, __________ Y los siguientes objetos: __________________________ Que guardan relación con el caso. Remisión que hago a Usted a fines legales consiguientes

DIOS Y FEDERACIÓN

REMISIÓN DE RECAUDOS CASO DE UNA RESISTENCIA A LA AUTORIDAD República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

Ciudad Bolívar, __ de ___ del 2005 Años 194° y 145° No. Ciudadano: Fiscal de Guardia del Ministerio Público Primer Circuito Judicial Penal del Estado. Bolívar SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la oportunidad de comunicarle que en cumplimiento de los establecido en los artículos 113 y 284, del Código Orgánico Procesal Penal, estoy remitiendo Acta Policía del procedimiento relacionados con la presunta comisión de los delitos de ____ y Resistencia a la Autoridad, ocurrido en ________ en perjuicio de ______ y del Estado Venezolano el día___, __ de ______ del 2,005, a las ______ Horas de ___., donde el (los) ciudadano (s) se opuso (opusieron) __________ al arresto y ofrecieron resistencia armada a la Autoridad, resultando ____________________, Del presente caso tuvo conocimiento el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, que destaco Comisión al sitio en la Unidad _, compuesta por los Funcionarios (C.I.C.P.C) ____, que se encargó de fijar el sitio de sucesos, colectando en este _______, y cuya averiguación fue aperturada por este Organismo bajo el número nomenclatura del C.I.C.P.C _______________________. Remisión que hago a Usted, a fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN

REMISIÓN DE VEHÍCULO Y DETENIDO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Ciudad Bolívar, ___ de ________ del 2005 Años 194° y 145° Ciudadano: Fiscal de Guardia del Ministerio Público Primer Circuito Judicial Penal del Estado. Bolívar SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la oportunidad de comunicarle que en cumplimiento de los establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 10 de La Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, estoy remitiendo al C.I.C.P.C, a la orden de ese Despacho a su digno cargo, al ciudadano ___ (Identificación completa), Quienes se encuentran presuntamente involucrados en____ Así mismo estoy remitiendo el (los) vehículo (s) siguiente (s) Marca:____ Modelo: ___años: ___, color: _ Tipo: _____ placas, ____Serial motor_ ____ Serial Carrocería: _____: El vehículo objeto de este procedimiento fue ____(recuperado, incautado) por Funcionarios adscritos a ________ del Policía del Estado Bolívar, Procedimiento efectuado en _ a las ___ horas de _____ , solicitado por la presunta comisión del delito de: ___, hecho ocurrido en _, en fecha __ a las __ horas de __. Según Expediente Nº _ instruido por ______). Anexo al presente remito Acta Policial del procedimiento, y los siguientes recaudos: _____ y los siguientes objetos ________ Haciendo de su conocimiento que los vehículos se encuentra en las siguientes condiciones: ___ Portando en su interior los siguientes objetos _______

Remisión que hago a Usted a fines legales consiguientes.

DIOS Y FEDERACIÓN

CUANDO SE REMITE VEHÍCULO, SIN DETENIDO AL C.I.C.P.C A LA ORDEN DEL MINISTERIO PUBLICO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar División de Investigaciones Penales

Ciudad Bolívar, ___ de ________ del 2005 Años 194° y 145° IPOL No. ____ Ciudadano: Fiscal de Guardia del Ministerio Público Primer Circuito Judicial Penal del Estado. Bolívar SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la oportunidad de comunicarle que en cumplimiento de los establecido en el artículo 10 de La Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, estoy remitiendo a el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a la orden de ese Despacho a su digno cargo, el siguiente vehículo: Marca:___Modelo: ____años: _, color: ___ Tipo: ___ placas, ____Serial motor_ __ Serial Carrocería: ___: El cual fue recuperado por los componentes de la Unidad ___, Funcionarios adscritos a_____del Policía del Estado Bolívar, El vehículo fue recuperado en _____ a las __ horas de___del día ____,. El vehículo se encontraba _____________ Solicitado por la presunta comisión del delito de: _______, Según Expediente ____ del C.I.C.P.C, Delegación de _____ Anexo al presente, Acta Policial del procedimiento Haciendo de su conocimiento que el vehículo se encuentra en las siguientes condiciones: ______ y contiene en su interior los siguientes objetos___________. Remisión que hago a Usted, a fines legales consiguientes DIOS Y FEDERACIÓN

Oficio de remisión de detenido (s) al Albergue ADOLESCENTES HEMBRAS

República Bolivariana de Venezuela Gobernación Del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar División de Investigaciones Penales

Ciudad Bolívar, _______ de ____ del 2005 Años 194° y 145°

Ciudadano: Jefe de Los Servicios Centro de Diagnostico y Tratamiento de Hembras SU DESPACHO.Me dirijo a Usted en la oportunidad de remitir a ese Reten, en calidad de depósito a la (a las) Adolescente (s): ______________________ Quien (es) permanecerá (n) en ese Centro de Diagnostico a la orden del Ministerio Público, Representación Fiscal Novena de Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente.

Remisión que hago a Usted para su conocimiento y demás fines.

DIOS Y FEDERACION

Oficio de remisión de detenido (s) al Albergue de Varones

República Bolivariana de Venezuela Gobernación Del Estado Bolívar

Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

Ciudad Bolívar, _______ de ____ del 2005 Años 194° y 145° Ciudadano: Jefe de Los Servicios Centro de Diagnostico y Tratamiento de Varones SU DESPACHO.Me dirijo a Usted en la oportunidad de remitir a ese Reten, en calidad de depósito al (a los) (Adolescente) (s): ______________________ Quien (es) permanecerá (n) en ese Centro de Diagnostico a la orden del Ministerio Público, Representación Fiscal Novena de Responsabilidad Penal del Niño y del Adolescente. Remisión que hago a Usted para su conocimiento y demás fines.

DIOS Y FEDERACIÓN

ACTA DE INSPECCION OCULAR

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE INSPECCION OCULAR

Ciudad Bolívar, ________ de __________ del 2004 Años 194° y 144° En esta fecha, siendo las ___horas de ___ Se constituyó una comisión del Policía del Estado Bolívar, en __(SITIO DONDE SE VA A PRACTICAR LA INSPECCIÒN)_____, integrada por los funcionarios: ________ adscritos a: ___, lugar en el cual se acordó efectuar inspección Ocular de conformidad con lo establecido en el Artículo 202 del Código Orgánico Procesal Penal, a tal efecto se procedió, dejándose constancia de lo siguiente: ___________________________ LOS COMISIONADOS

OFICIO DIRIGIDO AL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO SOLICITANDO ORDEN DE ALLANAMIENTO

Republica Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Ciudad Bolívar, ______de ___________de 2.004 Años 1940 y 1440 Nº: Ciudadano: Fiscal de Guardia del Ministerio Público Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la Oportunidad de solicitar su valiosa colaboración en el sentido de tramitar ante el Juez de Control de Guardia una orden de visita domiciliaria (Allanamiento) que practicaran Funcionarios del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Bolívar, adscritos a __________Bajo el mando de: ______ En la siguiente dirección: ______, Propiedad o habitado por: ___________ Lugar donde se presume la existencia de elementos de interés criminalístico en materia de: ________ Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal.

DIOS Y FEDERACIÓN

OFICIO QUE DIRIGE EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO AL JUEZ DE CONTROL Republica Bolivariana de Venezuela Fiscalia del Ministerio Publico Primer Circuito Judicial Penal ESTADO BOLÍVAR Oficio No. Ciudad Bolívar, _____ de ______ del 2.005 194° Y 145° Ciudadano: Juez de Control de Guardia Primer Circuito Judicial Penal SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la oportunidad de solicitarle emitir ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA (Allanamiento) de conformidad con lo dispuesto en los artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, que será practicada por Funcionarios del Policía del Estado Bolívar, ___________ Adscritos a: ______ Bajo el mando de: ___________________ Que se practicara en la siguiente dirección: ______________lugar propiedad o habitado por: ___________ Donde se presume existan elementos de interés criminalístico en materia de: ______________________________________

EL FISCAL__________DEL MINISTERIO PÚBLICO.

Nota; Este Oficio, lo dirige el ciudadano Fiscal del Ministerio Público al Juez de Control y es responsabilidad del Fiscal su redacción pero en vista de la secases de Fiscales y tomando en cuenta de que tienen el tiempo copado y no tienen un sitio estable donde ser ubicados, colaboramos con el y le llevamos el oficio ya plasmado, solo para la firma. De esta manera ahorramos tiempo, colaboramos con el Ministerio Público y aligeramos el procedimiento.

SOLICITUD DE ORDEN DE ALLANAMIENTO DIRECTAMENTE AL JUEZ DE CONTROL

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar División De Investigaciones Penales

Ciudad Bolívar, de - del 2005 Años 1940 y 1450 Nro. Ciudadano: JUEZ DE Control de Guardia Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar SU DESPACHO.Respetuosamente me dirijo a Usted en la Oportunidad de solicitar su valiosa colaboración a fin de emitir una Orden de Visita Domiciliaria (Allanamiento) que será practicada por los Funcionarios del Policía del Estado Bolívar, _______________adscritos a ___________, bajo el mando de; _____, En la siguiente dirección: _________, Propiedad o habitada por: ___________ Lugar donde previas investigaciones realizadas por Funcionarios adscritos a esta División, se presume existen elementos de interés criminalístico en materia de: __________ La presente solicitud fue debidamente autorizada por el ciudadano Fiscal _________ del Ministerio Público, _______________ a quien se le informó: vía telefónica. Cumpliendo con la primera parte, pautada en el, Artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, y dando cumplimiento a Todo lo establecido en los Artículos 202, 210 y 211. EJUSDEM

DIOS Y FEDERACIÓN

ACTA DE ALLANAMIENTO Republica Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE ALLANAMIENTO Nº_0002

Ciudad Bolívar __ de ___ del 2005 Años 194° y 145°

En esta fecha, siendo las ___horas de ____, Dando cumplimiento a la orden de allanamiento signada bajo el número: _____, OFICIO Nº ___, Emanada del Juez ___ de Control, Abogado ____, de conformidad con lo establecido en los Artículos 202, 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, se constituye una comisión integrada por los Funcionarios: ___________, al mando de ______ Adscritos a _______ del Policía del Estado Bolívar, acompañados por los ciudadanos: _______Y____________, Quienes serán TESTIGOS del presente acto en el inmueble ubicado en: ________ propiedad o habitada por ___________ Seguidamente los Funcionarios encargados del procedimiento tocaron a las puertas del inmueble en mención y estas fueron abiertas por un (a) ciudadano (a) quien dijo ser y llamarse: ____________ (Identificación completa) Estando en el inmueble en su condición de_______ facilitó a los Funcionarios el acceso al Domicilio procediéndose a dar cumplimiento a lo ordenado por el citado Juez con el resultado siguiente:___________________________________________Se terminó se leyó y conformes firman: LOS COMISIONADOS LOS TESTIGOS

EL CIUDADANO PROPIETARIO O

REPRESENTANTE DEL INMUEBLE

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE REGISTRO DE ESTABLECIMIENTO PÚBLICO

Ciudad Bolívar, Años 194° y 144° En esta fecha, __________ siendo las ____horas de _____Comisión de _______ De la Policía del Estado Bolívar, integrada por los Funcionarios: ___________ actuando según lo establecido en el Artículo 208 del Código Orgánico Procesal Penal, presumiendo la existencia de elementos de interés criminalisticos relacionados con la investigación del delito de ___________ en el establecimiento Público denominado: ______ Ubicado en: ____ Se procedió a solicitar la identificación del encargado (Propietario) del establecimiento, manifestando ser y llamarse: ___ De _________años de edad, de nacionalidad _____, de profesión u oficio_______ actualmente trabajando en ______ubicado en ______Teléfono ____, portador de la cédula de identidad Número _________, estando en el inmueble en su condición de ______ a quien se le informó de las sospechas de que en su establecimiento ____________ respondiendo el ciudadano _______ En vista de las circunstancias, Fueron llamados, para que presenciaran el Acto de registro en condición de TESTIGOS, a los ciudadanos: ______ Procediendo a efectuar el registro con el resultado siguiente: ______ Se terminó se leyó y se firmó LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN LOS TESTIGOS

EL REPRESENTANTE DEL ESTABLECIMIENTO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Ciudad Bolívar, Años 1940 y 1450 ACTA DE REGISTRO DE VEHÍCULOS

En esta fecha, siendo las__ horas de____de conformidad con lo establecido en el artículo 207 del Código Orgánico Procesal Penal, se constituye una comisión integrada por los Funcionarios _____ Al mando de _________ Adscritos a _______ del Policía del Estado Bolívar, acompañados por los ciudadanos ____ (Identificación completa de los testigo) __ quienes serán TESTIGOS del registro que se efectuara en el vehículo_______ propiedad o conducido por el ciudadano_________ (Identificación completa) a quien se le informó del procedimiento y motivo del registro, contestando que ____ quien estando presente en el Acto de registro, se realizó con el resultado siguiente: ______________________ LOS COMISIONADOS LOS TESTIGOS

EL PROPIETARIO O CONDUCTOR DEL VEHÍCULO

ACTA DE REGISTRO DE PERSONAS

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Ciudad Bolívar, Años 1940 y 1440 ACTA DE REGISTRO DE PERSONAS En esta fecha, siendo las __horas de ____de conformidad con lo establecido en el artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal, se constituye una comisión integrada por los Funcionarios: __________ al mando de ___________ Adscritos a ______ del Policía del Estado Bolívar, acompañados por los ciudadanos: ________ (Identificación completa de los testigos) y __________ Quienes serán TESTIGOS del registro que se efectuara al ciudadano identificado como: __________ (Identificación completa) quien fue informado del motivo del registro,. Contestando que ___________ por lo que se procedió al registro, siendo realizado por el Funcionario (a): _____________________________ con el resultado siguiente: ___________________________ LOS COMISIONADOS LOS TESTIGOS

FUNCIONARIO (a) QUE REALIZÓ EL REGISTRO

EL CIUDADANO A QUIEN SE LE EFECTUÓ EL REGISTRO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE ENTREGA Ciudad Bolívar, ______de _____ del 2.00

194º y 145º El suscrito _____, Jefe de _____ del Policía del Estado Bolívar del Estado Bolívar, por medio de la presente, hace formal entrega al ciudadano: _____, de nacionalidad, ____, de _ años de edad, de estado civil ___, de profesión u oficio: ___ actualmente trabajando en ____, ubicado en ___ teléfono: __, titular de la cedula de identidad Mª __, previa demostración de propiedad mediante presentación de documentos originales de propiedad y consignación de copias de los mismos, lo siguiente: ______ lo cual le fue retenida en procedimiento efectuado por funcionarios adscritos a ____ , el día __ de fecha _____en el sector ____. En el Acto de entrega se reviso lo antes retenido y actualmente entregado quedando conformes. Y yo, ___________ plenamente identificada por medio del presente instrumento declaro que recibo el (los) objeto (s) antes descrito (s) a mi entera y cabal satisfacción. RECIBE CONFORME ENTREGA CONFORME

ACTA DE ENTREGA POR ORDEN DEL MINISTERIO PÚBLICO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

Ciudad Bolívar, Años 194° y 144° El suscrito _____de la Policía del Estado Bolívar, previa autorización del ciudadano Fiscal __, del Ministerio Público, Abogado ___________ mediante oficio Nº _____ por medio del presente hace formal entrega al ciudadano_______ de nacionalidad ______ de ___años de edad, de estado civil ___ de profesión u oficio _____actualmente trabajando en_____ ubicado en ____ Teléfono ____ domiciliado en ____ Teléfono____ y portador de la cédula de la identidad número ____ previa demostración de propiedad mediante presentación de documentos originales y consignación de copia de estos documentos que le acreditan la propiedad, lo siguiente: _____________ Lo cual le fue retenido en______En fecha___ por motivo de________________ En el Acto de entrega, se reviso lo antes retenido y actualmente entregado quedando conformes. Y yo, __________ Portador de la cédula de identidad número ______________Antes identificado, por medio del presente instrumento declaro que recibo él (los) objeto (s) mi entera y cabal sastifacción RECIBE CONFORME ENTREGA CONFORME

ACTA DE CONSIGNACIÓN

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Ciudad Bolívar, Años 194° y 144° ACTA DE CONSIGNACIÓN

En esta fecha y siendo las __ horas de ____, comparece por ante Despacho, el Funcionario: ____________ Adscrito a ______ del Policía del Estado Bolívar, quien deja constancia de que en diligencia efectuada en __ relacionadas con las averiguaciones de: _______________ Mediante ________ Obtuvo _______ De las siguientes características: ____ Que guarda relación con los hechos que se averiguan y el cual consigna a este Despacho mediante el presente instrumento a fin de que sea anexado a esta averiguación Es todo”. TERMINO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN........................ EL FUNCIONARIO QUE CONSIGNA EL RECEPTOR,

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA POLICÍA DEL ESTADO BOLÍVAR BOLETA DE CITACIÓN

Ciudad Bolívar, ____ del 2.005.

Se hace saber al ciudadano _____ portador de la cedula de identidad _____. Que deberá comparecer por ante el Departamento de sustanciación de _______ del Policía del Estado Bolívar a fin de ser entrevistado en relación con Averiguaciones que adelanta este Despacho. El día ____

de fecha ___ a las ______ horas de ____. Su no comparecencia será tomada como entorpecimiento al debido proceso y en consecuencia le será aplicado el artículo 239 del Código Penal Venezolano vigente.

CÚMPLASE LO CONDUCENTE EL NOTIFICADO

PLANILLA CADENA DE CUSTODIA

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

Informe de evidencias recogidas en el sitio de sucesos Caso: ______ Expediente Nº _____ Delito: _____ Fecha: ________ Organismo encargado de la Investigación: ________ Descripción de la evidencia: _____________ Fiscal del M.P. que conoce del caso: _____________________ CADENA DE CUSTODIA 1.- Recibidas de: ______Por: _____ Fecha ____ a las ______ horas de __________ Firma el que recibe Firma el que entrega 2.- Recibidas de: ______ Por: _____fecha ____ a las ______ horas de __________ Firma el que recibe Firma el que entrega

COMPROMISO BILATERAL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR SECRETARIA DE SEGURIDAD CIUDADANA POLICÍA DEL ESTADO BOLÍVAR Ciudad Bolívar; de del 2005. 194° y 144° COMPROMISO BILATERAL Nosotros: __________ De ____________C.I. Nro.___________________ _____________de ________C.I. Nro.___________________ ___________ de_____________C.I. Nro._________________

Comparecemos por ante este Despacho del Policía del Estado Bolívar, y bajo fe de juramento nos comprometemos cumplir las siguientes cláusulas: Primero: A respetarnos mutuamente, no molestarnos de hechos ni palabras, ni de ninguna naturaleza, y evitar en lo sucesivo se produzcan casos mal intencionado utilizando para ello terceras personas. Segundo: Quedando notificado que de incurrir en la violación del presente compromiso seremos acreedores de una sanción de conformidad con lo establecido en el Articulo Nro.240 del Código de Policía Vigente del estado Bolívar y el Artículo 31 del Código Penal Venezolano. Así lo manifestamos y firmamos a los_____ días del mes de ____________del 2005. Firman Los Comprometidos. El Funcionario

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar

ACTA DE ENTREGA MENOR DE EDAD Ciudad Bolívar, Años 194° y 144°

El suscrito ________ Jefe de _________ del Instituto Autónomo de Policía del Estado Bolívar, por medio de la presente, entrega formalmente al ciudadano (a) _____________ Mayor de edad, de nacionalidad ____de ___años de edad, de estado civil___ de profesión u oficio ___actualmente trabajando en______ ubicado en ____ Teléfono ___domiciliado en _______ Teléfono __ y portador de la cédula de identidad número____ Representante legal del menor_____ De __ años de edad, portador de la cédula número_______ Quien fue preventivamente retenido en______ por encontrarse en situación de peligro y motivado a ______________ En el Acto de entrega, el menor fue revisado conjuntamente con su representante, encontrándose en perfecto estado de salud. Seguidamente el ciudadano representante del menor, se responsabiliza ante este Despacho por la conducta y seguridad de su menor representado y lo recibe conforme. RECIBE CONFORME ENTREGA CONFORME

EL MENOR

ACTA DE ENTREGA DE ARMA DE FUEGO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE ENTREGA DE ARMA DE FUEGO

Ciudad Bolívar, 25 de mayo del 2.004 194° y 144°

El suscrito ______, Jefe de _________, del Policía del Estado Bolívar del Estado Bolívar, previas instrucciones del ciudadano Fiscal ____ del Ministerio Público, Abogado _______ por medio de la presente, hace formal entrega al ciudadano: _________, de nacionalidad, ___ de __ años de edad, de estado civil ____, de profesión u oficio: ______; actualmente trabajando en _______ ubicado en ______ teléfono: _____, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- ______, previa presentación de Permiso de porte de armas de fuego vigente, expedido por DARFA, y consignación de copia del permiso, una arma de fuego tipo. _____; Marca ____, con cachas de ____; serial _____; Calibre __; la cual le fue retenida en procedimiento efectuado por funcionarios adscritos a _________ el día ____ de fecha __ de ____ del año en curso; en el sector _____. En el Acto de entrega se reviso el arma antes descrita y actualmente entregada, quedando conformes. Y yo, ___________ Cédula de Identidad Mª ____ plenamente identificado por medio del presente instrumento declaro que recibo el arma de fuego antes descrita a mi entera y cabal satisfacción. RECIBE CONFORME ENTREGA CONFORME

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar División de Investigaciones Penales CERTIFICACIÓN DE NOVEDAD

Ciudad Bolívar, ______ de ______ del 2004 Años 194° y 144°

El suscrito, Comisario Jefe (PEB) Benjamín V. Nessi Díaz Jefe de Investigaciones Penales de la Policía del Estado Bolívar, certifica que en las novedades diarias que lleva este Despacho, Durante el lapso comprendido entre las ____ horas de la mañana del día _______ y las 08:00 horas de la mañana del día __________________ Aparece una novedad que copiada textualmente dice así:

EL JEFE DEL DESPACHO

OBSERVACIÓN: Cuando ingresa una persona herida al hospital, el Funcionario debe indagar las causas y en aquellos casos donde el motivo de las heridas es a consecuencia de la perpetración de un delito, el Funcionario destacado en el hospital esta en la obligación de realizar las primeras investigaciones, plasmándola en Acta Policial si fuera el caso o simplemente llenar el formato y debe participar al Ministerio Público acerca del ingreso. En caso de que las heridas o lesiones sean de gravedad que haga temer por la vida del paciente, inmediatamente debe participar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas a fin de que este Organismo inicie las investigaciones del caso, debe pensar el Agente que unas lesiones, se pueden convertir en homicidio

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE INGRESO AL HOSPITAL VICTIMA DE DELITO No. _ Ciudad Bolívar, __ de __ del 2005 Años 194° y 145° Centro asistencial: HOSPITAL UNIVERSITARIO RUIZ Y PÁEZ Nombre de la víctima: __________ Cédula número: _____ Edad ___ años, de nacionalidad: _____ Profesión u oficio: ____ Trabajando en _____ Ubicado en: ____ Teléfono: _____ Domiciliado en: _________ Ingresó a las ___ horas de ___ procedente de: _______Fue víctima del presunto delito de: ____ a las ___ horas de ___ en ________ Fue conducido a este centro asistencial por: __________ (identificación completa de la persona que lo llevó al hospital) ____________ Fue (ron) señalado (s) como Imputado (s): _______________ ¿Se utilizó arma (s) para cometer el hecho? ____ Característica del arma (s) ______ ¿Se utilizo Vehículo? ____ Características del vehículo: ___________________ Informaciones aportadas señalan que los autores del hecho puede (n) ubicarse en: Fecha en que ocurrió el hecho: ___ Hora: _______ La victima Ingreso vivo: ___ muerto ____ Quedo Hospitalizado: ___ Se le dio de alta y salió a las ___ horas de ___ en

dirección a ________ Presentó según Diagnostico medico: __________________________________________________________________ Fue (ron) testigo (s) del hecho los ciudadanos: ____ y _____

Funcionario que conoció del hecho Nombres y apellidos: __ Cédula de identidad: _____adscrito a: _________ Firma

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar ACTA DE RETENCIÓN DE VEHÍCULO

Ciudad Bolívar, ___ de ________ del 2003 194° y 144°

En esta fecha, siendo las ___ horas de __ El (los) Funcionario (s) __ Adscrito (s) a ____ del Policía del Estado Bolívar, en la Unidad _____deja (n) constancia de que en procedimiento efectuado en ___ al ciudadano _____ de nacionalidad ___de __años de edad, de estado civil____ de profesión u oficio ____ actualmente trabajando en____ ubicado en____ Teléfono __domiciliado en _____ teléfono ____y portador de la cédula de identidad número ___, se le retuvo el siguiente vehículo: Marca:____ Modelo: ___años: ___, color: _ Tipo: _____ placas, ____Serial motor_ ____ Serial Carrocería: _____: El cual fue retenido por averiguaciones relacionadas con ____ a las ___ horas de _____ del día __, __ de ____ del 2005. Por presentar _______ Se deja constancia que el vehículo se encuentra en las siguientes condiciones: ___, teniendo en su interior los siguientes objetos_______. EL (LOS) FUNCIONARIOS QUE PRACTICAN LA RETENCIÓN

CIUDADANO

FUNCIONARIO QUE RECIBE EL VEHÍCULO EN DEPÓSITO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar PLANILLA RECUPERACIÓN DE VEHÍCULO Fecha: Día ___, ___ del Mes _______________: Año: 2.005 Recuperado A las ______ Horas: de ______ Marca: _____ Tipo _____ Clase _____ Modelo ___ Año: ___ Color: ___Placas: ___ Serial de Carrocería: __, Serial del Motor: __. Lugar de la Recuperación: _______ Recuperado por: ____, Unidad ___ Funcionarios Actuantes: _________Incautado o detenido a: (identificación completa) Solicitado: No Si Por: _________________ Según Expediente Mª _______de fecha ___________________ ACCESORIOS Y REPUESTOS Caucho rep. 4 3 2 1 Tapas ó Tapa cubos Tr Der Tr izq.

Dl Der De izq.

Batería: ______________________ Radio ____________________________________________ Cornetas de radio _________________________ Accesorios del motor: ____________________

Cerraduras: Abiertas Cerradas Parte Delantera Puertas traseras: Guantera: Maleta: Otras, especifique Equipos Extras, Especifique: ___________________________ Carrocería: ____________________________ FUNCIONARIOS ACTUANTES:

ACTA DE RETENCIÓN DE ARMA DE FUEGO

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria De Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Ciudad Bolívar, Años 194° y 144°

En esta fecha, siendo las ___ horas de __ El Funcionario ____ Adscrito a __deja constancia de que en procedimiento efectuado en ____ al ciudadano ______ (Identificación completa) ____ en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 11 de la LEY PARA EL DESARME, le fue retenido una arma de fuego tipo ____ Marca __, pavón __ con cachas de _________serial de cacha, ___Serial de tambor ___ Motivado a que violo el numeral _____ del Artículo 10 de la referida Ley. Fueron testigos del procedimiento los ciudadanos: ___ y _____ Identificación completa de los

testigos) ______ EL FUNCIONARIO ACTUANTE EL CIUDADANO

Vto. Bno.

EL JEFE DE _____________________ Nota: Al reverso debe ir impreso los artículos 10 y 11 de la Ley para el desarme (Pagina siguiente)

LEY PARA EL DESARME Capítulo II Prohibiciones y Sanciones Artículo 10. Queda prohibido el porte de amas de fuego en los siguientes casos: En reuniones o manifestaciones públicas, marchas, huelgas, mítines y en elecciones. En sitios públicos de consumo de bebidas alcohólicas. En estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Lo dispuesto en los numerales 1 y 2 de este artículo no es aplicable a los miembros de la Fuerza Armada Nacional, a los órganos de seguridad ciudadana ni a los policías Estatales y municipales, en ejercicio de sus funciones. Artículo 11. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, las autoridades competentes procederán a retener lar armas, levantará un acta en la cual dejarán constancia de las circunstancias de la retención Y de los datos del portador. El arma será remitida a la Dirección de Armamento de la Fuerza Armada Nacional, de donde se podrá ser retirada por su portador, previa comprobación de su legalidad y pago de una multa equivalente a veinte unidades tributarias ( 20 UT.)

República Bolivariana de Venezuela Gobernación del Estado Bolívar Secretaria de Seguridad Ciudadana Policía del Estado Bolívar Ciudad Bolívar, ___ de ______________del 2.005. 194ª y 145ª PLANILLA PARA IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE CADÁVERES

Apellidos: __________________Nombres: _______Apodo (s) _______ Fecha de nacimiento: ___ /____ /____ Edad: __años Lugar de nacimiento: _____ Estado Civil: ____ Profesión u Oficio _____ Trabaja en: ______telefono del trabajo: ___Domicilio: _________ Teléfono: _____ CEDULA DE IDENTIDAD: _______Teléfono celular: _ Señales particulares: Estatura; ___ Contextura: __ Color de la piel: ______ Color de los ojos: ______ Color del pelo: ___ Defectos físicos: ____ Cicatrices notorias: ___ Tatuajes: _______ Pantalón: __ Camisa: ____Franela __Zapatos: ____ Medias __ Gorra ____ Sombrero _____ Collar, cadena ___reloj ____ Pulsera _____ Anillos: ___ Otros: ____________ SITIO DE SUCESOS: Calle: _________ Barrio: _______ Parroquia ___Urbanización ________ Municipio ______ Ciudad _______ Frente a _____ Cerca de _____ Casa de color: _____ Calle de asfalto Tierra cemento;

Firma: _______________________________________

Identificación: ________________________________

Estos son los formatos mas frecuentemente utilizados, aparecen con el membrete de la policía del Estado Bolívar, solamente para servir de ejemplo. Recuerde que en las actas procesales nos se utiliza punto y aparte, todo escrito debe ser continuo, sin dejar espaciosa en blanco; en las denuncias y entrevistas se debe plasmar lo expuesto sin corrección de vocabulario al denunciante o entrevistado, cuando se menciona una prenda de vestyir, se debe describir el estado en que se encuentra (Manchada, sucia, hedionda, marca, talla, color etc.) Atentamente:

Comisario/Jefe (P) Benjamín V. Nessi Díaz

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